Pliego de 2020 peticiones - Presentado por SINTRABANCOL y UNEB
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Presentación Como organizaciones sociales sindicales hemos sustentado nuestra condición desde nuestros mismos cimientos: la naturaleza humana de nuestros representados, afiliados y no afiliados, dentro de un enfoque holístico de una familia integral e integradora con fines eminentemente altruistas que privilegian el mejoramiento sistemático de la calidad de vida de sus integrantes sin excepción ni exclusión. “… en una sociedad democrática las palabras calidad de la vida sólo debe utilizarse dentro del vocabulario constitucional para hacer referencia al logro de las condiciones físicas, morales y espirituales más favorables para la expansión y el perfeccionamiento del ser humano, condiciones que surgen del efectivo respeto de los derechos fundamentales, de la superación de las desigualdades, de la desaparición de las discriminaciones, del mejor desarrollo de la infraestructura social, del celo por mantener sano el ambiente y de todos los otros factores que contribuyen a que los hombres puedan vivir de manera digna.” (Madrid-Malo Garizábal, Mario, Derechos Fundamentales, 2ª. Ed., Santafé de Bogotá, 1997, p 65). La vida siempre la hemos ponderado como el derecho más supremo del ser humano, de reconocimiento constitucional, de su inviolabilidad y de su primacía en el ordenamiento jurídico y por consiguiente demanda del Estado su tutela jurídica, al igual que esta refrendada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Esta expresa remisión a tan caro derecho es imperativa en los actuales momentos en que la ejecución de las actividades del trabajo implica un riesgo inminente para los trabajadores y específicamente a los empleados bancarios, en este caso los de Bancolombia. Nos correspondió este año 2020 en el marco de la pandemia del coronavirus ejercer el desarrollo del derecho de asociación sindical libre y autónomo en concomitancia con el de contratación colectiva, debidamente justificados sobre los principios de progresividad y no regresividad, y de favorabilidad dentro del marco político, constitucional, social y económico, contexto este en el que todas las autoridades públicas están llamadas a cumplir, así como la organización Bancolombia, con el deber fundamental de permitir el establecimiento de nuevas y mejores condiciones de trabajo y el otorgamiento de beneficios transversalizados por estabilidad laboral, y que reconozcan el aporte de la fuerza laboral de sus trabajadores en la coyuntura presente para garantizar la prestación de los servicios a la comunidad de clientes y la generación de utilidades. Uneb, Sintrabancol y trabajadores, conscientes del aporte de estos últimos para preservar la sostenibilidad del banco, tenemos la expectativa de que a través del dialogo respetuoso y la concertación se pueda contar con la mejor voluntad política de los representantes patronales para dirimir de manera directa la firma de una nueva y digna Convención Colectiva de Trabajo.
Pliego de peticiones 2020 Comisión Negociadora Comisión Negociadora SINTRABANCOL UNEB Miller Ramírez Gaspar Juan Carlos Vásquez J. Herman Nicolás Cadavid Francisco Javier López P. Luis Bernardo Morales Raúl León Cárdenas Luis Enrique Lara Enrique Hernández C. Raúl Adolfo Castaño Nicolás Alberto Acevedo C.
Capítulo I que nuestro sencillo y justo pliego de peticiones se resuelva dentro de escenarios de cordialidad, respeto y consideración por Normas generales nuestra dignidad humana; se facilite su negociación y especialmente, se obtenga el establecimiento de nuevas y Artículo 1º. Preámbulo. En aplicación de los principios mejores condiciones de trabajo que superen los logros obtenidos democráticos que rigen el derecho de asociación sindical, con el ejercicio de este derecho fundamental en anteriores especialmente los de autonomía y libertad sindical, y el artículo 55 décadas. de la constitución nacional que garantiza el derecho a la negociación colectiva; el XLIII Congreso Nacional Extraordinario Dentro de este contexto UNEB y SINTRABANCOL ratifican su de Delegados de la Unión Nacional de Empleados Bancarios indeclinable disposición y voluntad para procurar una “UNEB” y la XLIX Asamblea Nacional de Delegados del Sindicato negociación ágil y eficaz encaminada a establecer nuevos y Nacional de Trabajadores del Grupo Bancolombia mejores derechos extralegales, en beneficio de todos los SINTRABANCOL, así como la Asamblea Conjunta de las dos (2) trabajadores de Bancolombia, objeto exclusivo de la presentación organizaciones sindicales realizada el 4 de septiembre de 2020 a de este pliego de peticiones, que contiene los siguientes puntos: partir de las 4:00 p.m., ordenaron presentar este pliego de peticiones, para materializar el principio de progresividad laboral, Artículo 2°. Partes. En la presente Convención Colectiva de mediante la inclusión de nuevas cláusulas que adicionen los Trabajo lo son: de una parte, BANCOLOMBIA S.A. y sus filiales: derechos extralegales ya adquiridos, los refuerce y amplíe en “VALORES BANCOLOMBIA”, FIDUCIARIA BANCOLOMBIA y “BANCA beneficio de la consolidación y solidez de Bancolombia. DE INVERSION BANCOLOMBIA”, y, de otra parte, los sindicatos UNIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS BANCARIOS UNEB, y el UNEB y SINTRABANCOL dan comienzo a una nueva negociación SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL GRUPO colectiva de trabajo, para mejorar y adicionar el actual régimen BANCOLOMBIA, SINTRABANCOL, o quienes los sustituyan. convencional, actualizarlo y armonizarlo con la realidad laboral progresista, jurídica, jurisprudencial y política del país; las Por brevedad, aquí se conviene entre el patrono y las cláusulas que rigen en la actualidad las relaciones obrero organizaciones sindicales aceptar que en los artículos patronales entre el Banco y sus trabajadores, deben renovarse con subsiguientes se denominarán solo bajo las palabras apoyo en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “BANCOLOMBIA y sus Filiales” y los “SINDICATOS” como artículos 1º, 2º, 12, 16, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25; en los Convenios suficientes para su identificación. Internacionales 87 de 1948 y 98 de 1949 (adoptados por las leyes 26 y 27 de 1976, respectivamente), en la Constitución Política de la Parágrafo. - Para todos los efectos legales y convencionales, por República de Colombia, artículos 39, 25, preámbulo, artículos 1º, SINTRABANCOL deberá entenderse también el sindicato de 2º, 4º, 5º, 6º, 11, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 22, 26, 29, 42, 43, 44, 45, 48, 53, industria que lo sustituya por fusión. 55, y 56, y normas más favorables del Código Sustantivo del Trabajo. Artículo 3°. Vigencia. Esta convención colectiva de trabajo adicionada exclusivamente con los acuerdos que se obtengan Los trabajadores de Bancolombia en la coyuntura actual deben sobre este pliego de peticiones estará vigente entre el primero (1º) tener un especial reconocimiento como segundo sector de noviembre de 2020 y el 31 de octubre de 2021. exceptuado después de la salud, tanto el Estado Colombiano como Bancolombia deben valorar el compromiso gallardo y Artículo 4°. Vigencia de Normas y Continuidad de Derechos. aguerrido de quienes a riesgo de su propia vida y la de sus familias – Continúan vigentes todas las normas y derechos adquiridos, trabajan incansablemente en el mantenimiento de la economía contenidas en Laudos Arbitrales y en Convenciones Colectivas de del país, mediante la continuidad de todas las funciones que le Trabajo anteriores que no hayan sido modificadas total o corresponden al sector bancario; por consiguiente aspiramos a parcialmente por ésta Convención.
Capítulo II Capítulo III Salarios PRIMAS Y AUXILIOS Artículo 5°. Aumento general: A partir del 1º de noviembre de Artículo 9º.- Prima de radicación. - A partir de la vigencia de la 2020, BANCOLOMBIA y sus Filiales aumentarán el salario básico presente Convención Colectiva de Trabajo, BANCOLOMBIA y sus mensual de sus trabajadores en un once por ciento (11%). Filiales, incrementarán la prima de radicación convencional, a todos los trabajadores beneficiarios de este derecho, con el Artículo 6°. Sueldos mínimos de los niveles del escalafón. A mismo porcentaje que se aplique para el aumento general de partir de la vigencia de la presente convención colectiva de salarios. trabajo los sueldos mínimos de todos los niveles de la estructura de cargos del escalafón de los trabajadores de BANCOLOMBIA y Dicho incentivo constituye salario. sus Filiales se ajustarán e incrementarán en la misma forma dispuesta para los “AUMENTOS GENERALES”. Artículo 10.- Incentivo de Caja. - A partir de la vigencia de la Parágrafo 1: A los trabajadores de las Filiales de que trata el presente Convención Colectiva de Trabajo, BANCOLOMBIA y sus parágrafo cuarto del artículo 3º de la Convención Colectiva de Filiales incrementarán a los trabajadores que tengan en sus Trabajo vigente que tengan cargos que por sus funciones sean funciones el manejo de efectivo, el valor del incentivo de caja asimilables a la Estructura de cargos del Escalafón de vigente, en un porcentaje del once por ciento (11%). Este BANCOLOMBIA se les reconocerá el nivel y salario básico del incentivo de caja, que para todos los efectos es factor salarial, será cargo afín o similar al que se equipare o equivalga, con efectos pagado independiente de la presentación de descuadres retroactivos a la fecha en que se inicia el desarrollo de dichos (faltantes o sobrantes) y se reconocerá y pagará a quienes se cargos y funciones. encuentre en permiso sindical. Parágrafo 2: Para el caso de los trabajadores amparados El incentivo se pagará en la segunda quincena del mes provenientes del Banco de Colombia, a partir de la vigencia de la inmediatamente siguiente a los cajeros, cajeros principales, presente convención se les aplicará la curva salarial de que trata el primer inciso del artículo 6º de la Convención Colectiva de operadores integrales de caja, y cajeros integrales nova, que Trabajo vigente. tengan estos empleos en forma permanente o transitoria. Artículo 7°. Aumento por ascensos. A partir de la vigencia de la Parágrafo 1. El incentivo de caja, se seguirá pagando a todos los presente convención colectiva de trabajo todo trabajador que trabajadores que desempeñen este cargo y por efecto de la sea ascendido en el escalafón, recibirá como mínimo un aumento actividad sindical, salgan a hacer uso de permiso sindical en el valor vigente incrementado en un once por ciento (11%), permanente o permiso sindical por días; en aras del no una vez sea confirmado en su cargo y con retroactividad a la desmejoramiento de sus condiciones salariales, por desarrollar la fecha de la promoción. actividad de representación sindical. Artículo 8°. Aumento por veinte años de servicios. A partir de la Artículo 11.- Aumento de Auxilios convencionales. - A partir de vigencia de la presente Convención Colectiva de Trabajo, la vigencia de la presente Convención Colectiva de Trabajo, BANCOLOMBIA y sus Filiales aumentarán el salario de sus BANCOLOMBIA y sus Filiales mejorarán todos y cada uno de los trabajadores que cumplan veinte (20) años de servicios, en un veinte por ciento (20%) sobre el salario básico que devenguen al auxilios convencionales en un porcentaje equivalente al quince momento de cumplirlos. por ciento (15%). No existirán topes salariales para el otorgamiento de los auxilios convencionales.
Capítulo IV meses en el cual BANCOLOMBIA y sus Filiales mencionadas no le cobrará capital ni intereses. Vivienda Parágrafo 7: BANCOLOMBIA y sus Filiales de manera automática a los créditos de vivienda ya desembolsados con anterioridad los Artículo 12. Crédito de vivienda. A partir de la vigencia de la ajustará a las nuevas condiciones pactadas en cuanto a tasa y presente convención colectiva de trabajo, BANCOLOMBIA y sus demás que sean aplicables. Filiales otorgarán créditos automáticos convencionales de vivienda para primeros créditos a todos los trabajadores a partir Parágrafo 8: A partir de la vigencia de la presente convención del momento que cumplan dos (2) años de servicio. Los colectiva, BANCOLOMBIA y sus Filiales incrementarán el auxilio trabajadores que hayan accedido a un crédito de vivienda con para gastos notariales vigente en un porcentaje equivalente al tasa subsidiada podrán beneficiarse de éste crédito automático quince por ciento (15%). convencional de vivienda. Capítulo V Parágrafo 1. A partir de la firma de la presente convención colectiva de trabajo el monto para primeros créditos será de ochenta (80) salarios básicos del trabajador. Parágrafo 2: La tasa de interés será del dos por ciento (2%) anual Educación mes vencido. Artículo 13. Mejoramiento de beneficios educativos: A partir Parágrafo 3. El Fondo único de vivienda se mantendrá vigente de la vigencia de la presente convención colectiva de trabajo para la destinación de segundos créditos de vivienda BANCOLOMBIA y sus Filiales en aras de optimizar los beneficios convencional con un incremento de nueve mil millones de pesos educativos para los trabajadores y sus familias extenderá subsidio mcte. ($9.000.000.000), y el monto para éste crédito será de para los cursos de idiomas, y adicionalmente establecerán las sesenta (60) salarios básicos del trabajador. siguientes mejoras: Parágrafo 4: A partir de la firma de la presente convención el También reconocerán el auxilio educativo de los hijos comité de vivienda revisará la Reglamentación de los Créditos de naturales menores de 25 años de los cónyuges o compañeros Vivienda Convencionales. permanentes de los trabajadores que convivan con los mismos, siempre y cuando la unión marital de hecho o Parágrafo 5: A partir de la vigencia de la presente convención la matrimonio haya sido constituida con un lapso no inferior a cuantía o monto del crédito de mejoras o reparaciones de la un (1) año, beneficio que continuará activo únicamente vivienda del trabajador no podrá exceder del 70% de la cuantía durante el tiempo que la sociedad conyugal siga vigente. máxima del crédito de vivienda convencional que rija al momento de la aprobación. Para acceder a este beneficio es necesaria la acreditación de escritura pública de la unión marital de hecho, sentencia Parágrafo 6: A partir de la vigencia de la presente convención judicial y/o registro civil de matrimonio. Así como el registro colectiva de trabajo, BANCOLOMBIA y sus Filiales conservarán civil del menor o los documentos que legalmente hagan sus para los trabajadores que sean desvinculados, cualquiera que sea veces. la causa del retiro, las condiciones inicialmente pactadas en cuanto a tasa de interés, plazo y la amortización causada Los derechos convencionales consagrados para los hijos de anualmente se distribuirá en cuotas fijas mensuales. A partir de la los trabajadores se hacen extensivos a los hijos de su pareja, fecha de desvinculación laboral del trabajador beneficiario del menores de veinticinco años de edad, que dependan crédito de vivienda se otorgará un periodo de gracia de doce (12) económicamente su madre.
Artículo 15. Reubicaciones y restricciones médicas. Las partes La acreditación del vínculo sentimental se demostrará con la acuerdan que las recomendaciones médicas, las reubicaciones y afiliación, en calidad de beneficiario del trabajador o la restricciones que emita el médico de la ARL o la EPS, deben ser trabajadora, al Sistema Integral de Seguridad Social. acatadas y ejecutadas integralmente por BANCOLOMBIA y sus Filiales dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes de haber Incrementarán los préstamos sin intereses destinados a sido presentada por el trabajador en la dependencia cubrir los costos de matrícula y/o compra de útiles escolares correspondiente. de los hijos de los trabajadores, en una cuantía equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente. Parágrafo: En aquellos casos que el trabajador esté padeciendo alguna patología que afecte su desempeño, BANCOLOMBIA y sus Se contemplará la asignación de recursos destinados, que Filiales no deben esperar hasta que se emitan las será convenidos entre las partes, a programas de becas de recomendaciones por el médico tratante, sino que Calidad de estudio totales o parciales para los trabajadores y su núcleo Vida o quien haga sus veces y dos miembros del COPASST que familiar. sean parte de los SINDICATOS y sus Filiales, junto con el empleado afectado, tomarán la mejor decisión para evitar que su Se establecerán créditos condonables para educación en enfermedad se siga agravando, hasta tanto el médico tratante beneficio de los trabajadores y de su núcleo familiar, según emita las respectivas recomendaciones . las condiciones convenidas entre las partes. Artículo 16. Acceso a la historia clínica laboral. Las partes Se destinarán recursos dirigidos a programas o centros de acuerdan que al momento que BANCOLOMBIA y sus Filiales cite a atención, estimulación y desarrollo integral y/o de educación un trabajador para consulta con el médico laboral, éste dará la inicial, para niños y niñas, que sean hijos e hijas de instrucción para que el profesional tratante entregue al trabajadores, menores de siete años, según las condiciones empleado la historia clínica o una copia con la información convenida entre las partes (artículo 107-2)1 suministrada por éste, conservando la confidencialidad de la misma según la ley 23 de 1981 en su artículo 34. Por lo tanto, el trabajador está en todo su derecho de conocer y poseer lo transcrito en cada consulta. Capítulo VI Parágrafo: BANCOLOMBIA y sus Filiales en respeto a la confidencialidad y reserva de la historia clínica no promoverán ni Salud procederán a inducir de manera directa o indirecta a través de un Artículo 14. Póliza colectiva de salud. A partir de la vigencia de tercero a la firma del consentimiento informado por parte del la presente Convención Colectiva de Trabajo, BANCOLOMBIA y trabajador. sus Filiales incrementarán en un quince por ciento (15%) todos los amparos de la póliza colectiva de salud de que trata el Art. 12 Artículo 17. Protección especial de la vida y la salud de los de la Convención Colectiva de Trabajo vigente, para los dos (2) trabajadores y sus familias. A partir de la vigencia de la presente planes existentes. convención colectiva de trabajo, BANCOLOMBIA y sus Filiales establecerán de forma permanente ante situaciones de contagio Parágrafo: A partir de la firma de la presente convención por peligros biológicos tales como: propagación de virus, colectiva de trabajo BANCOLOMBIA y sus Filiales, los SINDICATOS bacterias y/o agentes patógenos, entre otros, un plan de acordarán y pondrán en marcha un programa nacional de contingencia de protección de la vida y salud de los trabajadores difusión de los planes, los servicios y los amparos de la póliza y de sus familias integrado al Sistema de Gestión de la Seguridad convencional de salud H&C. y Salud en el Trabajo SG-SST, incorporando de manera integral 1 Deducciones por contribuciones a educación de los empleados Estatuto Tributario Nacional
acciones administrativas y de gestión humana que garanticen El desarrollo laboral teniendo como base, el soporte de las eficazmente condiciones y comportamientos en la cultura tecnologías de la información y las comunicaciones, y que no organizacional en las que prevalezca el cumplimiento de los requieren de la presencia física del trabajador en las Sucursales y protocolos de bioseguridad con los diversos actores que Sedes Administrativas y operativas de BANCOLOMBIA y sus Filiales; cohabiten en todos los espacios de trabajo, se fortalezca la en las formas definidas en el artículo 2° de la Ley 1221 de 2008, el prevención y mitigación de los factores de riesgo a través de las artículo 2 del Decreto 884 de 2012 y todas las denominaciones de medidas de intervención definidas en la matriz de identificación y trabajo sea trabajo en casa, remoto y/o a distancia previsto en las valoración de peligros y riesgos, así como se coordinen normas que lo regulan desarrollado en lugar distinto de los locales actividades en conjunto con el COPASST con el apoyo de trabajo de BANCOLOMBIA y sus Filiales (debiendo mediar interdisciplinario de la ARL y las EPS, y se mantenga dotación acuerdo entre el empleador y el trabajador) que BANCOLOMBIA y constante y oportuna de Elementos de Protección Personal (EPP) sus Filiales a futuro de acuerdo a la evolución y necesidades del idóneos e incorporados en el Programa de Elementos de negocio, implemente en tal sentido, tendrá en cuenta Protección Personal del SG-SST a los trabajadores con estándares completamente la aplicación de las garantías laborales, sindicales y de calidad junto con barreras de protección, al igual que de Seguridad Social, contenidas en la Convención Colectiva de provisión suficiente de insumos de bioseguridad (alcohol, gel, Trabajo Vigente y las demás que reglamentan estas formas de etc.) de desinfección e higienización para los espacios físicos y trabajo, así como las condiciones especiales de salud con para uso personal. Este plan incorporará un programa de preexistencias de enfermedades que limiten el accionar de los atención y asistencia a los trabajadores que presenten síntomas y trabajadores con esta calificación y según las recomendaciones de adquieran contagio, también de aquellos casos de secuelas para los médicos tratantes, de igual manera se tendrá consideración procurar acompañamiento en los procesos de recuperación y especial a las trabajadoras en estado de embarazo y lactancia, rehabilitación de la condición de salud, y si fuere necesario de además se tendrán como parámetros de desarrollo del teletrabajo acuerdo con el nivel de afectación que presente el trabajador y todas las modalidades de trabajo a distancia que BANCOLOMBIA hacer cambios y ajustes en sus condiciones de trabajo. y sus Filiales establezcan, los siguientes: Voluntariedad y reversibilidad: La decisión del trabajador de Capítulo VII acogerse a cualquier forma o denominación de estas modalidades de trabajo, es voluntaria y debe obedecer a la necesidad y condiciones que puedan dar cumplimiento a lo Teletrabajo preceptuado en esta materia. De igual manera, cuando el teletrabajador/trabajador a distancia o BANCOLOMBIA y sus Artículo 18. DESARROLLO DEL TELETRABAJO Y TODAS LAS Filiales consideren voluntariamente el retorno a su labor en las FORMAS DE TRABAJO VIRTUAL QUE IMPLEMENTE BANCOLOMBIA condiciones laborales inicialmente pactadas de trabajo Y SUS FILIALES PARA LOS TRABAJADORES CONVENCIONADOS. presencial, se dará esta reversibilidad, y cuando el Acorde a lo establecido en el artículo 27° de la Convención teletrabajador/trabajador a distancia solicite a BANCOLOMBIA Colectiva 2014 – 2017, y las recomendaciones del “Manual de y sus Filiales el retorno a la modalidad contractual anterior, esta Buenas Prácticas en Teletrabajo de la OIT – 2011” BANCOLOMBIA y será resuelta en un término no mayor a 30 días calendarios a sus Filiales, darán aplicación integral a las garantías en las favor del trabajador y BANCOLOMBIA y sus Filiales lo ubicarán condiciones de trabajo que deben prevalecer en materia de en la Sucursal o Sede Administrativa que facilite la movilidad teletrabajo y demás modalidades de trabajo remoto y a distancia, del trabajador en su desarrollo laboral anterior. en los siguientes aspectos, así: Mientras dure la emergencia sanitaria, debe prevalecer el trabajo a distancia en actividades en las que la presencialidad no sea indispensable en los términos del Decreto 1168 de 2020
Compensación de gastos y utilización de elementos y conservando en todo caso el trabajador la facultad de exigir el herramientas suministradas por BANCOLOMBIA y sus mantenimiento de las modalidades de trabajo a distancia. Filiales: BANCOLOMBIA y sus Filiales para todos los casos de teletrabajo/trabajo a distancia, suministrará los equipos, Equidad de género en el ámbito laboral: BANCOLOMBIA y programas y herramientas que garanticen el óptimo sus Filiales adoptarán la modalidad de teletrabajo o trabajo a desempeño del trabajador y deberá proveer y garantizar el distancia para las mujeres antes de entrar a licencia de mantenimiento de los equipos de los trabajadores, maternidad y durante la etapa de lactancia con el fin exclusivo conexiones, programas, el valor de la energía, actualizaciones, de flexibilizar sus condiciones laborales y fomentar la equidad lo mismo que la correcta capacitación de los trabajadores en de género. nuevas tecnologías. En los casos en que, por fuerza mayor, sea el trabajador quien hace uso de equipos propios para el Los trabajadores y trabajadoras que acrediten deberes de desarrollo de su labor diaria, BANCOLOMBIA y sus Filiales harán cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como reconocimiento por desgaste y reparación y mantenimiento respecto de los familiares por consanguinidad hasta el de los equipos utilizados para tal fin, lo mismo, que, en todos segundo grado de la persona trabajadora, tendrán derecho a los casos, reconocerá el valor correspondiente al mayor acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la consumo en servicios de energía e internet y desplazamientos misma, así como a acceder en forma prevalente a las ordenados por BANCOLOMBIA y sus Filiales para el modalidades de trabajo a distancia. cumplimiento de sus funciones. Los equipos y elementos suministrados por BANCOLOMBIA y sus Filiales, no podrán ser El trabajador actuará bajo su criterio en una situación fortuita o utilizados por persona distinta al trabajador, quien al final de su de fuerza mayor para atender una calamidad doméstica y contrato o cambio en los casos de reversibilidad, deberá circunstancias afines. restituirlos en buen estado, salvo el deterioro natural. Denominación del Cargo: La denominación de los cargos de BANCOLOMBIA y sus Filiales deben priorizar la seguridad del teletrabajo, trabajo en casa o a distancia en cualquier trabajador durante y después de la pandemia garantizando la modalidad, obedecerán a los ya establecidos en la estructura seguridad cibernética y protegiéndolo de todos los riesgos de Cargos del Escalafón y será aplicada toda la reglamentación relacionados con dispositivos para así prevenir hackeos, virus y existente en esta materia, contenida en la Convención demás amenazas; además de extender pólizas de seguros Colectiva de Trabajo vigente (artículo 24° Convención enmarcadas dentro del entorno físico, salud mental, Colectiva 2003 – 2005 y demás normas concordantes y dificultades médicas, necesidades de comunicación, recursos complementarias). Toda modificación respecto de las humanos, entre otros. funciones, y creación de nuevos cargos, serán tratados y acordados en el COMITÉ DE ANALISIS Y EVALUACION DEL La obligación que recae sobre el empleador prevista en el TRABAJO Y ESCALAFON. presente acápite sólo podrá ser dispensada cuando el trabajador voluntariamente, que deberá ser contemplada por Salarios: BANCOLOMBIA y sus Filiales aplicarán a todos los escrito, ofrezca el equipo y herramientas de su propiedad para teletrabajadores y a quienes desarrollen su vínculo laboral en el cumplimiento de las labores asignadas. cualquier modalidad de trabajo a distancia, integralmente la política salarial contenida en la Convención Colectiva de Jornada de trabajo: BANCOLOMBIA y sus Filiales establecerán Trabajo, de igual manera, se aplicarán los sueldos mínimos para todos los trabajadores que laboran en Teletrabajo y todas básicos establecidos en los 9 niveles del Escalafón de cargos, las modalidades de trabajo a distancia, el horario de jornada conforme al artículo 6° de la Convención Colectiva de Trabajo laboral semanal de 43 horas, establecida en el artículo 27° de la (2017 – 2020). convención colectiva de trabajo 2017 – 2020. Para ello, BANCOLOMBIA y sus Filiales establecerán el mecanismo que
permita verificar la jornada laboral y evitará la prolongación de Desconexión digital: BANCOLOMBIA y sus Filiales garantizará la jornada laboral diaria establecida, razón por la cual, a ningún este derecho a todos los teletrabajadores y a quienes laboren en jefe de equipos de trabajo, le estará permitido el envío de cualquier modalidad de trabajo, a fin de garantizar, que por información, ni respuestas por fuera del horario de trabajo fuera de la jornada legal y convencionalmente establecida, se establecido, incorporando un sistema automático de rechazo o les respete su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, bloqueo de recepción de mensajes para que estos sean incapacidades, licencias y todas las situaciones que produzcan recibidos dentro de la jornada laboral. En los casos que, por ausencia laboral, en consecuencia, no se le podrá hacer fuerza mayor o asignación de más trabajo fuera del normal, sea exigibles ordenes o instrucciones que no estén dentro de su necesario prolongar la jornada laboral, BANCOLOMBIA y sus jornada laboral; así como se les respetará su intimidad personal Filiales, pagarán al trabajador, las horas extras, dominicales y y familiar, procurando la armonización de la vida laboral con la festivos, en los términos establecidos en los artículos 168, 169, vida familiar y personal. En este sentido, se garantizará el 170, 172, 173, 174, 175, 176, 179 y demás normas concordantes derecho de desconexión como a facultad de los trabajadores de del Código Sustantivo de Trabajo. desconectarse de los dispositivos digitales y el uso de las tecnologías, a fin de garantizar su tiempo de descanso. De igual Medios de comunicación: BANCOLOMBIA y sus Filiales manera, para preservar el derecho a la intimidad, utilizará como único medio idóneo para transmitir información BANCOLOMBIA y sus Filiales no harán uso de dispositivos de e instrucciones institucionales a los trabajadores los medios de video vigilancia, y de grabación de sonidos en el lugar de comunicación internos como el comunicator y el correo trabajo. institucional corporativo. BANCOLOMBIA y sus Filiales deberán incluir medios de Formación y capacitación: BANCOLOMBIA y sus Filiales comunicación inclusiva, para en las modalidades de trabajo a garantizarán el desarrollo del teletrabajo y las demás distancia (teletrabajo, trabajo en casa, etc.), orientados a la modalidades que se establezcan, mediante la implementación remoción de barreras físicas, comunicativas y actitudinales de de programas de formación y capacitación para el que trata la Ley 1618 de 2013 para posibilitar la adopción de las funcionamiento adecuado del teletrabajo y demás modalidades de trabajo a distancia respecto de los trabajadores modalidades, lo mismo que el suministro de paquetes de con discapacidad. información y programas para el correcto desempeño de las funciones asignadas. En relación con las reuniones de trabajo y BANCOLOMBIA y sus Filiales se abstendrán de exigir a los los cursos de formación obligatorios, se desarrollarán, trabajadores que desempeñan actividades por conducto de las estrictamente dentro de la jornada laboral. tecnologías de la información y las comunicaciones para mantener la cámara encendida durante toda la jornada, salvo Seguridad, salud y prevención de riesgos laborales: reuniones específicas en que previamente se autorice por parte BANCOLOMBIA y sus Filiales en aras de garantizar la protección, del trabajador en forma previa la utilización de la cámara en las la seguridad y la salud laboral de los teletrabajadores y de reuniones virtuales. quienes laboren en modalidad de trabajo a distancia, en lo referente a los riesgos psicosociales producidos por, el La grabación de reuniones en que participen los trabajadores aislamiento social, el tecnoestrés, la sistematicidad en prácticas debe ser previamente autorizadas por los trabajadores que de acoso laboral, las condiciones del puesto de trabajo y del intervengan en los espacios de reuniones virtuales objeto de la origen del trabajo, como también los accidentes laborales grabación respetando el tratamiento de datos sensibles sucedidos en el lugar de trabajo; fijará en su programa de riesgo previsto en la Ley 1581 de 2012. psicosocial las jornadas laborales donde se intercale uno o dos días en la semana con trabajo presencial en sucursales o sedes administrativas u operativas de BANCOLOMBIA y sus Filiales, e incorporarán todo el análisis y el desarrollo de las medidas para
ser tratado, desarrollado e implementado a través y con el Igualdad de trato: BANCOLOMBIA y sus Filiales apoyo permanente del COPASST. Para prevenir los problemas mantendrán igualdad de trato en cuanto a remuneración, carga osteomusculares, BANCOLOMBIA y sus Filiales dentro de un de trabajo, capacitación, formación, acceso a mejores programa que cubra estos riesgos garantizará que el puesto de oportunidades laborales y demás derechos fundamentales trabajo del teletrabajador y de quienes laboren en la laborales, entre teletrabajadores/trabajadores a distancia y modalidad de trabajo a distancia tenga las debidas demás trabajadores del Banco de conformidad con lo previsto en condiciones de ergonomía al igual que sus herramientas de el artículo 13 de la Constitución Política y el artículo 143 del C.S.T., trabajo que serán de cargo de BANCOLOMBIA y sus Filiales, y el numeral 2 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008, el literal c) del será calificado por la ARL, con consentimiento previo por parte artículo 1 de la Circular 41 de 2020 del Ministerio del Trabajo y del trabajador, de la visita a su domicilio para tal fin. Dentro de demás normas pertinentes. la jornada laboral diaria establecida, BANCOLOMBIA y sus Filiales permitirán que el teletrabajador o trabajador que Derecho de asociación y libertad sindical: El teletrabajador y el labora a distancia realice las pausas activas mínimo cada dos trabajador que labora a distancia, en cualquiera de las horas por 10 minutos o las veces y el tiempo establecido modalidades establecidas por BANCOLOMBIA y sus Filiales, conforme lo acordado en el COPASST, y establecerá podrán ejercer libremente el derecho de asociación de acuerdo al mecanismos que controlen estas. BANCOLOMBIA y sus Filiales artículo 39° de la Constitución Política de Colombia, en tal razón establecerán el procedimiento a seguir ante la ocurrencia de cuando un trabajador afiliado a alguna organización sindical un accidente de trabajo de un trabajador a distancia titular de la Convención Colectiva de Trabajo, tenga que responder a un Proceso Disciplinario o a un Debido proceso y de BANCOLOMBIA y sus Filiales implementarán programas de defensa; en los términos de la Convención Colectiva de Trabajo apoyo psicosocial para el trabajador y su entorno familiar. Vigente, darán la oportunidad de desarrollar el proceso, otorgando un (1) día hábil para que conjuntamente con los Manejo de la información y el carácter de confidencialidad: representantes de los SINDICATOS al cual se encuentre afiliado, BANCOLOMBIA y sus Filiales precisarán con exactitud las desarrollen la defensa correspondiente. Esta diligencia se condiciones bajo las cuales el teletrabajador/trabajador a desarrollará en las instalaciones de BANCOLOMBIA y sus Filiales. distancia debe manejar y hacer uso de la información y especificará el carácter de la información confidencial, así BANCOLOMBIA y sus Filiales facilitarán a los SINDICATOS listado como dará claridad para el acceso a ésta ante ordenes de jefes de los teletrabajadores y trabajadores a distancia por ciudad inmediatos o superiores jerárquicos. indicando la modalidad de trabajo, el cargo y el correo electrónico y datos de contacto para efectos de facilitar tanto su BANCOLOMBIA y sus Filiales se abstendrán de suministrar los ubicación por parte de las organizaciones sindicales como la números telefónicos privados de los trabajadores a los clientes comunicación presencial y virtual con estos. e informará a estos que los números de celulares y cualquier forma de comunicación a través de estos de los trabajadores BANCOLOMBIA y sus Filiales dentro de la jornada laboral no serán usados para fines laborales, en consecuencia, semanal, otorgará un espacio de 30 minutos cada 15 días dentro cualquier mensaje transmitido a través de este conducto no de cada mes, para que la representación sindical, haga contacto será tenido en cuenta como obligación o exigencia laboral, con el teletrabajador o el trabajador que se encuentre en toda vez que no puede trascender de manera modalidad laboral a distancia, a fin de garantizar el ejercicio pleno sancionable ni controlable esta comunicación por de la libertad sindical. conducto de equipos privados de los trabajadores que se considerarán excluidos de la relación laboral.
Capítulo VIII Parágrafo 4: En la medida que se presente recarga laboral en los trabajadores para el cumplimiento de sus actividades diarias en el ejercicio de sus cargos BANCOLOMBIA y sus Filiales contratará Aspectos normativos directamente los trabajadores necesarios para evacuar los procesos armónicamente. Artículo 19. Sobre Plan de Gestión Comercial (PGC). Teniendo en cuenta que el plan de gestión comercial está implicando sobre Artículo 20. Garantía de no repetición de prácticas cargas de trabajos, así como problemas asociados a salud laboral, administrativas generadoras de riesgos psicosociales y es fundamental que se revise de manera conjunta entre reparación a trabajadores afectados. Teniendo en cuenta que hay BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los SINDICATOS toda la estructura directivos de BANCOLOMBIA y sus Filiales y que están generando de los riesgos psicolaborales que están incidiendo en la salud de con sus prácticas administrativas y comerciales riesgos los trabajadores. psicosociales a los cuales están expuestos los trabajadores, y que les está afectando la salud mental y física a estos últimos, a partir Parágrafo 1: Es de carácter imperativo que se elimine de forma de la firma de la presente convención colectiva de trabajo conjunta entre BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los SINDICATOS BANCOLOMBIA y sus Filiales se comprometen a no consentir o toda la estructura de los riesgos psico laborales que están permitir este tipo de prácticas y a garantizar que no se dará incidiendo en la salud de los trabajadores tales como: repetición de las mismas, así como también se comprometen a seguimientos, llamados de atención, reunión uno a uno, plan de reparar los perjuicios causados a los trabajadores que con ocasión mejoramiento, productividad, visor de logros, cumplimiento de de su afectación de salud han incurrido en gastos y costos para metas y otros similares, que puedan llegar a constituir un acto de sus tratamientos y por el daño moral y psicológico infringido. presión, estigmatización y acoso laboral individual y/o colectivo que esté afectando y causando perjuicios a los trabajadores. Parágrafo 1: BANCOLOMBIA y sus Filiales se comprometen a eliminar todos aquellos mecanismos de seguimiento y control de Parágrafo 2: Ningún modelo de medición será requisito previo o indicadores de gestión comercial y operativos que afecten la fundamental para aprobar las siguientes solicitudes de los salud mental y física de los trabajadores, en consecuencia, trabajadores: traslados horizontales, traslados por movilidad y revaluará instrumentos y practicas tales como la sistemática ascensos, a los que aspiren a las vacantes que se publican en comercial, Q-Flow, visión Plus, Core CDT, Core Hipotecario, BANCOLOMBIA y sus Filiales. Coreografías, MICI o Modelo Integrado de Capacidad instalada, plan de mejoramiento, productividad, visor de logros, agendas, Parágrafo 3: Prevalecerá la dignidad humana de los trabajadores tableros de control, seguimiento a cumplimiento de metas, etc., de BANCOLOMBIA y sus Filiales, por encima de la modernización que están conduciendo a la creación de ambientes de trabajo e innovación que dentro de la estrategia de cambio éstas perjudiciales para la salud de los trabajadores. De igual manera eliminarán la pretensión de sobre ejecución en el cumplimiento entidades adopten, llámese sistemática comercial, Q-Flow, visión del PGC, o cualquier denominación que se le dé, a la colocación Plus, Core CDT, Core Hipotecario, Coreografías, MICI o Modelo del portafolio de productos de BANCOLOMBIA y sus Filiales en la Integrado de Capacidad instalada, o cualquier otro tipo de clientela, público y usuarios en general. implementación afín o similar. Parágrafo 2: A partir de la vigencia de la presente convención Adicionalmente la actualización y estudios previos de proyectos y colectiva de trabajo BANCOLOMBIA y sus Filiales se cambios el BANCOLOMBIA y sus Filiales, garantizaran su comprometen a eliminar las metas abusivas que imponen los funcionalidad y efectividad siempre en concordancia a la salud y directivos de BANCOLOMBIA y sus Filiales a los trabajadores bienestar de los trabajadores, una vez salga a producción. desbordando los indicadores de gestión del PGC.
Artículo 21. Fortalecimiento del proceso de gestión humana. aquel. BANCOLOMBIA y sus Filiales enviarán copia de la Para responder de manera efectiva a los temas inherentes a anterior comunicación así: si está afiliado a SINTRABANCOL la relaciones laborales, sindicales y demás aspectos del quehacer copia se enviará a la Subdirectiva o Comité Seccional, si los hay laboral, BANCOLOMBIA y sus Filiales se comprometen a que su o, en su defecto, a la Junta Directiva Nacional; si está afiliado a estructura de gestión humana llegue a todos los lugares de UNEB la copia se enviará a la Subdirectiva o Comité Seccional o, trabajo, a mejorar la comunicación con los sindicatos y el en su defecto, al Comité Nacional de Empresa. conjunto de trabajadores y a realizar de manera más efectiva con los SINDICATOS seguimiento a la aplicación de la política laboral Parágrafo Primero: BANCOLOMBIA y sus Filiales en el y al articulado de la convención colectiva de trabajo. desarrollo de la diligencia de descargos no ampliará ni formulará interrogatorio de asuntos que no estén En ese sentido BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los SINDICATOS se contemplados en el memorando de citación. comprometen a establecer mecanismos para la creación de un ambiente de seguridad jurídica, mejorando y estabilizando la Parágrafo Segundo: No se podrá iniciar proceso después de interpretación y aplicación uniforme de la convención colectiva y transcurridos el término de 60 días antes indicado. de la política laboral en todos los niveles. 2. TERMINO PARA PRESENTACION DE DESCARGOS. Parágrafo. - Las ordenes o instrucciones de jefes y directivos de BANCOLOMBIA y sus Filiales impartidas a trabajadores que Teniendo en cuenta que se trata de un proceso expedito, se contravengan normas convencionales, aspectos acordados con citará al trabajador para que rinda los descargos los SINDICATOS en actas extraconvencionales, de Comités correspondientes dentro de los diez (10) días siguientes, el cual Convencionales y de Agenda Laboral serán consideradas podrá ser prorrogado por otros cinco (5) días más en caso de ineficaces y los trabajadores podrán negarse a ejecutarlas, sin que ser necesario y justificado por las partes. ello dé lugar a insubordinación o desacato. 3. DERECHO A PEDIR Y SOLICITAR PRUEBAS. ARTÍCULO 22. DEBIDO PROCESO Y DERECHO DE DEFENSA. A partir de la firma de la presente convención colectiva de trabajo En virtud del artículo 29 de la Constitución Política, el BANCOLOMBIA y sus Filiales respetarán y darán aplicación al trabajador inmerso en una presunta causal de despido podrá debido proceso y derecho de defensa a los trabajadores en las solicitar la exhibición de pruebas que considere necesario para circunstancias que a continuación de describen: su defensa dentro de los dos (2) días siguientes calendario al Para efectos de respetar el Derecho de conocer y controvertir las recibo de la citación para presentar descargos. Por otro lado, pruebas se procederá previo a tomar decisión de terminación del BANCOLOMBIA y sus Filiales deberán suministrar las pruebas contrato de trabajo alegando “justa causa” a agotar las siguientes dentro de los tres (3) días siguientes calendario con el fin de etapas. brindar al trabajador término prudente para preparar defensa. 1. CITACIÓN A DESCARGOS POR DEBIDO PROCESO. 4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE DESCARGOS. Mediante memorando se le comunica al trabajador la EL trabajador inmerso en una presunta justa causa de despido presunta o presuntas causales de Terminación del Contrato podrá escoger a su arbitrio la presentación de descargos de de trabajo, en que ha incurrido, asi como las pruebas en que forma verbal o escrita, así como tendrá derecho si lo considera se sustenta la decisión, dentro de los 60 días calendario necesario, de estar acompañado de dos (2) miembros de los contados a partir de que BANCOLOMBIA y sus Filiales tengan SINDICATOS al cual se encuentre afiliado. De la diligencia de conocimiento del hecho por escrito, a través del superior descargos se levantará un acta, en la que se deje constancia de inmediato del trabajador o de los superiores inmediatos de los descargos presentados, la cual deberá estar suscrita por
quienes en ella intervinieron y las diferentes intervenciones de estos serán consignadas en el momento en que éstas se causen Capítulo IX tal como sean expresadas. 5. SEGUNDA INSTANCIA. El trabajador al cual se le haya notificado la decisión de Artículo 23. Representación sindical, relaciones terminación del contrato de trabajo podrá interponer recurso obrero-patronales en el lugar de trabajo y Libertad Sindical y de APELACIÓN ante el inmediato superior de quien profirió la transparencia en sistema de selección para cargos de decisión, dentro de los cinco (5) días siguientes calendario a la ascensos. BANCOLOMBIA y sus Filiales en su política de afianzar notificación. Al momento de la notificación de esta decisión, las relaciones con los SINDICATOS y con el ánimo de fortalecer el deberá indicarse expresamente ante quién podrá surtirse la diálogo social en todos los niveles, acuerda con los SINDICATOS apelación. dar aplicación de manera concertada al Convenio 135 de la OIT en conjunto con BANCOLOMBIA y sus Filiales. Por su parte el superior jerárquico ante quien recae el conocimiento del recurso de Apelación tendrá un término Parágrafo 1: BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los SINDICATOS, máximo de diez (10) días calendario para resolver si confirma el acorde a las funciones del Comité de Análisis y Evaluación del despido o revoca la decisión. Trabajo y Escalafón acuerdan hacer una revisión del sistema de ascensos y proceso de selección para ocupar cargos vacantes del 6. DECISIÓN. escalafón de cargos convencionados con el exclusivo objetivo de que se garantice la transparencia y cumplimiento de unas reglas Recepcionados los descargos, BANCOLOMBIA y sus Filiales de juego que no den lugar a ningún tipo de discriminación o tendrán un término máximo de diez (10) días calendario para exclusión por la condición de sindicalización de los trabajadores. notificar por escrito la decisión de TERMINAR O NO EL CONTRATO DE TRABAJO so pena de considerarse De la misma manera, BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los extemporánea la decisión y quedar sin efecto. SINDICATOS acuerdan que los sindicatos tendrán acceso y No producirá efecto alguno la decisión de despido que se participación en los procesos de inducción de los nuevos imponga pretermitiendo lo establecido en éste artículo. trabajadores. Igualmente, BANCOLOMBIA y sus Filiales se comprometen a eliminar las áreas restringidas a los SINDICATOS PARAGRAFO: La notificación de TERMINACION DEL o en su defecto a garantizar el acceso de los SINDICATOS a dichos CONTRATO DE TRABAJO por parte de BANCOLOMBIA y sus trabajadores y al conjunto de trabajadores de BANCOLOMBIA y Filiales se hará con antelación de no menos de un día a fin de sus Filiales. permitirle al trabajador hacer entrega de su puesto de trabajo en debida forma, para tal fin BANCOLOMBIA y sus Filiales Parágrafo 2: BANCOLOMBIA y sus Filiales, y los SINDICATOS podrán delegar supervisor para verificar la entrega de acuerdan que los trabajadores que gozan de permisos sindicales elementos de trabajo. sean temporales o permanentes conforme a los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo 7. COSA JUZGADA. (OIT) no serán desmejorados en sus condiciones salariales, ni prestacionales, en este sentido se les seguirán reconociendo los Ningún trabajador podrá ser sometido a nueva investigación y incentivos de cajas, las comisiones y bonificaciones por el plan de juzgamiento disciplinario por el mismo hecho, aún cuando a gestión comercial, el auxilio de alimentación y demás derechos y este se le dé otra denominación. beneficios que gozan como parte de sus funciones en BANCOLOMBIA y sus Filiales.
trabajador imprescindiblemente deberán adelantar la debida Artículo 24. Auxilio Copasst. A partir de la Vigencia de la investigación a fin de establecer si el trabajador tiene presente Convención colectiva de trabajo BANCOLOMBIA y sus responsabilidad sobre el mismo, así mismo le otorgarán las Filiales, destinarán una suma de $60.000.000, para programas de garantías para su participación en las indagaciones y investigación, capacitación de los integrantes del COPASST, averiguaciones que sean necesarias para aclarar el origen del visitas a sucursales y áreas de trabajo, elaboración e impresión de descuadre, como también para el proceso de recuperación del cartillas y suplementos alusivos a la salud de los trabajadores, dinero en los casos de aprovechamiento de error ajeno caso contando con asesorías a través de las entidades competentes fortuito de que trata el artículo 252 del Código Penal, haciendo el para ello. acompañamiento institucional como empresa ante el cliente Parágrafo. - En caso de que llegare a quedar algún remanente o correspondiente. saldo de los recursos asignados al Copasst, estos harán parte de la Parágrafo 1: BANCOLOMBIA y sus Filiales, concederán un plazo siguiente vigencia para el financiamiento de las distintos de sesenta (60) días calendario al trabajador para realizar las programas y actividades del mismo. indagaciones y resolver su responsabilidad frente al descuadre presentado. Artículo 25. Auxilio por gastos de Negociación Pliego de Parágrafo 2: En los términos del artículo 28 de Código Sustantivo Peticiones: A partir de la vigencia de la presente Convención del Trabajo, las partes reconocen que todo faltante o descuadre Colectiva de Trabajo BANCOLOMBIA y sus Filiales entregarán un que resulte al revisar las cuentas no es una falta o una perdida auxilio periódico equivalente a CIENTO QUINCE (115) salarios atribuible al trabajador, sino que constituye una evidencia de la mínimos legales mensuales vigentes, a cada uno de los sindicatos responsabilidad económica como empleador y por lo tanto una SINTRABANCOL y UNEB, parte de la presente Convención pérdida para BANCOLOMBIA y sus filiales. Colectiva. Artículo 28: Situación de inestabilidad laboral. Con ocasión Artículo 26. Aporte de BANCOLOMBIA y sus Filiales para la del crecimiento exponencial de las transacciones en los canales UNEB y Sintrabancol: Dentro de los quince (15) días siguientes a alternos (Banca Móvil, Corresponsables Bancarios, Internet, la firma de la presente convención colectiva, BANCOLOMBIA y sus Cajeros automáticos, Datafonos, Audio Respuesta) que está Filiales entregarán a los Sindicatos Uneb y Sintrabancol, en desplazando de la red de sucursales las operaciones presenciales, proporción a sus afiliados, el equivalente, al aumento general de de tal manera que se está dando lugar a la prestación de los salario básico establecido en el artículo 5º del presente Pliego, servicios a los clientes y usuarios como en el caso de los correspondiente a un período de 15 días calendario. Corresponsales Bancarios ya no por parte de trabajadores escalafonados de BANCOLOMBIA y sus Filiales, Dentro de los quince (15) días siguientes a la firma de la presente correspondiéndoles a estos trabajadores prestar estos servicios convención colectiva, BANCOLOMBIA y sus Filiales entregarán a por ser parte de las funciones de sus cargos como está los Sindicatos Uneb y Sintrabancol, en una proporción del establecido convencionalmente, en consecuencia, conlleva a cincuenta por ciento (50%) para cada uno, el equivalente, futuro a una disminución significativa de los puestos de trabajo, correspondiente a un período de quince (15) días calendario, al razón por la cual BANCOLOMBIA y sus Filiales se comprometen a aumento general de salario básico establecido en el artículo 5º partir de la firma de la presente Convención Colectiva a prestar del presente Pliego de peticiones, de los trabajadores de exclusivamente los servicios presenciales a los clientes de manera BANCOLOMBIA y sus Filiales, los trabajadores no afiliados a UNEB directa en la red de sucursales de BANCOLOMBIA y sus Filiales por y SINTRABANCOL, a quienes les sea aplicada la presente parte de trabajadores escalafonados con el fin exclusivo de Convención Colectiva. preservar los contratos de trabajo de estos últimos. Artículo 27: Contabilización de descuadres. BANCOLOMBIA y Artículo 29: CONSUMIDOR FINANCIERO. BANCOLOMBIA y sus sus Filiales, para la contabilización de un faltante a nombre de un Filiales, a partir de la firma de la presente Convención en aras de
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