PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS - "SUMINISTRO DE GAS A LOS DIFERENTES CENTROS DE CONSUMO DE LA EMPRESA HUNOSA"

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
“SUMINISTRO DE GAS A LOS DIFERENTES
CENTROS DE CONSUMO DE LA EMPRESA
             HUNOSA”

                             Enero de 2021
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE GAS A LOS DIFERENTES CENTROS DE CONSUMO DE LA EMPRESA HUNOSA

      1.- OBJETO.

      El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas es servir de base para la
      contratación del suministro de gas a los diferentes centros productivos e instalaciones
      de HUNOSA.
      Actualmente el contrato de los diferentes puntos de suministro finaliza el 1 de marzo
      de 2021.

      2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE DEL CONTRATO

      El ámbito de aplicación se extiende a todos los puntos de suministro de gas que tiene
      HUNOSA y que están indicados en el anexo I, así como de las nuevas altas de
      suministro que se produjeran a lo largo del periodo de vigencia del contrato.
      Estos nuevos suministros que se contratasen, pasarán inmediatamente a formar
      parte del contrato con los precios y condiciones establecidos en el mismo según el
      tipo de tarifa o grupo de peaje que tuviera el nuevo suministro.
      En el caso de que, por error u omisión, en la lista facilitada se hubiera excluido alguna
      instalación existente en la actualidad con suministro, la misma se deberá integrar en
      la relación, dando suministro de gas y aplicando los precios y la tarifa ofertada para
      instalaciones similares.
      Se podrá dar de baja instalaciones actualmente existentes, por cese en la actividad de
      algún punto de suministro, por cesión o venta a terceros de alguna instalación, etc. En
      ese caso, se dejarán de pagar las facturaciones mensuales de las mismas, sin que la
      empresa adjudicataria tenga por ello derecho a ningún tipo de indemnización.
      HUNOSA pretende realizar, para cada uno de los citados puntos de toma, un nuevo
      contrato de suministro de gas de dos años de duración a partir del 1 de marzo de
      2021.
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      3.- CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

      El contrato constará de un único lote en el que estarán incluidos los diferentes
      suministros. Para dicho lote existirá un único adjudicatario según el criterio de
      valoración expuesto en el presente pliego.
      Para la facturación y por lo tanto para el estudio de las propuestas, se tienen en
      cuenta los siguientes conceptos para cada uno de los puntos de suministro:
      • Término fijo: correspondiente a cada una de las tarifas de acceso de los
          suministros objeto de este contrato. Los precios ofertados incluirán todos los
          peajes y cánones que les son de aplicación según lo señalado en el Real Decreto
          949/2001, de 3 de agosto, y sus posteriores modificaciones. El valor de éstos será
          el vigente en el día del fin del plazo de presentación de ofertas (IVA e Impuesto
          especial sobre Hidrocarburos excluidos).
      • Término variable: correspondiente a cada una de las tarifas de acceso de los
          suministros objeto de este contrato. Los precios ofertados incluirán todos los
          peajes y cánones que le son de aplicación según lo señalado en el Real Decreto
          949/2001, de 3 de agosto, y sus posteriores modificaciones. El valor de estos será
          el vigente en el día del fin del plazo de presentación de ofertas (IVA e Impuesto
          especial sobre Hidrocarburos excluidos).
      El presente contrato tendrá la modalidad de precio fijo para los términos variables,
      expresados en cent€/kWh. Esto es, las ofertas fijarán los costes totales de los
      términos variables de gas al que las empresas licitadoras se comprometen a prestar el
      servicio para cada tarifa.
      Para el cálculo del precio de adjudicación se tendrán en cuenta las siguientes
      consideraciones:
          a. Los precios ofertados para el Término Fijo se expresarán en euros por
              suministro y mes, con 2 decimales.
          b. Los precios ofertados para el Término Variable se expresarán en céntimos de
              euros por kWh, con 4 decimales.
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          c. Los precios, en ambos casos, se expresarán, exclusivamente, en forma
              numérica.
          d. No se admitirá ningún tipo de factor de corrección al alza en los precios
              ofertados, ya sea por consumo de gas u otras variables no reguladas. En
              ningún caso las ofertas podrán contener prescripciones que penalicen y
              puedan resultar gravosas o restrictivas para HUNOSA.
          e. Las variaciones de los precios de los peajes y cánones de las tarifas de acceso y
              cualquier otra variación o modificación de los demás conceptos, actividades y
              valores regulados que pudieran aprobarse normativamente durante el periodo
              de vigencia del presente contrato, serán trasladadas, directa e íntegramente, a
              los precios del suministro en la medida que les resulten de aplicación. Los
              precios actualizados serán comunicados a HUNOSA en el plazo máximo de
              quince días naturales desde su entrada en vigor.
          f. La tarifa de acceso, derechos de acometida, enganche, verificación y otros
              valores regulados que, de acuerdo con la normativa aplicable, corresponda
              percibir a la empresa distribuidora, serán a cargo de HUNOSA. El adjudicatario
              efectuará el pago de dichos valores regulados a la empresa distribuidora y lo
              repercutirá, sin cargos adicionales, a HUNOSA.
      Los precios de los peajes y cánones de las tarifas de acceso serán los vigentes a la
      fecha de formalización del contrato.
      Sin tener carácter exhaustivo, los siguientes conceptos estarán incluidos en los
      precios ofertados:
      • Coste del gas natural, incluyendo todos los peajes y cánones que le sean de
          aplicación.
      • Todos los impuestos, tasas y recargos que graven o puedan gravar en el plazo de
          vigencia del contrato, el suministro de gas natural, excluidos el Impuesto sobre el
          Valor añadido (IVA) y el Impuesto especial sobre los Hidrocarburos.
      • Costes de tramitación de contratos (incluidos trámites con la empresa
          distribuidora).
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      El presupuesto de adjudicación se obtendrá a partir de la siguiente fórmula:
                                              PA = Ʃ CSi, donde :
          • PA: presupuesto anual de adjudicación
          • CSi: coste anual para cada uno de los suministros.
      El coste para cada uno de los puntos de suministro se obtiene de la siguiente fórmula:
                                                 CSi=TFi+TVi+IHi+ALQi
      donde:
      • TF: importe anual del término fijo para cada suministro en función de su tarifa de
          acceso. Se trata de un concepto regulado, predeterminado y calculado en base a
          las tarifas de acceso. Valor dado en €/suministro y año. Los precios del término
          fijo correspondiente a cada tarifa de acceso serán los establecidos por la
          normativa vigente en cada momento.
              o El precio del término fijo para los peajes 3.X será el resultado de la
                  siguiente expresión:
                                            Tfijo =Tfc, siendo
                          Tfijo: precio del término fijo a facturar en €/mes
                          Tfc: término fijo del peaje de conducción en €/mes
              o El precio del término fijo para los peajes 2.X será el resultado de la
                  siguiente expresión:
                                       Tfijo =Tfr+Trc+Tfc, siendo
                          Tfijo: precio del término fijo a facturar en €/(kWh/día)/mes
                          Tfr: término fijo del peaje de regasificación en €/(kWh/día)/mes
                          Trc: peaje de reserva de capacidad de transporte y distribución en
                          €/(kWh/día)/mes
                          Tfc: término fijo del peaje de conducción en €/(kWh/día)/mes
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      • TV: importe anual del término variable, el cual se calcula multiplicando el precio
          del término variable ofertado por cada suministro en función de su grupo de peaje
          por el consumo anual estimado para cada suministro.
              o El precio del término variable objeto de oferta se expresará en cent€/kWh
                  con precisión de cuatro decimales, a proponer por la compañía licitadora
                  para cada tarifa o grupo de peaje y serán fijos durante el periodo de
                  vigencia del contrato. Los precios deberán ser firmes desde la presentación
                  de las ofertas hasta la adjudicación. Dichos precios fijos deberán venir
                  calculados según fórmula que incluya los siguientes peajes y cánones para
                  cada grupo de peaje:
                          Tvgnl: término variable del cánon de almacenamiento de GNL en
                          €/MWh/día
                          Tfas: término fijo del peaje de almacenamiento subterráneo en
                          €/(kWh)/mes
                          Tvr: término variable del peaje de regasificación en €/kWh
                          Tvcij: término variable del peaje de conducción en €/kWh
              o El consumo anual estimado vendrá dado según el anexo I en kWh.
      • IH: impuesto especial sobre hidrocarburos. Es el resultado de aplicar para cada
          suministro, el tipo de impuesto (0,65 €/GJ) al consumo estimado. El factor de
          conversión es 1 kWh = 0,0036 GJ. Dicho valor vendrá dado en €.
      • ALQ: importe anual del alquiler del equipo de medida de cada suministro. Valor
          dado en €/año según la legislación vigente. Se incluye el importe mensual actual
          para cada punto de suministro en el anexo II.
      • A efectos de valorar el coste total del contrato, la proposición económica
          contendrá para cada tipo de tarifa, además de los precios del término variable
          ofertados, el término fijo, el precio del alquiler del equipo de medida así como el
          impuesto especial sobre hidrocarburos. Todo ello en cumplimiento de la
          normativa vigente en el momento de la presentación de ofertas. Las ofertas se
          presentarán para los grupos de peaje 3.X y 2.X
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      En todo caso, el producto del término variable del kWh ofertado por el adjudicatario
      en cada punto de suministro por el consumo en ese punto, será el coste variable a
      imputar a HUNOSA por aplicación de este contrato, al que habría que sumar los
      conceptos establecidos reglamentariamente (término fijo, alquiler de equipos,
      impuesto especial sobre hidrocarburos, IVA).
      La proposición económica se expresará en una única oferta para cada punto de
      suministro o tarifa, incluyendo los contratos en vigor a nombre de HUNOSA. Dicha
      oferta contendrá los precios de los términos variables y también, al estar regulados,
      el término fijo, el alquiler de los equipos de medida y el impuesto sobre
      hidrocarburos.
      Para la adjudicación del contrato se partirá del cálculo del coste total estimado de
      cada uno de los puntos de suministro, de acuerdo con los consumos estimados
      tomando como referencia el consumo para cada suministro en el año 2020 e
      incluidos en el anexo I. Para el cálculo de dicho coste total, se tendrán en cuenta los
      siguientes conceptos: coste anual del término variable, coste anual del término fijo,
      coste anual del alquiler de los equipos de medida y coste anual del impuesto especial
      sobre hidrocarburos. Una vez obtenido el coste anual para cada uno de los puntos de
      suministro, se calculará el coste total del conjunto de suministros. Se asignará el
      contrato a la oferta cuyo coste total del conjunto de suministros sea el menor.
      Para lo anterior se utilizarán los modelos de plantilla de presentación de ofertas que
      figuran en el anexo III, y se calcularán los costes con los valores de gas consumidos
      durante el año 2020 y las tarifas contratadas, para cada punto de suministro que se
      especifica en el anexo I.
      La aplicación de los costes totales del kWh en cada punto de suministro a los
      consumos de gas del año 2020 indicados en el anexo I, servirá de base para la
      adjudicación y su cuantía total debe figurar de forma explícita en la oferta
      presentada. Esta cuantía no representa, sin embargo, más que una estimación de
      consumos y los correspondientes importes de los abonos a liquidar a consecuencia de
      este contrato, que en la práctica se ajustarán en todo caso a los consumos reales de
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      gas durante los periodos de facturación. Los licitadores deberán hacer mención
      expresa en sus ofertas a garantizar el suministro a la totalidad del gas demandado en
      cada punto de consumo durante el tiempo de vigencia del contrato, aunque estos
      consumos difieran de las cantidades expresadas en el anexo I del presente pliego,
      puesto que el consumo reflejado en dicho anexo sólo puede considerarse estimativo,
      y aunque el consumo final sea inferior o superior, el precio ofertado por kWh no
      podrá variar salvo variación en el coste de alguno de los componentes regulados que
      hayan sido tomados en consideración para el establecimiento del mismo.
      El adjudicatario asumirá cualquier variación del precio del gas en el mercado
      mayorista.
      A las posibles ampliaciones que pudieran tener lugar durante la vigencia del contrato,
      les serán de aplicación precios por kWh iguales a los del tipo de tarifa de los incluidos
      en el anexo I.
      Será obligación del adjudicatario realizar todas las gestiones que tengan que
      realizarse para dar de alta un punto de suministro nuevo o para el corte o suspensión
      del suministro de gas natural en algún punto de suministro.
      El adjudicatario deberá garantizar en todo caso un suministro adecuado a las
      instalaciones objeto de este pliego en todo momento.

      4.- CONTRATO DE ACCESO A LA RED

      El contrato de suministro de gas, comprenderá el correspondiente acceso y uso de la
      red, para lo que la empresa suministradora suscribirá el correspondiente contrato
      con la empresa distribuidora.
      La empresa adjudicataria realizará, en nombre de HUNOSA, y sin cargo alguno para
      ésta las siguientes actuaciones:
      • Contrato y pólizas de acceso a la red con la empresa distribuidora. En este
          contrato se especificará que la empresa comercializadora adjudicataria es la única
          responsable del pago de las tarifas de acceso al distribuidor.
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      El adjudicatario estará obligado a realizar todas las gestiones necesarias para realizar
      el cambio de comercializador.
      A la finalización del contrato de suministro, los contratos de acceso a redes seguirán
      vigentes y a nombre de HUNOSA y el adjudicatario presentará los certificados de las
      empresas distribuidoras de tener liquidados todos los pagos.

      5.- GARANTIA Y CALIDAD DEL SUMINISTRO

      Se estará a lo dispuesto en el Capítulo X del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
      diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
      comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas
      natural.
      La empresa adjudicataria efectuará un riguroso control sobre la calidad del suministro
      debiendo resolver con la compañía distribuidora las incidencias que pudieran
      producirse y asegurando la calidad y continuidad del servicio.
      El adjudicatario asesorará técnica y legalmente a HUNOSA ante la empresa
      distribuidora por posibles incumplimientos en la calidad del servicio en los aspectos
      de continuidad del suministro y calidad del producto según se regula en el Real
      Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre o cualquier otra legislación vigente que lo
      sustituya o complemente.

      6.- PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO EN LA CALIDAD DEL
      SUMINISTRO

      Las empresas distribuidoras serán las responsables del cumplimiento de los niveles de
      calidad individual para cada punto de consumo, y en lo referente a las consecuencias
      del incumplimiento por interrupción del suministro se atenderá al artículo 66 del Real
      Decreto 1434/2002.
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      En cada suministro, la empresa comercializadora adjudicataria, como firmante del
      contrato y pólizas de acceso, actuará frente a la empresa distribuidora ante cualquier
      incidencia o incumplimiento que se produzca en relación a la calidad del suministro
      descrita en la cláusula anterior de este pliego. Los descuentos reglamentarios que se
      apliquen por estos incumplimientos de la calidad del servicio individual al
      comercializador por parte de la empresa distribuidora serán directamente
      repercutidos en la facturación de la empresa adjudicataria a HUNOSA en el/los
      punto/s afectado/s.
      Independientemente de lo señalado en el párrafo anterior, HUNOSA, si se ve afectado
      por incumplimiento en la calidad de servicio, podrá reclamar la indemnización por
      daños y perjuicios que dicho incumplimiento le haya causado.

      7.- ATENCIÓN AL CLIENTE

      Las lecturas de los equipos de medida serán reales y con periodicidad mensual. La
      empresa adjudicataria pondrá a disposición de HUNOSA un canal de comunicación
      permanente y un gestor que garantice la adecuada atención, información y
      resolución de las posibles incidencias relacionadas con el suministro de gas. Esta
      persona responsable, siempre tendrá que estar localizada, todos los días de la
      semana y las 24 horas del día, para atender a cualquier problema que se pueda
      presentar.
      La empresa adjudicataria, a través de su gestor proporcionará a HUNOSA asistencia y
      asesoramiento en materia de contratación, facturación, calidad de suministro y
      demás aspectos. Realizará las gestiones de nuevas acometidas o bajas para los
      suministros con titularidad de HUNOSA.
      La empresa adjudicataria proporcionará a HUNOSA un acceso web en el que pondrá a
      disposición las facturas en formato electrónico.
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      8.- FACTURACIÓN

      La lectura y facturación será mensual y se realizará de forma separada para cada uno
      de los puntos de suministro. Todas las facturas generadas en un mismo mes, se
      enviarán a la vez en una sola remesa.
      Para cada punto de suministro, las facturas tendrán periodicidad mensual y se
      acompañarán del detalle de forma que se permitan conocer los siguientes datos:
              - Titular del contrato.
              - CUPS: código universal de punto de suministro.
              - Datos del suministro (según la denominación indicada por HUNOSA)
              - Dirección del suministro.
              - Nº de contrato.
              - Tarifa o grupo de peaje vigente.
              - Periodo de facturación.
              - Término variable.
              - Término fijo.
              - Impuesto especial sobre Hidrocarburos
              - Alquiler, en su caso, del equipo de medida.
              - Fecha y lectura actual.
              - Fecha y lectura anterior.
              - Consumo en m3
              - Factores de conversión utilizados
              - Consumo en kWh
      En cada factura se presentará desglosado el IVA expresando el tipo impositivo
      correspondiente. Las facturas se presentarán en papel y también en soporte
      informático.
      HUNOSA se reserva el derecho de devolver cualquier factura que no contenga todos
      estos datos o presenten cualquier otro defecto de cálculo o medición con la
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      implicación que ello supone con respecto a los plazos de pago e intereses de demora
      de dicha factura.
      Se presentarán también en formato de base de datos que permita realizar una
      contabilidad energética adecuada. En dicho archivo se expresarán mensualmente
      todos los conceptos anteriormente expuestos y al finalizar el contrato se incluirá la
      lectura de consumos de cada uno de los meses de vigencia por cada uno de los
      suministros.
      A fecha de inicio del contrato, se hará por la empresa adjudicataria una lectura inicial
      de los equipos de medida, la cual se facilitará a HUNOSA y que servirá de base para la
      primera facturación.
      En el supuesto de facturas erróneas éstas serán anuladas y sustituidas por nuevas
      facturas corregidas.

      9.- EQUIPOS DE MEDIDA

      La empresa adjudicataria trasladará en su factura el precio de alquiler de los equipos
      de medida que facture la empresa distribuidora y comprobará que este importe se
      corresponda con la legislación vigente.
      La empresa adjudicataria tramitará como interlocutor de HUNOSA con la compañía
      distribuidora cualquier servicio de inspección y mantenimiento de los equipos de
      medida que se requieran y contratándose éstos en la modalidad de alquiler según la
      normativa vigente y el presente pliego para cada suministro. Deberá encargarse
      también de que la compañía distribuidora los mantenga en perfecto estado de
      funcionamiento y de las reparaciones que fueran necesarias para su buen
      funcionamiento. Deberá comprobar que las lecturas sean reales y de validar
      mensualmente los registros de consumo.
      Deberá presentar en la factura correspondiente los precios del alquiler mensual de
      los equipos para cada suministro, que será la fijada por la normativa en vigor en el
      momento de la contratación.
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       En dichos precios se encuentran además del mantenimiento, inspección, control y
      verificación de equipos, cualquier otro concepto susceptible de facturación dentro
      del término de alquiler de equipos de medida.
      En caso de discordancias en los precios de alquiler de equipos o de lectura de la
      medición de los mismos, la empresa adjudicataria realizará todos los trámites
      necesarios con la empresa distribuidora para reclamar y subsanar los posibles
      errores.

      10.- DURACIÓN DEL CONTRATO

          • Desde: el 1 de marzo de 2021, o la concesión de la Tarifa de Acceso a redes por
              parte de la Empresa Distribuidora correspondiente y para cada punto de
              suministro correspondiente.
          • Hasta: 1 de marzo de 2023.

      La fecha de inicio del suministro será el día 1 de marzo de 2021, viniendo
      condicionada a la concesión por parte del transportista y distribuidor de gas de los
      contratos de acceso, de modo que en este caso el suministro comenzará en la fecha
      de entrada en vigor de dichos accesos, y su finalización para todos los puntos de
      suministro será el 1 de marzo de 2023.
      Al término de este periodo, Hunosa podrá acogerse a una prórroga con duración de
      dos meses adicionales como máximo, manteniéndose las condiciones económicas en
      vigor durante dicha prórroga, para realizar un nuevo concurso o para los trámites de
      cambio de comercializador.

      NOTA 1: Las condiciones del contrato podrán resolverse en algún punto de
                   suministro, sin penalización alguna, entre otras causas por lo siguiente:
                   • Cuando cese la actividad en algún punto de suministro, de forma
                      temporal o definitiva.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE GAS A LOS DIFERENTES CENTROS DE CONSUMO DE LA EMPRESA HUNOSA

                   • Cuando cese la actividad relacionada con la instalación del suministro,
                       de forma temporal o definitiva.
                   • Cuando se modifique el sistema de generación por uno que utilice
                      fuentes renovables.
                   • Cuando exista cesión o venta a terceros de alguna instalación.
      NOTA 2: en el caso de que durante el período de vigencia del contrato pudiera existir
                 la posibilidad de que se incorporase algún punto de suministro nuevo, se
                 realizaría una adenda para dichos puntos de suministro a dicho contrato con
                 las condiciones de precios y la tarifa ofertada para instalaciones similares.

                        11436926S PABLO FERNÁNDEZ                                      71764848H FELIPE GONZÁLEZ (R:
                        (C:A28185684)                                                  A28185684)
                                                                                       2.5.4.13=Notario: LUIS IGNACIO
                        cn=11436926S PABLO FERNÁNDEZ                                   FERNANDEZ POSADA/Num Protocolo:
                        (C:A28185684),                                                 4634/Fecha Otorgamiento: 20-12-2019,
                        givenName=PABLO,                                               cn=71764848H FELIPE GONZÁLEZ (R:
                                                                                       A28185684), givenName=FELIPE,
                        sn=FERNÁNDEZ MARTÍNEZ,                                         sn=GONZÁLEZ COTO,
                        serialNumber=IDCES-11436926S,                                  serialNumber=IDCES-71764848H,
                        title=JEFE DPTO. ENERGÍAS                                      title=DIRECTOR DE ENERGÍA Y
                                                                                       DESARROLLO DE NEGOCIO,
                        RENOVABLES, 2.5.4.97=VATES-                                    2.5.4.97=VATES-A28185684,
                        A28185684, ou=DPTO. ENERGÍAS                                   ou=DIRECCIÓN DE ENERGÍA Y
                        RENOVABLES, o=HULLERAS DEL                                     DESARROLLO DE NEGOCIO,
                        NORTE, S.A., S.M.E., c=ES                                      o=HULLERAS DEL NORTE, S.A.,S.M.E,
                                                                                       c=ES
                        2021.01.27 13:49:08 +01'00'                                    2021.01.27 13:49:23 +01'00'
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE GAS A LOS DIFERENTES CENTROS DE CONSUMO DE LA EMPRESA HUNOSA

                                                 ANEXO I
      1.- CARACTERÍSTICAS DE LOS SUMINISTROS DE GAS

      Los puntos de suministro objeto de este pliego son los siguientes:

        PUNTO DE
                                              DIRECCIÓN                                    CUPS
       SUMINISTRO
   POZO MARÍA LUISA             AVENIDA LAVIANA 9902, 33900 LANGREO               ES0201000010135434MS
       POZO SOTÓN            AVENIDA ANTONIO MACHADO 0, BJ, 33940 SAN
                                                                                  ES0201000005010101NW
        BOTIQUÍN                     MARTÍN DEL REY AURELIO
      C. FORMACIÓN           CALLE FRAY LUIS DE LEÓN 7, BJ, 33900 LANGREO         ES0201000005004057WF

    LAVADERO BATÁN                LUGAR PEÑA LA 9999, BJ, 33600 MIERES            ES0201000005007563QV

  OFICINAS GENERALES             AVENIDA GALICIA DE 44, 33005 OVIEDO               ES020100000599084WV

      C.T. LA PEREDA            LUGAR PEREDA -LA- 0, BJ A, 33682 MIERES            ES0217901000000357VS

      Se tomará como referencia para la petición y la consiguiente comparación de ofertas
      el consumo del último año, que aparece reflejado en la tabla siguiente:
                                                                    TARIFA        CONSUMO 2020
                    PUNTO DE SUMINISTRO               PRESIÓN
                                                                    ACCESO           (kWh)
                POZO MARÍA LUISA                           4            3.3             71.817
                POZO SOTÓN BOTIQUÍN                        4            3.3             97.649
                C. FORMACIÓN                               4            3.4            145.660
                LAVADERO BATÁN                             4            3.4             335.310
                OFICINAS GENERALES                         4            3.4             312.584
                C.T. LA PEREDA (*Nota 1 y Nota 2)         16            2.2            3.374.736
                                                                     TOTAL            4.337.756

      Nota 1: Para el caso de la Central Térmica de La Pereda, la cual está en la Tarifa 2.2, el
      consumo diario actual es de 13.100 kWh mediante un producto de capacidad
      indefinida y el caudal horario será de 25.500 kWh/h.

      Nota 2: Durante el año 2020, la tarifa de acceso del punto de suministro C.T. LA
      PEREDA fue ATR 2.3, debido a que el consumo de 2019 superó los 5 GWh, aunque lo
      habitual es que el consumo en dicho punto de suministro esté dentro de los
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      márgenes de la tarifa 2.2. De esta forma, se ha solicitado el paso a tarifa ATR 2.2, ya
      que durante el 2020 el consumo fue inferior a 5 GWh.
      Desde el 1 de enero de 2022, se llevará cabo la transformación de la Central Térmica
      de la Pereda, por lo que el consumo de gas será prácticamente nulo durante un plazo
      estimado de 6 meses.
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                                                ANEXO II

      El coste actual del alquiler de los equipos de medida de cada uno de los puntos de
      suministro objeto de este pliego son los siguientes:

                             PUNTO DE SUMINISTRO                  COSTE (€/mes)
                          POZO MARÍA LUISA                              9,41
                          POZO SOTÓN BOTIQUÍN                          0,58
                          C. FORMACIÓN                                 9,41
                          LAVADERO BATÁN                                0,58
                          OFICINAS GENERALES                           19,23
                                                                   Propiedad de
                          C.T. LA PEREDA
                                                                    HUNOSA
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                                                      ANEXO III
      Se deberá de presentar la oferta según las siguientes tablas:
                              Término fijo                                       €/año
                              POZO MARÍA LUISA
                              POZO SOTÓN BOTIQUÍN
                              C. FORMACIÓN
                              LAVADERO BATÁN
                              OFICINAS GENERALES
                              C.T. LA PEREDA

                              Término variable de energía                       c€/kWh
                              POZO MARÍA LUISA

                              POZO SOTÓN BOTIQUÍN

                              C. FORMACIÓN

                              LAVADERO BATÁN

                              OFICINAS GENERALES

                              C.T. LA PEREDA

                              Alquiler Equipo de Medida                          €/año
                              POZO MARÍA LUISA

                              POZO SOTÓN BOTIQUÍN

                              C. FORMACIÓN

                              LAVADERO BATÁN

                              OFICINAS GENERALES

                              C.T. LA PEREDA

      Se deberá de presentar también una tabla resumen con los cálculos de la facturación
      estimada, considerando el consumo anual de 2020:
                          Término fijo     Término variable de   Alquiler Equipo de       Impuesto de         TOTAL
      RESUMEN
                            (€/año)            energía (€/año)    medida (€/año)      hidrocarburos (€/año)   (€/año)

   POZO MARÍA LUISA
   POZO SOTÓN BOTIQUÍN
   C. FORMACIÓN
   LAVADERO BATÁN
   OFICINAS GENERALES
   C.T. LA PEREDA
   TOTAL

                                                                                             Oviedo, Enero de 2021
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