Gerencia de asesoría y servicios de crédito - Infonavit

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Gerencia de asesoría y servicios de crédito

                                      Identificación de cambios

            Fecha                               Descripción de la modificación

    Noviembre de 2007   Revisión general y cambio de formato

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Temas:
      Contrato de compra-venta
      Recepción de vivienda
      Monto de crédito, pagos de amortización y tasas
      Prórrogas en caso de pérdida de empleo
      Pagos
      Aviso de retención
      Cobranza
      Trámites y servicios
      Recomendaciones
      Beneficios de acreditados cumplidos
      Modelos de contrato de adhesión en materia inmobiliaria

Objetivo general

Al finalizar el curso el participante seleccionará los lineamientos establecidos en
materia de créditos de vivienda para asesorar a derechohabientes en la mejor
opción para la adquisición de vivienda.

Objetivo específico

Conocer los derechos y obligaciones que adquieren los acreditados al momento
de obtener su crédito por parte del Infonavit, de acuerdo a las Reglas para el
Otorgamiento de Crédito a los trabajadores derechohabientes de Infonavit y las
Reglas de Otorgamiento de Créditos al amparo del Artículo 43 Bis de la Ley del
Infonavit.

Siempre debe consultar las Leyes y Reglas en el Sitio de Internet de Infonavit con
el fin de asegurar que consulte las versiones actualizadas.

Como Asesor de Crédito Certificado es necesario que conozca los derechos que
tiene un Trabajador al ejercer su crédito a través del Infonavit, así como las
obligaciones que adquiere como Acreditado.

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Contrato de compra-venta

Antes de firmar el contrato de compra-venta, debe asegurarse que el
Derechohabiente comprende y está de acuerdo con lo pactado en dicho
contrato.

A continuación encontrará una serie de recomendaciones que deberá hacerle al
Trabajador con el fin de asegurar que tomará la mejor decisión al elegir su
vivienda:

       Que exista escritura de propiedad a nombre de la persona física o moral
       que venda.

       Que exista escritura de constitución de régimen en propiedad en
       condominio si la vivienda está ubicada con otras viviendas en un solo
       domicilio.
       Que la vivienda a adquirir se encuentre libre de gravámenes.
       Comprobar la identidad de el(los) vendedor(es) y que coincida(n) con
       quien(es) aparece(n) como propietario(s) del inmueble en el contrato de
       compra-venta. En el caso de existir representante de el(los) vendedor(es),
       en el contrato se deberán especificar sus facultades para comparecer a
       nombre de éstos últimos.
       Tanto el contrato como la escritura, deberán contar con:
             La identificación (calle, número y colonia, superficie de terreno y
             construcción, cajón de estacionamiento, etc.) e individualización de
             la vivienda objeto de la adquisición, así como las características
             técnicas y especificaciones de la construcción.
             El precio total de la compra-venta y su forma de pago.
             Los cargos adicionales al precio final de la vivienda, en su caso.
             Los montos de penalización para el vendedor y el comprador en el
             caso de incumplimiento.

             La fecha de entrega de la vivienda y/o la fecha de terminación de
             la vivienda, en el caso de estar en proceso de construcción.

             En el caso de vivienda nueva, especificar si cuenta con seguro de
             calidad.
             El nombre completo del Trabajador.
             Las características técnicas y especificaciones de la construcción.
             Los acabados y características adicionales en detalle.

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Antes de firmar el contrato de compra-venta definitivo, asegurarse que
       incluya todo lo convenido, incluyendo las modificaciones que procedan.
       Firmar el contrato de compra-venta por duplicado y conservar un ejemplar
       firmado por todas las partes que intervengan.
       Si el Trabajador realizara pagos por anticipado, asegurarse de que le sean
       entregados los recibos correspondientes, en los cuales debe especificarse
       el nombre o denominación de la persona que vende, así como el nombre
       del Trabajador y el concepto del pago.

                                                            Recepción de la vivienda

Una vez que el vendedor ha entregado la vivienda al Derechohabiente,
recomiende a este último que verifique:

       Que estén completos y que funcionen correctamente los accesorios que
       conforman su vivienda, así como los servicios de agua y luz.

       Los materiales de la estructura de la vivienda, de las instalaciones y los
       acabados que haya pactado con el vendedor. Por ejemplo: cocina
       integral, lugar de estacionamiento, estufa, pisos especiales, calentador de
       agua, instalación telefónica, cableado de televisión, etc.

¿Qué sucede si el Derechohabiente no realiza la revisión o ésta no se hace
completa?

Si el Derechohabiente no realiza con cuidado la revisión de su vivienda el día que
la reciba y no reporta por escrito las fallas a la constructora, la garantía dejará de
estar vigente y él tendrá que pagar las reparaciones, en caso de requerirse.

Informe al Derechohabiente que antes de firmar cualquier documento, es su obligación
revisar estos aspectos que se mencionan, ya que al hacerlo le evitará realizar trámites
posteriores en cualquier instancia judicial, en caso de demanda.

Al momento de la recepción de la vivienda, el constructor le debe entregar al
Derechohabiente dos pólizas, los planos arquitectónicos y una carta responsiva:

   Primera póliza
       Se refiere a la garantía contra vicios ocultos; es decir, desperfectos en
       elementos o instalaciones que no están a la vista como por ejemplo:
       cimientos, tuberías de agua potable y drenaje, instalación eléctrica y gas,
       pisos y muros, acabados, estructura, etc. Su vigencia mínima es de dos
       años.

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Segunda póliza
      Esta póliza es para defectos de impermeabilización. Su vigencia mínima es
      de dos años.

Las pólizas entran en vigor a partir del día en que reciba el Derechohabiente la
vivienda.

   Planos arquitectónicos
      Solicitar al desarrollador o al vendedor los planos arquitectónicos de la
      vivienda.

La constructora no responde por desperfectos causados por mal uso o falta de
mantenimiento.

¿Qué pasos debe seguir el Derechohabiente si encuentra alguna falla en la
vivienda?

   1) Reportarlo de manera inmediata a la constructora.

   2) Obtener un comprobante del informe donde aparezca el sello y la firma
      del responsable de la constructora.

   3) Una vez realizadas las reparaciones que solicite, deberá firmar de
      conformidad, sólo si está enteramente satisfecho con ellas.

                                   Monto de Crédito, pagos de amortización y tasas

Durante la asesoría que brinde recuerde informarle lo siguiente al Derechohabiente:
Denominación del préstamo. La cantidad del préstamo que les otorga el Infonavit está
expresada en Veces Salario Mínimo Mensual Vigente en el Distrito Federal (VSMMVDF).
Esto significa que su deuda, es decir, el saldo insoluto, se incrementará en la misma
proporción que el salario mínimo del D. F.

Pago del crédito

       El crédito del Acreditado se va pagando con los descuentos que su patrón
       realiza a su salario.
       Las aportaciones bimestrales del 5% posteriores a la obtención del crédito,
       también se destinan a pagar el saldo del mismo.
       El Acreditado puede realizar pagos anticipados o liquidar el crédito en
       cualquier momento sin penalizaciones.

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Informa al Derechohabiente que es su obligación verificar que los descuentos a su salario
hechos por su patrón para el pago del crédito, se vean reflejados en su estado de cuenta
que le es enviado por el Infonavit cada bimestre a su domicilio, el cual puede solicitar en
el Sitio de Internet del Infonavit (www.infonavit.org.mx) en la sección “¿Cuánto debo de
mi crédito?”.

Descuentos
Los descuentos se determinan con base en un factor de cuota fija en Veces
Salario Mínimo diario en el DF. y se realizan desde el momento en que el
Derechohabiente ejerce su crédito.

Explique y recuerde al Derechohabiente que existen dos modalidades de
amortización de crédito:

       El Régimen Ordinario de Amortización (ROA): aplica mientras labore para
       un patrón que cotiza al Infonavit y consiste en los descuentos que su patrón
       realizará a su salario.

       El Régimen Especial de Amortización (REA): aplica cuando el Trabajador
       labora por su cuenta o con un patrón que NO cotiza al Infonavit; en este
       caso, el factor de pago cambia y el Acreditado deberá realizar sus pagos
       directamente en las Instituciones Financieras indicadas por el Infonavit.

Los factores de pago ROA Y REA los conoce el Derechohabiente desde el
momento de la firma con el notario, ya que se indican en la Carta de Instrucción
Notarial.

En el caso del descuento efectuado a través del patrón, el monto será el que
resulte de multiplicar el ROA por el valor del Salario Mínimo Diario Vigente en el
Distrito Federal y para el caso de que tenga que pagar directamente multiplicar
por el factor de cuota REA.

Para conocer el monto mensual que deberá pagarse para la amortización del
crédito, bastará con multiplicar el factor de descuento ROA o REA, según sea el
caso, por el Salario Mínimo Mensual Vigente del Distrito Federal (SMMVDF).

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Ejercicio que ejemplifica el monto mensual para amortización

                                          Importe
                  Factor de
   Régimen                     SMMVDF     de pago                       Condición
                  cuota fija
                                          mensual

                                                      • Relación laboral vigente.
    ROA
                                                      • Descuento hecho vía nómina por el patrón.
   Régimen
                   35.42        50.57    $1,791.18    • El descuento será proporcional a la
 Ordinario de
                                                        periodicidad de la forma de pago, es decir,
 Amortización
                                                        semanal, quincenal o mensual.

                                                       • El pago lo realizará directamente el
     REA
                                                          Acreditado     en     alguna     Institución
   Régimen
                                                          Financiera indicada por el Infonavit o bien
 Extraordinario    38.68        50.57    $1,956.04
                                                          realizar el pago en forma electrónica en el
      de
                                                          Sitio de Internet en la sección de “Cuánto
 Amortización
                                                          debo de mi crédito” pago en línea.

En la Carta de Autorización de Crédito se le informa al Derechohabiente la
cantidad que pagará mensualmente, en pesos y en Veces Salario Mínimo.

Las cantidades expresadas en pesos son los factores de cuota fija que se le determinan a
la fecha del ejercicio del crédito y mientras no se modifique el Salario Mínimo Diario en el
D.F. (SMDDF), es lo que pagará mensualmente.

Tasa de interés

La tasa de interés se calcula en proporción con su salario integrado, permanece
constante durante todo el tiempo que esté pagando su crédito y es del 4% al 9%
anual.

* Este interés será fijo mientras tenga saldos insolutos.

Plazo de pago

El plazo de pago es de treinta años como máximo, el plazo del crédito se
determina con base en la edad del Trabajador y permanecerá fijo siempre y
cuando el Acreditado esté al corriente, no haya tenido omisiones de pago ni
haya solicitado prórrogas o reestructuras.

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¿Es posible reducir el plazo del pago de un crédito?

Si es posible reducirlo, dependiendo de:
       La cantidad que pague el Derechohabiente con sus descuentos
       patronales.

Recuerde al Acreditado que este descuento se refiere al que le hará su patrón y es el que
se encuentra en el Aviso Para la Retención de Descuentos que le entregó, y en el que se
indica la cuota fija en VSMMVDF que le será descontada.

       La cantidad que su patrón aporta a su Subcuenta de Vivienda de forma
       obligatoria y que corresponde al monto que resulte de multiplicar el monto
       que percibe como salario integrado por el 5 %.

Mencione al Acreditado que mientras trabaje con un patrón que aporte al Infonavit, las
aportaciones que haga a su favor se aplican como pago para amortizar el crédito,
adicional al pago que tenga que realizarse en el periodo correspondiente, y con ello
reducir el tiempo de la deuda.

       El saldo que tenía en el Fondo de Ahorro de 1972 a 1992.

Explique al Acreditado que si trabajó durante este periodo con patrones que cotizan al
Infonavit, este Fondo de Ahorro si no lo ha retirado; no está en su Afore, y se le traspasa
como un pago para su crédito a la fecha en la cuál ejerce su crédito.

       Los pagos anticipados que haga para reducir su deuda.

Diga al Acreditado que si desea y puede realizar pagos adicionales a los que tiene que
hacer cada periodo, le conviene ya que no existe penalización y además se aplican
directamente para reducir el saldo insoluto, y con ello reducir el tiempo de la deuda.

                                               Prórrogas en caso de pérdida de empleo

Si el Acreditado pierde el empleo, tiene treinta días naturales a partir de la
separación de su empresa para solicitar una prórroga. Las prórrogas no podrán
durar más de doce meses cada una.

Podrá solicitar una o varias prórrogas hasta por un máximo de 24 meses, sin que
ninguna exceda doce meses continuos. Estas prórrogas sí causarán intereses a
capital.

Recomiende al Acreditado que es conveniente que si cuenta con recursos, se inscriba al
Régimen Especial de Amortización (REA) para que realice sus pagos mensualmente en las
Instituciones Financieras autorizadas por el Infonavit y así evitará el pago de intereses
adicionales, así como el alargamiento del plazo del crédito.

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Los pasos que debe seguir el Derechohabiente para solicitar su prórroga son:

   1) Llamar a Infonatel al 9171- 5050 en la Ciudad de México ó 01800-008-3900
      en el interior de la Repúlbica, antes de que se cumplan treinta días de la
      pérdida de empleo y solicite la prórroga teniendo a la mano su número de
      crédito.

   2) En el Infonatel le entregarán un número de caso y le confirmarán la fecha
      de inicio y terminación de la prórroga.

Informe al Derechohabiente que si al llamar al Infonatel le comentan que no ha recibido
su baja de la empresa en la que trabaja, le dirán que no es posible por el momento
otorgarle la prórroga y por tanto es obligación del Derechohabiente asegurarse de que su
patrón realice la baja ante el IMSS para que pueda ser reconocida la pérdida de la
relación laboral y en su caso, otorgarle la prórroga a que tiene derecho.

¿Qué sucede si el Derechohabiente sigue desempleado y su prórroga vence?

Si se termina el plazo de su prórroga y el Derechohabiente sigue sin empleo (o sin
cotizar al Infonavit) deberá llamar al Infonatel para que comience a pagar por su
cuenta en el Banco; así no tendrá atrasos que arriesguen la seguridad de su
patrimonio.

Si el Derechohabiente está en alguno de los siguientes casos podrá pagar su
crédito en cualquiera de las sucursales de Banorte, HSBC, Banamex, Scotiabank y
Santander:

       Si dejó de trabajar…
               y no solicitó la prórroga o no piensa utilizarla.
               y en su nuevo empleo no aportan cuotas al Instituto.
               y en su nuevo empleo está contratado por honorarios o servicios
               profesionales.
        Si no ha encontrado un nuevo empleo y se terminó la prórroga.
        Si está jubilado o pensionado.

                                                             Pagos a través de bancos

Los pasos para realizar el pago del crédito en el Banco son:
   1) Ingresar al Sitio de Internet del Infonavit a la sección “Trámites y servicios de
      mi crédito” y acceder a la opción “líneas de captura para realizar pagos”,
      o llamar al Infonatel al 9171- 5050 en la Ciudad de México ó 01800-008-3900
      en el interior de la Repúlbica y dar su número de crédito. Se le informará la
      cantidad a pagar y la línea de captura para pagar en el Banco.

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2) Pagar en cualquiera de los bancos mencionados. El Derechohabiente
      deberá dictarle al cajero su línea de captura y depositar el importe a
      nombre del Infonavit (anotar su nombre y número de crédito en la ficha de
      depósito). El Banco debe entregarle un comprobante sellado y firmado por
      el cajero.

   3) Para los pagos siguientes el Derechohabiente puede obtener las líneas de
      captura correspondientes llamando cada mes al Infonatel o consultando
      la opción “¿Cuánto debo de mi crédito?” en el Sitio de Internet de
      Infonavit.

                              Aviso de Retención por cambio en su relación laboral

Indique al Derechohabiente que en caso de obtener un nuevo empleo en el que
el patrón cotiza al Infonavit, es su obligación hacer lo siguiente:

   1) Ingresar al Sitio de Internet del Infonavit a la sección “Trámites y servicios de
      mi crédito” y acceder a la opción “Avisos de Retención de Descuentos”, o
   2) Llamar al Infonatel para solicitar que le envíen a la empresa donde estaba
      trabajando el Aviso para la Retención de Descuentos.
   3) Informe a su nuevo patrón, que tiene un crédito del Infonavit, para que en
      cuanto este patrón reciba el Aviso para la Retención de Descuentos, le
      empiece a hacer sus descuentos y enterarlos al Infonavit cada bimestre.

Haga saber al Trabajador que si él demora este trámite lo que pasará es que irá
acumulando intereses y alargará el plazo del crédito, también podrá perderse de los
continuos beneficios y promociones que el Infonavit estará continuando ofreciendo para
acreditados cumplidos.

                                                                            Cobranza

El Infonavit realiza la recuperación del crédito otorgado al Derechohabiente, bajo
los siguientes esquemas de cobranza para el pago de su crédito:

ROA (Régimen Ordinario de Amortización) que se aplica cuando el Acreditado
cuenta con relación laboral y su patrón cotiza al Infonavit.

       Forma de pago del crédito:
             El patrón realiza los descuentos del salario del Trabajador,
             posteriormente entera y transfiere estos recursos en forma bimestral
             vía el SUA.
             Además realiza la aportación patronal del 5% calculada sobre el
             sueldo que percibe el Trabajador.

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Explique al Trabajador que los descuentos marcados en su recibo de nómina deberán
reflejarse en su estado de cuenta, así como las aportaciones bimestrales que hace su
patrón.

El estado de cuenta lo puede consultar el Trabajador desde el Sitio de Internet del
Infonavit (www.infonavit.org.mx), en la sección Trabajadores, en la opción
“Trámites y Servicios de mi Crédito,” seleccionando “¿Cuanto debo de mi
crédito?”

En el caso de que nos los tenga registrados en su estado de cuenta, deberá
preguntar a su patrón si los descuentos para el pago de su crédito del bimestre
consultado lo realizaron en tiempo y forma, y de ser así, le pida a su patrón copia
del pago efectuado, para que lo aclare de inmediato en el Infonatel.

REA (Régimen Especial de Amortización) aplica cuando:

       El Acreditado no cuenta con relación laboral
       Su patrón cotiza al Infonavit
       Forma de pago del crédito
               El pago lo realiza directamente en los bancos, utilizando las líneas
               de captura que aparecen en sus estados de cuenta.
                Los acreditados del Instituto que están inscritos en el REA pueden
               efectuar su pago en sucursales bancarias cercanas a sus casas o
               trabajos. Esta medida les permitirá reducir tiempos de traslado,
               evitar esperas prolongadas, y contar con mejores alternativas de
               horario.
               El pago se realiza mediante la línea de captura.
               El pago se puede efectuar en las cuentas concentradoras.

Es muy importante que le reitere al Derechohabiente los pasos a seguir para obtener las
líneas de captura.
Recuerde también informarle que los bancos no cobran ningún tipo de comisión o cargo
adicional a los derechohabientes del Infonavit.

                                                               Trámites y servicios

¿Cómo puede saber el Derechohabiente cuánto ha pagado y cuánto debe?

Mediante su estado de cuenta. Todos los derechohabientes recibirán en su
domicilio una vez al año su estado de cuenta y todos los acreditados pueden
consultar las veces que quieran su estado de cuenta desde el Sitio de Internet del
Infonavit.

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¿Dónde puede solicitar sus escrituras?

Con el notario con quién formalizó su operación, ya que contar con sus escrituras
debidamente registradas ante el Registro Público de la Propiedad, le brinda
seguridad sobre su patrimonio familiar.

Recomiende al Acreditado que tome nota de los datos de su escritura: nombre y número
del notario, número de escritura y fecha de emisión y que los guarde en un lugar aparte y
seguro para que en caso de perder su escritura, pueda solicitar al notario una copia
certificada de la misma.

¿Qué documentos debe presentar para recoger sus escrituras?

Para realizar este trámite el Derechohabiente debe tener a la mano:

       Dictamen de ejercicio de crédito
       Identificación oficial con fotografía (Credencial de Elector o pasaporte)

Atención a acreditados

Los acreditados podrán ser ágilmente atendidos y orientados en los canales de
atención:

       Sitio Internet
       Infonatel
       Cesi's
       Kioscos

Si el Derechohabiente desea conocer la ubicación de los Cesi's puede consultar
la siguiente dirección:

http://www.infonavit.org.mx/inf_general/directorio/mapa/mapa_main.shtml

En la página de inicio del Sitio de Internet de Infonavit, en la sección
“Trabajadores”, el Acreditado podrá consultar la información que requiera:

   1) Trámites y servicios de su crédito:
             Avisos de suspensión de descuentos
             ¿Cuánto debe?
             Estado de cuenta
             Líneas de captura
             Constancia de intereses
             Prórroga
             Pagos

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2) El ABC para pagar su crédito: indica los                   pasos   para     que     el
      Derechohabiente realice el pago de su crédito.

              Explica lo que debe hacer el Derechohabiente cuando pierde o
              cambia de empleo, cómo debe pagar, qué hacer en caso de
              defunción o incapacidad, qué hacer para ponerse al corriente con
              los pagos, cómo rectificar datos en escrituras, cuáles son los seguros
              contra daños y cómo realizar los trámites y servicios de su crédito.
              Ya terminó de pagar: indica los pasos que debe realizar el
              Derechohabiente una vez que liquide su crédito con Infonavit.

   3) Otros trámites y servicios que puede realizar el derechohabiente con el
      Infonavit son:

              Pagos anticipados parciales en bancos
              Pérdida o cambio de empleo
              Obtención de la línea de captura
              Reclamos de saldos a favor
              Cancelación de hipoteca por crédito liquidado
              Compra con pasivo Infonavit
              Sustitución de garantía
              Venta anticipada de la vivienda
              Arrendamiento de la vivienda
              Aplicación del seguro de vida
              Aplicación del seguro de daños
              Aplicación del Seguro de Protección de Pagos

Es muy importante que le reitere y repase los pasos a seguir al Derechohabiente
ingresando al Sitio de Infonavit, en donde le muestre los servicios que le acaba de
comentar y/o en caso de que prefiera hacerlo él personalmente, la información la puede
obtener en las oficinas del área de cobranza de la delegación del Infonavit
correspondiente a su localidad o llamando al Infonatel, recuerde también informarle que
el asesoramiento no tienen costo, sin embrago hay trámites que tendrá que realizar con
algunas instancias fuera del Infonavit que sí tienen costo; por ejemplo: la cancelación de
la hipoteca para el trámite de liberación de las escrituras.

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Recomendaciones

Recomendaciones generales sobre una óptima administración del crédito:

       Si el Acreditado cambia de empleo, debe solicitar de inmediato el Aviso
       de Retención para que su nuevo patrón le descuente el crédito, con esto
       evitará:
             Incremento de los pagos mensuales del régimen REA, ya que cuando
             se está en este régimen el pago mensual se incrementa por que
             ahora el Acreditado debe cubrir el 5 % que en el régimen ROA cubre
             el patrón.

       Para realizar cualquier aclaración es necesario e indispensable que el
       Acreditado conserve los comprobantes de pago (en el caso de estar en el
       régimen REA) o bien sus comprobantes de nómina cuando sea un
       Acreditado bajo el régimen ROA.

       Todos los pagos se realizan a través de un descuento en su nómina por
       parte de su patrón o directamente en los bancos autorizados en donde se
       expide un comprobante del movimiento que realizas. Si alguna persona te
       solicita dinero extra ¡denúncialo! en Infonatel o a través del Sitio de Internet
       de Infonavit.

       Si al Acreditado le solicitan el pago de mensualidades que ya se cubrieron,
       deberá llamar a Infonatel para realizar la aclaración, teniendo a la mano
       los comprobantes de pago si paga el crédito directamente en los bancos,
       o sus recibos de nómina, si su patrón le hace descuentos para amortizar el
       crédito.

       Si el Acreditado no puede costear los pagos de su crédito del Infonavit,
       indícale que llame al Infonatel para solicitar una reestructura.

       Si el Acreditado se niega a pagar el crédito, el Infonavit iniciará los trámites
       para recuperar la vivienda.

       Si el Acreditado llegara a perder el empleo deberá tramitar su prórroga,
       antes de que transcurran treinta días naturales a partir de la fecha de
       separación laboral, si el Acreditado cuenta con ahorros, le conviene no
       solicitar la prórroga y solicitar sus líneas de captura para pagar
       directamente en los bancos, evitándose con esto el pago de intereses
       moratorios.

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Cuando el Acreditado tenga ahorros adicionales, le convendrá realizar
       pagos anticipados en los bancos autorizados para disminuir el monto de su
       deuda, para obtener la línea de captura deberá comunicarse al Infonatel
       teniendo a la mano el número de su crédito Infonavit y la cantidad que va
       a pagar por adelantado.

       Los pagos anticipados disminuyen la deuda y el plazo, pero recuérdale al
       Acreditado que deberá continuar pagando regularmente sus
       mensualidades.

       Recuerde al Acreditado que por la realización de pagos anticipados no se
       cobran comisiones ni penalizaciones y que los pagos anticipados se
       aplicarán directamente al capital, siempre y cuando no presente pagos
       omisos.

       Informe al Acreditado que es importante pagar puntualmente porque el
       dinero que él paga se suma al Fondo de la Vivienda para que otros
       trabajadores que aún no han ejercido su crédito, hagan su sueño realidad.

       Informe al Acreditado que si él deja de pagar su crédito, recibirá un Aviso
       de Falta de Pago, a través de visitas domiciliarias que realizan nuestros
       gestores de pago, despachos de cobranza o llamadas telefónicas que
       realiza el Infonatel, y que si esto llega a suceder, que no se preocupe,
       dígale que aproveche estos contactos para que los asesoren acerca de
       las opciones que existen para que se ponga al corriente en los pagos de su
       crédito.

       Informe al Acreditado que si por algún motivo se retrasa en sus pagos, se le
       cobrarán intereses moratorios.

       Todas las viviendas cuentan con un seguro que cubre los daños en la
       estructura de la vivienda. Indique al Acreditado que no dude en hacer el
       reclamo del seguro cuando su vivienda resulte afectada por fenómenos
       naturales como: inundación, incendio (no ocasionado por la persona que
       habita el inmueble), rayo, terremoto o maremoto y que de inmediato
       deberá comunicarse al Infonatel, donde le asesorarán sobre los trámites a
       seguir para hacer efectivo el seguro. Informe al Acreditado que deberá
       proporcionar la siguiente información:

             Nombre del Acreditado
             Número de crédito
             Ubicación de la vivienda
             Fecha del siniestro

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Todos los acreditados cuentan con un seguro de incapacidad o
       fallecimiento, indíquele al Acreditado que él o un familiar deberán avisar
       de inmediato al Infonavit a través de Infonatel.

             Cuando se trata de una incapacidad total permanente, se deberá
             enviar el Dictamen que emite el Instituto Mexicano del Seguro Social
             (IMSS), donde se especifique que la incapacidad es de por lo menos
             el 50 %.

             Cuando se trata de fallecimiento, se deberá enviar el Acta de
             Defunción del Acreditado.

       Informe al Acreditado que es su obligación que cuando termine de pagar
       el crédito debe comunicarse a Infonatel para obtener la Carta de
       Cancelación de Hipoteca, que acredita que el crédito está finiquitado y
       que con ella podrá realizar los trámites de Liberación de la Hipoteca de su
       vivienda.

       Informe al Acreditado que es relevante hacer el trámite de liberación de
       hipoteca por las siguiente razones:

             Podrá comprobar que tiene esa propiedad libre de gravamen, para
             que ésta sea garantía de futuros créditos.
             En el caso de que quiera vender su vivienda no tendrá trámites
             pendientes.

       Recomiende al Acreditado que continuamente revise su estado de cuenta
       en el Sitio de Internet y que revise que los pagos que realiza estén
       correctamente aplicados.

       Informe al Acreditado que ante cualquier duda sobre el pago de su
       crédito llame de inmediato al Infonatel, donde le brindarán asesoría y le
       ayudarán en todo tipo de aclaraciones referentes a su crédito. Infonatel:
       9171- 5050 en la Ciudad de México ó 01800-008-3900 en el interior de la
       Repúlbica.

       Haga saber al Acreditado que su vivienda es parte de su patrimonio
       familiar, por lo que le conviene hacer su testamento. Infórmele que los
       notarios con quienes escrituró su vivienda podrán realizar descuentos para
       la elaboración de su testamento.

       Informe al Acreditado que aún después de haber realizado su testamento
       él sigue siendo el dueño de sus bienes y que así será hasta su fallecimiento.

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El testamento es un acto solemne, personal, revocable (se puede modificar
       cuantas veces lo desee el Acreditado) y libre, a través del cual, después de
       su muerte, una persona dispone de los bienes y derechos según lo haya
       decidido el Acreditado.

       Las personas físicas que adquieran un crédito destinado para casa
       habitación podrán deducir los intereses reales pagados en el año que
       corresponda cuando el crédito haya sido contratado con instituciones que
       pertenezcan al Sistema Financiero, como lo son las Instituciones Bancarias y
       las Sociedades Financieras de Objeto Limitado, y siempre que el monto del
       crédito otorgado no exceda de 1.5 millones de Unidades de Inversión
       (UDI’s).

       Es una obligación de las Instituciones Financieras informar por escrito a sus
       acreditados el monto de los intereses reales pagados, a más tardar el 15 de
       febrero de cada año, de conformidad con el último párrafo de la fracción
       IV del Artículo 176 de la Ley del ISR.

                                         Beneficios de acreditados cumplidos

Ser Acreditado cumplido con el Infonavit, tiene beneficios adicionales a los
mencionados anteriormente como:

       Sorteos en los que se salda el total de la deuda.
       Descuentos en algunos comercios.
       Acceso preferente a otro tipo de Instituciones de Crédito como Fonacot.
       Acceso a programas que le permitirán cambiar su casa.
       Rentar su vivienda, aún cuando el crédito esté vigente.
       Vender su vivienda antes de liquidar el crédito.
       Dar su vivienda en comodato, aún cuando el crédito esté vigente.

Para informarse de estos y futuros beneficios, el Acreditado podrá consultarlos en
el Sitio de Internet o bien llamando al Infonatel, donde le indicarán los pasos a
seguir para ser beneficiario de los mismos.

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Modelos de contrato de adhesión en materia inmobiliaria

Como Asesor Certificado es importante que conozca y consulte los modelos de
contrato para:

             Compraventa en Preventa
             Compra-venta

Publicados por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) con el
propósito de dar mayor certeza en la realización de dichas operaciones al
Derechohabiente.

En el Sitio Internet de Infonavit dentro de la sección de Infonavit Ampliado,
Asesores Certificados podrá consultarlos.

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