Proteja su Hogar, su Negocio y el Progreso de Rhode Island

Página creada Gregorio Valles
 
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Proteja su Hogar, su Negocio y el Progreso
de Rhode Island
Guía Actualizada (7-5-2021)
Rhode Island continúa progresando en flexibilizar las Restricciones mientras equilibra la salud pública y las
necesidades económicas. La guía y los requisitos a continuación describe preguntas frecuentes relacionadas con
las restricciones y mitigaciones. Se exhorta a individuos y dueños de negocios a revisar las pautas específicas para
la comunidad y las industrias contenidas en este documento. Orientaciones de salud pública adicionales
relacionadas con la cuarentena, aislamiento y viajes se pueden encontrar en el sitio web del Departamento de
Salud de Rhode Island (RIDOH) en www.covid.ri.gov.

La siguiente tabla resume los cambios en la Orden Ejecutiva de Rhode Island que entrará en efecto en las fechas
indicadas en la fila superior. En cada una de estas fechas, este documento será también actualizado para reflejar
cualquier cambio adicional o necesario.

Se exhorta a todos los residentes de Rhode Island a que continúen protegiendo sus hogares, personal y
clientes en todo momento al:
   (1) Usar mascarillas en todo momento posible.
   (2) Mantener una distancia física de al menos seis pies de aquellos que no forman parte de su
       hogar.
   (3) Limpiar frecuentemente las superficies tocadas y objetivos compartidos y lavarse las manos
       frecuentemente.
   (4) Limitar las interacciones con individuos fuera de su hogar.
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(5) Hacerse la prueba con frecuencia, especialmente si usted trabaja en la industria de servicios.
  (6) Vacunarse completamente, lo antes posible.

Adicionalmente, los negocios, instituciones y organizaciones de Rhode Island pueden ayudar a minimizar la
transmisión del COVID-19 al:
    (1) Cooperar completamente con RIDOH cuando se detecte un grupo de casos en un entorno determinado. Esto
        incluye proporcional información crítica a RIDOH necesaria para evaluar y medir la severidad de cualquier
        grupo de casos detectado;
    (2) Poner en marcha, en alianza con RIDOH, medidas de control activas para prevenir futura transmisión de la
        enfermedad en un escenario en el que se presente un grupo de casos; y
    (3) Mantener comunicación con RIDOH hasta los grupos de casos confirmados hayan sido resueltos.

Uso de mascarilla
¿Dónde debo continuar usando mi mascarilla?
La orientación actualizada de los CDC es que las personas completamente vacunadas no necesitan usar mascarilla
en espacios al aire libre exceptuando entornos muy concurridos. La política de uso de mascarilla al aire libre entrará
en efecto en Rhode Island a partir del viernes 30 de abril.

Se considera que alguien está completamente vacunado cuando ha recibido las dosis Recomendadas de una
vacuna del COVID-19 autorizada por la Administración de Drogas y Alimentos de Estados Unidos (FDA) o la
Organización Mundial de la Salud (OMS) y cuando hayan pasado más de 14 días después de haber recibido la dosis
final.

Un entorno muy concurrido es definido como un lugar donde alguien no puede consistentemente mantener una
distancia de tres pies. Las personas todavía necesitan usar mascarillas cuando se encuentran bajo techo en
lugares públicos. Adicionalmente, las personas deben mantener sus grupos estables y evitar la aglomeración de
personas siempre que sea posible.

Se requiere el uso de máscaras en el interior y a menos de tres pies de otros en exteriores. Elija actividades más
seguras dependiendo de si está o no completamente vacunado.
Learn more about mask requirements.

Reuniones Sociales
¿Cuál es el límite actual para las reuniones sociales?
Usted puede reunirse con hasta 25 personas bajo techo y hasta 75 personas al aire libre. Para prevenir la propagación
del COVID-19, el RIDOH recomiendan encarecidamente que usted limite sus interacciones con aquellos que no viven
con usted.

Advertencia: La manera más común de propagación del COVID-19 es en ambientes sociales entre amigos y
familiares que no están usando la mascarilla y no están vacunados. Cuanto más interactúe una persona con otras
y cuanto más dure la interacción, mayor es el riesgo de que el COVID-19 se propague en la comunidad.

Eventos Atendidos
¿Cuáles son los requisitos y pautas para los eventos con catering?
 Se permiten eventos con servicio de catering si cumplen con los límites de capacidad de asientos y las reglas del
restaurante, si hay un proveedor con licencia en el lugar y si las partes responsables designan un punto de contacto
(ver más abajo). Los eventos atendidos por estudiantes también deben requerir pruebas previas al evento o
recopilar pruebas de vacunación completa, según lo verificado por el punto de contacto designado por las partes
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responsables del evento (ver más abajo). Se permite la realización de eventos con servicio de catering en interiores
y exteriores. Siempre que los eventos no excedan el 80% de la capacidad de los asientos del lugar. Los límites de
capacidad son los siguientes;

   •   Actual: 80% de capacidad limitada a 200 personas en interiores y 500 en exteriores (tenga en cuenta que
       se recomiendan las pruebas previas al evento, pero no son requeridas para eventos que no son atendidos
       por estudiantes)
   •   A partir del 28 de mayo: 100% de capacidad sin límites en interiores y en exteriores.
        **Tenga en cuenta que los suplidores y el personal de los eventos no están incluidos en los límites de
       capacidad

Información adicional sobre eventos atendidos:
           • Espacio entre mesas: La distancia requerida entre las mesas es de tres pies en interiores y
           exteriores.
           • Tamaño de la mesa: No hay límite en el tamaño de la mesa.
           • Servicio de atención en la barra al aire libre: Se permite el servicio en la barra al aire libre. Ya no se
           requiere Plexiglás o una barrera de similar en los bares al aire libre. El servicio de barra todavía no esta
           permitido en interiores a menos que haya pruebas previas al evento o una colección de prueba de
           vacunación complete en el lugar y todavía se requiere plexiglás o una barrera similar en los bares en el
           interior
           • Horas de coctel en exteriores: Las horas de coctel con paso de entremeses esta permitido en
           exteriores. Todavía no se permite el servicio de barra en horas de coctel en interiores a menos que haya
           pruebas previas al evento o pruebas o una recopilación de pruebas de vacunación completa.
           • Estaciones de Autoservicio y Bufés: Consulte las Regulariones de Actividades Seguras del
           RIDOHs para conocer los cambio y actualizaciones en las estaciones de autoservicio y bufés.

Que flexibilidad adicional se permitirá a partir del 28 de mayo?
Empezando el 28 de mayo, se permitirá los siguiente para los eventos atendidos con catering;
             • Espacio entre mesas: La distancia requerida entre mesas permanecerá en 3 pies en el interior y no
             Habrá requisitos de espacio en exteriores.
             • Tamaño de la mesa: No habrá limite en el tamaño de la mesa.
             • Servicio de Bar: Se permitirá el servicio de barra tanto en el interior como en el exterior y ya no se
             requerirá plexiglás o una barrera similar en las áreas de bar.
             • Horas de Cóctel: Las horas de coctel con paso de entremeses se permitirán tanto en interiores
             como en exteriores.
             • Baile: Como se mencionó anteriormente, se permitirán pistas de baile abiertas para eventos con
             servicios de catering tanto en interiores como exteriores si los bailarines usan máscara todo el tiempo
             cuando estén adentro y en cualquier momento en el que la distancia mínima de tres pies no pueda ser
             mantenida en al aire libre. Se recomienda encarecidamente que los organizadores de eventos disuadan
             la aglomeración excesiva en las pistas de baile.

¿La guía actualizada permite que un proveedor con licencia deje comida preparada en un lugar residencial y luego
abandone las instalaciones?
En la actualidad, todos los eventos atendidos deben tener un proveedor de servicios de catering con licencia en el
sitio en todo momento. Esto ya no será un requisito a partir del 28 de mayo, una vez que ya no haya límites para las
reuniones sociales.

¿Qué son las pruebas antes del evento y cómo garantizo el cumplimiento en mi evento atendido?
Todos los asistentes y el personal en los eventos atendidos por estudiantes deben dar negativo a una prueba del
COVID-19 mediante un método PCR o prueba rápida de una muestra colectada no más de 48 antes del evento o
proporcionar una de vacunación completa. También deberán proporcionar prueba de un resultado negativo al punto
de contacto designado por las partes responsables (ver abajo). El RIDOH recomiendan que los empleados y
asistentes obtengan un resultado negativo lo más cerca posible a la fecha y hora del evento. Las pruebas antes del
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evento ya no son requeridas para eventos que no son atendido por estudiantes. Las pruebas previas al evento no
son necesarias para eventos atendidos por estudiantes a partir del 28 de mayo. Sin embargo, siguen siendo
encarecidamente recomendadas.

¿Quiénes son las partes responsables de un evento y cómo me aseguro de cumplir con este requisito en mi evento
con servicios de catering?
Las partes responsables de un evento incluyen los anfitriones, organizaciones, operadores de las instalaciones y
suplidores, quiénes deben estar familiarizados con y seguir las órdenes ejecutivas, regulaciones y pautas sobre el
COVID-19. Ellos también deben asegurarse de que el local haya completado y tenga en archivo un Plan de control
COVID-19 y/o Planilla de Evento COVID-19 para compartirlo con el Departamento de Regulación de Negocios en
caso de que sea requerido.

Las partes responsables de un evento deben designar un punto de contacto para investigación de casos del RIDOH
y los esfuerzos de rastreo de contactos. También deben mantener una lista de información de contacto para cada
suplidor, empleado y asistente del evento y hacer que esa lista esté disponible durante al menos 30 días después
del evento para fines de rastreo de contactos.

Para eventos atendido por estudiantes, el punto de contacto designado por las partes responsables del evento debe
verificar que todos los suplidores, empleados y asistentes del evento obtengan un resultado negativo a una prueba
de COVID-19 de una muestra obtenida no más de 48 horas antes del evento. Si algún suplidor, empleado o
asistente obtiene un resultado positivo, ellos no podrán asistir al o trabajar en el evento y deben seguir los
requisitos de aislamiento bajo la Orden Ejecutiva 21-26. Para las orientaciones más actuales relacionados con
aislamiento y cuarentena, vea sitio web del Departamento de Salud de Rhode Island.

¿Está permitido bailar?
Actualmente el baile solo está permitido con medidas de mitigación, incluyendo usar mascarilla y bailes entre
personas de un mismo grupo estable (ver detalles abajo). No se requiere el uso de mascaras al aire libre si los
participantes pueden mantener continuamente 3 pies de distancia fisica.

A partir del 28 de mayo del 2021, se permitirán pistas de baile abiertas para eventos con servicio de catering tanto
en interiores como en exteriores, pero los participantes en el baile deben usar mascarillas en todo momento a
menos que estén al aire libre y puedan permanecer continuamente a 3 pies de distancia entre si. Se recomienda
encarecidamente que los organizadores de eventos desalienten la aglomeración excesiva en las pistas de baile.

¿Qué significa baile de grupos estables?
El baile de grupos estables está permitido siempre y cuando los asistentes bailen solamente con personas sentadas
en su mesa. Se recomienda que el número de hogares sentados en una mesa esté limitado a no más de tres
hogares por mesa. El baile debe tener lugar en áreas designadas y claramente marcadas asignadas a cada grupo y
espaciadas por lo menos 3 pies de distancia de cualquier otra área y mesa de baile. Los asistentes deben usar
mascarillas mientras estén en sus áreas de baile asignadas y no pueden ingresar, usar o visitar otras áreas de
baile.

Funerales y Servicios Fúnebres
¿Están permitidos los funerales?
Los velorios en interiores y otras ceremonias grupales y actividades relacionadas con velatorios y funerales están
permitidos con un máximo de 80% de capacidad. No se permite que las capacidades superen las 500 personas en
interiores. Los miembros de diferentes hogares deben permanecer a 3 pies de distancia en todo momento cuando
estén bajo techo y cuando no puedan mantener 3 pies de distancia estando al aire libre.

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¿Qué flexibilidades adicionales estarán permitidas a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, las siguientes flexibilidades adicionales estarán permitidas para funerales y
ceremonias de fin de vida:
    • Capacidad: Los límites de capacidad aumentarán a 100%.
    • Espacio El espacio requerido entre miembros de hogares diferentes seguirá siendo de 3 pies en el interior y
        no habrá requisito de espaciamiento en el exterior.

 Lugares de Reunión
¿Qué instalaciones están consideradas como lugares de reunión?
Los lugares de reunión se pueden clasificar en tres grupos:
1. Interior: todas las áreas están contenidas y las entradas pueden ser limitadas (eventos deportivos para
espectadores, clubes de comedia, cines, centros de convenciones, lugares de actuación, etc.)
2. Al aire libre con boleto: todas las áreas están contenidas y las entradas pueden ser limitadas (algunos eventos al
aire libre donde la entrada requiere boletos son: conciertos, ferias, festivales de música, eventos deportivos para
espectadores, etc.)
3. Al aire libre adicional (desfiles, exhibición de fuegos artificiales, pistas de carreras, maratones de caminata, etc.)

Para preguntas y determinaciones acerca de qué clasificación o categoría corresponde a su negocio u
organización, contacte al Departamento de Regulación de Negocios en dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php o llame al
401-889-5550.

Los límites de capacidad de lugares de reunión son como sigue:
    • Actual: 80% de capacidad hasta 500 personas en interiores y sin límite en exteriores; distancia de 3 pies
        entre las partes debe ser mantenida en todo momento, tanto en interiores como exteriores.
    • A partir del 28 de mayo: 100% de capacidad sin límites en interiores y exteriores; 3 pies de distancia entre
        las partes deben ser mantenidos en todo momento al interior (no habrá requerimiento para distanciamiento
        al aire libre). Tenga en cuenta que exceptuando las graduaciones de K-12 y educación superior, los eventos
        bajo techo con más de 2,500 personas deben recibir la aprobación del DBR y la autorización municipal
        correspondiente.

Si su evento debe recibir la aprobación del Departamento de Regulación de Negocios, envié un plan al menos 15
días antes de la fecha del evento al DBR en dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php. Si su evento debe recibir la
aprobación municipal póngase en contacto directamente con la ciudad o pueblo correspondiente Los eventos en los
que se presenten cantantes o se realice cualquier otra actuación deben cumplir con las regulaciones del
regulaciones del RIDOH para presentaciones en vivo.

Casas de Culto
¿Se permite a las casas de culto tener servicios en vivo?
Cuando sea posible, se alienta a las casas de culto a brindar servicios virtuales como alternativa a los servicios en
persona. Si un servicio debe ser en persona, las casas de culto pueden realizar servicios en ambientes interiores y
exteriores hasta en un 80% de su capacidad, con al menos 3 pies de distancia física entre hogares.

¿Qué flexibilidad adicional será permitida a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, lo siguiente será permitido en las casas de culto:
   • Capacidad: Los límites de capacidad se incrementarán al 100%.
   • Espacio: El requisito de espacio entre los miembros de hogares diferentes será de 3 pies en el interior (no
        habrá ningún requisito de espaciamiento en exteriores).

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Educación y Cuidado Infantil
¿Seguirán abiertos los Centros de Cuidado Infantil?
Sí. Los centros de cuidado infantil permanecerán abiertos. Los locales no tienen que cambiar sus operaciones
actuales, pero deben revisar la guía de cuarentena actualizada en
covid.ri.gov/whattodo.

Soy un estudiante universitario. ¿Cómo me afecta esta guía?
El estado ha trabajado con las instituciones de educación superior para poner en marcha planes de retorno
seguros. Por favor consulte el sitio web de su institución para obtener información adicional.

¿Tienen permitido abrir los campamentos de verano?
Sí, los campamentos de verano tienen permitido abrir. Aquí están las pautas: Summer-Camp-Guidelines-2021.pdf
(reopeningri.com)

Hogares de Ancianos y Centros de Cuidado de Salud
¿Seguirán abiertos los servicios de atención primaria, proveedores especializados y otras empresas de atención
médica?
Sí. Los proveedores de cuidados de salud permanecerán abiertos.

Los hogares de ancianos y los hospitales están actualmente limitando las visitas. ¿Continuarán esas limitaciones?
 El RIDOH ha emitido estándares relacionados con la puesta en ejecución de la programación de visitas de
 cuidadores designados, pero las visitas amplias continúan restringidas bajo ciertas condiciones. Consulte el sitio
 web de la instalación o llame para obtener más información sobre limitaciones específicas y programas para
 visitantes.

Restaurantes y Bares
¿Se permitirá a los restaurantes continuar con las opciones para servir comida al aire libre?
Se permite y anima a servir comida al aire libre hasta en el 100% de la capacidad del restaurante. Se permite
comer en el interior hasta en un 80% de la capacidad habitual del restaurante. Todos los miembros de cada grupo
deben usar mascaras cuando no estén comiendo o bebiendo activamente. Los establecimientos deben seguir otros
protocolos de salud pública, incluido el espaciado de las mesas. Las mesas deben estar separadas por al menos 3
pies. Se recomienda a los clientes que limiten la cantidad de personas que no sean miembros del hogar con
quienes comparten la mesa.

Información adicional del restaurante:
           • Tamaño de la mesa: No hay límite en el tamaño de la mesa.
           • Servicio de Bar al aire libre: Se permite el servicio de bar en exteriores. Ya no se requiere plexiglás o
           una barrera similar en los bares al aire libre. El servicio de bar todavía no está permitido en interiores y
           requiere el uso de plexiglás o una barrera similar en el interior en el bar.
           • Horario de Cierre del Bar: Ya no hay un cierre temprano del bar y ya no es necesario pedir comida
           junto con el alcohol en las áreas del bar después de las 11:00pm.

¿Se permiten asientos independientes en restaurantes y áreas de comidas?
Sí, se permiten asientos independientes en el restaurante y en el área de comidas. Las entidades responsables
deben continuar separando a las partes por al menos 3 pies, evitar la congregación, entrevero, consumo de
alimentos mientras se está de pie, y limpiar mesas y sillas entre usos.

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¿Se requiere que los restaurantes cierren temprano?
No. El estado levantó sus restricciones de cierre anticipado el 29 de enero de 2021, pero las áreas de bar dentro de
los restaurantes deben cerrarse antes de las 11 p.m. Sin embargo, las áreas del bar pueden permanecer abiertas
hasta la medianoche siempre que los clientes se hayan sentado y hayan pedido comida antes de las 11 p.m.

¿Qué flexibilidad existe actualmente para el servicio de bar?
Las áreas de bar deben seguir todas las regulaciones y guías del restaurante. Ahora se permite el servicio de la
comida en el bar en exteriores. Los establecimientos deben mantener un espaciamiento de 3 pies entre las partes
en las áreas de bar en interiores. Si hay áreas de trabajo en la barra en funcionamiento, como preparación de
bebidas y se utilizan asientos de la barra, el plexiglás o una barrera similar debe separar el área de trabajo de la
barra de los asientos para los clientes.

¿Qué flexibilidad adicional será permitida a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, lo siguiente será permitido para restaurantes y bares:
   • Espacio entre las mesas: La distancia requerida entre las mesas será reducida a 3 pies bajo techo, y no
        habrá requisitos de espacio al aire libre.
   • Tamaño de la mesa: No habrá límites para el tamaño de las mesas.
   • Servicio en el bar: Se permitirá el servicio en el bar tanto en el interior como exterior y ya no se requerirá
        plexiglás o una barrera similar en las áreas del bar.

Gimnasios y Entrenamiento Físico

¿Pueden los gimnasios y centros de entrenamiento físico reanudar sus operaciones? ¿Qué pasa con las clases
grupales?
En el interior, los gimnasios y los centros de entrenamiento físico pueden reanudar sus operaciones al 80% de su
capacidad. Las actividades de entrenamiento físico y gimnasio al aire libre pueden continuar sin restricciones de
capacidad. Los clientes/miembros deben estar separados por 3 pies tanto en el interior como en el exterior. Los
clientes y miembros deben usar mascaras en todo momento en el interior y cuando no se pueda mantener un metro
de distancia de forma medible y continua en exteriores. Se permiten clases grupales en el interior y al aire libre con
un espaciamiento de 3 pies entre los participantes. Se permite el entrenamiento individual o personal. Las parejas
(por ejemplo, parejas de boxeo o levantamiento de pesas) deben usar mascara durante todo el contacto y la
actividad.

Los gimnasios y centros de entrenamiento físico deben cumplir con todos los demás requisitos en Regulaciones de
RIDOH para Actividades Seguras. Con la aprobación del DBR y bajo ciertas condiciones, como para estudios
pequeños, plexiglás o barreras equivalentes, se puede usar una mayor ventilación y/o pruebas en el sitio para reducir
el espacio entre las personas o aumentar la capacidad por encima del límite del 80%. Las personas en gimnasios y
centros de fitness deben usar mascarillas en todo momento, excepto al nadar o durante otras actividades en el agua.
Las instalaciones de fitness son responsables de recordar a sus clientes y miembros las reglas para el uso de
mascarillas.

Las solicitudes de aprobación de DBR o de aclaraciones sobre lo anterior se pueden realizar en
dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php.

¿Se permite la reanudación de actividades de contacto cercano con un compañero, como las artes marciales, baile,
boxeo y Jiu-Jitsu?
Sí, se pueden reanudar las actividades de contacto cercano. En entornos donde el contacto cercano es una parte
fundamental de la actividad como bailes de salón, boxeo, jiu-jitsu, se recomienda que los gimnasios o centros de
entrenamiento físico establezcan parejas consistentes de compañeros, cuando sea posible. Los gimnasios deben
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evaluar la confluencia de síntomas de COVID-19 y fomentar el lavado de manos antes y después de las actividades.

¿Está permitida la apertura de piscinas y otros lugares acuáticos?
Sí, se permite la apertura de piscinas bajo techo y lugares acuáticos. Las mascarillas deben usarse en todo
momento fuera de la propia piscina. Se debe mantener una distancia de tres pies en todo momento dentro y fuera
del agua, excepto en el caso de que los nadadores naden brevemente uno al lado del otro mientras están dentro de
la piscina.

¿Pueden las personas tomar duchas en el gimnasio o centros acuáticos?
Sí, las personas pueden usar las duchas comunales e individuales- Ambos tipos de duchas deben ser limpiados de
manera rutinaria.

¿Cuáles flexibilidades adicionales serán permitidas a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, las siguientes flexibilidades adicionales serán permitidas en gimnasios y centros de
fitness:
    • Capacidad: Los límites de capacidad serán aumentados al 100%.
    • Espacio: El requisito de espacio entre las personas será de 3 pies en interiores (no habrá ningún requisito
         de espaciamiento al aire libre).

Instalaciones Deportivas y Deportes Escolares
¿Podrán reiniciar los deportes?
Se permiten juegos y competencias para todos los deportes. Se recomienda encarecidamente realizar pruebas
periódicas a los atletas que participan en deportes de alto riesgo. Puede encontrar información adicional en
reopeningri.com/parks-recreation.
Una lista de los deportes clasificados por el nivel de riesgo puede ser encontrada en reopeningri.com/wp-
content/uploads/2021/01/Sports-Risk-Slide_2021.pdf.

¿Todavía se requieren las mascarillas para los atletas mientras practican o compiten?
Sí, con excepción de la natación y los deportes acuáticos. Se requiere el uso de máscaras en interiores, pero no en
entornos al aire libre cuando se puede mantener una distancia física de 3 pies de manera medible y continua.

¿Cómo afectará las reglas actuales de las máscaras a los deportes al aire libre de bajo riesgo y riesgo moderado
donde el distanciamiento a menudo se mantiene fácilmente, como el cross country o el golf?
Para los deportes de riesgo bajo y moderado que se llevan a cabo al aire libre, donde se puede mantener una
distancia de 3 pies o más de manera continua, se recomienda usar mascarillas, pero no es obligatorio.

¿A qué capacidad pueden funcionar las instalaciones deportivas de interior?
Las instalaciones deportivas cubiertas pueden operar al 80% de su capacidad con 3 pies de distancia física. El 28
de mayo y en adelante, estas instalaciones pueden abrirse al 100% de su capacidad con 3 pies de distancia física.
Las instalaciones deportivas cubiertas que también sirven como lugares de reunión (por ejemplo, para deportes de
espectadores) están sujetas a requisitos y límites de lugares de reunión.

¿Pueden las piscinas cubiertas, los estudios de karate, las pistas de patinaje sobre ruedas, los gimnasios de
escalada, los estudios de gimnasia y los clubes de tenis y raqueta reanudar sus operaciones?
Sí. En la actualidad estas instalaciones pueden operar a una capacidad del 80% con 3 pies de distancia física.
Desde el 28 de mayo y en adelante, estas instalaciones pueden abrirse al 100 por ciento de su capacidad con 3
pies de distancia física.

¿Hay alguna excepción para los deportes?
Si. Se permitirá que los programas deportivos Inter escolares profesionales y universitarios realicen deportes
competitivos, incluidas las actividades bajo techo. Las instalaciones y equipos deportivos de interior universitarios y
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profesionales están altamente regulados según las reglas de la NCAA y las reglas de la liga (Big East, Ivy League,
etc.) o las reglas profesionales asociadas. Por ejemplo, los atletas universitarios se someten a pruebas de COVID-19
tres veces por semana y, en algunos casos, todos los días.

¿Está permitida la competencia atlética interestatal?
Las actividades deportivas interestatales están permitidas con equipos deportivos y grupos de estados que no
están en la lista de estados de RIDOH que tienen una alta tasa de propagación comunitaria (puede encontrarse en
covid.ri.gov/travel). Los equipos o grupos deportivos que juegan fuera de Rhode Island están sujetos a las leyes
aplicables (incluidas las órdenes ejecutivas) y las regulaciones de esa jurisdicción. Del mismo modo, cuando
cualquier individuo, equipo deportivo o grupo juega en Rhode Island, está sujeto a las leyes de Rhode Island
(incluidas las órdenes ejecutivas y las regulaciones) relacionadas con las pruebas, la cuarentena y otras medidas
para prevenir los riesgos asociados con COVID-19.

Actualmente se permiten torneos con equipos de fuera del estado. Eso significa que no hay concursos formales que
consistan en múltiples competiciones o una serie de juegos entre múltiples personas o equipos, que pueden incluir
múltiples etapas, jugados en un período de tiempo condensado, como en el transcurso de un solo día o varios días
seguidos. Se considera que una serie de juegos, como un "jamboree", una "serie de fin de semana", un "escaparate"
o un estilo de juego de torneo (un equipo juega múltiples juegos contra múltiples oponentes en un solo día o en el
transcurso de un fin de semana), se considera para ser un torneo incluso en ausencia de un premio general,
puntajes, eliminaciones, paréntesis o de otra manera.

¿Se permiten espectadores en eventos deportivos?
Las instalaciones deportivas al aire libre pueden reanudar sus operaciones si cumplen con todos los demás
protocolos de seguridad de COVID-19, incluido el uso de mascarillas, la detección y el distanciamiento físico. Las
instalaciones deportivas bajo techo deben mantener una distancia física de 3 pies durante las prácticas y el
entrenamiento junto con los límites de capacidad para los lugares de reunión durante los eventos deportivos con
espectadores, como las competencias.

Los espectadores están permitidos en todos los eventos deportivos si siguen las restricciones de capacidad para los
lugares de reunión. Las instalaciones deportivas pueden imponer condiciones o restricciones adicionales.

Tiendas Minoristas
¿Podrán las tiendas minoristas permanecer abiertas?
Los clientes pueden comprar en tiendas minoristas. Las tiendas minoristas pueden operar al 80% de la capacidad
operativa normal siempre y que los compradores puedan mantener de manera medible y continua 3 pies de
distancia física. Las tiendas minoristas deben gestionar sus límites de capacidad supervisando las entradas a la
tienda. Los límites de capacidad no se aplican a las áreas de venta al aire libre, como los centros de jardinería y los
mercados de agricultores, si se puede mantener una distancia de 3 pies.

Todas las tiendas minoristas deben tener especificada en la entrada la cantidad de personas que pueden estar en
su establecimiento y mantener su Plan de Control de COVID-19 y otros requisitos establecidos en la Orden Ejecutiva
21-29.
¿Las áreas comunes en las tiendas minoristas de múltiples inquilinos, como un centro comercial, estarán abiertas?
Los restaurantes con sus propias áreas para sentarse pueden estar abiertos y seguir las reglas del restaurante.
Para los centros comerciales y otros minoristas de múltiples inquilinos, tanto la estructura general como las tiendas
individuales dentro de ella deben cumplir con los límites de capacidad. La administración de centros comerciales y
de instalaciones con múltiples inquilinos debe trabajar de manera activa y continua para garantizar dicho
cumplimiento.
¿Qué flexibilidades adicionales serán permitidas a partir del 28 de mayo?
A partir del 28 de mayo, se permitirán las siguientes flexibilidades adicionales para las tiendas minoristas:
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•   Capacidad: Los límites de capacidad se incrementarán a 100%.
           •   Espacio: El requisito de espacio entre las personas se mantendrá en 3 pies en interiores (no habrá
           ningún requisito de espacio para exteriores).

 Recreación, Entretenimiento, Museos y Sitios Históricos
¿Pueden reanudarse las operaciones de recreación, entretenimiento, museos e instalaciones históricas?
Si. Las operaciones de recreación, entretenimiento, museos e instalaciones históricas en interiores pueden operar
al 80% de la capacidad operativa normal y deben garantizar que las personas permanezcan a 3 pies de distancia
de los miembros fuera de su grupo. Esto incluye, entre otros, boleras, casinos, salas de juegos, karaoke y billar.
Para obtener más aclaraciones o determinaciones, consulte al Departamento de Regulación de Negocios en
dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php.

Las instalaciones de recreación y entretenimiento con operaciones al aire libre, incluidas las operaciones de auto
cinema, pueden permanecer abiertas siempre que puedan mantener los protocolos de salud pública. Si necesita
aclaraciones puede solicitarlas a través de dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php.

¿Qué flexibilidades adicionales serán permitidas a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, las siguientes flexibilidades adicionales serán permitidas para lugares de recreación,
entretenimiento, museos, y sitios históricos y operaciones:
    • Capacidad: Los límites de capacidad aumentarán a un 100%.
    • Espacio: El espacio físico requerido entre individuos será de 3 pies (no habrá requisitos de espacio entre
        individuos al aire libre).

 Oficinas y otros Negocios
Trabajo en una oficina. ¿Están las oficinas cerradas?
Las oficinas pueden tener hasta el 80% de los trabajadores en el lugar en persona a la vez, siempre que se pueda
mantener una distancia de 3 pies entre los empleados Se recomienda encarecidamente a los empleados que
tengan la capacidad de trabajar de forma remota que lo hagan. Se requerirá el uso de mascará en todo momento
en los espacios interiores.

Opero otro tipo de servicio o negocio de reparación (por ejemplo, servicios para mascotas, servicio de limpieza, etc.).
¿Cuáles son las reglas con respecto a mi negocio?
Otros tipos de negocios orientados al público pueden permanecer abiertos, pero deben seguir los requisitos
aplicables en Regulaciones del RIDOH para Actividades Seguras. Revise la última guía general y específica de la
industria disponible en www.ReopeningRI.com.

¿Qué flexibilidades adicionales serán permitidas a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, lo siguiente será permitido para oficinas y otros negocios:
   • Capacidad: Los límites de capacidad aumentarán a un 100%.
   • Espacio: El espacio físico requerido entre individuos será de 3 pies (no habrá requisitos de espacio entre
        individuos al aire libre).

 Manufactura y Construcción
¿Se ven afectadas la fabricación y construcción?
La manufactura y la construcción pueden continuar operando de conformidad con las pautas y Regulaciones del
RIDOH para Actividades Seguras.
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Servicios Personales
¿Están impactados los servicios personales (por ejemplo, cosmetología, barberías)?
Los negocios de servicios personales podrían continuar operando hasta un 80% de la capacidad operativa normal,
en cumplimiento con las orientaciones y Regulaciones del RIDOH para Actividades Seguras. El requisito de espacio
entre pares de profesionales y clientes se ha reducido a 3 pies.

¿Qué flexibilidades adicionales serán permitidas a partir del 28 de mayo?
Comenzando el 28 de mayo, lo siguiente será permitido para servicios personales:
   • Capacidad: Los límites de capacidad aumentarán a un 100%.
   • Espacio: El espacio físico requerido entre individuos será de 3 pies (no habrá requisitos de espacio entre
        individuos al aire libre).

 Clasificación de Negocios y Organizaciones
¿Cómo puede obtener clarificación en relación con qué en clasificación o categoría entra mi negoción u organización
y cuáles reglas aplican?
Para preguntas y determinaciones relacionados con la clasificación o categoría que corresponde a su negocio u
organización, póngase en contacto con el Departamento de Regulación de Negocios en
dbr.ri.gov/covid/plans/plans.php o llame al 401-889-5550.

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