OFICIOS DE REMISIÓN E INFORME - Oficio de Remisión al Ministro - MOPT

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OFICIOS DE REMISIÓN E INFORME

Oficio de Remisión al Ministro
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Oficio de Remisión al Titular Subordinado
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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

               AUDITORÍA GENERAL

          INFORME DE CONTROL INTERNO
               No. DAG-I-09-2021

“VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
   DE ACREDITACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR”.

                  JUNIO, 2021
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CONTENIDO

RESUMEN EJECUTIVO ................................................................................ 8

1.     INTRODUCCIÓN ................................................................................ 9

1.1    Origen del estudio ........................................................................... 9
1.2    Antecedentes................................................................................... 9
1.3    Objetivo general del estudio .......................................................... 9
1.4    Alcance del estudio ...................................................................... 10
1.5    Declaración de Cumplimiento de Normas ................................ 10
1.6    Comunicación de los resultados ................................................. 10
1.7    Valoración del Riesgo ................................................................... 10

2.     RESULTADOS .................................................................................... 13
2.1 Objetivo Específico No.1: Determinar el marco normativo
relativo al procedimiento evaluado y verificar su cumplimiento ..... 13
2.2. Objetivo Específico No. 2: Verificar el control sobre el
procedimiento evaluado, así como determinar los riesgos. ............ 35
2.3 Objetivo Específico No. 3. Determinar los recursos asignados a los
procedimientos evaluados. .................................................................. 44
2.4 Objetivo Específico No. 4. Verificar la existencia del componente
tecnológico en la Administración, y determinar el cumplimiento
normativo. ............................................................................................... 51
2.5 Objetivo Específico No. 5: Determinar el cumplimiento de
recomendaciones emitidas en informes anteriores. ......................... 51

3.     CONCLUSIONES .............................................................................. 53

4. RECOMENDACIONES .......................................................................... 56

                                                                                                        ii
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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES             INFORME DE CONTROL INTERNO
AUDITORÍA GENERAL                                                 No. DAG-I-09-2021

                                   RESUMEN EJECUTIVO

Este estudio se realiza en cumplimiento de lo establecido en el artículo
N° 22 incisos a) y b) de la Ley General de Control Interno y tiene como
objetivo general: “Verificar, si el Departamento de Acreditación de
Conductores cumple con el procedimiento de “Acreditación de
Licencias de Conducir”.

Para efectos de este estudio, se identificó que el procedimiento de
“Acreditación de Licencias de Conducir” no contempla las
modificaciones y actualizaciones realizadas en la normativa atinente
aplicable, asimismo, se presenta omisión de información relevante
sobre los requerimientos para los tipos de licencias A-2, A-3, B-1, D-1, D-
2, D-3, E-1 y E-2 que se autoriza en el Departamento de Acreditación
de Conductores, entre otras deficiencias que se amplían en el Marco
Normativo del Objetivo No.1 de este informe.

En la valoración de los componentes del Sistema de Control Interno se
determinaron debilidades en los controles establecidos, seguridad y
falta de supervisión efectiva y oportuna sobre las actividades y
obligaciones asignadas a los responsables de atender dicho
procedimiento.

Además, se evidenció que existen funcionarios del Departamento de
Acreditación de Conductores que realizan labores diferentes a las
clases de puestos para los que fueron contratados, así como un
posible debilitamiento en el servicio que se ofrece, debido a que
solamente se dispone de cuatro Funcionarios Digitadores quienes
atienden un total mensual aproximado de 7000 citas, sin embargo, dos
Funcionarios Digitadores se encuentran realizando los trámites para
acogerse a su pensión, lo cual implicaría una disminución del 50% en
el servicio, provocando posibles saturaciones del sistema de citas, con
el riesgo de que eventualmente se presenten trámites fuera de lo
legalmente establecido, como ha ocurrido con otros servicios que
brinda la Dirección General de Educación Vial, además, se pueden
generar descontentos en los usuarios por el servicio que se brinda,
afectando la imagen de la Institución.

Por lo anterior, se emiten recomendaciones que se enfocan en
mejorar la gestión del proceso que realiza el Departamento de
Acreditación de Conductores en el proceso de emisión de licencias
de conducir.

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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES        INFORME DE CONTROL INTERNO
AUDITORÍA GENERAL                                            No. DAG-I-09-2021

                MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
                            AUDITORÍA GENERAL

              INFORME DE CONTROL INTERNO No. DAG-I-09-2021

      “VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE
             ACREDITACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR”.

1. INTRODUCCIÓN

1.1     Origen del estudio

Se realiza en cumplimiento del Plan de Trabajo 2021, puntos No. 03 en
cumplimiento de la Ley General de Control Interno No. 8292, artículo
No. 22, incisos a) y b).

1.2     Antecedentes

Esta Auditoría General realizó anteriormente en el Departamento de
Acreditación de Conductores el informe de Control Interno DAG-I-65-
2019, denominado “Estudio sobre la evaluación de las pruebas
prácticas de manejo, incluyendo la administración de las citas, y la
acreditación de las licencias de conducir”.

1.3     Objetivo general del estudio

1.3.1 Verificar, si el Departamento de Acreditación de Conductores
      cumple con el procedimiento de “Acreditación de Licencias de
      Conducir”.

1.3.2 Objetivos específicos

 1.3.2.1. Determinar el marco normativo relativo al procedimiento
          evaluado y verificar su cumplimiento.

 1.3.2.2. Verificar el control sobre el procedimiento evaluado, así
          como determinar los riesgos.

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    1.3.2.3   Determinar los recursos asignados a al procedimiento
              evaluado.

    1.3.2.4   Verificar la existencia del componente tecnológico1 en la
              Administración, y determinar el cumplimiento normativo.

    1.3.2.5   Determinar el cumplimiento de recomendaciones emitidas
              en informes anteriores.

1.4      Alcance del estudio

El alcance del estudio comprende la revisión y verificación del
cumplimiento de los requisitos para la obtención de los diferentes tipos
de licencias de conducir.

El estudio se desarrolla dentro del período comprendido entre el 01 de
enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.

1.5      Declaración de Cumplimiento de Normas

El informe se realizó de conformidad con las Normas para el Ejercicio
de la Auditoría Interna en el Sector Público, en su apartado No. 1.3.3.

1.6      Comunicación de los resultados

El borrador del Informe, se remitió en formato digital mediante el oficio
No. DAG-2021-1042 del 01 de junio del presente año, dirigido a la
Licda. María Eugenia Salazar Salaverry, Directora a.i de la Dirección
General de Educación Vial, para su lectura previa a la comunicación
verbal, la cual no se realizó debido a que el Titular Subordinado no se
presentó, ni remitió de forma escrita sus observaciones, de
conformidad con lo que indica el punto No. 205 de las Normas
Generales de Auditoría para el Sector Público.

1.7      Valoración del Riesgo

1    Sistema de información, base de datos, software especializado, controles informáticos
     implementados, entre otros.

                                                                           Página 10 de 58
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Las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público,
específicamente la Norma No. 305 establece que el auditor debe
determinar los riesgos asociados a los eventos del proceso que se
estudia; los correspondientes a este estudio se exponen en el siguiente
cuadro:

                                   Cuadro No.1
                  Detalle de los Factores de Riesgo determinados

          Factor de riesgo identificado                        Nivel de riesgo
    Riesgo de Normativa: Carencia de                 Los factores de riesgo identificados
    normativa atiente o desactualización             se consideran en un nivel ALTO,
    del procedimiento de Acreditación de             debido     a   las    repercusiones
    Licencias de Conducir al existir                 económicas y de tiempo que
    modificaciones no contempladas o no              representa para la administración
    describir las actividades que realmente
    se realizan.
    Riesgo operacional: Posibles fallas en el
    sistema SAC y equipo que se utiliza
    para la emisión de las licencias y
    permisos de conducir.
    Riesgo de Seguridad: Robo, hurto,
    extravío o un uso inadecuado del
    material que se utiliza para la emisión
    de las licencias y permisos de conducir.
    Riesgo de imagen y reputación: El
    Departamento de Acreditación de
    Conductores se pueden exponer a
    quejas, reclamos sobre la calidad de
    los servicios recibidos lo cual puede
    dañar la imagen de la Institución.

Fuente: Datos obtenidos en las etapas preliminares del estudio y de la valoración efectuada en la
matriz de riesgo que se nuestra en la Figura No. 1.

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AUDITORÍA GENERAL                                                                                 No. DAG-I-09-2021

La siguiente matriz hace una valoración de factores de riesgo generales que podrían afectar las funciones
del Departamento evaluado. El riesgo se mide por diferentes componentes que se detallan en la figura que
se observa a continuación, los cuales indican un nivel de riesgo ALTO y cuya valoración se desarrolla en el
objetivo No. 2 de este informe, específicamente, en la deficiencia 2.2.1, Valoración del Riesgo.

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2. RESULTADOS

2.1 Objetivo Específico No.1: Determinar el marco normativo relativo al procedimiento evaluado y verificar
    su cumplimiento

    Se aplicó la herramienta diseñada por la Auditoría General para determinar el cumplimiento de la
    normativa relacionada con las actividades a realizar en el proceso auditado.

   2.1.1 Verificación del cumplimiento de las funciones y de los procedimientos de “Acreditación de
         licencias de conducir”.

CONDICIÓN

A continuación, se muestra el cumplimiento de cada una de las funciones en el Departamento de
Acreditación de Conductores, referente al tema de “Acreditación de licencias de conducir”.

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                                                               Cuadro No.2

 Normativa relacionada con las funciones y procedimientos de “Acreditación de licencias de conducir”. de
                                         licencias de conducir”.

 Nº                  NORMATIVA                                   CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

 Funciones
  1   Autorizar y emitir las licencias de       De la visita efectuada en el Departamento de      Se verificó por medio de la visita efectuada en
      conducir,     en    sus    diferentes     Acreditación           de        Conductores      las estaciones de trabajo de los Funcionarios
      modalidades, de acuerdo con la            específicamente en el área de las estaciones      Digitadores, así como la revisión de la siguiente
      normativa establecida, a saber: por       de trabajo donde se ubican los Funcionarios       documentación:
      primera vez, renovación, duplicados,      Digitadores, se evidenció que se autorizan y
      homologación y extender los permisos      emiten las licencias de conducir a los usuarios   Informes de labores mensuales y trimestrales
      para aprender a conducir.                 según la modalidad solicitada, así como la        del período 2020 presentados por el
                                                emisión de renovaciones de licencias,             Departamento      de   Acreditación      de
                                                duplicados, homologaciones y permisos de          Conductores.
                                                conducir, los cuales se emiten por medio del
                                                Sistema de Acreditación de Conductores            Libros legalizados de “Control de Entrega de
                                                (SAC), una vez que el usuario realiza el pago     Tarjetas” que dispone cada Funcionario
                                                del entero correspondiente y presenta los         Digitador.
                                                requisitos    necesarios;   lo   anterior   en
                                                cumplimiento de lo que establece el Titulo III    Reporte de atención de citas diarias emitidas
                                                Proceso de Acreditación de Conductores,           por el Sistema de Acreditación de
                                                Capítulos II, III y IV de la Ley No. 9078 de      Conductores
                                                Tránsito por Vías Públicas Terrestres y           (SAC).
                                                Seguridad Vial.
  2    Establecer un “Sistema de Control        Mediante el oficio DVT-DGEV-ALC-2021-18 de
                                                                                                  Se evidencia por medio de la siguiente
       Interno” con fundamento en la            fecha 08 de febrero de 2021 presentado por
                                                                                                  información aportada:
       normativa legal vigente y acorde con     el Departamento de Acreditación de
       las atribuciones y ámbito de la labor    Conductores, se evidenció que se presentó
                                                                                                     •   Autoevaluación del Sistema de Control
       de la dependencia, que garantice el      debidamente la Autoevaluación de Control
                                                                                                         Interna realizada por el Departamento
       cumplimiento de los objetivos internos   Interno y la Valoración de Riesgos a la Unidad

                                                                                                                                  Página 14 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                          No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                        CONDICIÓN                                       EVIDENCIA RECOPILADA

       e     institucionales;    así    como       de Planificación Institucional (UPI) para dicho               de Acreditación de Conductores del
       autoevaluarse, al menos, una vez al         Departamento, correspondiente al período                      Período 2020.
       año para determinar la efectividad del      2020, no obstante, de la revisión efectuada
       sistema de control interno y mejorarlo si   sobre los componentes del Sistema de Control              •   Valoración    de      Riesgos del
       se requiere.                                Interno, se determinaron deficiencias y riesgos               Departamento de Acreditación de
                                                   que se desarrollan en el Objetivo N° 2 de este                Conductores del Período 2020.
                                                   informe.
                                                                                                             •   Oficio DVT-DGEV-ALC-2021-18 remitido
                                                                                                                 por el Departamento de Acreditación
                                                                                                                 de Conductores sobre la presentación
                                                                                                                 del SEVRI y ACSI del período 2020.

  3    Rendir informes periódicos a la             La    Jefatura    del    Departamento     de           Se evidencia por medio de los siguientes
       Dirección de los trabajos realizados.       Acreditación de Conductores remite de                  documentos aportados por el Departamento
                                                   forma mensual y trimestral por correo                  de Acreditación de Conductores:
                                                   electrónico a la Dirección General de
                                                   Educación Vial los informes de labores de las          • Copia de informes mensuales (de enero, a
                                                   actividades realizadas.                                diciembre del año 2020 e informes trimestrales
                                                                                                          del año 2020.
                                                   Lo anterior, se verificó al revisar los informes de
                                                   labores     remitidos      por      la     Jefatura,
                                                   correspondientes al período de enero a
                                                   diciembre de 2020, que comprenden informes
                                                   tanto mensuales como trimestrales.

 Procedimiento: “Acreditación de licencias de conducir”

 4     El usuario por medio de la página de                                                               Se verificó por medio de la visita en el sitio web
                                                   El usuario realiza el pago del derecho
       Educación Vial, solicita la cita para la                                                           www.educacionvial.go.cr en el apartado de
                                                   correspondiente sobre el tipo de licencia,
       licencia de conducir, de previo realiza                                                            Acreditación de Conductores, donde consta
                                                   permiso o servicio que necesita, posterior por
       el pago del derecho, posterior los                                                                 la información sobre consultas de citas,
                                                   medio de la página de la Dirección General
       funcionarios del Departamento de                                                                   dictamen médico, consultas de conductores,
                                                   de Educación Vial www.educacionvial.go.cr
       Acreditación    de      Licencias    de                                                            servicio de pago en línea y demás trámites

                                                                                                                                          Página 15 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                     No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                    CONDICIÓN                                     EVIDENCIA RECOPILADA

       Conducir o de los Departamentos o         solicita una cita para la obtención de la          relacionados    con      la   acreditación         de
       Sedes Regionales de la Dirección          licencia de conducir.                              conductores.
       General de Educación Vial con el
       nombre, apellidos e indicación del tipo   Cuando el usuario se presenta a la cita            Consultas en el Sistema SAC sobre usuarios que
       de licencia o permiso prepara la          programada       el   Funcionario     Digitador    solicitan licencias.
       documentación para la constatación        procede a verificar la información y
       en el SAC, incluyendo el documento        documentación recibida en el Sistema de            Verificación de datos por parte del
       de     identidad,     o   documento       Acreditación de Conductores (SAC), así como        Funcionario Digitador.
       migratorio, ser mayor de edad,            la verificación de los cursos teóricos y           Consultas del Dictamen Médico en el
       dictamen médico, aprobación del           prácticos realizados por el usuario de previo      SEDIMEC.
       curso teórico y práctico.                 para obtener el tipo de licencia solicitado.

 5     1-Emisión de licencia de conducir por     El Funcionario Digitador en caso de solicitudes    Se verificó por medio de la visita efectuada, así
       primera vez:                              de licencias de conducir por primera vez,          como la verificación de la siguiente evidencia:
       se verifica en el SAC el pago             verifica en el Sistema de Acreditación de
       correspondiente de acuerdo al             Conductores el pago realizado por el usuario,      Consultas realizadas por el Funcionario
       trámite a realizar, se revisa en el       posterior solicita el código suministrado por el   Digitador en el SAC sobre pago del entero
       SIDIMEC el dictamen médico al día,        profesional en ciencias médicas para               efectuado por los usuarios.
       con 6 (seis) meses como máximo de         efectuar la verificación del dictamen médico
       vigencia (digital), en caso de usuario    el    en   Sistema     de    Acreditación    de    Consultas   realizadas por el Funcionario
       costarricense mayor de edad, la           Conductores (SAC) por medio de un enlace           Digitador    del Dictamen Médico en el
       cédula de identidad, vigente y en         que redirige automáticamente al sistema el         SEDIMEC.
       buen estado, en caso de usuario           SEDIMEC del Colegio de Médicos y Cirujanos
       costarricense menor de edad, la           de Costa Rica; asimismo, efectúa la revisión       Consultas realizadas por el Funcionario
       tarjeta de identidad para menores,        de los documentos de identidad y                   Digitador   en    el    Sistema   SAC  sobre
       vigente y en buen estado, en caso de      actualización de datos del usuario.                actualización y verificación de datos.
       usuario extranjero, el documento de
       identificación (cédula de residencia,     El procedimiento de “Acreditación de               Imágenes del Proceso de emisión de licencias
       permiso laboral, solicitud de refugio y   Licencias de Conducir” en este apartado de         por primera vez.
       pasaporte MJ, permiso estudiante),        emisión de licencias por primera vez, dentro
       vigente y en buen estado y en caso de     de los requisitos que se solicitan, se menciona
       persona discapacitada original de la      la solicitud de la tarjeta de identidad de
       carta de autorización del Colegio de      menores de edad, sin embargo, las licencias
       Médicos y Cirujanos.                      de conducir se emiten solamente a personas

                                                                                                                                     Página 16 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                               CONDICIÓN                        EVIDENCIA RECOPILADA

                                             mayores de 18 años, salvo únicamente para
                                             la licencia tipo A-1.

                                             En cuanto a la carta de autorización del
                                             Colegio de Médicos y Cirujanos en caso de
                                             presentarse una persona con alguna
                                             discapacidad, esta no se solicita, debido a
                                             que la información referente a las
                                             discapacidades    se  anota      y   verifica
                                             directamente en el Dictamen Médico
                                             suministrado.

                                             Además, el sistema de consulta de
                                             Dictámenes Médicos en la página del Colegio
                                             de Médicos y Cirujanos corresponde al
                                             “SEDIMEC” y no al “SIDIMEC” como se señala
                                             en el procedimiento.

                                             Lo anterior, corresponde a errores en la
                                             digitación del procedimiento, así como
                                             modificaciones       no     contempladas,
                                             responsabilidad que recae en la Jefatura del
                                             Departamento      de    Acreditación     de
                                             Conductores.

                                             Al respecto, se presentan incumplimiento en lo
                                             que se establece en las Normas de Control
                                             Interno     para      el    Sector    Público
                                             específicamente        las    Normas      1.4
                                             Responsabilidad del jerarca y los titulares
                                             subordinados, 4.1 Actividades de Control y el
                                             Artículo N° 15 de la Ley General de Control
                                             Interno N° 8292.

                                                                                                                Página 17 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                  CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

 6    Licencia tipo A-1:                       El tipo de licencia A-1 corresponde a la
      a) La persona usuaria debe ser           autorización   para      conducir    vehículos
                                                                                                  Información   recopilada   durante    la   visita
       mayor de dieciséis (16) años.           automotores tipo bicimoto y motocicleta, de
                                                                                                  efectuada:
      b) Autorización escrita por parte de     combustión interna, cuya cilindrada de motor
       alguno de los siguientes: padres,       no supere 125 centímetros cúbicos, asimismo,
       tutor, curador, o representante legal   autoriza conducir triciclo y cuadraciclo, cuyo
                                                                                                  Imágenes del Proceso de emisión de licencias
       o administrativo.                       cilindraje de motor no supere los doscientos
                                                                                                  tipo A-1.
      c) El firmante de la autorización        cincuenta centímetros cúbicos.
       anterior, debe acompañar a la
                                                                                                  Imágenes    sobre  la   verificación    de
       persona usuaria que aspira tener la     En caso de que el usuario que solicite este tipo
                                                                                                  documentación presentada por el usuario en
       licencia A-1. En caso de que no se      de licencia sea menor de edad, el Funcionario
                                                                                                  el Sistema.
       apersone, la autorización debe estar    Digitador solicita una autorización por escrito,
       acompañada de una certificación         donde se verifica que el firmante sea la misma
                                                                                                  Revisiones e ingreso de información en el SAC
       registral o notarial que evidencie la   persona que lo acompaña en la cita.
                                                                                                  sobre pólizas de Seguros.
       relación entre el firmante de
       autorización y el aspirante a la        Además, se solicita y verifica que el recibo de
       licencia A-1. Evidencia de que el       la póliza de seguros esté vigente e incluya las
       aspirante ha suscrito la vigencia de    coberturas requeridas para proceder a
       una póliza de seguro que incluya las    ingresar la información en el Sistema SAC.
       siguientes coberturas: por lesiones o
       muerte (por un monto mínimo de          De la revisión efectuada en el procedimiento
       cuarenta millones de colones), de       de “Acreditación de licencias de Conducir”
       accidente (por un monto mínimo de       referente a los requisitos para obtener las
       cien millones de colones), por daños    licencias de conducir tipo A, se identificó que
       a terceros (por un monto mínimo de      no se indican los requisitos necesarios para la
       veinte millones) y por accidente. La    autorización de las licencias tipo A-2 (autoriza
       vigencia de póliza de seguro debe       a conducir vehículos automotores tipo
       abarcar la totalidad de la vigencia     bicimoto y motocicleta, de combustión
       de la licencia A-1.                     interna, cuya cilindrada de motor no supere
                                               los quinientos centímetros cúbicos) y A-3
                                               (autoriza a conducir vehículos automotores
                                               tipo bicimoto y motocicleta, de combustión
                                               interna, eléctricos o híbridos, sin límite de
                                               cilindrada o potencia), lo cual refleja que el

                                                                                                                                Página 18 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                    No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                      CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

                                                   procedimiento carece de información
                                                   necesaria debido a la omisión de información
                                                   y descuido, responsabilidad que recae en la
                                                   Jefatura al no efectuar la revisión respectiva
                                                   del procedimiento y actualización o
                                                   modificación correspondiente.

                                                   Lo anterior, presenta incumplimiento en lo que
                                                   se establece en Normas de Control Interno
                                                   para el Sector Público específicamente las
                                                   Normas 1.4 Responsabilidad del jerarca y los
                                                   titulares subordinados, 4.1 Actividades de
                                                   Control, el Artículo No. 15 de la Ley General de
                                                   Control Interno N° 8292 y el Artículo No. 85
                                                   Disposiciones para las licencias de conducir
                                                   clase A de la Ley No. 9078 de Tránsito por Vías
                                                   Públicas Terrestres y Seguridad Vial.

 7    Licencia tipo B-2:                           El tipo de licencia B-2 autoriza a conducir
      a) Ser mayor de 20 años.                     vehículos hasta de 8000 kilogramos de peso
      Contar con una licencia clase B o C al       bruto o peso máximo autorizado.
                                                                                                      Información   recopilada   durante    la   visita
      menos con 2 años de expedida. En
                                                                                                      efectuada:
      este caso se refiere a las licencias B-1 o   El Funcionario Digitador en este caso verifica
      C-1.                                         la cédula de identidad y por medio del
                                                                                                      Imágenes del Proceso de emisión de licencias
                                                   sistema SAC consulta que el usuario disponga
                                                                                                      tipo B.
                                                   de las licencias requeridas y la cantidad de
                                                   años necesarios de expedición.
                                                                                                      Imágenes    sobre  la   verificación    de
                                                                                                      documentación presentada por el usuario en
                                                   De la revisión efectuada en el procedimiento
                                                                                                      el Sistema.
                                                   se identificó que no se detallan los requisitos
                                                   para la autorización de la licencia tipo B-1
                                                   cuya licencia es de las que más solicitudes se
                                                   reciben en el Departamento de Acreditación
                                                   de Conductores ya que corresponde a la

                                                                                                                                    Página 19 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                   No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                      CONDICIÓN                                  EVIDENCIA RECOPILADA

                                                   autorización para conducir vehículos hasta de
                                                   4000 kilogramos de peso bruto o peso máximo
                                                   autorizado, lo cual demuestra que existe
                                                   información que no se contempla en el
                                                   procedimiento debido al descuido y omisión
                                                   de información relevante, responsabilidad
                                                   que recae en la Jefatura del Departamento
                                                   de Acreditación de Conductores al no
                                                   efectuar    la   revisión   respectiva    del
                                                   procedimiento          y        actualización
                                                   correspondiente.

                                                   Al respecto, se refieren las Normas de Control
                                                   Interno     para       el    Sector    Público
                                                   específicamente         las    Normas       1.4
                                                   Responsabilidad del jerarca y los titulares
                                                   subordinados, 4.1 Actividades de Control, el
                                                   Artículo No. 15 de la Ley General de Control
                                                   Interno N° 8292 y el Artículo No. 85
                                                   Disposiciones para las licencias de conducir
                                                   clase A de la Ley No. 9078 de Tránsito por Vías
                                                   Públicas Terrestres y Seguridad Vial.

 8     Licencia tipo B-3 y B-4:                                                                      Información   recopilada   durante    la   visita
                                                   La Licencia Tipo B-3 autoriza a conducir
      a)    Ser mayor de 22 años.                                                                    efectuada:
                                                   vehículos de todo peso, excepto los vehículos
       Contar con una licencia clase B o C al
                                                   pesados articulados que son autorizados por
       menos con 3 años de expedida. En                                                              Imágenes del Proceso de emisión de licencias
                                                   medio de la licencia tipo B-4.
       este caso se refiere a alguna de las                                                          tipo B.
       siguientes las licencias: B-1, B-2, C-1 o
                                                   Para ello el Funcionario Digitador verifica la
       C-2.                                                                                          Imágenes    sobre  la   verificación    de
                                                   cédula de identidad y por medio del sistema
                                                                                                     documentación presentada por el usuario en
                                                   SAC consulta los datos personales y
                                                                                                     el Sistema.
                                                   comprueba que el usuario cumple con la
                                                   edad necesaria, asimismo, que disponga de

                                                                                                                                   Página 20 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                 No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                   CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

                                                las licencias requeridas y la cantidad de años
                                                necesarios de expedición.

                                                Además, para la licencia tipo B-4 es necesario
                                                aprobar un curso especialmente impartido
                                                por la Dirección General de Educación Vial o
                                                un ente debidamente acreditado, según lo
                                                dispuesto en el artículo 222 de Ley No. Ley No.
                                                9078 de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y
                                                Seguridad Vial, lo cual no se indica en este
                                                procedimiento debido a su desactualización
                                                conforme a la Ley que lo respalda,
                                                responsabilidad      de    la   Jefatura    del
                                                Departamento        de      Acreditación    de
                                                Conductores, quien debe velar por los
                                                cambios que se realicen y mantener
                                                actualizado el procedimiento que sirve de
                                                guía para las actividades que conlleva el
                                                proceso de Acreditación de Conductores.

                                                Lo anterior, en cumplimiento de lo que
                                                establece el Artículo No. 86 Disposiciones
                                                para las licencias de conducir clase B de la
                                                Ley No. 9078 de Tránsito por Vías Públicas
                                                Terrestres y Seguridad Vial, las Normas 1.4
                                                Responsabilidad del jerarca y los titulares
                                                subordinados, 4.1 Actividades de Control, el
                                                Artículo No. 15 de la Ley General de Control
                                                Interno N° 8292.
 9     Licencia tipo C-1                                                                          Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
      a)    Contar con una licencia clase B o   La Licencia Tipo C-1 autoriza a conducir los
        C-2 al menos con 3 años de              vehículos automotores en modalidad de taxi y      Proceso emisión licencias        de    conducir
        expedida.                               la licencia tipo C-2 los vehículos automotores    transporte público.

                                                                                                                                 Página 21 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                         No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                         CONDICIÓN                                     EVIDENCIA RECOPILADA

          En este caso se refiere a alguna de         de transporte público de personas modalidad
         las siguientes las licencias: B-1, B-2, B-   autobús, buseta y microbús.                         Certificados curso transporte público.
         3, B-4 o C-2.
      b)     Contar con certificado del curso         Durante la visita efectuada en las estaciones
         básico de educación vial                     de trabajo de los Funcionarios Digitadores, se
       para transporte público.                       observó que se ingresa el número de cédula
 10    Licencia tipo C-2                              de identidad en el sistema SAC y
       a) Contar con una licencia clase B o           automáticamente el sistema en sus registros
       C-1 al menos con 3 años de expedida.           identifica si el usuario dispone de las licencias
       En este caso se refiere a alguna de las        requeridas y la cantidad de años necesarios
       siguientes las licencias: B-1, B-2, B-3, B-4   de expedición para obtener el tipo de
       o C-1.                                         licencia ya sea C1 o C2, asimismo, el sistema
       b) Contar con certificado del curso            señala en sus registros si se cuenta con el curso
       básico de educación vial para                  básico de educación vial para transporte
       transporte público.                            público.

                                                      Sin embargo, de la revisión efectuada al
                                                      Procedimiento       de     “Acreditación    De
                                                      Conductores”, se identificó que no se
                                                      contemplan los requerimientos para las
                                                      licencias tipo D-1 (tractores de llantas), D-2
                                                      (tractores de oruga), D-3 (otros tipos de
                                                      equipo especial), E-1 (vehículos de las clases
                                                      de dos, tres, cuatro o más ejes, excepto los
                                                      destinados al transporte público) y E-2
                                                      (tractores de llanta, de oruga y toda clase de
                                                      vehículos de dos, tres, cuatro o más ejes, así
                                                      como la maquinaria que se autoriza mediante
                                                      la licencia del tipo D-1, D-2 y D-3, excepto la
                                                      maquinaria destinada al transporte público),
                                                      contemplados en los Artículos No. 88 y 89 de
                                                      la Ley No. Ley No. 9078 de Tránsito por Vías
                                                      Públicas Terrestres y Seguridad Vial.

                                                                                                                                         Página 22 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                  No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                   CONDICIÓN                                    EVIDENCIA RECOPILADA

                                                Además, para la licencia tipo C-2, Previo a la
                                                autorización para la prestación de servicios
                                                especiales de transporte de estudiantes
                                                menores de edad, deberá aportarse un
                                                certificado de delincuencia en el que conste
                                                que no ha sido condenado por delitos de
                                                pedofilia, sexuales o los contemplados en el
                                                artículo 254 bis (*) de la Ley N.° 4573, Código
                                                Penal, de 4 mayo de 1970, y sus reformas.

                                                Al respecto, tal y como se identificó
                                                anteriormente en los apartados 6 y 7 de éste
                                                Marco Normativo, se evidencia la ausencia
                                                de    información      relevante    sobre   los
                                                requerimientos necesarios para la emisión de
                                                todos los tipos de licencias que autoriza el
                                                Departamento         de     Acreditación   de
                                                Conductores, evidenciando el descuido,
                                                omisión, falta de revisión y desactualización
                                                del procedimiento conforme a lo que
                                                establece la Ley No. 9078 de Tránsito por Vías
                                                Públicas    Terrestres    y   Seguridad   Vial,
                                                responsabilidad de la Jefatura; Además, de
                                                incumplimientos en las Normas mencionadas
                                                anteriormente en los apartados 6 y 7.

 11    El plazo de vigencia de la licencia de   Para la emisión de las licencias de conducir       Se evidenció por medio de la siguiente
       conducir por primera vez es de tres      por primera vez se identificó que el plazo         evidencia:
       años.                                    corresponde a los 3 años.
                                                                                                   Licencias emitidas por primera vez.

 12    Posteriormente, ingresa a la opción      De la visita efectuada se observó que los          Se verificó mediante la siguiente evidencia:
       “Licencias”, en la cual una vez          Funcionarios Digitadores para emitir la licencia   Imágenes fotográficas del proceso para
                                                de conducir por primera vez ingresan al            tramitar Licencias por primera vez.

                                                                                                                                  Página 23 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                   No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                     CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

       seleccionada,     aparecen      varias     apartado “licencias” y en la opción “tramitar
       opciones de las cuales selecciona la       licencia por primera vez” digitan el número de    Consulta de datos del usuario.
       opción de “tramitar licencia por           cédula del usuario, el tipo de licencia a
       primera vez” o bien debe de presionar      autorizar, fecha y el número del dictamen         Verificación del Dictamen Médico en el
       la tecla F2.                               médico.                                           SEDIMED.

       Una vez en la interfaz “Tramitar            Además,        el     sistema     verifica       Consulta   en   el   Sistema SAC   sobre
       Licencia”,     digita   el   tipo    de    automáticamente si el funcionario ha              aprobaciones de curso teórico y pruebas
       identificación (la cédula de identidad,    realizado la prueba práctica de manejo, así       prácticas de manejo.
       la tarjeta de identidad para menores y     como el curso teórico.
       en caso de usuario extranjero, el
       documento de identificación), digita
       el número de identificación, el tipo de
       licencia del conductor, fecha y
       número del dictamen médico.

       En ese momento, el sistema verifica
       que el usuario haya realizado la
       prueba práctica de manejo y,
       además, que sea afín con la solicitada
       por el usuario y que haya aprobado
       del curso teórico de educación vial.
 13    Luego el Funcionario verifica que los      Posterior de registrar y verificar los datos      Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       datos, tales como: el Dictamen             personales del usuario, así como el registro de
       Médico, (restricción física: uso de        la póliza de seguros, el Funcionario Digitador    Verificación de datos realizada por parte del
       lentes, amputaciones, entre otros),        revisa el dictamen médico aportado para           Funcionario Digitador.
       sexo, fecha de nacimiento, nombre,         validar la información, y en caso necesario
       dirección física, dirección electrónica,   corregirla.                                       Información generada por el Sistema SAC
       teléfono, estado civil y Póliza de                                                           sobre consulta del conductor.
       Seguro (en caso para un menor de
       edad)       se       hayan     digitado                                                      Ingreso al SEDIMEC       para      consulta        del
       correctamente en el Sistema de                                                               Dictamen Médico.
       Acreditación de Conductores, según
       los datos del Usuario, con base en los

                                                                                                                                     Página 24 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                     No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                     CONDICIÓN                                      EVIDENCIA RECOPILADA

       documentos y datos proporcionados
       por él, en caso contrario, procede a
       corregir los datos.
 14    En caso de una licencia de transporte     En este caso, el sistema automáticamente             Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       público, microbús o buseta, verifica en   genera la información sobre la cantidad de
       el Sistema de Acreditación de             pasajeros autorizada de acuerdo con la               Proceso de emisión de licencias transporte
       Conductores (SAC), la cantidad de         prueba práctica realizada por el usuario, por        público.
       pasajeros que la prueba práctica de       lo que, si se solicita un tipo de licencia de otro
       manejo restringió y la incluye.           rango, el sistema no permite su autorización si      Consultas realizadas por los Funcionarios
                                                 no se cuenta con la cantidad de pasajeros            Digitadores en el en el Sistema SAC sobre las
                                                 requerida para cada tipo de licencia.                cantidades de pasajeros autorizados en
                                                                                                      solicitud de licencia de transporte público.

 15    2-Renovación      de    licencia   de     Para las renovaciones de licencias de                Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       conducir.                                 conducir, el Funcionario Digitador solicita y
       se verifica el pago del entero en el      verifica en el sistema SAC el pago del entero,       Consultas en el Sistema SAC sobre usuarios que
       SAC, se revisa en el SEDIMEC el           así como el código para el dictamen médico           solicitan renovación de licencias.
       dictamen médico al día, con 6 meses       reportado en el SEDIMEC, el cual no debe ser
       como máximo de vigencia, en caso          superior a los 6 meses y la cédula de identidad      Verificación de datos realizada por parte del
       de usuario costarricense mayor de         o el documento de identificación si es un            Funcionario Digitador.
       edad, la cédula de identidad, vigente     usuario extranjero.
       y en buen estado, en caso de usuario                                                           Consultas   del   Dictamen    Médico      en     el
       extranjero,    el   documento      de     En caso de presentarse una persona con               SEDIMEC.
       identificación, vigente y en buen         alguna discapacidad, no se solicita la carta
       estado y en caso de persona               de autorización del Colegio de Médicos y
       discapacitada original de la carta de     Cirujanos, tal y como se mencionó en el
       autorización del Colegio de Médicos y     apartado No.5 de este Marco Normativo, si no
       Cirujanos.                                que la información referente a las
                                                 discapacidades    se   anota    y    verifica
                                                 directamente en el Dictamen Médico
                                                 suministrado.

                                                                                                                                     Página 25 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                   No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                     CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

 16    Con relación al plazo de vigencia de       En el Sistema de Acreditación de Conductores      Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       la licencia de conducir, se aplicará lo    (SAC) automáticamente al ingresar el
       indicado en el artículo 92 de la Ley N.°   Funcionario     Digitador    el  número     de    Consultas en el Sistema SAC sobre usuarios que
       9078 y sus reformas, el cual determina     identificación del usuario, genera un detalle     solicitan renovaciones de licencias.
       en el caso de renovación es de:            de las infracciones por cada conductor, por lo
                                                  que según la cantidad de infracciones             Detalle de infracciones.
      *Si al momento de renovar la licencia       obtenidas al momento de renovar la licencia
      de conducir ha acumulado cuatro             de conducir, así será la vigencia en años de la
      puntos o menos, la vigencia de la           renovación que se otorgará según las
      renovación será de seis años.               vigencias que se establecen en el artículo 92
                                                  de la Ley N.° 9078 y sus reformas.
       *Si al momento de renovar la licencia
       de conducir ha acumulado cinco y
       ocho puntos, la vigencia de la
       renovación será de cuatro
       años.

       *Si al momento de renovar la licencia
       de conducir ha acumulado nueve y
       once puntos, la vigencia de la
       renovación será de tres años.
 17    3-Duplicado de licencia de conducir:       En los duplicados de licencias de conducir, el    Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       Se verifica el pago del entero o el        Funcionario Digitador verifica en el sistema
       pago bancario en el SAC revisa pago        SAC el pago del entero y solicita la cédula de    Verificación de datos realizada por parte del
       en el SAC, en caso de un usuario           identidad o el documento de identificación        Funcionario Digitador.
       costarricense, la cédula de identidad,     en caso de ser un usuario extranjero.
       vigente y en buen estado en caso de                                                          Información generada por el Sistema SAC
       costarricense menor de edad, la                                                              sobre consulta del conductor.
       tarjeta de identidad para menores,
       vigente y en buen estado, en caso de
       un usuario extranjero, el documento
       de identificación, vigente y en buen
       estado.

                                                                                                                                   Página 26 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                   No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                     CONDICIÓN                                    EVIDENCIA RECOPILADA

 18    4-Homologación de Licencia con base        Este     procedimiento         fue   analizado    Se verificó por medio de lo siguiente:
       en una Licencia del Extranjero,            anteriormente por esta Auditoría General en
       procede con lo dispuesto en ver            el período 2020, producto de ello se emitió la    DAG-Adv-2020-2292.
       Procedimiento: Homologación de             advertencia DAG-Adv-2020-2292 de fecha 15
       licencias de conducir a usuarios con       de octubre de 2020, sobre deficiencias de
       licencias expedidas en otros países.       control y supervisión en la homologación de
                                                  licencias extranjeras.
 19    5-Emisión de permiso temporal de           Para la emisión y renovación de los permisos      Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       aprendizaje:                               temporales de aprendizaje, el Funcionario
       Se verifica el pago del entero o el        Digitador verifica en el Sistema SAC por medio    Proceso de emisión de permiso temporal de
       pago bancario en el SAC, se revisa en      del número de cédula o documento de               aprendizaje.
       el SEDIMEC el dictamen médico al día,      identificación en caso de usuario extranjero el
       con 6 meses como máximo de                 pago del entero respectivo, asimismo, verifica    Verificación de datos realizada por parte del
       vigencia, en caso de usuario               por medio de SEDIMEC el dictamen médico el        Funcionario Digitador.
       costarricense mayor de edad, la            cual no debe ser superior a los 6 meses de
       cédula de identidad, vigente y en          emitido.                                          Consultas   del   Dictamen    Médico      en     el
       buen estado, en caso de usuario                                                              SEDIMEC.
       extranjero,    el   documento        de
       identificación, vigente y en buen
       estado.
 20    6-Renovación de permiso temporal de
       aprendizaje:
       Se verifica el pago del entero o el
       pago bancario en el SAC se revisa en
       el SAC el pago, se verifica en el SAC el
       Dictamen Médico al día, con 6 meses
       como máximo de vigencia, en caso
       de usuario costarricense mayor de
       edad, la cédula de identidad, vigente
       y en buen estado y en caso de usuario
       extranjero,    el   documento        de
       identificación, vigente y en buen
       estado.

                                                                                                                                   Página 27 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                  No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                    CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

 21    Para los casos del 2 al 6, selecciona la   Por medio de la visita efectuada en las          Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       opción “Licencias”, se despliega en la     instalaciones    del     Departamento       de
       pantalla las siguientes alternativas:      Acreditación          de          Conductores    Verificación de las opciones que dispone el
                                                  específicamente en las estaciones de trabajo     sistema SAC para trámites de licencias.
       Opción 2 Permiso de Primera vez.           de los Funcionarios Digitadores se observó que
       Opción 3 Renovación de Licencia.           al ingresar en el Sistema SAC en la opción       Consultas en el Sistema SAC sobre los usuarios
       Opción 4 Renovación de Permiso.            “licencias” y posterior en la opción “tramitar   y conductores.
       Opción 5 Duplicado de Licencia.            licencias”, específicamente en la casilla de
                                                  “tipo de trámite” se puede escoger entre         Verificación de datos realizada por parte del
       Selecciona la opción de “Tramitar          varias opciones, entre ellas se encuentran:      Funcionario Digitador.
       licencia” o presiona la tecla F3, y
       procede a garantizar que los datos,        Opción 01 Primera vez licencia,                  Consultas del Dictamen Médico en el SEDIMEC
       tales como: la fecha del dictamen          Opción 2 Permiso de Primera vez,
       médico, la fecha de nacimiento, el         Opción 3 Renovación de Licencia,
       nombre, la dirección física, la            Opción 4 Renovación de Permiso,
       dirección electrónica, el teléfono y la    Opción 5 Duplicado de Licencia.
       póliza respectiva, hayan sido digitados
       acorde con los datos del usuario, con      Una vez seleccionado el trámite a realizar, el
       base en los documentos que aporta y        Funcionario Digitador verifica los datos
       datos proporcionados por él y, de ser      personales     del     usurario,  realiza   su
       necesario, realiza la corrección de los    actualización en caso necesario, y consulta
       datos.                                     en el SEDIMEC el dictamen médico por medio
                                                  del código suministrado por el usuario.
 22    Para la Opción 2, Permiso de Primera       En la opción 2 Permiso de Primera vez, el        Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       vez, debe aparecer registrada en el        sistema SAC automáticamente muestra el
       sistema la referencia del curso teórico    detalle del curso teórico de educación vial y    Opción Permiso por primera vez.
       de educación vial y la calificación, de    la respectiva calificación.
       lo contrario, informa al funcionario de                                                     Consulta curso teórico de educación vial.
       cómputo que procede de acuerdo
       con lo dispuesto en la “Actividad
       Inclusión de Información en el Sistema
       de Acreditación de Conductores
       (SAC),     de     este    manual     de
       procedimientos”.

                                                                                                                                  Página 28 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                       No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                      CONDICIÓN                                     EVIDENCIA RECOPILADA

 23    En todos los casos. Procede a la toma       El Funcionario Digitador una vez verificada la      Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       de la fotografía, luego le solicita al      información y tramitada la opción que solicita
       usuario que estampe la huella y firma       el usuario referente a la acreditación de la        Registro de la imagen fotográfica, huella y
       en el dispositivo para que quede            licencia toma una fotografía del usuario, la        firma en el sistema SAC.
       incorporado en la Base de Datos.            huella y firma en el dispositivo que permite que
                                                   quede el registro en el Sistema SAC.

 24    Por último, le informa a usuario que        De la visita efectuada se verificó que, una vez     Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       espere para entregarle la licencia de       finalizado el proceso de la toma de fotografía,
       conducir, una vez que haya sido             huella y firma, se procede a imprimir la tarjeta
       generada la impresión de la tarjeta de      plástica de la licencia de conducir, se revisa el   Registro de la imagen fotográfica, huella y
       la Licencia de conducir incorpora           número que trae la tarjeta y se incorpora la        firma en el sistema SAC.
       dentro del SAC el número de tarjeta         información en el sistema SAC.
       que viene pre impresa desde la                                                                  Verificación de tarjetas plásticas de licencias.
       fábrica, procede a revisarla, verificarla   Posterior, el Funcionario Digitador entrega la
       y enfrenta dos casos:                       tarjeta de licencia al usuario y le informa que     Libro de Actas de entrega de licencias.
                                                   debe firmar el Libro de Actas de Entrega de
       a) La tarjeta esta correcta, le hace        Licencias para su recibo.
       entrega de la licencia de conducir, al
       usuario, para lo cual le informa que        Dicho Libro de Actas es custodiado por el
       debe firmar el Libro de Actas de            Funcionario Digitador en su estación de
       Entrega de Licencias, autentificado         trabajo.
       por la Auditoría General, en el espacio
       correspondiente.

       Una vez, firmado el libro, lo mantiene
       bajo su custodia, le entrega la licencia
       de conducir o el permiso temporal de
       aprendizaje al usuario y adjunta según
       el caso, la documentación respectiva.
       Fin del procedimiento.
 25    b) La tarjeta esta incorrecta, debido a     En caso que la tarjeta de licencia impresa          Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       que la tarjeta impresa, presente datos      presente datos incorrectos, daños en el

                                                                                                                                       Página 29 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                         No. DAG-I-09-2021

 Nº                   NORMATIVA                                        CONDICIÓN                                    EVIDENCIA RECOPILADA

       incorrectos, se atascó en heat roller, el      plástico o laminado, atasco en el Heat Roller     Consultas y solicitudes de reimpresión de
       laminado está dañado o el plástico             o presente algún otro problema, el                tarjetas.
       vencido, así como, en caso de tarjeta          Funcionario Digitador realiza una solicitud de
       no impresa, debido a que no fue                reimpresión de tarjeta en el sistema SAC e
       suplida, se atascó en el encoder, se           informa a la Jefatura, presentando la tarjeta
       dañó o ensucio el sensor u otros,              dañada junto con la cédula del usuario para
       procede con base en el “Instructivo de         su verificación.
       Operación del Sistema de Reimpresión
       de Licencias”, a realizar en el SAC, la
       solicitud de reimpresión de tarjeta, una
       vez realizada la solicitud, le informa a
       la jefatura y adjunta según el caso, la
       tarjeta para verificación del origen de
       la corrección, la cédula de identidad,
       la tarjeta de identidad para menores o
       el documento de identificación, y
       traslada     a      la    Jefatura      del
       Departamento de Acreditación de
       Licencias de Conducir.
 26    La Jefatura del Departamento de                La Jefatura recibe la solicitud de reimpresión    Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       Acreditación       de     Licencias      de    por el sistema SAC junto con la tarjeta dañada
       Conducir recibe la solicitud y según el        y cédula o identificación del usuario, verifica   Consultas y solicitudes de reimpresión de
       caso, la tarjeta, la cédula de                 la solicitud y si procede realiza la aprobación   tarjetas.
       identidad, la tarjeta de identidad para        en el sistema.
       menores o el documento de                                                                        Tarjetas nulas sin perforar.
       identificación, verifica en el SAC, si         En cuanto a la perforación de la tarjeta por
       procede la solicitud, la aprueba en el         parte de la Jefatura, así como el uso de un
       sistema,       perfora       la     tarjeta    Registro Interno para la devolución de la
       exactamente en el espacio de la                documentación recibida, son actividades
       fotografía       y       devuelve         la   que no se realizan, ya que, en cuanto a la
       documentación recibida                         perforación de las tarjetas, es el Funcionario
       mediante        Registro      Interno     al   Digitador quien realiza dicha actividad, sin
       Funcionario.                                   embargo, se encontraron tarjetas nulas sin

                                                                                                                                         Página 30 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                   No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                    CONDICIÓN                                   EVIDENCIA RECOPILADA

       En caso contrario que no aprueba la        perforar y otras cuyas perforaciones no se
       solicitud, por error en su confección en   realizaron en la fotografía del usuario.
       el SAC, le informa al funcionario para
       que vuelva a ingresar la solicitud.        Asimismo, en cuanto al uso de un Registro
                                                  Interno, este no ha sido implementado por la
                                                  Jefatura, por lo que se evidencian
                                                  incumplimientos en las actividades que
                                                  establece el procedimiento, así como
                                                  incumplimientos en lo que se establece en las
                                                  Normas de Control Interno para el Sector
                                                  Público específicamente las Normas 1.4
                                                  Responsabilidad del jerarca y los titulares
                                                  subordinados, 4.1 Actividades de Control, y el
                                                  Artículo N° 15 de la Ley General de Control
                                                  Interno N° 8292.

 27    El    Funcionario     Terminalista   del   El procedimiento de “Acreditación de             Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       Departamento de Acreditación de            Licencias de Conducir” utiliza el término de
       Licencias de Conducir recibe la            Funcionario     Digitador    y    Funcionario    Consultas y solicitudes de reimpresión de
       aprobación y según el caso la tarjeta      Terminalista, lo cual refiere a los mismo,       tarjetas.
       perforada, la cédula de identidad, la      igualmente se menciona al Departamento de
       tarjeta de identidad para menores o el     Acreditación     de    Conductores     como      Verificación de tarjetas plásticas de licencias.
       documento de identificación del            Departamento de Acreditación de Licencias
       extranjero, procede a registrar la         de Conducir, lo cual se puede presentar para     Libro de Actas de entrega de licencias.
       tarjeta, la reimprime y le hace entrega    confusiones.
       de la licencia de conducir al usuario,
       para lo cual le informa que debe firmar    El Formulario Digitador es quien recibe la
       el Libro de Actas de Entrega de            aprobación de la solicitud de reimpresión de
       Licencias, debidamente foliado por la      la tarjeta plástica de licencia de conducir,
       Auditoría General del MOPT, en el          procede a registrar la nueva tarjeta, la
       espacio correspondiente.                   reimprime, entrega al usuario y le informa que
                                                  debe firmar el Libro de Actas de Entrega de
                                                  Licencias.

                                                                                                                                   Página 31 de 58
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AUDITORÍA GENERAL                                                                                                                       No. DAG-I-09-2021

 Nº                  NORMATIVA                                      CONDICIÓN                                     EVIDENCIA RECOPILADA

 28    Diariamente efectúa el cierre del Libro     Los Funcionarios Digitadores realizan el cierre     Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       de Actas de Entrega de Licencias,           diario del Libro de Actas de Entrega de
       para lo cual anota el total de trámites     Licencias que mantienen bajo su custodia, sin       Libro de Actas de entrega de licencias.
       efectuados y de tarjetas nulas, saldo       embargo, se encontraron casos en que no se
       de tarjetas, y lo mantiene en custodia      anotaron diariamente los trámites efectuados,
       confronta con el registro respectivo,       tarjetas nulas y saldo de tarjetas, debido al
       una vez efectuado lo anterior.              descuido, presentándose incumplimientos en
                                                   lo que se establece en el Procedimiento de
                                                   “Acreditación de Conductores”, así como la
                                                   Norma 4.4.4 Libros Legales de las Normas de
                                                   Control Interno para el Sector Público.
 29    Así mismo, diariamente mediante             Esta actividad no se realiza debido a que no        No se pudo obtener evidencia debido a que
       Registro Interno hace entrega de las        existe un Registro Interno, esto al no estar        no se utiliza un Registro Interno para la entrega
       tarjetas plásticas nulas, rollos de         implementado por parte del Departamento             de los materiales al Encargado de Bodega.
       sobrelaminado y cintas de color, para       de Acreditación de Conductores, por lo que
       desecho, al encargado de bodega o           dicho material se entrega al Encargado de
       a la jefatura en caso de Regionales         Bodega por medio del formulario “Devolución
       para que pase custodiado en la              de Materiales”, con la finalidad de que dicho
       bodega de materiales de DALC.               material sea custodiado en la bodega para su
                                                   respectivo desecho.

                                                   Al respecto, se presentan incumplimientos en
                                                   las    actividades     que     describe    el
                                                   “Procedimiento      de    Acreditación    de
                                                   Conductores”, así como en las Normas de
                                                   Control Interno para el Sector Público
                                                   específicamente       las     Normas      1.4
                                                   Responsabilidad del jerarca y los titulares
                                                   subordinados, 4.1 Actividades de Control y el
                                                   Artículo N° 15 de la Ley General de Control
                                                   Interno N° 8292.

 30    El Funcionario Terminalista tiene la        Los Funcionarios Digitadores o Terminalistas        Se verificó por medio de la siguiente evidencia:
       obligación de verificar la lista de citas   revisan las listas de citas en la base de datos y

                                                                                                                                       Página 32 de 58
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