REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 2019 - Universidad ...
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REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 2019 Aprobado mediante [NOMBREResolución N° 049-2019-CUA-UA DE LA EMPRESA] [Dirección de la compañía]
INDICE TÍTULO I: DEFINICIÓN ............................................................................................................................ 3 TÍTULO II: CONDICIÓN DE ESTUDIANTE ........................................................................................... 3 TÍTULO III: MATRÍCULA .......................................................................................................................... 3 TÍTULO IV: TRASLADOS Y CONVALIDACIONES ............................................................................ 11 TÍTULO V: CONSTANCIAS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS ..................................................... 15 TÍTULO VI: CURRÍCULO ....................................................................................................................... 16 TÍTULO VII: SISTEMA DE EVALUACIÓN ........................................................................................... 18 TÍTULO VIII: ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y HORARIOS............................................................. 21 TÍTULO IX: IDENTIFICACIÓN, DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE ........................... 22 TÍTULO X: REGIMEN ECONÓMICO ................................................................................................... 24 TÍTULO XI: DELEGADOS ESTUDIANTILES POR SECCIÓN ......................................................... 26 TÍTULO XII: SERVICIOS AL ESTUDIANTE ........................................................................................ 27 TÍTULO FINAL: DISPOSICIÓN TRANSITORIA ................................................................................. 29 DISPOSICION FINAL ............................................................................................................................. 30 REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 1
REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ M AR CO G ENE R AL La Universidad Autónoma del Perú, en adelante la Universidad, canaliza todos sus esfuerzos para brindar a sus estudiantes una íntegra y excelente formación profesional. Para ello cuenta con una notable plana docente y estudiantes seleccionados en un riguroso proceso de admisión. Así mismo, posee una moderna infraestructura que sirve de escenario para desarrollar las competencias profesionales en nuestros estudiantes. La finalidad de este Reglamento es proporcionar a nuestros estudiantes, información general sobre las directivas y regulaciones académicas y administrativas vigentes. Con este documento se busca facilitar el desarrollo del plan de estudios y de las actividades afines, así como fomentar el compromiso de los estudiantes con la visión, misión y objetivos de nuestra institución. Por tal motivo los REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 estudiantes deben cumplir lo establecido en este documento, durante su permanencia en la Universidad. El Reglamento se ha elaborado en base a los lineamientos que se desprenden de la vigente Ley Universitaria N° 30220, los propios estatutos de la Universidad y toda normativa relacionada a la educación superior. 2
REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ TÍTULO I: DEFINICIÓN El Reglamento del Estudiante de Pregrado es el sistema de normas que regulan tanto la vida académica como los deberes y derechos de los estudiantes de pregrado en sus modalidades de estudio presencial y semipresencial. TÍTULO II: CONDICIÓN DE ESTUDIANTE Son estudiantes de la Universidad, las personas que han ingresado a ella por los procedimientos oficiales previstos en el Reglamento de Admisión y registran matrícula en el ciclo académico correspondiente. La condición de estudiante se mantiene hasta cumplir con todas las exigencias curriculares previstas para egresar de la carrera elegida. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 TÍTULO III: MATRÍCULA La matrícula es el acto voluntario y formal que acredita la condición de estudiante en la Universidad y conlleva el compromiso de cumplir las disposiciones normativas establecidas en la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad. Previo al inicio de cada ciclo el Vicerrectorado Académico publica el cronograma académico y de pagos correspondiente. 3
Cada matrícula tiene validez para el periodo académico respectivo. La matrícula es por ciclo académico y según el sistema de créditos, de acuerdo con la secuencia de asignaturas del currículo de la respectiva Carrera Profesional. Número de Créditos La matrícula es REGULAR cuando un estudiante se registra en más de doce (12) créditos, y como máximo el total de créditos del ciclo en el que más creditaje registra matrícula. La matrícula es por CREDITAJE cuando se da una de las situaciones siguientes: 1. El registro se realiza hasta en doce (12) créditos, o 2. El registro se realiza en más créditos de los que están definidos en el Plan de Estudios, para el ciclo respectivo, hasta un máximo de veintiséis (26). En este caso el estudiante deberá acreditar haber tenido matrícula regular y obtenido un Promedio Ponderado Acumulativo igual o mayor a 13.5 en el ciclo académico anterior o cuando esté cursando el último ciclo. El exceso de créditos con relación al ciclo en que más creditaje registra, se paga por el valor del crédito y será cargado en sus cuotas según el valor del crédito vigente. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 Requisitos para el Registro de Matrícula Los requisitos para el registro de matrícula son los siguientes: a. No figurar con deuda del ciclo anterior. b. Cancelar el derecho de matrícula. c. Cancelar la primera cuota. d. Escoger su horario de clases a través del campus virtual. e. Cumplir con la inscripción y/o aprobación de los cursos extracurriculares que correspondan. 4
El estudiante podrá solicitar el registro de asignaturas hasta en tres ciclos consecutivos siempre que cumpla con las siguientes condiciones: No deberá presentar cruce de horarios. No exceder el número de créditos permitidos para una matrícula regular. Cumplir con los pre - requisitos. Proceso de registro de matrícula El proceso de registro de matrícula es imprescindible y significa que el estudiante ha cumplido con todos los requisitos establecidos; el registro de matrícula culmina con la impresión o la descarga de la ficha de registro de matrícula, dentro del plazo establecido en el cronograma académico. Además de los requisitos generales, se requiere: En caso de traslado interno o externo: Copia de la Resolución de Traslado Interno o Externo emitida por el Decano de la Facultad. La matrícula se realiza en las asignaturas cuyos requisitos estén debidamente aprobados, salvo el caso debidamente autorizado de estudiantes de último ciclo que necesitan los créditos para culminar la carrera. Cuando un estudiante haya desaprobado una asignatura deberá matricularse obligatoriamente en dicha asignatura en el ciclo inmediato en que es ofrecida o REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 desarrollada, pagando el derecho correspondiente. Ningún estudiante puede registrar matrícula simultánea en más de una carrera profesional. Las secciones de las asignaturas programadas en las que no se alcance por lo menos veinticinco (25) estudiantes matriculados, podrán ser cerradas por el Vicerrectorado Académico excepto aquellas asignaturas en las que se ofrezca una sola sección o aquellas que por su naturaleza teórico-práctica sean planificadas con un número menor de estudiantes por aula/taller/laboratorio. 5
Los estudiantes que sean afectados por el cierre de secciones podrán realizar modificaciones en sus horarios de clase en el módulo de Atención al estudiante, hasta la semana tres (03) después del inicio de clases. Las secciones que hayan sido cerradas serán publicadas en el campus virtual de la Universidad. Depuración de Matrícula La Secretaría Académica es la encargada de verificar las matrículas de los estudiantes registrados en el ciclo académico y depurar aquellas matrículas que no se ajustan a los requisitos establecidos en el presente Reglamento. La depuración de la matrícula de un estudiante consiste en el retiro automático de una o más asignaturas que se encuentren incumpliendo el presente Reglamento. Este proceso se llevará a cabo al finalizar la semana dos (02). La depuración de matrícula no otorga derecho al estudiante para realizar modificaciones en su horario de clases. Tercera Matrícula Si el estudiante se registra en una (01) asignatura por Tercera Matrícula sólo se le permitirá el registro hasta un máximo de dieciséis (16) créditos. Si se autoriza REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 el registro en dos (02) o más asignaturas por Tercera Matrícula se le registrará hasta en un máximo de doce (12) créditos. En los casos señalados el estudiante asume el pago de la tasa académica de segunda matrícula, la pérdida de la escala económica y el pago de sus pensiones educativas corresponde a un ciclo académico regular de acuerdo con la escala vigente, no se contabiliza como pago por crédito. 6
Cuarta Matrícula Sólo con autorización del Decano por única vez y luego de un año de separación, se puede dar la opción de registrar una cuarta matrícula en la asignatura desaprobada por tercera vez en la Universidad, además el estudiante pierde su condición de estudiante regular. No es posible otorgar cuarta matrícula a dos asignaturas que se hubiesen desaprobado por tercera vez en el mismo o diferente periodo académico. El pago de pensiones educativas corresponde a un ciclo académico regular de acuerdo con la escala vigente, no se contabiliza como pago por crédito La desaprobación por cuarta vez da origen a la separación definitiva de la Universidad, debiendo el Decano emitir una resolución de sanción académica para el estudiante. Rectificación de Matrícula Las modificaciones de horarios y/o asignaturas se podrán realizar a través del campus virtual dentro del plazo de matrícula regular, sin ningún pago adicional. Durante la matrícula extemporánea el estudiante podrá modificar los horarios de las asignaturas en las que no tenga asistencia registrada, luego de la aceptación del pago de acuerdo con la tarifa vigente. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 Reserva de Matrícula De acuerdo al Art. 100.11 de la Ley Universitaria, se podrá solicitar reserva de matrícula por razones de trabajo o de otra naturaleza, debidamente sustentada. Esta reserva no excederá de tres (03) años consecutivos o alternos y el trámite deberá realizarse ante el módulo de Atención al Estudiante previo pago de la solicitud en la oficina de Cuentas Corrientes. 7
Una vez vencido el plazo de reserva solicitado, siempre que no se hayan cumplido los tres (03) años continuos o alternos, se deberá gestionar la activación de matrícula, adecuándose al currículo vigente, así como a las pensiones educativas y las normas vigentes en el momento de la reincorporación. Activación de Matrícula Es el proceso administrativo que permite al Estudiante que realizó reserva de matrícula reiniciar sus estudios. Esto lo realiza mediante una solicitud en la oficina de Finanzas del Estudiante y en las fechas que estipula el cronograma académico del período en que realiza la activación. Reinicio de Estudios Procede en los casos de estudiantes que interrumpieron sus estudios sin solicitar previamente Reserva de Matrícula o que habiéndola solicitado hasta por un máximo de dos (02) ciclos, no retomaron los estudios, para lo cual presentarán ante el módulo de Atención al Estudiante la solicitud dirigida al Decano de la Facultad. Los estudiantes que solicitan reinicio de estudios se adecuarán al currículo REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 vigente, así como a las pensiones educativas y las normas vigentes en el momento de su reincorporación. Pérdida de la Condición de Estudiante Se pierde la condición de estudiante por las siguientes circunstancias: a. Haber excedido el plazo de reserva de matrícula por más de 3 años consecutivos o alternos. b. Desaprobar una o más asignaturas por tercera vez, salvo la excepción prevista en el presente reglamento. 8
c. Sanción disciplinaria, por falta grave o muy grave. En el caso descrito en el inciso a, si existiese la intención de reiniciar los estudios en la universidad, se deberá seguir el trámite regular obteniendo una vacante a través del proceso de admisión y el reconocimiento de sus asignaturas aprobadas según el currículo vigente de la universidad. Retiro de Asignatura Es un derecho del estudiante que le permite anular una o más asignaturas en un ciclo académico, y no podrá hacerlo más de una vez en la misma asignatura y tampoco podrá realizarlo cuando se encuentre matriculado por tercera o cuarta vez. El plazo para el (los) retiro(s) será informado en el calendario académico del ciclo correspondiente. El trámite se realiza en el módulo de Atención al Estudiante, previo pago en la oficina de cuentas corrientes. El retiro de la (s) asignatura (s) no implica variación en el pago de sus pensiones educativas, salvo el caso en que el creditaje resultante sea menor o igual a doce (12). Inhabilitación de Asignatura La inasistencia al 40% o más a las sesiones de clase, independientemente del REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 motivo, da lugar a la inhabilitación automática en la asignatura, en cuyo caso se considerará como asignatura no registrada. La inhabilitación de la(s) asignatura(s) no aplica para una variación en el pago de sus pensiones educativas. En el caso de la modalidad de estudio semipresencial, el computo de las inasistencias será tomado únicamente de las sesiones presenciales definidas para la asignatura. 9
Retiro de ciclo Es un derecho del Estudiante que le permite anular todas las asignaturas matriculadas en un periodo académico, cuando exista causa grave debidamente sustentada o exista causa fortuita o de fuerza mayor, no considerándose en el récord académico y no podrá hacerlo más de tres veces a lo largo de la carrera. El estudiante podrá presentar su solicitud de retiro, debidamente sustentada, hasta dos semanas antes de los exámenes finales a través del módulo de Atención al Estudiante. Cuando la solicitud sea procedente, el Director de Carrera informará a Registros Académicos para el registro del retiro, previo pago en la oficina de Cuentas Corrientes. Retiro Definitivo Procede en los casos de estudiantes que deciden no continuar sus estudios en la Universidad, para lo cual presentaran su solicitud en el módulo de Atención al Estudiante, adjuntando constancia de no adeudo de pensiones educativas y no adeudo de libros. Cuando la solicitud sea procedente, el Director de Carrera informará a Registros Académicos para el registro del retiro definitivo, previo pago de la tasa REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 académica en la oficina de Cuentas Corrientes. Cursos de Verano Durante el periodo de verano se ofrecerán cursos para los estudiantes que deseen adelantar créditos del siguiente ciclo, o recuperar asignaturas que hubieran desaprobado en el ciclo recientemente terminado. El número máximo de créditos no podrá exceder de nueve (09). El número mínimo de estudiantes para el dictado de una asignatura es quince (15). 10
La Universidad establecerá un régimen especial para el pago de los derechos académicos ordinarios para los cursos de verano. Los cursos que se dicten en el periodo de verano no podrán ser objeto de subvenciones económicas. Para llevar asignaturas en el periodo ciclo de verano deberá cancelarse los derechos académicos y registrarse a través del campus virtual dentro de los plazos establecidos. Los procedimientos que se establezcan para el registro de matrícula de los cursos de verano serán aprobados por el Vicerrectorado Académico. TÍTULO IV: TRASLADOS Y CONVALIDACIONES Traslados Internos Para solicitar cambio de Carrera Profesional, el estudiante debe haber aprobado en la9carrera de origen un mínimo de doce (12) créditos. El plazo para iniciar el trámite vence según lo indicado en el calendario académico del período correspondiente y se inicia presentando la solicitud en el módulo de Atención al Estudiante previo pago de la solicitud de trámite correspondiente en la oficina de Cuentas Corrientes. El proceso finaliza cuando la Carrera Profesional de destino envía a la oficina de Registros Académicos los siguientes documentos: a. Solicitud al Director de la Carrera Profesional de destino, visada por el REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 Director de la Carrera Profesional de origen. b. Resolución del Decano. Los estudiantes que realicen Traslado Interno convalidarán sus asignaturas en cumplimiento de las normas pertinentes. 11
Traslados Externos En el marco de lo dispuesto en la Ley Universitaria, es requisito indispensable para solicitar un Traslado Externo que el estudiante haya aprobado al menos 72 créditos en la universidad de origen. Los ingresantes admitidos en el examen extraordinario deberán presentar ante el módulo de Atención al Postulante durante las fechas que se indican en el calendario académico la siguiente documentación: a. Solicitud dirigida al Director de Carrera. b. Certificados originales de estudios universitarios que acrediten tener por lo menos aprobados cuatro períodos lectivos o dos anuales o 72 créditos. c. Sílabos fedateados por el Secretario General de la universidad de procedencia. d. Constancia de no haber sido separado de su institución de procedencia por medida disciplinaria o falta grave. e. Constancia de ingreso de la universidad de origen. f. Certificados originales de estudios del 1° al 5° año de secundaria. g. Copia de DNI, Carné de extranjería o afín. Luego de evaluar la documentación, el Decano de la Facultad procederá a emitir la Resolución Decanal conteniendo las asignaturas a convalidar e REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 informará a la oficina de Registros Académicos, quien recibirá el expediente con los documentos descritos anteriormente para proceder con el registro de las asignaturas convalidadas, previo pago de las misma en la oficina de Cuentas Corrientes. Segunda Profesión En el caso de los estudiantes que ingresen por poseer Título Profesional o Grado Académico otorgado por una universidad del Perú o del extranjero y los 12
titulados en otros centros educativos de nivel superior con los cuales la universidad tiene convenio aprobado, deberán acreditar su condición de tal, presentando los siguientes documentos en el módulo de Atención al Estudiante: a. Solicitud dirigida al Director de Carrera. b. Fotocopia autenticada por el Secretario General de la universidad de origen del título o grado académico, en caso de ser esta una universidad o centro educativo de nivel superior peruana. Si la universidad de origen fuera extranjera deberá presentar título o grado académico visado por el consulado de Perú en el país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. c. En el caso que el título o grado del postulante haya sido obtenido en Escuelas de Oficiales y Superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, el postulante deberá presentar el documento que lo acredite. d. Certificados oficiales en original de los estudios universitarios o análogos en Centros de educación superior, con calificación aprobatoria y sin enmendaduras. e. Sílabos de las asignaturas a convalidar fedateados por la institución de origen. Convalidación de Estudios REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 No obstante, lo anterior, la convalidación podría no llevarse a efecto cuando existan razones fundadas debidamente calificadas por el Vicerrector Académico, o por el organismo en quien él delegue tal atribución. Sea para el caso de traslados externos o el de ingresantes por el proceso ordinario, con cursos aprobados en otras instituciones de educación superior, el análisis de los certificados y de los sílabos de las diferentes experiencias curriculares, estará a cargo de la Comisión de Convalidaciones de cada Facultad, que autorizará las equivalencias respectivas. 13
Procede la Convalidación de Estudios cuando al comparar los sílabos de las experiencias curriculares cursadas y aprobadas por el estudiante ingresante con los homólogos de las carreras, se establece que: Debe existir similitud de contenido silábico como mínimo en un 75%. No debe existir más de 1 crédito de déficit entre la asignatura de origen y la asignatura a convalidar. La convalidación de las asignaturas de la carrera de la institución de origen con la carrera de destino de la universidad puede ser de: a. asignatura a asignatura b. de una asignatura con varias asignaturas c. varias asignaturas con una asignatura La convalidación de los estudios realizados podría excepcionalmente estar sujeta a una evaluación individual del estudiante o examen de suficiencia, según determine el Director de carrera. Las asignaturas a convalidar deben tener calificativo Aprobado. Cursos libres En caso un estudiante desee cursar una asignatura que no forma parte de su plan de estudios; sea porque corresponde a otro plan de su misma carrera o al plan de estudios de otra carrera de la Universidad, podrá hacerlo en modalidad de curso libre, no contabilizándose los créditos como parte de su récord REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 académico. Los créditos correspondientes al curso libre se considerarán como adicionales para determinación del pago de sus pensiones educativas. Examen de Suficiencia Son exámenes que pueden rendir los estudiantes sobre asignaturas para las que consideran que cumplen con los requisitos y competencias, sin que haya necesidad de cursarlas, si es autorizado por el Director de la carrera y consiguen nota aprobatoria. Se pueden rendir hasta tres (03) exámenes a lo largo de la 14
carrera y deberán ser aplicados conforme a las Competencias Generales del Modelo Educativo de la Universidad y las Competencias Específicas a las que contribuye la asignatura. El responsable de su elaboración, aplicación, corrección y comunicación de resultados será el Director de la Carrera Profesional a la que pertenece el estudiante, quien también informará al estudiante de su calificación y revisará el examen con él, en caso se lo solicite. Si la asignatura pertenece al área de Formación General, deberá coordinarse con su Dirección. Estos exámenes se realizarán como máximo en la segunda semana del ciclo académico, previo pago de la tasa académica establecida para este fin. Las calificaciones obtenidas se remiten a la oficina de Registros Académicos mediante una Resolución del Decanato para el registro respectivo en el ciclo vigente. TÍTULO V: CONSTANCIAS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS Cualquier constancia deberá ser requerida a la oficina de Registros Académicos, para lo cual el estudiante deberá presentar su solicitud en el módulo de Atención al Estudiante; previo pago en la oficina de Cuentas Corrientes. Los estudiantes que deseen obtener sus certificados de estudios presentarán REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 en el módulo de Atención al Estudiante la correspondiente solicitud; previo pago, por cada ciclo que desea certificar. Para la emisión y entrega de una constancia o certificado, el estudiante no debe estar en condición de moroso. El plazo de entrega de las constancias y certificados de estudios será de tres días (hábiles) luego de la recepción en el módulo de Atención al Estudiante. 15
TÍTULO VI: CURRÍCULO Régimen Curricular El régimen curricular está compuesto de experiencias curriculares expresadas en un plan de estudios, para la formación básica, profesional, de especialidad y complementaria, así como otras extracurriculares y puede adoptar las modalidades de estudio presencial y semipresencial. El desenvolvimiento de un estudiante dentro del régimen curricular será ejercido conforme a las normas y limitaciones que establezcan la Facultad o Unidad Académica de la cual depende. La Facultad, gestionará el currículo buscando siempre el mayor beneficio formativo para el estudiante, por lo que de estimarlo necesario podrá asignar un nuevo plan de estudios a grupos de estudiantes, siempre que no se les perjudique prolongando la duración de la carrera. Para ello, el nuevo plan de estudios debe tener claras ventajas para el grupo de estudiantes en términos de adecuación a nuevas tendencias, mayor empleabilidad y alineamiento con los planes de desarrollo de la región o el país. Experiencias Extracurriculares Complementarias Las experiencias extracurriculares, tales como Informática e Idiomas, son gradualmente exigidas de acuerdo con las especificaciones de cada carrera, de REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 manera complementaria al Plan de Estudios. Cursos extracurriculares CICLO REQUISITO II Inglés I III Computación I IV Inglés II 16
V Inglés III VI Computación II VII Inglés IV VIII Computación III Estas actividades pueden ser realizadas en los Centros de Idiomas y/o de Informática y Sistemas de la Universidad, pudiendo también ser convalidadas según los reglamentos específicos de cada Centro. Modalidad de estudios La Universidad ofrece las modalidades de estudio presencial y semipresencial, asimismo brinda la facilidad al estudiante de movilizarse de una modalidad de estudio a otra. Sistema de Créditos El crédito es la expresión cuantitativa del trabajo académico efectuado por el estudiante, necesario para alcanzar los objetivos y logros de aprendizaje de la experiencia curricular. Cada crédito equivale a 1 hora semanal de actividad teórica o 2 horas semanales de actividad práctica, durante 16 semanas en un ciclo regular. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 Cada carrera establece en su Plan de Estudios las exigencias del número de créditos totales en cada ciclo, así como el número total de créditos necesarios para egresar. Condición de egresado El estudiante adquiere la condición de Egresado, una vez que ha aprobado y completado satisfactoriamente las asignaturas obligatorias, electivas y extracurriculares del plan de estudios de su carrera. 17
TÍTULO VII: SISTEMA DE EVALUACIÓN El sistema de evaluación es permanente, de modo que permita asegurar el mejor rendimiento académico del estudiante. El sistema de calificación es vigesimal. La calificación mínima y aprobatoria es once (11). En las calificaciones toda fracción, igual o mayor a 0.50, es redondeada al entero inmediato superior. La fórmula de calificación se especifica en el sílabo de cada asignatura y no puede ser alterado. Las notas se ponderan tomando en cuenta las evaluaciones continuas, el examen parcial y el final. La duración del examen parcial y final es determinada por el docente de la asignatura de acuerdo a la naturaleza de la misma y, no puede ser menor de 60 minutos ni mayor de 120 minutos. Los casos especiales serán resueltos por el Director de carrera. Durante la sesión de clase de la semana nueve, se resuelve y entrega el examen parcial a los estudiantes. El examen final se entrega, a los estudiantes, en las fechas indicadas en el cronograma publicado por la Secretaría Académica. Es necesario que el estudiante asista puntualmente a rendir exámenes; sin REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 embargo, podrá ingresar al aula hasta 15 minutos después de la hora de inicio y siempre que no se haya retirado ningún estudiante, respetándose la hora de término. La sustentación de trabajos, puede ser considerada como evaluación parcial y/o final en las experiencias curriculares que por su naturaleza así lo requieran, pudiéndose incluso desarrollar grupalmente; para lo cual, debe contarse con la aprobación del Director de la Carrera. 18
Examen Rezagado Es la evaluación extemporánea de un examen parcial que se rinde en la semana once (11) del período académico y, solo será aplicado cuando la inasistencia se haya dado por razones de salud, representación oficial de la Universidad ante algún certamen, fallecimiento de padre o madre u otros motivos graves. Para ser evaluado, dentro de los supuestos antes mencionados, deberá presentar durante la semana nueve (9) los siguientes documentos: a. Solicitud al Director de carrera o Director de Estudios Generales. b. Documentos que prueban el motivo de la inasistencia. Si la solicitud es aprobada deberá pagar el derecho correspondiente (semana 10) y rendir la evaluación en el horario determinado por la carrera o dirección de estudios generales. Examen Sustitutorio Es el examen que rinde el estudiante que haya desaprobado alguna asignatura y se realiza en la semana diecisiete (17) del período académico. Se evalúa todo el contenido de la asignatura y el resultado reemplaza a la nota más baja obtenida en el examen parcial o final. Como máximo se podrá rendir hasta dos (02) exámenes sustitutorios por período académico. El resultado podrá ser visualizado en el campus virtual después de 48 horas de REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 efectuado el mismo. Los exámenes no serán devueltos a los estudiantes quedando en custodia en el Archivo de la Universidad. Pedido de Rectificación de Notas Evaluaciones Continuas: La atención de pedidos de reconsideración de notas de las evaluaciones continuas, se realiza directamente al docente, pudiendo él mismo modificar el resultado en el campus virtual, sólo hasta una semana después del registro de la nota. Queda a criterio del docente, establecer el 19
demérito correspondiente por la inasistencia a la evaluación o falta de cumplimiento de los compromisos de los estudiantes. Examen Parcial: El estudiante que al verificar la calificación de su examen parcial no se encuentre conforme, deberá en forma inmediata presentar su examen sin huella de alteración alguna con el correspondiente reclamo al docente, utilizando el formato correspondiente, entregado por el mismo docente, quien a su vez lo entregará en el módulo de Atención al Estudiante, indicando si procede o no. El resultado podrá ser visualizado en el Campus Virtual, dentro de las 48 horas siguientes. Exámenes Finales: En el caso de exámenes finales, si el estudiante desea solicitar una reconsideración de la nota obtenida, deberá realizarla en el formato correspondiente, dentro del plazo de devolución de exámenes establecido por la Secretaría Académica. El resultado de la solicitud podrá ser visualizado en el Campus Virtual, dentro de las 24 horas siguientes. Falta de probidad en las evaluaciones Al estudiante que durante la evaluación continua, examen parcial o final fuera sorprendido en plagio, se le anulará automáticamente la prueba, registrándose REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 en su expediente personal con calificación de cero sancionado (99). El docente está obligado a informar del hecho, por escrito, a la autoridad competente. El cero sancionado (99) obtenido no podrá ser modificado ni sustituido y se incluye en el cálculo del promedio final de la asignatura. Lo anterior no exime a la Universidad de comenzar las acciones disciplinarias según el Reglamento. 20
TÍTULO VIII: ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y HORARIOS La Universidad considera de extrema importancia la asistencia puntual a clases para todas las asignaturas, pues ello contribuye a desarrollar los valores académicos esenciales coherentes con nuestra misión formativa. De este modo, el docente deberá tomar dos controles de asistencia. El primero, durante la primera media hora del inicio del turno de clases, que identifica la puntualidad. El segundo se realiza con la finalidad de considerar los casos de tardanza. Es importante que el docente dé inicio puntual a su clase, no permitiendo el ingreso de estudiantes, sino hasta después de la primera media hora para evitar interrupciones y mantener el orden y concentración del grupo puntual. El horario de clase en la modalidad de estudio presencial está establecido de la manera siguiente: Turno mañana: 07:30 am – 12:00 m Turno tarde: 01:00 pm – 5:30 pm Turno noche: 06:15 pm – 10:15 pm El horario de descanso se brinda: Turno mañana: de 10:00 am a 10:20 am Turno tarde: de 03:30 pm a 03:50 pm REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 Turno noche: de 08:30 pm a 08:45 pm En la modalidad de estudio Semipresencial, el horario estará sujeto a las características propias definidas en cada experiencia curricular. 21
TÍTULO IX: IDENTIFICACIÓN, DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE Identificación del estudiante 1. Se expedirá un carné de servicios a todo estudiante al registrar su primera matrícula, el cual servirá para su identificación dentro del Campus, y le permitirá recibir los servicios administrativos y académicos que correspondan. 2. Los estudiantes deben portar en todo momento dicho carné de servicios y mostrarlo a cualquier docente o funcionario de la Institución que se lo solicite, como por ejemplo para ingresar a las instalaciones de la Universidad. 3. La posesión, alteración, uso o intento de uso del carné de servicios por cualquier persona que no sea aquella a nombre de quien se emitió, será considerado un uso no autorizado de dicho documento. La persona que incurra en esta práctica estará sujeta a penalidades por parte de la Institución y a la confiscación del mismo. Así mismo, con el objetivo de crear las condiciones para el normal desarrollo de las labores académicas y administrativas, la Universidad cuenta con un Reglamento de Disciplina que especifica los comportamientos y sucesos que constituyen una infracción, además de explicar los procedimientos a seguir cuando se trata de situaciones de carácter leve, que se resuelven a nivel de REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 la Facultad, o graves que requieren la participación del Tribunal de Honor. Derechos 1. Recibir y disfrutar de una educación de calidad que le permita adquirir las competencias profesionales en el área de estudios seleccionada. 2. Solicitar y recibir información sobre la visión, misión, metas, objetivos y acreditaciones de la Institución, los programas académicos, los servicios y las instalaciones físicas disponibles que facilitan el proceso de enseñanza- aprendizaje. 22
3. Acceder a todas las instalaciones físicas para el uso académico, según dispongan sus reglas de uso, solicitando la autorización correspondiente. 4. Participar en las actividades que se desarrollan en la Institución y que promuevan su desarrollo personal y profesional. 5. Recibir de sus docentes, en forma oral y escrita, al inicio de cada sesión o ciclo, la orientación adecuada sobre los propósitos y competencias de la asignatura, temas de estudio, lecturas, trabajos requeridos y material didáctico necesario, además de los criterios de evaluación a ser utilizados, junto con otros aspectos directamente relacionados con el desarrollo y aprobación. 6. Conocer la puntuación y calificación de sus exámenes, trabajos, y de otras evaluaciones, así como los logros alcanzados en su desempeño y aquellas áreas que necesita desarrollar, siempre que se encuentre al día en sus pagos. 7. Expresar libremente sus ideas dentro del respeto y cordialidad propios de un ámbito académico. 8. Utilizar los servicios académicos de bienestar y asistencia que ofrece la Universidad. 9. Recibir un trato cordial y respetuoso de parte del personal docente y administrativo. Deberes REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 1. Cumplir con lo prescrito en la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto y Reglamentos de la Universidad. 2. Respetar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria. 3. Dedicarse con esfuerzo y responsabilidad a su formación académico profesional, que le permita desarrollarse como persona y como profesional, al servicio de los demás. 4. Mantener el orden y la tranquilidad dentro de la Universidad. 23
5. Portar permanentemente y exhibir su carné de identificación al ingresar a los locales de la Universidad y en las oportunidades que le sea solicitado. 6. Mostrar conducta digna, ética y moral dentro y fuera de la Universidad. 7. Realizar sus actividades estudiantiles prescindiendo de toda actividad política partidaria. 8. Asistir obligatoria y puntualmente a las actividades académicas programadas. 9. Abstenerse de participar en actos que alteren el orden y desarrollo de las actividades académicas y administrativas. 10. Contribuir al desarrollo regional y nacional, al prestigio de la Universidad y a la consecución de sus fines, por medio de la excelencia académica y profesional. 11. Cuidar el patrimonio de la Universidad: libros, equipos e infraestructura. 12. Mantener una conducta propia de respeto y consideración a los derechos de sus compañeros, así como a la comunidad universitaria en general. 13. Informar y justificar tardanzas o ausencias a clases, cuando se hayan producido por actividades de representación institucional. 14. Cumplir oportunamente con todos los compromisos económicos que haya contraído con la Institución. 15. Descargar y leer el Reglamento del Estudiante, luego de lo cual podrá REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 acceder a todos los servicios académicos y de información que se ofrecen. TÍTULO X: REGIMEN ECONÓMICO Pensiones Las pensiones de enseñanza son canceladas por los estudiantes de acuerdo al cronograma establecido para cada ciclo académico. 24
El retraso en pagar las pensiones está sujeto a mora y gastos de cobranza por cada cuota vencida, a partir del 1er día de vencido el plazo establecido. Los pagos hechos fuera de las fechas establecidas tienen un recargo de acuerdo a las tasas de interés por moras dispuestas por Ley. Aquellos estudiantes que registren segunda, tercera matrícula, tendrán un recargo que se hará efectivo en las pensiones de enseñanza. La Universidad ha establecido una pensión de enseñanza que se aplica a todos los estudiantes, salvo aquellos casos previstos en el REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO. Los estudiantes que tienen escalas con beneficios podrán mantenerlo, siempre y cuando su promedio ponderado del ciclo anterior sea mayor o igual a 13.5, no hayan desaprobado alguna asignatura y no hayan inhabilitado alguna asignatura; caso contrario serán ubicados en la escala inmediata superior, hasta que obtengan el promedio requerido. Escalas Especiales de Estudio La Universidad otorga los siguientes estímulos académicos por óptimo rendimiento, por carrera y por ciclo: primer puesto: escala “E” segundo puesto: escala “D” REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 Al finalizar cada ciclo, la oficina de Registros Académicos confeccionará un cuadro de méritos y seleccionará de este cuadro, por cada carrera y ciclo, a aquellos estudiantes que han ocupado el primer y segundo lugar, a fin de que el Consejo Universitario Académico apruebe otorgar los estímulos correspondientes. Los estudiantes que hayan rendido algún examen sustitutorio no serán considerados en la elaboración del cuadro de mérito. 25
Los estímulos otorgados a los estudiantes que ocupan primeros puestos en el cuadro de mérito emitido por la oficina de Registros Académicos serán automáticos, siempre que los estudiantes estén matriculados en al menos 16 créditos, no cursen asignaturas por segunda o tercera vez, hayan aprobado todas las asignaturas y obtengan un promedio ponderado mayor o igual a 13.5. Dichos estímulos tienen vigencia sólo en el ciclo inmediato superior. El promedio ponderado del ciclo es el resultado de los calificativos finales de todas las asignaturas que ha cursado el estudiante en el ciclo, según el valor en créditos de cada una. En el caso de los estudiantes que tengan registrada matrícula en asignaturas de distintos ciclos, se considerará en el orden de méritos el ciclo en el que tengan registrados más créditos. En el caso de estudiantes que obtienen el mismo puntaje, para determinar el orden de precedencia se tendrá en cuenta lo siguiente: o Del primer ciclo: promedio general de Educación Secundaria. o De los otros ciclos: promedio ponderado acumulado y de persistir el empate, se recurrirá al promedio de los certificados de estudios de secundaria. En la elaboración del cuadro de méritos del ciclo se consideran las notas que el estudiante obtiene en las asignaturas aprobadas, desaprobadas y convalidadas. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 TÍTULO XI: DELEGADOS ESTUDIANTILES POR SECCIÓN Mediante la elección de delegados de sección, la Universidad busca el compromiso de los estudiantes como responsables de su propia formación. Para ser elegido delegado se requiere: Estar matriculado en la sección correspondiente. Ser estudiante con matrícula regular. No cursar asignaturas por tercera vez. No haber sido sancionado por el Órgano Disciplinario 26
No ser representante estudiantil ante los órganos de gobierno académico. La elección se hace por voto directo de todos los estudiantes matriculados en la sección, por mayoría simple. Quien obtenga el segundo lugar en la votación tendrá carácter de delegado accesitario. La organización del proceso electoral es responsabilidad de cada carrera y se realiza de la segunda a la tercera semana de iniciado el ciclo. Los docentes colaboran en la realización de las elecciones. Funciones del Delegado Servir de nexo entre los estudiantes y docentes de las experiencias curriculares, así como con las autoridades académicas, a fin de dar solución a los problemas que se pueden suscitar en el dictado. Colaborar con la Escuela y los docentes en todo aquello que le sea solicitado, en la medida de sus posibilidades, para el logro de los objetivos trazados. Asistir a las reuniones de delegados, a fin de poder resolver eventuales problemas de orden académico o elevarlos a las instancias correspondientes. Más detalles sobre este punto podrán ser revisados en el Reglamento de Delegados de nuestra Universidad. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 TÍTULO XII: SERVICIOS AL ESTUDIANTE Servicio de Orientación y Consejería Es el servicio permanente, grupal o individualizado que se brinda al estudiante universitario para fortalecer su adaptación a la vida universitaria y prepararlo para la vida, ayudándolo a descubrir sus metas y fortalecer los valores que optimicen su conducta y desarrollo personal. 27
Consultorio Psicológico Tiene por finalidad orientar la mejora de la calidad de vida de los miembros de nuestra comunidad universitaria. Fomenta la salud mental brindando orientación, consultoría, tratamiento psicológico según se necesite. Ofrece atenciones individualizadas, talleres grupales (autoestima, sexualidad, habilidades sociales, técnicas de estudio y más), charlas interactivas y actividades para el uso del tiempo libre. Servicio de Tutoría Es un programa complementario que brinda soporte académico, a través de sesiones y talleres de reforzamiento en horarios fuera de clases, para un mejor desempeño en las asignaturas básicas. Seguro Universitario La Universidad considera de suma importancia que todos los estudiantes cuenten con un Seguro contra accidentes. De no tenerlo, pone a disposición de los estudiantes este servicio, siguiendo los respectivos procedimientos de contratación. Escuela de Padres Este servicio tiene una labor preventivo -formativa y su misión es capacitar a padres y madres como orientadores de sus hijos. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 Promueve la presencia y participación de los padres de familia en la formación de sus hijos universitarios como soporte emocional, favoreciendo su desarrollo integral. Consultorio Médico Brinda consulta médica y atención de enfermería en Tópico, en forma gratuita, a estudiantes, docentes y administrativos. Además, cuenta con programas preventivos y promocionales de la salud. 28
Centro de Información Constantemente actualizado a través de recursos físicos y electrónicos, ofrece una amplia bibliografía para el soporte del proceso de aprendizaje y realización de investigaciones, en ambientes adecuados para trabajos individuales y grupales. Es requisito presentar el carné de servicios y cumplir con las normas establecidas, contempladas en el Reglamento del Centro de Información. Oportunidades Laborales Aquí encontrarás la publicación de ofertas de empleo y prácticas de empresas importantes y reconocidas. También podrás participar en programas de coaching en empleabilidad que te permitirán potenciar tu inserción laboral y empleabilidad. Este es un servicio totalmente gratuito para estudiantes y egresados de todas las carreras. Centro Cultural: El Centro Cultural es un espacio creativo de encuentro y disfrute de experiencias artísticas multidisciplinarias, modernas e innovadoras, que fomenta y difunde proyectos culturales para la comunidad universitaria mediante múltiples actividades y talleres. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE 29/05/2019 TÍTULO FINAL: DISPOSICIÓN TRANSITORIA Considerando que: 1. El Plan de Trabajo 2018 del área de Educación Continua, en conjunto con las Direcciones de Carrera, ha permitido incrementar significativamente el número de estudiantes que han cursado las asignaturas extracurriculares. 29
2. Que aún existe una cantidad importante de estudiantes que no han cumplido con el total de asignaturas extracurriculares que les corresponden, según el ciclo en que están matriculados 3. Que se sigue mejorando la oferta de los cursos extracurriculares de inglés y cómputo en cuanto a: (i) Temática actualizada y atractiva (ii) Mejores alternativas de horarios (iii) Mayor frecuencia de apertura de cursos (iv) Menor duración de cursos (v) Flexibilidad en requisitos. El presente año 2019, se permitirá la nivelación en los cursos extracurriculares a todos los estudiantes, sin condicionar la matrícula. Para ello, será necesario que quiénes aún tienen retraso en el cumplimiento de los extracurriculares, durante el 2019-l y 2019-ll realicen matrícula al menos en 1 de los cursos que tienen pendientes. DISPOSICION FINAL Los problemas de orden académico no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Vicerrectorado Académico en primera instancia y por el Rectorado en segunda y última instancia. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE | 29/05/2019 30
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