Proceso de Recusación Electoral 2020 - Comisión Estatal de Eleciones - Comisión Estatal de ...
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Proceso de Recusación Electoral 2020 Comisión Estatal de Eleciones http://www.free-powerpoint-templates-design.com http://www.free-powerpoint-templates-design.com
01 Objetivos • Conocer el proceso de recusación según Ley Núm. 78 de 1 de julio de 2011, según enmendada. • Entender la importancia de los términos y las funciones específicas de las personas en los procesos. • Mencionar los formularios y documentos de trabajo en el proceso de recusación. Agenda 02 Definiciones • Formularios de trabajo • Generales 03 Términos • Someter recusaciones • Notificación • Acreditación • Vista • Correo Certificado • Edicto • Apelación 04 Conclusión
F u n d a m e n Art. 6.017 Procedimiento de Recusación y 6.018 Periódo de Recusación de Electores t o s Excluir a todo elector de las listas que no cumpla La JIP actuará como Secretaría de la con las disposiciones del Comisión Local Código Electoral y para evitar que otros que no tienen derecho ingresen al Registro General de Electores.
¿Porqué se Recusa? Domicilio fuera del precinto No es ciudadano americano C R donde está inscrito P No es la persona que alega ser No tener la edad a la fecha del evento E T Declaración de Incapacidad mental por el Tribunal Fallecido M D Duplicidad en el Registro General de Electores
Aplicarán las Reglas de Procedimiento Civil de Términos y Requisitos Puerto Rico 2009, excepto en los art. 3.005 y 5.005, los cuales serán taxativos (excepto para Procesales apelar recusaciones que no sean por domicilio) secc 3.4. ➢No se contará el día en que se realice el acto. Los requisitos procesales de todo lo ➢El último día del término así relacionado con las computado se incluirá recusaciones deben siempre que no sea sábado, interpretarse y domingo, ni día de fiesta legal. aplicarse restrictivamente, por ➢Cuando sea menor de 7 días su efecto sobre el los sábados, domingos o días derecho constitucional de fiesta legal intermedios se al voto. excluirán del computo.
Definiciones secc. 1.4 del Reglamento para el Trámite de Recusaciones Citación Diligenciante CEE Diligenciamiento Negativo Aprobar y adoptar reglas y reglamentos que fueren Diligenciamiento Personal necesarios para implantar las disposiciones del Emplazar Código Electoral. Art. 3.002 (l) Edicto Notificación de Recusación Periodo de Recusación de Transacciones Mensuales Reglamento Vigente Prueba Fehaciente Desde el 23 de abril de 2015 Recusaciones de Electores Inscritos Periodo de Recusación de electores inscritos Recusación Frívola, Viciosa y mal intencionada Recusación Institucional 15 de enero de 2020 a 30 de abril de 2020 tres meses y quince días
Recusación secc.2.1 El Comisionado Local que tome estos juramentos incluirá en su Libro de Registro de Affidavits: ▪ Número de Affidavit, en orden sucesivo y continuo ▪ Fecha ▪ Nombre del Recusador o Diligenciante ▪ La identificación del documento y causal de recusación o trámite específico juramentado ▪ Nombre del elector recusado, así como la unidad electoral a la que pertenece ▪ Firma del comisionado autorizante Prohibiciones • El recusador no podrá tomarse juramento a sí mismo • Aplica la Ley Notarial de 4 grado Recusado consaguinidad 2 grado de afinidad Podrá tener representación legal en todo el proceso de recusación
Recusaciones Secc 2.2 Mensual Año Electoral 10 dias calendario a partir de la 3 meses y 15 días a todo elector inscrito reunión de Comisión Local que no cumpla con la secc. 2.3. A partir del 15 de enero hasta el 30 de abril de 2020 Transacción Ilegal o Fraudulentas Día de Elecciones Generales En cualquier momento, donde se Todas las causales del Art. 6.017 demuestra que la información Secc. 2.3 ofrecida por el elector es ilegal o Excepto Domicilio fraudulenta.
Diligenciamiento Positivo Acudir a la CEE para todos los casos excepto Diligenciar domicilio Presidente para Acudir al Tribunal en los casos de señalar vista recusación por domicilio. Acreditar bajo juramento
R-001 ✓Nombre y logo CEE ✓Indicación del Periodo de Recusación ✓Datos del Elector recusado: ( como aparecen en el Registro Electoral) • Número Electoral • Nombre y demás datos personales • Dirección residencial • Causal de recusación ✓Datos del recusador: • Nombre • Número electoral • Precinto y municipio • Dirección residencial • Fecha de la Declaración bajo juramento F O R M U L A R I O S
Registro de Recusaciones en las JIP secc 2.5 ✓La radicación de la recusación puede realizarla cualquier elector del precinto, sin tener que ser el propio recusador. ✓Los Oficiales de Inscripción llevarán un registro de recusaciones en el libro de la CEE ✓Numeración de recusaciones en orden ascendente ✓Encuadernado ✓Páginas enumeradas sucesivamente Secc. 2.6 Si se radican dos o más recusaciones deben completar el formulario R-004 con la siguiente información: • Número electoral • Nombre y Apellidos • Unidad electoral F O R M U L A R I O S
Secc. 2.7 ✓Oficial de Inscripción debera anotar en el R-001: ✓Precinto y número de recusación ✓Fecha ✓Firma ✓Por cada recusación debe hacer un formulario R-002, en el mismo debe escribir el número del Precinto, número asignado a la recusación y fecha de radicación. ✓Si hay más de dos recusaciones debe verificar que se entregue el R-004 ✓Al firmar este documento el JIP autoriza a llevar a cabo el emplazamiento del elector. F O R M U L A R I O S
Emplazamiento Secc. 2.8 Diligenciamento negativo En el R-002 el diligenciante justifica por escrito y bajo juramento, las Diligenciamento Personal diligencias infructuosas realizadas 04 para dar con el paradero del elector recusado El Presidente de la 03 Comisión Local decide si autoriza Recusación que la notificación se haga por edicto. • Diligenciado por persona distinta al recusador. 02 • 18 años a más. Comisión Local • Saber leer y escribir. 01 • A los efectos del señalamiento de • Emplazará personalmente y vista no adquirirá jurisdicción hasta entregará copia de recusación. que sea acreditado por el • Acreditar el hecho a la Comisión diligenciante. Local, bajo juramento y apercibimiento de perjurio en R-002.
Notificación- Término para el diligenciamiento Secc. 2.9-2.10 5 días Devolverá la Al diligenciante recusación y la entregar los autorización para formularios Emplazar R-001,R-002,R- debidamente 003 y R-004 se juramentada y anota la fecha y diligenciada firma Diligenciante Diligenciante 12 Presidente de JIP Comisión Local días 7 días Total de días 10 días Siguientes a la Para el tramite de Término para Los JIP deben tener radicación de la notificar la señalar la vista. cada expediente de recusación R-001, recusación y JIP completa la recusación listo R-002 y R-004 acreditarla Parte A. del para la vista R-009 incluyendo el formulario R-005
Notificación por Edicto Secc. 2.11 R-003 Edicto 5 dias R-002 Incluir: Diligenciante entrega: Relación de día, “ Edicto sobre • declaración jurada • Por Correo hora, fecha, Recusación de del periódico, Certificado a la nombre y dirección Electores por Motivo • ejemplar del edicto última dirección de las personas de Domicilio y otras • Recibo del acuse de del elector entrevistadas causales” correo certificado en • Estos trámites original los puede • Declaración Jurada ▪ Municipio Dentro del plazo ▪ Precinto en el R-003 hacer el de 10 días • Nombre completo * Si en el término no se Recusador Número electoral acredita se entenderá ▪ Número de recusación que se desiste de la ▪ Fecha, hora y lugar de recusación. Autorización del la vista Presidente de la ▪ Dirección física y Trascurridos los 15 días para Comisión Local teléfono de la JIP publicación y acreditación, ▪ El apercibimiento para publicar el Presidente de la edicto Comisión Local tiene 10 días para citar la vista. Nombre tiene que ir tamaño 10 y negrilla
Recusación Institucional TÉRMINOS APLICABLES APELACIÓN 12 días 10 días 30 días 5 días 10 días 5 días 10 días laborables 7 Presidente Para Para Celebración Acudir a la CEE Acudir al diligenciar de la publicar acreditar al de vista para todos los Tribunal en Comisión edicto y Presidente (posterior a casos excepto los casos de 5 Local para notificar por de la los 35 días) domicilio recusación acreditar señalar la correo Comisión por domicilio vista certificado Local publicación de edicto S e c c i ó n 2 . 1 2
Secc. 2.13 Decisión • Inmediatamente después de la vista, por acuerdo unánime, los miembros de la Comisión Local presentes resolverán la procedencia de la exclusión. • Cuando no hubiera unanimidad, la recusación será decidida por el Presidente de la Comisión Local. Esta será la única vez en que dicho Presidente podrá intervenir en una recusación. (Art. 6.017, Código Electoral de PR). • Si es necesario el Presidente de la Comisión Local podrá levantar un Acta de Incidencias haciendo constar los señalamientos pertinentes y remitirá la misma al Presidente de la CEE.
Procedimiento de Recusación CONSECUENCIA Costo del Edicto Si procede la Recusación el Presidente Gastos de notificación serán por de la Comisión Local ordenará la cuenta del recusador o partido exclusión del elector del Registro General político de Electores Transacciones 2.14 2.15 Reembolso por CEE • Publicación de Edicto Administrativas • Notificación de correo certificado • Notificación de decisión por correo Excepciones • con orden de exclusión • Cuando el elector haya a lugar, final y firme fallecido • Elector haya sido declarado incapacitado mentalmente Solicitud de Reembolso por el tribunal 18 meses , después del 30 de abril de • Duplicidad, persiste el record 2020 para radicar R-0031 y R-0032 contra el cual se realice la transacción mas reciente.
Decisión Secc. 3.1 Contenido de la decisión, notificación La decisión de la Comisión Local deberá especificar los fundamentos de hecho y derecho en que se sustenta. ✓ Razón de la exclusión ✓ Si fue por unanimidad o determinación del Presidente LA JIP ES LA REPONSABLE DE RECIBIR LOS DOCUMENTOS ORIGINALES, PREPARAR EL JIP-5 Y TRAMITAR EL EXPEDIENTE COMPLETO A LA CEE Notificación: CEE, Comisionados Electorales, Comisión Local, Recusador y Recusado. Recusado Presente: Se le notifica en la vista. Se anota en el acta de la reunión. El recusado siempre tiene que presentar las evidencias. Demás casos: Cumplida la notificación por medio de la JIP al enviar la misma por correo a la última dirección del elector. Comisión Estatal de Elecciones: Publicación periódica y oportuna de la personas recusadas durante el periodo establecido por ley. (Art. 6.017, Código Electoral de PR)
Fuera de la Unidad Electoral Pero dentro del mismo Precinto. *Deambulantes se observará estricto cumplimiento Situaciones en Elector tiene la dirección correcta Ubicado erróneamente fuera del precinto. que la Comisión Local solicita transferencia administrativa a CEE y notifica al elector por escrito Recusación Elector tiene la dirección incorrecta por Domicilio El error se corrige administrativamente No procede Asunto de límites o colindancias Elector tiene dirección correcta, la CEE realizará evaluación que corresponda para la próxima actualización
Formularios R-005 Decisión de la Comisión Local sobre la R-001 Recusación o Exclusión - Comisión Local Solicitud de Recusación o Exclusión - Recusador R-006 Escrito de Apelación- Apelante R-002 Autorización para emplazar -Recusador R-007 Iniciar el tramite Informe Mensual de Electores R-003 Recusados Pendientes de Decisión por Citación a Vista - la Comisión Local- Comisión Local Recusador R-004 R-008 Relación de Recusaciones Sentencia- Presidente Comisión Local Radicadas - Recusador
Formularios: • R-0031- Solicitud de Reembolso Exclusiones con Lugar - Recusador • R-0032- Relación de Excluidos - Comisión Estatal de Elecciones • JIP-05- Informe Mensual de Electores Recusados sobre los cuales la Comisión Local Emitió decisión - Comisión Local
Decisión de Apelaciones de Recusaciones que no sean por Domicilio 3.4 El recusado o recusador podrán ser apeladas dentro de los 5 días laborables siguientes a la notificación de la decisión Los Comisionados Locales deberán apelar en la misma sesión donde se decide
Apelaciones de recusaciones por razón de domicilio electoral Secc. 3.5 Artículo 5.005 del Apelan en el Tribunal de Si el juez del Tribunal de El término de 10 días es de Código Electoral Primera Instancia Primera Instancia fue el estricto cumplimiento aspectos procesales y que decidió el caso, como sustantivos dentro de los Presidente de la Comisión 10 días siguientes a la Local, será atendido por notificación de la decisión. otro juez o jueza del TPI correspondiente
Secciones 3.6 al 3.8 3.6 3.7 3.8 Se formaliza Transcurrido los términos los Si se ordena una exclusión y se recibe mediante escrito ante peticionarios o una solicitud de voto ausente o voto el Tribunal de Primera electores inscritos confinado, una vez acreditado el derecho, Instancia o mediante serán incorporados, se incluye el elector administrativamente el R-006. incluidos o mantenidos (No aplica al voto Se notificará a las en el Registro General adelantado excepto confinados) partes. de Electores
Recusación por Edad o Ciudadanía ✓Prueba que debe acompañar la solicitud: • Certificación positiva del Registro Demográfico de Puerto Rico o registro similar de Estados Unidos o País extranjero, autenticada, que acredite la edad. ✓Certificación negativa acreditando que el peticionario no figura en el Registro Demográfico de Puerto Rico o Registro similar de Estados Unidos o país extranjero. S E C C I Ó N 4 . 1
Oposición a la solicitud de Recusación por Edad El recusado puede presentar evidencia de certificación positiva que indique municipio, lugar y fecha de nacimiento, así como el nombre de los padres. S E C C I Ó N 4 . 2
Ciudadanía- Prueba que deberá acompañar la solicitud ✓Certificación negativa del Registro Demográfico de Puerto Rico o Registro similar de los Estados Unidos o servicio de inmigración federal acreditando que el nombre del peticionario no figura en el registro. S E C C I Ó N 4 . 3
Oposición a la solicitud de Recusación por Ciudadanía ✓El recusado puede someter una contradeclaración probatoria y presentar una certificación positiva del Registro Demográfico de Puerto Rico, pasaporte de EEUU vigente, certificado de naturalización o documento oficial y fehaciente que acredite su ciudadanía. S E C C I Ó N 4 . 4
Derecho del elector puertorriqueño que renuncia a la ciudadanía de los Estados Unidos ✓La jurisprudencia del Tribunal Supremo en Miriam J. Ramírez de Ferrer vs. Juan Mari Bras 144 DPR 141 (1997) ✓El Código Electoral no contempló el caso que un elector que renuncie a la ciudadanía de los Estados Unidos y conserva la ciudadanía Puertorriqueña. ✓Negarle el derecho al voto a un elector domiciliado en Puerto Rico que renuncie a la ciudadanía de los Estados Unidos violaría derechos constitucionales reconocidos en la Constitución de Puerto Rico. S E C C I Ó N 4 . 5
Derecho del elector puertorriqueño que renuncia a la ciudadanía de los Estados Unidos ✓En Puerto Rico son electores capacitados, con pleno derecho al voto, los que ostentan la ciudadanía de los Estados Unidos o los que solo son ciudadanos de Puerto Rico y forman parte integral del pueblo de Puerto Rico; en todo caso hay que cumplir con los requisitos de residencia y domicilio correspondientes. ✓Las personas nacidas en Puerto Rico y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de Puerto Rico. S E C C I Ó N 4 . 5
Sección 5.1 y Sección 6.1 Reactivación de Electores Recusación por Defunción Excluidos por Domicilio ❖El archivo de las defunciones para el asunto electoral emitida Reactivación en el mismo por el Registro Demográfico de precinto Puerto Rico se comparará con el archivo de la Comisión en la ❖Todo elector excluido por Unidad de Exclusiones domicilio que interese reactivarse en el mismo ❖La Comisión Local determina la precinto, deberá acudir a la veracidad de la información y Junta de Inscripción ordena, si fuera el caso, la Permanente donde fue exclusión administrativa por excluido y tendrá que defunción. presentar prueba fehaciente de que reside en la dirección ❖JIP procesa la transacción que indica.
GRACIAS COMISIÓN ESTATAL DE ELECCIONES
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