Buenas prácticas de Protección Social en contexto COVID-19: una contribución al Plan de Recuperación, Reconstrucción Social y Resiliencia de ...
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“Buenas prácticas de Protección Social en contexto COVID-19: una contribución al Plan de Recuperación, Reconstrucción Social y Resiliencia de Centroamérica y República Dominicana” Guatemala 17 de septiembre 2020
DECRETO 13 2020 Congreso de la República Artículo 1 Base Legal • Tiene por propósito, establecer los mecanismos para compensar y mitigar la crisis económica ante la presencia de la pandemia del Covid 19 dentro del territorio nacional • Se aplicarán como medidas de compensación social orientadas a los habitantes de la República, con énfasis en la población más vulnerable Artículo 2 • Crea el Fondo denominado Bono Familia, con el objeto de apoyar a la población más afectada económicamente por las medidas de emergencia, derivadas de la pandemia COVID 19. • Será ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social, por medio del sistema bancario, quienes facilitarán la apertura de cuentas monetarias así como la entrega del beneficio • El Fondo se constituirá con un monto de hasta seis mil millones de quetzales (Q 6 000 000 000 00 para otorgar aportes de hasta de mil quetzales (Q 1 000 00 ACUERDO GUBERNATIVO 57-2020 Aprobación del Reglamento del Fondo Bono Familia
FOCALIZACIÓN Objetivo • Apoyar a la población más afectada económicamente por las General medidas de emergencia, derivadas de la pandemia COVID-19. Población • Usuarios con consumo de energía eléctrica por debajo de 200 kWh Beneficiaria según la factura del mes febrero 2020. Criterios de • Personas en pobreza. Priorización • Madres solteras u hogares mono parentales. • Adultos mayores. • Personas con discapacidad. • Personas con enfermedades crónicas y degenerativas. • Familias con niños o niñas en estado de desnutrición • Concentración de fuerza laboral por departamento.
FONDO BONO FAMILIA Criterios de 1. Servidores públicos. Exclusión 2. Quienes cuenten con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público. 3. Quienes reciban beneficios derivados de cualquier sistema de pensiones, incluyendo a las clases pasivas del Estado. 4. Quienes reciban pensiones por el instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Casos • No deberán superar el 10% del total de beneficiarios, aquellas personas o Especiales familias que no gozan del servicio de energía eléctrica y que por su condición socioeconómica deban ser incluidas en el Bono Familia.
COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PLATAFORMA TECNOLÓGICA Costo para el Mides Q. 0.00 Coordinación primaria Coordinación secundaria
ACTUALIZACIÓN DE DATOS BONO FAMILIA EJECUCIÓN FINANCIERA PORCENTAJE VIGENTE EJECUCIÓN Q 6,000,000,000.00 82.38% EJECUTADO Beneficio Q 4,942,673,000.00 2 millones 653 mil 276 hogares
PROGRAMA DE APOYO ALIMENTARIO Y PREVENCIÓN DEL COVID 19 • Decreto 12-2020: Ley para Proteger a los Guatemaltecos de los Efectos Causados por la Pandemia BASE Coronavirus COVID-19: “Programa de Apoyo Alimentario y Prevención del COVID-19”. (Literal B, artículo 15). LEGAL • Acuerdo Gubernativo 60-2020: Reglamento del Programa de Apoyo Alimentario y Prevención del COVID-19.
PROGRAMA DE APOYO ALIMENTARIO OBJETIVO GENERAL: • Contribuir a las acciones implementadas por el Estado de Guatemala para garantizar el derecho humano de alimentación de familias afectadas por las restricciones a la libre locomoción y cordones sanitarios decretadas por el Estado de Calamidad Pública, como medida para reducir la propagación de la pandemia COVID-19.
APORTE A ENTREGAR Entrega de productos de la canasta básica alimentaria, basado en recomendación de SESAN para familia de 5 integrantes por 30 días. o Ministerio de Desarrollo Social priorizará áreas urbanas
IDENTIFICACIÓN DE USUARIOS El alcalde coordina con miembros del COE Municipal, COCODES y líderes comunitarios para elaborar la base de datos de posibles beneficiarios, quienes la digitalizarán y trasladarán posteriormente a la plataforma del programa priorizando: • Lugares identificados con alertas sanitarias del COVID-19 por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social • Familias que no cuentan con energía eléctrica del sistema nacional interconectado. • Familias con adultos mayores (60 años en adelante). • Familias con personas con discapacidad. • Personas de la tercera edad que se encuentren o no en asilos o centros de cuidado (60 años en adelante). • Familias con niños y niñas menores de 5 años de edad.
DOTACIÓN ALIMENTARIA Costo 591 mil hogares para Q 350 millones 3 un total de Millones de personas La compra de los insumos para la dotación de alimentos será a través del Programa Mundial de Alimentos, según convenio MIDES-PMA, el cual ya fue firmado para iniciar la ejecución. La base de datos será definida y coordinada a través del sistemas SCOPE con el propósito de transparentar y evitar duplicidad de usuarios.
ENTREGA DE APOYO ALIMENTARIO EJECUCIÓN FINANCIERA PORCENTAJE FISICO VIGENTE 591mil raciones de Q 350,000,000.00 alimentos para una familia de 5 miembros Zacapa por 30 días Se traslado el 100 % del presupuesto al Programa Mundial de Alimentos.
FONDO COMERCIO POPULAR
OBJETIVO Contribuir a la atención de personas y familias afectadas o en riesgo provocado por la pandemia COVID-19, a través de la entrega de un apoyo económico ÚNICO de Q 1,000,00 que les permita subsanar las necesidades básicas inmediatas posterior a la declaración del Estado de Calamidad Pública.
FOCALIZACIÓN Personas y familias afectadas o en riesgo provocado por la pandemia COVID-19 residentes en áreas urbanas y rurales, según listados presentados por las MUNICIPALIDADES de todo el país y/o entidades que se establezcan para el efecto, debidamente certificados, foliados, sellados y con su respectiva Declaración Jurada. Los sectores a considerar dentro de estas entidades son: • Economía informal (vendedores ambulantes, lustradores, voceadores de periódico). • Personas que se desempeñan como pilotos y ayudantes del transporte público urbano, extraurbano, transporte de turistas (exceptuando personal de transmetro y transurbano) • Personas pertenecientes a asociaciones de vendedores no establecidos en lugar específico. • Personas que desarrollan actividades económicas que a raíz de la emergencia paralizaron sus labores y no tienen ingresos. • Personas que viven en condición de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad.
REQUISITOS DE INGRESO Las Municipalidades y/o entidades serán las responsables de generar y certificar los listados de personas y/o usuarios que serán beneficiados por el programa, de acuerdo a sus propios criterios y requisitos de inclusión. Los listados deberán ser enviados de manera fisica y digital al Fodes, cumpliendo con los requisitos mínimos enumerados en las siguientes literales. a) Número correlativo f) Dirección b) Número de celular g) Zona c) Nombre completo h) Municipio d) Número de DPI i) Fecha de Nacimiento e) Monto a pagar j) Actividad económica
MECANISMOS DE CANJE La acreditación del monto único de UN MIL QUETZALES (Q. 1,000.00) a las personas beneficiadas, se realiza de conformidad con los lineamientos establecidos y aprobados de manera conjunta por el Ministerio de Desarrollo Social y la entidad bancaria, a través de mensajes de texto que son enviados al número de celular registrado.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS COMERCIO POPULAR EJECUCIÓN FINANCIERA PORCENTAJE EJECUCIÓN VIGENTE 100% Q 100,000,000.00 Beneficio EJECUTADO Aporte único de Q 100,000,000.00 Q 1,000 A 100 mil familias
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