Comparativo: Ilícitos Tributarios y Sanciones en la Reforma del COT - Deloitte

Página creada Alvaro Machinandiarena
 
SEGUIR LEYENDO
Comparativo: Ilícitos Tributarios y Sanciones en la Reforma del COT - Deloitte
Avance Legal
                                                                                               16 de Septiembre de 2015

                          Comparativo: Ilícitos
                          Tributarios y Sanciones
                          en la Reforma del COT

                         El 18 de noviembre de 2014, se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
                         Venezuela N° 6.152 Extraordinario, la reforma del Código Orgánico Tributario (“Reforma del
                         COT”), la cual trajo cambios significativos en las potestades sancionatorias y de investigación
                         atribuidas a la Administración Tributaria.

                         En la Reforma del COT se destaca: (i) el incremento de las sanciones pecuniarias y con pena
Contenido extraído de    restrictiva de libertad, (ii) la ampliación de los ilícitos con pena restrictiva de libertad, y (iii) la
la Gaceta Oficial
Extraordinaria de la     ampliación de la pena de clausura de los establecimientos principales y sucursales a la mayoría
República Bolivariana    de los ilícitos relacionados con el incumplimiento de deberes formales.
de Venezuela Nro.
6.152, publicada el 18   A continuación les presentamos un cuadro comparativo sobre los cambios más significativos
de Noviembre de 2014.
                         relativos a los ilícitos tributarios y las sanciones aplicables en la Reforma de COT:
Reforma del COT                                         COT Derogado
                                                                                          Clausura de 5              Multa de 50
                                                                                           días continuos y            UT
                                                                                           multa de 150 UT

                            Inscribirse en los                     Numeral 2            Clausura de 5              Multa de 25
                             registros de la                                               días continuos y            UT
                             Administración                                                multa de 50 UT
                             Tributaria fuera del
                             plazo establecido en
                             las leyes
Artículo 100. Ilícitos      Proporcionar                           Numeral 3            Clausura de 5              Multa de 25
tributarios Formales         información relativa a                                        días continuos y            UT
relacionados con el          los antecedentes o                                            multa de 50 UT
deber de emitir,             datos para la
entregar o exigir            inscripción o
facturas u otros             actualización de
documentos.                  forma parcial o
                             errónea
                            Proporcionar                           Numeral 4            Clausura de 5                     Multa de
                             información de                                                días continuos                     50 UT
                             actualización de                                              y multa de 100
                             registros fuera del                                           UT
                             lapso respectivo

                         La sanción de clausura prevista en este artículo se aplicará a todos los establecimientos o sucursales que
                         posea el sujeto pasivo.

                                                          Reforma del COT                                       COT Derogado
                            No emitir facturas u                   Numeral 1            Clausura de                      Multa de 1
                             otros documentos                                              10 días                           UT por cada
                             obligatorios o                                                continuos y                       factura,
                             emitirlos en un                                               multa de 150                      comprobant
                             medio no                                                      UT                                eo
                             autorizado                                                                                      documentos
                                                                                                                             dejado de
                                                                                                                             emitir, hasta
                                                                                                                             un máximo
                                                                                                                             de 200 UT
Artículo 101. Ilícitos
tributarios formales        Emitir facturas u                      Numeral 2            Clausura de
relacionados con el          otros documentos                                              10 días
deber de emitir,             cuyos datos no                                                continuos y
entregar o exigir            coincidan con el                                              multa de 150
facturas u otros             correspondiente a                                             UT
documentos.                  la operación real o
                             sean ilegibles

                                                                                                                     2
 No conservar las          Numeral 3    Clausura de
  copias de las                            10 días
  facturas u otros                         continuos y
  documentos                               multa de 150
  obligatorios por el                      UT
  lapso establecido
  por las normas
  tributarias
 Alterar las               Numeral 4    Clausura de
  características de                       10 días
  las maquinas                             continuos y
  fiscales                                 multa de 150
                                           UT
 Emitir facturas u         Numeral 5    Clausura de 5    Multa de 1
  otros documentos                         días              UT por cada
  obligatorios con                         continuos y       factura,
  prescindencia total                      multa de 100      comprobant
  o parcia de los                          UT                eo
  requisitos de ley                                          documentos
                                                             dejado de
                                                             emitir, hasta
                                                             un máximo
                                                             de 150 UT
 Utilizar                  Numeral 6    Clausura de 5
  simultáneamente                          días
  más de un medio                          continuos y
  de emisión de las                        multa de 100
  facturas                                 UT
 Utilizar un medio de      Numeral 7    Clausura de 5
  facturación distinto                     días
  al indicado como                         continuos y
  obligatorio                              multa de 100
                                           UT
 No entregar               Numeral 8    Clausura de 5    Multa de 1
  facturas que sean                        días              UT por cada
  obligatorias                             continuos y       factura,
                                           multa de 100      comprobant
                                           UT                eo
                                                             documentos
                                                             dejado de
                                                             emitir, hasta
                                                             un máximo
                                                             de 150 UT

                                                           3
 No exigir a los                      Numeral 9                Multa de 5 UT                Multa de 1 a
    vendedores o                                                                                  5 UT
    prestadores de
    servicios las
    facturas cuando
    haya obligación de
    emitirlas
   Aceptar facturas                     Numeral 10               Multa de 10                  Multa de 5 a
    cuyos montos no                                                 UT                            50 UT
    coincidan con la
    operación realizada.

   Emitir cualquier tipo                Numeral 11           Clausura de 5 días
    de documento                                               continuos y multa
    distinto a la factura,                                     de 100 UT
    que sea utilizado
    para informar el
    monto parcial o total
    de las operaciones
    realizadas.
Las sanciones de clausura previstas en los numerales 1,4,5,6, y 7 se extenderán hasta tanto el sujeto pasivo
cumpla con los respectivos deberes formales y notifique a la administración la regularización. Corregida la
situación que motivo la sanción, la Administración Tributaria procederá de forma inmediata a levantar la medida
de clausura
La sanción de clausura prevista en este artículo se aplicará solo en el lugar de la comisión del ilícito, aun en los
casos en que el sujeto pasivo tenga varios establecimientos o sucursales

                                    Reforma del COT                                           COT Derogado

           No llevar libros             Numeral 1                    Clausura de              Multa de 50
            y registros                                                 10 días                   UT y se
            exigidos por las                                            continuos y               incrementar
            normas                                                      multa de 150              á 50 UT por
            respectivas                                                 UT                        cada
                                                                                                  infracción
                                                                                                  nuevas
                                                                                                  hasta 200
                                                                                                  UT

          No mantener los               Numeral 2                Clausura de 5
           libros y registros                                       días continuos y
           en el domicilio                                          multa de 100 UT
           cuando fuere
           obligatorio o no

                                                                                               4
exhibirlos
                                 cuando la
                                 Administración
                                 Tributaria lo
Artículo 102. Ilícitos           solicite.
tributarios relacionados        Destruir, alterar o      Numeral 3    Clausura de 10
con el deber de llevar           no conservar las                        días continuos y
libros y registros               memorias de las                         multa de 150
contables                        maquinas                                UT.
                                 fiscales
                                 contentivas del
                                 registro de la
                                 operaciones
                                 efectuadas.

                                No mantener los          Numeral 4    Clausura de 5
                                 medios que                              días continuos y
                                 contengan los                           multa de 100 UT
                                 libros y registros
                                 de las
                                 operaciones
                                 realizadas, en
                                 condiciones de
                                 operación o
                                 accesibilidad
                                Llevar los libros y      Numeral 5    Clausura de 5       Multa de 25
                                 registros con                           días continuos y     UT y se
                                 atraso de un mes                        multa de 100 UT      incrementar
                                                                                              á 25 UT por
                                                                                              cada nueva
                                                                                              infracción
                                                                                              hasta 100
                                                                                              UT
                                No conservar             Numeral 6    Clausura de 5       Multa de 25
                                 durante el plazo                        días continuos y     UT y se
                                 establecido por                         multa de 100 UT      incrementar
                                 la normativa, los                                            á 25 UT por
                                 libros y registros,                                          cada nueva
                                 así como los                                                 infracción
                                 sistemas,                                                    hasta 100
                                 programas o                                                  UT
                                 soportes que
                                 contengan
                                 contabilidad
                                Llevar libros y          Numeral 7    Clausura de 5       Multa de 25
                                 registros sin                           días continuos y     UT y se
                                 cumplir con las                         multa de 100 UT      incrementar
                                 formalidades                                                 á 25 UT por
                                                                                              cada nueva

                                                                                            5
establecidas por                                                                         infracción
                                  la normas                                                                                hasta 100
                                                                                                                           UT
                                 No llevar en                   Numeral 8                  Clausura de 5
                                  castellano o en                                             días continuos y
                                  moneda nacional                                             multa de 100 UT
                                  los libros de
                                  contabilidad y
                                  otros registros
                                  contables
                         La sanción de clausura prevista en este artículo se aplicará a todos los establecimientos o sucursales que
                         posea el sujeto pasivo.

                         Las sanciones de clausura previstas para los ilícitos establecidos en este artículo, se extenderán hasta tanto el
                         sujeto pasivo cumpla con los respectivos deberes formales y notifique a la administración la regularización.
                         Corregida la situación que motivo la sanción la Administración Tributaria procederá de forma inmediata a
                         levantar la medida de clausura.

                                                            Reforma del COT                                           COT Derogado
                                 No presentar la                Numeral 1                  Clausura de 10            Multa de 10
                                  declaraciones o                                             días continuos y           UT,
                                  presentarlas con                                            multa de 150 UT            aumentará
                                  retraso superior                                                                       a 10 UT por
                                  de 1 año                                                                               cada nueva
                                                                                                                         infracción
                                                                                                                         hasta un
                                                                                                                         máximo de
                                                                                                                         50 UT
                                 No presentar las               Numeral 2                  Multa de 50 UT            Multa de 10
                                  comunicaciones                                                                         UT, se
                                  que establezca                                                                         elevará a 10
                                  la ley                                                                                 UT por cada
                                                                                                                         nueva
                                                                                                                         infracción
                                                                                                                         hasta un
                                                                                                                         máximo de 50
                                                                                                                         UT
Artículo 103. Ilícitos
                                 Presentar las                  Numeral 3                  Multa de 100 UT           Multa de 5
tributarios formales
                                  declaraciones en                                                                       UT,
relativos con el deber
                                  forma incompleta                                                                       aumentará a
de presentar
                                  o con retraso                                                                          5 UT por
declaraciones y
                                  superior a 1 año                                                                       cada nueva
comunicaciones.
                                                                                                                         infracción
                                                                                                                         hasta 25 UT
                                 Presentar otras                Numeral 4                  Multa de 50 UT              Multa de 5
                                  comunicaciones                                                                           UT y se
                                  incompletas o                                                                            incrementar
                                  fuera del plazo                                                                          á 5 UT por

                                                                                                                       6
cada nueva
                                                                                                infracción
                                                                                                hasta 25 UT

       Presentar más                  Numeral 5                 Multa de 50 UT            Multa de 5
        de una                                                                                UT y se
        declaración                                                                           incrementar
        sustitutiva o la                                                                      á 5 UT por
        primera                                                                               cada nueva
        declaración                                                                           infracción
        sustituta fuera                                                                       hasta 25 UT
        del lapso
       Presentar las                  Numeral 6                 Multa de 50 UT            Multa de 5
        declaraciones en                                                                      UT y se
        formularios,                                                                          incrementar
        medios formatos,                                                                      á 5 UT por
        o lugares no                                                                          cada nuevas
        autorizados                                                                           infracción
                                                                                              hasta 25 UT

       No presentar o                 Numeral 7                 En caso de no               En caso de
        presentar con                                              presentarlas,                presentarlas
        retardo la                                                 clausura de 10               multa de
        declaración                                                días continuos y             1000 a 2000
        informativa de                                             multa de 2000                UT; en caso
        las inversiones                                            UT, en el caso               de retardo
        en jurisdicciones                                          de retraso con               multa de 250
        de baja                                                    multa de 1000                a 750 UT
        imposición                                                 UT

La sanción de clausura prevista en este artículo se aplicará a todos los establecimientos o sucursales que
posea el sujeto pasivo.

                                                                                            7
Reforma del COT                         COT Derogado
                                 Producir, circular       Numeral 1       Clausura de            Multas de 10
                                  o comercializar                            10 días                 UT, se
                                  productos o                                continuos,              incrementar
                                  mercancías sin                             multa de 250            á en 10 UT
                                  los elementos de                           UT y comiso             por cada
                                  control exigidos                           de bienes y             nueva
                                  por las normas                             mercancías.             infracción
                                  tributarias o                              En caso que la          hasta un
                                  estos sean falsos                          actividad esté          máximo de
                                                                             sometida a              50 UT
                                                                             autorización
                                                                             por parte de
                                                                             AT, será
                                                                             suspendida
                                                                             por 90 días,
Artículo 104. Ilícitos                                                       en caso de
tributarios formales                                                         reincidencia la
relacionados con el                                                          autorización
cumplimiento del deber                                                       será revocada.
de permitir el control de
                                 Circular o               Numeral 2       Clausura de            Multas de 10
la Administración
                                  comercializar                              10 días                 UT, se
Aduanera
                                  productos o                                continuos,              incrementar
                                  mercancías sin                             multa de 250            á en 10 UT
                                  las facturas u                             UT y comiso             por cada
                                  otros                                      de los bienes           nueva
                                  documentos que                             y mercancías.           infracción
                                  acrediten su                               En caso que la          hasta un
                                  propiedad                                  actividad esté          máximo de
                                                                             sometida a              50 UT
                                                                             autorización
                                                                             por parte de
                                                                             AT, será
                                                                             suspendida
                                                                             por 90 días,
                                                                             en caso de
                                                                             reincidencia la
                                                                             autorización
                                                                             será revocada.
                                 No exhibir,              Numeral 3       Multa de 100           Multas de 10
                                  ocultar o destruir                         UT                      UT, se
                                  certificados,                                                      incrementar
                                  carteles, señales                                                  á en 10 UT
                                  y demás medios                                                     por cada
                                  utilizados,                                                        nueva
                                  exigidos o                                                         infracción
                                  distribuidos por                                                   hasta un
                                  la Administración                                                  máximo de
                                  Tributaria                                                         50 UT

                                                                                                 8
   Elaborar facturas        Numeral 4      Clausura de           Multas de 10
    u otros                                   10 días                UT, se
    documentos sin                            continuos,             incrementar
    la autorización                           multa de 1000          á en 10 UT
    otorgada por la                           UT. La AT no           por cada
    Administración                            otorgará               nueva
    Tributaria,                               autorizaciones         infracción
    cuando lo exijan                          para el                hasta un
    las normas                                ejercicio de las       máximo de
                                              actividades en         50 UT
                                              los cuales los
                                              Sujetos
                                              Pasivos
                                              cometieron los
                                              ilícitos.
   Comercializar            Numeral 5      Clausura de
    maquinas                                  10 días
    fiscales o sus                            continuos,
    partes                                    multa de 1000
    esenciales que                            UT. La AT no
    garanticen el                             otorgará
    control fiscal, sin                       autorizaciones
    autorización                              para el
    otorgada                                  ejercicio de las
                                              actividades en
                                              los cuales los
                                              Sujetos
                                              Pasivos
                                              cometieron los
                                              ilícitos.
   Incumplir los            Numeral 6      Clausura de           Multas de 10
    deberes                                   10 días                UT, se
    previstos en las                          continuos y            incrementar
    normas                                    multa de 200           á en 10 UT
    respectivas,                              UT. Se                 por cada
    relacionados con                          revocará la            nueva
    la autorización                           autorización           infracción
    otorgada para la                          otorgada.              hasta un
    elaboración de                                                   máximo de
    facturas u otros                                                 50 UT y se
    documentos.                                                      les revocará
                                                                     la
                                                                     autorización

                                                                 9
  Incumplir los            Numeral 7        Clausura de
   deberes                                     10 días
   previstos en las                            continuos y
   normas                                      multa de 200
   respectivas,                                UT. Se
   relacionados con                            revocará la
   la autorización                             autorización
   otorgada para la                            otorgada.
   fabricación de
   máquinas
   fiscales, así
   como lo relativo
   a servicios de
   distribución y
   mantenimientos.
 Impedir u                 Numeral 8        Clausura de         Multa de 150
   obstruir por sí                             10 días              a 500 UT
   mismo o por                                 continuos y
   interpuestas                                multa de 500
   personas, el                                UT
   ejercicio de las
   facultades
   otorgadas a las
   Administración
   Tributaria
  No entregar              Numeral 9    Multa de 100 UT
   comprobante de
   retención
  Expender                 Numeral 10       Multa de 200
   especie fiscales,                           UT y comiso
   aunque sea de                               de las
   lícita circulación,                         especies
   sin autorización
   por parte de la
   Administración
   Tributaria
 Ocultar, acaparar         Numeral 11       Multa de 200
   o negar                                     UT y comiso
   injustificadament                           de las
   e las planillas,                            especies
   formatos,                                   gravadas
   formularios o
   especies fiscales
 No mantener o             Numeral 12       Clausura de
   conservar la                                10 días
   documentación                               continuos y
   que soporta el                              multa de 1000
   cálculo de los                              UT
   precios de
   transferencias

                                                               10
No mantener en          Numeral 13      Clausura de            Multas de 10
                               condiciones de                            10 días                 UT, se
                               operaciones los                           continuos y             incrementar
                               soportes                                  multa de 200            á en 10 UT
                               magnéticos                                UT                      por cada
                               utilizados en las                                                 nueva
                               aplicaciones que                                                  infracción
                               incluyan datos                                                    hasta un
                               vinculados con la                                                 máximo de
                               tributación                                                       50 UT
                              No facilitar los        Numeral 14      Clausura de
                               equipos técnicos                          10 días
                               necesarios para                           continuos y
                               la revisión de                            multa de 200
                               orden tributario                          UT
                               de la
                               documentación
                               micro grabada
                               que realice el
                               contribuyente
                                                       Reforma                          Ley Derogada
                              No proporcionar         Numeral 1     Multa de 100             Multa de 10
                               información que                         UT                        UT y se
                               sea requerida                                                     incrementar
                               por la                                                            á en 10 UT
                               Administración                                                    por cada
                               Tributaria sobre                                                  nueva
Artículo 105. Ilícitos         sus actividades o                                                 infracción,
tributarios formales           las de terceros                                                   hasta un
relacionados con el            con los que                                                       máximo de
deber de informar y            guarde relación,                                                  200 UT
comparecer ante la             dentro de los
Administración                 plazos
Tributaria.                    establecidos

                              No notificar a la       Numeral 2       Multa de 100           Multa de 10
                               Administración                            UT                      UT y se
                               Tributaria las                                                    incrementar
                               compensaciones                                                    á en 10 UT
                               y cesiones de                                                     por cada
                               créditos en los                                                   nueva
                                                                                                 infracción,

                                                                                          11
términos                                                               hasta un
    establecidos                                                           máximo de
                                                                           200 UT

   Proporcionar a la         Numeral 3        Multa de 100             Multa de 10
    Administración                               UT                        UT y se
    Tributaria                                                             incrementar
    información falsa                                                      á en 10 UT
    o errónea                                                              por cada
                                                                           nueva
                                                                           infracción,
                                                                           hasta un
                                                                           máximo de
                                                                           50 UT
   No comparecer             Numeral 4        Multa de 100             Multa de 10
    ante la                                      UT                        UT y se
    Administración                                                         incrementar
    tributaria cuando                                                      á en 10 UT
    esta lo solicite,                                                      por cada
    salvo que exista                                                       nueva
    causa justificada                                                      infracción,
                                                                           hasta un
                                                                           máximo de
                                                                           50 UT
   Revelar                   Numeral 5         Multa de 1000           Multa de 200
    información de                                UT                       a 500 UT
    carácter                                                               (Funcionario
    reservado o                                                            s públicos).
    hacer uso                                                              Multa de 500
    indebido de la                                                         a 2000 UT
    misma                                                                  (Los que
                                                                           revelen
                                                                           información
                                                                           solo en
                                                                           materia de
                                                                           precios de
                                                                           transferencia
                                                                           .

                          Reforma del COT                          COT Derogado
   La reapertura de          Numeral 1        Multa de 1000            Multa de 200
    un local, oficina o                          UT y cierre del           a 500 UT
    establecimiento,                             establecimient
    o de la sección                              o por el doble
    que                                          del lapso
    corresponda, con                             inicialmente
    violación de la                              impuesto
    clausura

                                                                    12
impuesta por la
                               Administración
                               Tributaria, no
                               suspendida o
                               revocada

                              La destrucción o        Numeral 2    Multa de 1000       Multa de 200
                               alteración de los                      UT y cierre del      a 500 UT
Artículo 106. Ilícitos         sellos, precintos                      establecimient
tributarios relacionados       o cerraduras                           o por el doble
con el desacato de             puestos por la                         del lapso
órdenes de la                  Administración                         inicialmente
Administración                 Tributaria, o la                       impuesto
Tributaria                     realización de
                               cualquier otra
                               operación
                               destinada a
                               desvirtuar la
                               colocación de los
                               mismos

                              La utilización,         Numeral 3      Multa de 500        Multa de 200
                               sustracción,                             UT                   a 500 UT
                               ocultamiento o
                               enajenación de
                               bienes o
                               documentos que
                               queden retenidos
                               en poder del
                               presunto
                               infractor, en caso
                               que se hayan
                               adoptado
                               medidas
                               cautelares

                                                                                        13
Reforma del COT                            COT Derogado
                             Fabricar,                Numeral         Multa de 1000 UT          Multa de 150
                              importar,                 1                y comiso de las            a 350 UT y
                              comercializar o                            especies                   comiso de
                              expender bienes                            gravadas. Sin              las especies
                              sin las debidas                            perjuicio de la            gravadas
                              autorizaciones,                            pena prevista en
                              cuando ello sea                            el artículo 119
                              exigido por las                            (defraudación
                              normas                                     tributaria penada
                              respectivas                                con prisión de
                                                                         seis (6) meses a
                                                                         siete (7) años. En
                                                                         el caso de
                                                                         obtención
                                                                         indebida de
                                                                         devoluciones, se
                                                                         incrementará un
                                                                         tercio de la pena.
                                                                         Asimismo cuando
                                                                         el sujeto pasivo
                                                                         sea sancionado
                                                                         por defraudación
                                                                         tributaria el
                                                                         tribunal ordenara
                                                                         que la sanción
                                                                         sea incrementada
                                                                         en un doscientos
Artículo 107. Ilícitos
                                                                         por ciento (200%)
tributarios relativos a
                                                                         del tributo
las actividades
                                                                         omitido.
sometidas a
                             Circular,                Numeral         Comiso de las             Multa de 50
autorización
                              comercializar,            2                especies                   a 150 UT y
                              distribuir o                               gravadas                   retención de
                              expender                                                              la especies
                              especies                                                              hasta que se
                              gravadas que no                                                       obtenga la
                              cumplan los                                                           autorización.
                              requisitos legales

                                                                                               14
   Circular,               Numeral      Multa de 1000 UT         Multa de 100
    comercializar,           3             y comiso de las           a 250 UT y
    distribuir o                           especies                  comiso de
    expender                               gravadas. Sin             las especies
    especies                               perjuicio de la           gravadas
    gravadas que no                        pena prevista en
    cumplen los                            el artículo 119
    requisitos legales                     (defraudación
    para su                                tributaria penada
    elaboración,                           con prisión de
    producción y                           seis (6) meses a
    transporte, y                          siete (7) años. En
    aquellas de                            el caso de
    procedencia                            obtención
    ilegal o                               indebida de
    adulterada                             devoluciones, se
                                           incrementará un
                                           tercio de la pena.
                                           Asimismo cuando
                                           el sujeto pasivo
                                           sea sancionado
                                           por defraudación
                                           tributaria el
                                           tribunal ordenara
                                           que la sanción
                                           sea incrementada
                                           en un doscientos
                                           por ciento (200%)
                                           del tributo
                                           omitido.
   Efectuar                Numeral      Multa de 100 UT          Multa de 25
    modificaciones o         4             y suspensión de           a 100 UT y
    transformaciones                       la respectiva             suspensión
    que alteren las                        actividad hasta           de la
    características,                       que se obtenga la         respectiva
    índole o                               autorización              actividad
    naturaleza de la                                                 hasta que se
    industria,                                                       obtenga la
    establecimientos,                                                autorización
    negocios y
    expendios sin la
    debida
    autorización

                                                                15
El comiso de las especies gravadas, aparatos, recipientes, materia prima, maquinas, útiles, instrumentos de
                         producción y bienes relacionados con la industria clandestina, se impondrá aun cuando no haya podido
                         determinarse el infractor.

                                                                Reforma                                            Ley Derogada
                               Incumplimiento de otro Deber Formal sin                        Multa de 100 UT
Artículo 108.                   sanción especifica
Incumplimiento de
otros deberes formales

                         Cuando los ilícitos formales previstos en este capítulo sean cometidos por sujetos pasivos calificados como
                         Especiales, las sanciones pecuniarias aplicables serán aumentadas en un 200%.

                                                           Reforma del COT                                         COT Derogado
                               Artículo 110.                   Pago dentro                Multa del 0,28%            El 1% de lo
                                Quien pague con                  del término de              por cada día de             adeudado
                                retraso la deuda                 1 año                       retraso hasta un
                                tributaria.                                                  máximo de
                                                                                             100% del monto
                                                                                             adeudado.
CAPITULO III.                                                   Pago fuera                  Adicionalment
ARTICULOS 109 AL                                                 del término de                e una multa
117. DE LOS ILICTOS                                              1 año                         del 50% del
TRIBUTARIOS                                                                                    monto
MATERIALES                                                                                     adeudado
                                                                Quien pague                    Multa adicional
                                                                 fuera del                       del 150% del
                                                                 lapso de los 2                  monto
                                                                 años                            adeudado
                                                        Cuando el pago del tributo se efectúe en el curso del
                                                        procedimiento de fiscalización y determinación, se
                                                        aplicarán según el caso, las sanciones previstas en el
                                                        artículo 112 (multa del 100% hasta el 300% del tributo
                                                        omitido).

                               Artículo 111.                   Multa del 30% sobre la cantidad del
                                Cuando se                        tributo determinado
                                efectúen
                                determinaciones
                                conforme al
                                procedimiento de
                                recaudación en

                                                                                                                    16
caso de omisión
    de declaraciones

   Artículo 112.               Multa del 100% hasta un 300% del                 Multa de
    Quien mediante               tributo omitido                                   25% hasta
    acción u omisión                                                               un 200% del
    cause la                                                                       tributo
    disminución                                                                    omitido
    ilegítima de los
                         En caso de allanamiento   Multa del 30% del tributo    Multa del 10% del
    ingresos
                         (artículo 196)            omitido                      tributo omitido
    tributarios,
    incluso mediante
    el disfrute
    indebido de
    exenciones
    exoneraciones u
    otros beneficios
    fiscales.
   Artículo 113. La            Multa del 100% al 500% de las                    Del 50% al
    obtención de                 cantidades indebidamente obtenidas                200% de las
    devoluciones o                                                                 cantidades
    reintegros                                                                     indebidamen
    indebidos, sin                                                                 te obtenidas
    perjuicio de la
    sanción
    establecida en el
    artículo 119.
   Artículo 114.            1. Quien omita                 Multa del                10% al 20%
    Incumplimiento           pagos de anticipo              100% del                 del anticipo
    del Deber de                                            anticipo                 omitido
    Anticipar a                                             omitido
    cuenta de la
    obligación               2. El retraso en el            Multa del                1,5%
    tributaria               pago de los                    0,05% por                mensual de
    principal.               anticipos                      cada día de              los anticipos
                                                            retraso hasta            omitidos
                                                            un máximo de
                                                            100%
   Artículo 115.            1. Por no retener,    Multa del 500% del tributo   Multa de 100% al
    Incumplimiento           percibir o enterar    no retenido o percibido      300% del tributo no
    de las                   tributos                                           retenido o percibido
    Obligaciones de
    retener, percibir,       2. Por retener o      Multa del 100% de la         Multa del 50% al
    o enterar los            percibir menos de     cantidad no retenida o       150% de las
    tributos.                                      percibida                    cantidades no
                             lo que
                                                                                retenidas
                             corresponde

                                                                                17
3. Por enterar las      Multa del 5% por cada día     Multa del 50% por
                            cantidades              de retraso en su              cada mes de retraso
                            retenidas o             enteramiento hasta un         hasta un 500%.
                                                    máximo de 100 días.
                            percibidas fuera
                            del plazo
                            establecido

                            4. Por no enterar       Multa de 1000% de las
                            las cantidades          referidas cantidades. Sin
                            retenidas o             perjuicio de lo establecido
                                                    en el artículo 119.
                            percibidas

 Artículo 116. El             Multa de 500 UT y comiso de las                       Multa del
  comercializar o               especies                                               100 a 250
  expender en el                                                                       UT y comiso
  territorio nacional                                                                  de las
  especies                                                                             especies
  gravadas
  destinadas a la
  importación o
  exportación para
  el consumo del
  régimen
  aduanero
 Artículo 117. El             Multa de 300 UT.                                      Multa del
  comercializar                                                                        100 a 250
  especies                                                                             UT y comiso
  gravadas a                                                                           de las
  establecimientos                                                                     especies
  o personas no
  autorizadas para
  su expendio
  cuando ello sea
  exigido en las
  normas
  tributarias.
                           Reforma del COT                                        COT Derogado
   Artículo 119.       La defraudación             Prisión de 6 meses a 7        Prisión de 6
    Quien incurra en                                años                          meses a 7 años
    defraudación        En caso de obtención        Prisión de 6 meses a 7        Cantidad superior a
                        indebida de devoluciones.   años incrementada en un       100 UT de 4 a 8
                                                    tercio la pena                años de prisión.

                        La defraudación             Adicional sanción prevista
                                                    en el encabezado del
                                                    artículo 112 aumentada en
                                                    un 200%.

                                                                                  18
   Artículo 121.          4 a 6 años de prisión.              2a4
CAPITULO IV.              Quien no entere                                            años de
ARTÍCULOS 118 AL          los tributos                                               prisión.
130. DE LOS ILICTOS       retenidos o
TRIBUTARIOS               percibidos en los
PENALES                   plazos
                          establecidos

                         Artículo 122.          1 a 5 años de prisión
                          Quien estando
                          en conocimiento
                          de la iniciación
                          de un
                          procedimiento
                          tendente a la
                          determinación o
                          cobro de
                          obligaciones,
                          provocare o
                          agravare la
                          insolvencia
                          propia o ajena.
                         Artículo 123.          1 a 5 años de prisión
                          Quien incite
                          públicamente o
                          efectúe
                          maniobras
                          concertadas
                          tendentes a
                          organizar la
                          negativa
                          colectiva al
                          cumplimiento de
                          las obligaciones
                         Artículo 124.          3 meses a 3 años de prisión           3 meses
                          Funcionarios,                                                  a 3 años
                          empleados                                                      de
                          públicos; sujetos                                              prisión
                          pasivos y sus
                          representantes;
                          autoridades
                          judiciales y
                          cualquier otro
                          que directa o
                          indirectamente,
                          revele, divulgue
                          o haga uso
                          personal o
                          indebido de la

                                                                                19
información
    confidencial.

   Artículo 129. El   Los años de prisión se incrementaran al doble.
    funcionario que
    colabore o         Adicionalmente será inhabilitado de 5 a 15 años en el
    participe en la    desempeño de la función pública.
    comisión de
    estos ilícitos
    tributarios.

                                                                               20
Contactos
Alejandro Gómez                        Burt Hevia                                 Departamento de Mercadeo
algomez@deloitte.com                   bhevia@deloitte.com                        vemercadeo@deloitte.com

Oficinas
 Caracas                       Pto. La Cruz                   Pto. Ordaz                          Valencia
 Avda. Blandín, Torre B.O.D,   Avda. Principal de Lechería,   Avda. Guayana, Torre Colón,         Torre Venezuela, Piso 3,
 Piso 18. La Castellana.       Centro Comercial Anna,         Piso 2, Ofic. 1, Urb. Alta Vista.   Oficinas A y D, Av. Bolívar
 Teléfono +58 (212) 206 8502   Piso 02, Ofic. 41, Lechería.   Teléfono +58 (286) 961 1383         Norte, Urb. La Alegría.
 Fax +58 (212) 206 8740        Teléfono +58 (281) 286 7175    Fax +58 (286) 962 7234              Teléfono +58 (241) 824 2790
                               Fax +58 (281) 286 9122                                             Fax +58 (241) 823 4119

Para mayor información, visite nuestra página web www.deloitte.com/ve

Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembros de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada
del Reino Unido, limitada por garantía, y su red de firmas miembros, cada una separada legalmente como entidades
independientes. Por favor visite www.deloitte.com/about para una descripción detallada de la estructura legal de
Deloitte Touche Tohmatsu LImited y sus firmas miembros.

Esta publicación contiene exclusivamente información general y ninguna entidad de Deloitte Touche Tohmatsu
Limited, sus firmas miembros o entidades relacionadas (colectivamente, la “Red Deloitte”), por medio de esta
publicación da asesoramiento profesional o de servicios. Antes de tomar cualquier decisión o ejercer cualquier
acción que pueda afectar sus finanzas o negocio, Ud. debe consultar un profesional experto. Ninguna entidad en la
Red Deloitte será responsable por cualquier pérdida sustentada por cualquier persona que se refiera a esta
publicación.

© 2015 Lara Marambio & Asociados RIF J-00327665-0
© 2015 Gómez Rutmann y Asociados Despacho de Abogados RIF J-30947327-1

                                                                                                                                21
También puede leer