Encuentro Nacional de Académicos de la Salud ante la crisis del sistema de salud

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Encuentro Nacional de Académicos de la Salud ante la crisis del sistema de salud
Encuentro Nacional de Académicos de la Salud
     ante la crisis del sistema de salud

Una aproximación desde el Derecho Constitucional a la Seguridad social
                           en Colombia

 ¿Existe en Colombia un Modelo Constitucional de Seguridad Social en
                               Salud

                                 20012
                          Universidad Libre Cali
                            Alejandro Baena G

                         baenagiraldo@gmail.com
Encuentro Nacional de Académicos de la Salud ante la crisis del sistema de salud
“Y el derecho se retiró, y la
justicia se puso lejos; porque la
 verdad tropezó en la plaza, y la
      equidad no pudo venir”
                           Isaías 59:14
“Librar del miedo al ser humano es
  mucho más importante que
  proporcionarle armas o proveerle de
  medicamentos. El poder y la salud
  están en quien no siente miedo”.

      La niebla del miedo por   Antonio Escohotado
Fuentes del Derecho
    a la Salud
Tratados y Convenciones en DIDH y DIH

      Constitución Política de 1991

                              Ley 715
      Ley                     de 2001
     10 de
     1990
             Jurisprudencia

                Ley 100 de
                   1993
                 Ley 1122
                   2007
Salud en el marco del derecho internacional de los
               derechos humanos
• Declaración Universal de Derechos Humanos 1948. ( art, 25)
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
  Culturales, 1966 (art. 12 )
• Convención sobre la eliminación de todas las formas de
  discriminación contra la mujer, 1979
• Convención sobre los Derechos del Niño, 1989
• El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de
  los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de
  raza, religión, ideología política o condición económica o social.
  - Constitución de la OMS
• Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos
  Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y
  Culturales (Protocolo de San Salvador), 1988
• Observación General No 14 de Comité de Derechos Economicos
  Sociales y Culturales de Naciones Unidas
Alcances de la

Observación General No 14
Según la Observación general 14, el derecho a la
            salud abarca cuatro elementos:

•    Disponibilidad. Se deberá contar con un número suficiente de
     establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de
     programas de salud.

•    Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser
     accesibles a todos dentro de la jurisdicción del Estado Parte.
      –   no discriminación e igualdad de trato
      –   accesibilidad física
      –   accesibilidad económica (asequibilidad)
      –   acceso a la información

•    Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud
     deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, a
     la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida

•    Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser
     apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena
     calidad
Al igual que todos los derechos humanos, el derecho a la
     salud impone a los Estados Partes tres tipos de
                  obligaciones, a saber:

• Respetar. Exige abstenerse de injerirse en el
  disfrute del derecho a la salud.

• Proteger. Requiere adoptar medidas para
  impedir que terceros (actores que no sean del
  Estado) interfieran en el disfrute del derecho a la
  salud.

• Cumplir. Requiere adoptar medidas positivas
  para dar plena efectividad al derecho a la salud.
Concepto de Confianza Sanitaria
Autonomía

                          -    -

                         Libertad
                    +               +

                    +               +

Igualdad Material                       Solidaridad
Derechos         Ciudadanía
                              Vida    Derechos
prestacionales     social             Fundamentales
                              digna
Derecho a la Salud

“ARTICULO 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios
públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a
los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios
de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios
de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para
la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y
control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades
territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y
condiciones señalados en la ley.
Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de
atención y con participación de la comunidad.
La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los
habitantes será gratuita y obligatoria.
Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la
de su comunidad.
                                                                Constitución de 1991
                                                               República de Colombia
Derecho a la Salud

                              Derecho a la Salud

                                                                 Se afirmó en general su
                                Se reconoció su naturaleza
Conexidad con los derechos                                     fundamentalidad, en lo que
                                fundamental en contextos
  a: la vida, la integridad                                       respecta a un ámbito
                                 donde el tutelante es un
 personal y a la dignidad                                      básico, el cual coincide con
                                    sujeto de especial
           humana                                              los servicios contemplados
                                        protección
                                                                    por la Constitución

Posteriormente, la Sentencia T-760 señala que el derecho a la salud es un derecho
fundamental autónomo, luego de un análisis con la finalidad garantizar el goce
universal, equitativo y efectivo del derecho a la salud, a pesar de no estar dentro
del capítulo de derechos fundamentales de la Constitución.
                                                               Sentencia T-760 de 2008
                                                         Honorable Corte Constitucional
                                                                República de Colombia
Derecho a la Salud

                                                    Obligaciones
  Derecho       Aspectos            Elementos
                                                    centrales del
fundamental      claves             esenciales
                                                      Estado

               Indivisibilidad e
              interdependecia

                Factores           Disponibilidad
              determinantes                            Respetar
               de la salud
Derecho
  a la         Libertades y        Accesibilidad
 salud           derechos                              Proteger

                    No             Aceptabilidad
              discriminación                           Cumplir
                                    Calidad
                Ámbitos de         Científico y
                protección           Médico
                específicos
Derecho a la Salud

                                                Derecho a la Salud

  Factores                                                                                                   Ámbitos de
                                     No               Indivisibilidad e          Libertades y
determinantes                                                                                                protección
                               discriminación        interdependecia              derechos
 de la salud                                                                                                 específicos

   Agua potable                                   Alimentación                     Sistema de protección de la salud
   Sanidad ambiental                              Vivienda                        con provisión de servicios de salud
   Seguridad alimentaria y                        Trabajo                          Prevención, tratamiento y control de las
    nutricional                                    Educación
                                                                                    enfermedades
   Vivienda                                       Dignidad Humana                  Acceso a medicamentos esenciales
   Salud ocupacional                              Vida                             Salud materno-infantil y SSR
   Ambiente saludable                             A la igualdad                    Provisión de educación e información
   Educación e información                        A la no discriminación              relacionada con la salud
    relacionada con la salud                                                         Participación de la población en las
   Igualdad de género                                                              decisiones relacionadas con la salud
Derecho a la Salud

                                      Derecho a la Salud
                                     Aspectos Clave y Elementos esenciales

                        Obligaciones centrales del Estado
           Respetar                                 Proteger                        Cumplir - Garantizar
 Abstenerse de injerir directa o       Adoptar medidas para impedir que         Adoptar medidas para facilitar,
  indirectamente en el goce              terceros interfieran en el goce       proporcionar o promover el goce

                                       Políticas Públicas
                              Cumplimiento inmedaito    Goce universal, equitativo y
Programa estructurado                                                                  Participación democrática
                              Cumplimiento progresivo      efectivo del derecho
Derecho a la Salud

                                 Derecho a la Salud
                                         Aspectos Clave

                                  Políticas Públicas
                        Cumplimiento inmedaito    Goce universal, equitativo
Programa estructurado                                                          Participación democrática
                        Cumplimiento progresivo    y efectivo del derecho

              Rendition de Cuentas                        Exigibilidad de los derechos

                                     Corresponsabilidad
                         Individuos, Organismos Gubernamentale, ONGs,
                            profesionales de la salud, grupos de interés
Derecho a la Salud

                • Garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en
UNIVERSALIDAD     todas las etapas de la vida

                • Provisión gradual de servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes en
  EQUIDAD         Colombia, independientemente de su capacidad de pago.

                • Cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad
INTEGRALIDAD      económica y en general las condiciones de vida de toda la población.

 PROTECCIÓN     • Atención en salud integral a la población en sus fases: -Educación, información
                  y fomento de la salud, y - Prevención, diagnóstico, tratamiento y
  INTEGRAL        rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia

                • Mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios la calidad en
   CALIDAD        la atención oportuna, personalizada, humanizada, integral, continua y de
                  acuerdo con estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional

                • La mejor utilización social y económica de los recursos administrativos,
 EFICIENCIA       técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la
                  seguridad social sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente

PARTICIPACIÓN   • Se estimulará la participación de los usuarios en la organización y control de las
                  instituciones del SGSSS y del sistema en su conjunto.
   SOCIAL
¿ Existe en Colombia un
 Modelo Constitucional de
Seguridad Social en Salud?
“Toda sociedad en la cual no esté asegurada la
garantía de los derechos ni determinada la
separación de poderes, no tiene Constitución.”

       Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789
«Nuestra Constitución... favorece a muchos en vez de pocos; por esta razón
es llamada democracia... Nuestros hombres públicos tienen que, además de la
política, atender sus propios asuntos, y nuestros ciudadanos corrientes,
aunque ocupados con el tráfago del trabajo, son todavía jueces justos de los
asuntos públicos; porque a diferencia de otras naciones, consideramos que
aquel que no toma parte en estos deberes, no es falto de ambición sino inútil,...
Y en lugar de considerar la discusión como una piedra en el camino de la
acción, la consideramos como un preliminar indispensable para cualquier
acción.»                                                     Pericles
Necesidad de Reconceptualizar la
relación entre:- Fines y Medios, en
 la construcción del Estado Social
      de Derecho en Colombia
“En el Estado social, el estado Sirve, en el Estado de corte
vertical,   auxilia. El estado social actúa siempre y
continuamente en las mas disímiles circunstancias; el
Estado de corte vertical reacciona esporádicamente ,
frecuentemente convulsiona ante situaciones criticas y
agudas, cuando ya no hay otra salida; en el Estado social:
dirigentes y dirigidos – se sienten obligados en una causa
común; en el Estado vertical por el contrario, el mayor peso
de las obligaciones recae sobre las minorías cuyo poder es
mas simbólico que real. En fin en el Estado social es mas
un Estado de derechos que un estado de privilegios. Como
suele suceder en el Estado vertical.”
“En el Estado social los derechos de todos los ciudadanos están
mediados únicamente por la constitución y por tanto son inalienables,
mientras que en el Estado vertical, suelen estar mediados por favores, o
contraprestaciones personales o de partido que hacen que estas nuevas
figuras puedan ser negociables en circunstancias particulares.”

“ En Consecuencia, si nos decidimos a conformar un pacto social y una
renovada sociedad en Colombia, deberemos optar por un autentico
Estado social de Derecho, el cual los ciudadanos tengan como ya lo
hemos dicho, igualdad de oportunidades no solo ante la ley sino ante la
                                vida.”

   Gaceta    Constitucional,       No    53       abril   17      1991.
Organización de las
               Ofertas Publicas
                    Satisfactores

             Focalización   Descentralización
              Territorial
Territorio                                      Sectores

             Focalización   Participación y
              Individual      Veeduría

                     Población
               Demandas sociales
                 e individuales
Escenario Instrumental

• En la mediación territorial y sectorial, entre Satisfactores
  y población, se prioriza una visión instrumental, de tal
  manera que la focalización territorial, la focalización
  individual, la descentralización, la participación y
  veeduría, de ser medios, se convierten en fines por si
  mismos, ocupando en la practica el centro de la
  discusión de la política pública y en especial de la
  política social, y no en instrumentos subordinados a
  fines superiores definidos por la Constitución.
Organización de las
              Ofertas Publicas

                      Satisfactores

                 Bienes
                Públicos o          Acceso
                Meritorios         Universal

Derechos                                            Población
                                  Participación
                Derechos             Política
           Subjetivos perfectos voto programático
             Conciencia del       Control social
                 derecho

                     Necesidades

                Demandas sociales
                  e individuales
Escenario Finalista

• En este escenario se hace relevante la relación entre Satisfactores y
  necesidades, versus la relación entre derechos humanos de
  segunda generación, y la población. Se establece una relación entre
  los bienes   a ofertar con criterios de calidad y contenido, en
  desarrollo de los principios de igualdad material, respeto a la
  dignidad humana, y autonomía.

• El escenario instrumental es complementario con el escenario
  finalista, y éste no lo excluye, pero lo grave es que se pretenda
  reducir las finalidades esenciales del Estado social         a sus
  instrumentos como son la focalización, la descentralización etc..
  Esto ha conducido a una nueva forma de arbitrariedad, la tiranía del
  Estado procedimentalista, que niega por la vía del tramite los
  derechos fundamentales
Quizás no son tiempos de hacer cosas
       extraordinarias, sino de hacer
extraordinariamente bien lo que nos toca, y
           ser felices en lograrlo

                                    Gracias
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