ECLIPSE DE SOL ISLAS FEROE - 16 MARZO 2015

Página creada Daniel Benavente
 
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16 MARZO
          2015
          -
    CAS   27 MARZO
          2015

    ECLIPSE
     DE SOL
ISLAS FEROE
info@tiku-site.com
www.tiku-site.com
Edició Novembre 2014
Organització tècnica
GCMD - 000228
ECLIPSE DE SOL
ISLAS FEROE
Presentación en el aeropuerto de Barcelona. Trámites de em-         16 marzo
barque. Salida con destino Copenhague. Llegada. Asistencia y        #BARCELONA
traslado privado al HOTEL GRAND (primera), habitaciones están-      #COPENHAGE
dar. Tiempo libre. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Traslado privado al aeropuerto. Trámites de   17 marzo
embarque. Salida con destino Islas Feroe. Llegada al aeropuerto     #COPENHAGUE
de Tórshavn en las Islas Feroe. Asistencia y traslado privado al    #ISLAS FEROE
puerto. Trámites de embarque a bordo del ferry PRINCESS SEA-
WAYS. Tiempo libre. Visita opcional de Tórshavn y Kirkjubour con
almuerzo incluido (duración 4 horas ½). Cena y noche a bordo.

Desayuno y cena a bordo. Día libre. Visita opcional de día com-
pleto en Vágar, Kvívík, Miovág, Sorvágsvatn y Gásedalur con         18 marzo
almuerzo incluido (duración 7 horas). Noche a bordo.                #ISLAS FEROE

                                                                                   ILLES FEROE
Desayuno y cena a bordo. Día libre. Visita opcional de día com-
pleto a Saksun, Haldarsvík, Eioi, Gjogv y la iglesia de Gote con    19 marzo
almuerzo incluido (duración 7 horas). Noche a bordo.                #ISLAS FEROE
Desayuno a bordo. Traslado hasta el lugar de la observación del        20 marzo
eclipse (Inicio: 09:44:14, duración 2 minutos y 22 segundos). Situa-   #ISLAS FEROE
do a 5 km. del puerto, en la parte superior de la montaña Sorn-
felli, a una altitud de 700 metros. Una estrecha carretera (que se
inicia a 400 m de altitud) subida hasta la cima de la montaña, se
deberá de caminar unos 4 km. hasta llegar a la plataforma pre-
parada para el acontecimiento, donde se podrá adquirir bebidas
calientes, bocadillos,... Para las personas con movilidad reduci-
da, se habilitaran unos pequeños autocares o podrán quedarse
esperando en la zona hasta donde llegan los autocares grandes.
Regreso al barco. Tiempo libre. Posibilidad de realizar la excur-
sión en barca por las famosas rocas de Vestmanna (duración 3
horas ½). Cena y noche a bordo.

Desayuno a bordo. Traslado privado al aeropuerto. Trámites de          21 marzo
embarque. Salida con el vuelo especial destino Dinamarca. Lle-         #ISLAS FEROE
gada a Copenhague. Asistencia y traslado al HOTEL GRAND                #COPENHAGE
(primera), habitación estándar. Tarde libre. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Visita privada de la ciudad de Copenhage         22 marzo
con guia de habla española (durada 4 horas). Copenhage es la           #COPENHAGE
encantadora capital de Dinamarca. Seguirán las huellas del es-         #OSLO
critor de cuentos de hadas Hans Christian Andersen y el filósofo       #BARCELONA
Soren Kierkegaard en la ciudad, es la residencia de la monarquia
más antigua del mundo, donde hay la fábrica de la cerveza
Carlsberg, el Tivoli y el Centro de Diseño Danés. Retorno al hotel.
Traslado al aeropuerto. Trámites de embarque. Salida. Llegada
a Oslo. Connexión con el siguiente vuelo. Llegada a Barcelona.

FIN DE NUESTROS SERVICIOS
EL PRECIO INCLUYE                                                      PRECIO POR PERSONA
#Billete de avión, clase turista, compañía regular: BARCELONA – CO-    #Cabina doble # 2.995 €
PENHAGE - BARCELONA.                                                   #Suplemento individual # 395 €
#Billete de avión, clase turista, compañía especial: COPENHAGE – IS-
LAS FEROE – COPENHAGE.
#Tasas de aeropuerto (a confirmar el día de emisión del billete).      NOTA
#Traslados aeropuerto – hotel – puerto – aeropuerto.                   Precio calculado con fecha 27 de junio
#Estancia de dos noches a un HOTEL (primera) de Copenhage con          de 2014 por un mínimo de 15 personas y
desayuno incluido.                                                     pendiente de confirmar en firme. Cual-
#Visita privada de medio día de la ciudad de Copenhage con guía de     quier alteración en el cambio de divisa,
habla española.                                                        tarifa aérea, nombre de participantes,
#Estancia de cuatro noches a bordo del ferri.                          fecha de salida o servicios terrestres im-
#Comidas: 4 desayunos y 4 cenas.                                       plicaría una variación en el precio final.
#Traslado para la observación del eclipse.
#Guía acompañante de nuestra agencia con un mínimo de 15 perso-
nas.
#Documentación de viaje.
#Seguro asistencia a bordo.

NUESTR PRECIO INCLUYE
#Seguro gastos de cancelació, cia. ARAG modalidades:
        Cruceros VIP 2000 hasta 2.000€ precio por persona 75 €
        Cruceros VIP 4000 hasta 4.000€     precio por persona 122 €
#Servicios privados tales como lavandería, teléfono, mini bar,...
#Servicios no especificados con anterioridad.
EXTENSIÓN
ARXIPIÉLAGO
SVALBARD
Desayuno en el hotel. Visita privada de la ciudad de Copen-          22 marzo
hague con guía de habla española (duración 4 horas). Copen-          #COPENHAGE
hague es la encantadora capital de Dinamarca. Seguirán las           #OSLO
huellas del escritor de cuentos de hadas Hans Christian Ander-       #LONGYEARBYEN
sen y el filósofo Soren Kierkegaard en la ciudad, es la residencia
de la monarquía más antigua del mundo, donde hay la fábrica
de la cerveza Carlsbers, el Tivoli y el Centro de Diseño Danés.
Regreso al hotel. Traslado al aeropuerto. Trámites de embarque.
Salida con el vuelo dirección Noruega. Llegada a Oslo. Conexión
para llegar a las Svalbard. Llegada a Longyearbyen. Asistencia
y traslado al HOTEL RADISSON BLU POLAR (primera), habitación
estándar. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Por la mañana, visita privada de la ciudad     23 marzo
y los alrededores con guía de habla española. La visita les dará     #LONGYEARBYEN
la oportunidad de entender el pasado y el presente de la capital
de Svalbard, y su importante posición internacional. Empezarán

                                                                                     LONGYEARBYEN
por el valle de Longyear con una presentación de la ciudad.
A continuación, seguirán hasta el valle de Adventsdalen hacia
la Mina 7. Visita del área del aeropuerto y Hotellneset. Regreso
al hotel. Tarde libre. Opcionalmente podrán realizar una de las
excursiones opcionales de medio día que les ofrecemos. Aloja-
miento.
Desayuno en el hotel. Día libre. Opcionalmente podrán realizar      24 marzo
una excursión de día completo, una de medio día o dos de me-        #LONGYEARBYEN
dio día de las que les ofrecemos. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Traslado privado al aeropuerto. Trámites      25 marzo
de embarque. Salida con el vuelo de la compañía SAS SK/4491         #LONGYEARBYEN
a las 13.50 horas. Llegada a Oslo a las 16.45 horas. Asistencia y   #OSLO
traslado privado al HOTEL SCANDIC BYPORTEN (primera). Tiem-
po libre. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Por la mañana, visita privada de la ciu-      26 marzo
dad con guía de habla española. Durante la visita se realizará      #OSLO
una panorámica por el centro de la ciudad, la visita al parque
de esculturas de Vigeland, una parada en la rampa de esquí
de Holmenkollen i la visita al Museo de Vikingo. Regreso al ho-
tel. Tarde libre. Alojamiento.

Desayuno en el hotel. Traslado al aeropuerto. Trámites de em-       27 marzo
barque. Salida con el vuelo de linea regular. Llegada a Barce-      #OSLO
lona a las 12.20 horas.                                             #BARCELONA

FI DELS NOSTRES SERVEIS
NUESTRO PRECIO INCLUYE                                                PREU PER PERSONA
#Billete de avión, clase turista, compañía regular: BARCELONA – CO-   #Habitació doble # 2.400 €
PENHAGUE – OSLO – LONGYEARBYEN – OSLO – BARCELONA.                    #Suplement individual # 650 €
#Billete de avión, clase turista, compañía especial: COPENHAGUE –
ISLAS FEROE – COPENHAGUE.                                             NOTA
#Tasas de aeropuerto (a confirmar el día de emisión del billete).     Precio calculado con fecha 27 de febrero
#Traslados aeropuerto – hotel – puerto – aeropuerto.                  de 2014 por un mínimo de 15 personas y
Estancia de dos noches a un HOTEL (primera) de Copenhague con         pendiente de confirmar en firme. Cual-
desayuno incluido.                                                    quier alteración en el cambio de divisa,
#Visita privada de medio día de la ciudad de Copenhague con guía      tarifa aérea, nombre de participantes,
de habla española.                                                    fecha de salida o servicios terrestres im-
#Estancia de cuatro noches a bordo del ferry.                         plicaría una variación en el precio final.
#Comidas: 4 desayunos y 4 cenas.
#Traslado para la observación del eclipse.
#Estancia de dos noches en un HOTEL (primera) de Longyearbyen con
desayuno incluido.
#Visita privada de dos horas de la ciudad de Longyearbyen con guía
de habla española.
#Estancia de dos noches en un HOTEL (primera) de Oslo con desayuno
incluido.
#Visita privada de medio día de la ciudad de Oslo con guía de habla
española.
#Guía acompañante de nuestra agencia con un mínimo de 15 perso-
nas.
#Documentación de viaje.
#Seguro asistencia a bordo.

NUESTRO PRECIO NO INCLUYE
#Seguro gastos de cancelación y asistencia en viaje, cía. ARAG mo-
dalidad, Class VIP 4000 hasta 4.000€, precio por persona 122 €.
#Servicios privados tales como lavandería, teléfono, minibar,...
#Servicios no especificados con anterioridad.
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RESUMEN DE COBERTURAS BÁSICAS CLASS VIP

ASISTENCIA MÉDICA SANITARIA
·Por persona en España o Andorra.                                                                                                               3.000 €
·Por persona en el extranjero.                                                                                                                  20.000 €
Los gastos odontológicos se limitan, en cualquier caso, a 100 €, o su equivalente en moneda local.
Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermo                                                                                        Ilimitado
Repatriación o transporte de los demás Asegurados                                                                                               Ilimitado
Repatriación o transporte de menores                                                                                                            Ilimitado
Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización superior a 5 días ( Billete de ida y vuelta )
Gastos de estancia del familiar ( 90 € x 10 días )                                                                                              900 €
Convalecencia en Hotel ( 90 € x 10 días )                                                                                                       900 €
Repatriación o transporte del Asegurado fallecido
( Ilimitado. Del Asegurado y de los acompañantes asegurados )
Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar
( Ilimitado. Del Asegurado y de hasta dos acompañantes asegurados )
Regreso anticipado por perjuicios graves en el domicilio o local profesional                                                                    Ilimitado
Desplazamiento urgente por hospitalización familiar ( hospitalizado mínimo 1 noche )
( Ilimitado. Del Asegurado y de hasta dos acompañantes asegurados )
Búsqueda, localización y envío de equipajes extraviados                                                                                         Ilimitado
Demora en la entrega del equipaje facturado. Demora de más de 12 horas                                                                          Hasta 150 €
Robo y daños materiales al equipaje                                                                                                             900 €
Envío de medicamentos al extranjero ( Gastos de envío )
Gastos de anulación de viaje ( por asegurado )                                                                                                  3.000 €
Gastos de anulación de viaje ( por asegurado más dos acompañantes asegurados )                                                                  6.000 €
Reembolso de vacaciones no disfrutadas ( por asegurado )                                                                                        1.000 €
Reembolso de vacaciones no disfrutadas
( por asegurado más dos acompañantes asegurados )                                                                                               2.000 €
Seguro de accidentes (Fallecimiento / Invalidez)                                                                                                12.000 €
Transmisión de mensajes urgentes                                                                                                                Ilimitado
Responsabilidad Civil
AMPLIACION OPTATIVA DE GARANTIAS INICIALES – SUPLEMENTOS A SUMAR
* Anulación de viaje: 1.500 € ó 3.000 €
* Gastos médicos en el extranjero: 10.000 € ó 20.000 € ó 40.000 €
* Robo y daños materiales al equipaje: 600 € ó 2.100 €
PRECIOS CLASS VIP
Europa y Rib. del Mediterraneo ····································· 04 días ·················································· 29.33 €
                                                                                    09 días                                                     42.78 €
                                                                                    17 días                                                     58.31 €
Mundo ··········································································· 04 días ·················································· 79.01 €
                                                                                    09 días                                                     108.68 €
                                                                                    17 días                                                     144.79 €

SUPLEMENTOS GASTOS DE ANULACIÓN

Capital                                                                                                                                         P.V.P
1500 ·············································································································································· 42.32
3000 ·············································································································································· 83.95
las normas establecidas en cada país. Por lo general, la hab-      lización de un viaje de calidad inferior, pero en este caso la
CONDICIONES                                                        itación puede ocuparse a partir de las catorce horas del día       agencia le deducirá la diferencia de precio.
GENERALES                                                          de llegada y debe desalojarse antes de las doce horas del
                                                                                                                                      2. En ambos casos, el consumidor tiene derecho a reclamar
DEL CONTRATO                                                       día de salida, con independencia de la hora en que esté
                                                                   prevista la llegada al hotel o de la hora en que esté prevista     la indemnización prevista para el supuesto de cancelación
DE VIAJE COMBINADO                                                 la continuación del viaje.                                         del viaje previsto en el apartado 13 y en sus mismos térmi-
                                                                                                                                      nos.
A) CONTRATACIÓN DEL VIAJE COMBINADO                                c) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son ge-
                                                                   neralmente habitaciones dobles a las que se añade una o            12. Cesión de la reserva
1. Solicitud de reserva                                            dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, ex-
                                                                   cepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas          1. El consumidor podrá ceder su reserva a una persona que
1. El consumidor que desea contratar un viaje combinado            adicionales se emplean dos camas más grandes.                      reúna todas las condiciones requeridas en el folleto y en el
realiza una “solicitud de reserva”. Tras esa solicitud, la agen-                                                                      contrato para realizar el viaje combinado.
cia detallista o, en su caso, la agencia organizadora, se com-     7. Transporte
promete a realizar las gestiones oportunas para obtener la                                                                            2. La cesión deberá ser comunicada por cualquier medio
confirmación de la reserva con arreglo al número de plazas         1. El consumidor debe presentarse en el lugar indicado para        a la agencia y será gratuita si ésta recibe la comunicación
disponibles y al período para el que se ha solicitado.             la salida con la antelación indicada por la agencia o, en su       con una antelación mínima de quince días a la fecha de
                                                                   defecto, por el folleto. Por regla general en el caso de trans-    inicio del viaje. Si se desea llevar a cabo con posterioridad
2. En el momento de la solicitud de la reserva la agencia          porte aéreo la antelación mínima es de dos horas sobre el          y la agencia puede aceptarla, podrá exigir al consumidor
podrá reclamar al consumidor el depósito de una suma               horario de salida previsto.                                        una prima por cesión que no excederá del 3% del precio
equivalente, como máximo, al 20% del precio del viaje cuya                                                                            del viaje.
reserva solicita. Si se confirma la reserva, la suma entregada     2. Si el consumidor no pudiera realizar el viaje por no ha-
se imputará al precio del viaje. Si el consumidor retira su so-    berse presentado con la antelación requerida, se aplicará el       3. En todo caso, el consumidor y la persona a quien haya
licitud de reserva antes de la confirmación, se le reintegrará     régimen previsto por el apartado 14 para la falta de presen-       cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia
la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de           tación a la salida o, en su caso, el previsto en el apartado 12    del pago del resto del precio, así como de los gastos adicio-
gestión que sean razonables.                                       para el desistimiento del consumidor.                              nales justificados que pudiera haber causado la cesión.

3. Si el consumidor solicita la elaboración de un viaje com-       3. La pérdida o daño que se produzca en relación con el            13. Derecho de desistimiento del consumidor
binado a medida, la agencia podrá exigir el abono de una           equipaje de mano u otros objetos que el consumidor lleva
cantidad para la confección del proyecto. Si el consumidor         consigo y conserva bajo su custodia son de su exclusiva            1. El consumidor tiene la facultad de desistir del viaje contrat-
acepta la oferta de viaje combinado elaborada por la agen-         cuenta y riesgo.                                                   ado en cualquier momento antes de la salida. No obs-tante,
cia, y ésta puede confirmarle los servicios que comprende,                                                                            si este desistimiento se produce dentro de los 15 días anteri-
la suma entregada se imputará al precio del viaje. Siempre         8. Otros servicios                                                 ores a la salida del viaje, deberá abonar una pena-lización
que no pueda confirmarlos, la agencia deberá devolver las                                                                             en función del tiempo que falte para la salida, que será de:
cantidades entregadas por el consumidor.                           1. Por regla general, el régimen de pensión completa incluye
                                                                   desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régi-       a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación
4. En todos los supuestos anteriores, si la agencia no puede o-    men de media pensión, salvo que se indique de otro modo,           de más de 10 y de menos de 15 días.
frecer el viaje solicitado y ofrece al consumidor la realización   incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Por regla
de un viaje análogo u otro distinto, salvo que se indique          general, dichas comidas no incluyen las bebidas.                   b) El 15% del precio del viaje, si se produce con una ante-
expresamente lo contrario, se entenderá que mantiene esa                                                                              lación entre los 10 y 3 días.
oferta durante 24 horas. En estos casos, el contrato se perfec-    2. Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes espe-
cionará si el consumidor acepta la oferta dentro de ese plazo      ciales) sólo se garantizan si han sido pactadas por las partes     c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48
o del que expresamente se haya establecido.                        en condiciones particulares.                                       horas anteriores a la salida.

2. Personas con movilidad reducida                                 C) DERECHOS DE LAS PARTES ANTES DE EMPEZAR EL                      2. El consumidor no tendrá que abonar porcentaje alguno
                                                                   VIAJE                                                              en concepto de penalización si el desistimiento tiene lugar
Las personas con movilidad reducida, antes de proceder a                                                                              por causa de fuerza mayor. A estos efectos, se considerará
la solicitud de la reserva, deberán poner en conocimiento de       9. Modificación del contrato                                       causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enferme-
la agencia detallista tal situación, a fin de valorar la posibi-                                                                      dad graves del consumidor o de alguna de las personas con
lidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las        1. Si en cualquier momento anterior a la salida el consumi-        quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida
características del mismo.                                         dor desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los me-    participar en el viaje.
                                                                   dios de transporte, a la duración, al calendario, al itinerario
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE                  del viaje contratado o a cualquier otro extremo referido a         3. En todos los casos, el consumidor deberá abonar los gas-
1107/2006, se entiende como persona de movilidad reduci-           las prestaciones y la agencia puede efectuarlos, ésta podrá        tos de gestión y anulación que produzca el desistimiento.
da, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje        exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que
se halle reducida por motivos de discapacidad física (senso-       hubiese causado dicha modificación así como una prima              4. El desistimiento produce efectos desde el momento en que
rial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o          por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3%         la voluntad de desistir del consumidor llega al conocimiento
deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapaci-      del precio del viaje.                                              de la agencia.
dad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención
adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares            2. Antes de la salida, la agencia sólo puede realizar los cam-     5. Conocido el desistimiento, la agencia devolverá al con-
del servicio puesto a disposición de los demás participantes       bios que sean necesarios para el buen fin del viaje combi-         sumidor las cantidades que hubiese abonado en el plazo
en el viaje.                                                       nado y que no sean significativos. Se considera que los cam-       máximo de un mes, deducidos los gastos de gestión y, en su
                                                                   bios necesarios son significativos si impiden la realización       caso, los gastos de anulación justificados y las penalizacio-
3. Confirmación de la reserva                                      de los fines de éste según sus características generales o         nes.
                                                                   especiales.
La perfección del contrato de viaje combinado se produce                                                                              6. Si el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones
con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el con-      3. En el supuesto de que la agencia se vea obligada a              económicas especiales de contratación, tales como flete de
trato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para          realizar cambios significativos lo pondrá inmediatamente           aviones, buques, tarifas especiales u otros análogos, los gas-
ambas partes.                                                      en conocimiento del consumidor. Este podrá optar entre             tos de gestión, los gastos de anulación y las penalizaciones
                                                                   aceptar la modificación del contrato en la que se precisen         serán los que indique de modo explícito el folleto para ese
4. Pago del precio                                                 las variaciones introducidas y su repercusión en el precio,        viaje o los acordados de modo particular en el documento
                                                                   o resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la          contractual.
1. En el momento de la perfección del contrato el consumidor       decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días
deberá abonar una suma que corresponda al 40% del pre-             siguientes al que se le notifique la modificación. Si el con-      14. Cancelación del viaje por parte del organizador
cio del viaje combinado o, en su caso, completar hasta ese         sumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se
importe las cantidades que hubiere entregado a cuenta. Si          entenderá que opta por la resolución del contrato.                 1. La cancelación del viaje, por cualquier motivo que no sea
el consumidor no realiza dicho pago, la agencia le requerirá                                                                          imputable al consumidor, le da derecho a resolver el con-
para que lo efectúe en el plazo razonablemente breve que           10. Revisión del precio                                            trato con los derechos previstos en el apartado 10.
le fije.
                                                                   1. La agencia sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja,   2. Si la cancelación del viaje se comunica dentro de los dos
2. El pago del resto del precio se efectuará cuando la             siempre que dicha revisión se produzca antes de los 20 días        meses anteriores a la salida, la agencia deberá abonar al
agencia ofrezca la entrega al consumidor de los títulos de         previos a la salida y que no sea significativa, es decir, supe-    consumidor una indemnización en función del tiempo que
transporte, bonos de viaje o cualquier otro documento in-          rior al 15% del precio del viaje. Además, dicha revisión sólo      falte para la salida, que como mínimo será de:
dispensable para la correcta ejecución de las prestaciones         se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del
que forman el viaje combinado. Si el consumidor no realiza         viaje a las variaciones:                                           a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación
dicho pago, la agencia le requerirá para que lo efectúe en el                                                                         de más de 15 días y de menos de 2 meses.
plazo que le fije. Si no le fija plazo, se entenderá que el pago   a) De los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
deberá efectuarse a lo más tardar 7 días antes de la salida.                                                                          b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una ante-
                                                                   b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje,         lación entre los 15 y 3 días.
3. La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas      incluido el coste del carburante.
establecidas para el desistimiento antes de la salida si el                                                                           c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48
consumidor no realiza cualquiera de los pagos previstos en         c) De las tasas e impuestos relativos a determinados servi-        horas anteriores a la salida.
los apartados anteriores en el plazo que corresponda.              cios, como tasas de aeropuerto, embarque, desembarque y
                                                                   similares incluidas en el precio.                                  3. No existe obligación de indemnizar en los siguientes su-
B) REGLAS APLICABLES A LAS PRESTACIONES                                                                                               puestos:
   DEL VIAJE COMBINADO                                             2. El precio revisado se determinará tomando como referen-
                                                                   cia el contra valor de la moneda del país de destino y los         a) Cuando la cancelación se debe a que el número de perso-
5. Prestaciones                                                    precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición       nas inscritas es inferior al exigido en el folleto o en el contrato
                                                                   del folleto.                                                       para el viaje combinado.
1. Las prestaciones que integran el contrato de viaje combi-
nado resultan de la información proporcionada al consumi-          En caso de circuitos que incluyan dos o más países, el tipo        En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la can-
dor en el folleto o programa, así como de las indicaciones         de cambio tomado como referencia es el del dólar USA en            celación al consumidor antes de la fecha límite fijada en el
relativas a esta información que se hayan realizado al con-        la misma fecha.                                                    folleto o en el contrato.
firmar la reserva.
                                                                   3. Si la revisión del precio supone un aumento superior al         En su defecto, la agencia debe notificar la cancelación con
2. No obstante, la agencia organizadora se reserva la posi-        15% del precio del viaje, la agencia lo pondrá inmediata-          una antelación mínima de diez días a la fecha de salida.
bilidad de modificar la información contenida en el folleto        mente en conocimiento del consumidor, quien podrá re-
antes de la perfección del contrato. Para su validez, los cam-     solver el contrato.                                                b) Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de
bios en dicha información se tienen que haber comunicado                                                                              fuerza mayor. Son causas de fuerza mayor las circunstan-
claramente por escrito al consumidor.                              El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte              cias ajenas a la agencia, anormales e imprevisibles cuyas
                                                                   a la agencia dentro de los tres días siguientes a que se le        consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de ha-
6. Alojamiento                                                     notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su         ber actuado con la diligencia debida.
                                                                   decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la
Salvo que otra cosa se indique en el folleto o se disponga en      resolución del contrato.                                           15. Falta de presentación a la salida
condiciones particulares:
                                                                   11. Derechos del consumidor en caso de resolución                  1. Existirá falta de presentación a la salida si el consumidor
a) En relación con aquellos países en los que existe clasifi-                                                                         no comunica su voluntad de no llevar a cabo el viaje y no
cación oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier        1. En los supuestos en que el consumidor, de acuerdo con los       se presenta en el tiempo y lugar previstos para la salida.
otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificación       apartados anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre:
turística que se otorga en el correspondiente país. En aquellos                                                                       En este caso, pierde el derecho a la devolución de las can-
en los que no existe clasificación oficial, la categoría que se    a) Que le reembolsen en el plazo máximo de un mes todas            tidades entregadas y continúa obligado a abonar las que
indica en el folleto es simplemente orientativa. En todo caso,     las cantidades pagadas, o                                          estuvieran pendientes de pago.
la agencia ha de velar por la mayor correspondencia entre
la calificación utilizada y las expectativas que ello pueda        b) Que, siempre que la agencia pueda proponérselo, le ofrez-       2. No obstante, si la falta de presentación tiene lugar por
generar razonablemente en un consumidor español.                   can otro viaje combinado de calidad equivalente o superior.        causa de fuerza mayor, el consumidor tendrá derecho a que
                                                                   Si el viaje ofrecido es de calidad superior, la agencia no le      se le devuelvan las cantidades entregadas, deducidos los
b) El horario de ocupación de las habitaciones depende de          exigirá suplemento alguno. También podrá aceptar la rea-
gastos de gestión y los gastos de anulación.                       que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión          27. Responsabilidad en relación a incidentes
                                                                   del viaje combinado.                                                  en el transporte aéreo
A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la
muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor            2. La agencia organizadora y la agencia detallista respon-        Cuando la Cía. Aérea cancele un vuelo o incurra en un
o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier          den frente al consumidor tanto si ejecutan ellas mismas las       gran retraso será la responsable de prestar la debida asisten-
supuesto análogo que le impida participar en el viaje y co-        prestaciones comprendidas en el viaje combinado como si           cia y atención a los pasajeros, afectados, debiendo asumir
municar a la agencia esa imposibilidad antes de la salida.         las llevan a cabo sus auxiliares u otros prestadores de ser-      los gastos de comidas, llamadas, transportes y pernoctación
                                                                   vicios.                                                           si procede, en virtud de lo establecido en el Reglamento CEE
D) DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES                                                                                                  261/2004, por el que se establecen las reglas comunes sobre
   DESPUÉS DE INICIAR EL VIAJE                                     3. La agencia organizadora, por ser la que planifica el viaje     compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos
                                                                   combinado, responde de los daños causados al consumidor           de denegación de embarque y de cancelación o gran re-
16. Cumplimiento defectuoso o falta de prestación                  por la no ejecución o ejecución deficiente de las prestaciones    traso de los vuelos.
    de servicios                                                   comprendidas en el viaje combinado así como de los daños
                                                                   que procedan del incumplimiento de cualquier otra oblig-          En caso de cancelación de vuelo, también vendrá obliga-
1. Cuando el consumidor compruebe durante la realización           ación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo           da a pagar la compensación correspondiente al pasajero,
del viaje que existe algún defecto o se produce la falta de        con la legislación aplicable.                                     así como a reembolsarle el precio del billete de avión si el
prestación de algún servicio contratado, deberá comuni-                                                                              pasajero opta por esta opción, Si la cancelación es debida
carlo en el mismo lugar y lo antes posible al organizador o        4. La agencia detallista, por ser la que vende u ofrece en        a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse
al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se   venta el viaje combinado propuesto por una agencia or-            evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas
trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por escrito o       ganizadora, responde de los daños causados al consumi-            razonables, el transportista aéreo encargado de efectuar el
en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras reci-        dor por los errores que haya cometido al informarle sobre         vuelo no estará obligado a pagar las compensaciones pero
bir la comunicación, el detallista o el organizador deberán        el viaje combinado, por haber omitido la información que          sí a prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros
obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.         debía proporcionarle, por no haberle entregado la documen-        afectados y a reembolsarles el precio del billete si optan por
                                                                   tación necesaria para la correcta realización del viaje y, en     esta opción.
2. Si realiza dicha comunicación en el tiempo y forma in-          general, por haber incumplido cualquier otra obligación
dicados, el documento que la acredite le exonerará de apor-        que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la          28. Responsabilidad por prestaciones no incluidas
tar ulteriores pruebas sobre la existencia del defecto, salvo      legislación aplicable.                                                en el viaje combinado
que el organizador, el detallista o el prestador del servicio
hayan comprobado en presencia del consumidor que el de-            21. Causas de exoneración de responsabilidad                      1. Las reglas de responsabilidad contractual del viaje com-
fecto no existe o que no reúne las características indicadas,                                                                        binado no son aplicables a prestaciones como la realización
y así lo hayan hecho constar.                                      La responsabilidad de organizadores y detallistas cesará          de excursiones, la asistencia a eventos deportivos o cultura-
                                                                   cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:          les, las visitas a exposiciones o museos, u otras análogas,
3. Si el consumidor no realiza dicha comunicación en el                                                                              que no se hallan incluidas en el precio global del viaje com-
tiempo y forma indicados, deberá probar los defectos que se        a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato       binado y que el consumidor contrata con carácter faculta-
aleguen de acuerdo con los criterios generales de prueba y         sean imputables al consumidor.                                    tivo con ocasión del mismo o durante su transcurso.
serán de su cuenta todos los daños que se produzcan o que
se agraven por su falta de comunicación.                           b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno         En estos casos, la agencia deberá indicar al consumidor el
                                                                   al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y      carácter facultativo de la prestación y que no forma parte
17. Imposibilidad de prestar una parte importante                  revistan un carácter imprevisible o insuperable.                  del viaje combinado.
    de los servicios por parte del organizador
                                                                   c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza         2. Si la agencia interviene en la contratación de esas presta-
1. La agencia deberá adoptar las soluciones adecuadas              mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias aje-         ciones responderá de acuerdo con las reglas específicas del
para la continuación del viaje si una vez iniciado el mismo        nas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas           contrato que realice.
no suministra o comprueba que no puede suministrar una             consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de ha-
parte importante de los servicios previstos en el contrato.        ber actuado con la diligencia debida.                             F) RECLAMACIONES Y ACCIONES DERIVADAS
                                                                                                                                        DEL CONTRATO
Son parte importante de los servicios previstos aquellos cuya      d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el de-
falta de realización impide el normal desarrollo del viaje         tallista o, en su caso, el organizador, a pesar de haber puesto   29.Ley Aplicable
y provocan que no sea razonable esperar del consumidor             toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
medio de ese tipo de viaje que lo continúe en esas circuns-                                                                          Este contrato de viaje combinado se rige por lo acordado
tancias.                                                           22. Deber del consumidor de aminorar los daños                    entre las partes y por lo establecido en estas condiciones
                                                                                                                                     generales, a las normas autonómicas vigentes, en el lugar
2. La agencia no podrá pedir suplemento alguno por las             En todo caso, el consumidor está obligado a tomar las medi-       de celebración del contrato y, en defecto de estas, por lo
soluciones adoptadas para la continuación del viaje y              das adecuadas y razonables para intentar reducir los daños        dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de no-
abonará al consumidor cualquier diferencia entre las presta-       que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución defici-       viembre por el que se aprueba el texto refundido de la Lay
ciones previstas y las suministradas.                              ente del contrato o para evitar que se agraven. Los daños         General para la defensa de los consumidores y los usuarios
                                                                   que deriven de no haber adoptado dichas medidas serán de          y otras leyes complementarias.
3. Si el consumidor acepta expresa o tácitamente las solucio-      cuenta del consumidor.
nes propuestas por la agencia no tendrá derecho a indem-                                                                             30. Reclamaciones a la agencia
nización alguna por dichas modificaciones. Se considerará          23. Deber de asistencia de la agencia
que acepta tácitamente dichas propuestas si continúa el                                                                              1. Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el con-
viaje con las soluciones dadas por el organizador.                 1. La agencia organizadora y la agencia detallista, a pesar       sumidor podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no
                                                                   de estar exoneradas de responsabilidad, continuarán ob-           ejecución o la ejecución deficiente del contrato ante la agen-
4. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran in-       ligadas a prestar la necesaria asistencia al consumidor que       cia detallista en el plazo máximo de 30 días, a contar desde
viables o el consumidor no las aceptase por motivos razo-          se encuentre en dificultades.                                     aquel en el que debía finalizar el viaje.
nables, la agencia deberá:
                                                                   2. No existirá el deber de asistencia previsto en el apartado     2. En el plazo máximo de otros 30 días, la agencia organiza-
a) Proporcionarle un medio de transporte equivalente al            anterior cuando los defectos producidos durante la ejecución      dora o la agencia detallista, en función de las obligaciones
contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a        del contrato sean atribuibles de modo exclusivo a una con-        que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión
cualquier otro que ambos hayan convenido, si el contrato           ducta intencional o negligente del consumidor.                    del viaje combinado, deberán contestar por escrito las rec-
incluye el viaje de regreso.                                                                                                         lamaciones formuladas dentro de plazo.
                                                                   24. Limitaciones de responsabilidad de
b) Reembolsarle el precio pagado con deducción del im-                 los convenios internacionales                                 3. En esta fase, el consumidor y la agencia podrán recabar
porte de las prestaciones que le haya proporcionado hasta el                                                                         la mediación de la administración competente o de los or-
fin del viaje, excepto si el defecto que impide la continuación    Cuando las prestaciones del contrato de viaje combinado           ganismos que se constituyan al efecto para hallar por sí
del viaje es imputable al consumidor.                              estén regidas por convenios internacionales, el resarcimiento     mismas una solución del conflicto que sea satisfactoria para
                                                                   de los daños corporales y no corporales que resulten del in-      ambas partes.
c) Abonarle la indemnización que en su caso proceda.               cumplimiento o de la mala ejecución de las mismas estará
                                                                   sujeto a la limitaciones que éstos establezcan.                   4. Si el conflicto no puede ser resuelto mediante la rec-
18. Desistimiento del consumidor durante el viaje                                                                                    lamación a la agencia, el consumidor podrá someterlo a
                                                                   25. Limitación de responsabilidad por daños                       arbitraje de consumo si la agencia reclamada se hubiese
1. El consumidor tiene el derecho a desistir del contrato de           no corporales                                                 adherido previamente al sistema arbitral de consumo, o, en
viaje combinado una vez comenzado el viaje, pero no po-                                                                              todo caso, reclamar en vía judicial.
drá reclamar la devolución de las cantidades entregadas            1. Cuando las prestaciones del viaje combinado no estén
y continuará obligado a abonar las que estén pendientes            regidas por convenios internacionales:                            31. Arbitraje de consumo
de pago.
                                                                   a) las indemnizaciones por daños no corporales quedarán           1. Si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente
2. Si el desistimiento obedece a un accidente o a una enfer-       limitadas por todos los conceptos al doble del precio del         al sistema arbitral de consumo, el consumidor podrá dirigir
medad del consumidor que le impida continuar el viaje, la          viaje, incluidos los daños morales no derivados de un daño        sus reclamaciones a la Junta Arbitral de Consumo de ám-
agencia está obligada a prestar la necesaria asistencia y, en      corporal y los reembolsos que deban realizarse.                   bito autonómico que sea competente en el lugar de cele-
su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las presta-                                                                      bración del contrato o a aquella a la cual se haya adherido,
ciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de      b) la indemnización de la agencia organizadora por los da-        en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día en el
anulación debidamente justificados que correspondan.               ños derivados de pérdida o deterioro del equipaje quedará         que debía finalizar el viaje.
                                                                   limitada a 350 euros.
3. En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasiona-                                                                         2. No pueden ser objeto del arbitraje de consumo las rec-
dos por el desistimiento, y en particular los de repatriación      2. No regirán las limitaciones previstas en los dos apartados     lamaciones en las que concurran intoxicación, lesión,
o traslado al lugar de origen, son a cargo del consumidor.         anteriores si la agencia o los prestadores de servicios han       muerte o existan indicios racionales de delito.
                                                                   provocado intencionalmente los daños o han actuado de
19. Deber de colaboración del consumidor                           modo temerario a sabiendas de que probablemente se pro-           3. Salvo que otra cosa se hubiese fijado en la oferta pública
    al normal desarrollo del viaje                                 ducirían.                                                         de sometimiento al sistema arbitral de consumo, el arbitraje
                                                                                                                                     será de Derecho y el procedimiento arbitral se regirá por lo
1. El consumidor deberá atenerse a las indicaciones que le         26. Información sobre disposiciones aplicables                    dispuesto en el Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo. Se
facilite agencia para la adecuada ejecución del viaje, así             a pasaportes, visados y vacunas                               limitará a las reclamaciones de una cuantía inferior a 1000
como a las reglamentaciones que son de general aplicación                                                                            euros por persona y de un máximo total de 5.000 euros por
a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje com-      1. La agencia tiene el deber de informar sobre las formali-       reclamación.
binado. En particular, en los viajes en grupo guardará el          dades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así
debido respeto a los demás participantes y observará una           como sobre las condiciones aplicables a los ciudadanos de         4. El laudo que dicte el tribunal arbitral designado por la
conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.         la Unión Europea en materia de pasaportes y de visados y          Junta Arbitral de Consumo resolverá la reclamación presen-
                                                                   responderá de la corrección de la información que facilite.       tada con carácter definitivo y será vinculante para ambas
2. La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia                                                                         partes.
para resolver el contrato de contrato de viaje combinado. En       2. El consumidor deberá obtener la documentación necesa-
este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agen-    ria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados   32. Acciones judiciales
cia proporcionará al consumidor un medio de transporte             y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los daños
equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar       que puedan derivarse de la falta de esa documentación             1. Si la controversia no está sometida a arbitraje de consumo,
de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido.            serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos        el consumidor podrá reclamar en vía judicial ante los tribu-
La agencia tendrá derecho además a la indemnización que            por la interrupción del viaje y su eventual repatriación.         nales del lugar de celebración del contrato.
proceda por los daños imputables a la conducta del con-
sumidor.                                                           3. Si la agencia acepta el encargo del consumidor de tra-         2. El consumidor sólo podrá ser demandado ante los tribu-
                                                                   mitar los visados necesarios para alguno de los destinos          nales del lugar de celebración del contrato.
E) RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL POR                                 previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del coste del
   CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO                        visado así como de los gastos de gestión por los trámites que     3. Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje
                                                                   deba realizar ante la representación diplomática o consular       combinado prescriben por el transcurso del plazo de dos
20. Distribución de la responsabilidad                             correspondiente.                                                  años, a contar desde el día en el que debía finalizar el
                                                                   En este caso, la agencia responderá de los daños que le sean      viaje.
1. La agencia organizadora y la agencia detallista respon-         imputables de acuerdo con la diligencia normalmente exi-
derán frente al consumidor del correcto cumplimiento del           gible por los retrasos en la obtención de la documentación
contrato de viaje combinado en función de las obligaciones         necesaria o por falta o insuficiencia de la misma.
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