DEFINICIONES DE CASO de las enfermedades de declaración obligatoria para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica
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Protocolos de SALUD PÚBLICA
DEFINICIONES DE CASO
de las enfermedades de declaración obligatoria
para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica
Introducción
El nuevo Sistema de Vigilancia Epidemiológica del Principado de Asturias (SIVE), constituido mediante el
Decreto 69/97, de 30 de octubre (BOPA de 4/XI/97), incluye una relación de enfermedades a vigilar, mediante
procedimientos de declaración obligatoria y universal, en el conjunto de la Comunidad Autónoma. No obstante, para
asegurar la comparabilidad de la información en el tiempo, y tanto entre las diferentes áreas geográficas de nuestra
Comunidad, como entre las distintas CC.AA., se deben establecer unos criterios uniformes a la hora de definir y
clasificar los casos de estas enfermedades. Además, tal y como se recoge en la legislación, corresponde a la
Autoridad Sanitaria competente (la Consejería de Servicios Sociales en nuestro caso) el elaborar los protocolos y
guías de procedimiento oportunos para asegurara esta homogeneidad. Fruto de ello es la presente guía de
“Definiciones de caso”, que recoge y adapta las definiciones de caso consensuadas a nivel nacional y aprobadas por
el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de salud.
En todas estas enfermedades basta la sospecha clínica para la notificación del caso, ya que el propósito
fundamental del sistema es la capacidad de detectar precozmente los casos de enfermedades susceptibles de una
intervención. Por ello, cada enfermedad se acompaña de una definición clínica, que en algunas será suficiente para la
confirmación epidemiológica del caso, mientras que para otras la confirmación necesitará además criterios
diagnósticos de laboratorio, y otros datos epidemiológicos. Puede ocurrir que casos ya notificados por sospecha
clínica se descarten posteriormente por el laboratorio, o que algunas formas de presentación de enfermedades no
encajen con la definicón clínica, pero las circunstancias epidemiológicas aconsejen su inclusión. Todo esto obliga a
una revisión de los primeros datos enviados, y es responsabilidad de todos los niveles del sistema (declarantes,
epidemiólogos de Área, Dirección Regional de Salud Pública) asegurar que la información final sea válida y útil.
Las enfermedades definidas aquí se han agrupado según el modo de declaración que corresponde a cada una
de ellas, y que según el citado Decreto 69/97 corresponden a la declaración exclusivamente numérica, cuando sólo
debe notificarse el número de casos semanales, la declaración con datos epidemiológicos básicos, que incluye
datos de edad, sexo y antecedentes vacunales, y las enfermedades de declaración urgente y declaración
individualizada, en las que deben notificarse los casos con datos identificactivos del enfermo y de los aspectos
clínicos, diagnósticos y epidemiológicos de la enfermedad; en el caso de la declaración urgente, ésta debe realizarse
ante la primera sospecha y por el medio más rápido disponible (teléfono, fax, telegrama, telex, correo electrónico,
etc.).
Enero 1998 1/53Definiciones de caso de las E.D.O.
1) Enfermedades de declaración urgente
* Cólera
* Fiebre amarilla
* Peste
* Difteria
* Poliomielitis
* Rabia
* Tifus exantemático
* Enfermedad meningocócica
Modo de notificación
Estas enfermedades se deben notificar por el medio más rápido posible (teléfono, fax, ...). Toda sospecha
de caso debe ser confirmada por pruebas de laboratorio, y se deben enviar muestras de las cepas aisladas
al laboratorio de referencia a nivel nacional (Centro Nacional de Microbiología Virología e Inmunología
Sanitarias [CNMVIS], Majadahonda).
El cólera, la fiebre amarilla y la peste son enfermedades sometidas a declaración universal por el
Reglamento Sanitario Internacional. Además, el Tifus exantemático es una enfermedad sometida a
vigilancia por la OMS, y el Ministerio de Sanidad está obligado a notificar cualquier sospecha de caso,
tanto importado como autóctono, con carácter urgente a la OMS. A partir de 1998 se pondrá en marcha un
sistema especial de vigilancia de la poliomielitis (vigilancia de las Paralisis Flácidas agudas, PFA), y que
se mantendrá durante al menos 3 años para conseguir el certificado de erradicación de la poliomielitis a
nivel nacional.
Para cada caso se completará un Ficha Epidemiológica específica con los datos identificativos del
paciente, las características clínicas, de laboratorio y epidemiológicas de la enfermedad, y la
identificación del declarante. Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le
corresponda, mediante el Parte de Notificación Semanal.
Para todas estas enfermedades (excluida la enfermedad meningocócica), que se consideran eliminadas de
España, la aparición de un solo caso autóctono, o de un caso que no se pueda catalogar como importado,
se considerará como brote epidémico.
Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes
de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.
Enero 1998 2/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
CÓLERA
Epígrafes CIE-9ª: 001 Cólera
001.0 Debido a Vibrio cholerae
001.1 Debido a Vibrio cholerae el tor
001.9 Sin especificación
Epígrafes CIE-10ª: A00 Cólera
A00.0 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo cholerae (cólera clásico)
A00.1 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo El Tor (cólera El Tor)
A00.9 Cólera no especificado
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por diarrea profusa, con heces muy líquidas de aspecto riciforme, vómitos y
deshidratación. La gravedad de los cuadros es muy variable.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Aislamiento de Vibrio cholerae toxigénico (productor de toxina) de los serogrupos O1 u O139 en heces o
vómitos.
(CDC: - Evidencia serológica de infección reciente)
Nota.- Los nuevos criterios microbiológicos acerca de los vibriones valoran no sólo la presencia de aglutinaciones en
las cepas aisladas, sino su capacidad toxigénica como características potenciales para producir epidemias. En todos
los aislamientos de Vibrio cholerae serogrupos O1 u O139, es imprescindible la detección de producción de toxina;
en caso afirmativo se trata de casos de cólera con capacidad epidémica. En aislamientos de Vibrio cholerae
diferentes del serogrupo O1, es importante determinar la capacidad de producir toxina, y en caso afirmativo nos
encontramos frente a un caso de cólera con capacidad epidémica desconocida.
Clasificación de casos
Sospechoso: Compatible con la definición clínica de caso.
Probable: Compatible con la definición clínica de caso y epidemiológicamente relacionado con un
caso confirmado o que procede de un área endémica.
Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio.
Se considerará caso importado cuando se ha identificado en la encuesta del caso un antecedente de viaje a un país
epidémico o endémico, en los cinco días anteriores a la fecha de comienzo de síntomas. Caso autóctono será aquél
en que no se ha podido determinar circunstancias de viaje o exposición conocida, siempre en el margen del período
de incubación.
Enero 1998 3/53Definiciones de caso de las E.D.O.
FIEBRE AMARILLA
Epígrafes CIE-9ª: 060 Fiebre amarilla
060.0 Selvática (fiebre amarilla de la selva)
060.1 Urbana
060.9 Sin especificación
Epígrafes CIE-10ª: A95 Fiebre amarilla
A95.0 Fiebre amarilla selvática (silvestre)
A95.1 Fiebre amarilla urbana
A95.9 Fiebre amarilla, no especificada
Definición clínica de caso
Enfermedad de comienzo brusco con fiebre seguido de una breve remisión de los síntomas y una recurrencia de
fiebre, acompañada de hepatitis y albuminuria. En algunos casos fallo renal, shock y hemorragias generalizadas.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos frente a fiebre amarilla) en muestras
recogidas en fase aguda y convaleciente, descartando antecedentes recientes de vacunación y reacciones
cruzadas con otros flavivirus.
-Demostración del virus de la fiebre amarilla, antígeno o genoma en tejidos, sangre o cualquier fluido
corporal.
Clasificación de casos
Sospechoso: Enfermedad clínicamente compatible en paciente que provenga de una zona endémica.
Probable: Compatible con la definición clínica de caso con presencia de una prueba serológica
presuntiva, descartando antecedentes de vacunación y reacciones cruzadas con otros
flavivirus (título elevado de anticuerpos al virus de la fiebre amarilla, por ejempo:
* ³32 por fijación de complemento
* ³256 por inmunofluorescencia
* ³320 por inhibición de hemaglutinación
* ³160 por neutralización
* Positivo por inmunoensayo enzimático de captura de IgM).
Confirmado: Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio.
Enero 1998 4/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
PESTE
Epígrafes CIE-9ª: 020 Peste
020.0 Bubónica
020.1 Celulocutánea
020.2 Septicémica
020.3 Neumónica primaria
020.4 Neumónica secundaria
020.5 Neumónica sin especificación
020.8 Otras (peste abortiva, peste ambulatoria, peste menor)
020.9 Sin especificación
Epígrafes CIE 10ª: A20 Peste (infección debida a Yersinia pestis)
A20.0 Peste bubónica
A20.1 Peste celulocutánea
A20.2 Peste neumónica
A20.3 Meningitis por peste
A20.7 Peste septicémica
A20.8 Otras formas de peste (abortiva, asintomática, menor)
A20.9 Peste, no especificada
Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por fiebre y leucocitosis y alguno de los signos y síntomas siguientes presentes en las
principales formas clínicas:
- Linfadenitis regional (peste bubónica).
- Septicemia sin signos de bubón (peste septicémica).
- Neumonía por diseminación hematógena en casos bubónicos o septicémicos (peste neumónica
secundaria), o por inhalación de gotitas infecciosas de otro enfermo (peste neumónica primaria).
- Faringitis y linfadenitis cervical por exposición a gran cantidad de gotitas infecciosas, o por ingestión de
tejido infectado (peste faríngea).
Criterio diagnóstico de laboratorio
- Aislamiento de Yersinia pestis de una muestra clínica, o
- Seroconversión por hemaglutinación pasiva (aumento ³4 veces del título de anticuerpos en dos sueros
tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad) frente al antígeno F1 de Y. pestis
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable:
Enfermedad compatible clínicamente en una persona procedente de zona endémica con
resultados presuntivos de laboratorio:
- un único título elevado de anticuerpos frente al antígeno F1 de Y. pestis en
ausencia de antecedentes de inmunización, o
- demostración del antígeno F1 en muestras de sangre, aspirado de bubón o
tejido, mediante técnicas de enzimoinmunoanálisis (ELISA) o
inmunofluorescencia (FA).
Confirmado: Concuerda con la definición clínica de caso y está confirmado por laboratorio.
Enero 1998 5/53Definiciones de caso de las E.D.O.
DIFTERIA
Epígrafes CIE-9ª: 032 Difteria
032.0 Faucal (angina diftérica membranosa)
032.1 Nasofaríngea
032.2 Nasal anterior
032.3 Laríngea (laringotraqueítis diftérica)
032.8 Otras (difteria cutánea)
032.9 Sin especificación
Epígrafes CIE-10ª: A36 Difteria
A36.0 Difteria faríngea (angina membranosa diftérica, difteria amigdalina)
A36.1 Difteria nasofaríngea
A36.2 Difteria laríngea (laringotraqueítis diftérica)
A36.3 Difteria cutánea
A36.8 Otras difterias (conjuntivitis, miocarditis, polineuritis)
A36.9 Difteria, no especificada
Definición clínica de caso
Enfermedad del tracto respiratorio superior caracterizada por dolor de garganta, fiebre moderada y una membrana
adherente en la(s) amígdala(s), faringe, y/o nariz sin ninguna otra causa aparente.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de Corynebacterium diphtheriae de una muestra clínica; si el cultivo es negativo puede ser criterio
diagnóstico el aumento de 4 veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido
obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina.
(CDC: - Diagnóstico histopatológico de difteria)
Clasificación de casos
Todos los casos deberán ser clasificados en sospechosos, probables o confirmados. Los casos confirmados, a su vez,
deberán ser clasificados en autóctonos e importados.
Sospechoso: Presencia de laringitis o nasofaringitis o tonsilitis más pseudomembrana
Probable: Caso sospechoso más uno de los siguientes hallazgos:
- contacto reciente con un caso confirmado (< 2 semanas)
- epidemia de difteria actualmente en la zona
- estridor
- hinchazón/edema de cuello
- petequias hemorrágicas en submucosa o piel
- colapso circulatorio tóxico
- insuficiencia renal aguda
- miocarditis y/o parálisis motora de 1 a 6 semanas antes del inicio de los
síntomas
- muerte sin otra causa que la explique
Confirmado: Caso probable más aislamiento de cepa toxigénica de C. diphtheriae de un lugar típico
(nariz, garganta, úlcera cutánea, herida, conjuntiva, oído, vagina), o aumento de cuatro
veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido
obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina.
La enfermedad causada por el Corynebacterium ulcerans y C. diphtheriae no-toxigénico es excluida de esta
definición de caso.
Enero 1998 6/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
POLIOMIELITIS (Parálisis infantil)
Epígrafes CIE-9ª: 045 Poliomielitis aguda
045.0 Poliomielitis aguda paralítica especificada como bulbar
045.1 Poliomielitis aguda con otra parálisis
045.2 Poliomielitis aguda no paralítica
045.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación
Epígrafes CIE-10ª: A80 Poliomielitis aguda
A80.0 Poliomielitis aguda paralítica, asociada a vacuna
A80.1 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje importado
A80.2 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje autóctono
A80.3 Otras poliomielitis agudas paralíticas y las no especificadas
A80.4 Poliomielitis aguda no paralítica
A80.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación
Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por inicio agudo de parálisis flácida en uno o más miembros con ausencia o disminución de
reflejos en los tendones de los miembros afectados, sin otra causa aparente, y sin pérdida sensorial o cognitiva.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorio. La O.M.S recomienda que el diagnóstico de laboratorio de
poliomielitis se realice mediante aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorios especializados que utilicen
técnicas de cultivo celular.
Clasificación de casos
Caso sospechoso:
Todo caso de parálisis flácida aguda (PFA), incluyendo el Síndrome de Guillén Barré, en un niño menor de 15 años en
el que ninguna otra causa puede ser identificada.
Caso compatible:
Todo caso de PFA, sin resultados virológicos, y donde se encuentre:
- parálisis residual después de 60 días tras el inicio de la PFA, o
- muerte del paciente, o
- en el que no pudieron recogerse dos muestras de heces a las dos semanas después de iniciados los síntomas
para ser examinadas por laboratorio.
Caso confirmado:
Todo caso de PFA en el cual se aísla poliovirus salvaje de cualquiera de las muestras de heces del paciente o de
muestras de un contacto. Una vez confirmado el caso y, de acuerdo a las recomendaciones de la O.M.S, este se
clasificará en:
- Caso indígena de poliovirus salvaje,
- Caso importado de poliovirus salvaje,
- Caso asociado a la vacunación: Todo caso de PFA en la que el virus aislado es virus-vacunal y ningún
otro agente etiológico puede ser identificado como causa de la enfermedad. Debe haber una historia previa
de administración de vacuna oral de Polio dentro de un plazo de 7-30 días antes de la aparición de síntomas,
o haber tenido contacto con un individuo recientemente inmunizado, dentro de un plazo de 7-60 días antes
de la aparición de los síntomas.
Caso no-polio (descartado):
Todo caso de parálisis flácida aguda en la que al menos se han recogido dos muestras adecuadas de heces en las dos
semanas siguientes al inicio de los síntomas, siendo los resultados negativos para poliovirus. Se guardarán alícuotas de
las muestras en laboratorio para su uso futuro. Para tener la seguridad de esta categorización, alícuotas de muestras de
pacientes que hayan muerto, o que se haya perdido su pista, o que hagan una parálisis residual a los 60 días, deberán
ser examinadas en otros dos laboratorios. Si los resultados son todos negativos el paciente será considerado como 'no-
polio' y el caso será 'descartado'.
Enero 1998 7/53Definiciones de caso de las E.D.O.
RABIA (Hidrofobia, Lisa)
Se considera de notificación obligatoria tanto la rabia humana como la animal.
Epígrafes CIE-9ª: 071 Rabia
Epígrafes CIE-10ª: A82 Rabia
A82.0 Rabia selvática
A82.1 Rabia urbana
A82.9 Rabia, sin otra especificación
Definición clínica de caso
Presencia en la persona humana de una encefalomielitis que cursa con fiebre, cefalea, alteraciones sensoriales,
parálisis y convulsiones. Hay espasmo de los músculos de deglución cuando se intenta tragar lo que provoca miedo a
beber agua (hidrofobia). Progresa a coma y muerte por parálisis respiratoria en un plazo de 10 días después de la
aparición de los primeros síntomas.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratorio) de muestras de saliva, líquido
cefalorraquídeo, o tejido del sistema nervioso central, o
-Detección de antígenos víricos por el método de inmunofluorescencia directa en una muestra clínica
(preferentemente del cerebro, o nervios que circundan los folículos pilosos de la nuca, o de impresiones
corneales), o
-Identificación de anticuerpos neutralizantes en suero o líquido cefalorraquideo de una persona no vacunada
con título ³5.
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable:
Enfermedad compatible clínicamente y antecedente de agresión por un animal sin que la
agresión sea debida a una provocación previa y siempre que en la agresión haya contacto
con la saliva del animal.
Confirmado: Enfermedad clínicamente compatible y confirmada por laboratorio.
También se deberán notificar todos los casos confirmados de rabia animal, que cumplan los siguientes criterios
diagnósticos de laboratorio:
- Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratoio)
- Test de anticuerpos por inmunofluorescencia directa positivo (preferentemente en tejido del sistema
nervioso central)
Enero 1998 8/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
TIFUS EXANTEMÁTICO
(Tifus epidémico, Tifus transmitido por piojos, Tifus clásico)
Epígrafes CIE-9ª: 080 Tifus [epidémico] transmitido por piojos
Epígrafes CIE-10ª: A75.0 Tifus epidémico debido a Rickettsia prowazekii transmitido por piojos
A75.1 Tifus recrudescente (enfermedad de Brill-Zinsser)
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por comienzo repentino con fiebre, escalofríos, cefalea, algias generalizadas, postración y
erupción macular que no afecta a plantas de manos y pies.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Detección de IgM por inmunofluorescencia indirecta. En la enfermedad de Brill-Zinser los anticuerpos
iniciales son IgG.
-Seroconversión en muestras recogidas en fase aguda y convaleciente por inmunofluorescencia o fijación
de complemento.
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable:
Enfermedad clínicamente compatible en personas que se encuentren en zonas de
catástrofes o guerras, o procedan de zonas endémicas.
Confirmado: Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio.
Enero 1998 9/53Definiciones de caso de las E.D.O.
ENFERMEDAD MENINGOCÓCICA
(Fiebre cerebroespinal, Meningitis cerebroespinal epidémica)
Epígrafes CIE-9ª: 036 Infecciones meningocócicas
036.0 Meningitis meningocócica
036.1 Encefalitis meningocócica
036.2 Meningococcemia (septicemia meningocócica)
036.3 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen, meningocócico
036.4 Carditis meningocócica (endocarditis y pericarditis meningocócicas)
036.8 Otras (neuritis óptica meningocócica)
036.9 Sin especificación
Epígrafes CIE-10ª: A39 Infección meningocócica
A39.0 Meningitis meningocócica
A39.1 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen
A39.2 Meningococemia aguda
A39.3 Meningococemia crónica
A39.4 Meningococemia no especificada (bacteriemia meningocócica)
A39.5 Enfermedad cardíaca debida a meningococo (carditis, endocarditis, miocarditis,
pericarditis)
A39.8 Otras infecciones meningocócicas (artritis, conjuntivitis, encefalitis, neuritis
retrobulbar)
A39.9 Infección meningocócica, no especificada
Definición clínica de caso
Enfermedad que se puede presentar como meningitis y/o meningococcemia, que puede progresar rápidamente a
púrpura fulminante, shock y muerte. La meningitis meningocócica suele tener un comienzo brusco con fiebre,
cefalea intensa, náuseas, vómitos, rigidez de nuca y eventualmente petequias.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de Neisseria meningitidis en un sitio normalmente estéril (sangre, LCR,...).
Clasificación de casos
Sospechoso:
Cuadro clínico de meningitis y/o sepsis, valorado por el médico a su cargo como sospechoso de etiología
meningocócica, en el que aparece alguno de los siguientes criterios de sospecha:
* citología y bioquímica de LCR compatible con meningitis bacteriana
* aparición de petequias o lesiones purpúricas
* desarrollo de shock séptico con alteraciones de la coagulación y mala respuesta al tratamiento
Probable:
Compatible con la definición clínica de caso y presencia de:
* detección de Ag capsular en fluídos normalmente estériles (LCR, suero, ...)
* presencia de diplococos gram-negativos intracelulares en LCR, sangre, ...
* cuadro de púrpura fulminante en ausencia de hemocultivo positivo
Confirmado:
Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por aislamiento del germen
Se considera como caso índice o primario, al que se presenta aislado y sin relación con otro caso anterior; caso
coprimario al que aparece en un contacto estrecho del caso primario, antes de 24 horas tras el inicio de la clínica; y
caso secundario cuando la enfermedad se presenta en un contacto estrecho de un caso, entre las 24 horas tras el
inicio de la clínica y hasta 11 días después de seguir un tratamiento antibiótico adecuado.
Enero 1998 10/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
2) Enfermedades de declaración exclusivamente numérica
* Gripe
* Varicela
* Otros procesos diarreicos
* Sífilis
* Infección gonocócica
Modo de notificación
Enfermedades de declaración exclusivamente numérica, debiendo notificarse el número de casos vistos
cada semana en el Parte de Notificación Semanal.
Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes
de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.
Enero 1998 11/53Definiciones de caso de las E.D.O.
GRIPE
(Influenza)
Epígrafes CIE-9ª: 487 Influenza
487.0 Con neumonía (neumonía, bronconeumonía)
487.1 Con otras manifestaciones respiratorias (faringitis, infección respiratoria aguda
superior, laringitis)
487.8 Con otra manifestación (encefalopatía, influenza que compromete el tracto
gastrointestinal)
Epígrafes CIE-10ª: J10 Influenza debida a virus de la influenza identificado
J10.0 Influenza con neumonía, debida a virus de la influenza identificado
J10.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, debida a virus de la influenza
identificado (derrame pleural, daringitis, infección de vías respiratorias superiores
aguda, influenza, laringitis)
J10.8 Influenza con otras manifestaciones, debida a virus de la influenza identificado
(encefalopatía, gastroenteritis, miocarditis aguda)
J11 Influenza debida a virus no identificado
J11.0 Influenza con neumonía, virus no identificado
J11.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, virus no identificado (derrame
pleural, faringitis, infección de vías respiratorias superiores aguda, influenza, laringitis)
J11.8 Influenza con otras manifestaciones, virus no identificado (encefalopatía,
gastroenteritis, miocarditis aguda)
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por comienzo brusco con fiebre elevada (³38°C), cefalea, malestar general, artromialgias,
odinofagia, coriza y tos.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Aislamiento de virus de influenza de secreciones nasofaríngeas.
-Detección de antígeno.
-Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos) en muestras recogidas en fase aguda
y convaleciente.
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible, sobre todo en situación epidémica.
Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio.
Enero 1998 12/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
VARICELA
(Viruela loca)
Epígrafes CIE-9ª: 052 Varicela
Epígrafes CIE-10ª: B01Varicela
B01.0 Meningitis debida a varicela
B01.1 Encefalitis debida a varicela
B01.2 Neumonía debida a varicela
B01.8 Varicela con otras complicaciones
B01.9 Varicela sin complicaciones
Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por un comienzo repentino con fiebre moderada, síntomas generales mínimos y
erupción cutánea de tipo maculo-papular durante unas horas, que se transforman en vesículas durante 3 ó 4 días, y
que deja costras granulares. Las diversas fases coexisten y las lesiones son superficiales.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Aislamiento de virus de la varicela en muestra clínica (líquido vesicular).
-Identificación del virus por microscopía electrónica.
-Demostración de aparición e incremento de marcadores específicos de la infección tales como el interferón
y anticuerpos específicos antivaricela IgM, IgG e IgA en el suero del enfermo.
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible.
Confirmado: Caso confirmado por laboratorio o que reúne criterios clínicos de definición de caso y
está ligado a un caso confirmado o probable. Dos casos probables epidemiológicamente
relacionados pueden ser considerados confirmados en ausencia de confirmación de
laboratorio.
Enero 1998 13/53Definiciones de caso de las E.D.O.
Otros Procesos Diarreicos
Conjunto de enfermedades causadas por microorganismos transmitidos por agua y alimentos (vía feco-oral), y que
suelen presentar una clínica de diarrea. En este apartado se excluyen algunas infecciones específicas y las
toxiinfeciones alimentarias (Cólera, Fiebres tifoidea y paratifoidea, Otras infecciones por Salmonella, Shigelosis y
Otras intoxicaciones alimentarias bacterianas).
Epígrafes CIE-9ª:
006 Amebiasis (infección por Entamoeba histolytica)
006.0 Disentería amebiana aguda sin mención de absceso
006.1 Amebiasis intestinal crónica sin mención de absceso
006.2 Colitis amebiana no disentérica
006.3 Absceso amebiano del hígado
006.4 Absceso amebiano del pulmón
006.5 Absceso amebiano del encéfalo
006.6 Ulceración amebiana de la piel
006.8 Infección amebiana de otras localizaciones
006.9 Amebiasis no especificada
007 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
007.0 Balantidiasis (infección por Balantidium coli)
007.1 Giardiasis (infección por Giardia lamblia, lambliasis)
007.2 Coccidiosis (infección por Isospora belli e I. hominis, isosporosis)
007.3 Tricomoniasis intestinal
007.8 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
007.9 Sin especificación
008 Infecciones intestinales debidas a otros organismos (excluye intoxicación alimentaria)
008.0 Escherichia coli
008.1 Arizona
008.2 Aerobacter aerogenes
008.3 Proteus (P. mirabilis, P. morganii)
008.4 Otras bacterias especificadas (enterocolitis estafilocócica)
008.5 Enteritis bacteriana, sin otra especificación
008.6 Enteritis debidas a virus especificados (adenovirus, enterovirus)
008.8 Otros organismos no clasificados en otra parte (enteritis vírica)
009 Infección intestinal mal definida
009.0 Colitis, enteritis y gastroenteitis infecciosas
009.1 Colitis, enteritis y gastroenteritis de presunto origen infeccioso
009.2 Diarrea infecciosa
009.3 Diarrea de presunto origen infeccioso
Epígrafes CIE-10ª:
A04 Otras infecciones intestinales bacterianas
(excluye enteritis tuberculosa e intoxicación alimentaria bacteriana)
A04.0 Infección debida a Escherichia coli enteropatógena
A04.1 Infección debida a Escherichia coli enterotoxígena
A04.2 Infección debida a Escherichia coli enteroinvasiva
A04.3 Infección debida a Escherichia coli enterohemorrágica
A04.4 Otras infecciones intestinales debidas a Escherichia coli
A04.5 Enteritis debida a Campylobacter
A04.6 Enteritis debida a Yersinia enterocolitica (excluye yersiniosis extraintestinal)
A04.7 Enterocolitis debida a Clostridium difficile
A04.8 Otras infecciones intestinales bacterianas especificadas
A04.9 Infección intestinal bacteriana, no especificada (enteritis bacteriana)
A06 Amebiasis (infección debida a Entamoeba histolytica)
A06.0 Disentería amebiana aguda
A06.1 Amebiasis intestinal crónica
A06.2 Colitis amebiana no disentérica
A06.3 Ameboma intestinal
Enero 1998 14/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
A06.4 Absceso amebiano del hígado (amebiasis hepática)
A06.5 Absceso amebiano del pulmón (y del hígado)
A06.6 Absceso amebiano del cerebro (y del hígado) (y del pulmón)
A06.7 Amebiasis cutánea
A06.8 Infección amebiana de otras localizaciones (apendicitis, balanitis)
A06.9 Amebiasis, no especificada
A07 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
A07.0 Balantidiasis (disentería balantídica)
A07.1 Giardiasis [lambliasis] (infección por Giardia lamblia)
A07.2 Criptosporidiosis (infección por Criptosporidium)
A07.3 Isosporiasis (infección por Isospora belli e I. hominis; coccidiosis intestinal, isosporosis)
A07.8 Otras enfermedades intestinales especificadas debidas a protozoarios (sarcocistosis, sarcosporidiosis,
tricomoniasis intestinal)
A07.9 Enfermedad intestinal debida a protozoarios, no especificada (colitis, disentería, diarrea por
protozoarios, diarrea por flagelados)
A08 Infecciones intestinales debidas a virus y otros organismos especificados
A08.0 Enteritis debida a rotavirus
A08.1 Gastroenteropatía aguda debida al agente de Norwalk (enteritis debida a virus pequeño de estructura
redonda)
A08.2 Enteritis debida a adenovirus
A08.3 Otras enteritis virales
A08.4 Infección intestinal viral, sin otra especificación
A08.5 Otras infecciones intestinales especificadas
A09 Diarrea y gastroenteritis de presunto origen infeccioso
Definición clínica de caso
Cuadro de colitis, enteritis o gastroenteritis de gravedad muy variable, que suelen cursar con un síndrome diarreico,
caracterizado por deposiciones pastosas o líquidas, y a menudo con vómitos y fiebre. En algunos casos puede
presentarse como diarrea sanguinolenta (disentería) y otras manifestaciones sistémicas.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Existen pruebas diagnósticas que teoricamente pueden llegar a identificar el agente causal hasta en un 80% de los
casos, pero en pocas ocasiones se dispone de la posibilidad práctica de realizarlo. Aunque existen técnicas de
laboratorio especificas para algunos agentes causales, en general, el diagnóstico de laboratorio se basa en:
- demostración microscópica de parásitos causales en heces
- aislamiento de bacteria causal en heces
- detección de antígenos virales en heces
- seroconversión o demostración serológica de infección reciente
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable:
Compatible con la definición clínica de caso, y en el que no hay evidencia
epidemiológica de que sea debido a toxiinfección alimentaria o a otra enfermedad
específica (cólera, fiebre tifo-paratífica, otras salmonelosis, shigelosis).
Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio
Enero 1998 15/53Definiciones de caso de las E.D.O.
SÍFILIS (Lues)
Para la notificación sólo se tendrán en cuenta los casos de Sífilis precoz (primaria o secundaria), excluyendo los
casos con diagnóstico inicial de Sífilis tardía.
Epígrafes CIE-9ª:
091 Sífilis precoz sintomática (excluye neurosífilis precoz y sífilis cardiovascular precoz)
091.0 Sífilis genital [primaria] (chancro genital)
091.1 Sífilis primaria anal
091.2 Otra sífilis primaria (amígdala, dedos, labio)
091.3 Sífilis secundaria de la piel y de las mucosas (amígdala, ano, boca, faringe, piel, vulva, condiloma
plano)
091.4 Adenopatía debida a sífilis secundaria
091.5 Uveítis debida a sífilis secundaria (coriorretinitis e iridociclitis sifilíticas secundarias)
091.6 Sífilis secundaria de las vísceras y de los huesos (hepatitis, periostitis)
091.7 Recidiva de sífilis secundaria
091.8 Otras formas de sífilis secundarias (alopecia, meningitis aguda)
091.9 Sífilis secundaria, sin especificación
092 Sífilis precoz latente (sífilis sin signos clínicos, con reacción serológica positiva y examen negativo del líquido
cefalorraquídeo, menos de dos años después de la infección)
092.0 Sífilis precoz latente, recidiva serológica después del tratamiento
092.9 Sífilis precoz latente, sin otra especificación
Epígrafes CIE-10ª:
A51 Sífilis precoz
A51.0 Sífilis genital primaria (chancro sifilítico)
A51.1 Sífilis primaria anal
A51.2 Sífilis primaria en otros sitios
A51.3 Sífilis secundaria de piel y membranas mucosas (alopecia, leucoderma, mancha en mucosa,
condiloma latum)
A51.4 Otras sífilis secundarias (enfermedad pélvica inflamatoria femenina, iridociclitis, linfadenopatía,
meningitis, miositis, oculopatía, periostitis)
A51.5 Sífilis precoz, latente (sífilis sin manifestaciones clínicas, con reacción serológica positiva y prueba
de líquido cefalorraquídeo negativa, menos de dos años después de la infección)
A51.9 Sífilis precoz, sin otra especificación
Definición clínica de caso
Es una treponematosis aguda y crónica, que puede ocasionar una clínica muy variable. La enfermedad evoluciona en
fases:
Sífilis primaria: Alrededor de dos semanas después del contagio, aparece una lesión erosivo-ulcerativa
única, muy superficial, indurada, no dolorosa en el lugar de la inoculación, que constituye el llamado
chancro sifilítico. Se localiza en la zona del contacto sexual (normalmente en los genitales, boca o ano). Va
acompañado de adenopatías regionales. Alrededor de un mes mas tarde, el chancro remite
espontáneamente.
Sífilis secundaria: Después de seis semanas de la desaparición del chancro, aparecen las manifestaciones
generalizadas de la sífilis. Estas son debidas a la diseminación hematógena del treponema. La
manifestación más precoz es la roséola sifilítica (exantema generalizado, no pruriginoso, ni descamativo y
recidivante, que afecta al tronco y raíz de los miembros). Desaparece espontáneamente en el plazo de un
mes.
Después de 4 a 12 meses del comienzo de la enfermedad pueden aparecer las sifílides (pápulas indoloras,
no pruriginosas e induradas) y las afectaciones viscerales (óseas, hepáticas, articulares, adenopatías, etc.).
Estas lesiones pueden ir acompañadas de sensación de mal estado general y fiebre.
Enero 1998 16/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
La sífilis latente es el período de la enfermedad en que el agente etiológico se encuentra en la persona
infectada, sin producir síntomas ni signos clínicos. Las pruebas serológicas, sí detectan anticuerpos frente al
treponema.
La sífilis tardía suele aparecer después de 10 a 30 años de haberse contagiado. Se caracteriza por
manifestaciones cutáneo-mucosas (gomas superficiales y profundas), y también, por afectaciones viscerales
(cardiovasculares o neurológicas).
Se denomina a la sífilis primaria y secundaria como sífilis benigna, ya que cursa con lesiones curables que
no dejan cicatriz. La sífilis tardía es grave, cursa con lesiones destructivas y, aunque pueden curar con
tratamiento correcto, deja secuelas graves.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Sífilis primaria y secundaria: -Demostración del agente causal por microscopía de campo oscuro o
por inmunofluorescencia directa de las secreciones de las lesiones
primarias o secundarias, o,
-Pruebas serológicas inespecíficas (VDRL o RPR) y treponémicas
positivas (FTA-Abs o MHA-TP).
Clasificación de casos
Sospechoso/Probable:
Sífilis primaria y secundaria: Enfermedad clínicamente compatible con pruebas serológicas
inespecíficas positivas.
Sífilis latente: Paciente asintomático, con serología treponémica positiva, que no presenta sífilis
primaria, ni secundaria, ni tardía.
Confirmado: Enfermedad clínicamente compatible, confirmada por laboratorio.
Enero 1998 17/53Definiciones de caso de las E.D.O.
INFECCIÓN GONOCÓCICA
A efectos de notificación, en la rúbrica “Infección gonocócica” sólo se incluiran las infecciones gonocócicas de transmisión
sexual, así como la oftalmía neonatorum.
Epígrafes CIE-9ª:
098 Infecciones gonocócicas
098.0 Del tracto genitourinario inferior, aguda (gonorrea aguda; bartolinitis, uretritis o vulvovaginitis)
098.1 Del tracto genitourinario superior, aguda (endometritis, orquitis, prostatitis o salpingitis gonocócicas; gonorrea
aguda de cuello de útero, vejiga o vesícula seminal)
098.4 Del ojo (oftalmía neonatorum, conjuntivitis neonatal, o iridociclitis gonocócicas)
098.6 De la faringe
098.7 Del ano y del recto
(Para la notificación se excluyen: 098.5 De las articulaciones
098.8 De otros sitios)
Epígrafes CIE-10ª:
A54 Infección gonocócica
A54.0 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior sin absceso periuretral o de glándula accesoria (cervicitis,
cistitis, uretritis, vulvovaginitis)
A54.1 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior con absceso periuretral o de glándula accesoria (absceso
glándula de Bartholin)
A54.2 Pelviperitonitis gonocócica y otras infecciones gonocócicas genitourinarias (enfermedad inflamatoria pélvica
femenina, epididimitis, orquitis, prostatitis)
A54.3 Infección gonocócica del ojo (conjuntivitis, iridociclitis, oftalmía neonatal)
A54.5 Faringitis gonocócica
A54.6 Infección gonocócica del ano y del recto
A54.9 Infección gonocócica no especificada
(Para la notificación se excluyen: A54.4 Infección gonocócica del sistema osteomuscular
A54.8 Otras infecciones gonocócicas)
Definición clínica de caso
Las diversas formas clínicas de las infecciones localizadas por Neisseria gonorrhoeae obligan a considerar:
-Uretritis:
Cuadro que aparece después de 2 a 5 días (a veces, hasta 14 días) del contacto sexual contagiante, con escozor uretral,
disuria (sensación cortante), eritema del meato, y con exudado que, clásicamente, es espeso, purulento y de color
amarillo-verdoso, pero que puede ser también escaso y claro.
-Cervicitis:
Cuadro que aparece después de 2 a 10 días del contacto sexual contagiante, con leucorrea, disuria y sangrado uterino
intermenstrual. Puede existir exudado mucopurulento cervical, uretral, de las glándulas periuretrales o de las glándulas
de Bartholino. En el 50% de las ocasiones es asintomática.
-Proctitis:
Cuadro que aparece tras coito anal receptivo, con prurito anal, exudado mucopurulento, sangrado rectal escaso, dolor
rectal, tenesmo y estreñimiento.
-Faringitis:
Cuadro que aparece tras contacto orogenital, con dolor o molestias faríngeas, en ocasiones inflamación amigdalar y
linfadenopatía cervical. En el 90% de las ocasiones es asintomática.
-Conjuntivitis neonatal (oftalmía neonatorum):
Cuadro que aparece después de 2 a 5 días tras el parto, de forma aguda, con exudado mucopurulento conjuntival
profuso, y en ocasiones con edema orbital.
Criterio diagnóstico de laboratorio
-Aislamiento de Neisseria gonorrhoeae en una muestra clínica, o
-Detección de fragmentos genómicos específicos del agente causal en una muestra clínica.
-Demostración de diplococos intracelulares gram-negativos en exudado uretral en el varón.
Clasificación de casos
Sospechoso/probable: Enfermedad compatible con las definiciones clínicas de caso.
Confirmado: Enfermedad compatible clínicamente y confirmada por laboratorio.
Enero 1998 18/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
3) Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos
* Sarampión
* Rubéola
* Parotiditis
* Tos ferina
Modo de notificación
Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos, en la que se debe anotar para cada caso
las iniciales, edad, sexo y antecedentes de vacunación en el espacio previsto en el Parte de Notificación
Semanal . Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le corresponda, en el
mismo Parte.
Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brotes de Otras Enfermedades) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.
Enero 1998 19/53Definiciones de caso de las E.D.O.
SARAMPIÓN
(Morbilli)
Epígrafes CIE-9ª: 055 Sarampión
055.0 Encefalitis postsarampionosa
055.1 Neumonía postsarampionosa
055.2 Otitis postsarampionosa
055.7 Con otras complicaciones
055.8 Con complicaciones no especificadas
055.9 Sarampión sin mención de complicación
Epígrafes CIE-10ª: B05 Sarampión
B05.0 Sarampión complicado con encefalitis (encefalitis postsarampión)
B05.1 Sarampión complicado con meningitis (meningitis postsarampión)
B05.2 Sarampión complicado con neumonía (neumonía postsarampión)
B05.3 Sarampión complicado con otitis media (otitis media postsarampión)
B05.4 Sarampión con complicaciones intestinales
B05.8 Sarampión con otras complicaciones (queratitis, queratoconjuntivitis)
B05.9 Sarampión sin complicaciones
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por los siguientes hallazgos clínicos:
-rash generalizado de duración ³3 días
-fiebre ≥38,3º C
-tos, o coriza, o conjuntivitis
Criterio diagnóstico de laboratorio
- Aislamiento del virus del sarampión de especímenes clínicos, o,
- Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a sarampión mediante un método serológico
estándar, o,
- Test positivo serológico de anticuerpos IgM de sarampión.
Clasificación de casos
Sospechoso/probable:
Cumple con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o
serológica, y no está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable
o confirmado.
Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica
de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable o
confirmado. Un caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la
definición clínica de caso. Dos casos sospechosos/probables que están
epidemiológicamente relacionados deberán ser considerados confirmados, aún en
ausencia de confirmación de laboratorio.
Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.
Enero 1998 20/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
RUBÉOLA
(Sarampión alemán)
Epígrafes CIE-9ª: 056 Rubéola (sarampión alemán)
056.0 Con complicaciones neurológicas (encefalomielitis de la rubéola)
056.7 Con otras complicaciones (artritis de la rubéola)
056.8 Con complicaciones no especificadas
056.9 Rubéola sin mención de complicaciones
Epígrafes CIE-10ª: B06 Rubéola (sarampión alemán)
B06.0 Rubéola con complicaciones neurológicas (encefalitis, meningitis,
meningoencefalitis)
B06.8 Rubéola con otras complicaciones (artritis, neumonía)
B06.9 Rubéola sin complicaciones
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por todos los siguientes hallazgos clínicos:
-comienzo agudo de exantema generalizado maculopapular
-fiebre ≥37,3º C
-artralgia/artritis, o linfadenopatía, o conjuntivitis
Los casos con hallazgos compatibles con la definición de caso de sarampión son excluidos. También son excluidos
los casos con serología compatible con infección reciente por el virus del sarampión.
Criterio diagnóstico de laboratorio
- Aislamiento del virus de la rubéola, o,
- Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a rubéola (IgG) mediante un método serológico
estándar, o,
- Test positivo serológico de anticuerpos IgM de rubéola.
Clasificación de casos
Sospechoso/probable:
Coincidente con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o
serológica, y que no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por
laboratorio.
Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio, o que cumple la definición clínica de
caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio.
Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.
Enero 1998 21/53Definiciones de caso de las E.D.O.
PAROTIDITIS
(Fiebre urliana)
Epígrafes CIE-9ª: 072 Fiebre urliana
072.0 Orquitis urliana
072.1 Meningitis urliana
072.2 Encefalitis urliana (meningoencefalitis urliana)
072.3 Pancreatitis urliana
072.7 Con otras complicaciones
072.8 Con complicaciones no especificadas
072.9 Sin mención de complicación (parotiditis epidémica, parotiditis infecciosa)
Epígrafes CIE-10ª: B26 Parotiditis infecciosa (parotiditis epidémica, parotitidis urliana)
B26.0 Orquitis por parotiditis
B26.1 Meningitis por parotiditis
B26.2 Encefalitis por parotiditis
B26.3 Pancreatitis por parotiditis
B26.8 Parotiditis infecciosa con otras complicaciones (artritis, miocarditis, nefritis,
polineuropatía)
B26.9 Parotiditis, sin complicaciones (fiebre urliana)
Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por la aparición aguda de hinchazón unilateral o bilateral, sensible al tacto y autolimitada,
de la parótida u otras glándulas salivares, con duración ≥2 días, y sin que haya otras causas aparentes.
Criterio diagnóstico de laboratorio
- Aislamiento del virus de la parotiditis de una muestra clínica, o
- Aumento significativo del nivel de anticuerpos (IgG) de parotiditis mediante un método serológico
estándar en sueros tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad, o
- Test positivo serológico de anticuerpos IgM de parotiditis
Clasificación de casos
Sospechoso/probable:
Concuerda con la definición clínica de caso, sin confirmación virológica o serológica, y
no está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado.
Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica
de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado. Un
caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la definición clínica
de caso. Dos casos probables que están epidemiológicamente relacionados deberán ser
considerados confirmados, aún en ausencia de confirmación de laboratorio.
Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.
Enero 1998 22/53Protocolos de SALUD PÚBLICA
TOS FERINA
(Pertussis)
Epígrafes CIE-9ª: 033 Tos ferina
033.0 Por Bordetella pertussis
033.9 Sin especificación
(Para la notificación se excluyen: 033.1 Por Bordetella parapertussis
033.8 Por otros organismos especificados)
Epígrafes CIE-10ª: A37 Tos ferina [tos convulsiva]
A37.0 Tos ferina debida a Bordetella pertussis
A37.9 Tos ferina, no especificada
(Para la notificación se excluyen: A37.1 Tos ferina debida a Bordetella parapertussis
A37.8 Tos ferina debida a otras especies de Bordetella)
Definición clínica de caso
Enfermedad catarral con tos de 2 semanas de duración, con uno de los siguientes síntomas: paroxismos de tos,
estridor inspiratorio y convulsivo, vómito postusígeno y ausencia de otras causas aparentes. Esta definición es
apropiada para casos endémicos o esporádicos. En caso de brotes, un caso puede definirse como toda enfermedad
catarral de al menos 2 semanas de duración.
Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de B. pertussis de una muestra clínica. Debido a la baja sensibilidad y a la especificidad variable que
han demostrado tener las pruebas de inmunofluorescencia directa de secreciones nasofaríngeas, éstas no deberán
emplearse como criterio de confirmación por laboratorio, si bien pueden utilizarse como diagnóstico presuntivo
rápido.
(CDC: PCR positiva para B. pertussis)
Clasificación de casos
Sospechoso/probable:
Todo caso que concordando con la definición clínica de caso, no está confirmado por
laboratorio y no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por
laboratorio.
Confirmado: Caso clínicamente compatible confirmado por laboratorio o epidemiológicamente
relacionado con un caso confirmado por laboratorio.
Enero 1998 23/53También puede leer