PLAN DE VIGILANCIA DE LA MIXOMATOSIS Y DE LA ENFERMEDAD HEMORRÁGICA DEL CONEJO 2014
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
MINISTERIO DE SECRETARIA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE DIRECCION GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD PLAN DE VIGILANCIA DE LA MIXOMATOSIS Y DE LA ENFERMEDAD HEMORRÁGICA DEL CONEJO 2014 1
1.- INTRODUCCIÓN La Enfermedad hemorrágica del Conejo y la Mixomatosis son las enfermedades virales de mayor importancia que afectan al conejo europeo, debido a su alta patogenicidad y gran poder de difusión, forman parte de la Lista de Enfermedades de Declaración Obligatoria de la OIE. La Enfermedad Hemorrágica del Conejo (RHD) fue descrita por primera vez en 1984 como una enfermedad aguda, fatal y muy contagiosa del conejo europeo (Oryctolagus cuniculus) causada por un virus (RHDV) ARN Calicivirus, género Lagovirus. Actualmente tiene una distribución mundial, diferenciada en varias cepas, todas ellas virulentas. La enfermedad fue detectada por primera vez en España en conejos domésticos en la primavera y verano de 1988. En conejos silvestres, la enfermedad apareció durante la primavera de 1990 en el Parque Nacional de Doñana. En sólo dos años el virus se extendió a lo largo de todo el país. Durante el año 2010 en Francia se detectaron una serie de brotes de RHD que cursaron de forma atípica, caracterizada por brotes agudos de enfermedad hemorrágica tanto en adultos como en gazapos y en los cuales se identificó, como agente etiológico, una nueva variante del virus relativamente diferente de las aisladas hasta entonces en ese país. Fue identificada como una nueva variante del virus de la Enfermedad Vírica Hemorrágica del Conejo (RHDVb). Dicha variante fue detectada por primera vez en España en el año 2011 en explotaciones industriales del tercio norte peninsular. Entre los animales infectados en estos primeros casos, existían algunos que habían sido previamente vacunados. La evolución clínica de la RHD puede ser hiperaguda, aguda, subaguda o crónica. La forma hiperaguda generalmente no presenta síntomatología y mueren repentinamente. Las manifestaciones clínicas se han descrito sobre todo en la infección aguda (Ver Tabla 1). La forma subaguda se caracteriza por síntomas similares a la forma aguda de la enfermedad pero más leves. Durante un brote de enfermedad, un número limitado de conejos (5–10%) puede mostrar una evolución crónica o subclínica. En muchos casos estos animales mueren 1 o 2 semanas más tarde, generalmente debido a una disfunción hepática. La RHDVb presenta los mismos síntomas que la variante clásica (RHDV-1) siendo característica de esta variante la afectación de los gazapos menores de 30 días, ya que en la variante clásica la infección suele cursar de forma subclínica, presentando éstos una severa ictericia y epistaxis. Las lesiones primarias consisten en necrosis del hígado y esplenomegalia. Sin embargo, la causa de muerte es normalmente una coagulopatía masiva y hemorragias en diversos órganos. En la enfermedad subaguda y crónica, se produce ictericia, siendo muy evidente la despigmentación de las orejas, la conjuntiva y la capa subcutánea. 2
La mixomatosis es una enfermedad de distribución mundial causada por un virus ADN de la familia Poxviridae, denominado virus Myxoma. En los conejos europeos se han identificado dos formas de presentación de la enfermedad: la forma nodular (clásica) y la forma amixomatosa (respiratoria), menos frecuente. Las lesiones patognomónicas principales son los mixomas o pseudotumores cutáneos. La transmisión de la enfermedad se realiza de manera directa, a través del contacto con conejos enfermos o susceptibles, y por vía indirecta por medio de artrópodos hematófagos que actúan como vectores. 2.- NORMATIVA BÁSICA La normativa básica en la que se establecen estas medidas es la siguiente: o Real Decreto 617/2007, de 16 de mayo, por el que se incluye la EHC dentro del grupo de enfermedades objeto de declaración semestral. o Real Decreto 1547/2004, del 25 de junio, por el que se establece las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. o Ley 8/2003 de Sanidad Animal 3.- OBJETIVOS Y DESARROLLO DEL PLAN DE VIGILANCIA EN ESPAÑA El objetivo es establecer un sistema de vigilancia de detección de enfermedades víricas de declaración obligatoria que pueden afectar a las explotaciones cunícolas en España. Dado que estas enfermedades suelen cursar con elevadas mortalidades, en el caso de la RHD, o con un cuadro clínico muy característico en el caso de la mixomatosis, la vigilancia estará orientada a la detección de sintomatología clínica compatible y la posterior confirmación por técnicas laboratoriales. 3.1.- Duración del plan El plan de vigilancia tiene dos componentes: -Vigilancia pasiva: Se llevará a cabo de manera continua a lo largo de todo el año. -Vigilancia activa clínica: Se enfoca a la detección de los síntomas de enfermedad mediante visitas de inspección realizadas entre los meses septiembre a octubre, dado el carácter estacional de ambas enfermedades, coincidiendo, además, con el final de la época de mayor actividad de los vectores que actúan como reservorio en el caso de la mixomatosis. Este plan se prorrogará de modo automático anualmente. 3
3.2.-Animales objeto del programa El censo total de conejos en España es aproximadamente de 6.805.332 animales, repartidos en 3.271 explotaciones. Serán objeto del programa todas las explotaciones de conejos de cualquier clasificación zootécnica. 3.3.- Vigilancia pasiva Según establece el artículo 5 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, toda persona física o jurídica, pública o privada, está obligada a comunicar a la autoridad competente, en la forma y plazo establecidos, todos los focos y sospechas de enfermedades de las incluidas en la lista de enfermedades de declaración obligatoria y de cualquier otra que por su carácter epizoótico, o por su especial virulencia, extrema gravedad o rápida difusión impliquen un peligro potencial de contagio para la población animal, la salud pública o para el medio ambiente. En lo referente a la RHD y a la mixomatosis, tanto los veterinarios como los titulares de las explotaciones están obligados a comunicar las sospechas clínicas que hayan podido detectar. Se considerará sospechosa de la presencia de RHD o de mixomatosis cualquier explotación en la que se observen cuadros clínicos compatibles con los síntomas recogidos en la Tabla 1 o 2 respectivamente. 3.4.-Vigilancia activa clínica • La vigilancia activa clínica deberá permitir detectar la enfermedad en una explotación con un nivel de confianza del 95% y una prevalencia esperada del 10%, aceptando un error máximo de un 5%. Esto supone la visita de inspección clínica en 139 explotaciones cuyo número por CCAA se relaciona en la Tabla 3. • Si en el curso de una visita se detectara sintomatología compatible con las enfermedades, se procederá a la toma de muestras para su posterior análisis laboratorial. • El muestreo deberá realizarse sobre cualquier animal fallecido hasta un máximo de 5 animales por explotación y para cada enfermedad. 4.- TOMA DE MUESTRAS 4
En el caso de la RHD se tomarán muestras de hígado de un máximo de 5 animales que serán enviadas a los laboratorios autorizados de las CCAA. Se empleará un ELISA de captura de Doble Anticuerpo (DAS) que utiliza anticuerpo policlonal específico de RHDV y un anticuerpo monoclonal específico de la proteína vp60 de RHDV (Ingezim RHDV DAS). Los positivos serán enviados a LCV Algete donde serán analizadas para la detección de ácidos nucleicos mediante RT-PCR y diferenciación entre la variante clásica RHDV-1 y la nueva variante RHDVb. Con respecto a la mixomatosis se recogerán muestras de párpados o de cualquier lesión nodular para llevar a cabo la PCR. Los positivos se remitirán al LCV de Algete para su confirmación. En caso de que los laboratorios autorizados de las CCAA no dispongan de las técnicas señaladas, se remitirán las muestras directamente al LCV Algete. 5.- LABORATORIO • El análisis de las muestras se realizará por parte de laboratorios autorizados por las Comunidades Autónomas correspondientes, que trabajarán bajo el control del Laboratorio Nacional de Referencia (LNR) LCV de Algete. El LNR proporcionará el apoyo técnico necesario a los restantes laboratorios. • En caso de que se obtengan resultados virológicos positivos las muestras deberán ser remitidas para su confirmación al Laboratorio Nacional de Referencia (Laboratorio Central de Veterinaria Algete, Crta. Algete, km. 8, CP: 28110 Madrid, Teléfono: 913479256/7), acompañadas de una hoja de remisión de muestras que contengan, al menos, los datos recogidos en el Anexo I y de acuerdo con las condiciones generales establecidas en el Anexo III. 6. COMUNICACIÓN DE RESULTADOS Los resultados de los análisis de laboratorio realizados por el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete serán comunicados a la SG de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad, quien a su vez los comunicará a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que se han recogido las muestras. Las CCAA enviarán antes del 30 de noviembre de 2014 a la SG un resumen de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución del plan en todos sus niveles, que incluya al menos la información contenida en el Anexo II. 5
TABLA 1. DEFINICIÓN DE SOSPECHA RHD Hiperaguda Aguda Subaguda Crónica Fiebre Anorexia, apatía Severa Congestión ictericia ocular Muerte Anorexia Adultos Opistótonos, Igual que repentina ataxia, aguda pero Letargo parálisis más leve No signos Muerte en Disnea, 1-2 cianosis semanas Descarga nasal y ocular hemorrágica Epistaxis Epistaxis Gazapos Ictericia 6
TABLA 2. DEFINICIÓN DE SOSPECHA MIXOMATOSIS Aguda Subaguda Crónica Amixomatósica Mixoma primario en Localización 1 o dos mixomas de Síntomas base orejas o cefálica de mixomas tamaño pequeño respiratorios periorbital 3-5 semanas de Áreas alopécicas Blefaroconjuntivitis Edema cefálico con duración donde estaban los blefaroconjuntivitis mixomas en 2-8 semanas Congestión auricular Generalización anogenital de mixomas Edema anogenital secundarios en gazapos Generalización cutánea Muerte en 12 días 7
TABLA 3. Distribución de la población de estudio entre las Comunidades Autónomas para vigilancia activa. Nº explotaciones Nº explotaciones a CCAA (datos REGA act. muestrear 01/06/2013) Andalucía 205 9 Aragón 271 11 Asturias 28 1 Baleares 30 1 Canarias 179 7 Cantabria 39 2 Castilla-La Mancha 233 10 Castilla y León 293 12 Cataluña 1.273 54 Extremadura 210 1 Galicia 298 13 Madrid 43 1 Murcia 51 2 Navarra 46 2 País Vasco 41 2 La Rioja 22 1 Valencia 239 10 TOTAL 3.271 139 8
ANEXO I PLAN NACIONAL DE VIGILANCIA DE ENFERMEDADES DEL CONEJO (HOJA DE REMISIÓN DE MUESTRAS AL LABORATORIO) Fecha: ____________ Número de registro de explotación: _______________________ Titular: ________________________________________________________________ Comarca: _______________________Provincia:_______________________________ Veterinario que toma la muestra: ____________________________________________ Censo total: Animales presentes en la explotación Machos Hembras Conejos de Animales de Gazapos reproductores reproductores cebo reposición Motivo del envío de muestras (señalar con una cruz) Vigilancia pasiva Vigilancia activa Otras (especificar) Tipo Muestra. Señale con una cruz el/los tipo/s de muestras remitida/s NÚMERO IDENTIFICACIÓN OBSERVACIONES (sintomatología, MUESTRA ANIMAL VÍSCERAS/TEJIDOS etc.) 9
ANEXO II INFORMACIÓN DE LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO EN LA EJECUCIÓN DEL PLAN Comunidad Autónoma: ______________________________________________ 1. Actuaciones por vigilancia pasiva 2014: Tabla 1: RHD Nº explotaciones Nº exp. positivos por PCR en RHD Nº explotaciones Provincia positivas muestreadas RHDV-1 RHDVb ELISA DAS Tabla 2: Mixomatosis Nº explotaciones PCR positivas Provincia Nº explotaciones muestreadas mixomatosis. 10
2. Actuaciones por vigilancia activa clínica 2014 Tabla 1: RHD Nº. Explot. Nº explotaciones PCR Positivas RHDV- Provincia Positivos ELISA DAS ** PCR Positivas visitadas muestreadas* 1** RHDVb** *Explotaciones que en el curso de la visita clínica se ha detectado sintomatología compatible con EHC y se ha tomado muestras para su confirmación laboratorial **Número de explotaciones con al menos un animal con resultados positivos confirmados. Tabla 2: Mixomatosis Nº explotaciones PCR Positivos Provincia Nº. explot. visitadas muestreadas* mixomatosis ** *Explotaciones que en el curso de la visita clínica se ha detectado sintomatología compatible con mixomatosis y se ha tomado muestras para su confirmación laboratorial. **Número de explotaciones con al menos un animal con resultados positivos confirmados 11
3. Detalle de las explotaciones afectadas: 3.1 Hasta 31-12-2013: Datos de existencia de sintomatología en el pasado recogido durante la visita clínica Tabla 1: RHD Existencia de Positivos PCR Vacuna RHD** y sintomatología PCR Positivas Positivas REGA ELISA DAS % cobertura*** compatible RHDV-1 * RHDVb** SÍ NO SÍ NO SÍ NO SÍ NO SÍ NO Tabla 2: Mixomatosis Existencia de Vacuna mixomatosis** y PCR Positivos REGA sintomatología mixomatosis* % cobertura*** compatible SÍ NO SÍ NO SÍ NO SÍ NO SÍ NO *Especificar número de animales positivos. ** Marca comercial, lote y caducidad ***Estimación del % de animales vacunados respecto al número total de animales por explotación. En caso de que este porcentaje sea distinto en función de los grupos de edad indicar los diferentes porcentajes. 3.2 Año 2014 Tabla 1: RHD Positivos ELISA Positivos Vacuna RHD** y REGA DAS* RHDV-1* Positivos RHDVb* % cobertura*** 12
*Especificar número de animales positivos. ** Marca comercial, lote y caducidad. ***Estimación del % de animales vacunados respecto al número total de animales por explotación. En caso de que este porcentaje sea distinto en función de los grupos de edad, indicar los diferentes porcentajes. Tabla 2: Mixomatosis PCR positivos * Vacuna mixomatosis** y REGA % cobertura*** *Especificar número de animales positivos. ** Marca comercial, lote y caducidad. ***Estimación del % de animales vacunados respecto al número total de animales por explotación. En caso de que este porcentaje sea distinto en función de los grupos de edad, indicar los diferentes porcentajes. 4.Observaciones:_______________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 13
14
ANEXO III CONDICIONES GENERALES DE EMBALAJE, IDENTIFICACIÓN, CONSERVACIÓN Y TRANSPORTE DE LAS MUESTRAS PARA EL DIAGNÓSTICO 1) Los órganos o tejidos se envasarán en contenedores estancos dobles, a fin de evitar posibles filtraciones de su contenido. 2) Cada envase irá sujeto a la caja que los contiene de manera que al ser manejada por el transportista no sufran innecesariamente. 3) Cada envase irá identificado claramente según se especifique en el impreso adjunto. 4) En el caso que nos ocupa, las muestras deberán ser remitidas a 4 ºC de temperatura, lo que únicamente se consigue si se emplean suficientes congelantes y si el embalaje interno es termoaislante y de un mínimo grosor. Este embalaje irá perfectamente sellado. 5) El interior de la caja aislante debe contener además material absorbente (por ejemplo algodón hidrófilo) en cantidad comparable al contenido de los envases que transporta. 6) Por fuera de este embalaje termoaislante debe ir otro de cartón, suficientemente resistente y con la identificación clara de la dirección del Laboratorio y la del remitente. Este segundo embalaje irá perfectamente sellado. 7) Tanto en el interior del paquete (dentro de una bolsa de plástico que lo aísle) como adherido al exterior del mismo, obligatoriamente se incluirá el documento que identifique detalladamente las muestras que van en su interior. 8) También en el exterior del paquete se consignará la necesidad de que éste sea almacenado a 4 ºC. CONDICIONES ESPECIALES DE TOMA DE MUESTRAS Y ENVÍO - Vísceras: Obtener hígado mediante necropsia de los animales muertos para el diagnóstico de RHD. Introducir una porción de 5-10 g. en contenedores estériles individuales, identificados con el tipo de muestra y cerrados herméticamente. Conservar a 4 ºC. - Tejidos: Obtener párpados o lesiones nodulosas cutáneas de los animales afectados para el diagnóstico de mixomatosis. Introducirlo en contenedores estériles individuales, identificados con el tipo de muestra y cerrados herméticamente. Conservar a 4ºC. Las muestras se enviarán al laboratorio en menos de 24 horas. En caso contrario deberán remitirse congeladas a -20°C. 15
También puede leer