DEFINICIONES DE CASO de las enfermedades de declaración obligatoria para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica
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Protocolos de SALUD PÚBLICA DEFINICIONES DE CASO de las enfermedades de declaración obligatoria para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica Introducción El nuevo Sistema de Vigilancia Epidemiológica del Principado de Asturias (SIVE), constituido mediante el Decreto 69/97, de 30 de octubre (BOPA de 4/XI/97), incluye una relación de enfermedades a vigilar, mediante procedimientos de declaración obligatoria y universal, en el conjunto de la Comunidad Autónoma. No obstante, para asegurar la comparabilidad de la información en el tiempo, y tanto entre las diferentes áreas geográficas de nuestra Comunidad, como entre las distintas CC.AA., se deben establecer unos criterios uniformes a la hora de definir y clasificar los casos de estas enfermedades. Además, tal y como se recoge en la legislación, corresponde a la Autoridad Sanitaria competente (la Consejería de Servicios Sociales en nuestro caso) el elaborar los protocolos y guías de procedimiento oportunos para asegurara esta homogeneidad. Fruto de ello es la presente guía de “Definiciones de caso”, que recoge y adapta las definiciones de caso consensuadas a nivel nacional y aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de salud. En todas estas enfermedades basta la sospecha clínica para la notificación del caso, ya que el propósito fundamental del sistema es la capacidad de detectar precozmente los casos de enfermedades susceptibles de una intervención. Por ello, cada enfermedad se acompaña de una definición clínica, que en algunas será suficiente para la confirmación epidemiológica del caso, mientras que para otras la confirmación necesitará además criterios diagnósticos de laboratorio, y otros datos epidemiológicos. Puede ocurrir que casos ya notificados por sospecha clínica se descarten posteriormente por el laboratorio, o que algunas formas de presentación de enfermedades no encajen con la definicón clínica, pero las circunstancias epidemiológicas aconsejen su inclusión. Todo esto obliga a una revisión de los primeros datos enviados, y es responsabilidad de todos los niveles del sistema (declarantes, epidemiólogos de Área, Dirección Regional de Salud Pública) asegurar que la información final sea válida y útil. Las enfermedades definidas aquí se han agrupado según el modo de declaración que corresponde a cada una de ellas, y que según el citado Decreto 69/97 corresponden a la declaración exclusivamente numérica, cuando sólo debe notificarse el número de casos semanales, la declaración con datos epidemiológicos básicos, que incluye datos de edad, sexo y antecedentes vacunales, y las enfermedades de declaración urgente y declaración individualizada, en las que deben notificarse los casos con datos identificactivos del enfermo y de los aspectos clínicos, diagnósticos y epidemiológicos de la enfermedad; en el caso de la declaración urgente, ésta debe realizarse ante la primera sospecha y por el medio más rápido disponible (teléfono, fax, telegrama, telex, correo electrónico, etc.). Enero 1998 1/53
Definiciones de caso de las E.D.O. 1) Enfermedades de declaración urgente * Cólera * Fiebre amarilla * Peste * Difteria * Poliomielitis * Rabia * Tifus exantemático * Enfermedad meningocócica Modo de notificación Estas enfermedades se deben notificar por el medio más rápido posible (teléfono, fax, ...). Toda sospecha de caso debe ser confirmada por pruebas de laboratorio, y se deben enviar muestras de las cepas aisladas al laboratorio de referencia a nivel nacional (Centro Nacional de Microbiología Virología e Inmunología Sanitarias [CNMVIS], Majadahonda). El cólera, la fiebre amarilla y la peste son enfermedades sometidas a declaración universal por el Reglamento Sanitario Internacional. Además, el Tifus exantemático es una enfermedad sometida a vigilancia por la OMS, y el Ministerio de Sanidad está obligado a notificar cualquier sospecha de caso, tanto importado como autóctono, con carácter urgente a la OMS. A partir de 1998 se pondrá en marcha un sistema especial de vigilancia de la poliomielitis (vigilancia de las Paralisis Flácidas agudas, PFA), y que se mantendrá durante al menos 3 años para conseguir el certificado de erradicación de la poliomielitis a nivel nacional. Para cada caso se completará un Ficha Epidemiológica específica con los datos identificativos del paciente, las características clínicas, de laboratorio y epidemiológicas de la enfermedad, y la identificación del declarante. Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le corresponda, mediante el Parte de Notificación Semanal. Para todas estas enfermedades (excluida la enfermedad meningocócica), que se consideran eliminadas de España, la aparición de un solo caso autóctono, o de un caso que no se pueda catalogar como importado, se considerará como brote epidémico. Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote. Enero 1998 2/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA CÓLERA Epígrafes CIE-9ª: 001 Cólera 001.0 Debido a Vibrio cholerae 001.1 Debido a Vibrio cholerae el tor 001.9 Sin especificación Epígrafes CIE-10ª: A00 Cólera A00.0 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo cholerae (cólera clásico) A00.1 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo El Tor (cólera El Tor) A00.9 Cólera no especificado Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por diarrea profusa, con heces muy líquidas de aspecto riciforme, vómitos y deshidratación. La gravedad de los cuadros es muy variable. Criterio diagnóstico de laboratorio -Aislamiento de Vibrio cholerae toxigénico (productor de toxina) de los serogrupos O1 u O139 en heces o vómitos. (CDC: - Evidencia serológica de infección reciente) Nota.- Los nuevos criterios microbiológicos acerca de los vibriones valoran no sólo la presencia de aglutinaciones en las cepas aisladas, sino su capacidad toxigénica como características potenciales para producir epidemias. En todos los aislamientos de Vibrio cholerae serogrupos O1 u O139, es imprescindible la detección de producción de toxina; en caso afirmativo se trata de casos de cólera con capacidad epidémica. En aislamientos de Vibrio cholerae diferentes del serogrupo O1, es importante determinar la capacidad de producir toxina, y en caso afirmativo nos encontramos frente a un caso de cólera con capacidad epidémica desconocida. Clasificación de casos Sospechoso: Compatible con la definición clínica de caso. Probable: Compatible con la definición clínica de caso y epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado o que procede de un área endémica. Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio. Se considerará caso importado cuando se ha identificado en la encuesta del caso un antecedente de viaje a un país epidémico o endémico, en los cinco días anteriores a la fecha de comienzo de síntomas. Caso autóctono será aquél en que no se ha podido determinar circunstancias de viaje o exposición conocida, siempre en el margen del período de incubación. Enero 1998 3/53
Definiciones de caso de las E.D.O. FIEBRE AMARILLA Epígrafes CIE-9ª: 060 Fiebre amarilla 060.0 Selvática (fiebre amarilla de la selva) 060.1 Urbana 060.9 Sin especificación Epígrafes CIE-10ª: A95 Fiebre amarilla A95.0 Fiebre amarilla selvática (silvestre) A95.1 Fiebre amarilla urbana A95.9 Fiebre amarilla, no especificada Definición clínica de caso Enfermedad de comienzo brusco con fiebre seguido de una breve remisión de los síntomas y una recurrencia de fiebre, acompañada de hepatitis y albuminuria. En algunos casos fallo renal, shock y hemorragias generalizadas. Criterio diagnóstico de laboratorio -Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos frente a fiebre amarilla) en muestras recogidas en fase aguda y convaleciente, descartando antecedentes recientes de vacunación y reacciones cruzadas con otros flavivirus. -Demostración del virus de la fiebre amarilla, antígeno o genoma en tejidos, sangre o cualquier fluido corporal. Clasificación de casos Sospechoso: Enfermedad clínicamente compatible en paciente que provenga de una zona endémica. Probable: Compatible con la definición clínica de caso con presencia de una prueba serológica presuntiva, descartando antecedentes de vacunación y reacciones cruzadas con otros flavivirus (título elevado de anticuerpos al virus de la fiebre amarilla, por ejempo: * ³32 por fijación de complemento * ³256 por inmunofluorescencia * ³320 por inhibición de hemaglutinación * ³160 por neutralización * Positivo por inmunoensayo enzimático de captura de IgM). Confirmado: Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio. Enero 1998 4/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA PESTE Epígrafes CIE-9ª: 020 Peste 020.0 Bubónica 020.1 Celulocutánea 020.2 Septicémica 020.3 Neumónica primaria 020.4 Neumónica secundaria 020.5 Neumónica sin especificación 020.8 Otras (peste abortiva, peste ambulatoria, peste menor) 020.9 Sin especificación Epígrafes CIE 10ª: A20 Peste (infección debida a Yersinia pestis) A20.0 Peste bubónica A20.1 Peste celulocutánea A20.2 Peste neumónica A20.3 Meningitis por peste A20.7 Peste septicémica A20.8 Otras formas de peste (abortiva, asintomática, menor) A20.9 Peste, no especificada Definición clínica de caso Enfermedad que se caracteriza por fiebre y leucocitosis y alguno de los signos y síntomas siguientes presentes en las principales formas clínicas: - Linfadenitis regional (peste bubónica). - Septicemia sin signos de bubón (peste septicémica). - Neumonía por diseminación hematógena en casos bubónicos o septicémicos (peste neumónica secundaria), o por inhalación de gotitas infecciosas de otro enfermo (peste neumónica primaria). - Faringitis y linfadenitis cervical por exposición a gran cantidad de gotitas infecciosas, o por ingestión de tejido infectado (peste faríngea). Criterio diagnóstico de laboratorio - Aislamiento de Yersinia pestis de una muestra clínica, o - Seroconversión por hemaglutinación pasiva (aumento ³4 veces del título de anticuerpos en dos sueros tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad) frente al antígeno F1 de Y. pestis Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Enfermedad compatible clínicamente en una persona procedente de zona endémica con resultados presuntivos de laboratorio: - un único título elevado de anticuerpos frente al antígeno F1 de Y. pestis en ausencia de antecedentes de inmunización, o - demostración del antígeno F1 en muestras de sangre, aspirado de bubón o tejido, mediante técnicas de enzimoinmunoanálisis (ELISA) o inmunofluorescencia (FA). Confirmado: Concuerda con la definición clínica de caso y está confirmado por laboratorio. Enero 1998 5/53
Definiciones de caso de las E.D.O. DIFTERIA Epígrafes CIE-9ª: 032 Difteria 032.0 Faucal (angina diftérica membranosa) 032.1 Nasofaríngea 032.2 Nasal anterior 032.3 Laríngea (laringotraqueítis diftérica) 032.8 Otras (difteria cutánea) 032.9 Sin especificación Epígrafes CIE-10ª: A36 Difteria A36.0 Difteria faríngea (angina membranosa diftérica, difteria amigdalina) A36.1 Difteria nasofaríngea A36.2 Difteria laríngea (laringotraqueítis diftérica) A36.3 Difteria cutánea A36.8 Otras difterias (conjuntivitis, miocarditis, polineuritis) A36.9 Difteria, no especificada Definición clínica de caso Enfermedad del tracto respiratorio superior caracterizada por dolor de garganta, fiebre moderada y una membrana adherente en la(s) amígdala(s), faringe, y/o nariz sin ninguna otra causa aparente. Criterio diagnóstico de laboratorio Aislamiento de Corynebacterium diphtheriae de una muestra clínica; si el cultivo es negativo puede ser criterio diagnóstico el aumento de 4 veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina. (CDC: - Diagnóstico histopatológico de difteria) Clasificación de casos Todos los casos deberán ser clasificados en sospechosos, probables o confirmados. Los casos confirmados, a su vez, deberán ser clasificados en autóctonos e importados. Sospechoso: Presencia de laringitis o nasofaringitis o tonsilitis más pseudomembrana Probable: Caso sospechoso más uno de los siguientes hallazgos: - contacto reciente con un caso confirmado (< 2 semanas) - epidemia de difteria actualmente en la zona - estridor - hinchazón/edema de cuello - petequias hemorrágicas en submucosa o piel - colapso circulatorio tóxico - insuficiencia renal aguda - miocarditis y/o parálisis motora de 1 a 6 semanas antes del inicio de los síntomas - muerte sin otra causa que la explique Confirmado: Caso probable más aislamiento de cepa toxigénica de C. diphtheriae de un lugar típico (nariz, garganta, úlcera cutánea, herida, conjuntiva, oído, vagina), o aumento de cuatro veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina. La enfermedad causada por el Corynebacterium ulcerans y C. diphtheriae no-toxigénico es excluida de esta definición de caso. Enero 1998 6/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA POLIOMIELITIS (Parálisis infantil) Epígrafes CIE-9ª: 045 Poliomielitis aguda 045.0 Poliomielitis aguda paralítica especificada como bulbar 045.1 Poliomielitis aguda con otra parálisis 045.2 Poliomielitis aguda no paralítica 045.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación Epígrafes CIE-10ª: A80 Poliomielitis aguda A80.0 Poliomielitis aguda paralítica, asociada a vacuna A80.1 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje importado A80.2 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje autóctono A80.3 Otras poliomielitis agudas paralíticas y las no especificadas A80.4 Poliomielitis aguda no paralítica A80.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación Definición clínica de caso Enfermedad que se caracteriza por inicio agudo de parálisis flácida en uno o más miembros con ausencia o disminución de reflejos en los tendones de los miembros afectados, sin otra causa aparente, y sin pérdida sensorial o cognitiva. Criterio diagnóstico de laboratorio Aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorio. La O.M.S recomienda que el diagnóstico de laboratorio de poliomielitis se realice mediante aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorios especializados que utilicen técnicas de cultivo celular. Clasificación de casos Caso sospechoso: Todo caso de parálisis flácida aguda (PFA), incluyendo el Síndrome de Guillén Barré, en un niño menor de 15 años en el que ninguna otra causa puede ser identificada. Caso compatible: Todo caso de PFA, sin resultados virológicos, y donde se encuentre: - parálisis residual después de 60 días tras el inicio de la PFA, o - muerte del paciente, o - en el que no pudieron recogerse dos muestras de heces a las dos semanas después de iniciados los síntomas para ser examinadas por laboratorio. Caso confirmado: Todo caso de PFA en el cual se aísla poliovirus salvaje de cualquiera de las muestras de heces del paciente o de muestras de un contacto. Una vez confirmado el caso y, de acuerdo a las recomendaciones de la O.M.S, este se clasificará en: - Caso indígena de poliovirus salvaje, - Caso importado de poliovirus salvaje, - Caso asociado a la vacunación: Todo caso de PFA en la que el virus aislado es virus-vacunal y ningún otro agente etiológico puede ser identificado como causa de la enfermedad. Debe haber una historia previa de administración de vacuna oral de Polio dentro de un plazo de 7-30 días antes de la aparición de síntomas, o haber tenido contacto con un individuo recientemente inmunizado, dentro de un plazo de 7-60 días antes de la aparición de los síntomas. Caso no-polio (descartado): Todo caso de parálisis flácida aguda en la que al menos se han recogido dos muestras adecuadas de heces en las dos semanas siguientes al inicio de los síntomas, siendo los resultados negativos para poliovirus. Se guardarán alícuotas de las muestras en laboratorio para su uso futuro. Para tener la seguridad de esta categorización, alícuotas de muestras de pacientes que hayan muerto, o que se haya perdido su pista, o que hagan una parálisis residual a los 60 días, deberán ser examinadas en otros dos laboratorios. Si los resultados son todos negativos el paciente será considerado como 'no- polio' y el caso será 'descartado'. Enero 1998 7/53
Definiciones de caso de las E.D.O. RABIA (Hidrofobia, Lisa) Se considera de notificación obligatoria tanto la rabia humana como la animal. Epígrafes CIE-9ª: 071 Rabia Epígrafes CIE-10ª: A82 Rabia A82.0 Rabia selvática A82.1 Rabia urbana A82.9 Rabia, sin otra especificación Definición clínica de caso Presencia en la persona humana de una encefalomielitis que cursa con fiebre, cefalea, alteraciones sensoriales, parálisis y convulsiones. Hay espasmo de los músculos de deglución cuando se intenta tragar lo que provoca miedo a beber agua (hidrofobia). Progresa a coma y muerte por parálisis respiratoria en un plazo de 10 días después de la aparición de los primeros síntomas. Criterio diagnóstico de laboratorio -Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratorio) de muestras de saliva, líquido cefalorraquídeo, o tejido del sistema nervioso central, o -Detección de antígenos víricos por el método de inmunofluorescencia directa en una muestra clínica (preferentemente del cerebro, o nervios que circundan los folículos pilosos de la nuca, o de impresiones corneales), o -Identificación de anticuerpos neutralizantes en suero o líquido cefalorraquideo de una persona no vacunada con título ³5. Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Enfermedad compatible clínicamente y antecedente de agresión por un animal sin que la agresión sea debida a una provocación previa y siempre que en la agresión haya contacto con la saliva del animal. Confirmado: Enfermedad clínicamente compatible y confirmada por laboratorio. También se deberán notificar todos los casos confirmados de rabia animal, que cumplan los siguientes criterios diagnósticos de laboratorio: - Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratoio) - Test de anticuerpos por inmunofluorescencia directa positivo (preferentemente en tejido del sistema nervioso central) Enero 1998 8/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA TIFUS EXANTEMÁTICO (Tifus epidémico, Tifus transmitido por piojos, Tifus clásico) Epígrafes CIE-9ª: 080 Tifus [epidémico] transmitido por piojos Epígrafes CIE-10ª: A75.0 Tifus epidémico debido a Rickettsia prowazekii transmitido por piojos A75.1 Tifus recrudescente (enfermedad de Brill-Zinsser) Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por comienzo repentino con fiebre, escalofríos, cefalea, algias generalizadas, postración y erupción macular que no afecta a plantas de manos y pies. Criterio diagnóstico de laboratorio -Detección de IgM por inmunofluorescencia indirecta. En la enfermedad de Brill-Zinser los anticuerpos iniciales son IgG. -Seroconversión en muestras recogidas en fase aguda y convaleciente por inmunofluorescencia o fijación de complemento. Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible en personas que se encuentren en zonas de catástrofes o guerras, o procedan de zonas endémicas. Confirmado: Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio. Enero 1998 9/53
Definiciones de caso de las E.D.O. ENFERMEDAD MENINGOCÓCICA (Fiebre cerebroespinal, Meningitis cerebroespinal epidémica) Epígrafes CIE-9ª: 036 Infecciones meningocócicas 036.0 Meningitis meningocócica 036.1 Encefalitis meningocócica 036.2 Meningococcemia (septicemia meningocócica) 036.3 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen, meningocócico 036.4 Carditis meningocócica (endocarditis y pericarditis meningocócicas) 036.8 Otras (neuritis óptica meningocócica) 036.9 Sin especificación Epígrafes CIE-10ª: A39 Infección meningocócica A39.0 Meningitis meningocócica A39.1 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen A39.2 Meningococemia aguda A39.3 Meningococemia crónica A39.4 Meningococemia no especificada (bacteriemia meningocócica) A39.5 Enfermedad cardíaca debida a meningococo (carditis, endocarditis, miocarditis, pericarditis) A39.8 Otras infecciones meningocócicas (artritis, conjuntivitis, encefalitis, neuritis retrobulbar) A39.9 Infección meningocócica, no especificada Definición clínica de caso Enfermedad que se puede presentar como meningitis y/o meningococcemia, que puede progresar rápidamente a púrpura fulminante, shock y muerte. La meningitis meningocócica suele tener un comienzo brusco con fiebre, cefalea intensa, náuseas, vómitos, rigidez de nuca y eventualmente petequias. Criterio diagnóstico de laboratorio Aislamiento de Neisseria meningitidis en un sitio normalmente estéril (sangre, LCR,...). Clasificación de casos Sospechoso: Cuadro clínico de meningitis y/o sepsis, valorado por el médico a su cargo como sospechoso de etiología meningocócica, en el que aparece alguno de los siguientes criterios de sospecha: * citología y bioquímica de LCR compatible con meningitis bacteriana * aparición de petequias o lesiones purpúricas * desarrollo de shock séptico con alteraciones de la coagulación y mala respuesta al tratamiento Probable: Compatible con la definición clínica de caso y presencia de: * detección de Ag capsular en fluídos normalmente estériles (LCR, suero, ...) * presencia de diplococos gram-negativos intracelulares en LCR, sangre, ... * cuadro de púrpura fulminante en ausencia de hemocultivo positivo Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por aislamiento del germen Se considera como caso índice o primario, al que se presenta aislado y sin relación con otro caso anterior; caso coprimario al que aparece en un contacto estrecho del caso primario, antes de 24 horas tras el inicio de la clínica; y caso secundario cuando la enfermedad se presenta en un contacto estrecho de un caso, entre las 24 horas tras el inicio de la clínica y hasta 11 días después de seguir un tratamiento antibiótico adecuado. Enero 1998 10/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA 2) Enfermedades de declaración exclusivamente numérica * Gripe * Varicela * Otros procesos diarreicos * Sífilis * Infección gonocócica Modo de notificación Enfermedades de declaración exclusivamente numérica, debiendo notificarse el número de casos vistos cada semana en el Parte de Notificación Semanal. Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote. Enero 1998 11/53
Definiciones de caso de las E.D.O. GRIPE (Influenza) Epígrafes CIE-9ª: 487 Influenza 487.0 Con neumonía (neumonía, bronconeumonía) 487.1 Con otras manifestaciones respiratorias (faringitis, infección respiratoria aguda superior, laringitis) 487.8 Con otra manifestación (encefalopatía, influenza que compromete el tracto gastrointestinal) Epígrafes CIE-10ª: J10 Influenza debida a virus de la influenza identificado J10.0 Influenza con neumonía, debida a virus de la influenza identificado J10.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, debida a virus de la influenza identificado (derrame pleural, daringitis, infección de vías respiratorias superiores aguda, influenza, laringitis) J10.8 Influenza con otras manifestaciones, debida a virus de la influenza identificado (encefalopatía, gastroenteritis, miocarditis aguda) J11 Influenza debida a virus no identificado J11.0 Influenza con neumonía, virus no identificado J11.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, virus no identificado (derrame pleural, faringitis, infección de vías respiratorias superiores aguda, influenza, laringitis) J11.8 Influenza con otras manifestaciones, virus no identificado (encefalopatía, gastroenteritis, miocarditis aguda) Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por comienzo brusco con fiebre elevada (³38°C), cefalea, malestar general, artromialgias, odinofagia, coriza y tos. Criterio diagnóstico de laboratorio -Aislamiento de virus de influenza de secreciones nasofaríngeas. -Detección de antígeno. -Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos) en muestras recogidas en fase aguda y convaleciente. Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible, sobre todo en situación epidémica. Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio. Enero 1998 12/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA VARICELA (Viruela loca) Epígrafes CIE-9ª: 052 Varicela Epígrafes CIE-10ª: B01Varicela B01.0 Meningitis debida a varicela B01.1 Encefalitis debida a varicela B01.2 Neumonía debida a varicela B01.8 Varicela con otras complicaciones B01.9 Varicela sin complicaciones Definición clínica de caso Enfermedad que se caracteriza por un comienzo repentino con fiebre moderada, síntomas generales mínimos y erupción cutánea de tipo maculo-papular durante unas horas, que se transforman en vesículas durante 3 ó 4 días, y que deja costras granulares. Las diversas fases coexisten y las lesiones son superficiales. Criterio diagnóstico de laboratorio -Aislamiento de virus de la varicela en muestra clínica (líquido vesicular). -Identificación del virus por microscopía electrónica. -Demostración de aparición e incremento de marcadores específicos de la infección tales como el interferón y anticuerpos específicos antivaricela IgM, IgG e IgA en el suero del enfermo. Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible. Confirmado: Caso confirmado por laboratorio o que reúne criterios clínicos de definición de caso y está ligado a un caso confirmado o probable. Dos casos probables epidemiológicamente relacionados pueden ser considerados confirmados en ausencia de confirmación de laboratorio. Enero 1998 13/53
Definiciones de caso de las E.D.O. Otros Procesos Diarreicos Conjunto de enfermedades causadas por microorganismos transmitidos por agua y alimentos (vía feco-oral), y que suelen presentar una clínica de diarrea. En este apartado se excluyen algunas infecciones específicas y las toxiinfeciones alimentarias (Cólera, Fiebres tifoidea y paratifoidea, Otras infecciones por Salmonella, Shigelosis y Otras intoxicaciones alimentarias bacterianas). Epígrafes CIE-9ª: 006 Amebiasis (infección por Entamoeba histolytica) 006.0 Disentería amebiana aguda sin mención de absceso 006.1 Amebiasis intestinal crónica sin mención de absceso 006.2 Colitis amebiana no disentérica 006.3 Absceso amebiano del hígado 006.4 Absceso amebiano del pulmón 006.5 Absceso amebiano del encéfalo 006.6 Ulceración amebiana de la piel 006.8 Infección amebiana de otras localizaciones 006.9 Amebiasis no especificada 007 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios 007.0 Balantidiasis (infección por Balantidium coli) 007.1 Giardiasis (infección por Giardia lamblia, lambliasis) 007.2 Coccidiosis (infección por Isospora belli e I. hominis, isosporosis) 007.3 Tricomoniasis intestinal 007.8 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios 007.9 Sin especificación 008 Infecciones intestinales debidas a otros organismos (excluye intoxicación alimentaria) 008.0 Escherichia coli 008.1 Arizona 008.2 Aerobacter aerogenes 008.3 Proteus (P. mirabilis, P. morganii) 008.4 Otras bacterias especificadas (enterocolitis estafilocócica) 008.5 Enteritis bacteriana, sin otra especificación 008.6 Enteritis debidas a virus especificados (adenovirus, enterovirus) 008.8 Otros organismos no clasificados en otra parte (enteritis vírica) 009 Infección intestinal mal definida 009.0 Colitis, enteritis y gastroenteitis infecciosas 009.1 Colitis, enteritis y gastroenteritis de presunto origen infeccioso 009.2 Diarrea infecciosa 009.3 Diarrea de presunto origen infeccioso Epígrafes CIE-10ª: A04 Otras infecciones intestinales bacterianas (excluye enteritis tuberculosa e intoxicación alimentaria bacteriana) A04.0 Infección debida a Escherichia coli enteropatógena A04.1 Infección debida a Escherichia coli enterotoxígena A04.2 Infección debida a Escherichia coli enteroinvasiva A04.3 Infección debida a Escherichia coli enterohemorrágica A04.4 Otras infecciones intestinales debidas a Escherichia coli A04.5 Enteritis debida a Campylobacter A04.6 Enteritis debida a Yersinia enterocolitica (excluye yersiniosis extraintestinal) A04.7 Enterocolitis debida a Clostridium difficile A04.8 Otras infecciones intestinales bacterianas especificadas A04.9 Infección intestinal bacteriana, no especificada (enteritis bacteriana) A06 Amebiasis (infección debida a Entamoeba histolytica) A06.0 Disentería amebiana aguda A06.1 Amebiasis intestinal crónica A06.2 Colitis amebiana no disentérica A06.3 Ameboma intestinal Enero 1998 14/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA A06.4 Absceso amebiano del hígado (amebiasis hepática) A06.5 Absceso amebiano del pulmón (y del hígado) A06.6 Absceso amebiano del cerebro (y del hígado) (y del pulmón) A06.7 Amebiasis cutánea A06.8 Infección amebiana de otras localizaciones (apendicitis, balanitis) A06.9 Amebiasis, no especificada A07 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios A07.0 Balantidiasis (disentería balantídica) A07.1 Giardiasis [lambliasis] (infección por Giardia lamblia) A07.2 Criptosporidiosis (infección por Criptosporidium) A07.3 Isosporiasis (infección por Isospora belli e I. hominis; coccidiosis intestinal, isosporosis) A07.8 Otras enfermedades intestinales especificadas debidas a protozoarios (sarcocistosis, sarcosporidiosis, tricomoniasis intestinal) A07.9 Enfermedad intestinal debida a protozoarios, no especificada (colitis, disentería, diarrea por protozoarios, diarrea por flagelados) A08 Infecciones intestinales debidas a virus y otros organismos especificados A08.0 Enteritis debida a rotavirus A08.1 Gastroenteropatía aguda debida al agente de Norwalk (enteritis debida a virus pequeño de estructura redonda) A08.2 Enteritis debida a adenovirus A08.3 Otras enteritis virales A08.4 Infección intestinal viral, sin otra especificación A08.5 Otras infecciones intestinales especificadas A09 Diarrea y gastroenteritis de presunto origen infeccioso Definición clínica de caso Cuadro de colitis, enteritis o gastroenteritis de gravedad muy variable, que suelen cursar con un síndrome diarreico, caracterizado por deposiciones pastosas o líquidas, y a menudo con vómitos y fiebre. En algunos casos puede presentarse como diarrea sanguinolenta (disentería) y otras manifestaciones sistémicas. Criterio diagnóstico de laboratorio Existen pruebas diagnósticas que teoricamente pueden llegar a identificar el agente causal hasta en un 80% de los casos, pero en pocas ocasiones se dispone de la posibilidad práctica de realizarlo. Aunque existen técnicas de laboratorio especificas para algunos agentes causales, en general, el diagnóstico de laboratorio se basa en: - demostración microscópica de parásitos causales en heces - aislamiento de bacteria causal en heces - detección de antígenos virales en heces - seroconversión o demostración serológica de infección reciente Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Compatible con la definición clínica de caso, y en el que no hay evidencia epidemiológica de que sea debido a toxiinfección alimentaria o a otra enfermedad específica (cólera, fiebre tifo-paratífica, otras salmonelosis, shigelosis). Confirmado: Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio Enero 1998 15/53
Definiciones de caso de las E.D.O. SÍFILIS (Lues) Para la notificación sólo se tendrán en cuenta los casos de Sífilis precoz (primaria o secundaria), excluyendo los casos con diagnóstico inicial de Sífilis tardía. Epígrafes CIE-9ª: 091 Sífilis precoz sintomática (excluye neurosífilis precoz y sífilis cardiovascular precoz) 091.0 Sífilis genital [primaria] (chancro genital) 091.1 Sífilis primaria anal 091.2 Otra sífilis primaria (amígdala, dedos, labio) 091.3 Sífilis secundaria de la piel y de las mucosas (amígdala, ano, boca, faringe, piel, vulva, condiloma plano) 091.4 Adenopatía debida a sífilis secundaria 091.5 Uveítis debida a sífilis secundaria (coriorretinitis e iridociclitis sifilíticas secundarias) 091.6 Sífilis secundaria de las vísceras y de los huesos (hepatitis, periostitis) 091.7 Recidiva de sífilis secundaria 091.8 Otras formas de sífilis secundarias (alopecia, meningitis aguda) 091.9 Sífilis secundaria, sin especificación 092 Sífilis precoz latente (sífilis sin signos clínicos, con reacción serológica positiva y examen negativo del líquido cefalorraquídeo, menos de dos años después de la infección) 092.0 Sífilis precoz latente, recidiva serológica después del tratamiento 092.9 Sífilis precoz latente, sin otra especificación Epígrafes CIE-10ª: A51 Sífilis precoz A51.0 Sífilis genital primaria (chancro sifilítico) A51.1 Sífilis primaria anal A51.2 Sífilis primaria en otros sitios A51.3 Sífilis secundaria de piel y membranas mucosas (alopecia, leucoderma, mancha en mucosa, condiloma latum) A51.4 Otras sífilis secundarias (enfermedad pélvica inflamatoria femenina, iridociclitis, linfadenopatía, meningitis, miositis, oculopatía, periostitis) A51.5 Sífilis precoz, latente (sífilis sin manifestaciones clínicas, con reacción serológica positiva y prueba de líquido cefalorraquídeo negativa, menos de dos años después de la infección) A51.9 Sífilis precoz, sin otra especificación Definición clínica de caso Es una treponematosis aguda y crónica, que puede ocasionar una clínica muy variable. La enfermedad evoluciona en fases: Sífilis primaria: Alrededor de dos semanas después del contagio, aparece una lesión erosivo-ulcerativa única, muy superficial, indurada, no dolorosa en el lugar de la inoculación, que constituye el llamado chancro sifilítico. Se localiza en la zona del contacto sexual (normalmente en los genitales, boca o ano). Va acompañado de adenopatías regionales. Alrededor de un mes mas tarde, el chancro remite espontáneamente. Sífilis secundaria: Después de seis semanas de la desaparición del chancro, aparecen las manifestaciones generalizadas de la sífilis. Estas son debidas a la diseminación hematógena del treponema. La manifestación más precoz es la roséola sifilítica (exantema generalizado, no pruriginoso, ni descamativo y recidivante, que afecta al tronco y raíz de los miembros). Desaparece espontáneamente en el plazo de un mes. Después de 4 a 12 meses del comienzo de la enfermedad pueden aparecer las sifílides (pápulas indoloras, no pruriginosas e induradas) y las afectaciones viscerales (óseas, hepáticas, articulares, adenopatías, etc.). Estas lesiones pueden ir acompañadas de sensación de mal estado general y fiebre. Enero 1998 16/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA La sífilis latente es el período de la enfermedad en que el agente etiológico se encuentra en la persona infectada, sin producir síntomas ni signos clínicos. Las pruebas serológicas, sí detectan anticuerpos frente al treponema. La sífilis tardía suele aparecer después de 10 a 30 años de haberse contagiado. Se caracteriza por manifestaciones cutáneo-mucosas (gomas superficiales y profundas), y también, por afectaciones viscerales (cardiovasculares o neurológicas). Se denomina a la sífilis primaria y secundaria como sífilis benigna, ya que cursa con lesiones curables que no dejan cicatriz. La sífilis tardía es grave, cursa con lesiones destructivas y, aunque pueden curar con tratamiento correcto, deja secuelas graves. Criterio diagnóstico de laboratorio Sífilis primaria y secundaria: -Demostración del agente causal por microscopía de campo oscuro o por inmunofluorescencia directa de las secreciones de las lesiones primarias o secundarias, o, -Pruebas serológicas inespecíficas (VDRL o RPR) y treponémicas positivas (FTA-Abs o MHA-TP). Clasificación de casos Sospechoso/Probable: Sífilis primaria y secundaria: Enfermedad clínicamente compatible con pruebas serológicas inespecíficas positivas. Sífilis latente: Paciente asintomático, con serología treponémica positiva, que no presenta sífilis primaria, ni secundaria, ni tardía. Confirmado: Enfermedad clínicamente compatible, confirmada por laboratorio. Enero 1998 17/53
Definiciones de caso de las E.D.O. INFECCIÓN GONOCÓCICA A efectos de notificación, en la rúbrica “Infección gonocócica” sólo se incluiran las infecciones gonocócicas de transmisión sexual, así como la oftalmía neonatorum. Epígrafes CIE-9ª: 098 Infecciones gonocócicas 098.0 Del tracto genitourinario inferior, aguda (gonorrea aguda; bartolinitis, uretritis o vulvovaginitis) 098.1 Del tracto genitourinario superior, aguda (endometritis, orquitis, prostatitis o salpingitis gonocócicas; gonorrea aguda de cuello de útero, vejiga o vesícula seminal) 098.4 Del ojo (oftalmía neonatorum, conjuntivitis neonatal, o iridociclitis gonocócicas) 098.6 De la faringe 098.7 Del ano y del recto (Para la notificación se excluyen: 098.5 De las articulaciones 098.8 De otros sitios) Epígrafes CIE-10ª: A54 Infección gonocócica A54.0 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior sin absceso periuretral o de glándula accesoria (cervicitis, cistitis, uretritis, vulvovaginitis) A54.1 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior con absceso periuretral o de glándula accesoria (absceso glándula de Bartholin) A54.2 Pelviperitonitis gonocócica y otras infecciones gonocócicas genitourinarias (enfermedad inflamatoria pélvica femenina, epididimitis, orquitis, prostatitis) A54.3 Infección gonocócica del ojo (conjuntivitis, iridociclitis, oftalmía neonatal) A54.5 Faringitis gonocócica A54.6 Infección gonocócica del ano y del recto A54.9 Infección gonocócica no especificada (Para la notificación se excluyen: A54.4 Infección gonocócica del sistema osteomuscular A54.8 Otras infecciones gonocócicas) Definición clínica de caso Las diversas formas clínicas de las infecciones localizadas por Neisseria gonorrhoeae obligan a considerar: -Uretritis: Cuadro que aparece después de 2 a 5 días (a veces, hasta 14 días) del contacto sexual contagiante, con escozor uretral, disuria (sensación cortante), eritema del meato, y con exudado que, clásicamente, es espeso, purulento y de color amarillo-verdoso, pero que puede ser también escaso y claro. -Cervicitis: Cuadro que aparece después de 2 a 10 días del contacto sexual contagiante, con leucorrea, disuria y sangrado uterino intermenstrual. Puede existir exudado mucopurulento cervical, uretral, de las glándulas periuretrales o de las glándulas de Bartholino. En el 50% de las ocasiones es asintomática. -Proctitis: Cuadro que aparece tras coito anal receptivo, con prurito anal, exudado mucopurulento, sangrado rectal escaso, dolor rectal, tenesmo y estreñimiento. -Faringitis: Cuadro que aparece tras contacto orogenital, con dolor o molestias faríngeas, en ocasiones inflamación amigdalar y linfadenopatía cervical. En el 90% de las ocasiones es asintomática. -Conjuntivitis neonatal (oftalmía neonatorum): Cuadro que aparece después de 2 a 5 días tras el parto, de forma aguda, con exudado mucopurulento conjuntival profuso, y en ocasiones con edema orbital. Criterio diagnóstico de laboratorio -Aislamiento de Neisseria gonorrhoeae en una muestra clínica, o -Detección de fragmentos genómicos específicos del agente causal en una muestra clínica. -Demostración de diplococos intracelulares gram-negativos en exudado uretral en el varón. Clasificación de casos Sospechoso/probable: Enfermedad compatible con las definiciones clínicas de caso. Confirmado: Enfermedad compatible clínicamente y confirmada por laboratorio. Enero 1998 18/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA 3) Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos * Sarampión * Rubéola * Parotiditis * Tos ferina Modo de notificación Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos, en la que se debe anotar para cada caso las iniciales, edad, sexo y antecedentes de vacunación en el espacio previsto en el Parte de Notificación Semanal . Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le corresponda, en el mismo Parte. Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de Brotes de Otras Enfermedades) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote. Enero 1998 19/53
Definiciones de caso de las E.D.O. SARAMPIÓN (Morbilli) Epígrafes CIE-9ª: 055 Sarampión 055.0 Encefalitis postsarampionosa 055.1 Neumonía postsarampionosa 055.2 Otitis postsarampionosa 055.7 Con otras complicaciones 055.8 Con complicaciones no especificadas 055.9 Sarampión sin mención de complicación Epígrafes CIE-10ª: B05 Sarampión B05.0 Sarampión complicado con encefalitis (encefalitis postsarampión) B05.1 Sarampión complicado con meningitis (meningitis postsarampión) B05.2 Sarampión complicado con neumonía (neumonía postsarampión) B05.3 Sarampión complicado con otitis media (otitis media postsarampión) B05.4 Sarampión con complicaciones intestinales B05.8 Sarampión con otras complicaciones (queratitis, queratoconjuntivitis) B05.9 Sarampión sin complicaciones Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por los siguientes hallazgos clínicos: -rash generalizado de duración ³3 días -fiebre ≥38,3º C -tos, o coriza, o conjuntivitis Criterio diagnóstico de laboratorio - Aislamiento del virus del sarampión de especímenes clínicos, o, - Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a sarampión mediante un método serológico estándar, o, - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de sarampión. Clasificación de casos Sospechoso/probable: Cumple con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o serológica, y no está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable o confirmado. Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable o confirmado. Un caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la definición clínica de caso. Dos casos sospechosos/probables que están epidemiológicamente relacionados deberán ser considerados confirmados, aún en ausencia de confirmación de laboratorio. Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en autóctonos e importados. Enero 1998 20/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA RUBÉOLA (Sarampión alemán) Epígrafes CIE-9ª: 056 Rubéola (sarampión alemán) 056.0 Con complicaciones neurológicas (encefalomielitis de la rubéola) 056.7 Con otras complicaciones (artritis de la rubéola) 056.8 Con complicaciones no especificadas 056.9 Rubéola sin mención de complicaciones Epígrafes CIE-10ª: B06 Rubéola (sarampión alemán) B06.0 Rubéola con complicaciones neurológicas (encefalitis, meningitis, meningoencefalitis) B06.8 Rubéola con otras complicaciones (artritis, neumonía) B06.9 Rubéola sin complicaciones Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por todos los siguientes hallazgos clínicos: -comienzo agudo de exantema generalizado maculopapular -fiebre ≥37,3º C -artralgia/artritis, o linfadenopatía, o conjuntivitis Los casos con hallazgos compatibles con la definición de caso de sarampión son excluidos. También son excluidos los casos con serología compatible con infección reciente por el virus del sarampión. Criterio diagnóstico de laboratorio - Aislamiento del virus de la rubéola, o, - Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a rubéola (IgG) mediante un método serológico estándar, o, - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de rubéola. Clasificación de casos Sospechoso/probable: Coincidente con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o serológica, y que no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio. Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio, o que cumple la definición clínica de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio. Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en autóctonos e importados. Enero 1998 21/53
Definiciones de caso de las E.D.O. PAROTIDITIS (Fiebre urliana) Epígrafes CIE-9ª: 072 Fiebre urliana 072.0 Orquitis urliana 072.1 Meningitis urliana 072.2 Encefalitis urliana (meningoencefalitis urliana) 072.3 Pancreatitis urliana 072.7 Con otras complicaciones 072.8 Con complicaciones no especificadas 072.9 Sin mención de complicación (parotiditis epidémica, parotiditis infecciosa) Epígrafes CIE-10ª: B26 Parotiditis infecciosa (parotiditis epidémica, parotitidis urliana) B26.0 Orquitis por parotiditis B26.1 Meningitis por parotiditis B26.2 Encefalitis por parotiditis B26.3 Pancreatitis por parotiditis B26.8 Parotiditis infecciosa con otras complicaciones (artritis, miocarditis, nefritis, polineuropatía) B26.9 Parotiditis, sin complicaciones (fiebre urliana) Definición clínica de caso Enfermedad caracterizada por la aparición aguda de hinchazón unilateral o bilateral, sensible al tacto y autolimitada, de la parótida u otras glándulas salivares, con duración ≥2 días, y sin que haya otras causas aparentes. Criterio diagnóstico de laboratorio - Aislamiento del virus de la parotiditis de una muestra clínica, o - Aumento significativo del nivel de anticuerpos (IgG) de parotiditis mediante un método serológico estándar en sueros tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad, o - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de parotiditis Clasificación de casos Sospechoso/probable: Concuerda con la definición clínica de caso, sin confirmación virológica o serológica, y no está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado. Confirmado: Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado. Un caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la definición clínica de caso. Dos casos probables que están epidemiológicamente relacionados deberán ser considerados confirmados, aún en ausencia de confirmación de laboratorio. Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en autóctonos e importados. Enero 1998 22/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA TOS FERINA (Pertussis) Epígrafes CIE-9ª: 033 Tos ferina 033.0 Por Bordetella pertussis 033.9 Sin especificación (Para la notificación se excluyen: 033.1 Por Bordetella parapertussis 033.8 Por otros organismos especificados) Epígrafes CIE-10ª: A37 Tos ferina [tos convulsiva] A37.0 Tos ferina debida a Bordetella pertussis A37.9 Tos ferina, no especificada (Para la notificación se excluyen: A37.1 Tos ferina debida a Bordetella parapertussis A37.8 Tos ferina debida a otras especies de Bordetella) Definición clínica de caso Enfermedad catarral con tos de 2 semanas de duración, con uno de los siguientes síntomas: paroxismos de tos, estridor inspiratorio y convulsivo, vómito postusígeno y ausencia de otras causas aparentes. Esta definición es apropiada para casos endémicos o esporádicos. En caso de brotes, un caso puede definirse como toda enfermedad catarral de al menos 2 semanas de duración. Criterio diagnóstico de laboratorio Aislamiento de B. pertussis de una muestra clínica. Debido a la baja sensibilidad y a la especificidad variable que han demostrado tener las pruebas de inmunofluorescencia directa de secreciones nasofaríngeas, éstas no deberán emplearse como criterio de confirmación por laboratorio, si bien pueden utilizarse como diagnóstico presuntivo rápido. (CDC: PCR positiva para B. pertussis) Clasificación de casos Sospechoso/probable: Todo caso que concordando con la definición clínica de caso, no está confirmado por laboratorio y no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio. Confirmado: Caso clínicamente compatible confirmado por laboratorio o epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio. Enero 1998 23/53
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