RAFAEL ALTAMIRA, UN HISTORIADOR DEL DERECHO EN EL TRIBUNAL PERMANENTE DE JUSTICIA INTERNACIONAL (1921 - 1939)

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RAFAEL ALTAMIRA, UN HISTORIADOR DEL
DERECHO EN EL TRIBUNAL PERMANENTE DE
JUSTICIA INTERNACIONAL (1921 – 1939)
RAFAEL ALTAMIRA, A LAW HISTORIAN AT THE PERMANENT
COURT OF INTERNATIONAL JUSTICE (1921-1939)
Yolanda Gamarra(*)                                                                  Recibido: abril de 2011.
Universidad de Zaragoza                                                            Aceptado: junio de 2011.
E.mail: gamarra@unizar.es

         clave: Paz, Justicia Internacional, Universalidad, Soberanía, Civilización, Altamira
Palabras clave
Keywords: Peace, International Justice, Universality, Sovereignty, Civilization, Altamira

Resumen: Rafael Altamira y Crevea (1866-1959) fue un historiador del
Derecho que contribuyó al desarrollo del Derecho internacional en su
calidad de Juez del Tribunal Permanente de Justicia Internacional
(TPJI), entre 1921 y 1939. En este contexto, el estudio trata del dis-
curso renovador de Altamira recurriendo a la historia de la civilización
española y recuperando los principios promovidos por los teólogos y
juristas españoles del siglo XVI. Altamira concibió el Derecho como un
‘instrumento civilizador’, un elemento crucial para demostrar el carác-
ter civilizado del pueblo español y el papel civilizador de España, en
particular en América. La participación de Altamira en la creación de
las instituciones internacionales demuestra su interés por promover la
idea de España como ‘nación civilizada’ en la sociedad internacional.

Abstract: Rafael Altamira y Crevea (1866-1951) was a legal historian
who contributed to the development of international law in his capacity
as a judge at the Permanent Court of International Justice (PCIJ) from
1921 till 1939. In this context, the discourse of the renewal of what
Altamira saw as the Spanish history of civilization, drawing on the
principles of the Spanish theologians and jurists of the 16th Century,
will be examined. Altamira considered law as a ‘civilizing instrument’, a
crucial element in demonstrating the civilized character of Spanish
people and Spain’s civilizing role, particularly in America. Altamira’s
participation in the setting up of international institutions reveals his
interest in promoting the idea of Spain as a civilized nation in
international society.

  REVISTA INTERNACIONAL   DE   PENSAMIENTO POLÍTICO - I ÉPOCA - VOL. 6 - 2011 - [287-300] - ISSN 1885-589X

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Altamira fue un autor de múltiples aris-                     TPJI). Este elemento tuvo gran trascen-
tas, de inspiración teórica, pretensiones                    dencia jurídico-histórica en la medida en
metodológicas y proyección internacio-                       que el intento frustrado de crear una
nal. Ello queda atestiguado por una obra                     organización y un tribunal universal y
científica que no sólo abarca transver-                      permanente sentó las bases para la
salmente la Historia del Derecho, Peda-                      construcción del sistema de Naciones
gogía o Literatura, sino que desborda el                     Unidas, incluido el Tribunal Internacio-
propio ámbito de estas disciplinas cien-                     nal de Justicia. Más aún, los valores y
tíficas para penetrar en ámbitos espe-                       principios promovidos por los liberales
cializados como el derecho internacio-                       burgueses del período de entreguerras
nal. Sus líneas de investigación giraron                     se recogieron en la Carta de Naciones
en torno a estudios consagrados a la                         Unidas, de 1945 –en los artículos 1 y 2–.
metodología de la historia, america-                         Esos valores y principios continúan sien-
nismo y pacifismo para adentrarse en la                      do válidos en la actualidad.
idea de justicia internacional. Estos ám-
bitos de investigación iniciales tuvieron                    Altamira participó de la «conciencia ju-
como epicentro la Institución Libre de                       rídica» del mundo civilizado, esto es, del
Enseñanza, Universidad de Oviedo, Uni-                       conjunto de ideas sobre el Derecho que
versidad de Madrid, Universidad de la                        compartían los juristas españoles, euro-
Sorbona o Universidad de Cambridge,                          peos y americanos de las últimas déca-
los cuales se vieron prolongados por                         das del siglo XIX y primeras décadas del
estudios sobre la configuración del de-                      siglo XX (G.D. TASSITCH, 1938: 305).
recho internacional en su faceta de Juez                     Esa voluntad de civilización se asentó
del TPJI. Destacan en este ámbito sus                        en una serie de ideales compartidos ta-
trabajos sobre el proceso ideológico de                      les como paz, justicia y Derecho promo-
la creación del TPJI, o de la propia So-                     vidos desde instituciones internaciona-
ciedad de Naciones.                                          les. De los veinte años, desde 1919 a
                                                             1939, que Altamira dedicó, primero, al
A estos estudios se unen las opiniones                       proceso de creación de la Sociedad de
disidentes escritas en calidad de Juez                       Naciones y TPJI y, más tarde, a desa-
Internacional. El TPJI fue la institución                    rrollar la función de Juez Internacional,
internacional de naturaleza judicial más                     sólo de la primera etapa se sintió satis-
importante del período de entreguerras                       fecho y plenamente convencido de la
y uno de los motores del desarrollo del                      labor realizada. En cambio, conforme
derecho internacional post-clásico. El                       avanzaban los años, fue descubriendo
Estatuto del TPJI fue la expresión del                       las limitaciones del derecho internacio-
nuevo concepto teórico del derecho in-                       nal llegando a sentirse desencantado del
ternacional al reconocer no sólo como                        ‘nuevo orden’ creado en la Conferencia
fuentes los tratados y la costumbre, sino                    de Versalles, de 1919. De la contribu-
también los principios generales del                         ción de Altamira a la configuración del
Derecho reconocidos por las «naciones                        derecho internacional post-clásico trata
civilizadas» (artículo 38 del Estatuto del                   este estudio.

  REVISTA INTERNACIONAL   DE   PENSAMIENTO POLÍTICO - I ÉPOCA - VOL. 6 - 2011 - [303-326] - ISSN 1885-589X

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por la guerra, la destrucción y la barba-
                                                             rie y, de otro, por instantes de optimis-
                                                             mo para la humanidad que, por primera
                                                             vez, vislumbraba y experimentaba prác-
                                                             ticas organizativas que preconizaba en
                                                             su ideario el entendimiento y la concor-
                                                             dia entre los pueblos como la creación
                                                             de la Sociedad de Naciones, la Organiza-
                                                             ción Internacional del Trabajo y el TPJI.
                                                             Resulta indispensable situar a Altamira
                                                             en relación y en función del krausismo
                                                             español y de su expresión más madura
                                                             que es la del positivismo. El gran esfuer-
                                                             zo intelectual de racionalización que fue
                                                             el krausismo español partió de Sanz del
                                                             Río y cristalizó durante el sexenio del XIX
                                                             en el primer grupo de discípulos: Fran-
                                                             cisco Giner de los Ríos, Gumersindo de
                                                             Azcárate, Nicolás Salmerón, y Rafael Mª
   Fuente: UNOG Library, League of Nations                   de Labra, entre otros. A éstos correspon-
                 Archives
                                                             dió llevar a cabo el mayor intento de
                                                             racionalización, educación, seculariza-
I. El «grupo de Oviedo» y el                                 ción y modernización de España y la
                                                             apertura hacia América y Europa desde
derecho internacional en                                     las últimas décadas del XIX. Este movi-
España, 1897/1898                                            miento reformista se solapó con el posi-
                                                             tivismo configurando lo que se ha dado
El desarrollo del derecho internacional                      en llamar krauso-positivismo, y en el que
en España vino de la mano de adminis-                        se propugnó esencialmente la transfor-
trativistas, civilistas, penalistas, filósofos               mación del país a base del cambio edu-
e historiadores del Derecho. Con la crea-                    cativo y cultural. Con cierta lentitud pero
ción de cátedras para el estudio de la                       sin pausa, este movimiento se erigió en
disciplina del derecho internacional en                      la punta de lanza de la erosión ideológi-
distintas Universidades de provincias                        ca del sistema de la Restauración.
españolas, a finales del siglo XIX (C. del
                                                             El krausismo español coincidió, en un
ARENAL, 1979:7), se fue creando un
                                                             período de su existencia, con el regene-
cuerpo de especialistas que contribuye-
                                                             racionismo (V. SALAVERT FAVIANI y M.
ron, con el paso de los años, a su profe-
                                                             SUÁREZ CORTINA, 2007). Este es un
sionalización.
                                                             fenómeno de pequeña burguesía y bur-
El momento histórico que vivió nuestro                       guesía media que representó en la co-
protagonista, y el resto de liberales de                     yuntura de entre-siglos la expresión más
su entorno, estuvo marcado, de un lado,                      amplia de la ruptura de la hegemonía.

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Esta corriente supuso la crítica de los                      definió a través de una serie de rasgos
males del antiguo régimen, de las prác-                      como el afán modernizador, tendencia
ticas oligárquicas de la gran burguesía                      al compromiso, y la vía evolutiva para
ilustrada por una ideología que también                      llegar a un Estado moderno y neutral.
procedía del antiguo régimen. En su crí-                     Reservó al Derecho una suerte de fun-
tica, no obstante, no dejó de desviarse                      ción revolucionaria como ordenador de
peligrosamente hacia una confusión                           las reformas. Pretendió también la des-
entre el falso parlamentarismo del siste-                    personalización del poder, el Estado lai-
ma caciquil y oligárquico y el parlamen-                     co, la diferenciación de funciones y po-
tarismo democrático.                                         deres y la racionalización de la admi-
                                                             nistración. En cuanto a las actitudes so-
El regeneracionismo fue una estructura                       ciales, abogó por la tolerancia, el acce-
ideológica, una forma de psicología so-                      so a la cultura y el sufragio universal. Le
cial de grupo que se explica por la im-                      preocupó el grado de responsabilidad
potencia política, y la crisis de identidad                  del gobierno. Sus actuaciones se des-
de la pequeña burguesía española. El                         envolvieron de acuerdo a este credo,
papel de conciencia del liberalismo es-                      siempre contemplando el futuro con op-
pañol, tras el desastre de 1898, quedó                       timismo, hasta que situado frente a la
confiado a la elite de la Institución Libre                  realidad del fracaso de su ideal político,
de Enseñanza (institucionistas) a la que                     se derrumbase dando paso a un amar-
siguió un numeroso grupo de población                        go pesimismo en los últimos años de su
resultante de la Revolución burguesa. Se                     vida.
necesitó de una estructura diferente del
Estado que acabase con el caciquismo                         Los discípulos de Giner de los Ríos, Ca-
y sustituyese su podredumbre moral por                       tedrático de Filosofía del Derecho y De-
la honestidad y el respeto al Derecho.                       recho internacional en la Universidad de
                                                             Madrid, fueron accediendo a puestos de
El máximo representante de este movi-                        enseñanza universitaria por toda Espa-
miento intelectual fue Joaquín Costa                         ña (A. JIMÉNEZ LANDI, 1996). La Uni-
(1846-1911) quien mantuvo una estre-                         versidad en la que se concentraron buen
cha relación intelectual y política con                      número de krauso-positivistas fue en la
Altamira (M. TUÑÓN DE LARA, 1982).                           Universidad de Oviedo. Allí estaba
Altamira se une a este movimiento para                       Leopoldo Alas y Rafael Mª de Labra, y allí
hacer realidad sus objetivos, sin ser ple-                   llegaron Adolfo Álvarez-Buylla (especia-
namente consciente de sus implica-                           lista en política social), Adolfo Gon-zález
ciones y de las limitaciones que tal pro-                    Posada (en derecho político y sociolo-
yecto liberal encerraba. Le preocupó el                      gía), Aniceto Sela y Sampil (Derecho in-
complejo de inferioridad nacional y tra-                     ternacional), y Rafael Altamira (catedrá-
tó de superarlo con el panhispanismo y                       tico de Historia del Derecho). Altamira
el desarrollo de la herencia cultural co-                    se incorporó a la Universidad de Oviedo
mún. Al mismo tiempo, pensó que de-                          en 1897, y permaneció hasta su vuelta
bía progresarse sin abandonar la propia                      a Madrid en 1913 (J. PÉREZ MONTERO,
idiosincrasia. Su ideología política se                      1975: 120).

  REVISTA INTERNACIONAL   DE   PENSAMIENTO POLÍTICO - I ÉPOCA - VOL. 6 - 2011 - [303-326] - ISSN 1885-589X

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De los integrantes del ‘grupo de Oviedo’,                    sujetos de derecho internacional y cons-
la influencia del pensamiento de Labra                       truyendo un orden mundial cuasi-fede-
y Sela fue decisiva en la trayectoria in-                    ral en el que la Sociedad de Naciones
ternacional de Altamira. Esa influencia                      jugaba un papel superior en la sociedad
se puede sintetizar en tres sendas (J. D.                    internacional. Esta teoría de armonía
GONZÁLEZ CAMPOS, R. MESA GARRI-                              social, anclada en una concepción del
DO, y E. PECOURT GARCÍA, 1984: 561).                         mundo basada en la idea de progreso,
Primera, en una preocupación metodo-                         fue compartida por un amplio grupo de
lógica que se movió dentro de la corrien-                    autores españoles de la época como
te «positiva» al reflejar, en la construc-                   Aniceto Sela, Joaquín Fernández Prida,
ción del sistema internacional y en su                       Salvador de Madariaga, o Antonio de Lu-
enseñanza, el peso de la práctica de los                     na. El período de 1919 a 19(36)39, se
Estados en sus relaciones recíprocas.                        caracterizó por un optimismo desmesu-
Prestó atención tanto a la «realidades»                      rado en la capacidad de los Estados por
como al estado de su «teoría». Esto se                       superar las dificultades bajo la égida de
tradujo en un examen de las relaciones                       la Sociedad de Naciones. En palabras
internacionales marcadas por la «políti-                     de Antonio de Luna fue el período ‘so-
ca de fuerza», y también por las prime-                      teriológico’ del Derecho internacional (A.
ras manifestaciones de cooperación en-                       TRUYOL Y SERRA, 1968: 175)
tre los Estados en aras de unos intere-                      Y, finalmente, en el pacifismo como idea
ses comunes y, más tarde, de una inte-                       que guió la interpretación de la conduc-
gración en esquemas superiores de or-                        ta de los Estados y era, al mismo tiem-
ganización. La Sociedad de Naciones fue                      po, elemento de valoración de todas las
el máximo exponente y modelo de orga-                        deficiencias que el orden internacional
nización de la sociedad internacional.                       encerraba. Se trató de un pacifismo que
Segunda, en la idea de la cooperación                        se proyectó en un doble nivel: de una
internacional dadas las crecientes ne-                       parte, era la acción del Estado que acep-
cesidades del Estado quien para reali-                       taba un sistema de solución de conflic-
zar sus fines jurídicos y como resultado                     tos para regular su despliegue de poder
de los derechos inherentes a su perso-                       que aspiraba a limitar su ilimitada com-
nalidad tendió a la perfección, coope-                       petencia de defensa y humanizaba las
rando y asociándose con otros Estados                        reglas que regían su actividad bélica –Tra-
en formas sociales superiores. Se trató                      tados de Paz de La Haya de 1899 y
de crear una corriente de solidaridad                        1907–. De otra, el pacifismo se apoyó
colectiva –equivalente a la interdepen-                      en la acción del individuo que interve-
dencia entre los Estados– siguiendo la                       nía en la acción exterior del Estado me-
estela de G. Scelle. Elaborada sobre la                      diante una democratización de estas re-
teoría de L. Duguit, el ius internaciona-                    laciones por la vía del control parlamen-
lista francés, G. Scelle diseñó un «nue-                     tario frente a la «diplomacia secreta».
vo» sistema internacional en el cual el                      En la vida internacional del período de
Estado dejaba de ocupar una posición                         entre-guerras, y por la influencia del pa-
central, incluyendo a los individuos como                    cifismo, se había desarrollado un cam-

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bio de actitud que se tradujo en la susti-                   jetos obligados, los grupos humanos
tución de la diplomacia secreta por la                       debían disponer de los medios necesa-
diplomacia abierta y pública, caracterís-                    rios para el cumplimiento de los fines
tica de las reuniones celebradas en la                       de la vida internacional y gozar de liber-
Sociedad de Naciones y en el Pacto por                       tad para prestarlos (A. SELA SAMPIL,
el que se creó al recogerse la obligación                    1903: 282).
de dar publicidad a todos los tratados
internacionales. Ese cambio se materia-                      Tanto Sela como Altamira, y otros auto-
lizó, en la práctica, en un nuevo modelo                     res de su entorno, defendían la igual-
de concebir la diplomacia y adecuación                       dad jurídica de los Estados, entonces
de las personas –diplomáticos y políti-                      escasamente aceptada dada la política
cos– a esa nueva concepción.                                 imperialista de finales del siglo XIX y pri-
                                                             meras décadas del siglo XX (J. C. FER-
Para Sela, Altamira, y el resto de profe-                    NÁNDEZ ROZAS y P. ANDRÉS SÁENZ
sores de su entorno, el derecho interna-                     DE SANTA MARÍA, 2010: 496). Este
cional era, por esencia, derecho inter-                      planteamiento tenía dos efectos. De un
nacional universal, y no «europeo», ni                       lado, a los Estados no se les podría exi-
«cristiano», dado que ambos adjetivos                        gir el cumplimiento de más obligacio-
tendían a limitar arbitrariamente el cam-                    nes que las que fuesen compatibles con
po del derecho internacional. Así, el                        su organización o su cultura, ello impli-
ámbito de validez del derecho interna-                       caba rechazar la regla del estándar in-
cional estaba lejos del que presentó par-                    ternacional de conducta, elemento de
te de la doctrina española en aquel mo-                      la intervención de los Estados económi-
mento (M. TORRES CAMPOS, 1890: 34;                           camente desarrollados en los asuntos
A. RIQUELME, 1849: 25 y 26; L.                               internos de los países receptores de ca-
GESTOSO Y ACOSTA, 1907: 78; R. Mª                            pital –era una de las notas característi-
de DALMAU, Marqués de OLIVART,                               cas del derecho internacional de la bur-
1903: 100), en la que tanto los postula-                     guesía del siglo XIX– (A. BECKER
dos positivistas como la incidencia del                      LORCA, 2006: 283). De otro, la noción
criterio de civilización les condujeron a                    de «desarrollo» conducía a la idea de
una visión del derecho internacional con                     una tutela internacional de las entida-
finalidad discriminatoria. Esta perspec-                     des menos desarrolladas.
tiva de la universalidad del derecho in-
ternacional hace que Sela, o Altamira                        La negativa a admitir el reconocimiento
mantenga una concepción amplia de los                        del Estado con carácter «constitutivo»
sujetos y rechace la división de la socie-                   fue otro de los rasgos que diferenciaba
dad internacional hecha por J. Lorimer                       a estos autores del resto de la mayor
entre «civilizados, bárbaros y salvajes».                    parte de la doctrina española del mo-
Ello suponía que cualquier organismo                         mento. Como también se mostraron en
político poseyese la capacidad de reali-                     contra de los fenómenos de dominación
zar ciertos fines y, por ello, pudiese apa-                  y dependencia colonial, y adoptaron una
recer como sujeto exigente de una rela-                      posición contraria a la conquista como
ción jurídica internacional. Para ser su-                    modo legítimo de adquirir un territorio,

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sin excluir, por contra, la intervención                     unos instrumentos que le ayudaron a
siempre y cuando fuese colectiva, pre-                       conformar su ideología, y que estuvie-
ferentemente en marcos instituciona-                         ron muy presentes en toda su trayecto-
lizados.                                                     ria profesional.
Este cúmulo de ideas, Altamira las pro-                      En España, la influencia de Giner, Costa
yectó tanto en su etapa de «Juriscon-                        y Azcárate fue decisiva. Especialmente
sulto», como, posteriormente, en cali-                       destacable es la influencia de Costa que
dad de Juez Internacional. De la misma                       le introdujo en el estudio del Derecho
manera que le enriquecieron las apor-                        Consuetudinario2. No obstante, el viaje
taciones y conversaciones de H. Morgen-                      por ciudades europeas, en 1890, le sir-
thau a su paso por Madrid, como profe-                       vió para reflexionar acerca del aislamien-
sor de derecho internacional en el Insti-                    to intelectual del país, y para conocer
tuto de Estudios Internacionales y Eco-                      las obras de los principales profesores
nómicos, y en su relación posterior (H.                      franceses, ingleses y alemanes. De la
MORGENTHAU, 1936: 446). La influen-                          influencia francesa destacan los nom-
cia de las principales corrientes del mo-                    bres de Seignobos, Langlois, Monod y
mento –racionalismo, naturalismo y po-                       Renán, de la alemana la influencia de
sitivismo– también imprimieron su hue-                       Ernst Bernheim, y de la inglesa del po-
lla en su proyección como jurista inter-                     sitivista, Buckle.
nacionalista.                                                El punto de partida de su reflexión era
                                                             la bajísima calidad de la enseñanza de
                                                             la historia que la esterilizaba y la con-
II. El Derecho como                                          vertía en un nivel algo poco menos que
instrumento ‘civilizador’                                    inútil. Era una enseñanza básicamente
                                                             memorística, limitada a relatar los he-
                                                             chos o a ofrecer esquemas teóricos, si
Altamira fue un historiador del Derecho                      ningún elemento de apoyo para juzgar
que representó la máxima modernidad                          críticamente tales esquemas. Frente a
metodológica en España -durante unos                         la enseñanza pasiva, Altamira reivindi-
cuantos años-, y poseyó características                      có otra fundamentalmente activa y críti-
únicas en su momento en cuanto que                           ca, construida a partir de las fuentes y
trató de ofrecer un concepto moderno                         no de las interpretaciones librescas.
de historia al integrar todos sus elemen-
                                                             Su insistencia en la fase analítica de la
tos. Con sus trabajos mostró interés por
                                                             investigación obedeció a que uno de los
la historiografía y la metodología1, y lle-
                                                             rasgos que definían la historia científica
vó a cabo una labor de consolidación
                                                             era precisamente:
de la historia científica mediante la di-
vulgación por manuales o comités, y uti-                       «la formación rigurosa del espíritu crítico
lización de la misma con fines patrióti-                       en cuanto a la aceptación del material de
cos, cuyo objetivo era la paz y el enten-                      los hechos como científicamente utiliza-
dimiento de los pueblos. Este estudio e                        bles para la construcción o las conclu-
interés por la metodología le dotaron de                       siones» (R. ALTAMIRA 1948: 108).

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Para ello, el historiador no sólo debía,                     les y pasajeros» (R. ALTAMIRA, 1916:
defendió Altamira,                                           53). Su forma de entender la materia
                                                             histórica lo mostró en su Historia de Es-
  «leer y meditar (…) las reglas de la críti-
                                                             paña y de la civilización española, cuya
  ca de su especialidad (…) sino también
                                                             segmentación corrió por cuatro cursos
  las formuladas y seguidas por los investi-
                                                             paralelos: primero, el que se ocupaba
  gadores modernos de las ciencias físicas,
                                                             de la «historia política externa», esto es,
  naturales, astronómicas y aún matemáti-
                                                             a esa visión tradicional de los aconteci-
  cas» (R. ALTAMIRA 1948: 108).
                                                             mientos; el segundo, se titulaba «orga-
Cuando hablaba de la crítica propia de                       nización social y política» y se subdivi-
«su especialidad», se estaba refiriendo                      día en tres apartados: clases e institu-
a los métodos establecidos por los eru-                      ciones sociales, el Estado y la Iglesia.
ditos de los siglos XVII y XVIII, y codifi-                  Con esta subdivisión pretendió dar a
cados por el historicismo alemán de co-                      conocer el armazón institucional inter-
mienzos del XIX. Altamira era conscien-                      no de la sociedad española; el tercero,
te que el conjunto de métodos analíti-                       se refería a la «vida económica» y, el
cos seguidos por el historicismo alemán                      cuarto a «Cultura y Costumbres».
era insuficiente para las necesidades de
                                                             Altamira, con esa división, pretendió re-
un investigador del siglo XX, y buscaba
                                                             construir la (intra)historia de España,
una mayor aproximación a la ciencia.
                                                             regresar a lo propio, para regenerarse y
Pero al igual que la investigación analí-                    presentar una nación homogénea, a
tica debía ser completada por la cons-                       imagen de Francia o Reino Unido, con
tructiva, la historia científica no sólo se                  un pasado propio. Ese proyecto de cons-
definía por el uso de la crítica, sino por                   trucción del Estado-nación había que
la superación de la vieja dedicación ex-                     vincularlo con el proyecto europeo de
clusiva de la historia tradicional a los                     civilización. Se trataba de ofrecer una
acontecimientos políticos. La historia                       visión diferente del pasado y del presen-
para el hombre del siglo XX debía ser                        te. España era un pueblo histórico, te-
una historia de horizontes amplios que                       nía su propia experiencia de los víncu-
fuese más allá del mero relato de he-                        los entre civilización y moral, entre la
chos políticos y militares, era lo que de-                   historia interna y externa. Tenía un avatar
nominaba historia de la civilización.                        y ese avatar gozaba de un sentido euro-
Altamira aceptaba inicialmente la deno-                      peo. España era parte de la civilización
minación de Historia de la Civilización                      europea. Era posible hacer una historia
como traducción de la Kulturgeschichte,                      de nuestra participación en ese proce-
y la definía como «historia interna de los                   so y evaluar los aportes y méritos espa-
pueblos» –el derecho interno– que de-                        ñoles en la ingente empresa mundial.
bía completar la «historia externa» –de-                     De esa historia se podía vislumbrar no
recho entre los pueblos– que, en sus pro-                    sólo una realidad, la nación española,
pias palabras, se ocupaba «sólo de los                       sino un carácter, una forma de ser del
hechos políticos (…), de una parte de                        verdadero sujeto civilizatorio: un pueblo
los hechos políticos, los más superficia-                    español. Era preciso entonces regene-

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rar España por la transformación de su                       En esta obra inconclusa fue donde
conciencia histórica como pueblo. Se                         Altamira planteó uno de los problemas
debía fortalecer, como mantenía en ese                       centrales que presentaron sus anterio-
mismo sentido, José Ortega y Gasset                          res esfuerzos de síntesis histórica: la di-
(1883-1955), la necesidad de vincular-                       ficultad de alcanzar esta narración ínte-
se a Europa desde la esencia europea                         gra y orgánica de los hechos de los espa-
de su historia. España había sido objeto                     ñoles a través de los siglos, ¿cómo cons-
de civilización, pero también era sujeto                     truir esos cuadros de conjunto? Con cierta
civilizatorio –y ambas dimensiones de-                       nebulosa propuso el camino a seguir:
bían recogerse en nuestra historia–. El
                                                               «(…) no bastan las antigua divisiones
diálogo permanente con Europa había
                                                               empleadas en los textos de 1926 y 1935
permitido ser el actor que había llevado
                                                               de mi Historia (…), sino que hay que
Europa a un hemisferio nuevo y podero-
                                                               completarlas y, (…) enfocarlas y analizar-
so. Era preciso reforzar la dirección
                                                               las desde el punto de vista de las ideas y
civilizatoria, pero no cambiarla.
                                                               problemas teóricos y prácticos de cada
Esta división no correspondía a la visión                      época y de sus respectivas evoluciones
unitaria de los hechos humanos que                             que, a veces, influyen en actividades apa-
Altamira deseaba alcanzar. Si los datos                        rentemente lejanas y heterogéneas, pero
de diversa naturaleza aparecían ahora                          cuyo sentido y razón histórica se perci-
por separado era por la dificultad de                          ben mejor a la luz de esos orígenes (…)
encontrar una pauta metodológica que                           En cada caso, el ideal de composición
los enlazara. Fue consciente de esta limi-                     del relato histórico consistiría en dar una
tación como dejó escrito en su inacabada                       idea general del grupo de hechos perte-
Introducción a la nueva Historia de la civi-                   necientes y, luego, probar con las obras
lización en la que criticó la separación rea-                  (…) la exactitud de esa idea; o por el con-
lizada por la historia académica alemana                       trario exponer los hechos externos y de-
entre historia política y cultural o de la ci-                 ducir como consecuencia la idea o ideas
vilización. Nuestro protagonista realizó                       que expresa: lo mismo si son profesiona-
una declaración tajante:                                       les del orden de actividad contemplado,
                                                               que si proceden de otros órdenes»( R.
  «Por mi parte, la doctrina sobre la que                      ALTAMIRA, 1948: 246).
  descansa sustancialmente este proyec-
  tado libro consiste en hacer sinónimas las                 Con todo, para Altamira, la unidad de la
  dos expresiones que durante siglos han                     vida en el organismo social conllevaba
  significado cosas diferentes y separadas:                  una marcha ascendente del hombre y,
  Historia de España y Civilización de Es-                   si bien no aceptaba las leyes de la histo-
  paña. Para mí, y esa es la idea dominan-                   ria por considerarlas demasiado rígidas,
  te de esta obra, decir civilización es lo                  el investigador del pasado podía educar
  mismo que decir historia: ambas cosas                      en el presente porque conocía los pro-
  significan la narración íntegra y orgánica                 cesos de desarrollo. Buscó semejanzas
  de los hechos de los españoles a través de                 de modelos, afianzó la necesidad de
  los siglos» (R. ALTAMIRA, 1948: 230-44).                   ciencias auxiliares de la Historia, la uti-

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lización de la literatura, el análisis de la                 la necesidad del hecho de la guerra. Esta
psicología de grupos, y concibió a la                        contradicción, junto a la perdida de otros
Humanidad como una colectividad or-                          ideales, tales como el fracaso de la soli-
gánica que luchaba contra ella misma,                        daridad internacional y las dudas de la
donde los elementos sociales y morales                       eficacia de la propia Sociedad de Na-
eran variables, impredecibles e incon-                       ciones, explican su creciente pesimismo
trolables. Esta construcción de Altamira                     y desengaño en la etapa final de su vida.
de un concepto integral de Historia fue
                                                             Su pensamiento sobre la sociedad in-
la que trató de proyectar en la sociedad
                                                             ternacional quedó expresada en la fra-
internacional, en particular, con la crea-
                                                             se: «la unidad de la vida en el organis-
ción de la Sociedad de Naciones.
                                                             mo social». Así, Altamira, identificó la so-
                                                             ciedad internacional como una máquina
III. Compromiso con la paz:                                  en movimiento y en continua evolución a
                                                             semejanza del mundo natural –no como
organicismo social e                                         algo estático–, en el que tenían cabida
identificación con la Sociedad                               todos los órdenes de la vida: trabajo,
de Naciones                                                  salud, cultura, educación o justicia. Para
                                                             articular jurídicamente las relaciones de
El pacifismo inspiró una gran parte del                      los miembros de la sociedad internacio-
pensamiento de Altamira desde muy                            nal defendió la creación de la Sociedad
temprana edad teniendo como punto de                         de Naciones, una organización que que-
referencia, entre otras, las obras de Con-                   daba estructurada a semejanza de los
cepción Arenal, Azcárate, o Labra. Las                       tres elementos constitutivos del Estado:
teorías en torno a la paz mundial, las                       un Parlamento –Asamblea–, un Ejecuti-
especulaciones teóricas sobre las cau-                       vo –Consejo– y un Tribunal de Justicia.
sas de las guerras y los medios de elimi-                    Altamira emplazó la concordia entre los
nar la fuerza, y la violencia en las rela-                   seres humanos en el peldaño más ele-
ciones internacionales ocuparon una                          vado de su construcción social, junto a
dimensión destacada en la obra y en la                       otro bien irrenunciable, la justicia. Al
vida pública de Altamira. Estas ideas                        igual que otros internacionalistas euro-
estaban construidas básicamente des-                         peos, como Westlake, Rolin, Fiore,
de su condición de historiador y voca-                       Politis, o Schücking, Altamira fijó un
ción americanista, y desde la elabora-                       lema y marcó un objetivo: ‘la construc-
ción y divulgación de unas doctrinas                         ción de la paz por el desarrollo del De-
pacifistas que potenciaron su trayecto-                      recho’. Ese ideal de paz quedó asocia-
ria política internacional.
                                                             do a la creación de la Sociedad de Na-
El pacifismo de Altamira se movió entre                      ciones como instrumento de coopera-
el idealismo y el pragmatismo. Entre el                      ción con el que armonizar los derechos
idealismo por creer en los principios re-                    internos de los Estados y medio en el
cogidos en el Pacto de la Sociedad de                        que desarrollar la solidaridad entre las
Naciones, y pragmatismo por reconocer                        naciones–unidad del Derecho.

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Altamira no concibió un mundo en el que                      paz a través de la justicia», con lo cual
estuviese proscrita la guerra; ideal                         podían considerarse a sí mismos como
perseguible, pero no alcanzable, mien-                       «los más leales campeones de la Socie-
tras primasen los intereses egoístas de                      dad de Naciones». Ello se debía «me-
Gobiernos y Estados. La guerra se erigió                     nos a su superior virtud que a su inferior
en un instrumento único, al que acudi-                       poder» dado que «sirviendo a la Socie-
ría la sociedad internacional organizada                     dad de Naciones, no estaban sólo defen-
como argumento postrero contra los                           diendo la justicia, sino que también esta-
infractores del orden y los transgresores                    ban promocionando más eficazmente sus
de los pactos. En otras palabras, era el                     intereses nacionales» (W. RAPPARD,
recurso al uso de la fuerza como san-                        1935: 50).
ción prevista en el Pacto de la Sociedad
                                                             Al participar en el proyecto de creación
de Naciones.
                                                             de la Sociedad de Naciones y del TPJI
La construcción de la paz giraba en tor-                     deseaba que existiese la posibilidad de
no a la aceptación y aplicación de una                       mantener y ordenar la convivencia de
serie de principios cardinales que, por                      los pueblos, esto es, que adoptasen un
otra parte, se sitúan en la base de toda                     orden ideal y, poco a poco, ayudasen
regulación internacional. El desarme, en                     a que otros pueblos en peor situación
primer lugar, si bien no lo predicó en una                   –inferiores– pudieran incorporarse al
dimensión total, sino progresivo y par-                      modelo creado en la Sociedad de Na-
cial. Segundo, la estructuración de un                       ciones. Resulta ésta, nuevamente, una
catálogo de instrumentos preventivos                         posición idealista, optimista y llena de
para la solución pacífica de controver-                      buenas intenciones que va a permitir,
sias: recurso arbitral o judicial, negocia-                  según las palabras de Altamira, acabar
ciones diplomáticas, entre otras. Terce-                     con la guerra, desarrollar la cultura o me-
ro, la igualdad jurídica entre todos los                     jorar las condiciones de vida. Estas po-
Estados soberanos. Cuarto, la inviolabi-                     siciones idealistas estaban alejadas de
lidad de los tratados internacionales.                       la realidad internacional, elemento que
Quinto, la edificación de una Sociedad                       lleva a pensar que no dominaba las téc-
de Naciones democrática y fuerte, cuya                       nicas de los juegos de poder propias de
fortaleza residiría en la participación,                     las relaciones internacionales.
como miembros, de todos los Estados
soberanos. Y sexto, el respeto de las li-
bertades fundamentales.                                      IV. En la práctica: de miembro
La identificación de la construcción de                      del Comité de Jurisconsultos a
la paz con la creación de la Sociedad de                     Juez del Tribunal Permanente
Naciones, empero, contó con visiones                         de Justicia Internacional
críticas. Así, William Rapard, defendió
que todos los Estados débiles estaban
de acuerdo en considerar a la Sociedad                       En la década de los veinte, Altamira pasó
de Naciones principalmente como un                           de su actividad como agitador de con-
instrumento para la promoción de «la                         ciencias y de su intensa actividad de

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publicista, prácticamente en todos los                       Exteriores de Brasil)3, Hagerup (diplomá-
campos de las hoy llamadas Ciencias                          tico noruego), Lapradelle (profesor de la
Humanas y Sociales, a la asunción de                         Facultad de Derecho de París), Loder
responsabilidades como Juez Internacio-                      (miembro del Tribunal de Casación de
nal. El observatorio más apropiado para                      los Países Bajos), Phillimore (miembro
contemplar de qué forma se produjo la                        del Consejo privado de S.M. el Rey de
mutación en su actuar es la considera-                       Inglaterra), Ricci-Busatti (profesor y con-
ción de sus trabajos como redactor del                       sejero del Ministerio de Negocios extran-
Proyecto del TPJI, en el seno del Comi-                      jeros de Italia), Root (antiguo Secretario
té Internacional de Jurisconsultos o «Co-                    de Estado de la Administración de Esta-
mité de los Diez».                                           dos Unidos de Norteamérica), y Altamira
                                                             (senador, historiador del Derecho y ame-
Este Comité estuvo integrado por diez
                                                             ricanista).
juristas, de ahí que se le conozca como
Comité de los Díez, designados por el                        Su entrada en la esfera de la justicia in-
Consejo de la Sociedad de Naciones,                          ternacional no fue fácil. Altamira, que
para redactar el proyecto de Estatuto del                    contaba con amplio bagaje cuando dio
TPJI. Esas diez ilustres figuras fueron:                     el salto a la escena internacional, debió
Adacti (diplomático y profesor de socio-                     superar su desconfianza y recelo hacia
logía de Japón), Descamps (Ministro de                       el nuevo proyecto. Son agudas y perti-
Estado de Bélgica), Bevilaqua (Conse-                        nentes sus observaciones acerca de un
jero jurídico del Ministerio de Asuntos                      lenguaje cuyo código desconocía:

                                Fuente: UNOG Library, League of Nations Archives

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«Yo iba un poco prevenido, lo confieso,                    Esta defensa de la cultura jurídica de
  no sólo porque sabía que en el Comité                      las naciones hispano-latinoamericanas
  intervendrían diplomáticos, sino por creer                 le causó no pocos disgustos, por las crí-
  que en reuniones de carácter internacio-                   ticas e ironía de otros jueces del TPJI,
  nal las prácticas antiguas de la diploma-                  en particular la protagonizada con Lord
  cia eran las comunes y que habían de                       Phillimore, y recogida infra.
  encontrarme con el disimulo, con la ve-
  ladura del pensamiento, con la reserva                     La creación del TPJI no estuvo exenta
  manifiesta en las palabras de doble sen-                   de tensiones y obstáculos. De un lado,
  tido» (R. ALTAMIRA, 1921: 16).                             la influencia de las grandes potencias
                                                             forzó la supresión de la disposición de
De otro lado, tuvo que demostrar la es-                      la competencia obligatoria para las con-
pecificidad del círculo cultural hispano-                    troversias de naturaleza jurídica. De otro,
latinoamericano. La defensa de la repre-                     se debatió con intensidad acerca de la
sentación de las diferentes civilizaciones                   forma jurídica que debía adoptar el acto
quedó plasmada en el artículo 9 del Es-                      de constitución del TPJI, y se barajó re-
tatuto del TPJI, según el cual                               currir bien a una resolución de la Asam-
                                                             blea de la Sociedad de Naciones, o bien
  «(…) los electores tendrán en cuenta no
                                                             a la opción de incluir el Estatuto en un
  sólo que las personas que hayan de
                                                             tratado internacional. El proyecto de Es-
  elegirse reúnan individualmente las con-
                                                             tatuto, tras las oportunas enmiendas rea-
  diciones requeridas, sino también que en
                                                             lizadas por el Consejo de la Sociedad de
  el conjunto estén representadas las gran-
                                                             Naciones, pasó a la Asamblea quedan-
  des civilizaciones y los principales siste-
                                                             do aprobado en una resolución por una-
  mas jurídicos del mundo».
                                                             nimidad, el 13 de diciembre de 1920 y,
La deseada universalidad de la Socie-                        a su vez, se previó un instrumento se-
dad de Naciones y del propio TPJI faci-                      parado para la aceptación posterior de
litó la representación de las principales                    la competencia. El acto por el que se
culturas, entre ellas, la española. Alta-                    creaba el TPJI restó fuerza y limitó la
mira puso el énfasis en la originalidad                      pretendida universalidad del TPJI. En
del hecho hispano, hasta dentro del área                     septiembre de 1921, el número de paí-
genéricamente llamarada latina o romá-                       ses ratificantes del Estatuto fue suficien-
nica defendiendo que:                                        te para su entrada en funcionamiento,
                                                             una jurisdicción reconocida tan sólo por
  «(…), los españoles, latu sensu, es de-
                                                             algunas de las «naciones civilizadas».
  cir, los hombres que hablan castellano y
  proceden del tronco de civilización his-                   El TPJI estaba conformado por 15 jue-
  pánico, formamos un mundo aparte, con                      ces, 11 titulares y 4 suplentes elegidos
  orientación original y con una modalidad                   simultáneamente por el Consejo y la
  de civilización occidental caracterizada                   Asamblea. El 14 de septiembre de 1921,
  por notas muy importantes, incluso den-                    la elección de 14 jueces sobre 15 no
  tro del llamado grupo latino» (ALTAMIRA,                   generó problema alguno. Para la elec-
  1921: 20).                                                 ción del último Juez suplente hubo di-

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sensos en el Consejo, que presentó a                         igualdad jurídica de los Estados, sin que
Descamps, y la Asamblea, que manifes-                        pudiera haber más de un juez por país.
tó su preferencia por el chileno Alejan-                     Altamira defendió la elección de los jue-
dro Álvarez. Se resolvió con la propues-                     ces sobre la base de una lista de candi-
ta de un tercero: un magistrado norue-                       datos designados por los Estados (R.
go, Beichmann. El candidato español,                         ALTAMIRA, 1931: 34). Por su parte,
Altamira, fue elegido juez del TPJI -has-                    M.O. Hudson defendió el sistema de
ta entonces senador de las Cortes espa-                      selección de los candidatos en función
ñolas-, sin votos en contra tomando po-                      de los grupos nacionales porque:
sesión del cargo el 30 de enero de 1922,
                                                               «(…)1) el sistema trata de asegurar jui-
junto a Nyholm, Yovanovitch, Beich-
                                                               cios independientes de hombres compe-
mann, Anzilotti, Loder, Oda, Moore,
                                                               tentes que no necesariamente tienen que
Hammarskjoeld, Huber, Finaly, Weiss y
                                                               ser líderes políticos o personal del Gobier-
Negulesco. Tras celebrarse la primera
                                                               no; 2) deja a los representantes de los
reunión ese mismo día, y hasta el 24 de
                                                               miembros de la Sociedad de Naciones
marzo de ese mismo año, se procedió a
                                                               libertad en las votaciones de la Asamblea
la preparación del Reglamento.
                                                               y Consejo; y 3) facilita un útil enlace en-
Altamira fue uno de los jueces, junto al                       tre el Tribunal Permanente de Arbitraje y
italiano Dionisio Anzilotti, y al cubano                       el Tribunal Permanente de Justicia Inter-
Antonio Sánchez de Bustamente que                              nacional» (M.O. HUDSON, 1930: p. 721).
sirvió en el TPJI desde el momento de
su creación hasta el 5 de diciembre de                       En este contexto, se planteó si podría
1939, fecha en la que se produjo la ocu-                     lograrse esa nueva condición de igual-
pación nazi, si bien formalmente conti-                      dad mediante el nombramiento de jue-
nuó como juez hasta su disolución.                           ces temporales, ad hoc, para cada asun-
Altamira junto a Loder y Adacti fueron                       to, de modo que siempre cada parte liti-
los tres únicos jueces del TPJI que ha-                      gante contase con un defensor en el
bían formado parte, a su vez, del Comi-                      TPJI. Esta fórmula, que fue incluida en
té de Juriconsultos, y de los tres fue el                    el Estatuto del TPJI, planteaba serias
único que asistió a todo el proceso des-                     dudas a Altamira dado que para nues-
de el diseño, constitución y funciona-                       tro protagonista no suponía sino confe-
miento del mismo. Incluso, en 1945, a                        sar que la confianza puesta en los ma-
Altamira se le nombró juez ad hoc dado                       gistrados elegidos no era absoluta, y que
que la situación del Gobierno de Espa-                       continuaba el recelo de no ver bien de-
ña con la recién instaurada Organiza-                        fendido el Derecho de cada Estado, de
ción de las Naciones Unidas –el Conse-                       no contar con un representante propio
jo de Seguridad de Naciones Unidas vetó                      en el TPJI, y que conociese bien el asun-
la entrada de España– no permitió que                        to. (R. ALTAMIRA, 1931: 55).
pudiese ser reelegido como juez del Tri-                     Al hilo de estas cuestiones, Altamira
bunal de Justicia Internacional.                             defendió enérgicamente la selección de
El procedimiento de elección de los jue-                     los jueces atendiendo más a criterios
ces en el TPJI atendió al principio de la                    morales que a competencias técnico-

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jurídicas. Ello quizás se debió, de un                         «(…) Altamira repetidamente expresa su
lado, a su escasa formación y experien-                        opinión en las actas del Comité en el sen-
cia en el funcionamiento del sistema                           tido de que el éxito del Tribunal depende
internacional y, de otro, a su proyecto                        más de la calidad moral de sus jueces, y
reformista basado en la educación de                           dicha cualidad tiene más importancia que
postulados humanos y morales. El artí-                         los conocimientos técnicos» (J. BROWN
culo 2 del Estatuto del TPJI recogía las                       SCOTT, 1920: 51).
condiciones requeridas para el ejercicio
                                                             En 1921, cuando se eligieron jueces, por
de las funciones de juez. Este artículo
                                                             primera vez, Anzilotti, Beichmann,
originó un curioso debate entre Root y
                                                             Moore, y Weiss eran miembros del Ins-
Phillimore, de un lado, y Altamira, de
                                                             titut de Droit International, y Loder y
otro, dado que los primeros defendían
                                                             Huber eran asociados. En el caso de
la necesidad de dejar abierta la posibili-
                                                             Altamira, en 1927 fue elegido asociado,
dad para ciertos países de elegir sus jue-
                                                             y en 1934 miembro de este reconocido
ces internacionales entre sus más repu-
                                                             Instituto 5 . De entre todos, Anzilotti,
tados magistrados. Altamira replicó que
                                                             Huber, Altamira y Loder conectaron en-
los jueces nacionales raramente tenían
                                                             tre ellos, pero, sin duda, el protagonismo
la oportunidad de aplicar normas inter-
                                                             recaía en Huber y Anzilotti (O. SPIER-
nacionales4.
                                                             MANN, 2005: 145). Otro de los prota-
La discusión alcanzó un tono disonante                       gonistas, Sir Cecil Hurst, al evaluar la
cuando Lord Phillimore acusó a Altamira                      experiencia de los miembros del TPJI,
de ‘quijotismo’. La respuesta fue clara e                    confesó que:
implacable por parte de éste:
                                                               «El Tribunal sólo tiene tres hombres que
  «Yo no me siento compatriota de Don                          han tenido experiencia jurídica. Está com-
  Quijote, sino ciudadano del mundo que                        puesto por tres jueces, tres asesores jurí-
  sabe lo que desean y lo que piden, no                        dicos y cinco profesores. Creo que pue-
  las minorías gobernantes de los pueblos,                     do formular la profecía de que será com-
  sino las masas, la juventud universitaria                    pletamente dominado por Lord Finlay y
  de todos los pueblos, los hombres de                         Loder, ambos asistidos por un volumen
  quienes se necesitará el día de mañana                       de información facilitada por Moore y con
  para todo y querrán saber cada vez más,                      cierto obstruccionismo de Anzilotti y
  de un modo preciso, a qué se les com-                        Huber. Dudo si el resto contará» (A.P.
  promete» (R. ALTAMIRA, 1921: 24).                            FACHIRI, 1932: 16).
Quizás tuviera razón Altamira al denun-                      Resulta, cuando menos, revelador que
ciar la escasa experiencia de los jueces                     un hombre de relevante trayectoria in-
nacionales en asuntos internacionales,                       telectual y autoridad moral se volcase
pero no es menos cierto que su bagaje                        en defender la elección de jueces más
teórico-práctico en el lenguaje y estruc-                    en función de elementos morales, y
turas internacionales era escaso. En esta                    menos por criterios de técnica jurídica.
línea y como denunció James Brown                            Este extremo enlaza con el perfil con el
Scott,                                                       que Altamira accedió a Juez del TPJI, y

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la aportación que realizó al desarrollo del                    un momento en el proceso del movimien-
derecho internacional en las dos déca-                         to histórico pendiente del ayer y movién-
das que permaneció en tan importante                           dose hacia un mañana que puede ser
función internacional. Obviamente, no                          distinto».
nos referimos a las condiciones profe-
                                                             Bien sabía que, en su función de Juez
sionales y morales que en él concurrie-
                                                             Internacional, debía no sólo descifrar
ron para hacer valer su candidatura e
                                                             unos textos, unos documentos, sino que
imponerla, no sólo en una primera elec-
                                                             muy especialmente debía de inscribir-
ción, sino también en posteriores reelec-
                                                             los, para una explicación globalizada, en
ciones. Se trata, más bien, de exponer
                                                             su contexto temporal, esto es, histórico.
la aportación del propio Altamira como
                                                             Por ello desconfió de la visión o lectura
Juez del TPJI a la profesionalización del
                                                             del jurista pedestre que, como añadió,
derecho internacional.
                                                             «sólo es jurista», aquel que no ve, ni tam-
Su universo histórico y conceptual estu-                     poco, va más allá del texto escrito, sin
vo siempre presente en su trayectoria                        tan siquiera ocuparse de su génesis, de
como Juez Internacional. Altamira de-                        la serie conjugada de elementos que lo
sarrolló con acentos particularmente                         hicieron posible. Altamira rechazó el mo-
atractivos, la tan vieja como falsa polé-                    delo de jurista para el cuál
mica o disquisición entre el jurista y el                      «el texto basta; y no hay más que pre-
historiador. Esta distinción, que hoy pue-                     guntarle lo que dice, aplicando un crite-
de parecer anacrónica, no lo era preci-                        rio puramente jurídico» y al que otra cosa
samente en el tiempo en que fue plan-                          distinta le aparecerá «vedada» y «peligro-
teada. Altamira declaró, conscientemen-                        sa» (R. ALTAMIRA, 1931: 312).
te, que el historiador tenía notable ven-
                                                             Con este talante no sólo metodológico,
taja sobre el jurista, aún con todos los
                                                             sino también ideológico, Altamira esta-
riesgos que tal aseveración comprendía.
                                                             bleció coherentemente los criterios y las
Así, declaró que el historiador era «un
                                                             normas que presidieron el desempeño
espíritu que posee el ‘sentido histórico’
                                                             de su función en el TPJI:
de los hechos humanos y que los ve y
los juzga siempre con arreglo a ese sen-                       «El historiador acude, por modo natural,
tido» (R. ALTAMIRA, 1931: 310). Más                            a esa investigación histórica, porque para
aún, consideró que el jurista se carac-                        él un texto legal no es más que el resulta-
terizaba por el inmovilismo y el historia-                     do en un proceso de elaboración que lle-
dor por su capacidad dinámica, en sus                          va en sí la razón última y la explicación
propias palabras dice:                                         del resultado mismo».
                                                             Con este riguroso sentido, Altamira rei-
  «el jurista propende a ver el problema
                                                             vindicó y asumió inequívocamente la
  como de textos legales y, por tanto, como
                                                             caracterización definitiva y última del
  estadizo; el historiador lo contempla a tra-
                                                             historiador:
  vés de su sentido genético de los hechos
  que percibe en cada uno de ellos, ante                       «(…) para valerme de voces que tienen
  todo, su condición que diríamos fluida,                      ya una significación clásica, el estudio y

  REVISTA INTERNACIONAL   DE   PENSAMIENTO POLÍTICO - I ÉPOCA - VOL. 6 - 2011 - [303-326] - ISSN 1885-589X

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la contemplación de la historia conducen                   XVI. Una segunda etapa, desde media-
  más naturalmente a ser ‘liberal’ o ‘progre-                dos de los años veinte hasta 1936, en la
  sista’ que a ser ‘conservador’ o ‘retrógado’.              que progresivamente se fue encontran-
  No es maravilla, con esto, que una de las                  do cada vez más aislado –desde el pun-
  filosofías modernas más liberales, la po-                  to de vista jurídico-técnico–, y alejado
  sitivista, haya sido sustancialmente                       de los debates de jueces de gran carác-
  historicista» (R. ALTAMIRA, 1931: 312).                    ter como Huber, Anzilotti o Beichmann.
                                                             Y una tercera, que culminó con el des-
En el ejercicio de sus funciones como
                                                             encanto del trabajo realizado en el TPJI
Juez del TPJI, Altamira no fue un «juez
                                                             y que se circunscribió desde 1936 hasta
durmiente», al participar activamente en
                                                             1939, año en el que tuvo que abandonar
las discusiones del Tribunal y escribir
                                                             La Haya y refugiarse en Bayona. No vol-
casi una docena de opiniones disiden-
                                                             vió a pisar la sede del TPJI en La Haya.
tes. No abandonó sus tareas como pa-
cifista, a tenor de sus múltiples confe-                     En el TPJI, Altamira ocupó el puesto de
rencias y publicaciones, pero sus tareas                     Juez en la Sala de Asuntos Sociales, al
como Juez Internacional le exigieron una                     lado de Finlay, Sánchez de Bustamante,
gran dedicación y esfuerzo que no vio                        Anzilotti y Huber, y a partir de 1934, junto
recompensado. Altamira no jugó un pa-                        a Adacti, Urrutia, Schücking y Wang, y
pel relevante desde el punto de vista                        como sustitutos los jueces Rostworowski
técnico-jurídico, no era un especialista                     y Negulesco. De la elección de los jue-
en derecho internacional, ni tenía expe-                     ces de esta Sala, y sus intervenciones
riencia como juez nacional. Con el paso                      en los debates orales se infiere una pre-
del tiempo la falta de formación espe-                       ocupación por el reconocimiento de los
cializada, el oportunismo de la política y                   derechos sociales del individuo, así
la distancia con la realidad –por su idea-                   como una visión realista de los proble-
lismo pacifista– le condujo al desencanto                    mas que no dejará de plasmar en sus di-
del derecho internacional y de la fun-                       sidencias. Esta defensa de los derechos
ción que estaba desarrollando como                           sociales evidencia su talante humano.
Juez Internacional.                                          No escribió opiniones individuales, ni
                                                             realizó observaciones, más todo lo con-
                                                             trario, todas sus opiniones fueron opi-
V. Idealismo: Justicia
                                                             niones disidentes. Se alejaba, así, de las
Internacional                                                posiciones de la mayoría bien por ser de-
                                                             masiado conservadoras o técnicas, o por
Hay que diferenciar tres etapas en la tra-                   alejarse de sus propias convicciones.
yectoria internacional de Altamira. Una                      En 1928, Altamira reflexionó sobre sus
primera, dedicada a la redacción y crea-                     ilusiones al aceptar el cargo dado que
ción de la Sociedad de Naciones y TPJI,                      «el estado de la Humanidad, en aquel
en la que dejó la impronta de la cultura                     momento, pedía que se hicieran pesar
jurídica española, en especial de los                        de ese lado los mayores esfuerzos posi-
principios de la Escuela Española del                        bles» (R. ALTAMIRA, 1987: 180). Alta-

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