Proyecto de Reforma- Ley Impuesto al Valor Agregado (IVA) - COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Página creada Ubaldo Oyhambourou
 
SEGUIR LEYENDO
Proyecto de Reforma- Ley Impuesto al Valor Agregado (IVA) - COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Proyecto de Reforma- Ley Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Capacitación

                                                       17 de abril de 2018
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

       CONTENIDO
   •    Generalidades.
   •    ¿Quiénes son contribuyentes?
   •    ¿Cuál es el objeto del impuesto?
   •    Exenciones.
   •    No sujeciones.
   •    Tarifas.
   •    ¿Cómo se determina la base imponible?
   •    Crédito Fiscal.
   •    Prorrata general y prorrata especial.
   •    Consideraciones relevantes.

Diapositiva 2 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

GENERALIDADES
           El hecho generador del Impuesto es la venta de bienes y la prestación de servicios,
           realizadas de forma habitual.

                 La tarifa general es de 13% y existen tarifas reducidas, de un 4% y de un 2%.

                 El impuesto se determina por la diferencia entre el débito y el crédito fiscal.

           El contribuyente queda obligado a trasladar el débito fiscal a quien adquiera el bien o el
           servicio, el cual queda obligado a pagarlo.

Diapositiva 3 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

GENERALIDADES

          Se mantiene el Régimen Simplificado.

                Se adiciona el Art. 85 bis al CNPT, creando una multa de 2 salarios base, al contribuyente
                que se niegue a aceptar como forma de pago, medios electrónicos, como tarjetas de crédito
                o débito.

                Se debe hacer una liquidación parcial del impuesto a más tardar el día 15 natural de cada
                mes, mediante declaración jurada de las ventas correspondientes al mes anterior.

          Se retendrá un 6%, por los procesadores de tarjetas de débito y crédito.

Diapositiva 4 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                        ¿Quiénes son contribuyentes?
    Personas físicas,
  jurídicas o entidades
que realicen actividades
                                                          Compradores
   para intervenir en la
                                                       (destinatarios) de
producción, distribución,
                                                       servicios o bienes
   comercialización de
                                                      intangibles, cuando
    bienes y servicios.
                                                        el prestador está
                                Personas de          fuera de Costa Rica.
                            cualquier naturaleza,            (*)                Exportadores.
                                que efectúen                                                      Régimen de
                              importaciones de                                                     Tributación
                             bienes tangibles e                                                   Simplificada.
                                intangibles y
                                  servicios.

   (*) Siempre que el destinatario sea contribuyente de este impuesto, e independientemente del
   lugar donde se esté ejecutando el servicio.

Diapositiva 5 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

           ¿Cuál es el objeto del impuesto?

                      Venta de bienes                    Prestación de servicios
           a) Todos los bienes, excepto los              a) Prestados por contribuyentes
           exentos por ley, vendidos en                  de este impuesto, ubicados en
           Costa Rica.                                   Costa Rica.

                       Bien ≠ Mercancía                  b) Cuando el destinatario es
                                                         contribuyente de este impuesto,
                                                         esté ubicado en Costa Rica,
           b) Importación de bienes.                     aunque el prestador esté en otro
                                                         país y a pesar de que el servicio
                                                         sea prestado desde otro país.
                                                                    Inversión del
                                                                    sujeto pasivo

Diapositiva 6 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

             ¿Cuál es el objeto del impuesto?

            Prestación de servicios                Prestación de servicios
            c) Servicios relacionados con          e)      Actividades     culturales,
            bienes inmuebles, cuando estos         artísticas, deportivas, científicas,
            estén localizados en Costa             educativas, recreativas, juegos
            Rica.                                  de       azar     o      similares,
                                                   exposiciones comerciales y
                                                   servicios accesorios a los
            d) Transporte:                         anteriores.
            • Terrestre: por el trayecto
              hecho en CR.                         f) Telecomunicaciones, de radio
            • Marítimo y aéreo: cuando se          y televisión, por cualquier medio
              origine en CR.                       o plataforma tecnológica.

Diapositiva 7 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

           Aplicación de IVA según tipo de transporte
                      e inicio del recorrido
                                                             Tipo de transporte
 Servicio             Origen   Destino
                                              Terrestre            Marítimo            Aéreo
                                         Sujeción por el
                                                               Sujeción de todo Sujeción de todo
Exportación Costa Rica CAM               trayecto hecho en
                                                               el servicio      el servicio
                                         CR
                                         Sujeción por el
Importación CAM                CR        trayecto hecho en     No sujeción        No sujeción
                                         CR

Diapositiva 8 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                               Exenciones subjetivas
                                                           Asociación Pro –        Instituciones estatales
              Cruz Roja           Fundación Ayúdenos a
                                                          Hospital Nacional de      para-universitarias y
             Costarricense              Ayudar.
                                                                 Niños             de educación superior.

                                                         Juntas de Educación y
                                                            Administrativas de
                                   Sistema Nacional de
         Consejo Nacional de                              instituciones públicas
                                    Acreditación de la                             Cuerpo de Bomberos.
             Rectores.                                      de enseñanza del
                                   Educación Superior.
                                                               Ministerio de
                                                            Educación Pública

                                        EARTH.                  INCAE.

Diapositiva 9 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                 Exenciones objetivas
              Venta de bienes y
                   servicios
         - Canasta básica
         - Maquinaria y equipo                                                           Compras e
         agrícola, reencauches y                         Exportaciones                 Importaciones
         llantas para la maquinaria.                                            - Canasta básica
                                                   -    Exportaciones     de
         - Libros.                                 bienes y operaciones         - Introducción de bienes
         - Productos veterinarios,                 relacionadas con estas.      en depósitos aduaneros
         insumos agropecuarios.                    -    Venta de bienes y       o su colocación al
         - Energía (Igual o inferior               servicios      para     la   amparo de regímenes
         a 250 kw/h mensual) y                     exportación     y    entre   aduaneros.
         agua residencial (menor a                 beneficiarios de ZF.         -     Reimportación   de
         30m3).                                    - Servicios prestados por    bienes – 3 años después
         - Sillas de ruedas, equipo                contribuyentes de IVA,       a su exportación.
         ortopédico, servicios de                  cuando se utilicen fuera     - Bienes y servicios
         apoyo para personas con                   de CR.                       destinados       a   ser
         discapacidad.                                                          utilizados por ZF.
         - Transporte de pasajeros
         regulado por ARESEP.

Diapositiva 10 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                             Exenciones objetivas

        Comisiones e intereses             Comisiones e intereses
           sobre préstamos                     sobre préstamos
             realizados por:                    realizados por:             Arrendamientos
       - Entidades con licencia           - Entidades financieras     - Destinados a vivienda,
       de operador financiero.            reguladas, supervisadas o   si el monto mensual es
       -Centros Agrícolas                 fiscalizadas por            menor que 1 SB.
       Cantonales.                        superintendencias o         - Organizaciones
       - Cooperativas                     dependencias a cargo del    religiosas de cualquier
       Agropecuarias y                    Consejo Nacional de         credo por el alquiler del
       Agroindustriales.                  Supervisión del Sistema     local o establecimiento
                                          Financiero.                 en los que realice su
       - Entes Públicos No                                            culto.
       Estatales del Sector
       Agropecuario.                      - Créditos para
                                          descuentos de facturas.

Diapositiva 11 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                          No sujeciones
       Los traspasos de bienes inmuebles y muebles registrales gravados con el impuesto a la transferencia.

             La transmisión de la totalidad del patrimonio o una o varias líneas de negocio del contribuyente, en casos de
             reorganización empresarial, cuando el adquiriente continúe en el ejercicio de las mismas actividades del transmitente.

               Las prestaciones de servicios de demostración a título gratuito efectuadas para la promoción de las actividades
               y las muestras gratuitas.

             Servicios de radio y televisión con fines de interés social.

       El suministro de impresos u objetos de carácter publicitario, sin que medie contraprestación.

Diapositiva 12 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                       No sujeciones
          Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia.

               El suministro de bienes y prestaciones de servicios realizados directamente por los entes públicos, sin
               contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria.

               El suministro de bienes y prestaciones de servicios a titulo gratuito, que sean obligatorios para el
               contribuyente, en virtud de las normas jurídicas y los convenios colectivos.

          La venta de combustibles; las materias primas e insumos utilizados en los procesos de refinación y fabricación,
          incluso la mezcla y el combustible consumido en el proceso productivo para la obtención de los productos listos
          para la venta que expende RECOPE

Diapositiva 13 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

   Tarifas:                   General: 13%                                  Reducidas: 4% y 2%
                    • Comisiones pagadas a las operadoras de pensiones establecidas de conformidad con la Ley de Protección al Trabajador.

                    • Compra de boletos aéreos cuyo punto de origen y destino sea Costa Rica.

                    • Servicios de a) salud privados, b) educación privada y c) Seguridad privada residencial.
Tarifa de 4%
                    • Primas de seguro personales, riesgos del trabajo, agropecuarios y de viviendas de interés social.

                    • Compra de empaque y embalaje y materia prima para producir estos últimos.

                    • Maquinaria y equipo que no se encuentren exentos del pago de este impuesto y sean utilizados para la producción de
                      bienes establecidos en la canasta básica.

                    • Servicios utilizados en la producción de productos agropecuarios, agroindustriales, agroindustriales, acuicultura y pesca no
Tarifa de 2%          deportiva, entre otros.
                            *No estarán sujetos a tarifa reducida los servicios de este tipo, prestados por profesionales liberales, los    cuales
                            estarán sujetos a la tarifa general de este impuesto.

 Diapositiva 14 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                Base Imponible
          Venta de bienes

         • Precio de venta + tributos y gravámenes de cualquier clase que recaigan sobre tales
           bienes.

          Arrendamiento con opción de compra

         • Precio de venta, que debe ajustarse al precio normal de mercado.

          Autoconsumos

         • Costo de la mercancía o servicio.

Diapositiva 15 de 31                                4 de 37
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                     Base Imponible
              Permutas

              • Precio de venta que se habría acordado en condiciones normales de mercado y en la
                misma fase de producción o comercialización, entre partes independientes.

              Operaciones entre partes vinculadas

              • El precio neto de venta debe ajustarse al valor normal de mercado que pactarían
                partes independientes, siempre que se produzca un perjuicio fiscal   .

Diapositiva 16 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                                    Base Imponible
              Préstamos

                                           Contradicción
                                          jurídica con Ley
              • Valor de los intereses.         9449

              Importaciones

              • Valor CIF + derechos de importación + ISC + Imp. Específicos + cargos de la póliza o
                formulario aduanero.

Diapositiva 17 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

 Exclusiones de la Base Imponible

                                                                           Gastos financieros que se facturen y
                                                                           contabilicen por separado, siempre
                                     Valor de servicios prestados con      que la tasa de interés no supere 3
Descuentos comerciales, usuales y                                          veces el promedio de las tasas
                                     motivo de venta de bienes gravados,
generales, que se consignen por                                            activas de los bancos del SBN o, sin
                                     siempre que sean suministrados por
separado del precio de venta en la                                         superarlo, el financiamiento no sea
                                     terceras personas y se facturen y
factura.                                                                   el resultado de reducir el precio de
                                     contabilicen por separado.
                                                                           la mercancía por debajo del precio
                                                                           de contado.

   Diapositiva 18 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
                                 Créditos Fiscales
           Concepto

         • El crédito fiscal nace en el momento en que, con posterioridad a que ocurra el
           hecho generador, el contribuyente dispone de la correspondiente factura, los
           comprobantes de pago de este impuesto en aduanas, según corresponda o
           cuando se trate de descuentos en otro documento expedido por el contribuyente,
           en las condiciones que se determine reglamentariamente.

         • Cuando el crédito fiscal sea mayor que el débito en un período fiscal, la diferencia
           constituye un saldo del impuesto a favor del contribuyente que podrá
           compensarse.

Diapositiva 19 de 31                                                                              19
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

            Crédito Fiscal – ¿Cuándo NO procede?
                                                                           Cuando las compras no estén debidamente
                                                                           documentadas o no tengan:
                                                                           • Factura original
              Adquisiciones o importaciones de bienes o                    • Documento en el que conste el impuesto
              servicios que no estén vinculadas, directa y                   pagado (en importaciones).
                     exclusivamente a su actividad.                        • Factor que determine la AT por
                                                                             Resolución, en caso de recaudación a
                                                                             nivel de fábrica, mayorista o aduana.

                           No procede en la adquisición de:
                           • Joyas, alhajas, piedras preciosas, perlas naturales o cultivadas, objetos
                             elaborados con oro o platino.
                           • Alimentos, bebidas y tabaco.
                           • Espectáculos y servicios de carácter recreativo.
                           • Servicios de desplazamiento o viajes, hotelería y alimentación
                           • Vehículos con placa que no sea de equipo especial.

Diapositiva 20 de 31                                            4 de 37
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

              Crédito Fiscal – ¿Cuándo SÍ procede?
                 En la adquisición de bienes y servicios utilizados en la realización de operaciones sujetas y
                 no exentas.

                       Cuando se hayan realizado operaciones con instituciones del Estado, o con entes
                       públicos o privados, que por disposición en leyes especiales gocen de exención de este
                       tributo, cuando tales operaciones hubieran estado de otro modo sujetas y no exentas.

                 En la adquisición de bienes y servicios utilizados en la realización de operaciones con tarifa
                 0% por exportaciones.

Diapositiva 21 de 31                                     4 de 37
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

           Crédito Fiscal – Prorrata General. Art 22
                                                                   Crédito pleno         Identificación
                                        Operaciones con derecho    (100% contra            específica
                                             a crédito fiscal      el       débito
                                                                   fiscal).

          Bienes/Servicios              Operaciones sin derecho    No hay crédito
             adquiridos                     a crédito fiscal       fiscal. El impuesto
                                                                   pagado es costo o
                                                                   gasto.

                                                                   Derecho     al     crédito    parcial,
                                        Operaciones mixtas (con    únicamente      en    la   proporción
                                         y sin derecho a crédito   correspondiente a las operaciones
                                                  fiscal)          con derecho a crédito del periodo
                                                                   sobre el total de operaciones. El
                                                                   resto es costo o gasto.
Diapositiva 22 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

          Crédito Fiscal – Prorrata General. Art 23
NUMERADOR:
                                                         Exclusiones de la relación:
Monto total anual de
operaciones con derecho a                                •

                                   %
                                                             Operaciones realizadas desde
crédito                                                      establecimientos permanentes, situados
                                                             fuera de Costa Rica.
DENOMINADOR:
                                   Será la fijada como
Monto total anual de                                     •   Importe de las ventas y exportaciones de
                                   definitiva para el
operaciones (con y sin                                       bienes de capital que el contribuyente
                                   año calendario
                                                             haya utilizado en su actividad.
derecho a crédito fiscal,          precedente
impuesto cobrado a nivel           (Estimación)
                                                         •   Importe de operaciones inmobiliarias o
de fábrica o aduanas,                                        financieras que no constituyan actividad
operaciones no sujetas del                                   habitual.
art. 9 inciso 1)
                                                         •   Operaciones no sujetas, excepto las del
                                                             Art 9 inciso 1)

 Diapositiva 23 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Crédito Fiscal en operaciones sujetas a tarifa reducida
 La determinación del crédito fiscal en operaciones de tarifa reducida debe realizarse de la
 siguiente manera:

 El crédito fiscal será el que resulte de aplicar la tarifa reducida a la base imponible del
 impuesto pagado en la adquisición de bienes y servicios utilizados en la realización de las
 operaciones sujetas al tipo reducido.

 Cuando se trate de bienes o servicios utilizados indistintamente en operaciones con derecho
 a crédito fiscal pleno y en otras operaciones, se seguirán las reglas del Art. 22 (Prorrata
 General) para determinar la parte de impuesto que ha sido pagada, pero a la que se le
 aplican la limitaciones del párrafo anterior (Prorrata Especial).

 Diapositiva 24 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Declaración anual con liquidación mensual provisional – Art 24

  En la declaración del impuesto correspondiente al mes de diciembre, el contribuyente
  calculará la proporción definitiva en función de las operaciones realizadas en el
  correspondiente año calendario. Ésta se aplicará a la suma del impuesto pagado durante el
  año correspondiente.

  En función de este resultado de crédito definitivo, el contribuyente practicará el ajuste del
  crédito provisional en la liquidación del impuesto correspondiente al mes de diciembre.

 Diapositiva 25 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

   Crédito Fiscal – Plazo y formas de aplicarlo
   • Plazo de prescripción: 4 años.

   • Si en un mes hay saldo a favor, dicho saldo se transfiere al mes siguiente y se suma al
     crédito fiscal originado en ese mes.

   • Si el contribuyente prevé que no va a originar un débito fiscal en los tres meses
     siguientes, que le permita absorber su crédito fiscal, puede:
       a) Compensar – Art 45 CNPT
       b) Solicitar devolución – Art 47 CNPT

   • Si el contribuyente acumula créditos fiscales porque realiza compras gravadas y ventas
     exentas en una cuantía superior al 75% del total de sus operaciones con derecho a
     crédito, puede:
       • Solicitar devolución expedita del crédito – Debe inscribirse en un registro especial.
       • En el caso de exportaciones: sistema de devolución automática.

Diapositiva 26 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

                       Entrada en vigencia
  • Rige 6 meses después de la publicación de la Ley.

  • El Poder Ejecutivo emitirá en un plazo no mayor que 6 meses, las
    disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la
    Ley.

Diapositiva 27 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

     Consideraciones relevantes (transitorios)
            Se entenderán gravados los servicios prestados con posterioridad a la entrada en vigencia de esta Ley, aun
            cuando el acto, convenio o contrato que los origina se hubiera suscrito con anterioridad. En la porción del
            servicio que reste por prestar.

                  Se cuenta con 3 meses posteriores a la publicación de la Ley para que los contribuyentes actuales que
                  presten servicios sujetos a IVA amplíen sus actividades inscritas ante la DGT.

                  Para efectos de aplicación de la prorrata, los contribuyentes que realicen operaciones con y sin derecho a crédito,
                  deberán utilizar la información correspondiente a las operaciones del año anterior, como si las operaciones se
                  hubieran encontrado sujetas a las nuevas disposiciones contenidas en esta Ley.

            Se podrán cancelar deudas devengadas al 30 de septiembre de 2016, por un periodo de dos meses a partir
            del primer día del mes siguiente de la publicación de la ley, con exoneración total de intereses y sanción por
            mora.

Diapositiva 28 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

    Consideraciones relevantes (transitorios)

                       Mientras no se cuente con un sistema de devoluciones automáticas de créditos fiscales, la DGT se
                       encuentra facultada para otorgar órdenes de compra autorizadas sin impuesto .

                       En un año a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el Ministerio de Hacienda deberá
                       poner en operación el sistema para devolver la totalidad del impuesto pagado por servicios de salud,
                       exceptuando los servicios de hospitalización y cirugía. Hasta tanto no esté en operación este
                       sistema, los servicios de salud gravados se mantendrán exonerados.

Diapositiva 29 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
                       Consideraciones relevantes (Sector Construcción)
                                      • Prestados a los proyectos registrados en el CFIA, antes y durante 3
                                        meses después de la vigencia de la Ley que cuenten con los planos
                                        debidamente visados por el CFIA, estarán exentos del IVA, durante el
       Los servicios de ingeniería,     primer año de vigencia de la Ley.
        arquitectura, topografía y
        construcción de obra civil    • Prestados a proyectos registrados en el CFIA, estarán sujetos a una
                                        tarifa reducida 4% durante el primer año de vigencia de la Ley, la cual
                                        se incrementará en 4% para el tercer año de vigencia de la Ley. A partir
                                        del cuarto año de vigencia, se aplicará la tarifa general del IVA

                                      • Durante el lapso de tiempo que rija la aplicación de la exención y la
                                        tarifa reducida del impuesto prevista en el transitorio, estarán sujetos
Los servicios que no se encuentren      a la tarifa general del IVA.
 registrados en los términos aquí
             previstos                • El CFIA suministrará la información correspondiente, en la forma y
                                        las condiciones que determine la Administración Tributaria.

Diapositiva 30 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

            Consideraciones relevantes- Sector turismo
            Tratamiento especial
            • La lista taxativa de servicios turísticos, prestados por quienes se encuentren debidamente inscritos
              ante el ICT, estarán exentos del IVA, durante el primer año de vigencia de la Ley.

            • Estarán sujetos a una tarifa reducida del 4% durante el primer año de vigencia de la Ley, la cual se
              incrementará en 4% durante el tercer año de vigencia de esta Ley.

            • A partir del cuarto año de vigencia de la Ley, estarán sujetos a la tarifa general del IVA.

            • Los servicios que no se encuentren registrados ante el ICT, estarán sujetos a la tarifa regular.

            Servicios turísticos
            • Alquiler de automóviles o "Rent a Car" y alquiler de triciclos o cuadraciclos.
            • Agencia de viajes emisoras, receptivas y mayoristas
            • Guía turístico
            • Transporte turístico
            • "Canopy“, “Rafting”, "Surf“, "Kayaking“ y "Bungee"
            • Paseos en bote y Teleféricos

Diapositiva 31 de 31
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

       Proyecto de Reforma-
Ley Impuesto al Valor Agregado (IVA)
              Capacitación
                Abril 2018
También puede leer