PLATAFORMA CONVENIO COLECTIVO 2015. MICHELIN ESPAÑA PORTUGAL S.A. ARANDA DE DUERO VALLADOLID CENTROS LOGÍSTICOS

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PLATAFORMA PARA LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO 2015.
                   MICHELIN ESPAÑA PORTUGAL S.A.
CENTROS DE ARANDA DE DUERO, VALLADOLID, ALMERÍA Y CENTROS LOGÍSTICOS.

   PLATAFORMA CONVENIO COLECTIVO 2015.

         MICHELIN ESPAÑA PORTUGAL S.A.

                    ARANDA DE DUERO
                       VALLADOLID

                           ALMERÍA

                  CENTROS LOGÍSTICOS
                       SUBIRATS
                        BURGOS
                        SESEÑA

                                 V2

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PLATAFORMA PARA LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO 2015.
                      MICHELIN ESPAÑA PORTUGAL S.A.
   CENTROS DE ARANDA DE DUERO, VALLADOLID, ALMERÍA Y CENTROS LOGÍSTICOS.

                                                    ÁMBITOS

ÁMBITO TERRITORIAL
El presente Convenio afectará a los centros de Valladolid, Aranda de Duero, Almería y los Centros Logísticos de
Burgos, Seseña y Subirats.
ÁMBITO DE VIGENCIA
Será de aplicación desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018.

                                               ÁREA ECONÓMICA

INCREMENTO SALARIAL
El incremento salarial será del 3% para cada uno de los 4 años aplicándose a todos los conceptos salariales,
excepto los recogidos específicamente a continuación.
GARANTÍA SALARIAL
Un punto por encima del IPC resultante para cada uno de los 4 años, aplicándose a todos los conceptos
salariales, excepto los recogidos específicamente a continuación.
Se aplicará siempre que la suma del IPC interanual resultante + 1 punto sea superior a la subida inicial
aplicada.
UNIDADES DE ABONO
Modificar las unidades de abono, incrementadas en lo que afecte a la creación de media paga extra en el mes
de marzo, pasando de 2473 a 2565 unidades de abono a MH.
SALARIO BASE
La cuantía del salario base convenio intercategorías para el año 2015 será de 950 €/mes.
Para los años 2016, 2017 y 2018, se establece un incremento del 3% para cada año.
SALARIO DE INGRESO
El salario de ingreso queda fijado para el año 2015 en 10 €/hora. El incremento salarial inicial que se aplicará a
este concepto será de un 3% para los años 2016, 2017, 2018.
Se establecerá para este concepto una garantía salarial, para cada año de vigencia de 2,5 puntos por encima
del IPC resultante.
La garantía salarial se aplicará siempre que la suma del IPC interanual resultante + 2,5 puntos sea superior a la
subida inicial aplicada.
Reducción en 3 meses del tiempo máximo antes de alcanzar salario de puesto para cada nivel de valoración.
PLUS DE NOCHE
Quedará establecido en 3 euros hora para el año 2015
El incremento salarial inicial que se aplicará a este concepto será de un 3% para los años 2016, 2017, 2018.
Se establecerá para este plus una garantía salarial, para cada año de vigencia de 2,5 puntos por encima del IPC
resultante.
La garantía salarial se aplicará siempre que la suma del IPC interanual resultante + 2,5 puntos sea superior a la
subida inicial aplicada.
El abono de su equivalencia económica se realizará de manera regular en 16 veces/año (las 12 mensualidades
más las 2 pagas extras completas más las 2 medias pagas).
Trabajo nocturno:

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Para todos aquellos trabajadores y trabajadoras que trabajen en sistemas con turno de noche, se establece
una compensación de tal manera que por cada 6 días de trabajo nocturno el trabajador o trabajadora genere 4
horas de descanso.

ANTIGÜEDAD
  AÑOS ANTIGÜEDAD                €/hora
  1                              0.1108
  2                              0.1140
  3                              0.1485
  4                              0.1817
  6                              0.2509
  8                              0.3186
  11                             0.4237
  14                             0.5254
  17                             0.6285
  20                             0.7315
  23                             0.8344
  26                             0.9379
  29                             1.0404
  32                             1.1433
  35                             1.2463
  38                             1.3493
  41                             1.4523

PERMISO EN ATENCIÓN A LA ANTIGÜEDAD
Aplicación de reducción de jornada en función de los años de antigüedad en la empresa:
Con 30 años antigüedad: 16 horas menos jornada/año.
Con 33 años de antigüedad: 24 horas menos jornada/año.
Con 36 años de antigüedad: 32 horas menos jornada/año.
RESTO DE PLUSES
Revisar y Homogenizar al alza, los pluses que se aplican en los diversos centros.
Inclusión de todos los pluses existentes en los centros de trabajo más los de las nuevas organizaciones,
(Portavocías, Tutorías,…)
Plus de Turnicidad
Se establece un plus de 50€/mes, que compense el trabajo a turnos en cualquiera de sus modalidades.
Plus de Penosidad
Se establecerá un plus para todos aquellos trabajadores y trabajadoras que desarrolles su labor en puestos
que exijan la utilización de tapones auditivos, mascarillas, etc. Se incluye la Cámara Fría.
PRIMA DE DISPONIBILIDAD
Se establecerá para el año 2015 un valor de 90 €/día siempre que el preaviso sea de 15 días o más en
productos terminados o 10 días o más en semiterminados.
Se abonarán 125 €/día para el año 2015 siempre que no se cumplan con los plazos de preaviso indicados
anteriormente.
La prima de recuperación individual será para el año 2015 de 30 €/día.
El incremento salarial inicial que se aplicará a este concepto será de un 3% para los años 2016, 2017, 2018.

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Se establecerá para este plus una garantía salarial, para cada año de vigencia de 2,5 puntos por encima del IPC
resultante.
La garantía salarial se aplicará siempre que la suma del IPC interanual resultante + 2,5 puntos sea superior a la
subida inicial aplicada.
PRIMA PUNTAS DE PRODUCCIÓN Y ESTACIONALIDAD
Se estable una prima de 180 Euros día para el año 2015. Si se efectúan puntas de producción con un preaviso
inferior a 15 días, el plus será de 190€. El día de recuperación será abonado a salario real.
El incremento salarial inicial que se aplicará a este concepto será de un 3% para los años 2016, 2017, 2018.
Se establecerá para este plus una garantía salarial, para cada año de vigencia de 2,5 puntos por encima del IPC
resultante.
La garantía salarial se aplicará siempre que la suma del IPC interanual resultante + 2,5 puntos sea superior a la
subida inicial aplicada.
GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS
Creación de una paga extraordinaria en marzo de igual cuantía que la de septiembre, incrementando para ello
de 2473 unidades de abono a MH a 2565 unidades en el colectivo horario y 1/29 del salario anual al colectivo
mensual.

                                             TIEMPO DE TRABAJO

JORNADA
16 horas de reducción para todos los sistemas fijos en los 4 años.
SISTEMAS VARIABLES. Adaptar la tabla existente de forma proporcional garantizando una reducción de
jornada equivalente.
Recuperar o disfrutar durante la vigencia del convenio, los días de vacaciones pendientes de cuando se
produjo el cambio de vacaciones año 98/99.
JORNADA INTENSIVA
Se sustituirá el redactado actual de solicitud de este horario por “comunicación a la empresa”.
Jornada intensiva de verano para el personal adscrito al sistema 2x4: en aras de la conciliación de la vida
familiar y laboral, adaptar la jornada intensiva a los periodos de vacaciones escolares (navidad, semana santa,
y los meses de junio, julio, agosto y septiembre).
Flexibilizar el horario de entrada entre las 6:00 y las 8:00 horas. Incluir una pausa de 30 minutos.
Ampliar a 2 días la compensación por no poder acogerse a la jornada intensiva.
SISTEMAS DE TRABAJO
Fijar en todos los calendarios de manera organizada el exceso de jornada.
HORAS EN MÁS QUE SOBREPASEN LA JORNADA
Las horas trabajadas en más, se compensarán a razón de 2,5 horas de descanso por hora de trabajo. Tendrán
esta consideración las horas que sobrepasen en el horario flexible, el límite semanal de 3 horas, así como las
horas necesarias para el arranque y cierre de las instalaciones.
Computar las horas de desplazamiento (salida y/o llegada fuera de horas)
Cada día de pernoctación fuera del domicilio por desplazamiento tendrá una compensación de 2 horas en
jornada.
HORARIO FLEXIBLE
El horario de entrada se ampliará desde las 7:00 horas de la mañana hasta las 9:00.
Reducir la presencia mínima diaria a 5 horas, manteniendo las diferencias de horas acumuladas semanales.
Reducción del tiempo de comida mínimo a ½ hora
Eliminación de horarios de salida.
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El tiempo de comida cuando se realice dentro del recinto de fábrica se computará como tiempo de trabajo con
un máximo de 30 minutos.
Acceso de todo el personal a consultar su control de presencia

PUNTAS DE PRODUCCIÓN Y ESTACIONALIDAD
Los días de puntas de producción computarán como apertura de instalaciones a todos los efectos y para todos
los sistemas de trabajo.
TELETRABAJO
Compromiso de Introducción de la aplicación del teletrabajo voluntario a puestos concretos definidos por las
partes.

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ACUERDO SOBRE EL EMPLEO
Se pide a la Empresa que renuncie a la contratación indefinida con cláusula de jornada variable.
TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS
1. CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA
Paso de todos los contratos de duración determinada a indefinidos netos (100%). Se convertirán, en la vigencia
de este convenio, todos los contratos IJV a contratos indefinidos sin cláusula de variabilidad de jornada.
2. OTRAS MEJORAS DE ESTABILIDAD Y CALIDAD EN EL EMPLEO
Garantizar que todos los contratos de relevo realizados en el ámbito de vigencia de este Convenio, pasarán a
ser contratos indefinidos SIN variabilidad a su finalización. La empresa se compromete a la no utilización de
contratos IJV, siendo el paso a indefinidos sin cláusula de variabilidad.
La Empresa se compromete a fomentar la contratación de personal discapacitado.

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IGUALDAD
Creación de la figura del Agente de Igualdad, incluyendo funciones y competencias, 1 por centro de trabajo. La
propuesta y elección del agente de igualdad se realizará a propuesta de las secciones sindicales en el seno del
Comité Intercentros.
Desarrollar un plan de trabajo que permita a la partes avanzar en este apartado y cumplir así con lo reflejado
en el texto del articulado.
MEDIOAMBIENTE
Se reconoce la figura del delegado de medioambiente, uno por cada centro de trabajo. La propuesta y elección
del delegado de medioambiente se realizará a propuesta de las secciones sindicales en el seno del Comité
Intercentros.
CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR
Para todos los permisos se establece la posibilidad de que las personas a las que les coincida el hecho causante
en turno de noche y así lo deseen, puedan adelantar el inicio del permiso al día anterior. Así mismo, se
establece la posibilidad de utilizar todos los permisos en jornadas completas o bien medias jornadas. Se dará al
cuñado o cuñada políticos el mismo tratamiento que al cuñado o cuñada.
Nacimiento de hijos:
Nacimiento de familiares hasta 2ª grado, incluido acogimiento y adopción incrementar a 4 días. En el caso de
parto múltiple aumentar 2 días más. En caso de cesárea o parto traumático, 6 días de permiso. Se podrán
disfrutar en los siguientes 20 días al hecho causante.
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Crear una ayuda de 400 €/año por nacimiento, adopción o acogimiento de hijos del trabajador o trabajadora
hasta los dos años de edad.
Paternidad.
Aumentar en 2 días naturales a cargo de la Empresa el permiso existente, con un mínimo de 15 días en total.

Enfermedad grave u hospitalización:
4 días laborables en caso de familiares de primer grado.
3 días laborables en caso de familiares de segundo grado.
Pasados 30 días, 3 días laborables para todos los casos.
Nota: para los casos en que se puedan desplazar los permisos, donde dice previo acuerdo con la Maestría, que
ponga previa comunicación a la Maestría.
Fallecimiento:
7 días naturales para familiares de primer grado, 3 días naturales para familiares de segundo grado y 1 día
natural para familiares de 3º grado del trabajador o trabajadora.
Asistencia a consultorio médico:
Eliminar las referencias a los servicios públicos de salud.
En el segundo punto, suprimir las 32 horas y añadir por el tiempo indispensable.
Acompañamiento de hijos menores de edad a consultorio médico, hasta los 12 años por el tiempo
indispensable, ya que es un deber inexcusable.
Incluir familiares dependientes o tutelados de hasta segundo grado.
Permiso retribuido por estudios de carácter oficial:
Se podrá solicitar por el tiempo indispensable para la realización de exámenes.
Matrimonio:
20 días naturales de permiso, sin perjuicio de las vacaciones.
Divorcio:
3 días laborales.
Bautizo, 1ª comunión o acto socio religioso equivalente:
Un día de permiso retribuido para familiares de hasta 2º grado consanguinidad y/o afinidad. En caso de tener
que desplazarse a más de 200 km 1 día más.
Los trabajadores que no bauticen a sus hijos tendrán derecho a un día durante el primer año y otro día más en
sustitución de la comunión antes de los 12 años de edad, en vías de evitar discriminación por creencias
religiosas.
Permiso por lactancia:
Aumentar hasta 20 días y si es parto múltiple a 40 días. Este permiso se podrá disfrutar en 1 hora o dos medias
horas durante su jornada laboral, o bien acumularlo a elección del trabajador/a.
PERMISO POR MATERNIDAD
Además de las 16 semanas de permiso por maternidad, se podrá optar por alargar 4 semanas más este
permiso, cobrando el 80% del salario al mes.
REDUCCION DE JORNADA.
Reducción de jornada por cuidado de hijos, la concreción horaria corresponderá al trabajador o trabajadora sin
condiciones.
Adaptaciones de jornada, por motivos de guarda legal o cuidado de hijos, hasta 6 años tendrá carácter
obligatorio. Y carácter posible sometido a valoración en trabajadores o trabajadoras con hijos hasta 12 años y
hasta finalizar el curso escolar.
Acumulación de la reducción de jornada, para aquellos trabajadores o trabajadoras que así lo deseen y que
tienen sistema de turnos, la posibilidad de disfrutar la acumulación en periodos concretos.

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Bonificar las reducciones, con hijos menores de un año posibilidad de reducción del 50% de la jornada, con
abono total del 75% de su salario correspondiente a 8 horas. Para reducciones distintas al 50% aplicar
proporcionalidad.
Flexibilidad de horario de entrada del personal en 2x4 con hijos menores
Que sea coincidente con el curso escolar, independientemente de cuándo se cumplan los 12 años.
Viudedad:
Posibilidad de reducción de 50% de jornada con hijos menores de 4 años sin pérdida salarial.
Licencias sin sueldo:
Sustituir “…la empresa resolverá favorablemente las citadas peticiones…”, por “la empresa resolverá
favorablemente todas las peticiones.”
Requisito de petición para antigüedad de 6 meses, (actualmente 5 años).
Para tener derecho a nueva licencia reducir a 3 años completos desde la fecha de terminación de la anterior.
Permiso no retribuido por asuntos propios de máximo 5 días laborables año, estos días no generaran
vacaciones y serán cotizados a salario correspondiente por parte de la empresa.
Permiso no retribuido por enfermedad grave de familiar hasta 2 grado de máximo 15 días año. Estos días no
afectaran a las vacaciones ni a las cotizaciones.
Permiso no retribuido de máximo 60 días año, para trabajadores con hijos o hijas de hasta 4 años o viudedad
con hijos de hasta 14 años. Estos días no afectaran a las vacaciones ni a las cotizaciones.
Estos permisos serán compatibles entre sí. Y no afectaran al cálculo de la calidad de prestación.
Jornada continuada, posibilidad de elegir trabajar el turno de mañana para atender, en la vida familiar, a hijos
menores de 12 años y familiares dependientes o tutelados.
Permisos no retribuidos:
 Incluir el tiempo indispensable para asistir a técnicas de reproducción asistida.
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA PADRES
Para personal con hijos de hasta 13 años tendrán un equivalente a 24 horas/año para llevar o recoger a los
hijos.
PERMISOS RETRIBUIDOS AL PERSONAL EN ATENCION A SU EDAD.
La empresa adquiere la obligación de facilitar mediante las novaciones y contrataciones oportunas la jubilación
anticipada parcial.
La empresa realizará contratos de relevo con garantías similares a las de anteriores PMCs.
El tiempo en activo durante la jubilación parcial será realizado de lunes a viernes.
Durante la jubilación parcial en el tiempo activo de trabajo no se realizará trabajo a turnos, ni noches.
A partir de la fecha que se cumplan 60 años los trabajadores y trabajadoras podrán disfrutar de 1 día de
permiso retribuido por semana, 2 días al cumplir los 61 años, 3 días al cumplir los 62, y así hasta llegar a la
edad de salida por jubilación parcial o total.
PLUS DE DISTANCIA
Para residentes dentro del Municipio, quedará establecido en 1€/día.
Para residentes fuera del Municipio, quedará establecido en 0,10 €/Km. y se abonará hasta un máximo de 80
km./día entre ida y vuelta.
AYUDA HIJOS O FAMILIARES A SU CARGO DISCAPACITADOS
Se establece una ayuda específica de 50 € brutos mensuales para los hijos de los trabajadores que su grado de
discapacidad sea igual o superior al 33% y de 300 € en el caso de que el grado de discapacidad sea igual o
superior al 65%.
Se flexibilizará en 2 horas la jornada para poder atender a familiares dependientes o discapacitados a su cargo.
AYUDAS DE ESTUDIOS
Esta ayuda podrá ser recibida tanto para los estudios del trabajador/ora como para los hijos/as a su cargo.
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Ampliación de la ayuda desde 1º de la ESO, con aumento de 3.5% para cada uno de los 4 años.
Ampliar a los estudios de Master, Tesina y Doctorado.
Ayudas de 80 euros para resto de etapas escolares.
COMPLEMENTO EN LA SITUACIÓN DE I.T. POR ENFERMEDAD
Complemento hasta el 100%, sin escalas.
NUEVOS PERMISOS
Asuntos propios:
El trabajador previo aviso mínimo de 48 horas, disfrutará de hasta 24 horas anuales de permiso sin posterior
justificación.
Los trabajadores y trabajadoras con al menos un año de antigüedad en la empresa tendrán derecho a un
permiso retribuido anual de 20 horas para formación profesional para el empleo. Acumulable por un periodo
de hasta 5 años.
Permiso retribuido de 3 días por enfermedad infecto‐contagiosa de hijos menores de 12 años.
Permiso de ausencia del trabajo por emergencia familiar.
Posibilidad de adelantar los permisos al día anterior en caso de horario nocturno.
Permiso retribuido a las trabajadoras para la realización de la amniocentesis o pruebas médicas de alto riesgo,
y a los trabajadores para el acompañamiento de cónyuges a la prueba.
Añadir en caso de fallecimiento o enfermedad de un familiar hasta 2º grado, posibilidad de coger hasta 3 días
de AFI tras agotar el permiso retribuido, estos días tendrán carácter de concesión obligatoria por la empresa y
recuperación obligatoria por el trabajador o trabajadora. Redactado de los días de desplazamiento, estos días
se utilizaran a criterio del trabajador o trabajadora por delante o por detrás o mixto.
OTROS
El orden de los permisos tras el alumbramiento será, maternidad, lactancia (si es agrupada) y vacaciones.
La Empresa realizará las gestiones necesarias con las consejerías de bienestar social, para que los trabajadores
puedan dejar a sus hijos en servicio de guardería y comedor escolar. Si no es así, se ofertará en guarderías
suficientes, bonificaciones de un mínimo del 50% y un máximo del 100%.
La empresa adquiere la obligación tanto en el plan de igualdad como en el presente convenio para la creación
de medidas innovadoras en materias de conciliación asumiendo las acciones y por ende los costes que pueda
suponer avanzar en esta materia.
PRÉSTAMO VIVIENDA
Aumentar el período de amortización hasta 15 años. La cuantía será de hasta 40.000€ para el año 2015,
incrementando en 3.000€ para cada año de vigencia del convenio. Los 10.000€ primeros no devengarán
interés alguno, el resto interés legal ‐1 punto. Posibilidad de solicitud de un 2º préstamo siempre y cuando el
1º no esté pendiente de amortización.
Incluir dentro de los posibles destinatarios aquellos trabajadores que lo soliciten para reformar su vivienda
habitual, y no sólo para “la adquisición o construcción de vivienda”.
NEUMÁTICOS
La empresa equipará neumáticos al segundo vehículo de la unidad familiar.
COMEDOR
El comedor dará servicio todos los días en que las instalaciones permanezcan abiertas.
COLONIAS
Aumentar la cuantía a 200€. Incremento del 3% para cada uno de los años 2016, 2017 Y 2018.
Modificar el segundo párrafo por: “el pago se realizará mediante justificación en forma del gasto efectuado,
contemplando uno o varios turnos de campamento”.
Se amplían las ayudas a los llamados talleres o escuelas de verano, las edades irán de 3 a 15 años.
SITUACIONES ESPECIALES
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Las personas que dejen la Empresa con motivo de que se les conceda una incapacidad, mantener las
prestaciones sociales equiparándolas a las que salen mediante la jubilación.

SEGURO DE VIDA
Capital asegurado:
120% para solteros, viudos y divorciados sin hijos a cargo. 140% para casados (con o sin hijos) y solteros,
viudos y divorciados con hijos a cargo. Aumentar en el caso de Invalidez a dos veces el salario de referencia. A
partir de los 65 años o edad legal de jubilación existirá la opción a seguir pagándoselo el propio trabajador.
Se le dará una copia de la póliza a cada trabajador.
Anular texto “No estarán asegurados los trabajadores y trabajadoras que a partir de los 60 años estén
afectados por medidas de jubilación parcial/anticipada en la modalidad que en este momento esté vigente”.
Que se amplíe el plan social empresarial a toda la plantilla.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y EXCEDENCIAS
Será un derecho del trabajador o trabajadora.
• Todos aquellos trabajadores con hijos menores de cuatro años de edad, podrán disfrutar de una excedencia
discontinua, nunca inferior a los 59 días, siempre coincidentes con los periodos de vacaciones escolares de
Semana Santa, verano o Navidad.
• Incluir excedencia por un periodo mínimo de 6 meses.
En el caso de excedencias por cuidado de hijo o guarda legal, dotar de una flexibilidad a los tiempos,
excedencias intermitentes, a elegir por el trabajador avisando con periodo suficiente de inicio y fin de cada
tramo hasta sumar los 3 años, en periodos no inferiores a 1 mes.
Eliminar la limitación tanto de antigüedad en la empresa como en el número de veces que se pueden solicitar.
Excedencia de un año para estudios oficiales.
Los trabajadores que estén en situación de excedencia, podrán pedir ampliación de la misma por un periodo
máximo de 5 años. El plazo de comunicación tanto para la readmisión como para la renovación será de un mes
antes de la finalización de la misma.
Los trabajadores que durante la vigencia del presente convenio se encuentren en situación de excedencia,
podrán acogerse a esta medida.
Posibilidad de incluir el denominado “año sabático” (cuatro años trabajando y cobrando el 82% y un año de no
trabajo cobrando el 82%).
GRATIFICACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO EN LA EMPRESA
Se concederá un día de permiso retribuido si coincide en un día de trabajo con el día de la entrega de las
medallas por permanencia en la Empresa.
Los trabajadores/as al cumplir 25 años de servicio en la empresa, tendrán derecho a un permiso retribuido de
15 días, en el año que los cumpla.
Los trabajadores/as al cumplir los 30 años de servicio en la Empresa, percibirán una cantidad Única de 1.617€,
más un permiso retribuido de 15 días
Los trabajadores/as al cumplir los 35 años de servicio en la empresa, tendrán derecho a un permiso retribuido
de 25 días, en el año que los cumpla.
Los trabajadores/as al cumplir 40 años de servicio en la Empresa, percibirán una cantidad Única de: 2.486€,
más un permiso retribuido de 25 días.
De las cantidades expresadas será efectuada la retención fiscal que corresponda.
Para los trabajadores que estén entre la tabla anterior y la actual se les tendrá en cuenta la nueva tabla a fecha
1 de Enero de 2015.
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El periodo en el que el trabajador se encuentre en situación de C.R. le computara al 100% como si estuviera
trabajando.
Cuando el trabajador/ora finalice su relación laboral con la empresa por causa de su jubilación, o acceda a la
jubilación parcial recibirán una gratificación mínima de dos mensualidades. Esta gratificación, se recibirá sin
perjuicio de otras gratificaciones o indemnizaciones que le puedan corresponder.
                                 AREA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD COMPETENCIAS Y FACULTADES
1) El CSS se reunirá una vez al mes de forma ordinaria, con convocatoria por escrito. El CSS se reunirá en
sesión extraordinaria cuando concurra alguna de las siguientes situaciones:
A) Accidentes o daños graves. B) Incidentes con riesgo grave. C) Sanciones por incumplimientos .D) Alteración
grave en la gestión de residuos dentro del centro. E) Balance anual del plan de prevención e informe de la
memoria y programación del servicio de prevención .F) Convocatoria por una de las partes.
2) Semestralmente, y en reunión ordinaria, la empresa presentará y entregara copia al CSS de un informe que
contenga al menos los siguientes aspectos:
A) Nivel de aplicación y resultados del plan de prevención, y de la planificación de la actividad preventiva
derivada de las evaluaciones de riesgo.
B) Evolución de la siniestralidad (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).
C) Bajas laborales derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
INFORMACION, CONSULTA, PARTICIPACION Y FORMACION
Formación de los trabajadores y Delegados de Prevención
Se impartirá a cada uno de los trabajadores y trabajadoras una formación teórica y práctica de 8 horas
mínimas anuales. Los delegados de prevención contaran con un crédito de 24 horas anuales destinadas a
recibir formación en el campo de la prevención.
Información a los Delegados de prevención
Los Delegados de Prevención dispondrán de un despacho, toda la información se hará de forma telemática, y
como mínimo será la siguiente: Actas del comité de seguridad y salud, Listado de accidentes, Evaluaciones de
riesgos actualizadas, notificación diaria de accidente de trabajo, dosier de prevención de los puestos de
trabajo, arboles de causas y bucles cortos, número de trabajadores que hayan hecho rehabilitación por
accidente de trabajo, etc.
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA
ACTIVIDAD PREVENTIVA
Con el objetivo de alcanzar la integración de la actividad preventiva, la Dirección de la Empresa, asesorada
técnicamente por los Servicios de Prevención, elaborará:
A) Un plan de prevención de riesgos laborales.
B) Evaluación de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el centro de trabajo: La
evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo. En relación con los riesgos
psicosociales y ergonómicos, se entregara una copia en el Comité de Seguridad y Salud, dando participación a
los delegados de prevención y delegados sindicales en su realización.
C) Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, se elaborara un calendario,
fijando prioridades, responsables. Presupuesto específico para cada medida, y calendario con los plazos para
su ejecución.
COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD
El Comité Intercentros de Seguridad y Salud, se constituirá en el plazo de 3 meses desde la aprobación del
convenio colectivo al amparo del artículo 38, de la L.P.R.L y del 48 del Convenio colectivo vigente.
VIGILANCIA DE LA SALUD
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La vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, se respetará, el
derecho a la intimidad y dignidad de la persona, la confidencialidad de toda la información relacionada con su
estado de salud. Los reconocimientos médicos que se efectúen deberán ser específicos, adecuándose a los
riesgos laborales presentes en los puestos de trabajo.
A los Delegados de Prevención se les informara en el Comité de Seguridad y Salud de los resultados de la
vigilancia de la salud por colectivos, y su relación con los puestos de trabajo, sobre las sospechas de
enfermedades profesionales, y mejoras preventivas realizadas como consecuencia de la detección de daños a
la salud.
AUTOSEGURO
Creación de una comisión paritaria entre la empresa y el comité intercentros para control y seguimiento de 1
miembro por cada sección sindical con presencia en el comité.
AREA ASISTENCIAL O AUTOSEGURO
Elaboración de un protocolo de acuerdo entre las partes, que regule las distintas actuaciones en la evacuación
al hospital de los trabajadores accidentados
Se facilitara a los Delegados de Prevención un listado actualizado de profesionales que trabajan en esta área,
sus funciones, y carga horaria.
Asegurar en todos los casos que cuando un trabajador se accidenta, tiene que ser atendido por el médico del
autoseguro antes de 24 horas.
 Existirán en todos los servicios médicos hojas de reclamaciones, facilitando una copia al trabajador y otra a los
delegados de prevención.
La rehabilitación a los trabajadores se hará en el propio servicio médico y dentro de su horario de trabajo.
Eliminación de los reposos domiciliarios y limitaciones de carácter temporal (LCT).
 Se notificará por escrito a los Delegados de Prevención, los cambios que puedan producirse en la gestión del
autoseguro. La empresa renunciará al vigente Acuerdo con la Mutua para prestación económica por
Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes, con la antelación reglamentaria mínima de un mes
a la fecha de vencimiento del convenio anual de asociación, sin dar lugar a prórroga alguna.
Así como sobre la decisión del cambio de gestión de las contingencias comunes a las mutuas.
DOCUMENTACION A FACILITAR AL TRABAJADOR EN CASO DE ACCIDENTE
Copia del parte de accidente de trabajo, parte de baja, informes médicos de asistencia, y de las distintas
pruebas diagnósticas, y de su rehabilitación, recetas médicas de aquello que se prescriban, e informe de alta.
PROTECCION DE LOS TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES A DETERMINADOS RIESGOS
Participación en las evaluaciones de riesgos específicas, listado de todos los casos considerados como TES, los
delegados de prevención y el trabajador considerado como TES deberán tener una copia de su evaluación de
riesgos individual.
La empresa facilitara la adaptación de los puestos, o su reubicación de los trabajadores considerados
especialmente sensibles, evitando los efectos negativos para el trabajador.
PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD
Se prohibirá la realización de trabajo nocturno y realizaran un único turno continuado para evitar la turnicidad.
Elaboración de listados de puestos de trabajo con restricciones y su tipología. En la evaluación de riesgos se
contemplará las características personales de la trabajadora.
Se habilitara una sala en el servicio médico como sala de lactancia con todos los medios necesarios para este
fin.
HOSPITAL DE REFERENCIA EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
Se tendrá en cuenta los hospitales públicos como hospital de referencia para derivar a los accidentados, se
facilitara a los trabajadores y a los Delegados de Prevención el nombre de las clínicas tanto de rehabilitaciones

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como asistenciales y hospitales, su cartera de servicios, y profesionales donde se derivan a los trabajadores
que han sufrido un accidente de trabajo
DROGODEPENDENCIAS
Se elaborará un plan integral en sus vertientes preventiva, asistencial, participativa, voluntaria y planificada.

MEDICIONES AMBIENTALES.
Establecer en el primer mes del año calendario anual de mediciones ambientales e higiénicas, elaborar un
calendario con acciones concretas, para eliminar y/o minimizar los riesgos, priorizando sobre los que están
fuera de norma.
TEMPERATURA
Facilitar inventario de equipos de calefacción y refrigeración. Se consideran como objetivo de temperaturas
ambientales, las siguientes: Naves para máquinas y trabajos de montaje con actividad no constantemente
sentados: 17ºC.— Talleres con actividades permanentemente sentadas: 20ºC.— Comedores: 18ºC.—
Vestuarios: 21ºC.— Duchas: 22ºC.— Aseos: 17ºC— Oficinas: 20ºC.
COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
Los delegados de prevención o en su defecto los delegados sindicales de las empresas subcontradas
participarán en las reuniones del CSS. Asistencia del CAE a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud. Se
incorporara al calendario de visitas de los delegados de prevención los puestos de trabajo de las empresas
subcontratadas. Constitución de un Comité de Seguridad y Salud Inter‐contratas.
REAL DECRETO 171/2004 DE 30 DE ENERO
Incorporación REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades
empresariales. BOE nº 27 31‐01‐2004
En concreto incorporar al texto del convenio el capítulo 5
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.
La empresa (tanto la principal como las subcontratadas) no admitirán a prestar servicios en sus centro de
trabajo a los trabajadores que no acrediten cualificación profesional y haber recibido formación en materia de
prevención de riesgos laborales.
MEDIO AMBIENTE
Se aplicarán medidas tendentes para disminuir el uso de automóviles particulares para el traslado a las
fábricas.
Se gestionarán con los organismos municipales la instalación de líneas públicas de autobús a las factorías.
Se bonificará a aquellas personas que utilicen medios de locomoción no contaminantes (bicicleta o similar) así
como a las personas que compartan el automóvil particular para trasladarse al centro de trabajo. Coche
compartido por 2 personas 1€/día, coche compartido por 3 personas 2€/día.
Para favorecer su uso, se adecuarán y ampliarán los parking de bicis, realizando una estructura cerrada para
evitar el deterioro de las mismas.

                                            MOVILIDAD FUNCIONAL

CAMBIOS DE PUESTO
Eliminar razones médicas en el artículo 55 punto (I), de lo recogido en el convenio vigente.

                                                  FORMACIÓN

FUNCIONES Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN
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En los años de vigencia del presente Convenio se desarrollarán las funciones y funcionamiento de la Comisión
de Formación, según las líneas guía citadas a continuación:
Seguimiento de las acciones formativas: La Comisión, recibirá información, al menos en el primer trimestre del
año, sobre los balances de las acciones formativas realizadas, tanto en cantidad como en calidad, analizará las
planificadas, podrá emitir propuestas, recibiendo cuantas explicaciones se estimen pertinentes.
La Empresa someterá a la Comisión, antes de fin de año, las necesidades de formación del personal de los
Centros Michelin objeto de su competencia, pudiendo proponer la citada Comisión acciones formativas y
colaborar en los Planes de Formación.
Incluir los puntos IV al VII del Convenio 2011‐2014
Con carácter trimestral y por medios informáticos que faciliten su gestión posterior, se informará de la
ejecución del Plan de Formación, en cantidad y calidad.
Reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales (art. 10 del RD 1224/2009). Para ello la
Comisión tendrá las funciones siguientes:
Acordar la solicitud de convocatorias específicas para el reconocimiento y acreditación de las competencias
profesionales.
Impulsar y regular la creación y funcionamiento de Comités de Evaluación de las competencias profesionales
mediante observación en el puesto de trabajo.
Gestión de los Permisos Individuales de Formación (P.I.F.):
Determinar criterios y prioridades para su concesión
Proponer medidas que faciliten su utilización
Actuar de mediador en caso de discrepancias ante la negación de un PIF.
Desarrollar y pactar los términos de aplicación de lo dispuesto en el art.23 E.T. sobre:
Permisos para exámenes.
Preferencia para elegir turno de trabajo por estudios.
Adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos.
Concesión del permiso de formación o perfeccionamiento con reserva del puesto de trabajo.
OTRAS MEDIDAS FORMATIVAS PARA LA PROMOCIÓN LABORAL
La Empresa se compromete a publicar la lista de formaciones disponibles para aquellos trabajadores que
deseen aumentar sus posibilidades de promoción laboral dentro de MEPSA.
Además pone en marcha un procedimiento que defina las modalidades en que estos trabajadores pueden
acceder a este tipo de formaciones.
Al menos el 10% del tiempo de formación será de este tipo, siempre que haya demandas suficientes.
La Empresa se compromete a publicar la lista de formaciones generalistas (idiomas, ofimática, habilidades
sociales,…) disponibles para aquellos trabajadores que deseen crecer social y personalmente.
Además pone en marcha un procedimiento que defina las modalidades en que estos trabajadores pueden
acceder a este tipo de formaciones.
Al menos el 5% del tiempo de formación será de este tipo, siempre que haya demandas suficientes.
Formación de estudios de idiomas realizarlas en horario de trabajo dentro de la jornada.
Toda la formación referida a su puesto de trabajo será dentro de la jornada.

                                        ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

ELABORACIÓN DEL SRM
Desarrollo de un sistema de remuneración mensual de acuerdo entre las partes.
COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN ‐ FUNCIONAMIENTO

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Si el pronunciamiento de la comisión de organización fuese negativo ante un cambio en un incentivo, se
establecerá un periodo de 30 días naturales para dictaminar si se aplica o no dicho incentivo.
Aplicar el principio de consulta y participación y acudir a la comisión de organización para el estudio, cambio y
aplicación de incentivos, así como tener en cuenta su impacto en el área de la salud y la seguridad
(evaluaciones de riesgos).
Revisión de los cambios efectuados en los incentivos en períodos de dos años y determinar, si fuera necesario,
un ajuste salarial en función de los aumentos de producción acumulados.
ADECUACION DE PUESTOS A PERSONAS DE DETERMINADA EDAD
La Empresa se compromete a adecuar los puestos de trabajo a las trabajadoras y trabajadores según las
limitaciones propias de su edad, y en su defecto, adaptará la referencia de las producciones, el número de
descansos y la duración de los mismos, etc.
Todos los trabajadores y trabajadoras mayores de 55 años podrán optar a realizar o no turnos de noche,
siempre que lleven más de 20 años realizando turnos A, B y C.

                                            COMITÉ INTERCENTROS

REPRESENTATIVIDAD
EL Comité Intercentros es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores
pertenecientes a los centros de trabajo de Valladolid, Aranda de Duero, Almería y los Centros Logísticos de
Burgos, Seseña y Subirats., para la defensa de sus intereses.
COMPOSICIÓN
El Comité Intercentros está formado por 13 miembros pertenecientes a los Comités de Empresa y designados
por sus respectivos sindicatos, en proporción a la representatividad obtenida globalmente en las últimas
elecciones sindicales.

                                             COMITÉ DE EMPRESA

REUNIONES
Modificar texto y donde pone “El Comité de Empresa se podrá reunir con la Representación Empresarial…”
que ponga “El Comité de Empresa se reunirá con la Representación Empresarial…”

                                            DISPOSICIONES FINALES

En caso de despido improcedente que sea el trabajador quien decida reincorporarse o no.
Garantía de incorporación al puesto de trabajo después de un periodo de prisión o privación de libertad
temporal.
Renuncia a utilizar el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

VALORACIÓN PUESTOS
Nuevas organizaciones, valoración de tareas que de forma automática determine el nivel salarial de todos los
puestos, (Portavoz Seguridad, Calidad, Producción, MAM, etc.).
Para personal 2x4 con o sin personal a su cargo creación de nueva figura (retén) para contrarrestar la carga
generada por las nuevas organizaciones y las provocadas por diferentes ausencias, bajas de larga duración,
formaciones, y periodos vacacionales.

EMPRESAS EXTERIORES
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Durante la vigencia del presente convenio, la empresa se compromete a no subcontratar ninguno de los
trabajos que habitualmente realiza el personal de plantilla.
Acuerdo de Responsabilidad Social Corporativa (RSC). Compromiso de la Empresa para avanzar en este tema.
Hay que dar un marco global, a través de un acuerdo global.
El acuerdo Marco de Subcontratación, debería de hacerse extensible a todas las empresas que prestan sus
servicios dentro de las instalaciones de Michelin, transformándose en un Convenio de Empresas Exteriores.
La adhesión a este acuerdo será un condicionante para todas las empresas que quieran contratar con
Michelin.
La representación social de las diferentes empresas subcontratadas deberá ser conocedora de este acuerdo y
podrá desarrollar su labor sindical conjuntamente y de manera coordinada con las distintas representaciones
sindicales del resto de empresas incluyendo Michelin.
Los trabajadores y trabajadoras subcontratadas que desarrollen su labor en los centros de trabajo de Michelin
España Portugal S.A. no podrán ser contratados mediante ETT’s.
Nombrar o crear la figura del interlocutor o interlocutora de empresas externas, alguien accesible desde la
parte social y que dé fluidez a la gestión y sobre todo con capacidad de solucionar problemas.
Incluir la subrogación de los trabajadores y trabajadoras entre empresas adjudicatarias independientemente
de lo que dicten sus convenios de aplicación.

PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL NUEVO SISTEMA VARIABLE
Teniendo en cuenta que el acuerdo del sistema variable se firmó dando salida a una situación
excepcionalmente complicada, fuera del convenio colectivo, ambas partes se comprometen a estudiar mejoras
del sistema durante la negociación del nuevo convenio colectivo y con posterioridad, si fuese necesario.

Acotar de manera más razonable la flexibilidad al alza para evitar excesos de variabilidad.
Redefinir los límites de apertura máxima en la rotación de 4 equipos.
Mejorar la construcción de los calendarios de rotación en 4 equipos.
Acotar la jornada máxima anual a realizar.

En lo referente a la flexibilidad individual, que los trabajadores y trabajadoras que soliciten un AFI con una
antelación superior a 15 días, tengan el derecho al disfrute del mismo, o que exista la posibilidad de elección
entre la prima de disponibilidad o una compensación de 4 horas de descanso para caso de PFCs o PFIs.

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