SEGUNDO REPORTE DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2016-2021 - Avances en su implementación a nivel Regional y Provincial
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SEGUNDO REPORTE DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2016-2021. Avances en su implementación a nivel Regional y Provincial
SEGUNDO REPORTE DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2016 -2021. AVANCES EN SU IMPLEMENTACIÓN A NIVEL REGIONAL Y PROVINCIAL Serie Igualdad y No Violencia Nº 005 Autonomía física Reporte de Adjuntía Nº 001-2019-DP/ADM
DEFENSORÍA DEL PUEBLO Jirón Ucayali N° 394-398 Lima 1. Perú Teléfono: (511) 311-0300 E-mail: consulta@defensoria.gob.pe Web: http://www.defensoria.gob.pe Facebook: Defensoría del Pueblo-Oficial Twitter: @Defensoría_Peru Línea gratuita: 0800-15170 Primera Edición. Lima, Perú, julio de 2019 1,200 ejemplares Hecho en el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2019-10253 Impresión: Servicios Gráficos JMD S.R.L. Av. José Gálvez 1549, Lince Teléfono: (511) 470-6420 Julio 2019 El presente documento ha sido elaborado por la Adjuntía para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo. La redacción ha sido realizada por la comisionada Yury Gabriela Marcelo Pérez en base al documento del Consultor Wilson Virgilio Hernández Breña, bajo la dirección de Eliana Revollar Añaños, Adjunta para los Derechos de la Mujer. Corrección de Estilo: Mariana Rodríguez Barreno Cuidado de Edición: Jorge Alania Vera Diseño y diagramación: Maritza Torres Mora
CONTENIDO SEGUNDO REPORTE DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2016-2021. Avances en su implementación a nivel Local y Provincial 1. Presentación ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 04 2. El Perú en los índices de violencia contra las mujeres en el ámbito internacional y nacional. -------------------------------- 06 3. ¿Qué es el Plan Nacional contra la Violencia Género 2016-2021? --------------------------------------------------------- 12 4. Metodología de la ------------------------------------------------ supervisión dirigida a gobiernos regionales y provinciales. 14 4.1. Objetivos del reporte ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 15 4.2. Ámbito de supervisión ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 15 4.3. Indicadores supervisados ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 15 5. Nivel de implementación del PNCVG por los gobiernos regionales y provinciales en el ámbito de la prevención y atención de la violencia contra las mujeres --------------------------------------------------------- 18 6. Principales conclusiones ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 43 7. Recomendaciones ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 46 DEFENSORÍA DEL PUEBLO 3
PRESENTACIÓN El 26 de julio del 2016, mediante Decreto Supremo Nº 008-2016-MIMP, Frente a este panorama, hemos considerado necesario elaborar un se aprobó el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021 segundo reporte, en el marco del seguimiento de evaluación de los avances (PNCVG). Este instrumento cobra gran relevancia en la política pública y limitaciones que presentan los gobiernos regionales y provinciales en la nacional debido a que reconoce la responsabilidad del Estado en la ejecución de este plan. Para ello, se han evaluado 9 indicadores claves, prevención, sanción, investigación y erradicación de la violencia contra las relacionados con el ámbito de la prevención y atención de casos de mujeres. Su ámbito de aplicación cubre los tres niveles de gobierno y los violencia contra las mujeres. De esta manera, el presente documento busca distintos sectores y entidades involucradas. brindar un diagnóstico que evidencie el avance en la implementación de las acciones concretas; identificar los obstáculos y recomendar acciones En ese sentido, nuestra institución considera necesario supervisar a los específicas que fortalezcan las funciones y responsabilidades de los diversos sectores de los gobiernos regionales, provinciales y locales, sectores involucrados, orientados a reducir los índices de violencia en sus directamente responsables del cumplimiento de este plan, con el fin de respectivas regiones y provincias. En esta misma línea, es imprescindible evaluar –a partir de la información proporcionada por ellos mismos– sus señalar que la voluntad política de enfrentar esta grave problemática, se avances y dificultades y, de ese modo, plantear recomendaciones que debe expresar en la asignación y ejecución de recursos presupuestales contribuyan a fortalecer su labor. adecuados por parte de los gobiernos regionales y provinciales. Cabe señalar que, en el mes de marzo del 2018, la Defensoría del Pueblo No cabe duda de que los índices de violencia en nuestro país hacen publicó el primer reporte de este plan, cuyo objetivo fue la evaluación de la necesario de que el Estado peruano responda de manera estratégica, implementación de 12 indicadores por parte de los sectores y gobiernos coordinada y oportuna. Para su cumplimento, los retos planteados son regionales. Los resultados reflejaron que existen pocos avances, tales muchos en materia de prevención y atención a las víctimas de violencia. como que no se cuentan con partidas presupuestales para cada sector y Superarlos exige una acción decidida y coordinada de todos los sectores gobierno regional, que permitan ejecutar el plan; no se incorporan, en los y entidades comprometidos. Sobre todo, urge capacitar y sensibilizar a documentos de gestión presupuestal, las responsabilidades y actividades quienes se encuentran en la posición de toma de decisiones para cambiar que contribuyan al cumplimiento de los objetivos estratégicos del plan, esta lamentable situación. Y es, además, imprescindible desterrar los así como que tampoco se elabora un informe anual que permita conocer patrones nocivos y perjudiciales socialmente arraigados que, en los los obstáculos que se presentan para cumplir con el PNCVG y tener hechos, ubican a las mujeres en situaciones de subordinación respecto alternativas de solución. a los hombres y generan que la violencia contra ellas sea tolerada socialmente. Walter Gutiérrez Camacho Defensor del Pueblo 4 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
“El primer paso para combatir la violencia contra las mujeres es la prevención” Walter Gutiérrez Camacho DEFENSORÍA DEL PUEBLO 5
2.1. Ámbito internacional Tasa de Feminicidio1 A nivel sudamericano, se han registrado 1,918 feminicidios en 9 países reportados entre los años 2016 y 2017. El Perú ocupa el cuarto lugar en esta lamentable estadística con un total de 116 asesinatos de mujeres. Gráfico Nº 01 Sudamérica: Feminicidio durante los años 2016 y 2017 (número absoluto) Brasil 1133 Argentina 251 Venezuela 122 Perú 116 Bolivia 110 Ecuador 109 Paraguay 53 Uruguay 23 Perú ocupa Suriname 1 el 4to lugar Fuente: Observatorio de Igualdad de Género- CEPAL Disponible: https://oig.cepal.org/es/indicadores/feminicidio (Consultado: 26 abril de 2019) *Países de Sudamérica que reportaron en el año 2017 (Brasil, Argentina, Perú, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Uruguay) y en el año 2016 (Venezuela y Suriname). 1 Corresponde a las cuantificaciones anuales de homicidios de mujeres asesinadas por razones de género. Se expresa en números absolutos y en tasas por cada 100.000 mujeres. De acuerdo a las legislaciones nacionales se denomina “feminicidio” u “homicidio agravado por razones de género”. DEFENSORÍA DEL PUEBLO 7
Muerte de mujeres ocasionada por su pareja o ex pareja íntima 2 En Sudamérica se han registrado 699 muertes de mujeres en relación de pareja en 10 países, entre los años 2016 y 2017. Estos feminicidios han sido ocasionados por sus parejas o ex parejas íntimas. Respecto a este registro, el Perú ocupa el tercer lugar con 105 muertes, luego de Colombia (144) y Argentina (148). Gráfico Nº 02 Sudamérica: Muerte de mujeres durante los años 2016 y 2017 por su pareja o ex pareja íntima (último año disponible, número absoluto) 148 144 Perú ocupa el 3er 105 lugar 96 56 44 37 34 23 or 12 e a ile y la a a rú y am ua n bi in ad ue ua Ch ya Pe m nt g rin u ez ug Gu ra lo ge Ec n Su Pa Co Ur Ar Ve Fuente: Observatorio de Igualdad de Género- CEPAL Disponible: https://oig.cepal.org/es/indicadores/muerte-mujeres-ocasionada-su-pareja-o-ex-pareja-intima (Consultado: 26 abril de 2019). *Países de Sudamérica que reportaron en el año 2017 (Argentina, Colombia, Perú, Ecuador, Chile, Paraguay, Guyana y Uruguay) y en el año 2016 (Venezuela y Suriname). 2 Mujeres desde los 15 años de edad que son víctimas mortales de su pareja o ex pareja íntima. Se expresa en números absolutos y en tasa por cada 100.000 mujeres. 8 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
2.2. Ámbito nacional Mujeres afectadas por hechos de violencia, según tipo de violencia y grupos de edad (enero - junio del 2019) De las distintas formas de violencia, el maltrato físico a mujeres entre 18 y 35 años de edad, tiene la cifra más alta (16,027 casos), seguida de la violencia psicológica (14,078 casos). La violencia sexual contra niñas y adolescentes entre 0 y 17 años de edad, alcanza la cifra más alta de denuncias, el 67% del total (5,209 casos); seguida de aquella cometida contra mujeres de 18 a 35 años, con un 25% (1,930 casos). Es decir, las mujeres en su ciclo de vida de 18 a 35 años de edad, son violentadas en un 91 % en su edad reproductiva. Gráfico Nº 03 Mujeres afectadas por hechos de violencia (enero-junio 2019) Sexual 5,209 1,930 603 69 Física 8,074 16,027 8,957 1,484 Psicológica 11,781 14,025 14,078 3,624 Económica 162 142 83 86 Edad 0-17 18-35 36-59 +60 Fuente: MIMP (enero- junio del 2019) DEFENSORÍA DEL PUEBLO 9
Regiones que presentan el mayor índice de violencia contra las mujeres (enero-junio 2019) De enero a junio del 2019, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ha registrado, a nivel nacional, un total de 73,938 casos de violencia contra las mujeres (niñas y adolescentes, jóvenes y adultas y adultas mayores). Las regiones que presentan el mayor índice de violencia contra las mujeres son Lima (22,730), Arequipa (6,363), Cusco (5,583), Junín (3,832) y Áncash (3,628). Cabe señalar que la violencia contra las mujeres incluye: violencia sexual, física, psicológica y violencia económica o patrimonial. Gráfico Nº 04 22730 Regiones con mayor indice de violencia contra las mujeres (enero-junio 2019) 6363 5583 3832 3628 3121 2698 2538 2517 2132 2064 2013 1859 1692 1650 1008 1517 1342 1058 913 826 738 584 510 476 yali ua s o Dios na bes cho a nin ra o no ash a e n o ac a o a co ad zona Pasc Lim sc arc Ica equ rti uip lla ret elic Piu ueg Tac Pu rim anu Ju er t Uca Cu Ma c Tum cu Ca Lo am eq An bay re de cav Lib Apu Aya Ama Moq Hu Ar n Caj Sa n Lam La Hua Mad Fuente: MIMP (enero-junio del 2019) Cabe señalar que el mayor nùmero de mujeres víctimas de violencia se ubica en la region de Lima (22,730), puesto que esa región concentra el mayor número de población a nivel nacional (9,485.405) y el 51% son mujeres; Asimismo, esta region reúne la mayor cantidad de instituciones del sistema de adminsitracion de justicia, existen 65 centros de Emergencia Mujer (CEM). A diferencia de la región de Ucayali que registra 476 casos, su poblaciòn asciende a 496,459 de las cuales el 50% son mujeres y solo tiene 4 CEM 10 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
03 EL PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2016-2021 DEFENSORÍA DEL PUEBLO 11
3.1. ¿Qué es el Plan Nacional contra la Violencia de Género? El Plan Nacional contra la Violencia de Género (en adelante PNCVG), aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2016-MIMP , constituye un instrumento importante de la política pública nacional. Está enmarcado en la Ley Nº 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, que contiene lineamientos y responsabilidades específicas de los diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local), las que de manera coordinada, deberán contribuir a alcanzar los objetivos estratégicos relacionados con una política de prevención y un adecuado sistema de atención de casos de violencia de género, planteados para el año 2021. Tabla Nº 01 Cambiar patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y Objetivo diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, que afecta estratégico 1 desproporcionadamente a las mujeres en su diversidad en la familia, sociedad e instituciones públicas y privadas. Garantizar a las personas afectadas por la violencia de género, que perjudica principalmente Objetivo a las mujeres en su diversidad, el acceso a servicios integrales, articulados, oportunos y de estratégico 2 calidad, destinados a la protección, atención y recuperación de las personas afectadas, así como la sanción y reeducación a las personas agresoras. Fuente: PNCVG 2016-2021 En base a estos dos objetivos, el PNCVG plantea diversas acciones estratégicas y acciones transversales que guían la parte más estratégica y operativa del plan. Las acciones poseen los indicadores que justamente permiten la medición de esta política pública nacional. A ello debemos sumarle que esta importante política pública, reconoce 16 manifestaciones de violencia basada en género, que se producen en espacios públicos y privados. Cabe señalar que, el 07 de marzo del presente año, también se han reconocido expresamente estas formas violencia en la última modificatoria del artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº 30364 . Es importante mencionar que es obligación del Estado Peruano, en cumplimiento 3 Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 26 de julio de 2016. 4 Entre ellas: las niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, lesbianas y bisexuales; mujeres trans; mujeres con discapacidad; mujeres migrantes; mujeres viviendo con VIH; mujeres en prostitución y mujeres privadas de libertad. 5 Decreto Supremo Nº 004-2019-MIMP, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 07 de marzo del 2019. 12 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
con los estándares internacionales y nacionales, adoptar acciones concretas en todos los niveles de gobierno– nacional, regional y local– para luchar contra la discriminación y estas formas de violencia, en las que las víctimas son, principalmente, mujeres, niñas y adolescentes, con el objetivo de garantizar la vigencia de los derechos fundamentales de este sector de la población. Tabla Nº 02 Modalidades de violencia de género que aborda el PNCVG 2016-2021 1. Violencia en relación de pareja 2. Feminicidio 3. Trata de personas con fines de explotación sexual 4. Acoso sexual en espacios públicos 5. Violencia obstétrica 6. Esterilizaciones forzadas 7. Hostigamiento sexual 8. Acoso político 9. Violencia en conflictos sociales 10. Violencia en conflictos armados 11. Violencia y tecnologías de la información y comunicación 12. Violencia por orientación sexual 13. Violencia contra mujeres migrantes 14. Violencia contra mujeres con Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) 15. Violencia contra mujeres privadas de libertad 16. Violencia contra mujeres con discapacidad Fuente: PNCVG 2016-2021 DEFENSORÍA DEL PUEBLO 13
04 METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓN DIRIGIDA A GOBIERNOS REGIONALES Y PROVINCIALES
4.1. Objetivos del reporte • Evaluar los avances y limitaciones reportadas por los gobiernos regionales y provinciales en la ejecución del “Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021”, aplicando 9 indicadores seleccionados. • Brindar recomendaciones para mejorar el nivel del cumplimiento del PNCVG, a fin de alcanzar las metas y objetivos planteados en el plan. 4.2. Ámbito de supervisión La supervisión estuvo dirigida a: - 25 gobiernos regionales - 196 municipalidades provinciales Se evaluó la totalidad de los gobiernos regionales (25) y se logró una cobertura del 97% en las municipalidades provinciales (190) de un total de 196. Cabe mencionar que no se les aplicaron las fichas a 6 municipalidades porque no se encontraba la persona responsable o porque el municipio estaba cerrado. Se procedió a levantar el acta señalando el motivo por el cual no pudo aplicarse el instrumento metodológico. Es importante precisar que la mayoría de los/las entrevistados/as, fueron gerentes/as de desarrollo social, desarrollo económico y social, gerente municipal, y gerente/a de planeamiento y presupuesto. Cabe señalar que, respecto a las entrevistas realizadas a las autoridades de los gobiernos regionales, el 64% (16) eran mujeres y el 36% (9) hombres, mientras que en los gobiernos provinciales, apenas el 25% (48) eran mujeres y el 75% (142) hombres. 4.3. Indicadores supervisados del Plan Nacional contra la Violencia de Género (PNCVG) Se supervisaron 9 indicadores del PNCVG, que forman parte de las acciones estratégicas y transversales que guían el aspecto más operativo del plan. Las acciones poseen los indicadores que permiten la medición de esta política pública. Cabe enfatizar que, en el marco de las acciones estratégicas, se han supervisado 4 indicadores que pertenecen al ámbito de la prevención y 1 al ámbito de la atención. En el marco de las acciones transversales, se evaluaron 4 indicadores. DEFENSORÍA DEL PUEBLO 15
Tabla Nº 03 Prioridad de Instancia Ámbito Objetivos estratégicos Acciones estratégicas Indicador acciones responsable I AE 1.5.4 Nº de zonas Fortalecimiento de capacidades de intervención donde y empoderamiento de agentes se desarrollan acciones comunitarios dinamizadores Gobiernos 5 de capacitación de para promover cambios en los Provinciales agentes comunitarios en patrones socioculturales que coordinación con gobiernos generan violencia de género. locales. I AE 1.6.1 Nº de entidades Cambiar patrones socioculturales públicas que aprueban e que reproducen relaciones desiguales implementan lineamientos de poder y diferencias jerárquicas y guías metodológicas Gobiernos PREVENCIÓN que legitiman y exacerban la para la prevención de la Provinciales y violencia de género, que afecta Implementación de violencia de género desde Regionales desproporcionadamente a las mujeres lineamientos para la prevención instituciones estatales, en su diversidad. de la violencia de género en gobiernos regionales y 6 los sectores, instituciones provinciales. estatales, gobiernos regionales I AE 1.6.2 Acciones para Gobiernos y locales. prevenir acoso sexual en Provinciales y espacios públicos. Regionales I AE 1.6.3 Acciones para Gobiernos prevenir el hostigamiento Provinciales y sexual laboral. Regionales Garantizar a las personas afectadas por la violencia de género, que I AE 2.4.1 Incremento de Implementación o perjudica principalmente a las mujeres la cobertura territorial de fortalecimiento de servicios en su diversidad, el acceso a servicios servicios de atención y de atención, recuperación y Gobiernos ATENCIÓN integrales, articulados, oportunos y de 4 recuperación especializados rehabilitación de personas Regionales calidad, destinados a la protección, en la atención de personas afectadas por violencia de atención, recuperación de las personas afectadas por violencia de género. afectadas, así como la sanción y género. reeducación a las personas agresoras. Elaboración: Defensoría del Pueblo 16 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Tabla Nº 04 N° Acciones Transversales Indicadores Instancia responsable I AET 1.1 Regiones con instancias de concertación Gobiernos Regionales regional activas adecuadas a la Ley 30364. AET 1. Gestión y organización del “Sistema Nacional para la prevención, sanción y erradicación de la 1 violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”. I AET 1.2 Provincias con instancias de Gobiernos Provinciales concertación activas adecuadas a la Ley 30364. I AET 2.1 Reporte de información estadística periódica al Observatorio Nacional o al AET 2. Monitoreo de la implementación de las mecanismo designado, sobre acciones y 2 Gobiernos Regionales y Provinciales políticas contra la violencia de género. estrategias implementadas para prevenir, atender, proteger y rehabilitar a las personas afectadas; y sancionar y re-educar a los agresores. AET 3. Promoción de la participación activa de organizaciones de la sociedad civil en la vigilancia I AET 3.1 Instancias de concertación social de la prevención, atención, protección, subnacionales que reportan periódicamente el 3 Gobiernos Regionales y Provinciales rehabilitación de las personas afectadas por violencia resultado de las acciones de vigilancia de las de género a través de instancias de concertación organizaciones de la sociedad civil. subnacionales y de la gestión del Sistema Nacional. Elaboración: Defensoría del Pueblo DEFENSORÍA DEL PUEBLO 17
05 NIVEL DE IMPLEMENTACIÓN DEL PNCVG POR LOS GOBIERNOS REGIONALES Y PROVINCIALES EN EL ÁMBITO DE LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN
5.1. Conocimiento del Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016- 2021. InstanciaS responsableS: Gobiernos regionales y provinciales Gobiernos regionales y provinciales El Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021, está vigente desde el 27 de julio del 2016. Resulta preocupante que dos gobiernos regionales (Tumbes y Tacna), al igual que 54 gobiernos provinciales (28%), señalaron desconocer esta importante política pública nacional en materia de prevención, protección y sanción frente a las diversas formas de violencia contra las mujeres. Sobre todo, teniéndose en cuenta que este instrumento normativo establece un conjunto de acciones estratégicas para los sectores, instituciones y gobiernos regionales, provinciales y locales en su implementación. Este desconocimiento explica, en parte, el exiguo avance en el cumplimiento de los indicadores y metas, y confirma, de manera evidente, la necesidad de fortalecer capacidades involucrando a los actores claves y a la sociedad civil para que, a través de acciones concretas, se prevenga y sancione la violencia de género. 5.2. Acciones de capacitación de agentes comunitarios en coordinación con gobiernos locales. Instancia responsable: gobiernos provin- ciales Gobiernos provinciales Este indicador permite evaluar las capacitaciones que brindan los gobiernos provinciales a los agentes comunitarios con la finalidad de fortalecer capacidades, involucrando a las comunidades a través de acciones concretas que prevengan la violencia de género, desterrando así los patrones socioculturales y estereotipos que originan las distintas manifestaciones de violencia contra las mujeres. De los resultados, se obtiene que un poco más de la mitad de gobiernos provinciales, realizaron capacitaciones a agentes comunitarios en los años 2017 y 2018 (a setiembre). Tal como se detalla en el gráfico, el 57% (109) de estas entidades lo hizo en el año 2017, cifra que incrementó un punto porcentual a la del año 2018, representando el 58% (111). DEFENSORÍA DEL PUEBLO 19
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Gráfico Nº 05 Gobiernos provinciales que capacitaron a agentes comunitarios Total: 190 Año 2017 Año: Setiembre 2018 43% (81) 42% (79) 57% (109) 58% (111) SI NO SI NO Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas Las provincias que capacitaron a agentes comunitarios, incluyeron a distintas organizaciones de mujeres e incluso a mujeres no organizadas. Por ejemplo, en el 2017, 43% de los gobiernos provinciales capacitaron a mujeres: el total de ellos estuvo dirigido a comités de vaso de leche (82), el 96% (79) a comedores populares, el 78% (64) a mujeres de otras organizaciones sociales de base y el 41% (50) a mujeres que no pertenecen a este tipo de organizaciones. Hasta setiembre del 2018, se observa que hubo un mayor número de provincias que incorporaron a estos grupos de mujeres (86, 80, 70 y 62, respectivamente). La importancia de que se brinden capacitaciones a las organizaciones de mujeres permite fortalecer capacidades y genera su empoderamiento, para impulsarlas a realizar cambios en los patrones culturalmente arraigados y que son la causa de la violencia de género. DEFENSORÍA DEL PUEBLO 21
5.3. Lineamientos y guías metodológicas para la prevención de la violencia de género. InstanciaS responsableS: gobiernos regionales y provinciales Gobiernos regionales Este indicador fue evaluado mediante la identificación del número de entidades que implementó lineamientos o guías para prevenir la violencia de género. Solo el 64% (16) gobiernos regionales (Junín, Pasco, Amazonas, Lima, San Martín, Madre de Dios, Áncash, Huancavelica, Ucayali, Ica, Puno, Piura, Apurímac, Moquegua, Loreto y Cusco) cuentan con lineamientos y guías metodológicas (64%), el gobierno regional de Cajamarca, cuenta solo con lineamientos (4%) y 8 (Huánuco, Tumbes, Callao, Ayacucho, La Libertad, Arequipa, Lambayeque y Tacna) no cuentan con lineamientos ni con guías metodológicas (32%). Gráfico Nº 06 Lineamientos o guías metodológicas para prevenir la violencia de género 4% (1) Con lineamientos o guias metodológicas Sin lineamientos o guias 32% (8) metodológicas Solo lineamientos 64% (16) Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas Contar con lineamientos o guías metodológicas es importante, así como identificar las formas de violencia que estos abordan. Por ello, confrontamos las dieciséis definiciones de violencia de género que reconoce el mismo PNCVG 2016-2021, con esto último. Como se observa en el gráfico, la mayor parte de guías o lineamientos, aborda las formas de violencia más comunes, como son la psicológica (94%), física (94%) y sexual (100%). Igualmente, la trata de personas con fines de explotación, es una violencia también común en los lineamientos (81%). 22 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Sin embargo, otras son menos notorias, pese a su relevancia y a la vulneración de derechos que genera. Es el caso, por ejemplo, de la violencia en conflictos sociales (6%) y armados (6%), la violencia en mujeres privadas de libertad (19%), la violencia obstétrica (19%), las esterilizaciones forzadas (25%), la violencia y las tecnologías de información y comunicación (25%), la violencia contra mujeres migrantes (25%), la violencia contra mujeres con VIH (25%), etc. Cabe mencionar que los temas que han sido poco abordados en las guías o lineamientos, son formas de violencia de género que se producen en espacios públicos, pero que en la mayoría de veces no está asociada con la prevención y sanción de la violencia que establece el presente plan. Ello a pesar de que en la violencia en conflicto armado, conflictos sociales y la violencia en situaciones de privación de libertad, las mujeres se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y la forma de vulneración más frecuente en estos casos es la violencia sexual. Gráfico Nº 07 Temas que abordan las guías o lineamientos de prevención de la violencia de género Violencia sexual 100% Violencia fisica 94% violencia psicológia 94% Trata de persomas con fines de exploración sexual 81% Violencia en relación de pareja 69% Violencia económica o patrimonial 63% Hostigamiento sexual 56% Violencia contra mujeres con discapacidad 56% Feminicidio 50% Acoso sexual en espacios públicos 38% Acoso politico 31% Violencia por orientación sexual 31% Esterilizacion es forzadas 25% Violencia contra mujeres con VIH 25% Violencia contra mujeres migrantes 25% Violencia y las tecnologías de información y comunicación 25% Violencia en mujeres privadas de libertad 19% Violencia obstétrica 19% violencia en conflicto armado 6% violencia en conflictos sociales 6% Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas DEFENSORÍA DEL PUEBLO 23
Por otro lado, solo 12 de los 16 (75%) gobiernos regionales tienen lineamientos y guías, han incluido acciones, actividades o estrategias en sus planes operativos institucionales (POI). Esto significa que tres de cada cuatro de ellos, incluyen algún tipo de recurso presupuestal para sustentar el desarrollo de esta política. Mayormente, estas actividades se relacionan con las reuniones de las instancias de coordinación regional, asistencias técnicas, talleres y capacitaciones, campañas y actividades de difusión. Gobiernos provinciales A diferencia de los gobiernos regionales, el nivel de cumplimiento en los gobiernos provinciales es bastante menor. Como se muestra en el gráfico, solo el 35% (66) señaló contar con guías y el 17% (33) con lineamientos metodológicos, mientras que un 48% (91) no cuenta con ningún documento. En este caso, el desarrollo de los lineamientos se muestra con mayor rezago, existiendo un evidente incumplimiento en este indicador. La importancia de aprobar lineamientos o guías metodológicas permitirá definir mejor distintos procesos en los que los servicios estatales deben vincularse de manera eficiente y oportuna con la atención y recuperación de las víctimas de violencia de género, así como con su prevención. Gráfico Nº 08 Gobiernos provinciales que cuentan con lineamientos o guías metodológicas para prevenir la violencia de género Total: 190 35% (66) 48% (91) 17% (33) Con guías Con lineamientos metológicos Sin guías y/o lineamiento Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas 24 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Además de ello, se observa que no todas las formas de violencia de género reconocidas por la Ley 30364, son incluidas en las referencias, y que no siempre están incluidas en los planes operativos institucionales. La mayor parte de las provincias que cuentan con lineamientos metodológicos abordan los temas de violencia psicológica (94%), violencia física (91%) y sexual (88%). De igual manera, el feminicidio y la trata de personas con fines de explotación sexual son temas frecuentes en los lineamientos (64%). Mientras que, la violencia contra mujeres con VIH (27%), la violencia obstétrica (27%), la violencia en conflictos sociales (27%), el acoso político (18%), la violencia contra mujeres migrantes (18%), la violencia en mujeres privadas de libertad (15%), las esterilizaciones forzadas (9%) y la violencia en conflictos armados (3%), son temas menos abordados en los lineamientos metodológicos. Cabe destacar que un 74% de los lineamientos y guías de los gobiernos provinciales incluyó acciones, actividades o estrategias en sus planes operativos institucionales, lo cual significa que han recibido el soporte presupuestal para poder ser viabilizados. Gráfico Nº 09 Temas que abordan las guías o lineamientos de prevención de la violencia de género en los Gobiernos Provinciales Violencia psicológica 94% Violencia fisica 91% violencia sexual 88% Trata de persomas con fines de exploración sexual 76% Violencia en relación de pareja 73% Violencia económica o patrimonial 64% Hostigamiento sexual 64% Violencia contra mujeres con discapacidad 58% Feminicidio 52% Acoso sexual en espacios públicos 42% Acoso politico 36% Violencia por orientación sexual 30% Esterilizacion es forzadas 27% Violencia contra mujeres con VIH 27% Violencia contra mujeres migrantes 27% Violencia y las tecnologías de información y comunicación 18% Violencia en mujeres privadas de libertad 18% Violencia obstétrica 15% Violencia en conflicto armado 9% Violencia en conflictos sociales 3% Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas DEFENSORÍA DEL PUEBLO 25
5.4. Acciones para prevenir el acoso sexual en espacios públicos, de acuerdo a la Ley Nº 30314. InstanciaS responsableS: Gobiernos regionales y provinciales El acoso sexual en espacios públicos debe ser abordado desde un Es importante, también, señalar que, si bien existe una sanción en el enfoque de ciudades seguras, donde ninguna expresión de violencia ámbito administrativo para esta expresión de violencia, el 12 de setiembre pueda ser tolerada, dado que esto trae el riesgo de tolerar todas sus del 2018 se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Legislativo formas de expresión . Esta forma de violencia de género en espacios N° 1410 que incorpora en el Código penal el delito de acoso sexual en el públicos, ha sido naturalizada y permitida en nuestra sociedad, pues artículo 176°-B. está directamente relacionada con la cosificación de los cuerpos de las mujeres en ese espacio. Desde el año 2015, contamos con la Ley 30314, Tal y como lo establece este marco penal, el delito de acoso sexual Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, que sanciona a la persona que vigila, persigue, hostiga, asedia o busca brinda un marco normativo específico que aborda las competencias de establecer contacto o cercanía, de cualquier forma, con otra, sin su los gobiernos locales y regionales en torno al acoso sexual callejero (ASC), consentimiento, para llevar a cabo actos de connotación sexual. así como señala los diversos sectores competentes. La finalidad (llevar a cabo actos de connotación sexual) que persiguen las En el artículo 7° de esta normativa se contempla un conjunto de conductas prohibidas por el tipo penal (vigilar, perseguir, hostigar, asediar obligaciones de los gobiernos regionales, provinciales y locales para o buscar establecer contacto o cercanía) es la que determina la puesta en prevenir y sancionar esta forma de violencia, tales como: peligro de la libertad sexual. a. Establecer procedimientos administrativos para la denuncia y sanción del acoso sexual en espacios públicos mediante multas aplicables a personas naturales y a personas jurídicas, que toleren dicho acoso respecto a sus dependientes en el lugar de trabajo. b. Incorporar medidas de prevención y atención de actos de acoso sexual en espacios públicos en sus planes operativos institucionales. c. Brindar capacitación a su personal, en especial a los miembros de sus servicios de seguridad. 6 MORALES, Liudmila y otras. “Acoso sexual en lugares públicos de Quito. Retos para una ‘ciudad segura’”. En: Revista Latinoamericana de Estudios de Seguridad. Nº 119. Quito, diciembre del 2016. Ecuador, p.25. 26 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Resulta necesario precisar que si bien existe un marco penal, se puede Loreto, Tacna). En 7 de estos 8 gobiernos regionales, no se implementó observar la diferencia sustancial entre la infracción administrativa y ningún tipo de acción para prevenir esta forma de violencia. Esto refleja el delito. Mientras la primera sanciona la mera realización de actos el limitado avance del indicador, pero también el limitado desarrollo de la con contenido sexual, tales como: miradas lascivas, silbidos, “piropos”, política. arrinconamientos y acercamientos intimidantes o persecución, el delito Asimismo, como parte de la importancia en la prevención del acoso exige que estas conductas tengan como finalidad o sean el preámbulo sexual en espacios públicos, el gobierno regional está en la necesidad de para que el agente realice un acto típico de violación sexual, tocamientos visibilizar esta violencia también en otras políticas y en la gestión interna de connotación sexual, o cualquier otro tipificado en el Código penal que de la entidad. Así, en el 2018, solo 8 gobiernos regionales (32%) habían implique una lesión o puesta en peligro del bien jurídico de la libertad incorporado esta forma de violencia en su Plan Regional de Seguridad sexual. Ciudadana, como se aprecia en el siguiente gráfico. No cabe duda de que existe una normativa que coadyuva a sancionar actos de acoso sexual, tanto en el ámbito administrativo como en el penal. Sin embargo, el indicador que establece el PNCVG se centra en la evaluación de la implementación de acciones para prevenir el acoso sexual Gráfico Nº 10 en espacios públicos, de acuerdo a la Ley Nº 30314, que ha establecido responsabilidades, metas y objetivos a nivel regional y provincial a fin de Gobiernos regionales que incluyeron el acoso sexual en espacios disminuir los índices de esta forma de violencia contra las mujeres. públicos en el Plan Regional de Seguiridad Ciudadana Total: 25 Gobiernos regionales Húanuco Este indicador mide directamente si se implementaron acciones para Junín Pasco prevenir el acoso sexual en espacios públicos. Entre los gobiernos Lima Tumbes regionales, solo 9 (36%) declararon haberlo hecho durante el año 2017 Callao 68% (17) Ayacucho (Lima, Ayacucho, Áncash, Cajamarca, Ica, Puno, Arequipa, Lambayeque 32% (8) Madre de Dios Huacavelica y Moquegua) y uno (Tumbes) durante el 2018, con lo cual menos de la Ucayali Amazonas La Libertad mitad del total de gobiernos regionales (40%) ha realizado acciones para San Martín Piura Áncash Lambayeque prevenir esta forma de violencia. Cajamarca Apurímac Ica Moquegua El lento avance respecto de este indicador parece estar relacionado con Puno Loreto Arequipa la baja importancia otorgada al tema por los entrevistados/as. En efecto, Cusco Tacna 8 gobiernos regionales (32% o un tercio del total) no consideraron que el Se incluyó No se incluyó acoso sexual en espacios públicos sea un problema prioritario en su región Elaboración: Defensoría del Pueblo (Pasco, Ayacucho, San Martín, Madre de Dios, Huancavelica, Apurímac, Fuente: Fichas de entrevistas DEFENSORÍA DEL PUEBLO 27
Grafico Nº 11 Ordenanza regional contra el acoso sexual en espacios Una situación similar se identificó en los públicos (septiembre 2018) gobiernos regionales, en los que el acoso Total: 25 sexual en espacios públicos es más 12%(3) frecuente. Solo 3 (12%) habían aprobado una ordenanza regional para abordar en específico el acoso sexual en espacios Lima públicos (Lima, Ica y Puno). Ica 88%(22) puno Aprobaron No aprobaron Elaboración: Defensoría del Pueblo Grafico Nº 12 Fuente: Fichas de entrevistas Capacitación al personal de serenazgo sobre acoso sexual es espacios públicos Total 25 88% (22) Este lamentable panorama también se observa en el bajo número de gobiernos regionales, 12% (3) que realizaron capacitaciones al personal de serenazgo en relación a la prevención 12% (3) Amazonas del acoso sexual en espacios públicos Lima correspondiente al año 2018, como se Arequipa muestra en el siguiente gráfico. Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas 28 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
De igual manera, en el año 2018, solo el 12% (3) de gobiernos regionales Se identificó un panorama similar con las comunas que aprobaron, (Áncash, Lambayeque y Tacna), por medio de la Gerencia Regional de a setiembre del año 2018, las ordenanzas contra el acoso sexual en Transportes, recibió lineamientos del Ministerio de Transportes para espacios públicos, ya que apenas alcanzó a un 16% (30)7. abordar el acoso sexual en medios de transporte. Asimismo, ningún gobierno regional contaba con registro de incidentes de acoso sexual en Por otro lado, solo el 35% (67) del total de gobiernos provinciales incluyó tales medios y solo 6 (24%) habían abordado el tema en su Plan Operativo en su Plan Anual de Seguridad Ciudadana para el año 2018, el acoso Institucional. sexual en espacios públicos. Asimismo, una proporción menor, el 19% (36), incluyó al acoso sexual en espacios públicos en su Plan Operativo Gobiernos Provinciales Institucional. A nivel de las municipalidades provinciales supervisadas (190), solo el 32% (60) reportó haber realizado acciones para prevenir el acoso sexual Gráfico Nº 13 en espacios públicos durante el año 2017. Este porcentaje se elevó en 42% (78) para el año 2018. Aun así, más de la mitad de los gobiernos Ordenanza Provincial contra el acoso sexual en espacios públicos provinciales, sigue sin abordar el tema en sus políticas y, por tanto, (septiembre 2018) invisibilizan las afectaciones que las mujeres sufren en los espacios Total: 190 públicos. Casi la mitad de los representantes de los gobiernos provinciales entrevistados (45%) señaló que el acoso sexual en espacios públicos no es un problema en su jurisdicción. Esta falta de conciencia sobre el 16%(30) tema, es un primer aspecto para poder introducir cambios en la gestión subnacional que se derive de las normas ya existentes sobre la materia. Por otro lado, es posible visibilizar y tomar acciones contra el acoso sexual 84%(160) en espacios públicos desde otras actividades y documentos de política. Sin embargo, entre los gobiernos provinciales, esto fue igualmente poco frecuente. Se observa que durante el año 2017, solo el 29% (55) incluyó este tema en su Plan Anual de Seguridad Ciudadana y a setiembre del Aprobaron No aprobaron año 2018, este porcentaje se incrementó solo al 35% (67), a pesar de que esta forma de violencia de género está estrechamente relacionada con la Elaboración: Defensoría del Pueblo Fuente: Fichas de entrevistas problemática de la seguridad ciudadana. 7 Los Gobiernos Provinciales son: Chachapoyas, Maynas, Luya, Asunción, Corongo, Cajatambo, Tocache, Chepèn, Huamanga, Huanta, Cajabamba, Moyobamba, San Marcos, Huancavelica, La Convención, Coronel Portillo, Pisco, Moho, Cañete, Huancane, Lambayeque, Chiclayo, Ferreñafe, Chincheros, General Sànchez Cerro, Cotabambas, Canchis, Caylloma, Arequipa e Islay. DEFENSORÍA DEL PUEBLO 29
También, resulta desalentador que solo el 40% (76) de los gobiernos provinciales, haya realizado,a setiembre de 2018, capacitaciones dirigidas al personal de seguridad (serenazgo) en torno a la temática, a pesar de que la Ley Nº 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, establece en su artículo 7.c que es obligación legal de este nivel del gobierno, capacitar a su personal, en particular a los miembros de sus servicios de seguridad. 5.5. Acciones para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual laboral. InstanciaS responsableS : Gobiernos regionales y provinciales Gobiernos regionales En el año 2017, solo 12 (48%) gobiernos regionales implementaron acciones para prevenir el hostigamiento sexual laboral, mientras que en el 2018 lo hicieron 14 (56%). En el año 2017, la mayoría de gobiernos regionales dictó charlas 75% (19) y, en menor medida realizó capacitaciones 42% (11), campañas de información 33% (8) y reuniones con autoridades 33% (8). En menor número constituyeron comités internos 8% (2). Ya para setiembre del año 2018, la intensidad de casi todas estas actividades aumentó. Las charlas continuaron siendo la acción más recurrente 71% (18) y aumentaron las regiones que realizaron capacitaciones 50% (12), campañas de información 50% (12) e, incluso, que formaron comités internos 14% (3). Si bien hay cierta actividad al nivel de acciones ejecutadas, todavía continúan siendo muy pocos los gobiernos regionales que reportaron haber recibido denuncias por hostigamiento sexual laboral. Así, solo el 8% (2) de estos gobiernos regionales, las habría recibido. Cabe señalar que, el hostigamiento sexual es una problemática reconocida desde el año 2003 en la Ley Nº 27942, Ley para prevenir y sancionar 30 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
el hostigamiento sexual8 , y en su Reglamento9 . Posteriormente, con No cabe duda que, existe poca difusión sobre las manifestaciones la última modificatoria de la mencionada norma, a través del Decreto del hostigamiento sexual que se pueden dar en estos espacios. De Legislativo Nº 141010 , y mediante la Resolución Ministerial Nº 041-2018- esta manera, algunas personas creen que esta violencia se limita a las TR11 , el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, declaró el 27 de propuestas que pueda realizar un superior jerárquico ofreciendo algún tipo febrero de cada año como el “Día de la Lucha contra el hostigamiento de beneficio o amenazando afectar las condiciones laborales a cambio de sexual en el ámbito laboral”. favores sexuales. Sin embargo, la persistencia de hostigamiento sexual es multicasual. Pese a que existe un reconocimiento normativo de esta forma de violencia de género, la baja cantidad de denuncias de estos casos insinúa que Sobre este último punto, es de notar que a setiembre del año 2018, solo socialmente aún no reconocemos esta forma de violencia como un el 12% (3) de gobiernos regionales (Amazonas, Ayacucho y Ucayali12) problema real. Sobre este último punto, una primera hipótesis apunta al tema de la sexualidad como un tabú que persiste en nuestra sociedad, Gráfico Nº 14 según el cual las agresiones sexuales no deberían ser denunciadas, en salvaguarda del honor de la víctima y de las personas de su entorno. Otra Normativa interna sobre prevención, investigación y sanción del explicación constituye la poca relevancia que se le otorga a la problemática hostigamiento sexual laboral Total: 25 de la violencia contra las mujeres, especialmente cuando se trata de alguna forma de violencia sexual. Una tercera hipótesis, se relaciona con la falta de información sobre el hostigamiento sexual laboral, además de que la 12%(3) 4%(1) víctima de hostigamiento desconoce los procedimientos que debe seguir para poner en conocimiento los hechos en su centro de trabajo. Como cuarta hipótesis, se tiene la confusión de aquellos actos que constituyen hostigamiento sexual laboral de la hostilidad laboral; mientras que la 84%(21) primera es una conducta física o verbal con contenido sexual no deseada por la víctima tendiente a aprovecharse de una situación ventajosa, la segunda es un acto de violencia sin contenido sexual, entre las formas Con normativa Sin normativa Propuesta de normativa más comunes son reducción de remuneración o categoría, traslado Elaboración: Defensoría del Pueblo inmotivado de su lugar de trabajo, entre otros. Fuente: Fichas de entrevistas 8 Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 27 de febrero del año 2003. 9 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 22 de julio del año 2019. 10 Que incorpora el delito de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual al código penal, y modifica el procedimiento de sanción del hostigamiento sexual. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 12 de setiembre de 2018. 11 Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 08 de febrero del año 2018. 12 En el caso de Amazonas y Ayacucho lo aprobaron mediante ordenanza y en Ucayali mediante Resolución Ejecutiva. DEFENSORÍA DEL PUEBLO 31
contaba con una normativa interna que estableciera los canales de Gobiernos provinciales interposición de las denuncias y las sanciones a imponerse en los actos de hostigamiento sexual laboral en su institución. En el caso del Sobre la evaluación de este indicador, las municipalidades provinciales gobierno regional de Cusco, se contaba con una propuesta de directiva presentan resultados que denotan el poco compromiso para adoptar para abordar este tema. acciones frente al hostigamiento sexual laboral. Solo el 9% (17) de estos en el año 2017 y 13% (24) a setiembre del año 2018 implementó algún Esta situación se torna preocupante porque, ante un posible caso de tipo de acciones para abordar esta materia. hostigamiento sexual, la víctima no conoce los canales que tiene para denunciar el hecho, el procedimiento a seguir y las garantías o medidas Más allá de este bajo nivel de cumplimiento, la estructura de las acciones de protección que le asisten durante la investigación de estos casos. de los gobiernos provinciales que sí han hecho algo en la materia, se ha concentrado principalmente en charlas. Se reporta que el 81% (14) de Especialmente, teniendo en cuenta que esta forma de violencia de género ellas las realizó en el 2017 y un 87% (21) hizo lo mismo en el 2018. Las es frecuente, pero pocas veces denunciada, sea por miedo, vergüenza, capacitaciones fueron menos frecuentes, 38% (6) durante el año 2017 y temor de pérdida del empleo o desconocimiento. 43% (10) a setiembre del 2018. Las campañas de información en el 2017 Asimismo, es necesario señalar que los gobiernos regionales que fueron 19% (3), a setiembre del 2018 fueron el 26% (6). Las reuniones con aprueben o hayan aprobado su normativa interna sobre esta temática, autoridades en el año 2017 fueron 13% (2) y, a setiembre del 2018, fueron deberán adecuarla a la normativa que establece la Autoridad Nacional el 17% (4). La conformación de comités internos para la investigación de de Servicio Civil-Servir y el Decreto Legislativo Nº 1410. Esta normativa estos casos alcanzó en el año 2017: 6% (1) y a setiembre del 2018 se establece un definición más completa del hostigamiento sexual, en la incrementó a 9% (2). cual se eliminan como elementos de este acto la reiterancia y el rechazo Así como se ha avanzado poco respecto al hostigamiento sexual expreso de la víctimas; así como, en el ámbito público, se señala que el laboral en gobiernos provinciales, solo en 12 (Lima Metropolitana, procedimiento administrativo disciplinario para el/la funcionario/a que Huancayo, Huamanga, Dos de Mayo, Trujillo, Cañete, Abancay, San haya cometido estos actos, no podrá extenderse por un plazo mayor de Román, Huancabamba, Cusco, Caravelí y Chanchamayo) se han 30 días calendarios y, excepcionalmente por la complejidad del caso, 15 recibido denuncias por este tema entre el año 2017 y setiembre del días más; entre otros aspectos relevantes. 2018. Estas cifras probablemente alimentan la percepción de una baja Por otro lado, son muy pocos los gobiernos regionales que han recibido necesidad de implementar acciones en la materia, cuando en realidad es denuncias por hostigamiento sexual laboral. Solo el 8% (2) del total indispensable promover más acciones de difusión, canales apropiados de gobiernos regionales reportó denuncias por hostigamiento sexual para las denuncias y los medios de protección a la víctima. Al respecto, (Áncash e Ica). Esto no quiere decir que no existan casos, sino que es lamentable señalar que del total de gobiernos provinciales que probablemente muy pocos de estos se denuncia por la falta de canales reportaron realizar acciones durante el año 2017 (17) el 6% (1) manifestó formales visibles y conocidos, protocolos o condiciones necesarias para tener una ordenanza contra el hostigamiento sexual laboral en su poder hacerlo. entidad, siendo esta la Municipalidad de Lima Metropolitana13. 13 Cabe señalar que para Lima Provincia se aplicó la ficha a la Municipalidad de Lima Metropolitana, puesto que tiene un régimen especial y competencia sobre esta. 32 DEFENSORÍA DEL PUEBLO
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