2021 "Año de del bicentenario del Perú: 200 años de independencia"

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2021 "Año de del bicentenario del Perú: 200 años de independencia"
GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE
             GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN
        UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CHICLAYO
              I.E.P. “JOSÉ QUIÑONES GONZÁLES”
                 URB. VILLARREAL - CHICLAYO
 ___________________________________________________________________

"Año de del bicentenario del Perú: 200 años de
                      independencia”

                         2021
2021 "Año de del bicentenario del Perú: 200 años de independencia"
LOS CACTOS 165 URB. FED. VILLARREAL 2º ETAPA TELF. 22 3930

                       "Año de la Universalización de la Salud”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL INSTITUCIONAL Nº 29 -2021 – I. E.P. “JQG” –CH.
                                                                                      Chiclayo, 15 de enero del 2021
               Visto el proyecto del Reglamento Interno, elaborado y propuesto por el equipo estratégico de docentes
dirigido por el director de la I.E.P. “José Quiñones Gonzales” de Chiclayo, en un total de 69 folios.

CONSIDERANDO:
               Que es necesaria la aprobación del Reglamento Interno, como reglamento para la gestión administrativa,
institucional y pedagógica de la Institución Educativa Privada José Quiñones Gonzales”.

              Que de conformidad con el artículo 68ª de la ley General de Educación ley 28044, prescribe que son
funciones de las Instituciones Educativas elaborar, aprobar , ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional,
así como su Plan Anual en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes,
concordante con el Artículo 135º del reglamento de la ley General de Educación, aprobado por D.S.Nº 011 – 2011 –
ED, que establece que la responsabilidad del Director es de planificar , organizar , dirigir , coordinar , ejecutar y
evaluar, de manera compartida, la gestión de la institución educativa.

               Estando acorde y de conformidad con la, Ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 004-2013-ED,
Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, R.ViceMinisterial N° 087 Minedu “Orientaciones para el desarrollo
del servicio educativo en los centros de educación técnico productiva y escuelas de educación superior, en el marco
“Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2021 en I.E y programas educativas de educación básica y demás
normas vigentes.

               Qué asimismo, Resolución Ministerial Nº 273-2020 -MINEDU, que aprueba la Norma Técnica
denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar -2020”, prescribe que el equipo directivo
lidera la elaboración del Reglamento Interno , que expresa los aspectos administrativos, técnicos pedagógicos y debe
ser elaborado en su versión preliminar en la jornada de planificación; y, se organiza en función del buen inicio del año
escolar, los aprendizajes fundamentales y la escuela que queremos , y el balance del año escolar y rendición de cuentas.

              Que en este contexto normativo le corresponde al Director de la I.E.P. “José Quiñones Gonzales” de
Chiclayo, convocar a una asamblea Institucional, para el debate y aprobación del Reglamento Interno vigente para el
año lectivo 2020, y formalizar su aprobación mediante Resolución Directoral Institucional.

SE RESUELVE:
Art. 1º. APROBAR, el Reglamento Interno (RI) de la I.E.P. “José Quiñones Gonzales” de Chiclayo, con vigencia
desde su aprobación hasta el año académico 2021, que forma parte de la presente Resolución Directoral Institucional.
Art. 2º. RECOMENDAR, a todos los integrantes de la comunidad educativa institucional la observancia obligatoria
de este documento de gestión en el desarrollo de todas las actividades educativas.

                                              Regístrese, Comuníquese.

                                                                                                           2
ÍNDICE

Título I: Disposiciones Generales
        Generalidades
        Capítulo I: Del Concepto, Contenido, Finalidad
        Capítulo II: Marco Axiológica
        Capítulo III: Bases Legales Y Alcances

Título II: De La Institución Educativa
        Capítulo I: Ubicación, Creación, Misión Y Visión
        Capítulo II: Fines, Objetivos Y Estructura Orgánica

Título III: De La Organización
        Capítulo I: De La Dirección
        Capítulo II: De Los Docentes
        Capítulo III: Del Profesor Tutor
        Capítulo IV: Del Psicólogo
        Capítulo V: De Los Alumnos
        Capítulo VI: Del Comité De Aula
        Capítulo VII: Del Comité Ambiental
        Capítulo VIII: Del Comité De Tutoría Y Convivencia Escolar Democrática

Título IV: Del Funcionamiento De La Institución
        Capítulo I: De La Planificación Y Programación
        Capítulo II: De La Calendarización, Periodos Vacacionales
        Capítulo III: De La Jornada Y Horario De Trabajo
        Capítulo IV: Del Control De Asistencia Y Permanencia
        Capítulo V: De Las Tardanzas E Inasistencias
        Capítulo VI: De Los Permisos Y Justificación
        Capítulo VII: De Las Licencias
        Capitulo VIII: De Las Comisiones De Servicio
        Capítulo IX: De Las Vacaciones
        Capítulo X: De La Supervisión, Monitoreo Y Asesoramiento Pedagógico
                                                                                 3
Título V: Del Proceso De Matrícula, Evaluación, Promoción, Repitencia Y Certificación
         Capítulo I: De La Matricula
         Capítulo II: De La Evaluación
         Capítulo III: Promoción, Repitencia Y Certificación

Título VI: Derechos, Deberes, Faltas, Sanciones Y Estímulos
         Capítulo I: De Los Derechos
         Capítulo II: De Los Deberes Y Obligaciones
         Capítulo III: De Las Prohibiciones Y Faltas
         Capítulo IV: De Las Sanciones
         Capítulo V: De Los Estímulos

Título VII: De Las Promociones

Título VIII: Relaciones Y Coordinaciones
         Capítulo I: De Los Servicios De Bienestar Social Y Recreación
         Capítulo II: De Los Materiales De Enseñanza Y Medios Auxiliares
         Capítulo III: De Los Bienes

Título IX: Sistema De Becas Y Pensiones
         Capítulo I: Del Comité De Pensiones Y Becas

Título X: Del Registro Escalafonario
         Capítulo I: Del Escalafón Interno

Titulo XI: Gestión De Recursos Financieros
         Capítulo I: De Los Recursos Económicos

Título XII: Disposiciones Finales

Anexos

                                                                                   4
DATOS GENERALES
1.1.   DATOS GENERALES
       NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: JOSÉ QUIÑONES GONZALES

       RESOLUCIÓN DE CREACIÓN:
                                          Resolución de ampliación de 1º a 6º grado del
                                          Nivel Primario (R.D 01796 - RD – 13/09/83).
                                          Resolución de ampliación del Nivel Inicial (R.D
                                          1604 del 22/07/1996).

       MODALIDAD                          Educación Básica Regular

       NIVELES EDUCATIVOS                 Educación Inicial
                                          Educación Primaria

       CÓDIGO MODULAR:                    Inicial:   1130616
                                          Primaria   0572750

       TURNO                              Mañana

       DEPENDENCIA                        DRE – Lambayeque

       TELÉFONO                           074- 22 39 30

       TURNO:                             Mañana

       ORGANIZACIÓN
        Órgano Directivo:                Directora
        Órgano de Línea:                 Docentes por Grados de Estudio
        Órgano Administrativo :          Contador
                                          Psicología
                                          Personal de Servicio
        Órgano de Ejecución:             Alumnos de Primaria y Secundaria
        Órgano de Participación:         Padres de familia
        Órgano de Coordinación:          Dirección Regional de Educación de Lambayeque
                                          y MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
1.2. UBICACIÓN GEOGRÁFICA
     a) Departamento:      Lambayeque
     b) Provincia:         Chiclayo
     c) Distrito:          Chiclayo
     d) Lugar:             Federico Villarreal
     e) Órgano intermedio: Dirección Regional de Educación Lambayeque
     f) Dirección:         Pasaje Los Cactos 165 Federico Villarreal

                                                                               5
1.3. TENENCIA DEL LOCAL
        a) Condición:               Cedida
        b) Material:                Noble
        c) Ambientes:               Aulas: 08
                                    Oficinas: 01
                                    Laboratorio De Computación: 01
                                    Patio: 01
                                    Servicios higiénicos: 04
1.4. JUSTIFICACIÓN LEGAL
    1.    Constitución Política del Perú.
    2.    Ley General de Educación 28044.
    3.    Ley de Procedimientos Administrativos General N° 27444.
    4.    Ley Nº 28628, regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las
          Instituciones Educativas Públicas.
    5.    Ley Nº 28740, Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la
          Calidad Educativa.
    6.    Ley Nº 28988, declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial.
    7.    Decreto Supremo Nº 019-90-ED, aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado.
    8.    Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, dispone que el Ministerio de Educación lleve a cabo
          Planes y Proyectos que garanticen la Ejecución de Acciones sobre Educación Inclusiva
          en el Marco de una “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”.
    9.    Decreto Supremo Nº 013-2004-ED, aprueba el Reglamento de Educación Básica
          Regular.
    10.   Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema
          Educativo.
    11.   Resolución Ministerial Nº 079-2020-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica
          denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar -2020”.
    12.   Resolución Viceministerial 220-2019 MINEDU aprobada 28.08.2019,
    13.   Ley 29664 ley SINAGERD (sistema nacional de riesgo y desastres)
    14.   Acuerdo Nacional Politica de estado 32 (grd),
    15.   Decreto Supremo 034-2014 PCM – aprobación del PLANAGERD 2014- 2021 (plan de
          gestión de riesgos y desastres),
    16.    ley 29783 “ley de seguridad y salud en el trabajo.
    17.   Resolución Ministerial 448-2020 MINSA “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención
          y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID 19 “.
    18.    Resolución Ministerial 087- 2020 “Protocolo sanitario del sector vivienda,
          construcción y saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la
          reanudación de actividades”.
    19.   Directiva Sanitaria N° 087 MINSA /2020/DIGESA, directiva sanitaria para el manejo
          de cadáveres por COVID 19, y su modificatoria Resolución Ministerial N°208-2020-
          MINSA.

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20. Resolución Ministerial N° °087 2020 vivienda “protocolo sanitario del sector vivienda,
      construcción y saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la
      reanudación de actividades”.
  21. Resolución Ministerial 087 -2020 Minsa creación del grupo de trabajo en temas materia
      de atención y manejo del COVID 19 del 12 marzo 2020.
  22. Resolución Vice Ministerial N° 087 Minedu “Orientaciones para el desarrollo del
      servicio educativo en los centros de educación técnico productiva y escuelas de
      educación superior, en el marco de la emergencia sanitaria COVID 19
  23. Decreto Supremo 020-2020 que prorroga la emergencia sanitaria declarada por Decreto
      Supremo N°008-2020
  24. Resolución Viceministerial N°273- 2020-MINEDU “Orientaciones para el desarrollo
      del año escolar 2021 en IE y programas educativos de educación básica.

II.    ASPECTOS GENERALES
  2.1. OBJETIVO GENERAL:
      Establecer Normas y Procedimientos de carácter interno que permiten brindar un
      servicio educativo de calidad, frente a los retos de un nuevo orden social en el mundo
      globalizado de creciente competitividad.

  2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
      2.2.1. Planificar, diseñar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar el servicio educativo
             que brinda el plantel, acorde a la realidad, garantizando la calidad y eficiencia
             educativa.
      2.2.2. Garantizar la gestión administrativa que se brinda en la Educación Básica
             Regular, utilizando los recursos propios con que cuenta la Institución Educativa.
      2.2.3. Impulsar, propiciar una excelente gestión y capacidad de respuesta frente a los
             requerimientos específicos que permitan obtener resultados de calidad acorde
             con la modernización y conforme al avance de la Ciencia y Tecnología.

  2.3. ALCANCE:
      El reglamento interno norma las funciones y actividades de los agentes educativos de
      nuestra institución.

  2.4. FINALIDAD:
      2.4.1. Normar las acciones para la planificación, organización, y ejecución de la
            I.E.P.“José Quiñones Gonzales” estableciendo un adecuado clima institucional en
            base al respeto de la persona y el fortalecimiento de la unidad y desarrollo

                                                                                     7
institucional mejorando el servicio educativo en el aspecto Técnico Pedagógico,
      acorde con las nuevas corrientes Pedagógicas.
2.4.2. Garantizar la eficiencia, eficacia y calidad del servicio educativo.
2.4.3. Impulsar el desarrollo de la educación, comprometiendo la participación
      protagónica de los agentes educativos.
2.4.4. Promover e impulsar la práctica de valores e identidad con la I.E.
2.4.5. Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la
      cultura nacional.

                                                                               8
INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno es el instrumento normativo básico de la I.E.P

“JOSÉ QUIÑONES GONZALES” para todos los aspectos de organización,

administración y funcionamiento. Ha sido elaborado por una comisión de profesores

designados en reunión general, discutido en una reunión general de docentes con la

Dirección y aprobado en sesión plenaria.

La interpretación auténtica, la modificación y la complementación en casos no

previstos en el presente Reglamento Interno corresponden a los organismos de

Dirección del Plantel, previa consulta a la Asamblea de Profesores y a los

organismos internos.

                                                                         9
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
                                         CAPÍTULO I
                     DEL CONCEPTO, CONTENIDO Y FINALIDAD
Art. 1°. El presente Reglamento Interno es un instrumento normativo de la organización y
        funcionamiento interno de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”
        de la Urbanización Villarreal, distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, región
        Lambayeque, en los aspectos administrativos y técnico pedagógicos de conformidad con
        los dispositivos legales vigentes.

Art. 2°. Las disposiciones contempladas en el presente reglamento deben ser cumplidas por todos
        los agentes, comprometidos en el quehacer educativo.

Art. 3°. El presente Reglamento Interno tiene como finalidad, pormenorizar las funciones
        generales y específicas del personal e integrantes de la Institución Educativa Particular
        “José Quiñones Gonzáles”, estableciéndose los fines que a continuación se enumera:
        a) Establecer y normar la organización y funcionamiento interno de la Institución
           Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”, que permita optimizar la tarea
           educativa en el aspecto Técnico – Pedagógico y Administrativo.
        b) Definir las funciones, responsabilidades y las relaciones entre los órganos internos de
           la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” con los integrantes de
           los comités de Padres de Familia e Instituciones Públicas y Privadas.
        c) Adecuar los dispositivos legales sobre administración de personal, uso y distribución
           correcta de la infraestructura, así como el material educativo en función a la demanda
           educativa.
        d) Establecer normas específicas sobre derechos, obligaciones, responsabilidades, faltas,
           sanciones y estímulos amparados a través de los dispositivos vigentes.
        e) Lograr la formación de una conciencia solidaria, democrática, justa, inclusiva,
           próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz en concordancia con la práctica
           de valores éticos-morales de todo el equipo humano de la Institución Educativa
           Particular “José Quiñones Gonzáles” para su participación activa, comprometedora y
           de identidad en las diferentes actividades educativas.
        f) Conseguir las metas trazadas, el orden, la puntualidad, disciplina espiritual del trabajo
           educativo, educación mutua de todo el personal docente, contribuyendo así a la buena
           formación de los educandos.

                                                                                         10
g) Fomentar y despertar el interés y grandeza de nuestro suelo patrio.

                                         CAPÍTULO II
                                   MARCO AXIOLÓGICO
Art. 4°. Considerando a la educación como un proceso integral donde la persona es el centro y
        agente primordial de la articulación del aprendizaje, la acción educativa de la Institución
        Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” se basa en una propuesta coherente de
        principios y valores que responden a los principios humanos y caracterizan las
        particularidades de los docentes, padres de familia, se manifiestan en vivencias de
        actitudes en un ambiente donde los estudiantes aprenden a pensar, a hacer, también a ser
        y a compartir.

Art.5°. La Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”, se fundamenta en los
        siguientes principios:
        PRINCIPIOS GENERALES
        a. La Educación es un derecho de la persona humana que contribuye a la formación
            ciudadana y construcción de la democracia.
        b. La Educación Peruana está inspirada en los principios de Democracia, Justicia y
            Solidaridad.
        c. Respetar la integridad de los derechos de los niños y jóvenes y la Declaración de los
            Derechos Humanos en concordancia con la Constitución Política del Perú.
        d. Consolidar los valores nacionales y la creatividad de todos los peruanos sin distinción
            de raza, credo y condición social.
        e. Garantizar la plena igualdad de oportunidades, respetando sus identidades en el
            proceso de integración nacional.
       PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN
       a.   LA CALIDAD, Que asegure la eficiencia en los procesos y eficacia en los logros y
            las mejores condiciones de una Educación para la identidad, la ciudadanía, el trabajo
            en su marco de formación pertinente.
       b.   LA EQUIDAD, que posibilite una buena Educación para todos los peruanos sin
            exclusión de ningún tipo y que de prioridad a los que menos oportunidades tienen.
       c.   LA INTERCULTURALIDAD; que contribuya el reconocimiento y valoración de
            nuestra diversidad cultural, étnica y lingüística, al dialogo e intercambio entre las
            distintas culturas y al establecimiento de relaciones armoniosas.

                                                                                        11
d.      LA DEMOCRACIA; que permita educar en y para la tolerancia, el respeto a los
               derechos humanos, el ejercicio de la identidad y la conciencia ciudadana, así como la
               participación.
       e.      LA ÉTICA; que fortalezca los valores, el respeto a las normas de convivencia y la
               conciencia moral, individual y pública.
       f.      LA INCLUSIÓN; que incorpore a las personas con discapacidad, grupos sociales
               excluidos, marginados y vulnerables.
       g.      LA CONCIENCIA AMBIENTAL; que motive el respeto, cuidado y conservación
               del entorno natural como garantía para el futuro de la vida.
       h.      LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN; que promueva la producción de nuevos
               conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura.

Art. 6°. El marco axiológico de la Institución Educativa Privada “José Quiñones Gonzáles”, busca
            formar personas humanas, sustentada en: Responsabilidad, respeto, solidaridad,
            honestidad, libertad, justicia, etc.

Art. 7°. El Presente Reglamento Interno está dividido en 12 títulos, 37 capítulos, 166 artículos y
            13 disposiciones complementarias.

                                              CAPÍTULO III
                                   BASES LEGALES Y ALCANCES
Art. 8°. El presente Reglamento Interno tiene su base legal en:
La Institución Educativa Privada “JOSÉ QUIÑONES GONZALES” regirá las acciones educativas
de su bien institucional en atención a los siguientes DISPOSITIVOS LEGALES VIGENTES:
a)   Constitución Política del Perú de 1993.
b) Ley N° 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes 28123, 28302 y
     28329.
c)   Reglamento de la Ley N° 28044 Ley General de Educación, aprobado mediante DS Nº 011-
     2012-ED
d) Ley 26549 Ley de los Centros Educativos Privados.
e)   D. L. 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.
f)   Ley 27665 – Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en
     Centros y Programas Educativos Privados.

                                                                                          12
g) D. S. 009-2006-ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y
     Educación Técnico Productiva
h) Ley 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial.
i)   R. M. 016-96-ED. “Normas Generales del Desarrollo Educativo de los Centros Educativos
     del País”.
j)   R. M. 0234-2005-ED que aprueba la Directiva 004-VMGP-2005 ED. Sobre Evaluación de los
     Aprendizajes de los Estudiantes en Educación Básica Regular.
k) R. M. 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación
     Básica Regular”, como resultado del proceso de revisión, actualización y mejoramiento.
l)   RM Nº 0044-2012-ED sobre matrícula según edad cronológica.
m) Resolución Ministerial Nº 079-2020-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada
     “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar -2020”.
n) Ley Nº 27337: Código del Niño y del Adolescente.
o) DECRETO SUPREMO Nº 001-2012-MIMP: Que aprueba el "Plan Nacional de Acción por
     la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021" y constituye Comisión Multisectorial
     encargada de su implementación
p) Resolución Vice Ministerial N° 087 Minedu “Orientaciones para el desarrollo del servicio
     educativo en los centros de educación técnico productiva y escuelas de educación superior, en
     el marco de la emergencia sanitaria COVID 19
q) Decreto Supremo 020-2020 que prorroga la emergencia sanitaria declarada por Decreto
     Supremo N°008-2020
r)   Resolución Viceministerial N°273-2020 -MINEDU “Orientaciones para el desarrollo del año
     escolar 2020 en IE y programas educativos de educación básica

Art. 9º.- El Reglamento Interno de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”
          tiene los siguientes alcances.
          Personal Directivo
          Personal docente.
          Personal Administrativo.
          Alumnado
          Padres de Familia

                                                                                       13
TÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
                                         CAPÍTULO I
                        UBICACIÓN, CREACIÓN, MISIÓN Y VISIÓN
Art. 10°. La Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”, está ubicado al este de la
        ciudad de Chiclayo, en el Pasaje los Cactos Nº 165 –Federico Villarreal, distrito y
        provincia de Chiclayo, departamento Lambayeque.

Art. 11°. La Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” fue creada mediante
        Resolución Directoral Regional Sectorial 1075 – RENOM/ED del 10 de setiembre de
        1980, iniciándose con los grados de 1º y 2º de Educación Primaria, para ir incorporando
        año a año los demás grados de estudios. Y con Resolución Directoral Regional Sectorial
        1604 – 96 –RENOM/ED amplía su servicio el nivel inicial.

Art. 12°. La misión de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” es: “Somos
        una Institución de Educación Básica Regular que brindamos una formación científica,
        tecnológica, humanista, artística, motriz y ambiental basada en principios y valores; con
        personal capacitado y especializado en pedagogía, en gestión y en sus funciones
        institucionales, generadores de un ambiente de trabajo saludable y con una comunidad
        educativa preparada para situaciones de emergencias y desastres.

Art. 13°. La visión de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” es: ““Una
          institución competente, acreditada y certificada; con educandos constructores de sus
          propios aprendizajes, integrados exitosamente en el entorno social, económico y con
          valores; en un clima institucional democrático y armónico, funcional y estratégico, con
          personal idóneo y con Padres de familia comprometidos en la educación de sus hijos y
          con el soporte de un óptimo sistema de gestión, con la finalidad de construir una
          sociedad justa, democrática y segura con capacidad de respuesta ante emergencias y
          desastres.”

                                         CAPÍTULO II
                   FINES, OBJETIVOS Y ESTRUCTURA ORGÁNICA
Art. 14°. Son fines de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”:
        a) Inculcar la formación humanística, científica e investigativa para que los estudiantes
             participen con libertad y responsabilidad, coadyuvando a la plena constitución de una

                                                                                       14
sociedad más justa y solidaria.
        b) Lograr la participación e identificación plena de los trabajadores de la Institución
               Educativa incentivándolos a su capacitación y actualización profesional.
        c) Ser líder y pionero de la educación de la Región Lambayeque y del Perú.

Art. 15°. Son objetivos de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”:
          a) Brindar a los estudiantes una formación articulada e integral que les permita
                desarrollar sus capacidades, potencialidades humanas y competencias de los ciclos
                que le corresponde.
          b) Proporcionar un adecuado conocimiento de los programas educativos y los
                Proyectos innovadores en las áreas de Comunicación y Matemática.
          c) Estimular la capacidad de creación los hábitos de: seguridad, higiene, orden,
                urbanidad, etc. En procura de la formación integral de nuestros Educandos.
          d) Promover el conocimiento y la práctica de los valores cívicos, patrióticos, éticos,
                religiosos de nuestra comunidad para garantizar su buen desenvolvimiento personal
                y social.
          e) Promover la participación de padres de familia en el quehacer educativo y en otras
                actividades afines con la educación y la cultura en general.
          f)    Lograr en forma progresiva que los índices de repetición y deserción escolar
                disminuyan.
          g) Tratar de lograr la identificación de los docentes y padres de familia mediante
                talleres de sensibilización.
          h) Proveer a La Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles” de equipos
                y materiales educativos actualizados a través de gestiones ante las autoridades
                políticas e Institucionales.

Art. 16°. La estructura Orgánica de la Institución Educativa Particular “José Quiñones Gonzáles”
        es:
        a) Órgano de Dirección:
                Director
        b)     Órgano de apoyo académico y conductual:
               Docentes por grado del nivel Inicial
               Docentes por grado del nivel primaria
        c)     Órgano de Apoyo Administrativo:

                                                                                          15
Internista de Psicología
              Servicio y Mantenimiento
        d)     L@s alumn@s del nivel inicial y primario.
        e)     Comités de aula

                            TÍTULO III: DE LA ORGANIZACIÓN
                                           CAPÍTULO I
                                         DE LA DIRECCIÓN
Art. 17°. El Director es la autoridad máxima de la Institución Educativa Particular “José Quiñones
        Gonzáles”, responsable de la planificación, organización, conducción, técnico,
        pedagógico, administrativas y de servicio que brinda la Institución Educativa Privada.

Art. 18°. Son funciones del director de la Institución Educativa Particular “José Quiñones
        Gonzáles”:
        a) Representar Legalmente a la Institución Educativa Particular “José Quiñones
             Gonzáles”.
        b) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan anual de trabajo, con la participación
             del personal docente.
        c) Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel de educación Inicial y primaria.
        d) Organizar y dirigir el servicio de supervisión educativa.
        e) Presidir las reuniones técnico Pedagógico y administrativo.
        f) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrículas y exoneraciones
             de áreas de desarrollo educativo, así como autorizar pruebas de ubicación y/o
             postergación de evaluaciones.
        g) Hacer uso correcto del SIAGIE.
        h) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos
             pedagógicos oficiales de acuerdo con las normas específicas, así como la aplicación
             de pruebas de ubicación y autorizar exámenes de evaluación y revalidación con el uso
             del SIAGIE.
        i) Expedir certificados de Estudios.
        j) Dirigir y coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal docente,
             administrativo y de servicio a su cargo.
        k) Otorgar permiso hasta por tres días al año a su personal debidamente justificado.

                                                                                       16
l) Estimular o sancionar según el caso, a l@s alumn@s de La Institución Educativa
           Particular “José Quiñones Gonzáles” de conformidad a las normas y el reglamento de
           Educación inicial y primaria.
        m) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento
           de sus actividades educativas como en otras que redundan en beneficio directo del
           educando, la escuela y la comunidad.
        n) Estimular con el ejemplo, no sólo en el cumplimiento del horario, sino también en el
           cumplimiento de sus labores, en caso de reincidir informar a la superioridad.
        o) Distribuir las diferentes secciones con criterios técnicos.
        p) No permitir que los profesores abandonen el local escolar o clases virtuales en horas
           de labor, a menos que sea por causa debidamente justificada.
        q) Administrar la documentación de la Escuela.
        r) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.
        s) Liderar el proceso de educación ambiental (salud, ecoeficiencia y gestión del riesgo).

                                           CAPÍTULO II
                                     DE LOS DOCENTES
Art. 19°. El personal Docente es el colaborador de la obra educativa en la Institución Educativa
        Particular “José Quiñones Gonzáles”.

Art. 20°. Son funciones del personal docente de la Institución Educativa Particular “José Quiñones
        Gonzáles”:
        a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo anual,
           Reglamento Interno, Proyecto Educativo Institucional y otros documentos de gestión
           de la Institución.
        b) Son responsables de programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así
           como las actividades de Tutoría.
        c) Organizar y ambientar el aula así como preparar material educativo con la
           colaboración de l@s alumn@s y padres de familia.
        d) Evaluar el proceso de Enseñanza- Aprendizaje en forma integral flexible y
           permanente.
        e) Asignar actividades de extensión a sus alumn@s para afianzar el aprendizaje; estos se
           desarrollan permanentemente en el aula bajo las orientaciones del, profesor.
        f) Mantener actualizada su carpeta pedagógica y administrativa, el archivo de

                                                                                       17
responsabilidades.
        g) Participar en actividades programadas de investigación y experimentación de nuevos
           métodos, técnicas y estrategias educativas, así como en eventos de actualización
           profesional organizado por la Institución, DRE, o instituciones afines.
        h) Atender a l@s alumn@s y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen
           en la escuela, incluyendo la hora de recreo y actividades fuera de la Institución.
        i) Detectar problemas de conducta, aprendizaje y maltrato infantil, tratando o derivando
           los problemas al Comité de Tutoría o Defensoría escolar.
        j) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia,
           especialmente       sobre    asuntos   relacionados   al   rendimiento,   académico   y
           comportamiento de l@s alumn@s.
        k) Realizar acciones de reforzamiento académico.
        l) Velar por el estado de conservación de los bienes y servicios que ofrece la Institución.
        m) Asistir con puntualidad a la Institución Educativa.
        n) Dar cuenta al Director o Subdirector(a) o intercambiar con ellos acciones respecto a
           las dificultades de todo orden en el desempeño de sus funciones.
        o) No improvisar en el desarrollo, del proceso de Enseñanza –Aprendizaje
        p) Cumplir con el turno semanal establecido.
        q) Está prohibido abandonar el aula y hacer uso del celular durante las horas de labor
           salvo causas justificadas.
        r) Propiciar las buenas relaciones socio-culturales y profesionales entre docentes.
        s) Cumplir con las fechas del Calendario Cívico Escolar en su cargo.
        t) En las ceremonias internas y externas cada profesor estará al frente de su sección
           cuidando el orden y la disciplina.
        u) Firmar el Registro de Control de asistencia diaria del personal en estricto orden de
           llegada y salida.
        v) El profesor de aula debe ser el último en salir después de l@s alumn@s.
        w) Poner en Práctica los principios de autoridad y responsabilidad.
        x) Respetar los estilos y ritmos de aprendizaje de los estudiantes, así como estudiantes
           con necesidades especiales.

Art. 21°. El profesor de turno es responsable de las actividades permanentes de la escuela, por lo
          que debe:
          a) Llegar o ingresar a la plataforma virtual 10 minutos antes de las actividades

                                                                                         18
escolares.
          b) Invitar a l@s alumn@s a la realización de la formación general solamente los días
               lunes, donde se hará el saludo a la bandera, se desarrollará el calendario cívico,
               religioso y dará las recomendaciones convenientes.
          c) Vigilar a l@s alumn@s en su comportamiento a la hora de recreo, juegos y sentar
               su autoridad, no siendo desautorizado por otro profesor.
          d) Solucionar cualquier acto de indisciplina que se produzca dentro de la Institución
               Educativa o en clases viortules, en caso de gravedad dará cuenta al Director, para
               tomar las medidas convenientes.
          e) Con l@s alumn@s que lleguen tarde realizar alguna actividad en bienestar de su
               formación integral.
          f)   Asumir las funciones del Director cuando éste no se encuentre presente

Art. 22°. De los profesores de Talleres Curriculares, son funciones las siguientes.
         a) Asumir en forma coordinada el desarrollo de sus funciones programadas con el
            docente del aula.
         b) Presentar a la Dirección, su programación curricular y Registro de Evaluación en su
            debido tiempo.
         c) Velar por la formación de l@s alumn@s dentro del desarrollo de sus actividades
            curriculares.
         d) Asistir o ingresar a la clases virtuales puntualmente a la hora de trabajo y comunicar
            oportunamente al profesor del aula en caso de emergencia que origine la pérdida de
            clase.

                                         CAPÍTULO III
                                     DEL PROFESOR TUTOR
Art. 23°. El profesor tutor es el responsable de orientar y asesorar a l@s alumn@s; propiciando el
         orden, la disciplina y una ética moral en el aula. Estimula su trabajo escolar y crea un
         ambiente de amistad, unión y sana convivencia entre el alumnado.

Art. 24°. El profesor tutor tiene las siguientes funciones conjuntamente con el comité de padres
         de familia del aula:
         a) Elaborar el Plan de Trabajo que contenga las acciones previstas a favor de l@s
            alumn@s, de la sección a su cargo.

                                                                                        19
b) Realizar un servicio de orientación centrado en el desarrollo académico y personal de
           los estudiantes.
        c) Facilitar la integración de los niños y niñas en su aula.
        d) Realizar actividades que fomenten el desarrollo de actitudes y valores para la vida.
        e) Mantener reuniones bimestrales con los padres de familia del aula a su cargo, a fin de
           informarles sobre el avance académicos de sus hijos.
        f) Promover la organización de l@s alumn@s y padres de familia de la sección que
           monitorea, con el propósito de que puedan trabajar de manera integradora y
           democrática; fomentando asambleas de aula para establecer normas de convivencia.
        g) Desarrollar con los demás tutores de grado, planes comunes de trabajo en el marco del
           Plan de acción tutorial.
        h) Asistir a las reuniones de coordinación convocados por el director o responsable de
           Tutoría.
        i) Dar cuenta de los problemas de aprendizaje e indisciplina y coordina con el
           departamento de Psicología, a través de TOE.
        j) Alcanzar informes semestrales de acciones realizadas con las firmas del comité de aula
           de padres de familia y comités de alumn@s.
        k) Evaluar el comportamiento, teniendo en cuenta los informes de los docentes..

                                         CAPÍTULO IV
                                       DEL PSICÓLOGO
Art. 25°. Son funciones del Área Psicológico:
         a) Prevención y orientación primaria de la problemática psicológica de todos los
            miembros de la comunidad educativa.
         b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos para conocer las condiciones
            psicosociales con las que ingresa al plantel.
         c) Organizan evaluaciones de desarrollo integral en los diferentes grados para cada
            nivel.
         d) Entregar informes generales a los profesores tutores y Dirección.
         e) Coordinar el proceso de evaluación del personal que postule a cualquier área que
            requiera la institución.
         f) Planificar, organizar y desarrollar programas de orientación en los siguientes
            aspectos:
            Prevención del acoso escolar: Campaña del buen trato

                                                                                       20
g) Planificar, organizar y desarrollar talleres de acuerdo a la necesidad y/o problemática
            que presente el alumnado y Dirección. Las áreas a desarrollar son:
            Talleres de sexualidad.
            Talleres sobre la prevención del uso de drogas y otras adicciones.
            Taller de hábitos de estudio.
            Orientación sobre el buen manejo de las redes sociales.
            Orientación sobre el acoso escolar.
            Orientación al estudiante.
        h) Asistir de manera permanente al alumnado, ayudando en el crecimiento sano tanto
            en el área emocional.
        i) Informar a la Dirección de manera bimestral, los casos que estén bajo su
            seguimiento.
        j) Participar activamente en las reuniones de la coordinación de Tutoría, orientando a
            los profesores tutores y llevando un cuaderno de actas para hacer un seguimiento a
            cada reunión.
        k) Capacitar a los docentes, tutores y asistentes de aula sobre algunas áreas que
            competen a su trabajo.
        l) Orientar a los docentes, tutores y asistentes de aula sobre las dificultades académicas
            y psicológicas que presenten los alumnos.
        m) Brindar información oportuna a los padres de familia sobre el desarrollo psicológico
            de sus menores hijos.
        n) Organizar reuniones y charlas con los padres de familia sobre temas de interés según
            la realidad del aula en coordinación con Dirección.
        o) Integrar el Comité de Convivencia Escolar y prevención del abuso escolar.
        p) Publica bimestralmente un boletín informativo sobre temas de interés de la
            comunidad educativa.

                                         CAPÍTULO V
                                      DE L@S ALUMN@S
Art. 26°. Son considerados alumn@s de la Institución Educativa Particular “José Quiñones
        Gonzáles” a los educandos que han sido matriculados y que se encuentran inscritos en el
        Registro de Matrícula en los niveles Inicial y Primaria y los que en el transcurso del año
        ingresan por traslado.
                                         CAPÍTULO VI

                                                                                       21
DEL COMITÉ DE AULA
Art 27°. El Comité de Aula es el órgano mediante el cual los padres de familia participan desde al
        aula en el proceso educativo de sus hijos. El Comité de Aula está constituido por un
        Presidente, un Secretario y un tesorero cuyos miembros son elegidos en reunión de padres
        de familia del aula, convocada por el profesor o tutor, durante los primeros quince (15)
        días calendario del año escolar. Si el padre de familia tuviera más de un hijo en la
        Institución Educativa sólo podrá ser miembro de un comité de Aula.

Art. 28°. Son Funciones del Comité de Aula:
        a) Apoyar a solicitud del profesor o tutor de aula, todas aquellas actividades que
             requieran mayor atención en beneficio de los educandos de la sección.
        b) Coordinar con el profesor de aula o tutor las actividades educativas culturales,
             deportivas, sociales y otras que contribuyan a la formación integral de los educandos
             y al desarrollo institucional.
        c) Trabajar coordinadamente con la Dirección y las Subdirecciones de la Institución y
             el Consejo Directivo de la APAFA.
        d) Presentar un informe semestral a la Asamblea General de las actividades que realice
             en el Aula, cuyas actividades deben ser previamente autorizadas por la Dirección del
             Plantel y bajo responsabilidad del docente Tutor.
        e) Asume la reposición del deterioro ocasionado por el educando; de la infraestructura,
             mobiliario y otros recursos pedagógicos pertenecientes a la Institución Educativa.

                                         CAPÍTULO VII
                                 DEL COMITÉ AMBIENTAL
Art. 29°. El Comité Ambiental es el responsable de la aplicación, implementación y evaluación
        de la aplicación del Enfoque Ambiental en la Institución.

Art. 30°. Son funciones del Presidente del comité Ambiental:
         Liderar el proceso de educación ambiental (salud, ecoeficiencia y gestión del riesgo)
         Convocar a la comunidad educativa para la conformación del comité ambiental y sus
           comisiones.
         Tomar decisiones
         Promover la articulación de la IE y las IE públicas y privadas para el desarrollo de
           acciones de educación ambiental (salud, ecoeficiencia y gestión del riesgo).

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 Orientar la incorporación del enfoque ambiental en los documentos de gestión.
         Institucionalizar el Proyecto Educativo Ambiental Integrado, Plan de Gestión del
           Riesgo y Planes de Contingencia.
         Reconocer, valorar y respetar el trabajo realizado por los miembros de la comunidad
         Convocar a autoridades y/o miembros de la comunidad para la conformación de la
           comisión de evaluación de la aplicación del enfoque ambiental y reconocimiento de
           logros ambiental.
         Formar parte de la comisión de evaluación de la aplicación del enfoque ambiental y
           reconocimiento de logros ambientales.
         Elevar los informes relacionados a la aplicación del enfoque ambiental en las fechas
           establecidas por órganos superiores.
         Comunicar a la UGEL de manera formal la fecha de la evaluación para su
           participación.
         Elevar el expediente documentado del proceso de evaluación de logros ambientales al
           Director de la UGEL.
         Emitir una resolución directoral de felicitación al personal de la IIEE que han
           contribuido de manera excepcional a que la IE alcance el logro ambiental, en
           coordinación con el comité ambiental y CONEI.
         Gestiona los recursos para dar cumplimiento a los planes de trabajo de las diferentes
           comisiones que conforman el comité ambiental.
         Promover la articulación de la IE con la plataforma de defensa Civil e instituciones y
           privadas locales para el desarrollo de la gestión del riesgo.
         Establecer convenios con los aliados estratégicos (Centro de salud, INDECI,
           Municipalidad, etc.)
         Realizar los reportes de daños y necesidades en caso de emergencias y desastres.
         Ejecutar los planes de contingencia cuando se requiera.

Art. 31°. Son funciones del Coordinador General del Comité Ambiental:
         Implementar la incorporación del enfoque ambiental en los documentos de gestión.
         Elaborar, implementar y difundir el Proyecto Educativo Ambiental Integrado.
         Articular las acciones de la comisiones de educación en salud, educación en
           ecoeficiecia y educación en gestión del riesgo.
         Guiar a la comunidad educativa en la implementación de las acciones de educación en
           ecoeficiencia, educación en salud y en gestión del riesgo.

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 Motivar a los integrantes del comité ambiental para implementar y monitorear la
           aplicación del enfoque ambiental.
         Brindar asistencia técnica a la comunidad educativa sobre temas específicos de
           educación ambiental.
         Monitorear, asesorar a las comisiones de salud, ecoeficiencia y gestión del riesgo para
           un trabajo integrado.
         Elevar los informes de las comisiones de educación en salud, ecoeficiencia y gestión
           del riesgo al director de la IE.
         Coordinar con los miembros del comité ambiental para aplicación de la matriz de
           evaluación de la aplicación del enfoque ambiental y reconocimiento de            logros
           ambiental línea base (marzo) y su etapa final (setiembre-octubre).
         Elaborar el informe final del comité ambiental en coordinación con las comisiones de
           educación en salud, educación en ecoeficiencia y gestión del riesgo.

Art. 32°. Son funciones del Secretario del Comité Ambiental:
         Registrar la información del Comité ambiental: actas de reuniones, plan de trabajo,
           fichas de evaluación, otros.
         Publicar la línea base de educación ambiental.
         Organizar el archivo de las acciones de la aplicación del enfoque ambiental y los
           informes emitidos por las comisiones.

Art. 33 °. Son funciones generales de los coordinadores de las Comisiones
         Aportar ideas e iniciativas propias y de la comisión que representa
         Coordinar las acciones a desarrollarse y desarrolladas en su comisión
         Informar acuerdos y actividades a su comisión.

Art. 34°. Son funciones del representante de la APAFA
         Colaborar en el desarrollo de las actividades
         Representar a los padres de familia
         Difundir las actividades que se ejecuten al interior de la APAFA y lograr su
           involucramiento.

Art. 35°. Son funciones del estudiante designado por el municipio escolar
         Representar a los estudiantes

                                                                                       24
 Informar acuerdos y actividades a los integrantes del Municipio Escolar y a todos sus
            compañeros.
          Participar en las diferentes actividades planteadas por la IE.
          Proponer ideas propias y transmitir las ideas y sugerencias de sus compañeros para la
            implementación de las acciones de educación ambiental.

Art. 36°. Son funciones del representante de la brigada estudiantil y de la fiscalía escolar
          Representar a los estudiantes brigadistas y de la Fiscalía Escolar Ambiental
            respectivamente.
          Informar los acuerdos y actividades a la organización estudiantil que representa.
          Proponer ideas propias y transmitir las ideas y sugerencias de sus compañeros de
            Brigadas o de la Fiscalía para la implementación de las acciones que conllevan a una
            educación saludable, ecoeficiente y segura.
          Participar en las actividades

Art. 37°. Son funciones de representante del personal administrativo y servicio
          Aplicar las medidas ambientales
          Colaborar con la difusión de las actividades
          Proponer acciones que conlleve a una educación sostenible.

Art. 38°. Son funciones específicas del coordinador de la comisión de educación en salud
          Liderar el desarrollo de las acciones en educación en salud para la práctica de estilos
            saludables e integrar la Comisión de la aplicación del enfoque ambiental.
          Guiar a la comunidad educativa en la implementación de las acciones de educación en
            salud.
          Coordinar con el establecimiento de salud para brindar asistencia técnica referente a
            salud
          Organizar y capacitar a la brigada estudiantil de salud.
          Elaborar el informe final de las actividades ejecutadas durante el año escolar.

Art. 39°. Son funciones específicas del coordinador de la comisión de educación en ecoeficiencia
          Liderar el desarrollo de las acciones en educación en ecoeficiencia e integrar la
            Comisión de la aplicación del enfoque ambiental.

                                                                                          25
 Guiar a la comunidad educativa en la implementación de las acciones de educación en
           ecoeficiencia.
         Organizar y capacitar a la brigada estudiantil de ecoeficiencia.
         Elaborar el informe final de las actividades ejecutadas durante el año escolar.

Art. 40°. Son funciones específicas del coordinador de la comisión de gestión del riesgo
         Formular y ejecutar los planes de gestión del riesgo de la institución educativa, planes
           de contingencia para los diferentes escenarios de riesgo con participación de docentes,
           estudiantes padres de familia y otras instituciones de la comunidad.
         Monitorear las actividades planificadas en cada uno de los componentes de la gestión
           del riesgo: prospectiva, correctiva y reactiva.
         Convocar, organizar reuniones y capacitar a los miembros de la Comisión para la
           implementación del plan y el cumplimiento de las funciones de los equipos
         Convocar a los miembros de la Comisión para la planificación, implementación y
           evaluación del Plan de Gestión del Riesgo.
         Coordinar con los aliados estratégicos para garantizar el equipo de respuesta en caso
           de emergencias y desastres.
         Coordinar los procesos operativos de estimación, reducción, preparación, respuesta y
           rehabilitación.
         Realizar el inventario de actores, recursos y capacidades de la IE. y comunidad para la
           Gestión del Riesgo de Desastres.
         Organizar, capacitar a la brigada estudiantil de gestión del riesgo.
         Elaborar los informes de situación y remite al presidente de la Comisión.
         Coordinar la implementación y ejecución de los simulacros nacionales.
         Implementar los COE institucional.
         Realizar los reportes de los simulacros a través del Portal Perú Educa.
         Elaborar el informe final de las actividades ejecutadas durante el año escolar.
         Actualizar los directorios de la Comunidad educativa y aliados estratégicos.

Art. 41°. Son funciones de los miembros del equipo de prevención
         Participar en la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo y sus planes de
           contingencia
         Planificar, coordina, monitorear y evaluar la ejecución de las acciones de Gestión
           prospectiva en la IE

                                                                                       26
Art. 42°. Son funciones de los miembros del equipo de mitigación
         Participar en la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo y sus planes de
           contingencia.
         Planificar, coordina, monitorear y evaluar la ejecución de las acciones de Gestión
           Correctiva en la IE
           Está constituida por la Brigada de señalización y protección
           .Recibir capacitación sobre seguridad y señalización
           .Identificar zonas de seguridad interna y externa a la IE
           .Apoyar la señalización de las rutas de evacuación seguras con apoyo técnico de
           especialistas de Defensa Civil de la Municipalidad
           En caso de emergencia:
           .Ubicar a la comunidad en zonas de seguridad interna y externa de la IE.
           .Desarrollar actividades lúdicas, posterior a la emergencia

Art. 43°. Son funciones del coordinador del equipo de respuesta
         Participar en la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo y sus planes de
           contingencia.
         Planificar, coordina, monitorear y evaluar la ejecución de las acciones de Gestión
           reactiva en la IE
         Coordinar capacitaciones para sus brigadas sobre temas relacionadas a gestión del
           riesgo
         Contar con el directorio actualizado de los aliados estratégicos-
         Representar a todas las brigadas de gestión del riesgo
        Cuenta con tres brigadas:
        1. BRIGADA DE PRIMEROS AUXILIOS
            Prever e implementar un botiquín con insumos básicos para atención de
              emergencia, en coordinación con la Comisión de salud.
            Recibir capacitación sobre conocimientos básicos de primeros auxilios.
            Tener una lista actualizada de los insumos del botiquín de primeros auxilios.
              En caso de emergencia:
            Transportar el botiquín de primeros auxilios en una mochila durante la evacuación
            Reportar número de heridos a la Comisión de GRD
            Auxiliar a los heridos.

                                                                                      27
2. BRIGADA DE EVACUACIÓN Y SEGURIDAD
            Recibir capacitación sobre seguridad y evacuación.
            Reconocer las zonas de peligro, seguridad y rutas de evacuación.
            Tener las listas de asistencia del personal de la IE
            Realizar simulacros de evacuación
              En caso de emergencia:
            Facilitar el acceso y salida de la población estudiantil
            Guiar hacia la zona de seguridad.

        3. BRIGADA ESPECIAL (INCENDIO, RESCATE, ETC.)
            Recibir capacitación y actualización sobre incendios y rescate.
            Reconocer los equipos contra incendios
            Apoyar en rescate de la población estudiantil
              En caso de emergencia:
            Utilizar adecuadamente los equipos
            Reportar al COE

Art. 44°. De la Brigada Estudiantil de Educación Ambiental
        Son organizaciones de apoyo a las Comisiones del Comité Ambiental que se constituye
        a nivel de las instituciones educativas con la finalidad de apoyar la gestión de la
        Educación Ambiental, su accionar como miembro de la comisión a nivel institucional se
        realizará en el máximo respeto de sus derechos como niño (a) y del adolescente, en el
        marco del código del niño y del adolescente, y de su derecho de que se le garantice al
        logro de aprendizajes.
        Está constituida por los estudiantes elegidos o designados en cada aula, grado y nivel
        educativo con la finalidad de apoyar la generación de una cultura de ecoeficiencia, de
        salud y de prevención, sin perjudicar el cumplimiento de sus horas efectivas de
        aprendizaje.

Art. 45°. A nivel de IE está constituido del siguiente modo:
         Coordinador General o Brigadista Ambiental (Apoya al Comité Ambiental de la IE)
         Brigada de salud
         Brigada de Ecoeficiencia

                                                                                    28
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