PROSPECTO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO INVERSIONISTA +CIGUB - CI FONDOS S.A. DE C.V - CIBanco
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CI FONDOS S.A. DE C.V. SOCIEDAD OPERADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN PROSPECTO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO INVERSIONISTA +CIGUB
+CIGUB PROSPECTO DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO INVERSIONISTA CI GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. FONDO DE INVERSION EN INSTRUMENTOS DE DEUDA +CIGUB (El “Fondo” o “+CIGUB”) Modalidad: Abierta Clases y series accionarias: TIPO DE PERSONA SERIE CLASES A N/A PERSONA FÍSICA F-0 F-1 F-2 F-3 F-4 PERSONA MORAL B M M-0 M-1 M-2 M-3 M-4 P. MORAL NO SUJETA A RETENCION E E-0 E-1 E-2 E-3 E-4 P. FÍSICAS Y MORALES C 0 1 2 3 4 Categoría: Corto plazo, gubernamental Fecha de autorización del prospecto: 19 de diciembre de 2019 Número de Oficio: 157/90703/2019 “La autorización de los prospectos de información al público inversionista no implican certificación sobre la bondad de las acciones que emitan o sobre la solvencia, liquidez, calidad crediticia o desempeño futuro de los fondos, ni de los activos objeto de inversión que conforman su cartera.” La información contenida en este documento es responsabilidad de la Sociedad Operadora, y estará sujeta a la inspección y vigilancia de la CNBV. Sociedad Operadora: CI Fondos, S. A. de C. V., Sociedad Operadora de Fondos de Inversión. Días y horarios de recepción de órdenes: Esta información se detalla en el numeral 2 inciso b) de este prospecto de información. Oficinas: Av. de las Palmas 215 Piso 6, Col. Lomas de Chapultepec, Alcaldía Miguel Hidalgo, 11000, Ciudad de México. Página de Internet: www.cifondos.com.mx Contacto para mayor información: Tel: 55 1100 1586. 2
+CIGUB La inversión en el fondo CI GUBERNAMENTAL, S.A. de C.V. Fondo de Inversión en Instrumentos de Deuda no se encuentra garantizada por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), así mismo la sociedad operadora y, en su caso, la sociedad distribuidora, no tienen obligación de pago en relación con el Fondo de Inversión, ya que la inversión en ésta se encuentra respaldada hasta por el monto del patrimonio del Fondo. La versión actualizada del prospecto de información al público inversionista puede consultarse en la página de Internet del Fondo www.cifondos.com.mx, así como en la página de las demás entidades que distribuyan en forma integral sus acciones. 3
+CIGUB INDICE 1 OBJETIVOS Y HORIZONTE DE INVERSION, ESTRATEGIAS DE INVERSION, RENDIMIENTOS Y RIESGOS RELACIONADOS a) Objetivos y horizonte de inversión b) Políticas de Inversión c) Régimen de Inversión i. Participación en Instrumentos Financieros derivados, valores estructurados, Certificados bursátiles fiduciarios o Valores respaldados por activos ii. Estrategias Temporales de inversión d) Riesgos asociados a la inversión i. Riesgo de mercado ii. Riesgo de crédito iii. Riesgo de liquidez iv. Riesgo operativo v. Riesgo contraparte vi. Pérdida en condiciones desordenadas de mercado vii. Riesgo legal e) Rendimientos i. Gráfica de Rendimientos ii. Tabla de rendimientos nominales 2 OPERACIÓN DEL FONDO DE INVERSIÓN a) Posibles adquirentes b) Políticas para la compra venta de acciones i. Día y hora para la recepción de órdenes ii. Ejecución de las operaciones iii. Liquidación de las operaciones iv. Causas de posible suspensión de operaciones c) Montos mínimos d) Plazo mínimo de permanencia e) Límites y políticas de tenencia por inversionista f) Prestadores de servicios i. Sociedad operadora que administra el Fondo de Inversión ii. Sociedad distribuidora iii. Sociedad valuadora iv. Otros prestadores g) Costos, comisiones y remuneraciones 3 ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL CAPITAL a) Organización del Fondo de Inversión de acuerdo a lo previsto en artículo 10 de la Ley. b) Estructura de capital y accionistas 4 ACTOS CORPORATIVOS a) Fusión y Escisión b) Disolución, Liquidación y Concurso Mercantil 5 REGIMEN FISCAL a) Para el Fondo b) Personas físicas c) Personas morales d) Personas morales no sujetas a retención e) Inversionistas extranjeros f) Impuesto al valor agregado 6 FECHA DE AUTORIZACION DEL PROSPECTO Y PROCEDIMIENTO PARA DIVULGAR SUS MODIFICACIONES 7 DOCUMENTOS DE CARÁCTER PÚBLICO a) Precio diario 4
+CIGUB b) Cartera semanal c) Cartera mensual d) Estados de cuenta e) Otros 8 INFORMACION FINANCIERA 9 INFORMACION ADICIONAL 10 PERSONAS RESPONSABLES 11 ANEXO.-Cartera de inversión “Ningún intermediario, apoderado para celebrar operaciones con el público o cualquier otra persona, ha sido autorizada para proporcionar información o hacer cualquier declaración que no esté contenida en este documento. Como consecuencia de lo anterior, cualquier información o declaración que no esté contenida en el presente documento deberá entenderse como no autorizada por el Fondo de Inversión” 5
+CIGUB 1 OBJETIVOS Y HORIZONTE DE INVERSION, ESTRATEGIAS DE INVERSION, RENDIMIENTOS Y RIESGOS RELACIONADOS a) Objetivos y horizonte de inversión Ofrecer a todas aquellas personas físicas, morales, morales no sujetas a retención, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, una alternativa de inversión, que satisfaga sus necesidades de rentabilidad, invirtiendo exclusivamente en valores gubernamentales en moneda nacional. El rendimiento natural (antes de servicios administrativos y costos) que se espera obtener en el fondo será por arriba del fondeo gubernamental a un día publicado por Banxico https://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInternetAction.do?sector=18&accion=consultarCuadroAnali tico&idCuadro=CA53&locale=es Con base en la cartera del fondo la cual se invierte hasta el 100% en instrumentos gubernamentales, el principal riesgo a considerar será el de mercado; caracterizado por el riesgo de la tasa de interés, pues los cambios en las tasas de interés pueden afectar negativamente los precios de los activos propiedad del Fondo. El plazo recomendado de permanencia para obtener el rendimiento esperado del Fondo es de cuando menos un mes calendario. Dadas las características de inversión y liquidez del fondo, se recomienda a inversionistas pequeños, medianos o grandes considerando los montos mínimos de inversión requeridos y su nivel de complejidad o sofisticación, que busquen inversiones de bajo a moderado riesgo, en función de su objetivo, estrategia y calificación. b) Políticas de Inversión La estrategia de inversión de este Fondo es activa ya que el Fondo toma riesgos buscando aprovechar oportunidades de mercado para tratar de incrementar su rendimiento por arriba de su base de referencia. Ya que hasta el 100% de los recursos del fondo se encontrarán invertidos en instrumentos gubernamentales, el fondo podrá ofrecer liquidez diaria a sus inversionistas, debido a la alta liquidez ofrecida por los instrumentos que componen su cartera. Además de que el porcentaje mínimo de inversión es del 20% en valores de fácil realización y/o con vencimiento menor a tres meses. El Fondo sólo invertirá en valores de deuda emitidos o garantizados por el Gobierno Federal, Banco de México y/o el IPAB, a tasa nominal fija, tasa revisable y tasa real denominados en pesos. El Fondo no podrá invertir en activos emitidos por fondos de inversión del mismo consorcio empresarial al que, en su caso, pertenezca su sociedad operadora. El fondo podrá realizar operaciones de préstamo de valores actuando como prestamista, operando con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa. Dichas operaciones serán con los valores permitidos en prospecto y en apego a la Ley. El plazo del préstamo no excederá los 7 días. El vencimiento del préstamo debe ser pactado a más tardar un día hábil previo al vencimiento del valor objeto de dicha operación. El premio convenido en las operaciones de préstamo de valores puede denominarse en Moneda Nacional. Las operaciones de préstamo de valores se celebrarán preferentemente con contrapartes que cuenten con calificación de crédito en escala Nacional “A” de largo plazo (mínima). El premio obtenido por el préstamo de valores se calculará en base a año comercial de 360 días y debe superar el nivel de la tasa de Fondeo Gubernamental de los últimos 5 días hábiles. La duración los activos objeto de inversión será de corto plazo, es decir, menor o igual a un año. Se entenderá por duración, a la sumatoria de la revisión de tasa o vencimiento medio ponderado de los flujos de cada activo objeto de inversión que integre la cartera del Fondo de Inversión, calculado por el proveedor de precios. 6
+CIGUB Todos los valores que integran la cartera del fondo por ser instrumentos gubernamentales cuentan con una calificación crediticia de AAA. El Fondo podrá realizar operaciones de reporto sólo actuando como reportador, realizando estas operaciones con contrapartes (que tengan calificación mínimo de A y con contrato actualizado) en instrumentos gubernamentales a plazos de hasta siete días. En la negociación del premio y precio, el fondo buscará en todo momento aplicar las mejores prácticas en la celebración de este tipo de operaciones. Además, el precio y el premio de los Reportos deberán denominarse en la misma moneda que los Valores objeto de la operación de que se trate, en cuyo caso el precio y el premio deberán denominarse en moneda nacional. Los reportos deberán contemplar precios en los instrumentos gubernamentales acordes a valuaciones de mercado y un premio acorde a condiciones de mercado. El Fondo puede hacer operaciones de reporto hasta por el 100% de sus activos netos. El Fondo de Inversión no participará en la contratación de préstamos y créditos. Los intermediarios con los que los operadores celebrarán las operaciones de compra y venta de valores serán las Casas de Bolsa, Bancos, Brokers o cualquier otro intermediario financiero autorizado por la CNBV. c) Régimen de Inversión El Consejo de Administración de la Operadora tendrá, entre otras funciones, la de establecer las políticas de operación e inversión de +CIGUB, con base en la política de selección, adquisición y diversificación de Valores, a las que deberá apegarse la Operadora de los activos de +CIGUB la cual se sujetará al régimen de inversión siguiente: % MAXIMO % MINIMO Del Activo Neto 1. Valores Gubernamentales en moneda 100% nacional 2. Valores de fácil realización y con 20 % vencimiento menor a tres meses. 3. Operaciones de préstamo de Valores 80% 4. Operaciones de reporto 100% 5. Valor en Riesgo (VaR) 0.03% Los porcentajes de inversión señalados se computarán diariamente conforme a lo establecido por la CNBV, con relación al activo neto del mismo día del Fondo de Inversión al igual que el Valor en Riesgo de la cartera de inversión, el cual se computará respecto de los activos netos del Fondo de inversión, calculado con un horizonte de un día, con una muestra de 252 días y un nivel de confianza del 95%. El valor de un fondo de inversión, cualquiera que sea su política de inversión, está sujeta a la fluctuación de los mercados, por lo que el inversionista puede obtener ganancias o pérdidas. c.i) Participación en Instrumentos Financieros Derivados, Valores Estructurados, Certificados Bursátiles Fiduciarios o Valores respaldados por Activos. El Fondo no invertirá en instrumentos financieros derivados así como tampoco lo hará en valores estructurados, Certificados Bursátiles Fiduciarios o valores respaldados por activos. c.ii) Estrategias temporales de inversión. El Fondo de Inversión podría no ajustarse al régimen de inversión establecido en el Prospecto de Información al Público Inversionista, adoptando estrategias temporales de inversión, con la finalidad de reducir el riesgo y/o volatilidad de su cartera de inversión, ante condiciones de alta volatilidad, incertidumbre financiera y/o política en los mercados financieros así como cualquier otra condición que pudiera generar compras o ventas significativas e inusuales de sus propias acciones. 7
+CIGUB Dentro de las posibles estrategias para enfrentar escenarios de alta volatilidad, incertidumbre financiera y/o política en los mercados financieros el fondo podría considerar aumentar los niveles de liquidez en el Fondo por medio de ventas de posiciones, disminuir la duración de los valores invertidos y/o darle prioridad a valores de fácil realización. Se deberá revelar a los accionistas del Fondo de inversión a través del estado de cuenta y en la en la página de internet www.cifondos.com.mx, describiendo la estrategia implementada y los motivos. d) Riesgos asociados a la inversión. En la adquisición de los activos objeto de inversión del Fondo, de acuerdo a su categoría, régimen de inversión y objetivo, el Fondo se encuentra expuesto a algunos riesgos que pueden llegar a afectar a su rendimiento o patrimonio, de los cuales el principal riesgo es el de mercado asociado a las variaciones en las tasas de interés. El precio de las acciones del Fondo se ve afectado de manera negativa cuando los movimientos en dichas tasas son de alza. No obstante que es un Fondo de inversión de deuda, con un objetivo claramente establecido, una categoría de corto plazo y una calificación de riesgo de mercado que refleja una sensibilidad baja a moderada a las condiciones cambiantes de mercado; siempre existe la posibilidad de sufrir pérdida de los recursos invertidos en el fondo por condiciones cambiantes o adversas de mercado. d.i) Riesgos de mercado. El riesgo de mercado se define como la pérdida potencial ante cambios en los factores de riesgo que inciden sobre la valuación o sobre los resultados esperados en las inversiones o pasivos a cargo del Fondo, tales como movimientos de tasas de interés, tipos de cambio, índices de precios, entre otros. Ya que estos pueden incidir en el comportamiento de las tasas de interés. Si estas cambian, el valor de los activos del fondo de inversión y el precio de las acciones de ésta sufrirá variaciones positivas o negativas. El riesgo de tasa de interés está directamente relacionado con la duración del portafolio de valores especificada en las políticas de inversión; entendiéndose que, a mayor duración en un portafolio implica una mayor exposición al riesgo de tasa de interés. Todas aquellas personas físicas, morales, morales no sujetas a retención, que deseen participar en este Fondo deberán tener presente que los principales riesgos se originan por la naturaleza y características que tengan los valores que integren su cartera, ya que se encuentran cotizando en los mercados financieros y están sujetos a las fluctuaciones, tendencias y a las variables macroeconómicas que los afectan. La metodología para el cálculo del VaR utilizada por el Fondo de Inversión es el método histórico, consistente en aplicar al valor del Fondo de Inversión, las variaciones diarias observadas en el periodo de referencia por cada uno de los activos que componen el Fondo de Inversión. El VaR es una medida de Riesgo de Mercado que trata de estimar los rangos de pérdidas potenciales, con un nivel de confianza (probabilidad de que la pérdida real supere a la estimación VaR) para un horizonte de tiempo dado, en función de las variaciones observadas en período de estudio. Los insumos principales para medir el VaR son: • Factores de riesgo (precios, tasas, sobretasas, etc.). • Duración (para el caso de bonos). • Rendimientos (cambios porcentuales diarios de los factores de riesgo). • Volatilidad (desviación promedio, sobre el valor esperado, de los factores de riesgo). Los parámetros utilizados para el cálculo del VaR son: 8
+CIGUB Periodo: 252 Horizonte: 1 día Nivel de confianza: 95% El límite Máximo de VaR es de 0.03% La pérdida que en un escenario pesimista de mercado (5 en 100 veces) puede enfrentar el Fondo de Inversión en un lapso de 1 día, es al menos de $0.30 M.N. por cada $1,000.00 M.N. invertidos (Este dato es una estimación válida únicamente bajo condiciones normales de mercado, las expectativas de pérdida podrían ser mayores, incluso por el monto total de la inversión realizada). El VaR promedio calculado de los últimos 12 meses es de 0.0024% al 28 de febrero de 2021. Y el VaR máximo que ha presentado en el mismo periodo es de 0.0049% al 28 de febrero de 2021. De acuerdo a la escala homogénea de la CNBV, la calificación del fondo es 3, lo cual es Baja Moderada Escala del riesgo de mercado 1 Extremadamente Baja 2 Baja 3 Baja Moderada 4 Moderada 5 Moderada Alta 6 Alta 7 Muy Alta La calificación del fondo en escala de HR Ratings de México, S.A. de C.V., que es una agencia calificadora de reconocido prestigio a nivel internacional, ubica al Fondo una calificación de riesgo de mercado “3CP”, la cual es entre Baja y Moderada Corto Plazo en condiciones cambiantes de mercado. La escala de HR Ratings es la siguiente: 9
+CIGUB d.ii) Riesgos de crédito. El riesgo de crédito se define como la pérdida potencial por la falta de pago de un emisor de valores de deuda en el que invierta el Fondo. De acuerdo a la escala homogénea de la CNBV, la calificación de crédito del fondo es AAA, lo cual es Sobresaliente. Escala de Calificaciones Administración y Calidad de Activos AAA Sobresaliente AA Alto A Bueno BBB Aceptable BB Bajo B Mínimo La calificación otorgada por la calificadora HR Ratings de México, S.A. de C.V., ubicará al Fondo de Inversión con una calificación de crédito “HR AAA”, la cual se considera de la más alta calidad crediticia. La escala de HR ratings es la siguiente: Derivado de su calificación el riesgo de crédito al que está expuesto el Fondo de Inversión es Mínimo. 10
+CIGUB . Además de la situación de los mercados, también influye la solidez financiera del emisor, ya que el valor de los activos depende de la capacidad esperada del emisor para cubrir sus obligaciones, los cuales son valores gubernamentales en el 100% de la cartera. Por lo que el riesgo de crédito es casi nulo por ser deuda del Gobierno Federal. d.iii) Riesgos de liquidez. El riesgo de liquidez, al que estará expuesta el Fondo, se define como la pérdida potencial por la venta anticipada o forzosa de activos a descuentos inusuales para hacer frente a sus obligaciones, o bien, ante un hecho de que una posición no pueda ser oportunamente enajenada, adquirida o cubierta mediante el establecimiento de una posición contraria equivalente. Para enfrentar este tipo de riesgo y derivado de que el Fondo tiene una categoría de corto plazo, ésta mantiene al menos un 20% en valores de fácil realización y/o en instrumentos con vencimiento menor a 3 meses; por lo que el riesgo de liquidez al que estará expuesto el Fondo es bajo. d.iv) Riesgo Operativo. El riesgo operativo u operacional se define como el riesgo de que se presenten pérdidas ocasionadas por fraude, actividades no autorizadas, errores, omisiones, ineficiencia, fallas de los sistemas o por eventos externos. Es inherente a toda organización de negocios y cubre una amplia gama de posibles eventos. El Fondo como cualquier organización de negocios se encuentra expuesta a pérdidas potenciales ocasionadas por riesgo operativo. Este riesgo comprende, entre otros, al riesgo tecnológico y al riesgo legal. La Operadora tiene implementados diversos controles internos para identificar, calificar y prevenir los posibles efectos de riesgos operativos en la organización que pudieran impactar negativamente en el precio de las acciones del Fondo. El riesgo operativo a que se encuentra expuesto el Fondo está calificado como bajo, índice obtenido de las calificaciones individuales dadas a cada uno de los riesgos operativos identificados para el Fondo y la Operadora. d.v) Riesgo contraparte. El fondo debe de operar la mayoría de sus compras y ventas con Instituciones que cuenten con calificaciones mínimo de A, por lo que es mínima la posibilidad por incumplimiento de las obligaciones contraídas por la contrapartes en las operaciones y por lo tanto el riesgo contraparte de +CIGUB es bajo. d.vi) Pérdida en condiciones desordenadas de mercado. Ante condiciones desordenadas de mercado que pudieran generar compras o ventas significativas e inusuales de sus propias acciones, el fondo podrá aplicar al precio de valuación de compra o de venta de las acciones emitidas, según se trate, un diferencial para la realización de operaciones de compra o venta sobre dichas acciones por lo que el inversionista se encuentra expuesto a una pérdida. En ningún caso, el diferencial podrá aplicarse en perjuicio de los inversionistas que permanezcan en el Fondo. La aplicación de dicho diferencial deberá contar con el visto bueno del Contralor Normativo y el responsable de la Administración Integral de Riesgo de la Sociedad Operadora y se aplicará consistentemente al precio de valuación de compra o venta, según corresponda, de todas las operaciones que se celebren con los inversionistas, el día de la valuación. El importe que se genere se quedará en el Fondo en beneficio de los accionistas que permanezcan en él. En caso de presentarse las situaciones antes referidas, el Fondo deberá hacer del conocimiento de sus accionistas y del público inversionista, así como de la Comisión, las causas y la justificación de la aplicación del diferencial correspondiente al precio de valuación, así como la forma en que fue determinado, a más tardar el día hábil siguiente en que se presenten, a través del sistema electrónico de envío y difusión de información de las respectivas bolsas. 11
+CIGUB El diferencial debe haber sido determinado de conformidad con las políticas, procedimientos y metodología que hubieren sido aprobadas por el consejo de administración de la Operadora para estos efectos. El diferencial no podrá ser mayor al 2% Desde su inicio el fondo nunca ha aplicado el mencionado diferencial ante condiciones desordenadas de mercado. d.vii) Riesgo Legal. Se define como la pérdida potencial por el incumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables, la emisión de resoluciones administrativas y judiciales desfavorables y la aplicación de sanciones, en relación con las operaciones que lleve a cabo el Fondo. El riesgo legal es una combinación de varios riesgos, entre los que están: Riesgo Contractual. Es el riesgo de que, en una relación contractual, los derechos y/u obligaciones sean inadecuados o deficientes; las responsabilidades de las partes sean ambiguas u omitidas; inaplicabilidad del contrato en conformidad con sus términos, ilegalidad o falta de capacidad legal o de formalidades necesarias. Riesgo de Litigio. Se entiende como el riesgo de no tomar los pasos para mitigar la probabilidad de que una demanda se lleve a cabo, no ser capaces de defender en forma exitosa la demanda, no actuar en forma apropiada y diligente y la falta de habilidad para tomar acciones correctas y hacer cumplir los derechos de la Operadora. Riesgo Legislativo. Es el riesgo de no conocer y/o cumplir con los cambios en las leyes o disposiciones legales aplicables a la Operadora. Riesgo de Propiedad Intelectual. Se entiende al no proteger mediante derechos reservados, registro de marca o patentes, materiales y procesos propiedad de la Operadora. Riesgo de Reputación. Se entiende al daño que la Operadora pueda sufrir a su reputación debido a la falta de control en el riesgo financiero o riesgo operacional, así como a la falta de cumplimiento de regulaciones que delimitan la conducta del negocio. La Operadora tiene implementados controles internos para enfrentar los posibles efectos de estos riesgos legales en la organización que pudieran impactar negativamente en el precio de las acciones del Fondo; y dado que no se han registrado pérdidas significativas por este concepto y que los riesgos legales que se tienen identificados no generarían pérdidas relevantes, se considera que este riesgo será calificado como bajo. a) Rendimientos. El desempeño del Fondo en el pasado no tiene ni tendrá relación alguna con los rendimientos futuros del fondo. e.i) Gráficas de Rendimientos. Sólo se muestran las gráficas de las series que actualmente cuentan con clientes que son las series. De las demás series. se incluirán las gráficas en cuanto se tenga información. 12
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+CIGUB e.ii) Tabla de Rendimientos Nominales. Sólo se muestran los rendimientos de las series que actualmente cuentan con clientes. De las demás series se incluirán los rendimientos en cuanto se tenga información. SERIE “B” BE-0 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento neto 3.73% 3.77% 4.59% 3.28% 6.08% Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BE-1 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento neto 3.45% 3.48% 4.29% 3.02% 5.81% Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BE-2 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento neto 3.16% 3.20% 4.00% 2.76% 5.54% Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e 19
+CIGUB BE-3 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento neto 2.87% 2.91% 3.70% 2.50% 5.27% Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BE-4 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento neto 2.59% 2.62% 3.41% 2.24% 5.00% Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BF-0 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.95% 2.84% 3.50% 2.21% 5.08% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BF-2 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.88% 1.67% 2.24% 1.02% 3.93% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e 20
+CIGUB BF-3 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.95% 1.81% 2.44% 1.25% 4.11% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BF-4 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.71% 1.58% 2.21% 1.06% 3.91% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BM-1 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.73% 2.59% 3.21% 2.12% 4.84% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BM-2 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% N/D 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.33% 2.20% N/D 1.63% 4.24% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e 21
+CIGUB BM-3 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.05% 1.92% 2.55% 1.38% 4.16% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e BM-4 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.71% 1.57% 2.20% 1.05% 3.90% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e SERIE “C” C-0 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.98% 2.87% 3.54% 2.25% 5.12% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e C-1 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 2.26% 2.08% 2.66% 1.41% 4.31% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e 22
+CIGUB C-2 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.97% 1.78% 2.35% 1.14% 4.03% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e C-3 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.67% 1.47% 2.05% 0.86% 3.75% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e C-4 Mes Mes Ultimos 3 Ultimos 12 Ultimo mes Rendimiento Rendimiento meses meses Bajo Alto Rendimiento 4.37% 4.41% 5.25% 3.97% 7.08% bruto Rendimiento 1.37% 1.17% 1.74% 0.59% 3.48% neto Cetes 28* 4.11% 4.24% 4.87% 4.22% 7.01% Fondeo 4.13% 4.24% 5.02% 4.25% 7.13% Gubernamental N/D: No s e cuenta con i nforma ci ón di s poni bl e En caso de existir comisiones o costos no reflejados, los rendimientos mostrados pueden ser menores. Hasta el momento no existe ni costos ni comisiones no reflejadas en los rendimientos. 2 OPERACIÓN DEL FONDO DE INVERSIÓN a) Posibles adquirentes SERIE “B” Las acciones de las Clases ”M”, “M-0”, “M-1”, “M-2”, “M-3” y “M-4” podrán ser adquiridas por: Personas morales mexicanas o extranjeras; instituciones de crédito y cualquier otra entidad financiera facultada para actuar como fiduciaria que actúen por cuenta propia y de fideicomisos de inversión cuyos fideicomisarios sean personas morales; entidades financieras del exterior; agrupaciones de personas morales extranjeras; fondos de ahorro y de pensiones; cajas 23
+CIGUB de ahorro, Las distribuidoras de acciones del Fondo de Inversión; instituciones de seguros y fianzas; almacenes generales de depósito; uniones de crédito. Las acciones de la Clases “E”, “E-0”, “E-1”, “E-2”, “E-3” y “E-4” podrán ser adquiridas por: Aquellas personas o instituciones que bajo las figuras legales y que cumplan con las disposiciones fiscales en leyes, reglamentos o resoluciones que de ellas deriven y que se encuentren vigentes en su momento, sean considerados no sujetos de retención de impuesto sobre la renta por ingresos por intereses definidos en el artículo 54 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: La citada retención no se efectuará cuando los intereses se paguen a los siguientes: o La Federación, las Entidades Federativas o los Municipios. o Los organismos descentralizados cuyas actividades no sean preponderantemente empresariales, así como a aquellos sujetos a control presupuestario en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que determine el Servicio de Administración Tributaria. o Los partidos o asociaciones políticas, legalmente reconocidos. o Las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. o Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, a los fondos de pensiones o jubilaciones de personal complementarios a los que establece la Ley del Seguro Social y a las empresas de seguros de pensiones autorizadas exclusivamente para operar seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social en la forma de rentas vitalicias o seguros de sobrevivencia conforme a dichas leyes, así como a las cuentas o canales de inversión que se implementen con motivo de los planes personales para el retiro a que se refiere el artículo 151, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. o Los estados extranjeros en los casos de reciprocidad. o El Banco de México, las instituciones que componen el sistema financiero y las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro. No será aplicable lo dispuesto en este punto, tratándose de intereses que deriven de pasivos que no sean a cargo de dichas instituciones o sociedades, así como cuando éstas actúen por cuenta de terceros. o Los Fondos o fideicomisos de fomento económico del Gobierno Federal. o Los intermediarios financieros a los fondos de pensiones o jubilaciones de personal y de primas de antigüedad, constituidos en los términos del artículo 29 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, ni los que se paguen a sociedades de inversión en instrumentos de deuda que administren en forma exclusiva inversiones de dichos fondos o agrupen como inversionistas de manera exclusiva a la Federación, a las Entidades Federativas, a los Municipios, a los Organismos Descentralizados cuyas actividades no sean preponderantemente empresariales, a los partidos políticos y asociaciones políticas legalmente reconocidos. o Los fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores o a las personas morales constituidas únicamente con el objeto de administrar dichos fondos o cajas de ahorro. Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable únicamente cuando se cumpla con lo siguiente: a) Que los fondos y cajas de ahorro a que se refiere este punto, cumplan con los requisitos que al efecto se establezcan en el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y que quien constituya el fondo o la caja de ahorro o la persona moral que se constituya únicamente para administrar el fondo o la caja de ahorro de que se trate, tenga a disposición de las autoridades fiscales la documentación que se establezca en dicho Reglamento. b) Que las personas morales a que se refiere este punto, a más tardar el 15 de febrero de cada año, presenten ante el Servicio de Administración Tributaria información del monto de las aportaciones efectuadas a los fondos y cajas de ahorro que administren, así como de los intereses nominales y reales pagados, en el ejercicio de que se trate. Lo dispuesto en este punto no será aplicable a los intereses que se paguen a las personas morales a que se refiere la presente fracción por inversiones distintas de las que se realicen con los recursos de los fondos y cajas de ahorro de trabajadores que administren. o Las sociedades de inversión a que se refiere el artículo 87 y de renta variable a que se refiere el artículo 88, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Los posibles adquirentes deberán sujetarse a las disposiciones legales que les sean aplicables. 24
+CIGUB Los posibles adquirentes se modificarán a fin de ajustarse en todo momento a los supuestos normativos contenidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta o la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, que exime de la retención del Impuesto Sobre la Renta a personas precisadas por la misma. Así como aquellos que cumplan con el artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para los efectos de la Ley del Impuesto Sobre de la Renta, se consideran personas morales con fines no lucrativos, las siguientes: o Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen. o Asociaciones patronales. o Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan. o Colegios de profesionales y los organismos que los agrupen. o Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa la concesión y permiso respectivo. o Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las siguientes actividades: a. La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda. b. La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados. c. La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas. d. La rehabilitación de alcohólicos y farmacodependientes. e. La ayuda para servicios funerarios. f. Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. g. Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas. h. Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad. i. Fomento de acciones para mejorar la economía popular. o Sociedades cooperativas de consumo. o Organismos que conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores. o Sociedades mutualistas y Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, que no operen con terceros, siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios, tales como premios, comisiones y otros semejantes. o Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, así como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley, cuyo objeto sea la enseñanza, siempre que sean consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. o Sociedades o asociaciones de carácter civil dedicadas a la investigación científica o tecnológica que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas. o Asociaciones o sociedades civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, dedicadas a las siguientes actividades: a. La promoción y difusión de música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, literatura, arquitectura y cinematografía, conforme a la Ley que crea al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como a la Ley Federal de Cinematografía. b. El apoyo a las actividades de educación e investigación artísticas de conformidad con lo señalado en el inciso anterior. c. La protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y la Ley General de Bienes Nacionales; así como el arte de las comunidades indígenas en todas las manifestaciones primigenias de sus propias lenguas, los usos y costumbres, artesanías y tradiciones de la composición pluricultural que conforman el país. d. La instauración y establecimiento de bibliotecas que formen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de conformidad con la Ley General de Bibliotecas. e. El apoyo a las actividades y objetivos de los museos dependientes del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. 25
+CIGUB o Las instituciones o sociedades civiles, constituidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro, y aquéllas a las que se refiera la legislación laboral, así como las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere la Ley para regular las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. o Asociaciones de padres de familia constituidas y registradas en los términos del Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia de la Ley General de Educación. o Sociedades de gestión colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor. o Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos, o asociaciones religiosas constituidas de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. o Asociaciones o sociedades civiles que otorguen becas, a que se refiere el artículo 83 de esta Ley. o Asociaciones civiles de colonos y las asociaciones civiles que se dediquen exclusivamente a la administración de un inmueble de propiedad en condominio. o Las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro que se constituyan y funcionen en forma exclusiva para la realización de actividades de investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, terrestre o acuática, dentro de las áreas geográficas definidas que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, así como aquellas que se constituyan y funcionen en forma exclusiva para promover entre la población la prevención y control de la contaminación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico. o Las asociaciones y sociedades civiles, sin fines de lucro, que comprueben que se dedican exclusivamente a la reproducción de especies en protección y peligro de extinción y a la conservación de su hábitat, siempre que además de cumplir con las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, se obtenga opinión previa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. o Las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. o Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos. o La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación. o Los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. o Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia y organizadas sin fines de lucro, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, dedicadas a las siguientes actividades: a. La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de seguridad ciudadana. b. Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos. c. Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público. d. Promoción de la equidad de género. e. Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales. f. Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico. g. Participación en acciones de protección civil. h. Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. i. Promoción y defensa de los derechos de los consumidores. o Asociaciones Deportivas reconocidas por la Comisión Nacional del Deporte, siempre y cuando éstas sean miembros del Sistema Nacional del Deporte, en términos de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Las acciones de la Clase “F-0”, “F-1”, “F-2”, “F-3” y “F-4” podrán ser adquiridas por: Personas físicas mexicanas o extranjeras; instituciones de crédito y cualquier otra entidad financiera facultada para actuar como fiduciaria que actúen por cuenta de fideicomisos de inversión cuyos fideicomisarios sean personas físicas, fondos de ahorro; cajas de ahorro para trabajadores. 26
+CIGUB SERIE “c” Las acciones de la Clase “0”, “1”, “2”, “3” y “4” podrán ser adquiridas por: Personas físicas y/o morales mexicanas o extranjeras; y cualquier otra entidad financiera facultada para actuar como fiduciaria que actúen por cuenta de fideicomisos de inversión cuyos fideicomisarios sean personas físicas, fondos de ahorro y cajas de ahorro para trabajadores. El tratamiento fiscal para las personas morales, que inviertan en esta serie, será el mismo que el de las personas físicas. b) Políticas para la compra-venta de acciones. La recepción de órdenes de compra y venta de acciones emitidas por el Fondo, será de acuerdo a lo siguiente: Se podrán recibir las órdenes de compra-venta de acciones del Fondo, por cualquiera de las formas siguientes: vía telefónica, en su página electrónica en la red mundial (Internet), correo electrónico (e-mail), la persona que girará la instrucción podrá acudir en forma personal a las oficinas de las Distribuidoras, que le den a conocer para tales efectos, en los contratos respectivos, los cuales serán firmados por el cliente. Una vez recibida la orden de compra venta de acciones del Fondo se asignará un folio a cada orden el cual tendrá un orden progresivo, de modo que las primeras entradas serán las primeras en derecho. El fondo recomprará el 100% de la tenencia por inversionista, aplicando el procedimiento de primeras entradas, primeras salidas. Lo anterior se aplicará siempre y cuando el total de las solicitudes no exceda el 20% del valor neto de sus activos, en cuyo caso, dicho porcentaje se aplicará a prorrata entre el total de órdenes recibidas; el porcentaje no atendido o pendiente de atender, así como las nuevas solicitudes en su caso, se realizarán con la liquidez que se vaya generando por las ventas y/o vencimientos de Activos Objeto de Inversión que integren la cartera del Fondo, la cual se irá prorrateando diariamente entre dichas órdenes. En condiciones desordenadas de mercado, las distribuidoras y las entidades financieras que presten los servicios de distribución de acciones, podrán operar con el público sobre acciones del Fondo en días distintos a lo previsto en este prospecto. Cuando existan condiciones desordenadas de mercado la Comisión podrá autorizar al Fondo de inversión que modifique las fechas para la recompra de sus acciones sin necesidad de modificar el prospecto. No existen derechos preferenciales para la suscripción y recompra de acciones representativas de su capital social. Los inversionistas del Fondo que, en razón de las modificaciones al Prospecto relacionadas con el régimen de inversión o de política de compra y venta de acciones, no deseen permanecer en la misma, tendrán el derecho de que el propio Fondo les adquiera la totalidad de sus acciones a precio de valuación y sin la aplicación de diferencial alguno, para lo cual contarán con un plazo mínimo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha en que se hayan notificado las modificaciones. Transcurrido dicho plazo, las modificaciones autorizadas al Prospecto surtirán plenos efectos. b.i) Día y hora para la recepción de órdenes. Las órdenes de compra y venta podrán ser solicitadas todos los días hábiles de 8:30 horas a 13:30 horas. Las órdenes recibidas después de las 13:30 horas y hasta las 17:00 horas y en las cuales se señale la ejecución el mismo día, se ejecutarán el día hábil inmediato posterior. Así mismo se podrán hacer solicitudes con anticipación todos los días hábiles de 8:30 horas A 17:00 horas, señalando siempre la fecha de ejecución de la solicitud. Estas órdenes serán registradas en el sistema de cómputo central, permaneciendo con status de pendientes hasta la fecha de ejecución señalada en la solicitud. 27
+CIGUB b.ii) Ejecución de las operaciones. Las órdenes de compra y venta de acciones del Fondo se ejecutarán todos los días hábiles el mismo día de la solicitud, de 8:30 horas a 13:30 horas, hora del centro de México, siempre y cuando hayan sido solicitadas en el horario antes mencionado. Las órdenes de compra/venta solicitadas con anticipación serán ejecutadas de las 8:30 horas a las 13:30 horas de la fecha de ejecución señalada en la solicitud. Las órdenes de compra/venta solicitadas de 13:30:01 horas a 17:00 horas serán ejecutadas de las 8:30 horas a las 13:30 horas el día hábil siguiente al de la solicitud o, en su defecto, en la fecha de ejecución señalada en la solicitud Por tratarse de un fondo de deuda que opera mismo día, las órdenes de compra y venta serán liquidadas, al precio determinado el día hábil previo al de la operación y cuyo registro aparezca el mismo día de la operación en la bolsa de valores en la que, en su caso, se encuentren listados o bien, en alguna sociedad que administre mecanismos electrónicos de divulgación de información de fondos de inversión autorizados por la Comisión y que haya sido contratado por el fondo de inversión. El Fondo podrá aplicar, en condiciones desordenadas de mercado, una reducción en el precio de las acciones, de acuerdo con lo establecido en la sección “Riesgos asociados a la inversión”, inciso d.vi) correspondiente a “Pérdida en condiciones desordenadas de mercado”. La Sociedad Operadora no podrá rechazar las ofertas de compra o venta de las acciones de los fondos, formuladas por las sociedades distribuidoras o entidades que proporcionen servicios de distribución, siempre y cuando se ajusten a las condiciones del prospecto de información al público inversionista, debiendo ajustarse al contrato de adhesión de la Sociedad Operadora para la liquidación de las operaciones, de conformidad con la LFI. b.iii) Liquidación de las operaciones. Las órdenes de compra y venta serán liquidadas el mismo día de la ejecución de las mismas. Para ordenar una compra se requiere que el inversionista cuente con fondos disponibles desde la fecha en que ordene la operación, ya sea en efectivo o en otro tipo de valores como acciones de fondos de inversión. b.iv) Causas de posible suspensión de las operaciones. La suspensión de operaciones podrá darse ante casos fortuitos o de fuerza mayor por lo que se suspenderían las operaciones de compra y venta del fondo, así como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá suspender las operaciones ante estas circunstancias o ante incumplimientos reiterados a las disposiciones que pudieran generar un quebranto a los accionistas. 28
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