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CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y BIBLIOTECA BOLETÍN BIBLIOGRÁFICO No. 2 - FEBRERO DE 2021. INFLUENCIA DE LA SOCIEDAD CIVIL EN LA CONSTRUCCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA MEXICANA Jacqueline L´Hoist Tapia.- Ciudad de México: Instituto Electoral de la Ciudad de México, 2019.- 59p.- ISBN 978-607-8605-32-3.- (Colección Género y Democracia, No.5). El presente documento pone en perspectiva la influencia que ha ejercido la sociedad civil en la construcción y sostenimiento de la democracia en México, tanto representativa como participativa. En primer lugar, delimita el concepto sociedad civil y enuncia sus características; luego, continua con una propuesta acerca de los antecedentes que contribuyen a entender a la sociedad civil mexicana actual y su influencia en la agenda del Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Finalmente, dedica un apartado al desarrollo del movimiento feminista en el país y de la agenda de derechos de las mujeres, así como su impacto en la democracia sustantiva actual. El ensayo analiza distintos eventos relevantes en la historia de la Ciudad de México y detalla la forma en que influyeron en el actuar de la población, de manera espontánea y organizada, para atender situaciones críticas que afectaron a la población en general o a ciertos grupos específicos. También se concentra de modo particular, en recuperar la memoria histórica del papel de las mujeres en estos eventos, y su influencia en la respuesta inmediata, y a largo plazo, conformando la sociedad civil organizada, factor preponderante para la vida democrática capitalina. Jacqueline L´Hoist Tapia, es licenciada en Seguridad Pública por la Universidad Abierta y a Distancia de México (UNADM), cuenta con diversas especialidades en Derechos Humanos y en teología de la liberación de distintas instituciones. Su trabajo como defensora y especialista en Derechos Humanos en la Ciudad de México, desde 1994, lo ha realizado en la sociedad civil organizada, colaborando en entidades como el Consejo Consultivo de Organizaciones de Derechos Humanos del Distrito Federal, el Centro de Estudios Ecuménicos (CEE), el Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS), el Centro de Periodistas de Investigación, y en FUNDAR Centro de Análisis e Investigación. Es también fundadora de organizaciones como Resultados México, Alianza Cívica, Propuesta Cívica y México Posible. Dada su gran experiencia en Derechos Humanos, fue designada como la primera presidenta del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), institución a la que consolidó como el primero en su género a nivel estatal.
CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y BIBLIOTECA BOLETÍN BIBLIOGRÁFICO No. 2 - FEBRERO DE 2021. LA IGUALDAD DE GÉNERO COMO DERECHO HUMANO María del Carmen Alanís.- Ciudad de México: Instituto Electoral de la Ciudad de México, 2019.- 81p.- ISBN 978-607-8605-30-9.- (Colección Género y Democracia, No.6). La igualdad como principio ha tenido modificaciones históricas, sobre todo con los aportes del feminismo que evidenció la desigualdad estructural entre los géneros y el funcionamiento del patriarcado, que excluyo a las mujeres de la vida política y de la toma de decisiones. Por lo que, plasmando sus derechos en los diferentes instrumentos internacionales, se procura erradicar las diferencias entre hombres y mujeres basadas en el sexo. En este ensayo, la autora identifica los tratados de primera y segunda generación, detallando su importancia para la protección de los derechos político-electorales de las mujeres; describe las obligaciones específicas del Estado para su garantía y aborda como importantes aportes: las acciones afirmativas, la paridad y el juzgamiento con perspectiva de género. Con relación a las acciones afirmativas analiza las cuotas, su alcance, así como su paulatina aceptación, haciendo un recuento de las sentencias más importantes en el tema; aborda el principio de paridad en nuestro país y sus resultados, también analiza el juzgamiento con perspectiva de género y expone algunos casos emblemáticos de la CIDH con relación a los Derechos Humanos de las mujeres. María del Carmen Alanís, es feminista y doctora en Derecho. Fue magistrada y presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (2006- 2016). Secretaria ejecutiva y directora de Capacitación Electoral y Educación Cívica del IFE (1998-2005). Representante de México ante el Comité de Expertas de la Comisión Interamericana de Mujeres de la OEA (20013-2017). Representante de México ante la Comisión de Venecia (2008-2016). Directora fundadora del Centro de Estudios Mexicanos UNAM-Boston (Abril de 2018-Febrero 2019). Investigadora invitada de la Escuela de Derecho de la Universidad de Harvard (Junio 2017-Febrero 2019). Integrante de la Iniciativa de Integridad Electoral de la Fundación Kofi Annan. Presidenta y socia fundadora de 12624 Consultoras. Catedrática en la Facultad de Derecho de la UNAM. Especializada en derechos humanos, Estado de derecho, democracia, elecciones, acceso a la justicia, género y violencia política.
CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y BIBLIOTECA BOLETÍN BIBLIOGRÁFICO No. 2 - FEBRERO DE 2021. DERECHOS INDÍGENAS Y ACCESO A LA JUSTICIA PENAL Héctor Carreón Perea.- Ciudad de México: INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES – INACIPE, 2019.- 212p.- ISBN 978-607-8551-94-1. Las comunidades indígenas en México han padecido la exclusión social, económica, política y cultural, al igual que en el ámbito legal, particularmente en el acceso a la procuración de justicia. En la presente obra, diversos especialistas analizan, a través de 10 ensayos, los vacíos legales y retos que aún enfrentan los derechos indígenas en el sistema de justicia penal. Los temas abordados son: la situación que viven las personas indígenas en reclusión; la importancia de un intérprete y traductor durante el proceso legal; los sesgos de género a los que se enfrentan las mujeres detenidas, así como el estudio de los instrumentos internacionales y la legislación vigente. El objetivo es proponer cómo es posible armonizar el actual cuerpo normativo para avanzar en la inclusión de la población indígena dentro del sistema de justicia penal mexicano. El Doctor Héctor Carreón Prerea, es licenciado por la Universidad Lasalle (Ciudad de México), Maestro en Derecho Penal por el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) y Doctor en Derecho con mención honorífica por la Universidad Autónoma de México (UNAM). Ha realizado estudios de especialización en el área de Derecho Penal Internacional en la Academia Internacional Principios de Núremberg, con sede en Núremberg, Alemania. Catedrático a nivel posgrado en instituciones como la Escuela Libre de Derecho y el INACIPE. Ha sido secretario técnico de la Coalición Mexicana por la Corte Penal Internacional y consultor jurídico de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) en el programa Enfoque Derechos Humanos. Actualmente es comisionado integrante de la Comisión Técnica de Transición de la Procuraduría General de Justicia a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Es miembro fundador del Instituto de Estudios del Proceso Penal Acusatorio. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA DETECTADAS O COMETIDAS EN CONTRA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LOS PLANTELES ESCOLARES DE EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE YUCATÁN Gobierno del Estado de Yucatán.- Mérida, Yucatán, Méx: Secretaría de Educación-Programa Nacional de Convivencia Escolar-Gobierno del Estado de Yucatán, 2020.- 49p. El “Protocolo de Actuación ante Situaciones de Violencia Detectadas o Cometidas en contra de Niñas, Niños y Adolescentes en los Planteles Escolares de Educación Básica del Estado de Yucatán”, fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, mediante el acuerdo SEGEY 6/2020, el 30 de octubre de 2020. El presente Protocolo tiene por objeto establecer las pautas que orientan la actuación del personal de educación básica de las escuelas públicas y particulares autorizadas o incorporadas a la Secretaría de Educación del Estado de Yucatán, ante situaciones de violencia o hechos que la ley señale como delito y que hayan sido perpetrados en contra de niñas, niños y adolescentes (NNA), independientemente de que hayan sido cometidos por una persona mayor de edad u otro NNA, dentro del plantel escolar, e incluso cuando se detecte que la violencia proviene del exterior de la institución educativa; esto con la finalidad de procurar el interés superior de la niñez y salvaguardar sus derechos, garantizando que dicha actuación sea lo más rápida, eficaz, eficiente y segura posible, en beneficio de la integridad del NNA, aplicando el criterio de discrecionalidad y confidencialidad, que consiste en la obligación de proteger los datos personales de las víctimas y de evitar la divulgación de información que pueda conducir a su identificación pública.
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