FASE 3: 8 DE JUNIO BANDO DEL SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

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FASE 3: 8 DE JUNIO BANDO DEL SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
BANDO DEL SR. ALCALDE PRESIDENTE
              DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

                             FASE 3: 8 DE JUNIO
LUIS MARIO APARCERO FERNANDEZ DE RETANA, Alcalde-Presidente del
Excelentísimo Ayuntamiento de Chipiona, en uso de las facultades contempladas en el
art. 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

En la ciudad de Chipiona, al día de la fecha de la firma electrónica. Dada cuenta del
acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 28 de abril de 2020 por el que se aprobó el
Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, que establece los principales
parámetros e instrumentos para el levantamiento de las medidas establecidas en el Real
Decreto de Estado de Alarma para contener la expansión de la pandemia, siguiendo la
Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones
de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de
la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Orden SND/507/2020, de
6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas
restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las
fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Como consecuencia
de la situación y la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las
condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19 y el Decreto-ley de la Junta de Andalucía 14/2020, por el que
se establecen con carácter extraordinario y urgente medidas para la reactivación del
sector de la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento.

El próximo lunes día 8 de junio, Chipiona entra en la FASE 3, por lo que se hace
imprescindible informar de las siguientes medidas de transición a la normalidad, para
general conocimiento y aunar todos los criterios para el buen funcionamiento y control de

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esta situación excepcional. El objetivo fundamental de este Bando es conseguir que,
preservando la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad       Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 1 de 11
económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la
población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan
desbordar.

Seguimos recomendando la cautela y prevención necesarias. Hay muchas medidas que
son aconsejables, pero no de obligado cumplimiento, no es obligatorio por ejemplo que
nos reunamos veinte personas, que tengamos que viajar por las provincias, o que todos
tenemos que ir obligados a la playa, usemos el sentido común y tengamos menos riesgos.

Finalmente, en esta Fase 3, se posibilita la utilización de las barras de los bares, la
intercomunicación provincial en Andalucía, el incremento de más aforos y tantos por
cientos de usuarios en hostelería y restauración, la obligatoriedad de las mascarillas, y los
más importante que es la apertura oficial de nuestras playas con todas las normas y
recomendaciones que el Plan de Contingencia recoge y los eventos que se suspenden y
organizan debido a esta Pandemia.

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FASE 3: 8 DE JUNIO BANDO DEL SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
EXPONE
MEDIDAS DE TRANSICIÓN A LA NORMALIDAD FASE 3.
La integración de Chipiona dentro de la denominada como FASE 3 de la desescalada, se
iniciará el próximo lunes 8 de junio y tendrá, inicialmente, una duración de dos
semanas, esto va a relajar de forma sustancial el estado de confinamiento que hemos
vivido en Chipiona en los últimos tres meses, pero no debe ser motivo de olvidar las
normas y las medidas y entre todos debemos cumplir todas esas normas para evitar un
paso atrás, que nos perjudicaría totalmente.

Para evitar relajamiento en las obligaciones que todavía están vigentes derivadas de la
declaración del estado de alarma, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, velarán por
el cumplimiento de las normas y servicios de inspección municipales, Policía Local y
Guardia Civil, en el ámbito de sus competencias, serán los encargados de vigilar el
cumplimiento de las medidas recogidas en la Orden del Ministerio de Sanidad.
La orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del 7 de junio de 2020 y mantendrá
su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

INFORMACIÓN Y CARTELERÍA.
Continuaremos con la campaña informativa en los espacios adecuados de Chipiona que
registren una mayor afluencia de personas, para recordar a todos y todas las necesidades
de seguir manteniendo las medidas higiénicas, horarias y de distanciamiento
recomendadas, atender las recomendaciones de las autoridades sanitarias, y la
importancia de la cautela y la prudencia. Recordar la obligatoriedad de las mascarillas,
continuando con la señalización de circuitos peatonales, cortes de tráfico, para mejorar la
circulación de los peatones. Así como toda la señalización y cartelería en los accesos a
las Playas de Chipiona. Se esta procediendo a la organización de espacios para ampliar
los estacionamientos dentro del Plan Municipal de Aparcamientos

USO OBIGATORIO DE MASCARILLAS
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en
cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre
que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos
metros. Quedan obligados al uso de mascarillas las personas de seis años en adelante no
siendo exigible en los siguientes supuestos:

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      Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse
       agravada por el uso de mascarilla.                                                     Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 2 de 11

      Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de
       salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o
       dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
      Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte
       incompatible el uso de la mascarilla.
      Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Al objeto de garantizar la concienciación y la observancia de esta obligación por parte de
los ciudadanos, durante los primeros días tras la entrada en vigor de la misma, por parte
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se potenciará la función pedagógica e informativa.
En caso de no atención al requerimiento de los agentes, se procederá a realizar una
propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/20154, de
protección de la seguridad ciudadana.

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FOMENTO DE LOS MEDIOS NO PRESENCIALES DE TRABAJO.
El Ayuntamiento de Chipiona va a continuar con el teletrabajo para aquellos trabajadores
que puedan realizar su actividad laboral a distancia, cumpliendo las medidas recogidas en
la Orden y todas las medidas de prevención de riesgos laborales. Se están preparando las
instrucciones para la reincorporación presencial a la actividad, de acuerdo con la
normativa laboral y de prevención de riesgos laborales, que deberán incluir
recomendaciones sobre el uso de los equipos de protección, la descripción de las medidas
de seguridad a aplicar y la regulación de la vuelta al trabajo con horario escalonado.

      Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador de los sectores de
       actividad previstos en esta orden.
      Medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito
       laboral.
      Medidas de higiene exigibles a las actividades previstas en esta orden.

LIBERTAD DE CIRCULACIÓN EN ANDALUCIA
La Junta de Andalucía ha decidido que la circulación entre las provincias de Andalucía
podrá realizarse a partir del lunes 8 de junio, comienzo de esta fase 3, a efectos del
proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el
desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales,
profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y
cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad.
En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las
autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al
mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su
defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta
respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de veinte personas,
excepto en el caso de personas convivientes.

ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DURANTE EL VERANO
El Ayuntamiento de Chipiona está organizando diferentes actividades y eventos
culturales festivos, turísticos y de promoción, para cumpliendo las medidas de seguridad,
higiene, y salud, establecidas en las normativas, ofrecer a los ciudadanos una oferta de
ocio.
Todos sabemos las especiales circunstancias de este verano, con la imposibilidad de
provocar aglomeraciones, por este motivo, estamos en contacto con las diferentes

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asociaciones, hermandades, colectivos e instituciones para ir poco a poco informando de
las decisiones que se irán tomando.                                                          Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 3 de 11

Confirmada la suspensión de las actividades en la vía publica relacionadas con el día del
Corpus, para evitar aglomeraciones, la alfombra del corpus prevista se traslada a 2021.

Quedan suspendida las actividades realizadas en la Playa de la Cruz del Mar con motivo
de la Noche de San Juan, como hoguera, cohetes y concentración de público.
Confirmada suspensión de la salida procesional de la Virgen del Carmen, y los fuegos
artificiales en la playa, aunque se está barajando algunas actividades de tipo religioso y
festivo, siempre cumpliendo los aforos y las distancias sociales permitidas.

Estamos a la espera de la confirmación por parte de las autoridades religiosas sobre los
actos y la salida procesional de Nuestra Señora de Regla, y se informará debidamente.

En cuanto a la oferta de ocio, en Fiestas, Cultura, Turismo, Juventud, Deporte y
Comercio, por las diferentes Delegaciones se están proponiendo iniciativas tendentes a

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ofrecer alternativas, que dinamicen este especial verano, pero siempre contando con la
seguridad, el aforo, las distancias y la salud.

PLAZOS ADMINISTRATIVOS
Desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido
suspendidos está reanudado, y reiniciado, en lo previsto en las normas con rango de ley
aprobadas durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

DESAPARECEN LAS FRANJAS HORARIAS
No quedará reservada ninguna franja horaria a colectivo alguno. En el caso de contacto
social con personas que se encuentran dentro de los grupos considerados vulnerables al
COVID-19, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene.

AMPLIACIÓN HORARIA
En el Decreto-ley 14/2020, se establecen con carácter extraordinario y urgente medidas
para la reactivación del sector de la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento y
medidas relativas a los establecimientos de hostelería, restauración y de terrazas y
veladores

Aforo en establecimientos de hostelería y restauración.

Se establece un aforo máximo del 50% en los establecimientos de hostelería y
restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio
nocturno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la Orden SND/414/2020, de 16
de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional
establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan
para la transición hacia una nueva normalidad.

Horarios en establecimientos de hostelería y de terrazas y veladores.

1. El horario máximo de cierre general de los establecimientos de hostelería sin música y
con música se amplía en una hora, hasta las 03:00 horas, no siéndole aplicable la
ampliación de una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos.

2. Los horarios de terrazas y veladores para exclusivo consumo de comidas y bebidas
instalados en la vía pública y otras zonas de dominio público, anexos o accesorios a
establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento, así como en las superficies
privadas abiertas o al aire libre o descubiertas que formen parte de los establecimientos

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de hostelería y de ocio y esparcimiento

a) No podrán superar los márgenes de apertura y cierre generales previstos para cada tipo     Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 4 de 11

de establecimiento de hostelería o de ocio y esparcimiento.

b) En ningún caso el límite horario para la expedición de bebidas y comidas en dichos
espacios podrá exceder de las 03:00 horas, debiendo quedar totalmente desalojados y
recogidos, como máximo, en el plazo de media hora a partir de ese horario límite, siendo
de aplicación con carácter general a todos los municipios sin excepción alguna

REUNIONES FAMILIARES. REUNIONES DE 20 PERSONAS
Los vecinos que tengan su vivienda habitual en Chipiona podrán reunirse en casas si no
son más de veinte personas, excepto personas convivientes. Eso sí, las personas
vulnerables, con síntomas o en cuarentena por sospecha de caso de Covid-19 no podrán
ir a estas reuniones. Y se pide que se respeten las distancias de seguridad e higiene , con
mascarilla cuando no sea posible. Esta medida es tanto para hogares como bares y
restaurantes.

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VELATORIOS Y ENTIERROS.
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un
límite máximo, en cada momento, de cincuenta personas en espacios al aire libre o
veinticinco personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. El cementerio de San
José permanecerá abierto en su horario habitual, extremando las precaucione s. No
se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de
actos de culto. Y el uso de mascarilla con carácter general es obligatorio.

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la
persona fallecida se restringe a un máximo de cincuenta personas, entre familiares y
allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión
respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las
autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una
distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

LUGARES DE CULTO.
Se podrá volver a ir a misa, y a los cultos y servicios religiosos: al Santuario de
Regla, a la Parroquia Ntra. Sra. de la O, o los templos de otras confesiones. Se
permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el setenta y cinco por
ciento de su aforo. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio
destinado al culto. Se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene
establecidas por las autoridades sanitarias.

CEREMONIAS NUPCIALES.
Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o
privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere
el setenta y cinco por ciento de su aforo, y en todo caso un máximo de ciento cincuenta
personas en espacios al aire libre o de setenta y cinco personas en espacios cerrados.

Durante la celebración de las ceremonias se deberán cumplir las medidas de higiene y
prevención establecidas por las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la
distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria. Las bodas civiles previstas en el
Castillo de Chipiona, ya pueden celebrarse, cumpliendo las normas previstas.

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Las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia y que impliquen algún tipo
de servicio de hostelería y restauración, se ajustarán a lo previsto en el capítulo IV.
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Lo previsto en este artículo será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter
social. Todo el que no haya cancelado su boda podrá celebrarla en todo tipo de
instalaciones.

COMERCIOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Los centros comerciales abrirán al público con un 50% del aforo garantizando una
distancia mínima de dos metros entre clientes. Se debe establecer un horario de atención
con servicio prioritario para mayores de 65 años. Podrá establecerse un sistema de
reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
Los centros y parques comerciales sólo podrán abrir al público si se limita el aforo de sus
zonas comunes y recreativas al 40% y, en cada uno de los establecimientos y locales
comerciales situados en ellos, al 50%.

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No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la
venta como cosméticos, productos de perfumería, y similares que impliquen manipulación
directa por sucesivos clientes. No se podrán colocar en los establecimientos comerciales
productos de telecomunicaciones para uso y prueba sin supervisión de un trabajador que
de manera permanente pueda proceder a su desinfección inmediata tras la manipulación
por parte de cada cliente. En los establecimientos del sector textil y de arreglos de ropa y
similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se
limpiarán y desinfectarán. Las prendas que se prueben deberán ser higienizadas antes de
ser facilitadas a otros clientes. Esta medida será también aplicable a las devoluciones de
prendas.

COMER DENTRO DE LOS BARES Y UTILIZACIÓN DE LAS BARRAS
Los negocios de restauración, podrán abrir nuevamente al público para consumo en el
local. Eso sí, tendrá una serie de limitaciones: no se podrá superar un cincuenta por ciento
de su aforo.

El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas,
preferentemente mediante reserva previa. Deberá asegurarse el mantenimiento de la
debida distancia física de dos metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. La mesa
o agrupación de mesas que se utilice para este fin, deberán ser acordes al número de
personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.
Esta ya permitido el consumo en la barra siempre que se garantice una separación
mínima de 2 metros. En las terrazas al aire libre se limitará el aforo al 75% de las mesas,
con una ocupación máxima de 20 personas.
Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras,
aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en
otros formatos bajo petición del cliente.

VENTA AMBULANTE, MERCADILLO
Los establecimientos y locales, así como los mercados al aire libre o de venta no
sedentaria en la vía pública, deberán señalar de forma clara la distancia de seguridad
interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de
balizas, cartelería y señalización para aquellos casos en los que sea posible la atención
individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, que no podrá realizarse de manera
simultánea por el mismo trabajador.

Se autoriza el mercadillo de los lunes en la Plaza Miguel Hernández. En este mercadillo,

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con el fin de aumentar la superficie de venta se reducen los metros de espacios de todos
los puestos de venta a cinco metros lineales , por lo que el distanciamiento es de un
mínimo de dos metros y medio en el lateral y se reduce el fondo de los puestos de tal          Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 6 de 11

manera que el distanciamiento entre los puestos por el frontal es de un mínimo de seis
metros , tal y como recomiendan desde el Ministerio de Sanidad , de manera que se
asegure el mantenimiento de la distancia social. Los comerciantes deben garantizar que
los productos comercializados no sean manipulados por parte de los consumidores. Se ha
instaurado un solo sentido peatonal de las calles.

Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de
geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados
por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del local, que deberán estar
siempre en condiciones de uso, siendo recomendada la puesta a disposición de estos
dispensadores también en las inmediaciones de los mercados al aire libre o de venta no
sedentaria en la vía pública.

No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la
venta como cosméticos, productos de perfumería, y similares que impliquen manipulación

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directa por sucesivos clientes.

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y
alojamientos turísticos siempre que no se supere el 50% del aforo.
Aquellos espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación
o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso.
Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un
aforo máximo de 20 personas y de forma preferente al aire libre.

TURISMO ACTIVO Y DE NATURALEZA.
Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un
máximo de hasta treinta personas, por empresas registradas como empresas de turismo
activo en la correspondiente administración competente, en las condiciones previstas en
orden. Se permite la realización de la actividad de guía turístico concertándose
preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 20 personas.
Durante el desarrollo de la actividad se evitará el tránsito por zonas o lugares susceptibles
de generar aglomeraciones. Durante el desarrollo de la actividad no se podrán suministrar
audioguías, folletos u otro material análogo. Estas actividades se concertarán,
preferentemente, mediante cita previa. Las visitas al Faro de Chipiona quedan pendientes
de las correspondientes autorizaciones de la Autoridad Portuaria, las demás actividades
turísticas ofertadas son posibles previa cita en el teléfono 956929065

CINES Y TEATROS

Asimismo, los teatros, cines y auditorios abrirán al público con butacas numeradas y con
un tercio de aforo igualmente. Los espectáculos culturales se reducirán a un máximo de
50 personas para espacios cerrados y un límite de 800 personas si son al aire libre, pero
siempre con asientos asignados y guardando distancias de seguridad

En cuanto a la cultura, se posibilita la reapertura de locales y establecimientos destinados
a actos y espectáculos culturales. Si el acto o espectáculo se celebra en lugares cerrados,
el espectador deberá contar con asiento o butaca preasignada y no podrá superarse un
tercio del aforo original, ni reunir más de cincuenta personas.

Tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando
la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de

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cuatrocientas personas. Se establecen igualmente las pautas y recomendaciones para la
reanudación de la actividad de salas de exposiciones, y centros con visita pública
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Se pueden celebrar congresos, reuniones de negocios y conferencias siempre que no
sobrepasen las 50 personas.

ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE PARA LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL
Cuando el desarrollo de las actividades se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el
número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200
participantes, incluyendo los monitores
Cuando las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de
participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual; con un máximo de 80
participantes, incluyendo los monitores. Durante el desarrollo de las actividades se deberá
organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el
monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los
componentes de cada uno de estos grupos.

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GIMNASIOS, ACADEMIAS, AUTOESCUELAS
Los gimnasios se consideran actividades deportivas no profesionales.
También podrán reabrir sus negocios los gimnasios y centros deportivos, con un aforo del
50 % y en clases colectivas máximo de 20 personas

CULTURA.
La biblioteca continúa abierta, para las actividades de préstamo y devolución de obras, así
como para información bibliográfica y bibliotecaria. La biblioteca municipal de Chipiona
tendrá a disposición de sus usuarios cerca de 60.000 licencias de nuevos títulos para
eBiblio, el servicio de préstamo gratuito de libros electrónicos de las bibliotecas
públicas. No obstante, lo establecido en los apartados anteriores, las salas infantiles y las
colecciones de libre acceso permanecerán cerradas. El servicio de consulta y uso de
ordenadores se limitará a un terminal, recomendándose la reserva de hora de uso con
antelación.
Podrá procederse a la reapertura al público de las salas de exposiciones siempre que no
supere el 50% de aforo y se respete distancia de dos metros y se adopten las medidas.
En las actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas
públicos, se limitará la asistencia al número de personas que permita mantener la
distancia de seguridad interpersonal de 2 metros.

INSTALACIONES DEPORTIVAS
Se permitirá el uso de las instalaciones cubiertas para deporte individual o aquellas
prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas, siempre sin
contacto físico y manteniendo las distancias de seguridad. Puede acceder un
entrenador en caso de ser necesario. Igualmente, en las mismas condiciones, se podrá
reservar el uso de todos los espacios deportivos descubiertos.

Se habilita el uso de vestuarios, respetando lo dispuesto en las medidas generales de
prevención e higiene frente al COVID-19. Entrenamiento básico en ligas federadas no
profesionales. Las reservas de instalaciones continúan siendo con cita previa en el
teléfono 645294587

Tanto en Instalaciones y Centros deportivos abiertos y cerrados se podrá realizar actividad
Deportiva en grupos de 20 personas, sin contacto físico y siempre que no supere el 50%
del aforo máximo de la instalación. Siempre que sea posible deberá mantenerse una
distancia de seguridad de 2 metros. No será necesaria la concertación de cita previa para
el uso de instalaciones.
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PESCA DEPORTIVA Y MARISQUEO                                                                     Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 8 de 11

La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo autorizar la pesca y el marisqueo, cumpliendo
las medidas y normas para preservar la salud y la seguridad de todos y todas. Quedando
permitida la práctica de la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre
que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por
las autoridades sanitarias, manteniendo su eficacia durante toda la vigencia del estado de
alarma y sus posibles prórrogas.

En Chipiona el horario de pesca será el dispuesto en la ordenanza municipal de playas y
el marisqueo en el horario establecido por Jarife en las mismas condiciones horarias que
existían antes del estado de alarma, ni se amplían horarios, ni se restringen.

Deben de cumplirse las mismas normas para estas actividades que existían antes,
cuidando el buen mantenimiento del medio ambiente, el cuidado y limpieza de las playas y
la defensa de una pesca sostenible.

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PISCINAS
Se permite la apertura al público de las piscinas recreativas, quedando permitido el acceso
a las mismas por parte de cualquier persona. El aforo máximo permitido será del treinta
por ciento de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia
de seguridad entre usuarios de dos metros.
En caso contrario se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de
seguridad. Para poder acceder a la piscina, se requerirá la concertación de cita previa con
la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera
de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. Con carácter previo a su apertura
se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial
atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños.

Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de
seguridad mediante señales en el suelo limitando los espacios. Los objetos personales,
como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.
No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

USO DE LAS PLAYAS DE CHIPIONA.
En esta fase 3, quedará aprobado el Plan de Contingencia requerido por la Junta de
Andalucía, se editará también un Bando específico para las Playas de Chipiona, con todas
las normas, recomendaciones y la organización para el cumplimiento de la seguridad y la
salud.
En Chipiona se autoriza y permite el tránsito y permanencia en las playas que se realizará
cumpliendo las normas y en todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e
higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en
particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al
menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene
de manos y etiqueta respiratoria.
Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa, tanto desde el punto de vista
medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas
establecidas por las autoridades sanitarias.

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Asimismo, se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo,
siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo          Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 9 de 11

mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.
Aunque se permite el baño, las playas de Chipiona en esta fase de actuación, va a ir
contando poco a poco con todos los servicios que aseguren la salud y la seguridad,
debido a que están en proceso de montaje y organización ya que el comienzo oficial de
apertura de la temporada de playas será desde el 15 de junio hasta el 31 de octubre,
pero al estar aun algunas zonas finalizándose, rogamos a todos los usuarios que estén
atentos a la información que se ira colocando,
Están habilitados unos servicios públicos mínimos e indispensable en las playas de la
Cruz del Mar y Playa de Regla, ampliando estos servicios al resto de las playas
dependiendo de todas las labores de montaje, y preparativos especiales para este verano.
Así como vigilancia por Policía Local y Guardia Civil, auxiliados por Protección Civil y
Vigilantes Municipales que se establecerán en la Junta Local de Seguridad

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Se recordará a los usuarios por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía las
normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la
instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.

En las zonas de estancia de los usuarios, se va establecer una distribución espacial para
garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios. Todos los
objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de
dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.

No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua ni
lavapiés, que estarán precintados. Las mascarillas son obligatorias siempre que no sea
posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, sobre
todo en los accesos a las playas.

Al estimar que la afluencia en nuestras playas en esta Fase 3 va a ser más numerosa, se
recomienda a todos los usuarios, que extremen las precauciones, que se guarden las
distancias al acceder a las playas por los diferentes accesos, esperando que esté libre y
dejando paso para guardar las distancias. En cuanto al aforo, se recomienda aplicar el
sentido común y la responsabilidad, colocando su sombrilla o toallas a una distancia de
dos metros del grupo que se encuentre. Hay playa suficiente en estos días para no
provocar aglomeraciones.

La Delegación de Playas del Ayuntamiento de Chipiona. Irá informando de las medidas
que se pondrán en marcha en la Fase siguiente y que serán de obligado cumplimiento,
solicitando la extrema colaboración ciudadana para cumplir las normas y
recomendaciones establecidas por la Junta de Andalucía

1. Quédate en casa si tienes síntomas.
2. Dúchate antes de ir a la playa y al llegar de la playa.
3. Desplázate con seguridad a la playa. Sigue las normas y recomendaciones de las
Autoridades en tu desplazamiento.
4. Planifica tu visita a la playa adecuadamente, extremando las medidas higiénicas
individuales (ropa y accesorios de baño limpios, utilizar una toalla por persona, mantener
higiene de manos, evitar tocarse las manos, nariz y boca, no tragar agua).
5. Mantén la distancia de seguridad para evitar contagios.

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6. No compartas objetos, como útiles de juego, con otras unidades de convivencia que
estén en la playa.                                                                           Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 10 de 11

7. Intenta permanecer no más de 4 horas en la playa en horario de mañana o tarde para
evitar aglomeraciones.
8. Usa bolsas para guardar los residuos sólidos, asegúrate de cerrarlas adecuadamente y
deposítalas en las papeleras y contenedores de basura de la playa. No permitas que las
basuras generen un serio peligro de contagio.
9. Ten una actitud responsable colaborando con el cumplimiento de las medidas de
protección adecuadas para cuidar tu salud. Obedece y respeta las indicaciones de los
servicios de salvamento y socorrismo. No fuerces su intervención alejándote de la orilla.
No te bañes en zonas prohibidas.
10. Pon especial atención a los carteles informativos acerca del COVID-19.

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CENTROS EDUCATIVOS
Los centros educativos de Chipiona estarán abiertos para las labores y realización de
funciones administrativas. Será responsabilidad de los directores de los centros
educativos determinar el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo las
tareas, debiendo garantizarse una distancia física de seguridad de dos metros.
Los ciudadanos que deseen realizar algún trámite deberán pedir cita previa llamando por
teléfono al centro en cuestión. Los plazos para la solicitud son los siguientes: Escuelas
infantiles del 26 de mayo al 10 de junio; segundo ciclo Infantil, Primaria, ESO,
Bachillerato y Educación Especial del 18 mayo al 1 de junio; comedor y aula matinal del
2 al 8 de junio. Se pueden realizar gestiones de manera presencial, siempre con cita
previa, o de manera telemática a través de la Secretaria Virtual en la web de la
Consejería: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/

Durante este periodo podrán mantenerse las actividades educativas a través de las
modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible y aunque no fuera esta
la modalidad prestacional educativa establecida como forma específica de enseñanza en
los centros

Esta parece ser que es la última fase de la desescalada antes de entrar de lleno en la
fase hacia la normalidad, ya va terminando con esta sexta prorroga el Estado de
Alarma entramos de lleno en el verano que es la época turística por excelencia de
Chipiona, y ahora más que nunca se solicita la colaboración ciudadana y el máximo
de respeto a todas las normas y recomendaciones. No podemos olvidar lo vivido en
estos tres meses tan rápidamente y tenemos que ser conscientes que la mejor
vacuna somos todos nosotros, que no existe Policía para estar junto a cada uno, que
es necesario que cada individuo cumpla las normas para hacer que la colectividad
disfrute de nuestras playas, nuestros paseos, nuestros bares, hostelería y comercios.

Han sido meses muy duros y en estos momentos hay un retraso administrativo y de
gestión producto de la paralización de todo un país que ha estado confinado. Solicito
paciencia, comprensión prudencia y sobre todo colaboración ciudadana máxima.

Vamos a seguir haciéndolo así de bien, y seguimos de nuevo agradeciendo desde
aquí toda la colaboración y el espíritu solidario que está demostrando nuestra
sociedad en todos sus aspectos. Todos juntos y unidos sacaremos adelante
CHIPIONA. Saldremos de esta crisis sin dejar a nadie atrás.

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              ¡¡ SIGAMOS CUMPLIENDO COMO HASTA AHORA¡¡
                                                                                            Documento perteneciente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Chipiona | Página 11 de 11

                           A fecha de la firma electrónica

                            EL ALCALDE PRESIDENTE

              D. LUIS MARIO APARCERO FERNÁNDEZ DE RETANA.

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