DEFINICIONES DE CASO de las enfermedades de declaración obligatoria para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

                                 DEFINICIONES DE CASO
                       de las enfermedades de declaración obligatoria
                        para el Sistema de Vigilancia Epidemiológica

Introducción
          El nuevo Sistema de Vigilancia Epidemiológica del Principado de Asturias (SIVE), constituido mediante el
Decreto 69/97, de 30 de octubre (BOPA de 4/XI/97), incluye una relación de enfermedades a vigilar, mediante
procedimientos de declaración obligatoria y universal, en el conjunto de la Comunidad Autónoma. No obstante, para
asegurar la comparabilidad de la información en el tiempo, y tanto entre las diferentes áreas geográficas de nuestra
Comunidad, como entre las distintas CC.AA., se deben establecer unos criterios uniformes a la hora de definir y
clasificar los casos de estas enfermedades. Además, tal y como se recoge en la legislación, corresponde a la
Autoridad Sanitaria competente (la Consejería de Servicios Sociales en nuestro caso) el elaborar los protocolos y
guías de procedimiento oportunos para asegurara esta homogeneidad. Fruto de ello es la presente guía de
“Definiciones de caso”, que recoge y adapta las definiciones de caso consensuadas a nivel nacional y aprobadas por
el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de salud.

          En todas estas enfermedades basta la sospecha clínica para la notificación del caso, ya que el propósito
fundamental del sistema es la capacidad de detectar precozmente los casos de enfermedades susceptibles de una
intervención. Por ello, cada enfermedad se acompaña de una definición clínica, que en algunas será suficiente para la
confirmación epidemiológica del caso, mientras que para otras la confirmación necesitará además criterios
diagnósticos de laboratorio, y otros datos epidemiológicos. Puede ocurrir que casos ya notificados por sospecha
clínica se descarten posteriormente por el laboratorio, o que algunas formas de presentación de enfermedades no
encajen con la definicón clínica, pero las circunstancias epidemiológicas aconsejen su inclusión. Todo esto obliga a
una revisión de los primeros datos enviados, y es responsabilidad de todos los niveles del sistema (declarantes,
epidemiólogos de Área, Dirección Regional de Salud Pública) asegurar que la información final sea válida y útil.

          Las enfermedades definidas aquí se han agrupado según el modo de declaración que corresponde a cada una
de ellas, y que según el citado Decreto 69/97 corresponden a la declaración exclusivamente numérica, cuando sólo
debe notificarse el número de casos semanales, la declaración con datos epidemiológicos básicos, que incluye
datos de edad, sexo y antecedentes vacunales, y las enfermedades de declaración urgente y declaración
individualizada, en las que deben notificarse los casos con datos identificactivos del enfermo y de los aspectos
clínicos, diagnósticos y epidemiológicos de la enfermedad; en el caso de la declaración urgente, ésta debe realizarse
ante la primera sospecha y por el medio más rápido disponible (teléfono, fax, telegrama, telex, correo electrónico,
etc.).

Enero 1998                                                                                                      1/53
Definiciones de caso de las E.D.O.

1) Enfermedades de declaración urgente

        * Cólera
        * Fiebre amarilla
        * Peste
        * Difteria
        * Poliomielitis
        * Rabia
        * Tifus exantemático
        * Enfermedad meningocócica

Modo de notificación
Estas enfermedades se deben notificar por el medio más rápido posible (teléfono, fax, ...). Toda sospecha
de caso debe ser confirmada por pruebas de laboratorio, y se deben enviar muestras de las cepas aisladas
al laboratorio de referencia a nivel nacional (Centro Nacional de Microbiología Virología e Inmunología
Sanitarias [CNMVIS], Majadahonda).

El cólera, la fiebre amarilla y la peste son enfermedades sometidas a declaración universal por el
Reglamento Sanitario Internacional. Además, el Tifus exantemático es una enfermedad sometida a
vigilancia por la OMS, y el Ministerio de Sanidad está obligado a notificar cualquier sospecha de caso,
tanto importado como autóctono, con carácter urgente a la OMS. A partir de 1998 se pondrá en marcha un
sistema especial de vigilancia de la poliomielitis (vigilancia de las Paralisis Flácidas agudas, PFA), y que
se mantendrá durante al menos 3 años para conseguir el certificado de erradicación de la poliomielitis a
nivel nacional.

Para cada caso se completará un Ficha Epidemiológica específica con los datos identificativos del
paciente, las características clínicas, de laboratorio y epidemiológicas de la enfermedad, y la
identificación del declarante. Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le
corresponda, mediante el Parte de Notificación Semanal.

Para todas estas enfermedades (excluida la enfermedad meningocócica), que se consideran eliminadas de
España, la aparición de un solo caso autóctono, o de un caso que no se pueda catalogar como importado,
se considerará como brote epidémico.

Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes
de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.

Enero 1998                                                                                             2/53
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CÓLERA

Epígrafes CIE-9ª:          001 Cólera
                                    001.0 Debido a Vibrio cholerae
                                    001.1 Debido a Vibrio cholerae el tor
                                    001.9 Sin especificación

Epígrafes CIE-10ª:         A00 Cólera
                                   A00.0 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo cholerae (cólera clásico)
                                   A00.1 Cólera debido a Vibrio cholerae O1, biotipo El Tor (cólera El Tor)
                                   A00.9 Cólera no especificado

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por diarrea profusa, con heces muy líquidas de aspecto riciforme, vómitos y
deshidratación. La gravedad de los cuadros es muy variable.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Aislamiento de Vibrio cholerae toxigénico (productor de toxina) de los serogrupos O1 u O139 en heces o
         vómitos.
(CDC: - Evidencia serológica de infección reciente)

Nota.- Los nuevos criterios microbiológicos acerca de los vibriones valoran no sólo la presencia de aglutinaciones en
las cepas aisladas, sino su capacidad toxigénica como características potenciales para producir epidemias. En todos
los aislamientos de Vibrio cholerae serogrupos O1 u O139, es imprescindible la detección de producción de toxina;
en caso afirmativo se trata de casos de cólera con capacidad epidémica. En aislamientos de Vibrio cholerae
diferentes del serogrupo O1, es importante determinar la capacidad de producir toxina, y en caso afirmativo nos
encontramos frente a un caso de cólera con capacidad epidémica desconocida.

Clasificación de casos

         Sospechoso:       Compatible con la definición clínica de caso.

         Probable:         Compatible con la definición clínica de caso y epidemiológicamente relacionado con un
                           caso confirmado o que procede de un área endémica.

         Confirmado:       Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio.

Se considerará caso importado cuando se ha identificado en la encuesta del caso un antecedente de viaje a un país
epidémico o endémico, en los cinco días anteriores a la fecha de comienzo de síntomas. Caso autóctono será aquél
en que no se ha podido determinar circunstancias de viaje o exposición conocida, siempre en el margen del período
de incubación.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

FIEBRE AMARILLA

Epígrafes CIE-9ª:          060 Fiebre amarilla
                                    060.0 Selvática (fiebre amarilla de la selva)
                                    060.1 Urbana
                                    060.9 Sin especificación

Epígrafes CIE-10ª:         A95 Fiebre amarilla
                                    A95.0 Fiebre amarilla selvática (silvestre)
                                    A95.1 Fiebre amarilla urbana
                                    A95.9 Fiebre amarilla, no especificada

Definición clínica de caso
Enfermedad de comienzo brusco con fiebre seguido de una breve remisión de los síntomas y una recurrencia de
fiebre, acompañada de hepatitis y albuminuria. En algunos casos fallo renal, shock y hemorragias generalizadas.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos frente a fiebre amarilla) en muestras
         recogidas en fase aguda y convaleciente, descartando antecedentes recientes de vacunación y reacciones
         cruzadas con otros flavivirus.

         -Demostración del virus de la fiebre amarilla, antígeno o genoma en tejidos, sangre o cualquier fluido
         corporal.

Clasificación de casos

         Sospechoso:       Enfermedad clínicamente compatible en paciente que provenga de una zona endémica.

         Probable:         Compatible con la definición clínica de caso con presencia de una prueba serológica
                           presuntiva, descartando antecedentes de vacunación y reacciones cruzadas con otros
                           flavivirus (título elevado de anticuerpos al virus de la fiebre amarilla, por ejempo:
                                    * ³32 por fijación de complemento
                                    * ³256 por inmunofluorescencia
                                    * ³320 por inhibición de hemaglutinación
                                    * ³160 por neutralización
                                    * Positivo por inmunoensayo enzimático de captura de IgM).

         Confirmado:       Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio.

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PESTE

Epígrafes CIE-9ª:           020 Peste
                                        020.0 Bubónica
                                        020.1 Celulocutánea
                                        020.2 Septicémica
                                        020.3 Neumónica primaria
                                        020.4 Neumónica secundaria
                                        020.5 Neumónica sin especificación
                                        020.8 Otras (peste abortiva, peste ambulatoria, peste menor)
                                        020.9 Sin especificación

Epígrafes CIE 10ª:          A20 Peste (infección debida a Yersinia pestis)
                                     A20.0 Peste bubónica
                                     A20.1 Peste celulocutánea
                                     A20.2 Peste neumónica
                                     A20.3 Meningitis por peste
                                     A20.7 Peste septicémica
                                     A20.8 Otras formas de peste (abortiva, asintomática, menor)
                                     A20.9 Peste, no especificada

Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por fiebre y leucocitosis y alguno de los signos y síntomas siguientes presentes en las
principales formas clínicas:
         - Linfadenitis regional (peste bubónica).
         - Septicemia sin signos de bubón (peste septicémica).
         - Neumonía por diseminación hematógena en casos bubónicos o septicémicos (peste neumónica
         secundaria), o por inhalación de gotitas infecciosas de otro enfermo (peste neumónica primaria).
         - Faringitis y linfadenitis cervical por exposición a gran cantidad de gotitas infecciosas, o por ingestión de
         tejido infectado (peste faríngea).

Criterio diagnóstico de laboratorio
         - Aislamiento de Yersinia pestis de una muestra clínica, o
         - Seroconversión por hemaglutinación pasiva (aumento ³4 veces del título de anticuerpos en dos sueros
         tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad) frente al antígeno F1 de Y. pestis

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable:
                        Enfermedad compatible clínicamente en una persona procedente de zona endémica con
                        resultados presuntivos de laboratorio:
                                 - un único título elevado de anticuerpos frente al antígeno F1 de Y. pestis en
                                 ausencia de antecedentes de inmunización, o
                                 - demostración del antígeno F1 en muestras de sangre, aspirado de bubón o
                                 tejido, mediante técnicas de enzimoinmunoanálisis (ELISA) o
                                 inmunofluorescencia (FA).

         Confirmado:        Concuerda con la definición clínica de caso y está confirmado por laboratorio.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

DIFTERIA

Epígrafes CIE-9ª:          032 Difteria
                                     032.0 Faucal (angina diftérica membranosa)
                                     032.1 Nasofaríngea
                                     032.2 Nasal anterior
                                     032.3 Laríngea (laringotraqueítis diftérica)
                                     032.8 Otras (difteria cutánea)
                                     032.9 Sin especificación

Epígrafes CIE-10ª:         A36 Difteria
                                    A36.0 Difteria faríngea (angina membranosa diftérica, difteria amigdalina)
                                    A36.1 Difteria nasofaríngea
                                    A36.2 Difteria laríngea (laringotraqueítis diftérica)
                                    A36.3 Difteria cutánea
                                    A36.8 Otras difterias (conjuntivitis, miocarditis, polineuritis)
                                    A36.9 Difteria, no especificada

Definición clínica de caso
Enfermedad del tracto respiratorio superior caracterizada por dolor de garganta, fiebre moderada y una membrana
adherente en la(s) amígdala(s), faringe, y/o nariz sin ninguna otra causa aparente.

Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de Corynebacterium diphtheriae de una muestra clínica; si el cultivo es negativo puede ser criterio
diagnóstico el aumento de 4 veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido
obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina.
(CDC: - Diagnóstico histopatológico de difteria)

Clasificación de casos
Todos los casos deberán ser clasificados en sospechosos, probables o confirmados. Los casos confirmados, a su vez,
deberán ser clasificados en autóctonos e importados.

         Sospechoso:       Presencia de laringitis o nasofaringitis o tonsilitis más pseudomembrana

         Probable:         Caso sospechoso más uno de los siguientes hallazgos:
                                   - contacto reciente con un caso confirmado (< 2 semanas)
                                   - epidemia de difteria actualmente en la zona
                                   - estridor
                                   - hinchazón/edema de cuello
                                   - petequias hemorrágicas en submucosa o piel
                                   - colapso circulatorio tóxico
                                   - insuficiencia renal aguda
                                   - miocarditis y/o parálisis motora de 1 a 6 semanas antes del inicio de los
                                   síntomas
                                   - muerte sin otra causa que la explique

         Confirmado:       Caso probable más aislamiento de cepa toxigénica de C. diphtheriae de un lugar típico
                           (nariz, garganta, úlcera cutánea, herida, conjuntiva, oído, vagina), o aumento de cuatro
                           veces o más de antitoxina en suero, pero sólo si ambas muestras de suero han sido
                           obtenidas antes de la administración de toxoide diftérico o antitoxina.

La enfermedad causada por el Corynebacterium ulcerans y C. diphtheriae no-toxigénico es excluida de esta
definición de caso.

Enero 1998                                                                                                       6/53
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POLIOMIELITIS (Parálisis infantil)
Epígrafes CIE-9ª:              045 Poliomielitis aguda
                                        045.0 Poliomielitis aguda paralítica especificada como bulbar
                                        045.1 Poliomielitis aguda con otra parálisis
                                        045.2 Poliomielitis aguda no paralítica
                                        045.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación

Epígrafes CIE-10ª:             A80 Poliomielitis aguda
                                        A80.0 Poliomielitis aguda paralítica, asociada a vacuna
                                        A80.1 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje importado
                                        A80.2 Poliomielitis aguda paralítica debida a virus salvaje autóctono
                                        A80.3 Otras poliomielitis agudas paralíticas y las no especificadas
                                        A80.4 Poliomielitis aguda no paralítica
                                        A80.9 Poliomielitis aguda sin otra especificación

Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por inicio agudo de parálisis flácida en uno o más miembros con ausencia o disminución de
reflejos en los tendones de los miembros afectados, sin otra causa aparente, y sin pérdida sensorial o cognitiva.

Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorio. La O.M.S recomienda que el diagnóstico de laboratorio de
poliomielitis se realice mediante aislamiento e identificación de poliovirus en heces, en laboratorios especializados que utilicen
técnicas de cultivo celular.

Clasificación de casos

          Caso sospechoso:
          Todo caso de parálisis flácida aguda (PFA), incluyendo el Síndrome de Guillén Barré, en un niño menor de 15 años en
          el que ninguna otra causa puede ser identificada.

          Caso compatible:
          Todo caso de PFA, sin resultados virológicos, y donde se encuentre:
                   - parálisis residual después de 60 días tras el inicio de la PFA, o
                   - muerte del paciente, o
                   - en el que no pudieron recogerse dos muestras de heces a las dos semanas después de iniciados los síntomas
                   para ser examinadas por laboratorio.

          Caso confirmado:
          Todo caso de PFA en el cual se aísla poliovirus salvaje de cualquiera de las muestras de heces del paciente o de
          muestras de un contacto. Una vez confirmado el caso y, de acuerdo a las recomendaciones de la O.M.S, este se
          clasificará en:
                     - Caso indígena de poliovirus salvaje,
                     - Caso importado de poliovirus salvaje,
                     - Caso asociado a la vacunación: Todo caso de PFA en la que el virus aislado es virus-vacunal y ningún
                     otro agente etiológico puede ser identificado como causa de la enfermedad. Debe haber una historia previa
                     de administración de vacuna oral de Polio dentro de un plazo de 7-30 días antes de la aparición de síntomas,
                     o haber tenido contacto con un individuo recientemente inmunizado, dentro de un plazo de 7-60 días antes
                     de la aparición de los síntomas.

          Caso no-polio (descartado):
          Todo caso de parálisis flácida aguda en la que al menos se han recogido dos muestras adecuadas de heces en las dos
          semanas siguientes al inicio de los síntomas, siendo los resultados negativos para poliovirus. Se guardarán alícuotas de
          las muestras en laboratorio para su uso futuro. Para tener la seguridad de esta categorización, alícuotas de muestras de
          pacientes que hayan muerto, o que se haya perdido su pista, o que hagan una parálisis residual a los 60 días, deberán
          ser examinadas en otros dos laboratorios. Si los resultados son todos negativos el paciente será considerado como 'no-
          polio' y el caso será 'descartado'.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

RABIA (Hidrofobia, Lisa)
Se considera de notificación obligatoria tanto la rabia humana como la animal.

Epígrafes CIE-9ª:          071 Rabia

Epígrafes CIE-10ª:         A82 Rabia
                                   A82.0 Rabia selvática
                                   A82.1 Rabia urbana
                                   A82.9 Rabia, sin otra especificación

Definición clínica de caso
Presencia en la persona humana de una encefalomielitis que cursa con fiebre, cefalea, alteraciones sensoriales,
parálisis y convulsiones. Hay espasmo de los músculos de deglución cuando se intenta tragar lo que provoca miedo a
beber agua (hidrofobia). Progresa a coma y muerte por parálisis respiratoria en un plazo de 10 días después de la
aparición de los primeros síntomas.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratorio) de muestras de saliva, líquido
         cefalorraquídeo, o tejido del sistema nervioso central, o

         -Detección de antígenos víricos por el método de inmunofluorescencia directa en una muestra clínica
         (preferentemente del cerebro, o nervios que circundan los folículos pilosos de la nuca, o de impresiones
         corneales), o

         -Identificación de anticuerpos neutralizantes en suero o líquido cefalorraquideo de una persona no vacunada
         con título ³5.

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable:
                        Enfermedad compatible clínicamente y antecedente de agresión por un animal sin que la
                        agresión sea debida a una provocación previa y siempre que en la agresión haya contacto
                        con la saliva del animal.

         Confirmado:       Enfermedad clínicamente compatible y confirmada por laboratorio.

También se deberán notificar todos los casos confirmados de rabia animal, que cumplan los siguientes criterios
diagnósticos de laboratorio:

         - Aislamiento del virus (en cultivo celular o en animal de laboratoio)
         - Test de anticuerpos por inmunofluorescencia directa positivo (preferentemente en tejido del sistema
         nervioso central)

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

TIFUS EXANTEMÁTICO
(Tifus epidémico, Tifus transmitido por piojos, Tifus clásico)

Epígrafes CIE-9ª:          080 Tifus [epidémico] transmitido por piojos

Epígrafes CIE-10ª:         A75.0 Tifus epidémico debido a Rickettsia prowazekii transmitido por piojos
                           A75.1 Tifus recrudescente (enfermedad de Brill-Zinsser)

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por comienzo repentino con fiebre, escalofríos, cefalea, algias generalizadas, postración y
erupción macular que no afecta a plantas de manos y pies.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Detección de IgM por inmunofluorescencia indirecta. En la enfermedad de Brill-Zinser los anticuerpos
         iniciales son IgG.

         -Seroconversión en muestras recogidas en fase aguda y convaleciente por inmunofluorescencia o fijación
         de complemento.

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable:
                        Enfermedad clínicamente compatible en personas que se encuentren en zonas de
                        catástrofes o guerras, o procedan de zonas endémicas.

         Confirmado:       Caso que reúne criterios clínicos de definición de caso y está confirmado por laboratorio.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

ENFERMEDAD MENINGOCÓCICA
(Fiebre cerebroespinal, Meningitis cerebroespinal epidémica)

Epígrafes CIE-9ª:           036 Infecciones meningocócicas
                                     036.0 Meningitis meningocócica
                                     036.1 Encefalitis meningocócica
                                     036.2 Meningococcemia (septicemia meningocócica)
                                     036.3 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen, meningocócico
                                     036.4 Carditis meningocócica (endocarditis y pericarditis meningocócicas)
                                     036.8 Otras (neuritis óptica meningocócica)
                                     036.9 Sin especificación

Epígrafes CIE-10ª:          A39 Infección meningocócica
                                     A39.0 Meningitis meningocócica
                                     A39.1 Síndrome de Waterhouse-Friderichsen
                                     A39.2 Meningococemia aguda
                                     A39.3 Meningococemia crónica
                                     A39.4 Meningococemia no especificada (bacteriemia meningocócica)
                                     A39.5 Enfermedad cardíaca debida a meningococo (carditis, endocarditis, miocarditis,
                                     pericarditis)
                                     A39.8 Otras infecciones meningocócicas (artritis, conjuntivitis, encefalitis, neuritis
                                     retrobulbar)
                                     A39.9 Infección meningocócica, no especificada

Definición clínica de caso
Enfermedad que se puede presentar como meningitis y/o meningococcemia, que puede progresar rápidamente a
púrpura fulminante, shock y muerte. La meningitis meningocócica suele tener un comienzo brusco con fiebre,
cefalea intensa, náuseas, vómitos, rigidez de nuca y eventualmente petequias.

Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de Neisseria meningitidis en un sitio normalmente estéril (sangre, LCR,...).

Clasificación de casos

         Sospechoso:
         Cuadro clínico de meningitis y/o sepsis, valorado por el médico a su cargo como sospechoso de etiología
         meningocócica, en el que aparece alguno de los siguientes criterios de sospecha:
                 * citología y bioquímica de LCR compatible con meningitis bacteriana
                 * aparición de petequias o lesiones purpúricas
                 * desarrollo de shock séptico con alteraciones de la coagulación y mala respuesta al tratamiento

         Probable:
         Compatible con la definición clínica de caso y presencia de:
                * detección de Ag capsular en fluídos normalmente estériles (LCR, suero, ...)
                * presencia de diplococos gram-negativos intracelulares en LCR, sangre, ...
                * cuadro de púrpura fulminante en ausencia de hemocultivo positivo

         Confirmado:
         Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por aislamiento del germen

Se considera como caso índice o primario, al que se presenta aislado y sin relación con otro caso anterior; caso
coprimario al que aparece en un contacto estrecho del caso primario, antes de 24 horas tras el inicio de la clínica; y
caso secundario cuando la enfermedad se presenta en un contacto estrecho de un caso, entre las 24 horas tras el
inicio de la clínica y hasta 11 días después de seguir un tratamiento antibiótico adecuado.

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

2) Enfermedades de declaración exclusivamente numérica

        * Gripe
        * Varicela
        * Otros procesos diarreicos
        * Sífilis
        * Infección gonocócica

Modo de notificación
Enfermedades de declaración exclusivamente numérica, debiendo notificarse el número de casos vistos
cada semana en el Parte de Notificación Semanal.

Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brote Epidémico Transmitido por Alimentos si hay transmisión alimentaria, o el Cuestionario de Brotes
de Otras Enfermedades si no la hay) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

GRIPE
(Influenza)

Epígrafes CIE-9ª:          487 Influenza
                                     487.0 Con neumonía (neumonía, bronconeumonía)
                                     487.1 Con otras manifestaciones respiratorias (faringitis, infección respiratoria aguda
                                     superior, laringitis)
                                     487.8 Con otra manifestación (encefalopatía, influenza que compromete el tracto
                                     gastrointestinal)

Epígrafes CIE-10ª:         J10 Influenza debida a virus de la influenza identificado
                                     J10.0 Influenza con neumonía, debida a virus de la influenza identificado
                                     J10.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, debida a virus de la influenza
                                     identificado (derrame pleural, daringitis, infección de vías respiratorias superiores
                                     aguda, influenza, laringitis)
                                     J10.8 Influenza con otras manifestaciones, debida a virus de la influenza identificado
                                     (encefalopatía, gastroenteritis, miocarditis aguda)

                           J11 Influenza debida a virus no identificado
                                     J11.0 Influenza con neumonía, virus no identificado
                                     J11.1 Influenza con otras manifestaciones respiratorias, virus no identificado (derrame
                                     pleural, faringitis, infección de vías respiratorias superiores aguda, influenza, laringitis)
                                     J11.8 Influenza con otras manifestaciones, virus no identificado (encefalopatía,
                                     gastroenteritis, miocarditis aguda)

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por comienzo brusco con fiebre elevada (³38°C), cefalea, malestar general, artromialgias,
odinofagia, coriza y tos.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Aislamiento de virus de influenza de secreciones nasofaríngeas.
         -Detección de antígeno.
         -Seroconversión (aumento de 4 veces o más del título de anticuerpos) en muestras recogidas en fase aguda
         y convaleciente.

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible, sobre todo en situación epidémica.

         Confirmado:       Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio.

Enero 1998                                                                                                                 12/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA

VARICELA
(Viruela loca)

Epígrafes CIE-9ª:          052 Varicela

Epígrafes CIE-10ª:         B01Varicela
                                   B01.0 Meningitis debida a varicela
                                   B01.1 Encefalitis debida a varicela
                                   B01.2 Neumonía debida a varicela
                                   B01.8 Varicela con otras complicaciones
                                   B01.9 Varicela sin complicaciones

Definición clínica de caso
Enfermedad que se caracteriza por un comienzo repentino con fiebre moderada, síntomas generales mínimos y
erupción cutánea de tipo maculo-papular durante unas horas, que se transforman en vesículas durante 3 ó 4 días, y
que deja costras granulares. Las diversas fases coexisten y las lesiones son superficiales.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         -Aislamiento de virus de la varicela en muestra clínica (líquido vesicular).
         -Identificación del virus por microscopía electrónica.
         -Demostración de aparición e incremento de marcadores específicos de la infección tales como el interferón
         y anticuerpos específicos antivaricela IgM, IgG e IgA en el suero del enfermo.

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable: Enfermedad clínicamente compatible.

         Confirmado:       Caso confirmado por laboratorio o que reúne criterios clínicos de definición de caso y
                           está ligado a un caso confirmado o probable. Dos casos probables epidemiológicamente
                           relacionados pueden ser considerados confirmados en ausencia de confirmación de
                           laboratorio.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

Otros Procesos Diarreicos
Conjunto de enfermedades causadas por microorganismos transmitidos por agua y alimentos (vía feco-oral), y que
suelen presentar una clínica de diarrea. En este apartado se excluyen algunas infecciones específicas y las
toxiinfeciones alimentarias (Cólera, Fiebres tifoidea y paratifoidea, Otras infecciones por Salmonella, Shigelosis y
Otras intoxicaciones alimentarias bacterianas).

Epígrafes CIE-9ª:
         006 Amebiasis (infección por Entamoeba histolytica)
                  006.0 Disentería amebiana aguda sin mención de absceso
                  006.1 Amebiasis intestinal crónica sin mención de absceso
                  006.2 Colitis amebiana no disentérica
                  006.3 Absceso amebiano del hígado
                  006.4 Absceso amebiano del pulmón
                  006.5 Absceso amebiano del encéfalo
                  006.6 Ulceración amebiana de la piel
                  006.8 Infección amebiana de otras localizaciones
                  006.9 Amebiasis no especificada

          007 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
                   007.0 Balantidiasis (infección por Balantidium coli)
                   007.1 Giardiasis (infección por Giardia lamblia, lambliasis)
                   007.2 Coccidiosis (infección por Isospora belli e I. hominis, isosporosis)
                   007.3 Tricomoniasis intestinal
                   007.8 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
                   007.9 Sin especificación

          008 Infecciones intestinales debidas a otros organismos (excluye intoxicación alimentaria)
                   008.0 Escherichia coli
                   008.1 Arizona
                   008.2 Aerobacter aerogenes
                   008.3 Proteus (P. mirabilis, P. morganii)
                   008.4 Otras bacterias especificadas (enterocolitis estafilocócica)
                   008.5 Enteritis bacteriana, sin otra especificación
                   008.6 Enteritis debidas a virus especificados (adenovirus, enterovirus)
                   008.8 Otros organismos no clasificados en otra parte (enteritis vírica)

          009 Infección intestinal mal definida
                   009.0 Colitis, enteritis y gastroenteitis infecciosas
                   009.1 Colitis, enteritis y gastroenteritis de presunto origen infeccioso
                   009.2 Diarrea infecciosa
                   009.3 Diarrea de presunto origen infeccioso

Epígrafes CIE-10ª:
         A04 Otras infecciones intestinales bacterianas
         (excluye enteritis tuberculosa e intoxicación alimentaria bacteriana)
                   A04.0 Infección debida a Escherichia coli enteropatógena
                   A04.1 Infección debida a Escherichia coli enterotoxígena
                   A04.2 Infección debida a Escherichia coli enteroinvasiva
                   A04.3 Infección debida a Escherichia coli enterohemorrágica
                   A04.4 Otras infecciones intestinales debidas a Escherichia coli
                   A04.5 Enteritis debida a Campylobacter
                   A04.6 Enteritis debida a Yersinia enterocolitica (excluye yersiniosis extraintestinal)
                   A04.7 Enterocolitis debida a Clostridium difficile
                   A04.8 Otras infecciones intestinales bacterianas especificadas
                   A04.9 Infección intestinal bacteriana, no especificada (enteritis bacteriana)

          A06 Amebiasis (infección debida a Entamoeba histolytica)
                 A06.0 Disentería amebiana aguda
                 A06.1 Amebiasis intestinal crónica
                 A06.2 Colitis amebiana no disentérica
                 A06.3 Ameboma intestinal

Enero 1998                                                                                                    14/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA

                   A06.4 Absceso amebiano del hígado (amebiasis hepática)
                   A06.5 Absceso amebiano del pulmón (y del hígado)
                   A06.6 Absceso amebiano del cerebro (y del hígado) (y del pulmón)
                   A06.7 Amebiasis cutánea
                   A06.8 Infección amebiana de otras localizaciones (apendicitis, balanitis)
                   A06.9 Amebiasis, no especificada

         A07 Otras enfermedades intestinales debidas a protozoarios
                  A07.0 Balantidiasis (disentería balantídica)
                  A07.1 Giardiasis [lambliasis] (infección por Giardia lamblia)
                  A07.2 Criptosporidiosis (infección por Criptosporidium)
                  A07.3 Isosporiasis (infección por Isospora belli e I. hominis; coccidiosis intestinal, isosporosis)
                  A07.8 Otras enfermedades intestinales especificadas debidas a protozoarios (sarcocistosis, sarcosporidiosis,
                  tricomoniasis intestinal)
                  A07.9 Enfermedad intestinal debida a protozoarios, no especificada (colitis, disentería, diarrea por
                  protozoarios, diarrea por flagelados)

         A08 Infecciones intestinales debidas a virus y otros organismos especificados
                  A08.0 Enteritis debida a rotavirus
                  A08.1 Gastroenteropatía aguda debida al agente de Norwalk (enteritis debida a virus pequeño de estructura
                  redonda)
                  A08.2 Enteritis debida a adenovirus
                  A08.3 Otras enteritis virales
                  A08.4 Infección intestinal viral, sin otra especificación
                  A08.5 Otras infecciones intestinales especificadas

         A09 Diarrea y gastroenteritis de presunto origen infeccioso

Definición clínica de caso
Cuadro de colitis, enteritis o gastroenteritis de gravedad muy variable, que suelen cursar con un síndrome diarreico,
caracterizado por deposiciones pastosas o líquidas, y a menudo con vómitos y fiebre. En algunos casos puede
presentarse como diarrea sanguinolenta (disentería) y otras manifestaciones sistémicas.

Criterio diagnóstico de laboratorio
Existen pruebas diagnósticas que teoricamente pueden llegar a identificar el agente causal hasta en un 80% de los
casos, pero en pocas ocasiones se dispone de la posibilidad práctica de realizarlo. Aunque existen técnicas de
laboratorio especificas para algunos agentes causales, en general, el diagnóstico de laboratorio se basa en:
         - demostración microscópica de parásitos causales en heces
         - aislamiento de bacteria causal en heces
         - detección de antígenos virales en heces
         - seroconversión o demostración serológica de infección reciente

Clasificación de casos

         Sospechoso/Probable:
                        Compatible con la definición clínica de caso, y en el que no hay evidencia
                        epidemiológica de que sea debido a toxiinfección alimentaria o a otra enfermedad
                        específica (cólera, fiebre tifo-paratífica, otras salmonelosis, shigelosis).

         Confirmado:         Compatible con la definición clínica de caso y confirmado por laboratorio

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Definiciones de caso de las E.D.O.

SÍFILIS (Lues)
Para la notificación sólo se tendrán en cuenta los casos de Sífilis precoz (primaria o secundaria), excluyendo los
casos con diagnóstico inicial de Sífilis tardía.

Epígrafes CIE-9ª:
         091 Sífilis precoz sintomática (excluye neurosífilis precoz y sífilis cardiovascular precoz)
                    091.0 Sífilis genital [primaria] (chancro genital)
                    091.1 Sífilis primaria anal
                    091.2 Otra sífilis primaria (amígdala, dedos, labio)
                    091.3 Sífilis secundaria de la piel y de las mucosas (amígdala, ano, boca, faringe, piel, vulva, condiloma
                    plano)
                    091.4 Adenopatía debida a sífilis secundaria
                    091.5 Uveítis debida a sífilis secundaria (coriorretinitis e iridociclitis sifilíticas secundarias)
                    091.6 Sífilis secundaria de las vísceras y de los huesos (hepatitis, periostitis)
                    091.7 Recidiva de sífilis secundaria
                    091.8 Otras formas de sífilis secundarias (alopecia, meningitis aguda)
                    091.9 Sífilis secundaria, sin especificación

          092 Sífilis precoz latente (sífilis sin signos clínicos, con reacción serológica positiva y examen negativo del líquido
          cefalorraquídeo, menos de dos años después de la infección)
                     092.0 Sífilis precoz latente, recidiva serológica después del tratamiento
                     092.9 Sífilis precoz latente, sin otra especificación

Epígrafes CIE-10ª:
         A51 Sífilis precoz
                   A51.0 Sífilis genital primaria (chancro sifilítico)
                   A51.1 Sífilis primaria anal
                   A51.2 Sífilis primaria en otros sitios
                   A51.3 Sífilis secundaria de piel y membranas mucosas (alopecia, leucoderma, mancha en mucosa,
                   condiloma latum)
                   A51.4 Otras sífilis secundarias (enfermedad pélvica inflamatoria femenina, iridociclitis, linfadenopatía,
                   meningitis, miositis, oculopatía, periostitis)
                   A51.5 Sífilis precoz, latente (sífilis sin manifestaciones clínicas, con reacción serológica positiva y prueba
                   de líquido cefalorraquídeo negativa, menos de dos años después de la infección)
                   A51.9 Sífilis precoz, sin otra especificación

Definición clínica de caso
Es una treponematosis aguda y crónica, que puede ocasionar una clínica muy variable. La enfermedad evoluciona en
fases:

          Sífilis primaria: Alrededor de dos semanas después del contagio, aparece una lesión erosivo-ulcerativa
          única, muy superficial, indurada, no dolorosa en el lugar de la inoculación, que constituye el llamado
          chancro sifilítico. Se localiza en la zona del contacto sexual (normalmente en los genitales, boca o ano). Va
          acompañado de adenopatías regionales. Alrededor de un mes mas tarde, el chancro remite
          espontáneamente.

          Sífilis secundaria: Después de seis semanas de la desaparición del chancro, aparecen las manifestaciones
          generalizadas de la sífilis. Estas son debidas a la diseminación hematógena del treponema. La
          manifestación más precoz es la roséola sifilítica (exantema generalizado, no pruriginoso, ni descamativo y
          recidivante, que afecta al tronco y raíz de los miembros). Desaparece espontáneamente en el plazo de un
          mes.

          Después de 4 a 12 meses del comienzo de la enfermedad pueden aparecer las sifílides (pápulas indoloras,
          no pruriginosas e induradas) y las afectaciones viscerales (óseas, hepáticas, articulares, adenopatías, etc.).
          Estas lesiones pueden ir acompañadas de sensación de mal estado general y fiebre.

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

        La sífilis latente es el período de la enfermedad en que el agente etiológico se encuentra en la persona
        infectada, sin producir síntomas ni signos clínicos. Las pruebas serológicas, sí detectan anticuerpos frente al
        treponema.

        La sífilis tardía suele aparecer después de 10 a 30 años de haberse contagiado. Se caracteriza por
        manifestaciones cutáneo-mucosas (gomas superficiales y profundas), y también, por afectaciones viscerales
        (cardiovasculares o neurológicas).

        Se denomina a la sífilis primaria y secundaria como sífilis benigna, ya que cursa con lesiones curables que
        no dejan cicatriz. La sífilis tardía es grave, cursa con lesiones destructivas y, aunque pueden curar con
        tratamiento correcto, deja secuelas graves.

Criterio diagnóstico de laboratorio

        Sífilis primaria y secundaria:        -Demostración del agente causal por microscopía de campo oscuro o
                                              por inmunofluorescencia directa de las secreciones de las lesiones
                                              primarias o secundarias, o,

                                              -Pruebas serológicas inespecíficas (VDRL o RPR) y treponémicas
                                              positivas (FTA-Abs o MHA-TP).

Clasificación de casos

Sospechoso/Probable:

                 Sífilis primaria y secundaria: Enfermedad clínicamente compatible con pruebas serológicas
                 inespecíficas positivas.

                 Sífilis latente: Paciente asintomático, con serología treponémica positiva, que no presenta sífilis
                 primaria, ni secundaria, ni tardía.

Confirmado:      Enfermedad clínicamente compatible, confirmada por laboratorio.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

INFECCIÓN GONOCÓCICA
A efectos de notificación, en la rúbrica “Infección gonocócica” sólo se incluiran las infecciones gonocócicas de transmisión
sexual, así como la oftalmía neonatorum.

Epígrafes CIE-9ª:
            098 Infecciones gonocócicas
                        098.0 Del tracto genitourinario inferior, aguda (gonorrea aguda; bartolinitis, uretritis o vulvovaginitis)
                        098.1 Del tracto genitourinario superior, aguda (endometritis, orquitis, prostatitis o salpingitis gonocócicas; gonorrea
                        aguda de cuello de útero, vejiga o vesícula seminal)
                        098.4 Del ojo (oftalmía neonatorum, conjuntivitis neonatal, o iridociclitis gonocócicas)
                        098.6 De la faringe
                        098.7 Del ano y del recto
(Para la notificación se excluyen:             098.5 De las articulaciones
                                               098.8 De otros sitios)

Epígrafes CIE-10ª:
            A54 Infección gonocócica
                        A54.0 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior sin absceso periuretral o de glándula accesoria (cervicitis,
                        cistitis, uretritis, vulvovaginitis)
                        A54.1 Infección gonocócica del tracto genitourinario inferior con absceso periuretral o de glándula accesoria (absceso
                        glándula de Bartholin)
                        A54.2 Pelviperitonitis gonocócica y otras infecciones gonocócicas genitourinarias (enfermedad inflamatoria pélvica
                        femenina, epididimitis, orquitis, prostatitis)
                        A54.3 Infección gonocócica del ojo (conjuntivitis, iridociclitis, oftalmía neonatal)
                        A54.5 Faringitis gonocócica
                        A54.6 Infección gonocócica del ano y del recto
                        A54.9 Infección gonocócica no especificada
(Para la notificación se excluyen:                A54.4 Infección gonocócica del sistema osteomuscular
                                                  A54.8 Otras infecciones gonocócicas)

Definición clínica de caso
Las diversas formas clínicas de las infecciones localizadas por Neisseria gonorrhoeae obligan a considerar:

           -Uretritis:
           Cuadro que aparece después de 2 a 5 días (a veces, hasta 14 días) del contacto sexual contagiante, con escozor uretral,
           disuria (sensación cortante), eritema del meato, y con exudado que, clásicamente, es espeso, purulento y de color
           amarillo-verdoso, pero que puede ser también escaso y claro.

           -Cervicitis:
           Cuadro que aparece después de 2 a 10 días del contacto sexual contagiante, con leucorrea, disuria y sangrado uterino
           intermenstrual. Puede existir exudado mucopurulento cervical, uretral, de las glándulas periuretrales o de las glándulas
           de Bartholino. En el 50% de las ocasiones es asintomática.

           -Proctitis:
           Cuadro que aparece tras coito anal receptivo, con prurito anal, exudado mucopurulento, sangrado rectal escaso, dolor
           rectal, tenesmo y estreñimiento.

           -Faringitis:
           Cuadro que aparece tras contacto orogenital, con dolor o molestias faríngeas, en ocasiones inflamación amigdalar y
           linfadenopatía cervical. En el 90% de las ocasiones es asintomática.

           -Conjuntivitis neonatal (oftalmía neonatorum):
           Cuadro que aparece después de 2 a 5 días tras el parto, de forma aguda, con exudado mucopurulento conjuntival
           profuso, y en ocasiones con edema orbital.

Criterio diagnóstico de laboratorio
          -Aislamiento de Neisseria gonorrhoeae en una muestra clínica, o
          -Detección de fragmentos genómicos específicos del agente causal en una muestra clínica.
          -Demostración de diplococos intracelulares gram-negativos en exudado uretral en el varón.

Clasificación de casos
          Sospechoso/probable: Enfermedad compatible con las definiciones clínicas de caso.
          Confirmado: Enfermedad compatible clínicamente y confirmada por laboratorio.

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

3) Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos

        * Sarampión
        * Rubéola
        * Parotiditis
        * Tos ferina

Modo de notificación
Enfermedades de declaración con Datos Epidemiológicos Básicos, en la que se debe anotar para cada caso
las iniciales, edad, sexo y antecedentes de vacunación en el espacio previsto en el Parte de Notificación
Semanal . Además los casos se notificarán de forma numérica en la semana que le corresponda, en el
mismo Parte.

Todo brote epidémico debe ser notificado de manera urgente. El epidemiólogo correspondiente al
territorio afectado realizará una investigación epidemiológica y remitirá un informe (Cuestionario de
Brotes de Otras Enfermedades) en un plazo no superior a dos meses una vez extinguido el brote.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

SARAMPIÓN
(Morbilli)

Epígrafes CIE-9ª:          055 Sarampión
                                    055.0 Encefalitis postsarampionosa
                                    055.1 Neumonía postsarampionosa
                                    055.2 Otitis postsarampionosa
                                    055.7 Con otras complicaciones
                                    055.8 Con complicaciones no especificadas
                                    055.9 Sarampión sin mención de complicación

Epígrafes CIE-10ª:         B05 Sarampión
                                   B05.0 Sarampión complicado con encefalitis (encefalitis postsarampión)
                                   B05.1 Sarampión complicado con meningitis (meningitis postsarampión)
                                   B05.2 Sarampión complicado con neumonía (neumonía postsarampión)
                                   B05.3 Sarampión complicado con otitis media (otitis media postsarampión)
                                   B05.4 Sarampión con complicaciones intestinales
                                   B05.8 Sarampión con otras complicaciones (queratitis, queratoconjuntivitis)
                                   B05.9 Sarampión sin complicaciones

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por los siguientes hallazgos clínicos:
         -rash generalizado de duración ³3 días
         -fiebre ≥38,3º C
         -tos, o coriza, o conjuntivitis

Criterio diagnóstico de laboratorio
         - Aislamiento del virus del sarampión de especímenes clínicos, o,
         - Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a sarampión mediante un método serológico
         estándar, o,
         - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de sarampión.

Clasificación de casos

         Sospechoso/probable:
                        Cumple con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o
                        serológica, y no está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable
                        o confirmado.

         Confirmado:       Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica
                           de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso sospechoso/probable o
                           confirmado. Un caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la
                           definición clínica de caso. Dos casos sospechosos/probables que están
                           epidemiológicamente relacionados deberán ser considerados confirmados, aún en
                           ausencia de confirmación de laboratorio.

Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.

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Protocolos de SALUD PÚBLICA

RUBÉOLA
(Sarampión alemán)

Epígrafes CIE-9ª:          056 Rubéola (sarampión alemán)
                                   056.0 Con complicaciones neurológicas (encefalomielitis de la rubéola)
                                   056.7 Con otras complicaciones (artritis de la rubéola)
                                   056.8 Con complicaciones no especificadas
                                   056.9 Rubéola sin mención de complicaciones

Epígrafes CIE-10ª:         B06 Rubéola (sarampión alemán)
                                   B06.0 Rubéola con complicaciones neurológicas (encefalitis,              meningitis,
                                   meningoencefalitis)
                                   B06.8 Rubéola con otras complicaciones (artritis, neumonía)
                                   B06.9 Rubéola sin complicaciones

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por todos los siguientes hallazgos clínicos:
         -comienzo agudo de exantema generalizado maculopapular
         -fiebre ≥37,3º C
         -artralgia/artritis, o linfadenopatía, o conjuntivitis

Los casos con hallazgos compatibles con la definición de caso de sarampión son excluidos. También son excluidos
los casos con serología compatible con infección reciente por el virus del sarampión.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         - Aislamiento del virus de la rubéola, o,
         - Aumento significativo en el nivel de anticuerpos frente a rubéola (IgG) mediante un método serológico
         estándar, o,
         - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de rubéola.

Clasificación de casos

         Sospechoso/probable:
                        Coincidente con los criterios de definición clínica de caso, sin confirmación virológica o
                        serológica, y que no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por
                        laboratorio.

         Confirmado:       Todo caso que está confirmado por laboratorio, o que cumple la definición clínica de
                           caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por laboratorio.

Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.

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Definiciones de caso de las E.D.O.

PAROTIDITIS
(Fiebre urliana)

Epígrafes CIE-9ª:           072 Fiebre urliana
                                     072.0 Orquitis urliana
                                     072.1 Meningitis urliana
                                     072.2 Encefalitis urliana (meningoencefalitis urliana)
                                     072.3 Pancreatitis urliana
                                     072.7 Con otras complicaciones
                                     072.8 Con complicaciones no especificadas
                                     072.9 Sin mención de complicación (parotiditis epidémica, parotiditis infecciosa)

Epígrafes CIE-10ª:          B26 Parotiditis infecciosa (parotiditis epidémica, parotitidis urliana)
                                     B26.0 Orquitis por parotiditis
                                     B26.1 Meningitis por parotiditis
                                     B26.2 Encefalitis por parotiditis
                                     B26.3 Pancreatitis por parotiditis
                                     B26.8 Parotiditis infecciosa con otras complicaciones (artritis, miocarditis, nefritis,
                                     polineuropatía)
                                     B26.9 Parotiditis, sin complicaciones (fiebre urliana)

Definición clínica de caso
Enfermedad caracterizada por la aparición aguda de hinchazón unilateral o bilateral, sensible al tacto y autolimitada,
de la parótida u otras glándulas salivares, con duración ≥2 días, y sin que haya otras causas aparentes.

Criterio diagnóstico de laboratorio
         - Aislamiento del virus de la parotiditis de una muestra clínica, o
         - Aumento significativo del nivel de anticuerpos (IgG) de parotiditis mediante un método serológico
         estándar en sueros tomados en la fase aguda y convaleciente de la enfermedad, o
         - Test positivo serológico de anticuerpos IgM de parotiditis

Clasificación de casos

         Sospechoso/probable:
                        Concuerda con la definición clínica de caso, sin confirmación virológica o serológica, y
                        no está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado.

         Confirmado:        Todo caso que está confirmado por laboratorio o que concuerda con la definición clínica
                            de caso y está epidemiológicamente relacionado con un caso probable o confirmado. Un
                            caso confirmado por laboratorio no es necesario que concuerde con la definición clínica
                            de caso. Dos casos probables que están epidemiológicamente relacionados deberán ser
                            considerados confirmados, aún en ausencia de confirmación de laboratorio.

Con el fin de valorar la interrupción de la transmisión indígena del virus, es importante clasificar a los casos en
autóctonos e importados.

Enero 1998                                                                                                           22/53
Protocolos de SALUD PÚBLICA

TOS FERINA
(Pertussis)

Epígrafes CIE-9ª:             033 Tos ferina
                                       033.0 Por Bordetella pertussis
                                       033.9 Sin especificación

(Para la notificación se excluyen:     033.1 Por Bordetella parapertussis
                                       033.8 Por otros organismos especificados)

Epígrafes CIE-10ª:            A37 Tos ferina [tos convulsiva]
                                       A37.0 Tos ferina debida a Bordetella pertussis
                                       A37.9 Tos ferina, no especificada

(Para la notificación se excluyen:     A37.1 Tos ferina debida a Bordetella parapertussis
                                       A37.8 Tos ferina debida a otras especies de Bordetella)

Definición clínica de caso
Enfermedad catarral con tos de 2 semanas de duración, con uno de los siguientes síntomas: paroxismos de tos,
estridor inspiratorio y convulsivo, vómito postusígeno y ausencia de otras causas aparentes. Esta definición es
apropiada para casos endémicos o esporádicos. En caso de brotes, un caso puede definirse como toda enfermedad
catarral de al menos 2 semanas de duración.

Criterio diagnóstico de laboratorio
Aislamiento de B. pertussis de una muestra clínica. Debido a la baja sensibilidad y a la especificidad variable que
han demostrado tener las pruebas de inmunofluorescencia directa de secreciones nasofaríngeas, éstas no deberán
emplearse como criterio de confirmación por laboratorio, si bien pueden utilizarse como diagnóstico presuntivo
rápido.
(CDC: PCR positiva para B. pertussis)

Clasificación de casos

          Sospechoso/probable:
                         Todo caso que concordando con la definición clínica de caso, no está confirmado por
                         laboratorio y no está epidemiológicamente relacionado con un caso confirmado por
                         laboratorio.

          Confirmado:         Caso clínicamente compatible confirmado por laboratorio o epidemiológicamente
                              relacionado con un caso confirmado por laboratorio.

Enero 1998                                                                                                   23/53
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