CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N 01-2020-ANP-MSP

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CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N 01-2020-ANP-MSP
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N°01-2020-ANP-MSP
para conformar registro de elegibles en las clases de puestos Oficial Instructor I Escala Básica, Oficial Instructor I
                                 Ejecutiva y Oficial Instructor II Escala Superior

             El Departamento de Reclutamiento y Selección les invita a leer
                             detenidamente la presente
                                 “Guía De Proceso Concursal”
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS:

   Clase de puesto: Oficial Instructor I – Escala Básica

   Cargo: Oficial Instructor I – Escala Básica

   Nº de puesto: 367151, 367152, 367153, 367154, 367155, 367156, 367157, 367158, 367159, 367160, 367161, 367162, 367163, 367164,

    367165, 367166, 367167, 367168, 367169, 367170, 367171, 367172, 367173, 367174, 367175, 367176, 367177, 367178, 367179,

    367180, 367181, 367182, 367183, 367184, 367185, 367186, 367187, 367188, 367189, 367190, 367191, 367192, 367193, 367194,

    367195, 367196, 367197, 367198, 367199, 367200, 367201, 367202, 367203.

   Modalidad de nombramiento: interino (servicios especiales), no sujeto a período de prueba.

   Disponibilidad plena de ubicación y horario– Artículo 74 de la Ley General de Policía

   Caducidad del registro de elegibles: del 01-01-2021 al 31-12-2021.
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CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS:

   Clase de puesto: Oficial Instructor I – Escala Ejecutiva

   Cargo: Oficial Instructor I – Escala Ejecutiva

   Nº de puesto: 367142, 367143, 367144, 367145, 367146, 367147, 367148, 367149, 367150.

   Modalidad de nombramiento: interino (servicios especiales), no sujeto a período de prueba.

   Disponibilidad plena de ubicación y horario– Artículo 74 de la Ley General de Policía

   Caducidad del registro de elegibles: del 01-01-2021 al 31-12-2021.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS:

   Clase de puesto: Oficial Instructor II – Escala Superior

   Cargo: Oficial Instructor II – Escala Superior

   Nº de puesto: 367139, 367140, 367141

   Modalidad de nombramiento: interino (servicios especiales), no sujeto a período de prueba.

   Disponibilidad plena de ubicación y horario– Artículo 74 de la Ley General de Policía

   Caducidad del registro de elegibles: del 01-01-2021 al 31-12-2021.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

     Componentes salariales:

                    CLASE DE PUESTO                                              SALARIO                                   ANUALIDAD
     OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA BÁSICA                                         ₡630 950,00                                       2,54%

     OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA EJECUTIVA                                      ₡790 850,00                                       2,54%

     OFICIAL INSTRUCTOR II ESCALA SUPERIOR                                    ₡1 028 350,00                                       2,54%

                                                                                                        Escala Salarial del I Semestre-2019

El salario, pluses, anualidades y cualquier otro componente salarial, se encuentra sujeto a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y las
disposiciones del Erario Público, por lo que es importante recordarle a los interesados que deben considerar cualquier situación que afecte sus
condiciones.
Fecha de publicación: 29 de mayo 2020

                          CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR I – ESCALA BÁSICA

Cumplir con los requisitos de ingreso establecidos en la Ley General de Policía y sus reformas.

Haber aprobado el Curso Técnico de Básico Policial impartido por la Academia Nacional de Policía y sus equivalentes (cursos impartidos por
dependencias nacionales e internacionales) acreditados por la Academia Nacional de Policía (según lo establecido en la Ley General de
Policía N°7410, Título III Del Estatuto Policial Capítulo I, Disposiciones Generales Artículo 50, 51, 55, 65 y 69; Ley Creación de la Academia
Nacional de Policía N°9552, Capítulo VI, Disposiciones Finales, artículo 29 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública (Reglamenta relaciones de funcionamiento y servicio de los diferentes cuerpos policiales indicadas en el
Título III artículo 50 de la Ley N° 7410) Nº 23880-SP, Capítulo IV, De la Selección del Personal, artículo 15).

Original de Cédula de identidad, en buen estado y vigente.

Bachiller en Educación Media.

Ostentar como mínimo el grado de inspector, sargento u superior sujeto al Decreto N°41367-SP Reforma al Reglamento sobre grados
policiales y sistemas de ascenso de los servidores de la Fuerza pública.

Curso para Sargentos o Oficiales Ejecutivos, impartido por la Academia Nacional de Policía (los cursos impartidos por dependencias
nacionales e internacionales, deben estar reconocidos por la Academia Nacional de Policía).

Cinco años de experiencia en labores policiales, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.
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REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR I – ESCALA BÁSICA

Tres años de experiencia en supervisión de personal, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.

Permiso de portación de armas vigente y buen estado.

Curso o conocimientos debidamente certificados en el manejo de paquetes ofimáticos actualizados (Word, Excel, Power Point y
Access).

Licencia de conducir vigente Tipo B-1.

Curso de Formador de Formadores u otro afín a las labores de instrucción, debidamente reconocido por la Academia Nacional de Policía
(requisito preferible no excluyente).

Acreditación como Instructor Policial emitido por la Academia Nacional de Policía (requisito preferible, no excluyente).

Certificación (es) de la Evaluación del Desempeño 2018-2019, emitida por el Departamento de Capacitación y Desarrollo.

Capacitaciones atinentes a la función policial (requisito preferible no excluyente, debe contar con la cantidad de horas).

Oferta de servicios debidamente completa y firmada (con letra legible, sin tachones, corrector o marcas que puedan generar duda de
la información consignada).
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REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR I – ESCALA EJECUTIVA

Cumplir con los requisitos de ingreso establecidos en la Ley General de Policía y sus reformas.

Haber aprobado el Curso Técnico de Básico Policial impartido por la Academia Nacional de Policía y sus equivalentes (cursos impartidos por
dependencias nacionales e internacionales) acreditados por la Academia Nacional de Policía (según lo establecido en la Ley General de
Policía N°7410, Título III Del Estatuto Policial Capítulo I, Disposiciones Generales Artículo 50, 51, 55, 65 y 69; Ley Creación de la Academia
Nacional de Policía N°9552, Capítulo VI, Disposiciones Finales, artículo 29 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública (Reglamenta relaciones de funcionamiento y servicio de los diferentes cuerpos policiales indicadas en el
Título III artículo 50 de la Ley N° 7410) Nº 23880-SP, Capítulo IV, De la Selección del Personal, artículo 15).

Original de Cédula de identidad, en buen estado y vigente.

Bachiller en Educación Media.

Ostentar como mínimo el grado de sargento, sub intendente o superior sujeto al Decreto N°41367-SP Reforma al Reglamento sobre grados
policiales y sistemas de ascenso de los servidores de la Fuerza pública.

Curso para Oficiales Ejecutivos, impartido por la Academia Nacional de Policía (los cursos impartidos por dependencias nacionales e
internacionales, deben estar reconocidos por la Academia Nacional de Policía).
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR I – ESCALA EJECUTIVA

Cinco años de experiencia en labores policiales, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.

Tres años de experiencia en supervisión de personal, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.

Permiso de portación de armas vigente y buen estado.

Curso o conocimientos debidamente certificados en el manejo de paquetes ofimáticos actualizados (Word, Excel, Power Point y Access).

Licencia de conducir vigente Tipo B-1.

Curso de Formador de Formadores u otro afín a las labores de instrucción, debidamente reconocido por la Academia Nacional de Policía
(requisito preferible no excluyente).

Acreditación como Instructor Policial emitido por la Academia Nacional de Policía (requisito preferible, no excluyente).

Certificación (es) de la Evaluación del Desempeño 2018-2019, emitida por el Departamento de Capacitación y Desarrollo.

Capacitaciones atinentes a la función policial (requisito preferible, no excluyente debe contar con la cantidad de horas).

Oferta de servicios debidamente completa y firmada (con letra legible, sin tachones, corrector o marcas que puedan generar duda de la
información consignada).
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REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR II – ESCALA SUPERIOR

Cumplir con los requisitos de ingreso establecidos en la Ley General de Policía y sus reformas.

Haber aprobado el Curso Técnico de Básico Policial impartido por la Academia Nacional de Policía y sus equivalentes (cursos impartidos por
dependencias nacionales e internacionales) acreditados por la Academia Nacional de Policía (según lo establecido en la Ley General de
Policía N°7410, Título III Del Estatuto Policial Capítulo I, Disposiciones Generales Artículo 50, 51, 55, 65 y 69; Ley Creación de la Academia
Nacional de Policía N°9552, Capítulo VI, Disposiciones Finales, artículo 29 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública (Reglamenta relaciones de funcionamiento y servicio de los diferentes cuerpos policiales indicadas en el
Título III artículo 50 de la Ley N° 7410) Nº 23880-SP, Capítulo IV, De la Selección del Personal, artículo 15).

Original de Cédula de identidad, en buen estado y vigente.

Bachiller en Educación Media.

Ostentar como mínimo el grado de comandante.

Curso para Oficiales Superiores, impartido por la Academia Nacional de Policía (los cursos impartidos por dependencias nacionales e
internacionales, deben estar reconocidos por la Academia Nacional de Policía).

Siete años de experiencia en labores policiales, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR II – ESCALA SUPERIOR
Cuatro años de experiencia en supervisión de personal, debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación.

Permiso de portación de armas vigente y buen estado.

Ostentar como mínimo el grado de Comandante.

Curso para Oficiales Superiores, impartido por la Academia Nacional de Policía (los cursos impartidos por dependencias nacionales e
internacionales, deben estar reconocidos por la Academia Nacional de Policía).

Curso o conocimientos debidamente certificados en el manejo de paquetes ofimáticos actualizados (Word, Excel, Power Point y Access).

Licencia de conducir vigente Tipo B-1.

Bachiller universitario en alguna de las siguientes carreras: Derecho, Criminología, Criminalística, Ciencias Policiales, Sociología, Educación
y sus énfasis, Psicología, Estadística, Trabajo Social, Ciencias de la Educación, Geografía, Politología, Economía, Administración Policial,
Administración y sus énfasis, Administración de Negocios y sus enfásis, Administración de Empresas y sus énfasis, Contaduría Pública,
Computación e Idiomas, Comportamiento Organizacional, Relaciones Internacionales, Biología Marina, Turismo, Administración de
Negocios, Gerencia de Recursos Humanos, Dirección Empresarial, Contaduría Pública, Ingeniería Industrial, Comportamiento
Organizacional, Computación e Idiomas, Informática Educativa, Relaciones Internacionales, Relaciones Pública, Comunicación de
Mercadeo, Turismo, Gestión Ecoturística, Biología Marina, Ingeniería Mecánica, Estudios Universitarios, Estudios Latinoamericanos, los
cuales deben estar declaradas como atinentes a la función policial, según estudio técnico emitido por la Academia Nacional de Policía.
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REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR EN LA CLASE OFICIAL INSTRUCTOR II – ESCALA SUPERIOR

Incorporado al Colegio Profesional respectivo, en los casos en que exista esta entidad para la correspondiente área profesional.

Curso de Formador de Formadores u otro afín a las labores de instrucción, debidamente reconocido por la Academia Nacional de Policía
(requisito preferible no excluyente).

Acreditación como Instructor Policial emitido por la Academia Nacional de Policía (requisito preferible, no excluyente).

Certificación (es) de la Evaluación del Desempeño 2018-2019, emitida por el Departamento de Capacitación y Desarrollo.

Certificación (es) de experiencia policial emitida por el Departamento de Control y Documentación, reciente.

Capacitaciones atinentes a la función policial (debe contar con la cantidad de horas y cumplir con las exigencias de los parámetros de
calificación para ser consideradas).

Oferta de servicios debidamente completa y firmada (con letra legible, sin tachones, corrector o marcas que puedan generar duda de la
información consignada).
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¿CÓMO MANIFESTAR INTERÉS?

1.   Toda la información del Concurso Interno de Antecedentes N° 01-2020 ANP-MSP se encuentra en el portal web del Ministerio de
     Seguridad Pública correspondiente, la manifestación de interés se completa una única vez; finalizado el período de recepción
     de su recepción dispuesto, no se recibirán manifestaciones de interés o cualquier otra documentación, esto de acuerdo al
     artículo 292 numeral 3 de la Ley General de la Administración Pública.
2.   Complete la oferta de servicios (descargar en la página www.seguridadpublica.go.cr/tramites_servicios/reclutamiento.aspx a
     la pestaña de concursos – Concurso Interno de Antecedentes N° 01-2020 ANP-MSP; de conformidad con las consideraciones
     generales de recepción, y siga los siguientes pasos:
              Leer detenidamente toda la información del concurso en la página web institucional.
              Solo se recibirá la manifestación y la documentación correspondiente a requisitos y cualquier otra a considerar en la
               evaluación de las bases de selección, en los periodos establecidos sin excepción en estricto orden según se expone en
               los siguientes apartados (esto de acuerdo al artículo 292 numeral 3 de la Ley General de la Administración Pública)
               mediante la vía de correo electrónico.
              Descargue toda la documentación disponible en www.seguridadpublica.go.cr/tramites_servicios/reclutamiento.aspx a
               la pestaña de concursos – Concurso Interno de Antecedentes N° 01-2020 ANP-MSP.
              Llene el link, de la manifestación de interés ubicado en la página web www.seguridadpublica.go.cr en las fechas de
               recepción de la misma.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

¿CÓMO MANIFESTAR INTERÉS?

5.   Solicite a partir del 29 de mayo al 12 de junio de 2020 al Departamento de Control y Documentación una certificación
     de experiencia laboral en funciones policiales, al correo electrónico archivorh@seguridadpublica.go.cr. Los candidatos
     deben aportar durante la recepción de manifestación de interés, una certificación de las funciones y experiencia
     policial; no se omite indicar que la gestión debe solicitarla con antelación, respetando los 10 días hábiles para su trámite
     y entrega para ser consideradas por el Departamento de Reclutamiento y Selección en la carga de documentos PDF de la
     manifestación de interés ubicada en la circular en la página web.

5.   Solicite al Departamento de Capacitación y Desarrollo una certificación de las 2 últimas Evaluaciones de Desempeño
     Policial (2018-2019), únicamente mediante la vía del correo electrónico yfuentes@seguridadpublica.go.cr, a partir del
     29 de mayo al 12 de junio de 2020. Los candidatos deben aportar durante la recepción de manifestación de interés,
     una certificación con las 2 últimas evaluaciones de desempeño policial; no se omite indicar que la gestión debe
     solicitarla con antelación, respetando los 10 días hábiles para su trámite y entrega para ser consideradas por el
     Departamento de Reclutamiento y Selección en la carga de documentos PDF de la manifestación de interés ubicada en la
     circular en la página web.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP
¿CÓMO MANIFESTAR INTERÉS?

5.   En caso de requerir una acreditación o certificación de cualquiera de los cursos necesarios para ser consideradas en el presente concurso
     debe solicitarla a partir del 29 de mayo al 12 de junio de 2020 al Departamento Académico de la Academia Nacional de Policía, al
     correo electrónico racademico@seguridadpublica.go.cr. No se omite indicar que la gestión debe solicitarla con antelación, respetando los
     10 días hábiles para su trámite y entrega para ser consideradas por el Departamento de Reclutamiento y Selección en la carga de
     documentos PDF de la manifestación de interés ubicada en la circular en la página web.
6.   Entrega de la documentación: La documentación respectiva para el cumplimiento de requisitos, títulos y demás atestados a valorar para
     las bases de selección, deben ser enviados (en la manifestación de interés ubicada en la página web www.seguridadpublica.go.cr) en
     tiempo y forma con la oferta de servicios por clase y escala correspondiente a cada participante, los cuales serán corroborados,
     verificados y analizados por el Departamento de Reclutamiento y Selección, con el fin de determinar que el concursante cumpla con los
     requisitos concursales necesarios para participar. Es por lo anterior que, el envío de la oferta de servicios y atestados, no garantiza la
     participación y tampoco, la inclusión en el registro de elegibles, en caso de cumplir o no con los mismos, se comunicará a su correo
     electrónico lo pertinente.
7.   Debe escanear en calidad baja o media (esto dependerá del peso de los documento, el mismo sistema le indica si se carga o no el
     documento por lo cual, debe velar cuidadosamente para evitar inconvenientes) cada uno de los documentos originales de sus
     requisitos obligatorios, requisitos preferibles, certificaciones de experiencia, certificaciones de evaluación del desempeño, títulos, cédula
     y toda la documentación requerida para ser considerada en la evaluación y adjuntar su oferta de servicios debidamente llena y firmada
     por clase y escala.
8.    La documentación escaneada debe comprender cada uno de los requisitos de la clase y escala para la cual
      participa, se les insta a verificar adecuadamente, ya que, el envío de la documentación se hace una única
      vez con la manifestación; siendo responsabilidad del servidor la comprobación de los mismos.
9.    La oferta de servicios, requisitos y cualquier otra documentación a valorar en el presente concurso será
      confrontada y corroborada contra la documentación original por el Departamento de Reclutamiento y
      Selección, cuando se le convoque de acuerdo a una agenda de recepción por medio de oficio formal,
      respetando las medidas sanitarias; por esta razón debe estar atento a las comunicaciones de la bandeja de
      buzón de los correos electrónicos aportados en la manifestación de interés.
10.   En caso de no presentarse injustificadamente, se asume su anuencia a ser desestimado del presente
      proceso, toda justificación de ausencia queda sujeta a las disposiciones del presente documento.
PROGRAMA DE RECEPCIÓN DE OFERTAS DE SERVICIO Y ATESTADOS

                      RECEPCIÓN DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

                       FECHA                                    HORARIO

        03 DE JULIO AL 12 DE JULIO DE 2020            00:00 horas hasta 23:59 horas

   El link y el código QR para llenar la manifestación de interés se estará
   remitiendo por los correos electrónicos institucionales y circulares
   digitales en la página web. A continuación el link: https://zfrmz.com/WxmUab6ziTV5lWrvHN1b

   Por la situación que vive nuestro país, se contemplan además, dos
   fechas únicas e improrrogables para aquellas personas, que,
   justificaron razonable y oportunamente no poder enviar en las fechas
   establecidas su manifestación de interés.

   Es significativo mencionar, que deben contar con el aval de este
   Departamento para su efecto; de lo contrario no podrán ser
   admitidas.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

¿CÓMO MANIFESTAR INTERÉS?

10.   En el caso de los interesados, requieran aportar certificaciones originales de estudios superiores concluidos y
      aprobados deberán contar con el tomo, folio y asiento CONESUP (en el caso de Universidades Privadas) o bien, avalada
      por Universidades Estatales (haber cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos de graduación únicamente resta
      la entrega del título respectivo) para ser reconocido según la legislación como concluido y aprobado; haber cancelado los
      timbres de ley según sea el caso, con sellos y firma del responsable de la institución.
11.   La manifestación de interés brinda un comprobante de su envío al correo electrónico, el cual debe resguardar ante
      cualquier inconveniente. No se recibirán reclamos acerca de documentación incompleta; por lo cual, se le insta a revisar
      adecuadamente la carga de PDF antes de enviar su manifestación de interés las ofertas de servicio o cualquier otra
      documentación a evaluar por el Departamento de Reclutamiento y Selección de la Dirección de
      Recursos Humanos, se recuerda que la manifestación de interés será recibida una única vez, esto de acuerdo al
      artículo 292 numeral 3 de la Ley General de la Administración Pública.
12.   La recepción de manifestación de interés, documentación y todas las evaluaciones se realizarán respetando las medidas
      sanitarias ante el COVID-19, en caso de superarse la situación actual que afronta nuestro país; la metodología de
      recepción podría ser modificada de manera física y se estaría comunicando mediante circular con una antelación de tres
      días hábiles.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2019-DGFP-MSP

INFORMACIÓN RELEVANTE POSTERIOR A LA RECEPCIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

13.   Posterior a esto, la manifestación de interés, oferta de servicios y atestados serán analizados en virtud del
      cumplimiento de requisitos mínimos de la clase en el momento exacto de su entrega definidos en el proceso
      concursal. Se les insta a velar previo a su entrega única, que cumpla con todo lo necesario, tomando en cuenta lo
      anterior.

14.   Las calificaciones de las distintas pruebas a realizarse se estarán comunicando al final de toda la evaluación de las
      bases de selección.

15.   Para conformar registro de elegibles del presente concurso, cada participante debe obtener una calificación
      mínima de 70, en apego a lo establecido en el art. 65, inciso e) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos
      Policiales; de lo contrario quedará fuera del proceso concursal.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS DE SERVICIOS Y ATESTADOS

Esta corresponde a la valoración de las manifestaciones de interés y atestados entregadas en tiempo y forma,
iniciándose así, lo dispuesto en el artículo 40 y 41 del Reglamento de Organización del Ministerio de
Seguridad Pública en cuanto a la corroboración de la información brindada.

En aquellos casos, cuando los participantes no cumplan con los requisitos mínimos de la clase afecta al
concurso de marras, se le excluye del procedimiento concursal, por medio de oficio formal a los correos
electrónicos brindados en la manifestación de interés, oferta de servicios y declaración jurada, firmado por
la Jefatura del Departamento de Reclutamiento y Selección, a través de este se le realiza el comunicado al
aspirante.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

PRUEBA PSICOLÓGICA
   Los aspirantes que manifestaron su interés en tiempo y forma, entregaron sus atestados originales adecuadamente
    durante la agenda de recepción y cumplen con los requisitos de la clase; se les aplicará la valoración psicológica, la cual
    es excluyente y en caso de ser aprobada, se entenderá como la formalización de admisión a las evaluaciones
    correspondientes a las bases de selección del proceso concursal.
   Se establece la presente evaluación como criterio de selección en la optimización de la búsqueda del personal más apto
    a los puestos de instrucción. Asimismo, ésta consiste en la evaluación de una batería de pruebas que contempla la
    aplicación y valoración de habilidades, competencias, características personales y conductas incompatibles a los puestos
    de instrucción de la Academia Nacional de Policía con un enfoque científico.
   La selección, evaluación y aplicación de la batería de pruebas será realizada por el Departamento de Salud Ocupacional,
    Sección de Psicología del Ministerio de Seguridad Publica
   Está valoración es excluyente, como filtro de selección, está amparada a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de
    Servicio de los Cuerpos adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en su numeral 64. Será valorada nominalmente de 0
    a 100, y cuenta con una calificación mínima para su aprobación de 70 puntos.
   La ausencia injustificada a la prueba por parte del participante, se evalúa con un valor nominal de 0.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

CONFORMACION DEL REGISTRO DE ELEGIBLES

•   Para conformar registro de elegibles del presente concurso, cada participante debe obtener una calificación
    final mínima de 70, en apego a lo establecido en el art. 65, inciso e) del Reglamento de Servicio de los
    Cuerpos Policiales; de lo contrario quedará fuera del proceso concursal.

•   Las calificaciones finales serán comunicadas mediante oficio formal al correo electrónico de notificación
    establecido en la declaración jurada.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE CANDIDATOS - CLASES DE PUESTOS EN CONCURSO

•   Las bases de selección son el conjunto de factores y predictores con su respectiva ponderación en función de
    los cuales se evalúa y selecciona a los candidatos, basado en las características del cargo. El predictor se
    define como un instrumento de selección mediante los que se procura valorar los méritos de las personas
    concursantes; los que conforman la base de selección del presente proceso concursal se presentan de acuerdo
    a la clase y escala.

•   A continuación se detalla cada uno de ellos y sus puntajes:
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

      Oficial Instructor I Escala Básica - predictores         Porcentaje                         Oficial Instructor I Escala Ejecutiva - predictores   Porcentaje
Experiencia laboral en funciones policiales                          15%                    Experiencia laboral en funciones policiales                     15%
                                                                                            Desempeño policial excepcional                                  10%
Desempeño policial excepcional                                       10%
                                                                                            Prueba física                                                   5%
Prueba física                                                        15%
                                                                                            Experiencia en supervisión de personal                          10%
Valoración de conocimiento                                           20%
                                                                                            Valoración de conocimiento                                      20%
Entrevista por competencias                                          40%                    Entrevista por competencias                                     40%

Calificación total                                                  100%                    Calificación total                                             100%

                                                  Oficial Instructor II Escala Superior - predictores            Porcentaje
                                       Experiencia laboral en funciones policiales                                    15%
                                       Desempeño policial excepcional                                                 10%
                                       Prueba física                                                                  5%
                                       Experiencia en puestos y cargos desempeñados con grados de la
                                                                                                                      10%
                                       escala superior
                                       Valoración de conocimiento                                                     20%
                                       Entrevista por competencias                                                    40%
                                       Calificación total                                                            100%
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PREDICTOR –EXPERIENCIA LABORAL EN FUNCIONES POLICIALES (OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA BÁSICA,
OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA EJECUTIVA Y OFICIAL INSTRUCTOR II ESCALA SUPERIOR)

       •   Calificación porcentual máxima: 15%
       •   Se define como la habilidad y conocimiento considerable que se obtiene en el desarrollo y
           ejercicio de tareas policiales en clases de puestos con función sustantiva policial, certificada
           por el Departamento de Control y Documentación.
       •   La calificación depende de los factores de evaluación citados en el cuadro de calificación
           ubicado en el siguiente documento según la escala y lo consignado en sus atestados
           debidamente acreditados por instancia autorizada, entregados durante la recepción de
           manifestación de interés en el estricto orden establecido.
       •   Su evaluación se realiza con una certificación donde se evidencie los años de experiencia en
           labores policiales certificados por el Departamento de Control y Documentación.
       •   En caso, de no aportar la certificación durante la entrega de su oferta de servicios y atestados
           en su única vez de recepción digital, en la fechas – horario y zonas establecidas para su
           recepción, no podrán ser considerados dentro de la calificación de este predictor, obteniendo
           una ponderación porcentual de 0%.
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             Oficial Instructor 1 Escala Básica                                                        Oficial Instructor I Escala Ejecutiva

        Experiencia laboral en funciones policiales                                               Experiencia laboral en funciones policiales
         Valor nominal                    Calificación porcentual                                     Valor nominal                             Calificación
                                                     %                                                                                         porcentual %
   De 1 día a menos de 4 años                          0%                                    De 1 día a menos de 5 años                            0%
     De 4 años hasta 6 años                            3%                                         De 5 años hasta 7 años                           3%
 De 6 años - un día hasta 8 años                       6%                                  De 7 años - un día hasta 9 años                         6%
De 8 años - un día hasta 10 años                       9%                                  De 9 años - un día hasta 11 años                        9%
De 10 años - un día hasta 12 años                      12%                                De 11 años - un día hasta 13 años                        12%
    De 12 años - un día o más                          15%                                       De 13 años - un día o más                         15%

                                                         Oficial Instructor II Escala Superior
                                                     Experiencia laboral en funciones policiales

                                                      Valor nominal                  Calificación porcentual %

                                             De 1 día a menos de 6 años                             0%
                                                  De 6 años hasta 8 años                            3%
                                          De 8 años - un día hasta 10 años                          6%
                                         De 10 años - un día hasta 12 años                          9%
                                         De 12 años - un día hasta 14 años                         12%
                                             De 14 años - un día o más                             15%
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PREDICTOR – DESEMPEÑO POLICIAL EXCEPCIONAL (OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA BÁSICA, OFICIAL
INSTRUCTOR I ESCALA EJECUTIVA Y OFICIAL INSTRUCTOR II ESCALA SUPERIOR):

    •   Calificación porcentual máxima de 10%.
    •   Se refiere al proceso para comprobar la evaluación del desempeño policial, calificando los resultados
        cualitativos y cuantitativos de rendimiento laboral sobresaliente de los servidores policiales, durante los dos
        últimos períodos laborados (2018-2019), debidamente certificada por la Sección Gestión del Desempeño del
        Departamento de Capacitación y Desarrollo.
    •   La evaluación del desempeño policial se aplica de acuerdo con la normativa establecida en la Ley General de
        Policía y sus Reglamentos, las Guías de Aplicación de los Modelos de Evaluación del Desempeño de los
        diferentes cuerpos policiales de la Institución y normas vinculantes.
    •   La calificación depende de los factores de evaluación citados en el cuadro de calificación ubicado en el
        siguiente documento según la escala y lo consignado en sus atestados debidamente acreditados por instancia
        autorizada, entregados durante la recepción de la manifestación de interés en el estricto orden
        establecido.
    •   En caso, de no aportar la certificación durante la entrega de la manifestación de interés en su única vez de
        recepción digital, en la fechas y horario determinado, no podrán ser considerados dentro de la calificación
        de este predictor, obteniendo una ponderación porcentual de 0%.
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PREDICTOR – DESEMPEÑO POLICIAL EXCEPCIONAL (OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA BÁSICA, OFICIAL
INSTRUCTOR I ESCALA EJECUTIVA Y OFICIAL INSTRUCTOR II ESCALA SUPERIOR):

    •   En el caso, de aquel participante que no esté desempeñando actualmente labores policiales (persona que
        ocupa puesto de naturaleza administrativa), pero si se le acredita evaluaciones de desempeño en puestos de
        dicha naturaleza, se tomará en cuentan las dos últimas evaluaciones del desempeño debidamente
        certificadas por el órgano técnico competente.
    •   En aquellos casos excepcionales en los cuales el Departamento de Capacitación y Desarrollo, donde se
        certifique a un servidor con las dos últimas evaluaciones “no evaluado justifica (NEJ)”, el Departamento de
        Reclutamiento y Selección analiza la situación y solicita a dicha unidad la aclaración respectiva de esa
        condición evaluativa.
    •   Al mismo tiempo, todos los concursantes que no cuenten con evaluaciones de los dos últimos periodos,
        obtendrán en este predictor una calificación porcentual de 0%.
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               Oficial Instructor I Escala Básica
                                                                               Oficial Instructor I Escala Ejecutiva                          Oficial Instructor II Escala Superior

               Desempeño policial excepcional                                                                                                  Desempeño policial excepcional
                                                                                Desempeño policial excepcional
               Valor nominal                         Calificación
                                                    porcentual %                                                   Calificación                                                   Calificación
                                                                                 Valor nominal                                                  Valor nominal
                                                                                                                  porcentual %                                                   porcentual %

Todo resultado con calificación cuantitativo y          0%
                                                                                                                                  Todo resultado con calificación cuantitativo
cualitativo con calificación "Bueno", "Regular"                         Todo resultado con calificación
                                                                                                                                    y cualitativo con calificación "Bueno",           0%
y "Deficiente“                                                      cuantitativo y cualitativo con calificación        0%
                                                                                                                                            "Regular" y "Deficiente“
                                                                       "Bueno", "Regular" y "Deficiente“
Un resultado con calificación cualitativa "Muy          3%                                                                          Un resultado con calificación cualitativa
Bueno"                                                               Un resultado con calificación cualitativa                                                                        2,5%
                                                                                                                       2,5%                      "Muy Bueno"
                                                                                  "Muy Bueno"
Dos resultados con calificación cualitativa             6%
"Muy Bueno"                                                         Dos resultados con calificación cualitativa                    Dos resultados con calificación cualitativa
                                                                                                                       5%                                                             5%
                                                                                 "Muy Bueno"                                                    "Muy Bueno"
Un resultado     con   calificación   cualitativa       5%
                                                                     Un resultado con calificación cualitativa                      Un resultado con calificación cualitativa
"Excelente"                                                                                                            5%                                                             5%
                                                                                   "Excelente"                                                   "Excelente"
Un resultado con calificación cualitativa "Muy          8%           Un resultado con calificación cualitativa
Bueno" y un resultado con calificación                                                                                              Un resultado con calificación cualitativa
                                                                        "Muy Bueno" y un resultado con                 7,5%       "Muy Bueno" y un resultado con calificación         7,5%
cualitativa "Excelente"                                                calificación cualitativa "Excelente"                                 cualitativa "Excelente"

Dos resultados con calificación cualitativa             10%         Dos resultados con calificación cualitativa                    Dos resultados con calificación cualitativa
                                                                                                                       10%                                                            10%
"Excelente"                                                                       "Excelente"                                                    "Excelente"
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PREDICTOR – VALORACIÓN DE CONOCIMIENTO:

    •   Se define como la valoración en forma escrita de las habilidades, aptitudes y conocimientos adquiridos y proyectados a
        la transmisión de conocimientos de manera clara, rigurosa y convincente, utilizando los recursos necesarios de manera
        eficaz y eficiente, en el campo de la enseñanza de la instrucción policial de los procedimientos policiales de acuerdo
        a la legislación que rige la función policial de los puestos de instrucción de la Academia Nacional de Policía y Política
        Educativa para los cuerpos policiales de Costa Rica. Cuenta con una calificación porcentual máxima de 20% para las
        distintas clases – escalas de puesto.
    •   La naturaleza del trabajo policial implica la ejecución de labores en todo el territorio nacional, orientadas a la
        protección de la soberanía nacional, integridad territorial, vigilancia, mantenimiento del orden público, la seguridad
        de los habitantes y sus bienes y la prevención del delito, que implica el conocimiento del entorno por parte de
        funcionario policial y que su labor deberá estar dirigida a lograr la interacción entre policía y habitantes, con la
        finalidad de brindar respuesta pronta, oportuna, conveniente, eficaz y de servicio personalizado.
    •   Por esta razón, esta evaluación se compone de los conocimientos básicos de un funcionario policial, siendo que, la
        normativa a utilizar en dicha prueba, es la noción básica del quehacer policial, que toda persona ocupante en
        cualquier puesto de dicha naturaleza debe manejar; con mayor justificación, un aspirante a puestos de instrucción de
        la Academia Nacional de Policía quien debe transmitir su conocimiento y experiencia en la formación de estos
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PREDICTOR – VALORACIÓN DE CONOCIMIENTO:

    •   Se medirán y se evaluará las habilidades en el conocimiento y razonamiento escrito para aplicar nociones teóricas y
        prácticas, preparación técnica, conocimiento del entorno policial e institucional, sentido transformador en la sociedad y de
        alternativas de cambio en la función policial y de instrucción y emisión de criterios de conocimientos.
    •   Está valoración no es excluyente, amparada a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos
        adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en su numeral 4. Este predictor es diseñado, evaluado y revisado por el
        Departamento Académico de la Academia Nacional de Policía del Ministerio de Seguridad Pública.
    •   Será aplicado por representantes del Departamento de Reclutamiento y Selección y el designado de la Academia Nacional
        de Policía para aclarar dudas de forma y fondo. Durante su aplicación se llevarán bitácoras de asistencia y entrega de la
        evaluación por parte de esta unidad técnica.
    •   Calificación porcentual máxima de 20%.
    •   Se califica nominalmente del 0 a 100, no es excluyente; y se realiza la conversión según su calificación nominal, al
        porcentual asignado en el predictor (20%); su aplicación es supervisada por el Departamento de Reclutamiento y Selección.
    •   La ausencia injustificada a la prueba por parte del participante, se evalúa con un valor porcentual de 0%.
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PREDICTOR – VALORACIÓN DE CONOCIMIENTO
    •   Los temas a valorar se describen a continuación:
             Política Educativa para los cuerpos policiales de Costa Rica      Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial
                                                                                 N° 9078
             Constitución Política de Costa Rica
                                                                                Reglamento General de la Policía Penitenciaria N°26061-J
             Ley General de la Administración Pública N°6227
                                                                                Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública
             Ley General de Policía N°7410
                                                                                Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal N°9542
             Ley de Creación de la Academia Nacional de Policía N°9552
                                                                                Reglamento de Organización y Funciones Policía de Control
             Ley General de Control Interno N°8292                              Fiscal N°35940

             Ley de Armas y Explosivos N°7530                                  Manual de Clases Policiales I-II Etapa.

             Ley de Regulación de Servicios de Seguridad Privada               Se incluyen dentro de los temas las reformas de leyes y
              N°33128                                                            reglamentos en la evaluación para su consideración.

             Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial

              Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
              Función Pública Nº 8422

             Ley General de Migración y Extranjería Ley Nº 7033
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•   PREDICTOR – EVALUACIÓN POR COMPETENCIAS:
     •   Consiste en la evaluación por competencias (destrezas, conductas y habilidades) se realiza mediante una herramienta
         metodológica dinámica que comprende una prueba situacional y una entrevista por competencias, en donde se considera un
         proceso de selección de postulantes con proyección a puestos de instrucción, estas buscan que los aspirantes demuestren el
         potencial y capacidad respecto a las habilidades y características de las clases de puesto Oficial Instructor I Escala Básica,
         Oficial Instructor I Escala Ejecutiva y Oficial Instructor II Escala Superior (véase Anexo denominado “Herramienta de
         evaluación por competencias para la clase de puesto Oficial Instructor II Escala Superior, Oficial Instructor I Escala Ejecutiva
         y Oficial Instructor I Escala Básica con su respectivo material de interés”).
     •   La entrevista se define como el diálogo que tiene un propósito definido y toma en cuenta los indicadores de conducta o
         conductas observables, centrado en hechos concretos que demuestren el potencial y capacidad del entrevistado respecto a
         las habilidades y características de las clases de puesto Oficial Instructor 2 Escala Superior (López Gumucio, 2010).
     •   Está valoración no es excluyente, amparada a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos
         adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en su numeral 4 y 64. Es dirigida y calificada por dos entrevistadores (un
         representante de la Academia Nacional de Policía y del Departamento de Reclutamiento y Selección).
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•   PREDICTOR – EVALUACIÓN POR COMPETENCIAS:
     •   Este predictor cuenta con un valor porcentual máximo de 40%. Se valora nominalmente del 0 a 100, no es excluyente amparada
         a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en su
         numeral 4. Es dirigida y calificada por dos entrevistadores (un representante de la Academia Nacional de Policía y del
         Departamento de Reclutamiento y Selección del Ministerio de Seguridad Pública).
     •   Su calificación será realizada por dos evaluadores, un representante del Departamento de Reclutamiento y Selección y un
         representante de la Academia Nacional de Policía, se calculará nominalmente de 0 a los 100 puntos por ambos entrevistadores, y
         se realiza una conversión a lo porcentual, la cual se desarrollará en concordancia a la asignación porcentual para su efecto.
     •   Por esta razón, el representante del Departamento de Reclutamiento y Selección juzga el 30% de la calificación porcentual
         total, es decir, un 12% del predictor “Evaluación por competencias”, y el Director de la Academia Nacional de Policía o su
         representante designado calificará el 70% de la valoración porcentual total, es decir, un 28%).
     •   Examina las siguientes habilidades y competencias: destreza manual, agudeza visual y auditiva, expresión oral y escrita,
         habilidad analítica, habilidad para resolver situaciones imprevistas, habilidad para aplicar los conocimientos teóricos y prácticos
         de la profesión y oficio, confidencialidad, trato cortés a las personas, estabilidad emocional, orientación dinámica, crítica y
         dispuesta a formar el recurso humano policial en situaciones actuales y futuras del país, preparación ética, liderazgo académico-
         pedagógico-cívico y moral, sentido transformador en la sociedad y de alternativas de cambio, conocimiento del entorno policial
         e institucional.
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•   PREDICTOR – EVALUACIÓN POR COMPETENCIAS:

     •   Está valoración no es excluyente, amparada a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos adscritos al
         Ministerio de Seguridad Pública, en su numeral 4 y 64. Es dirigida y calificada por dos entrevistadores (un representante de la
         Academia Nacional de Policía y del Departamento de Reclutamiento y Selección).
     •   Es importante mencionar que, la puntualidad se valorará como proyección a la labor a ejecutar, bajo la norma establecida en el
         Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en el artículo 28 inciso a.
     •   La ausencia injustificada, es considerada a partir de los 20 minutos posteriores de la hora exacta de su convocatoria a la prueba
         por parte del participante, y se evalúa con un valor porcentual de 0%.
     •   Las ausencias de los concursantes podrán ser justificadas únicamente bajo lo establecido en la “Guía de Proceso Concursal N°01-
         2020 ANP- MSP”, no se admite ningún tipo de justificaciones de índole personal, laboral u otros. Todos los concursantes deben
         coordinar cualquier situación laboral con la jefatura inmediata para su participación y evitar inconvenientes ajenos al control del
         Departamento de Reclutamiento y Selección.
     •   Únicamente se tomarán en cuenta las justificaciones médicas certificadas por la Caja Costarricense de Seguro Social o Instituto
         Nacional de Seguro, con el respectivo comprobante de atención del centro médico respectivo (Control de Asistencia Servicios
         Médicos) y fallecimiento de un familiar (primer grado y segundo grado de consanguinidad), los comprobantes médicos y citatorios
         judiciales deben coincidir con la hora y fecha de la convocatoria de los concursantes.
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PREDICTOR – EVALUACION DE LA CONDICION FISICA:

    •    Está valoración no es excluyente, amparada a la Ley N°7410, artículo 65 y el Reglamento de Servicio de los Cuerpos
        adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en su numeral 4.
    •   Consiste en una valoración fiable del rendimiento físico, el cual debe ser acorde con lo solicitado por el perfil,
        contempla la potencia del tren superior, resistencia abdominal y resistencia aeróbica.
    •   Su calificación porcentual máxima 15% para la clase Oficial Instructor I Escala Básica, y un 5% para las clases de puesto
        Oficial Instructor I Escala Ejecutiva y Oficial Instructor II Escala Superior.
    •   Se valora nominalmente del 0 a 100, realizando posteriormente la conversión al porcentual establecido según la clase de
        puesto.
    •   La técnica de aplicación de la valoración de la condición física, será la siguiente: un minuto de lagartijas, un minuto de
        abdominales y una carrera aérobica de 3 kilómetros planos.
    •   Las personas que presenten criterios o contraindicaciones médicas comprobadas, se analizará su caso acorde a lo
        planificado por el Departamento de Reclutamiento y Selección. El Departamento de Salud Ocupacional brindará su
        criterio para la toma de decisiones; de acuerdo a éste se adaptará la valoración según lo dispuesto previamente por esta
        Unidad Técnica y la Academia Nacional de Policía para lo que corresponda.
    •   La ausencia injustificada a la prueba por parte del participante (20 minutos posteriores a la hora de convocatoria), se
        evalúa con un valor porcentual de 0%.
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PREDICTOR – EXPERIENCIA EN SUPERVISIÓN DE PERSONAL (OFICIAL INSTRUCTOR I ESCALA EJECUTIVA):

    •   Calificación porcentual máxima: 10%
    •   Consiste en la habilidad y conocimiento en el ejercicio de la asignación, coordinación, inspección, seguimiento, control,
        evaluación y supervisión de las tareas realizadas por otros funcionarios policiales a su cargo, orientando al cumplimiento de
        los objetivos propuestos. Dicha supervisión de personal es certificada por el Departamento de Control y Documentación.
    •   La calificación depende de los factores de evaluación citados en el cuadro de calificación ubicado en el siguiente
        documento y lo consignado en sus atestados debidamente acreditados por instancia autorizada, entregados durante la
        recepción de ofertas de servicio en el estricto orden establecido.
    •   Su evaluación se realiza con una certificación emitida por por el Departamento de Control y Documentación donde se
        evidencie los años de experiencia en supervisión de personal certificados.
    •   En caso, de no aportar la certificación durante la entrega de la manifestación de interés en su única vez de recepción en la
        fechas y horarios definidos para su efecto, no podrán ser considerados dentro de la calificación de este predictor,
        obteniendo una ponderación porcentual de 0%.
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                          Escala Ejecutiva

              Experiencia en supervisión de personal

                                                        Calificación
                 Valor nominal
                                                       porcentual %
                Menor a 3 años                             0%

             De 3 años hasta 7 años                        5%

            De 7 años - un día o más                       10%
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PREDICTOR – EXPERIENCIA EN PUESTOS Y CARGOS DESEMPEÑADOS CON GRADO DE LA ESCALA SUPERIOR (OFICIAL
INSTRUCTOR II ESCALA SUPERIOR):

    •   Calificación porcentual máxima: 10%
    •   Consiste en la habilidad y conocimiento en el ejercicio de la planificación, organización, coordinación, dirección y
        supervisión de las labores policiales, técnicas y administrativas realizadas por funcionarios policiales a su cargo,
        orientadas al cumplimiento de los objetivos propuestos en puestos y cargos desempeñados de la Escala Superior.
        Dicha supervisión de personal es debidamente certificada por el Departamento de Control y Documentación
    •   La calificación depende de los factores de evaluación citados en el cuadro de calificación ubicado en el siguiente
        documento y lo consignado en sus atestados debidamente acreditados por instancia autorizada, entregados durante
        la recepción de ofertas de servicio en el estricto orden establecido.
    •   Su evaluación se realiza con una certificación donde se evidencie los años de experiencia en puestos y cargos
        desempeñados con grados de la escala superior certificados por el Departamento de Control y
        Documentación.
    •   En caso, de no aportar la certificación durante la entrega de la manifestación de interés en su única vez de
        recepción en la fechas y horarios definidos para su efecto, no podrán ser considerados dentro de la calificación de
        este predictor, obteniendo una ponderación porcentual de 0%.
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES N° 01-2020 ANP-MSP

                              Escala Superior

  Experiencia en puestos y cargos desempeñados con grados de la escala
                                 superior

              Valor nominal                     Calificación porcentual %

              Menor a 1 año                               0%
         De 1 año hasta de 3 años                         4%
     De 3 años -1 día hasta de 8 años                     6%
     De 8 años -1 día hasta de 10 años                    10%
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DE LAS AUSENCIAS A LA CONVOCATORIAS DE LAS DISTINTAS VALORACIONES:

•   No se admite ningún tipo de justificaciones de índole personal, laboral u otros, por lo anterior, los
    concursantes deben coordinar cualquier situación con la jefatura inmediata para su participación y evitar
    inconvenientes ajenos al control del Departamento de Reclutamiento y Selección; únicamente se exceptúan las
    justificaciones médicas certificadas por la Caja Costarricense de Seguro Social o Instituto Nacional de Seguro, con
    el respectivo comprobante de atención del centro médico respectivo (Control de Asistencia Servicios Médicos) y
    fallecimiento de un familiar (primer grado y segundo grado de consanguinidad), los comprobantes médicos y
    citatorios judiciales deben coincidir con la hora y fecha de la convocatoria.
•   En el caso de muerte de un familiar presentar justificación con la copia del acta de defunción, misma que debe
    consignar la fecha del deceso (esta debe coincidir con el momento de la convocatoria) para ser considerado por
    este Departamento.
•   Lo anterior, normado en los artículos 42, 43 y 44 del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de
    Seguridad Pública. Si se presenta alguna situación de esta naturaleza, debe notificarse de inmediato, al
    Departamento de Reclutamiento y Selección, mediante el correo electrónico: concursos@seguridadpublica.go.cr.

                                                                                                          40
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