Programa de Estímulos al Talento Artístico y Cultural 2019 - Andrés Julián Rendón Cardona Alcalde de Rionegro

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Programa de Estímulos al Talento Artístico y Cultural 2019 - Andrés Julián Rendón Cardona Alcalde de Rionegro
Programa de Estímulos
                  al Talento Artístico y Cultural
                              2019

Andrés Julián Rendón Cardona
Alcalde de Rionegro

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Presentación

El municipio de Rionegro presenta el programa municipal de estímulos artísticos y
culturales, que tiene como propósito promocionar los procesos de creación, formación,
circulación, divulgación, investigación y apropiación de la producción artística y cultural;
provenientes de contextos poblacionales tanto de la zona urbana como de la zona rural
del municipio de Rionegro.

El programa municipal de estímulos al talento artístico y cultural, cuenta con cuatro
grandes convocatorias públicas, representadas en la entrega de $ 353.000.000 en apoyos
económicos distribuidos en las diferentes áreas, disciplinas, temáticas y sectores
poblacionales que diversifican y enriquecen nuestra cultura y nuestras manifestaciones
artísticas; garantizando así el acceso por parte de todos los artistas, creadores y gestores
del municipio de Rionegro sin distingo alguno a la oferta de bienes y servicios culturales en
condiciones de equidad.

El programa de estímulos tiene como fundamento legal los lineamientos de la
Constitución Política de Colombia, desarrollados por la Ley General de Cultura (Ley 397 de
1997), donde se establece el deber del Estado en brindar apoyo y estímulo a las personas,
comunidades e instituciones que desarrollen y promuevan las expresiones artísticas y
culturales en el ámbito local, regional y nacional. De igual forma el programa se presenta
como una de las líneas de inversión de los recursos de la estampilla procultura de
Rionegro, tal como lo expresa la norma municipal: Acuerdo 025 de 2017.

Así pues, la administración municipal “Rionegro tarea de todos” da apertura a las
convocatorias del Programa de Estímulos 2019 e invita a todo el sector cultural del
municipio para que participe de forma activa en este proceso. Ofrecemos nuestro trabajo
y manifestamos nuestro compromiso por brindarles todo el apoyo y asesoría en pro del
desarrollo y buena ejecución de sus proyectos; para así trabajar mancomunadamente en
la construcción de Rionegro como una ciudad con memoria, identidad y desarrollo
cultural.

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Cronograma de la Convocatoria

El cronograma del Programa de Estímulos 2019 está estipulado así:

                EVENTO                       FECHA                  LUGAR
  Apertura de la convocatoria –
                                         14 de marzo
  Publicación del reglamento de                            www.semrionegro.gov.co
                                         4 p.m.
  participación 2019
  Cierre     de    presentación   de     8 de abril           Recepción de la
  proyectos en físico.                   5:00 p.m.         Secretaría de Educación
  Verificación       jurídica    del
  cumplimiento de las condiciones de     10 de abril
  participación.
                                                          Cartelera de información
  Publicación de resultados de la 11 de abril
                                                          de la casa de la cultura
  verificación de participación.  2 p.m.
                                                          Ramón Jaramillo Jurado
  Evaluación por parte de los jurados Del 15 de abril
  (deliberación incluida)             al 3 de mayo
                                                           Cartelera de información
  Publicación de los ganadores de        6 de mayo         de la casa de la cultura
  los estímulos.                         4 p.m.            Ramón Jaramillo Jurado
                                                            Info: 5204060 ext 2311
  Legalización por parte de los
  beneficiarios de las cartas de                           Casa de la cultura Ramón
                                         Desde el 7 de
  compromiso y documentación                                   Jaramillo Jurado
                                         mayo
  requerida para la entrega del
  estímulo
                                         17 de
  Fecha límite para la ejecución de
                                         noviembre de
  las propuestas.
                                         2019
  Fecha límite para el cobro del         1 de diciembre
  estímulo                               de 2019

Como un mecanismo de orientación para todos los interesados, la Subsecretaría de
Cultura de Rionegro presenta las siguientes recomendaciones y pasos a seguir para
participar en el Programa de Estímulos 2019:

   1. Reclame el formulario de participación en la casa de la cultura Ramón Jaramillo
      Jurado Sede Centro y San Antonio de manera gratuita a partir del 14 de Marzo,
      ya que los formularios están numerados.
   2. Cerciórese que cumple los requisitos de participación, el perfil y experiencia de la
      convocatoria que desea.
   3. Diligencie el Formulario de participación y anexe la documentación
      correspondiente a su perfil de participación.
   4. Escriba su proyecto artístico de acorde a los lineamientos de la convocatoria que
      desea y anexe la documentación correspondiente.
   5. Radique el formulario y su proyecto artístico con anexos en la recepción de la

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Secretaría de Educación (no en archivo general de la Alcaldía), de lunes a viernes
      de 8am a 12 y de 1 a 5p.m. La convocatoria de Estímulos está abierta hasta el 8 de
      abril de 2019.
   6. Visite la cartelera de información de la casa de la cultura Ramón Jaramillo Jurado
      Calle 48 Nro 50-36 el 6 de mayo de 2019 a partir de las 4 p.m. para conocer los
      resultados de la evaluación de su proyecto.

Los proponentes, por la sola presentación de su proyecto a alguna de las convocatorias
consignadas en este documento, autorizan a la Subsecretaría de Cultura para verificar
toda la información que en éste suministren. Además, la presentación de la propuesta,
por parte del proponente, constituye evidencia que estudiaron completamente las
especificaciones del proceso y los deberes que se adquieren en virtud del compromiso
que se celebrará para la ejecución del proyecto artístico.

Para la entrega de la propuesta y demás documentos que se vayan a presentar, asegúrese
que toda la información sea entregada en la ventanilla de correspondencia de la
Secretaría de Educación. Como mecanismo de garantía del principio de transparencia de
las actuaciones en la presente convocatoria no se aceptarán propuestas ni otros
documentos que sean entregados en direcciones diferentes a la recepción de la Secretaría
de Educación de Rionegro ni por correo electrónico.

Se solicita a los postulantes foliar cada una de las hojas que componen su proyecto de
manera consecutiva ascendente, en la parte superior derecha de la hoja.

                          Quienes pueden participar
Podrán participar en el Programa de Estímulos quienes tengan alguna de las siguientes
calidades:

1. Persona Natural de Rionegro, es decir, nacida en el municipio de Rionegro.

2. Persona Natural de Colombia que haya expedido su documento de identidad en el
municipio de Rionegro.

3. Persona Natural de Colombia que acredite su residencia en el municipio de Rionegro
mediante la base de datos del Sisbén.

4. Personas jurídicas constituidas en el municipio de Rionegro, que cumplan con el perfil
específico establecido en la convocatoria en particular en la que deseen presentarse.

5. Personas naturales de cualquier edad, a título colectivo de grupo constituido o
colectivo cultural del municipio de Rionegro. Por lo menos el 60% de los integrantes del
colectivo debe haber: o nacido en Rionegro o expedido su documento de identidad en
Rionegro o tener residencia en Rionegro.

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Nota: Las limitaciones de participación previstas anteriormente se tendrán en cuenta y se
aplicarán en todas las etapas de la convocatoria, incluido el momento de hacer entrega
del estímulo correspondiente. Tratándose de personas jurídicas o colectivos artísticos, la
presencia de alguna inhabilidad o impedimento en cualquiera de sus integrantes
inhabilitará a la totalidad de la entidad o del grupo. Adicionalmente, todas las limitaciones
señaladas se extenderán a las personas que intervengan en el desarrollo del proyecto.

           Procedimiento de participación en la convocatoria
Paso 1: Diligenciar el formulario de participación

Deberá ser diligenciado con letra legible y estar firmado (en el caso de personas naturales:
por el proponente; y en las personas jurídicas: por el representante legal).

Nota: EL FORMULARIO DE PARTICIPACIÓN se debe reclamar en la Casa de la Cultura
Ramón Jaramillo Jurado Sede Centro o Sede San Antonio de manera gratuita, ya que los
formularios están numerados.
El interesado que no presente el formulario de participación diligenciado en su totalidad,
no lo firme y/o no especifique en qué convocatoria participa, quedará automáticamente
descalificado.

Paso 2: Adjuntar la documentación del participante

Los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos, que tienen el carácter de
insubsanables, de acuerdo con el tipo de participante. La ausencia de cualquiera de ellos
será causal de rechazo debido a que no demostraría que cumple alguna de las calidades
de que trata el artículo tercero del Decreto reglamentario (Tipos de participante del
programa 2019).

Para persona natural:
          ● Formulario de participación diligenciado en su totalidad y firmado por la
              persona natural proponente.
          ● Copia legible de la cédula de ciudadanía de la persona natural proponente,
              por ambos lados.
          ● Si no es rionegrero de nacimiento o no tiene su documento de identidad
              expedido en Rionegro, necesita estar inscrito en la base de datos del Sisbén
              con su residencia en el Municipio de Rionegro y por tanto debe adjuntar
              pantallazo de la página web de Sisbén de sus datos:
      https://www.sisben.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/consulta-del-
      puntaje.aspx
      o también puede solicitar certificado de manera gratuita en las oficinas del Sisbén
      de Rionegro ubicadas en la Casa Provincial (anterior sede de Comfama).

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Para Persona jurídica:
          ● Formulario de participación diligenciado en su totalidad y firmado por el
              representante legal.
          ● Copia legible del documento de identidad del representante legal.
          ● Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de
              Comercio con un tiempo máximo de expedición de sesenta (60) días a la
              fecha de apertura de la convocatoria.

Para colectivos artísticos (Aplica para dos [2] o más personas naturales):
           ● Formulario de participación diligenciado en su totalidad y firmado por
               todos los integrantes, incluido el representante del grupo.
           ● Copia legible por ambas caras del documento de identidad de cada uno de
               los integrantes del grupo.
           ● Los menores de edad deben presentar un documento de autorización para
               la participación de parte de al menos un padre de familia o representante
               legal del menor (puede reclamar formato en la casa de la cultura).
           ● Si algún integrante del grupo no es rionegrero de nacimiento o no tiene su
               documento de identidad expedido en Rionegro, debe adjuntar pantallazo
               de la página web de Sisbén de sus datos:
       https://www.sisben.gov.co/atencion-al-ciudadano/Paginas/consulta-del-
       puntaje.aspx
       o también puede solicitar certificado de manera gratuita en las oficinas del Sisbén
       de Rionegro ubicadas en la Casa Provincial (anterior sede de Comfama).

Los participantes que se presenten como grupo constituido deberán tener en cuenta lo
siguiente:

Para efectos de la presente convocatoria, un colectivo artístico un grupo constituido es un
grupo cultural o artístico sin personería jurídica conformado por personas naturales del
municipio de Rionegro, con una trayectoria en el área cultural debidamente acreditada de
mínimo un (1) año a la fecha de la apertura de la presente convocatoria. La acreditación
del grupo debe demostrarse mediante acta privada de constitución como grupo.

Nota: El colectivo debe estar constituido por lo menos por el 60% de personas oriundas
del municipio de Rionegro, o que tengan el documento de identidad expedido en Rionegro
o con residencia en el municipio de Rionegro acreditado mediante base de datos del
Sisbén.

Únicamente habrá lugar a sustituir hasta el veinte por ciento (20%) del número total de
los integrantes del grupo constituido aprobado por el jurado, en las siguientes situaciones:
     - Casos de fuerza mayor, acreditados ante la Subsecretaría de Cultura.
     - En el caso en que uno de los integrantes del grupo constituido resulte ganador de
        una convocatoria como persona natural, podrá renunciar al grupo, previo aval de

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todos los integrantes; por lo que el grupo (no el artista que renuncia) solicitará la
       modificación de integrante de grupo mediante comunicación escrita dirigida a la
       Subsecretaría de Cultura y sujeta a aprobación. Una vez aceptada la renuncia, el
       grupo reemplazará al integrante por una persona con un perfil de las mismas
       características de quien renunció.

En el caso en que se sustituya a más del veinte por ciento (20%) del número total de los
integrantes, el colectivo artístico perderá el beneficio del estímulo, y la Subsecretaría de
Cultura procederá a nombrar al siguiente grupo en la lista según el puntaje.

Nota: El único documento de identificación válido para los colombianos es la cédula
amarilla con hologramas, de acuerdo con lo establecido en las leyes 757 de 2002 y 999 de
2005. Y para los menores de edad el documento de identificación válido es la tarjeta de
identidad. En caso de no contar con dicho documento, se podrá presentar el comprobante
del documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual
se presume auténtico. De igual forma en la opción para extranjeros, los documentos de
identidad válidos para ellos son la cédula de extranjería o la visa de residencia.

                                                        TIPO DE PARTICIPANTE
                                                Person                   Colectivo
     DOCUMENTOS DE PARTICIPACIÓN                           Persona
                                                  a                  artístico / Grupo
                                                           Jurídica
                                                Natural                conformado
Formulario de participación según tipo de
                                                    X          X                X
participante
Copia legible por ambas caras del
                                                    X          X                X
documento de identidad
Pantallazo de la página web de Sisbén
que muestre la residencia de los                    X                           X
integrantes
Los menores de edad deben presentar un
                                                                                X
documento de autorización de sus padres
Certificado de existencia y representación
                                                               X
legal de la Persona Jurídica

* Recuerde que todos estos documentos son insubsanables, es decir que si no los
presenta su proyecto no será evaluado por no acreditar algunas de las calidades de
participación que señala el artículo tercero del Decreto Reglamentario (tipos de
participante).

Paso 3: Formular el proyecto artístico y adjuntar documentos específicos de cada
convocatoria para los jurados

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Revise de manera minuciosa las condiciones específicas de cada convocatoria; en
       ellas encontrará la descripción de los documentos que debe adjuntar a su
       propuesta para el jurado. Se recibirán únicamente copias de las obras o proyectos,
       la Subsecretaría no se hace responsable de originales.
       Así mismo la Subsecretaría no se hará responsable de materiales escritos o
       audiovisuales que no puedan ser leídas por el jurado en el momento de la
       evaluación, por tanto, el participante debe asegurarse de que el material se
       presente en formatos legibles por los sistemas operativos Windows y Mac OS. En
       caso en que ninguna de las copias de material audiovisual adjuntado se pueda
       abrir, la propuesta será rechazada.

Paso 4: Entrega del proyecto artístico en físico
       El participante debe entregar un sólo paquete que contenga: el formulario con los
       documentos de participación y el proyecto artístico para los jurados en 3 copias
       (una para cada jurado). Solo se recibirán sobres sellados.
       El paquete deberá ser entregado con la siguiente información (en una hoja
       adherida al paquete):

 CASA DE LA CULTURA “RAMÓN JARAMILLO JURADO”
 Programa de Estímulos al Talento Artístico y
 Cultural 2019

 Remite
 Nombre del participante:
 Nombre del proyecto:
 Convocatoria a la que se presenta:
 Área:
 Modalidad:
 Nro de hojas que contiene los documentos de participación (folios):
 Nro de hojas que contiene el proyecto artístico para el jurado (folios):

La propuesta deberá radicarse en la recepción de correspondencia de la Secretaría de
Educación de Rionegro, en los siguientes horarios de atención:
Lunes a Viernes: de 8:00 am a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.

NOTA 1: Cada propuesta debe ser radicada en un solo paquete que contiene los dos
sobres: documentos de participación (Formulario y anexos) y Proyecto artístico con sus
respectivos anexos para el Jurado.
NOTA 2: Por ningún motivo se recibirán propuestas enviadas por correo electrónico o
cualquier otro medio diferente al indicado.
NOTA 3: Si una persona, organización o colectivo presenta dos o más propuestas, deberá
radicarlas en paquetes separados.

Seudónimo

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Según la definición de la Real Academia de la Lengua, el seudónimo es el “nombre
utilizado por un artista en sus actividades, en vez del suyo propio”; o dicho de un autor,
“que oculta con un nombre falso el suyo verdadero”.
Es indispensable que el proponente revise las condiciones específicas de la convocatoria
en la cual va a participar, con el fin de determinar si requiere presentarse o no con
seudónimo. Si la convocatoria a la que se presenta así lo requiere, cada participante
(persona natural o persona jurídica) deberá elegir un seudónimo o sobrenombre con el
cual se identificará como proponente en el proceso de evaluación.

De acuerdo con ello, los documentos de participación deberán enviarse en un sobre
cerrado y marcado con el seudónimo y el número del documento de identificación del
participante. El proyecto artístico y sus anexos para el jurado deben ir en un sobre
diferente al de los documentos de participación, estar marcados con el mismo seudónimo
y no revelar la identidad del o de los participantes en el sobre de los documentos del
jurado, pues el proyecto quedará automáticamente rechazado.

NOTA: Cada participante, ya sea persona natural, integrante de un grupo constituido,
persona jurídica, podrá presentar una (1) obra o un (1) proyecto por cada una de las
convocatorias del programa municipal de estímulos para la vigencia 2019; en todo caso
sólo podrá ser beneficiario de un (1) estímulo (la propuesta con el mayor puntaje
otorgado).

Si el participante es designado ganador en más de una de las convocatorias, se asignará el
estímulo en la convocatoria que presente mayor puntaje. La Subsecretaría de cultura
procederá de acuerdo a la puntuación que le sigue en su convocatoria de manera
descendente. En caso de no existir proyectos en la línea de estímulo con el puntaje
requerido.

       Procedimiento de evaluación y asignación de estímulos
Verificación de requisitos

La Subsecretaría verificará que los documentos recibidos cumplan con los requisitos
generales de participación (Formulario y anexos de documentos de participación). Sólo
aquellos que cumplan serán enviados a los jurados para evaluación.

Causales de rechazo

La Subsecretaría de Cultura rechazará las propuestas que incumplan con los requisitos de
participación contenidos en el artículo octavo del decreto reglamentario, y de manera
enunciativa en los siguientes casos:

   ● El participante no adjuntó el formulario de participación, lo modificó, no lo

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diligenció en su totalidad, no lo firmó o no especificó a qué convocatoria se
       presenta.
   ●   El participante no adjuntó documentos de participación que acompañan el
       formulario.
   ●   El participante presentó dos (2) propuestas a la misma convocatoria: ambas
       propuestas serán rechazadas. La prohibición se hace extensiva a presentar dos (2)
       o más propuestas, o dos (2) veces la misma propuesta, a cualquiera de las
       modalidades de una misma convocatoria.
   ●   La propuesta no fue radicada en la Secretaría de Educación de Rionegro o fue
       enviada por correo certificado fuera de la fecha límite (de cierre) establecida para
       la convocatoria.
   ●   El participante ha presentado una propuesta a una convocatoria no ofertada, por
       lo tanto no puede darse trámite a la misma.
   ●   La propuesta ha sido presentada por un menor de edad.
   ●   El tipo de participante no corresponde al ofertado en la convocatoria a la que
       aplica.
   ●   El participante no se adecua al perfil exigido en la convocatoria específica.
   ●   La propuesta no corresponde al objeto de la convocatoria específica.
   ●   El participante no adjuntó documentos para el jurado.
   ●   El participante no acreditó alguna de las calidades de participación de que trata el
       artículo quinto.
   ●   Cualquier propuesta que solicite un presupuesto mayor al 70% del valor global del
       proyecto será rechazada.

La Subsecretaría de Cultura publicará en la cartelera de información de la casa de la
cultura Ramón Jaramillo Jurado, los resultados de la verificación de documentos de
participación previo a la evaluación por parte del jurado. A partir de este momento las
propuestas se clasifican en:
Propuesta rechazada: cuando no cumple con los requisitos de participación.
Propuesta en estudio: cuando pasa a la etapa de evaluación de los jurados.

El proceso de selección de los participantes para ser elegidos beneficiarios del Programa
de Estímulos 2019 será el siguiente:

          a) La persona interesada en participar en el programa de estímulos deberá
              hacerlo mediante la presentación físico de un proyecto cultural que cumpla
              el perfil especifico de la convocatoria a la que aspira. El proyecto cultural
              deberá tener anexo la documentación de que trata el artículo cuarto, y la
              propuesta económica de cofinanciación solicitada a la Alcaldía no debe
              sobrepasar un valor mayor al 70% del presupuesto global del proyecto, es
              decir que la convocatoria en ningún caso dará un estímulo económico de
              más del 70% del valor total del proyecto cultural presentado.

          b) La Secretaría de Educación a través de la Subsecretaria de Cultura verificará

                                     Página 11 de 18
que los documentos recibidos cumplan con los requisitos generales y
           específicos de participación. Solo aquellos que cumplan con los requisitos
           serán enviados a los jurados para la evaluación. Se rechazarán las
           propuestas que incumplan con los requisitos de participación contenidos en
           el presente decreto y en el documento de la convocatoria de que trata el
           artículo segundo del presente decreto.

        c) Los Jurados aplicarán los criterios de evaluación que se estipularán en cada
            una de las convocatorias, sin embargo, tendrán especial atención a aquellas
            propuestas que propicien espacios comunitarios como plataforma de
            posicionamiento de la oferta cultural del Patrimonio Histórico del
            Municipio, que genere identidad y empoderamiento del territorio,
            circulación y reconocimiento de artistas Rionegreros.

        d) Evaluadas las propuestas por parte de los jurados, se establecerá la
           asignación de los estímulos de acuerdo con el puntaje en orden
           descendente hasta que se agote el recurso de cada una de las
           convocatorias.

        e) Los jurados actuarán con plena autonomía y su decisión quedará consignada
            en la correspondiente acta de deliberación. En todos los casos la decisión es
            inapelable y será acogido por la Subsecretaria de cultura, mediante acto
            administrativo, contra el cual no procede recurso alguno.

        f) Haciendo uso del principio de transparencia, los beneficiarios y ganadores del
            Programa de Estímulos 2019 serán divulgados en sitio público de la Casa de
            la cultura Ramón Jaramillo Jurado.

        g) Una vez publicado el acto administrativo que acredita los beneficiarios del
            Programa Municipal de Estímulos 2019, la Subsecretaría de cultura
            procederá a comunicar dicha decisión por escrito a los mismos. Una vez
            recibida la comunicación, los beneficiarios cuentan con cinco (5) días
            hábiles para realizar el proceso de otorgamiento del estímulo, para lo cual
            deberá hacer llegar los siguientes documentos:
                RUT Actualizado.
                Carta de compromiso.
                Constancia del envío de un correo electrónico con la reseña biográfica
                    del ganador, reseña de la propuesta y una fotografía reciente del
                    ganador para efectos de divulgación y memoria del proceso.
            Para quienes deseen recibir anticipo del estímulo, anexar, además:
                Póliza de cumplimiento y anticipo.

Si dentro del plazo establecido no se adjunta esta documentación, dicha
omisión será considerada como no aceptación del estímulo.

                                   Página 12 de 18
h) Una vez expedido el acto administrativo de designación de los beneficiarios
               del estímulo y, la entrega completa por parte del beneficiario de los
               documentos e informes que solicite la Subsecretaría de Cultura se
               procederá a la entrega de estos. La entrega de los estímulos se realizará en
               los montos y condiciones señalados en cada convocatoria, teniendo en
               cuenta la disponibilidad de los recursos, contra entrega de informe de
               ejecución o justificación de anticipo de conformidad con los términos y
               condiciones de esta.

           i) En caso de que un beneficiario incumpla los compromisos asumidos en las
               fechas y condiciones establecidas en cada convocatoria, la Subsecretaría de
               Cultura, procederá a solicitarle el reintegro de la totalidad de los recursos
               para Alcaldía de Rionegro durante los veinte (20) días siguientes de la
               notificación de dicho acto. En caso de no recibir el reintegro de los recursos
               en el plazo otorgado, se agotará el procedimiento de cobro coactivo
               correspondiente. Los beneficiarios que incumplan los compromisos
               asumidos no podrán presentarse nuevamente a convocatorias para el
               Programa de Estímulos al Talento Artístico y Cultural en el municipio de
               Rionegro de que trata el Acuerdo Municipal 025 de 2017.

Criterios de evaluación

El Jurado aplicará los criterios de evaluación que se estipularán en cada una de las
convocatorias, sin embargo tendrá especial atención a aquellas propuestas que propicien
espacios comunitarios como plataforma de posicionamiento de la oferta cultural de
Rionegro y del reconocimiento de la memoria del patrimonio del Municipio, que generen
identidad y empoderamiento del territorio, circulación y reconocimiento de artistas
rionegreros.

Asignación de Recursos

En honor al principio de transparencia que rige la administración pública, la evaluación de
los proyectos artísticos se hará por parte de los jurados, los cuales asignarán un puntaje a
cada proyecto que irá de 0 a 100 puntos, siendo 100 la máxima calificación.

Luego de que cada jurado realice la evaluación individual de los proyectos, se tendrá una
jornada de deliberación grupal entre los respectivos jurados de cada convocatoria, a la
clausura de dicha jornada se firmará acta conjunta de deliberación en la cual quedará
consignado: los puntajes que los jurados le dieron a cada proyecto, el puntaje promedio
que obtuvo cada proyecto y en la parte final se debe consignar el listado de proyectos en
orden descendente de acuerdo al puntaje promedio que obtuvieron.

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La Secretaría de Educación mediante su Subsecretaría de Cultura, deberá adoptar la
decisión de los jurados y asignará los estímulos de acuerdo al orden descendente en que
se encuentra el listado consignado en las actas de deliberación.

Evaluadas las propuestas por parte del jurado, se establecerán los beneficiarios del
estímulo para cada una de las convocatorias, de acuerdo al puntaje obtenido por cada
proyecto artístico, de acuerdo al total de los recursos disponibles de cada convocatoria y
según el proyecto lo haya indicado.

Es importante reiterar que cualquier propuesta que solicite un presupuesto mayor al 70%
del valor global del proyecto será evaluada como inviable, es decir que la convocatoria en
ningún caso dará un estímulo económico de más del 70% del valor total del proyecto
presentado. Por lo tanto, tenga en cuenta que:
● Cualquier propuesta que solicite un presupuesto mayor al 70% del valor global del
    proyecto será rechazada.
● La propuesta deberá evidenciar otras fuentes de financiación o contrapartidas, estas
    pueden provenir de recursos propios. (Cuando el proyecto salga ganador del estímulo,
    estos aportes deberán estar soportados con cartas originales y certificaciones de las
    entidades o personas naturales que las apoyan originales, antes de firmar la carta de
    compromiso).
● Cada participante podrá presentarse hasta con una propuesta por cada una de las
    convocatorias, siempre y cuando sean diferentes y se ajusten a las especificaciones de
    cada una. En caso de que un participante resulte ganadora con varias propuestas se
    adjudicará el apoyo a la propuesta con el mayor puntaje otorgado.

Deliberación y fallo

Como se indicó anteriormente, los jurados luego de leer y evaluar las propuestas que se le
asignaron, se reunirán en fecha, hora y lugar establecidos por la Subsecretaría de Cultura
para adelantar la deliberación. Al finalizar la jornada se diligenciará el acta de deliberación
que consigna las decisiones finales tomadas por los jurados.

En todos los casos, el fallo es inapelable y será acogido por la Subsecretaría de Cultura,
mediante acto administrativo, contra el cual no procede recurso alguno. Así pues, con
base en el acta de deliberación la Subsecretaría de Cultura procederá a realizar la
resolución de adjudicación de estímulos, previa revisión de inhabilidades,
incompatibilidades y prohibiciones. Las deliberaciones de los jurados serán confidenciales,
pero los puntajes y formatos de evaluación de cada participante podrá ser consultados
por éstos durante la vigencia 2019.

El jurado podrá emitir recomendaciones a las obras o proyectos ganadores, que los
beneficiados deben acatar. En caso de que un ganador no acepte el estímulo o sobre el
recaiga una inhabilidad, este se adjudicará a la propuesta que siga en puntaje.

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Publicación de resultados

Los resultados serán publicados en la cartelera de información de la Casa de la Cultura
Ramón Jaramillo Jurado -sede Centro-, y se procederá a comunicar la decisión a los
ganadores mediante correo electrónico, previa expedición del acto administrativo que los
designa como beneficiarios y ganadores del respectivo estímulo.

Otorgamiento de los estímulos

Una vez recibida la comunicación, los beneficiarios cuentan con cinco (5) días hábiles para
legalizar el proceso de otorgamiento del estímulo, para lo cual deberá hacer llegar los
siguientes documentos:

   ● RUT Actualizado. La actividad registrada en rut debe ser afín al proyecto
     presentado
   ● Carta de compromiso: documento que hace expreso los deberes y compromisos
     de los beneficiarios.
   ● En formato virtual debe enviar un video con la reseña biográfica del ganador de
     máximo dos (2) párrafos, reseña de la propuesta presentada de máximo dos (2)
     párrafos, y enviar una fotografía reciente del ganador con resolución 300dpi en
     formato JPG, para efectos de divulgación y memoria del proceso.
   ● Póliza de cumplimiento y anticipo: En caso de solicitar pago anticipado del
     estímulo se debe presentar póliza, que debe ser constituida a favor de la Alcaldía
     de Rionegro, en una compañía legalmente establecida en Colombia y aprobada por
     la Superintendencia Financiera, que ampare el riesgo de incumplimiento general
     del proyecto, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del
     estímulo y con una vigencia igual a su duración más tres (3) meses.

Una vez se reciba la documentación anteriormente solicitada, la Subsecretaría efectuará la
verificación de inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones de los seleccionados y
cumplimiento de la documentación. De encontrarse alguna causal de retiro en algún
beneficiario, quedará rechazado y lo remplazará quien hubiere ocupado la suplencia
según el orden de puntaje dado por el jurado.

En caso de que se llegue a comprobar falsedad o fraude en cualquier momento del
proceso, incluso en la ejecución de la propuesta, se retirará al participante, y quedará
inhabilitado para participar en cualquiera de las convocatorias del programa municipal de
estímulos de Rionegro y deberá devolver los aportes recibidos al momento de su retiro.

Pago de los estímulos

Una vez expedido el acto administrativo de designación de los ganadores y la entrega
completa, por parte del ganador, de los documentos e informes que solicite la
Subsecretaría de Cultura, se procederá al pago de los mismos. El pago de los estímulos se

                                      Página 15 de 18
realizará en los montos y condiciones señalados en cada convocatoria, teniendo en cuenta
la disponibilidad de los recursos.

Para el caso de aquellos ganadores que por motivos de fuerza mayor, ajenos a la
Subsecretaría, hayan recibido algún monto por concepto del estímulo correspondiente y
no puedan ejecutar el proyecto dentro de los términos establecidos, éstos deberán
reintegrar los recursos dentro de los veinte (20) días siguientes.

Para el caso de aquellos ganadores que por motivos de fuerza mayor, ajenos a la
Subsecretaría, no ejecuten el proyecto de acuerdo al cronograma presentado (hasta el 17
de noviembre de 2019) o no reclamen el estímulo correspondiente hasta el 1 de
diciembre de 2019, la Subsecretaría podrá dar por terminado el compromiso de manera
unilateral y ejecutará los recursos.

Seguimiento y evaluación

La Subsecretaría realizará el seguimiento y la evaluación de las propuestas aprobadas,
mediante un supervisor. Los resultados generales de esta evaluación se darán a conocer
en detalle en la cartelera de información de la Casa de la Cultura Ramón Jaramillo Jurado,
información que también estará disponible para las instancias de control pertinentes.

                Derechos y obligaciones de los ganadores
Los participantes que a juicio de los jurados resulten beneficiarios de los estímulos
ofertados en las diferentes modalidades de la presente convocatoria quedarán sujetos al
marco general de derechos y obligaciones que se precisan a continuación:

Derechos de los Ganadores

   ● Ser los titulares de los derechos patrimoniales de sus propuestas objeto del
     estímulo recibido. La Subsecretaría recomienda a los ganadores realizar el registro
     de su obra o proyecto ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
   ● Recibir copia del acto administrativo que los acredita como ganadores de la
     convocatoria.
   ● Recibir el pago del estímulo en los montos y condiciones señalados en cada
     convocatoria.
   ● De conformidad con lo dispuesto en el literal I), inciso 3° del artículo 5° del Decreto
     1512 de 1985, “por el cual se reglamenta el artículo 30 de la ley 9 de 1983 y se
     dictan normas en materia de retención en la fuente”, los pagos que correspondan
     a premios en concurso o certámenes de carácter científico, literario, periodístico,
     artístico o deportivo reconocidos por el Gobierno nacional, no se encuentran
     sometidos a retención por otros ingresos, sin perjuicio de que en el momento de
     presentar la declaración de renta el contribuyente deba reportar este ingreso

                                      Página 16 de 18
como gravado y por ende liquidar el impuesto sobre la ganancia ocasional. Para lo
     anterior la Subsecretaría de cultura está realizando trámite ante Ministerio de
     Cultura para que se emita Resolución que autorice la no realización de la
     retención.
   ● Los demás que se señalen en la respectiva convocatoria.

Obligaciones de los Ganadores

   ● Desarrollar los proyectos en los tiempos previstos y aprobados por los jurados, de
     acuerdo con las condiciones establecidas en cada convocatoria en particular.
   ● Diligenciar, firmar la carta de compromiso y cumplir de manera estricta con lo
     estipulado en ella y en la convocatoria.
   ● Contar con recursos propios para iniciar el desarrollo de su proyecto en la fecha
     indicada de acuerdo con la convocatoria, teniendo en cuenta que el desembolso
     económico en caso de anticipo tarda cerca de 20 días.
   ● Destinar el cien por ciento (100%) del monto recibido para la ejecución del
     proyecto.
   ● Acatar las recomendaciones efectuadas por los jurados.
   ● Compartir los resultados obtenidos, a través de actividades de socialización tales
     como: talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones y presentaciones,
     entre otras, según la naturaleza de su trabajo final.
   ● Otorgar crédito a la Subsecretaría de Cultura de Rionegro en todas las actividades
     desarrolladas o material publicado en relación con el estímulo recibido.
   ● No se podrá ceder en ningún caso el estímulo o el desarrollo del proyecto a
     terceros.
   ● Cumplir los “deberes del ganador” estipulados en la respectiva convocatoria de la
     cual fue designado como ganador.
   ● Acatar las recomendaciones realizadas por el supervisor para el óptimo desarrollo
     del proyecto.
   ● Presentar un (1) informe final de actividades que contenga: un escrito que
     compendio el desarrollo de las actividades y los resultados obtenidos, anexando
     como evidencias el registro fotográfico y audiovisual en formato CD, DVD.

                            Consideraciones especiales

● No se concederán prórrogas para el desarrollo de los proyectos. Salvo casos de fuerza
  mayor o caso fortuito, debidamente probados por el beneficiario del estímulo. Esta
  situación se deberá dar a conocer a la Subsecretaría de Cultura, quien deberá avalarla
  autorizando o negando expresamente la prórroga. Los proyectos se deben realizar en
  los tiempos establecidos por cada convocatoria a partir de la notificación del acto
  administrativo que designa a los beneficiarios.

                                    Página 17 de 18
● En el caso de los estímulos de circulación, no se aceptarán solicitudes de cambio de
  eventos o itinerarios de viaje por cancelación del evento. Si el evento para el cual fue
  aprobado el proyecto de circulación es cancelado, los ganadores deberán reintegrar la
  totalidad de los recursos otorgados a la Alcaldía de Rionegro, dentro de los treinta (30)
  días siguientes a la cancelación del evento sin sobrepasar el 17 de noviembre de 2019.
  Si el evento es reprogramado, los ganadores deberán informar inmediatamente la
  situación a la Subsecretaría, quien analizará la aprobación de las nuevas fechas de
  viaje siempre y cuando se encuentren dentro de la respectiva vigencia y no se altere lo
  aprobado por los jurados y el presupuesto señalado.

● Cuando se compruebe que la información contenida en los documentos que
  componen la propuesta no es veraz o no corresponde con la realidad, se retirará al
  participante, siempre que la mencionada inconsistencia le hubiese permitido cumplir
  con un requisito de participación o mejorar la propuesta presentada para efectos de la
  evaluación. No obstante lo anterior, la Subsecretaría de Cultura formulará denuncia
  ante las autoridades competentes, si hay lugar a ello.

El pago de los estímulos a los ganadores está sujeto a:

● La expedición del acto administrativo que designa a los ganadores.
● La entrega completa, por parte del beneficiario, de los documentos que solicite el
  Programa Municipal de Estímulos, en los tiempos establecidos en la convocatoria.
● Para el caso de aquellos beneficiarios que por motivos de fuerza mayor o caso fortuito,
  ajenos a la Subsecretaría de Cultura, hayan recibido algún monto por concepto del
  estímulo correspondiente y no puedan ejecutar el proyecto aprobado por los jurados
  dentro de los términos establecidos, deberán reintegrar los recursos a la Alcaldía de
  Rionegro dentro de los veinte (20) días siguientes a la presentación de la renuncia o
  presentación de la situación a la Alcaldía.
● En caso de que un beneficiario incumpla con los compromisos asumidos en las fechas
  y condiciones establecidas, la Subsecretaría de Cultura, procederá a solicitarle el
  reintegro de la totalidad de los recursos a la Alcaldía de Rionegro dentro de los veinte
  (20) días siguientes de la notificación de dicho acto. En caso de no recibir el reintegro
  de los recursos en el plazo otorgado, la Subsecretaría agotará el procedimiento
  administrativo de cobro coactivo correspondiente.
● En el caso de las convocatorias que contemplan la posibilidad de la entrega del
  estímulo en dos (2) pagos, el desembolso del último de ellos estará condicionado a la
  entrega del informe final con sus correspondientes anexos, dentro del plazo máximo
  contemplado para cada convocatoria. Por tanto, si la Subsecretaría de Cultura, no
  recibe los documentos dentro de las fechas establecidas, no procederá a realizar el
  último desembolso y podrá liberar los recursos. Plazo máximo de cobro del estímulo
  es el 1 de diciembre de 2019.

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