Comunidad Autónoma de Galicia
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No está permitida la reproducción total o parcial de este libro, su tratamiento informático, la transmi- sión de ningún otro formato o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro y otros medios, sin el permiso previo de los titulares del copyright. © CTO EDITORIAL, S.L. C/Núñez de Balboa, 115; 28006 Madrid Tfno: 91 782 43 30 Fax: 91 782 43 43 E-mail: ctoeditorial@ctomedicina.com Página Web: www.ctomedicina.com ISBN: 978-84-92523-31-3 II
COORDINACIÓN DE LA OBRA AUTORES
AMPARO BRAVO MALO AMPARO BRAVO MALO
Doctora en Medicina y Cirugía Doctora en Medicina y Cirugía
Diploma en Salud Pública por la Diploma en Salud Pública por la Universidad de
Universidad de Montreal. Canadá. Montreal. Canadá.
Fellow en Epidemiología por la Fellow en Epidemiología por la Universidad de
Universidad de Texas. EEUU. Texas. EEUU.
Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria
Centro de Salud Gregorio Marañón. Centro de Salud Gregorio Marañón. Área 8. Madrid.
Área 8. Madrid.
BEGOÑA ZAFRA DE GEA
Licenciada en Medicina y Cirugía por la Facultad
de Medicina de la U.A.M.
Máster en Epidemiología y Salud Pública por la
Facultad de Medicina de la Universidad Complu-
tense de Madrid.
IIIIV
Índice
1. El Estatuto de Autonomía de Galicia: estructura y contenido.
El Parlamento, la Xunta y su Presidente. La Administra-
ción pública gallega 1
2. El personal estatutario del SERGAS. Provisión y selección
de plazas. Régimen retributivo. Jornada de trabajo 9
3. La Ley de Ordenación Sanitaria de Galicia. El Sistema Sa-
nitario de Galicia. Competencias de las administraciones
públicas de Galicia. El Servicio Gallego de Salud 27
4. La Atención Primaria de salud. Concepto y características
generales. La ordenación de la Atención Primaria en la
Comunidad Autónoma de Galicia. Órganos de dirección
Atención Especializada. La ordenación de la Atención
Especializada en la Comunidad Autónoma de Galicia 45
5. Salud Laboral: principales riesgos en las II.SS. y medidas
de prevención. Principios básicos del Plan general de PRL
en el Sergas. Ergonomía: principos básicos de ergonomía 49
VVI
1.1 Título Preliminar Artículo 5
1. La lengua propia de Galicia es el gallego.
1
Artículo 1 2. Los idiomas gallego y castellano son oficiales
1. Galicia, nacionalidad histórica, se constituye en Galicia y todos tienen el derecho de cono-
en Comunidad Autónoma para acceder a su cerlos y usarlos.
autogobierno de conformidad con la Cons- 3. Los poderes públicos de Galicia garantizarán
titución Española y con el presente Estatuto, el uso normal y oficial de los dos idiomas y
que es su norma institucional básica.
2. La Comunidad Autónoma, a través de insti-
potenciarán la utilización del gallego en to-
dos los órdenes de la vida pública, cultural e
El Estatuto de
tuciones democráticas, asume como tarea informativa, y dispondrán los medios nece- Autonomía de
principal la defensa de la identidad de Galicia
y de sus intereses y la promoción de solidari-
sarios para facilitar su conocimiento.
4. Nadie podrá ser discriminado por razón de la Galicia:
dad entre todos cuantos integran el pueblo
gallego.
lengua.
Estructura y
3. Los poderes de la Comunidad Autónoma de Artículo 6 contenido
Galicia emanan de la Constitución, del pre- 1. La bandera de Galicia es blanca con una ban-
sente Estatuto y del pueblo. da diagonal de color azul que la atraviesa
desde el ángulo superior izquierdo hasta el
El Parlamento,
Artículo 2 inferior derecho. la Xunta y su
1. El territorio de Galicia es el comprendido en
las actuales provincias de La Coruña, Lugo,
2. Galicia tiene himno y escudo propios.
Presidente
Orense y Pontevedra.
2. La organización territorial tendrá en cuenta
Artículo 7
1. Las Comunidades gallegas asentadas fuera
La Administración
la distribución de la población gallega y sus de Galicia podrán solicitar, como tales, el re-
conocimiento de su galleguidad entendida
pública gallega
formas tradicionales de convivencia y asen-
tamiento. como el derecho a colaborar y compartir la
3. Una Ley del Parlamento regulará la organiza- vida social y cultural del pueblo gallego. Una
ción territorial propia de Galicia, de acuerdo Ley del Parlamento regulará sin perjuicio
con el presente Estatuto. de las competencias del Estado el alcance y Amparo Bravo Malo
contenido de aquel reconocimiento a dichas
Artículo 3 Comunidades que en ningún caso implicará
1. A los efectos del presente Estatuto, gozan de la concesión de derechos políticos. Manual CTO Atención Primaria
la condición política de gallegos los ciudada- 2. La Comunidad Autónoma podrá solicitar Preparación de Oposiciones
nos españoles que, de acuerdo con las Leyes del Estado español que para facilitar lo dis-
generales del Estado, tengan vecindad admi- puesto anteriormente celebre los oportunos
nistrativa en cualquiera de los Municipios de Tratados o convenios con los Estados donde
Galicia. existan dichas Comunidades.
2. Como gallegos, gozan de los derechos políti-
cos definidos en este Estatuto los ciudadanos Artículo 8
españoles residentes en el extranjero que Una Ley de Galicia, para cuya aprobación se re- Índice
hayan tenido la última vecindad adminis- querirá el voto favorable de las dos terceras par-
trativa en Galicia y acrediten esta condición tes de los miembros de su Parlamento, fijará la
en el correspondiente Consulado de España. sede de las instituciones autonómicas
1.1 Título Preliminar
Gozarán también de estos derechos sus des-
cendientes inscritos como españoles, si así lo 1.2 Título I: Del Poder Gallego
solicitan, en la forma que determine la Ley 1.2 TÍTULO I: Del Poder Gallego 1.3 Título II: De las Competencias de
del Estado. Galicia
Artículo 9
Artículo 4 1. Los poderes de la Comunidad Autónoma se 1.4 Título III: De la Administración
1. Los derechos, libertades y deberes funda- ejercen a través del Parlamento de la Junta y Pública Gallega
mentales de los gallegos son los establecidos de su Presidente. 1.5 Título IV : De la Economía y la
en la Constitución. 2. Las Leyes de Galicia ordenarán el funciona- Hacienda
2. Corresponde a los poderes públicos de Ga- miento de estas instituciones de acuerdo con
licia promover las condiciones para que la la Constitución y el presente Estatuto.
1.6 Título V : De la Reforma
libertad y la igualdad del individuo y de los 1.7 Disposiciones adicionales
grupos en que se integran sean reales y efec- 1.8 Disposiciones transitorias
tivas remover los obstáculos que impidan o
dificulten su plenitud y facilitar la participa- Capítulo I: Del Parlamento
ción de todos los gallegos en la vida política,
económica, cultural y social. Artículo 10
3. Los poderes públicos de la Comunidad Au- 1. Son funciones del Parlamento de Galicia las
tónoma asumen, como uno de los principios siguientes:
rectores de su política social y económica, el ●● Ejercer la potestad legislativa de la Comu-
derecho de los gallegos a vivir y trabajar en nidad Autónoma. El Parlamento sólo po-
su propia tierra. drá delegar esta potestad legislativa en
1Manual CTO Atención Primaria
la Junta en los términos que establecen puestos o cargos que se desempeñen dentro la Junta y ostenta la representación de la Co-
los artículos 82, 83 y 84 de la Constitución del ámbito territorial de la Comunidad Autó- munidad Autónoma y la ordinaria del Estado
para el supuesto de la delegación legisla- noma. en Galicia.
tiva de las Cortes Generales al Gobierno, 6. El Parlamento, mediante Ley, podrá esta- 2. El Presidente de la Junta será elegido por el
todo ello en el marco del presente Esta- blecer un sistema para que los intereses del Parlamento Gallego de entre sus miembros y
tuto. conjunto de los gallegos residentes en el ex- será nombrado por el Rey.
●● Controlar la acción ejecutiva de la Junta, tranjero estén presentes en las decisiones de 3. El Presidente del Parlamento, previa consulta
aprobar los presupuestos y ejercer las la Comunidad Autónoma. con las fuerzas políticas representadas par-
otras competencias que le sean atribui- 7. Los Diputados no estarán sujetos a mandato lamentariamente, y oída la Mesa, propondrá
das por la Constitución, por el presente imperativo. un candidato a Presidente de la Junta.
Estatuto, por las Leyes del Estado y las del El candidato presentará su programa al Par-
Parlamento de Galicia. Artículo 12 lamento. Para ser elegido, el candidato de-
●● Designar para cada legislatura de las 1. El Parlamento elegirá de entre sus miem- berá, en primera votación, obtener mayoría
Cortes Generales a los Senadores repre- bros un Presidente, la Mesa y una Diputación absoluta, de no obtenerla se procederá a una
sentantes de la Comunidad Autónoma Permanente. El Reglamento, que deberá ser nueva votación veinticuatro horas después
Gallega, de acuerdo con lo previsto en el aprobado por mayoría absoluta, regulará su de la anterior, y la confianza se entenderá
artículo 69, apartado cinco, de la Consti- composición, régimen y funcionamiento. otorgada si obtuviera mayoría simple. Caso
tución. Tal designación se hará de forma 2. El Parlamento de Galicia fijará su propio pre de no conseguirse dicha mayoría, se tramita-
proporcional a la representación de las supuesto. rán sucesivas propuestas en la forma prevista
distintas fuerzas políticas existentes en el 3. El Parlamento funcionará en Pleno y en Co- anteriormente.
Parlamento de Galicia. misiones, y se reunirá en sesiones ordinarias 4. El Presidente de la Junta será políticamente
●● Elegir de entre sus miembros al Presiden- y extraordinarias. responsable ante el Parlamento. Una Ley de
te de la Junta de Galicia. 4. El Reglamento precisará el número mínimo Galicia determinará el alcance de tal respon-
●● Exigir, en su caso, responsabilidad política de Diputados para la formación de Grupos sabilidad, así como el Estatuto personal y
a la Junta y a su Presidente. Parlamentarios, la intervención de éstos en atribuciones del Presidente.
●● Solicitar del Gobierno la adopción de pro- el proceso legislativo y las funciones de la
yectos de Ley y presentar ante la Mesa del Junta de Portavoces de aquéllos. Los Gru- Artículo 16
Congreso de los Diputados proposiciones pos Parlamentarios participarán en todas las 1. La Junta es el órgano colegiado de Gobierno
de Ley. Comisiones en proporción al número de sus de Galicia.
●● Interponer recursos de inconstitucionali- miembros. 2. La Junta de Galicia está compuesta por el
dad y personarse ante el Tribunal Consti- Presidente, Vicepresidente o Vicepresiden-
tucional en los supuestos y en los térmi- Artículo 13 tes, en su caso, y los Consejeros.
nos previstos en la Constitución y en la 1. La iniciativa legislativa corresponde a los Di- 3. Los Vicepresidentes y los Consejeros serán
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. putados, al Parlamento y a la Junta. La inicia- nombrados y cesados por el Presidente.
2. El Parlamento de Galicia es inviolable. tiva popular para la presentación de propo- 4. Una Ley de Galicia regulará la organización
siciones de Ley que hayan de ser tramitadas de la Junta y las atribuciones y el Estatuto
Artículo 11 por el Parlamento de Galicia se regulará por personal de sus componentes.
1. El Parlamento estará constituido por Dipu- éste mediante Ley de acuerdo con lo que es-
tados elegidos dos por sufragio universal, tablezca la Ley Orgánica prevista en el artícu- Artículo 17
igual, libre, directo y secreto. lo 87.3 de la Constitución. 1. La Junta de Galicia responde políticamente
2. El Parlamento será elegido por un plazo de 2. Las Leyes de Galicia serán promulgadas en ante el Parlamento de forma solidaria, sin
cuatro años, de acuerdo con un sistema de nombre del Rey por el Presidente de la Junta perjuicio de la responsabilidad directa de
representación proporcional que asegure, y publicadas en el Diario Oficial de Galicia y cada uno de sus componentes por su ges-
además, la representación de las diversas zo- en el Boletín Oficial del Estado. A efectos de tión.
nas del territorio gallego. su entrada en vigor regirá la fecha de su pu- 2. La Junta cesa tras la celebración de eleccio-
3. Los miembros del Parlamento de Galicia se- blicación en el Diario Oficial de Galicia. nes al Parlamento gallego en los casos de
rán inviolables por los votos y opiniones que 3. El control de la constitucionalidad de las Le- pérdida de la confianza parlamentaria, dimi-
emitan en el ejercicio de su cargo. Durante yes del Parlamento de Galicia corresponderá sión y fallecimiento de su Presidente.
su mandato no podrán ser detenidos ni re- al Tribunal Constitucional.
tenidos por los actos delictivos cometidos 3. La Junta cesante continuará en funciones
en el territorio de Galicia sino en caso de Artículo 14 hasta la toma de posesión de la nueva Junta.
flagrante delito, correspondiendo decidir, en Corresponde a la Comunidad Autónoma la crea-
todo caso, sobre su inculpación, prisión, pro- ción y organización mediante Ley de su Parla- Artículo 18
cesamiento y juicio al Tribunal Superior de mento y con respeto a la institución del Defen- El Presidente y los demás miembros de la Junta,
Justicia de Galicia. Fuera de dicho territorio, sor del Pueblo establecida en el artículo 54 de la durante su mandato y por los actos delictivos co-
la responsabilidad penal será exigible, en los Constitución, de un órgano similar que en coor- metidos en el territorio de Galicia, no podrán ser
mismos términos, ante la Sala de lo Penal del dinación con aquélla, ejerza las funciones a las detenidos ni retenidos sino en caso de flagrante
Tribunal Supremo. que se refiere el mencionado artículo y cuales- delito, correspondiendo decidir, en todo caso,
4. La circunscripción electoral será, en todo caso, quiera otras que el Parlamento de Galicia pueda sobre su inculpación, prisión, procesamiento y
la provincia. encomendarle. juicio al Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
5. Una Ley del Parlamento de Galicia determi- Fuera de dicho territorio la responsabilidad pe-
nará los plazos y regulará el procedimiento Capítulo II: De la Xunta y de su Presidente nal será exigible en los mismos términos ante la
para elección de sus miembros, fijando su Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
número entre 60 y 80, y las causas de inelegi- Artículo 15
bilidad e incompatibilidad que afecten a los 1. El Presidente dirige y coordina la acción de
2Preparación de Oposiciones de Atención Primaria
Artículo 19 revisión. El Tribunal Supremo resolverá tam- 1.3 TÍTULO II: De Las Competencias
La Junta de Galicia podrá interponer recursos de bién los conflictos de competencia y jurisdic- de Galicia
inconstitucionalidad y personarse ante el Tribu- ción entre los Tribunales de Galicia y los del
nal Constitucional en los supuestos y términos resto de España. Capítulo I: De las competencias en general
previstos en la Constitución y en la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional. Artículo 23 Artículo 27
1. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia En el marco del presente Estatuto corresponde a
Capítulo III: De la Administración de Justi- de Galicia será nombrado por el Rey a pro- la Comunidad Autónoma gallega la competen-
za en Galicia puesta del Consejo General del Poder Judi- cia exclusiva de las siguientes materias:
cial. 1. Organización de sus instituciones de autogo-
Artículo 20 2. El nombramiento de los Magistrados, Jueces bierno.
Corresponde a la Comunidad Autónoma: y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia, 2. Organización y régimen jurídico de las co-
1. Ejercer todas las facultades que las Leyes se efectuará en la forma prevista en las Leyes marcas y parroquias rurales como entidades
Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo locales propias de Galicia, alteraciones de
General del Poder Judicial (esta última Ley General del Poder Judicial (esta última Ley términos municipales comprendidos dentro
fue expresamente derogada por la anterior) fue expresamente derogada por la anterior). de su territorio y, en general, las funciones
reconozcan o atribuyan al Gobierno del Esta- que sobre el Régimen Local correspondan a
do. Artículo 24 la Comunidad Autónoma al amparo del artí-
2. Fijar la delimitación de las demarcaciones te- 1. A instancia de la Comunidad Autónoma, el culo 149.1.18 de la Constitución y su desarro-
rritoriales de los órganos jurisdiccionales en órgano competente convocará los concursos llo.
Galicia, teniendo en cuenta, entre otros crite- y oposiciones para cubrir las plazas vacantes 3. Ordenación del territorio y del litoral, urba-
rios, los límites de los tradicionales partidos en Galicia de Magistrados, Jueces, Secreta- nismo y vivienda.
judiciales y las características geográficas y rios Judiciales y restante personal al servicio 4. Conservación, modificación y desarrollo de
de población. de la Administración de Justicia, de acuerdo las instituciones del Derecho civil gallego.
con lo que disponga la Ley Orgánica del Po- 5. Las normas procesales y procedimientos ad-
Artículo 21 der Judicial. ministrativos que se deriven del específico
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el 2. Corresponde íntegramente al Estado, de Derecho gallego o de la organización propia
que se integrará la actual Audiencia Territorial conformidad con las Leyes Generales, la or- de los poderes públicos gallegos.
es el órgano jurisdiccional en que culminará la ganización y el funcionamiento del Ministe- 6. Estadísticas para los fines de la Comunidad
organización judicial en su ámbito territorial y rio Fiscal. Autónoma gallega.
ante el que se agotarán las sucesivas instancias 7. Obras públicas que no tengan la calificación
procesales, en los términos del artículo 152 de Artículo 25 legal de interés general del Estado o cuya
la Constitución y de acuerdo con el presente Es- En la resolución de los concursos y oposiciones ejecución o explotación no afecte a otra Co-
tatuto. para proveer los puestos de Magistrados, Jueces, munidad Autónoma o provincia.
Secretarios Judiciales, Fiscales y todos los funcio- 8. Ferrocarriles y carreteras no incorporados a la
Artículo 22 narios al servicio de la Administración de Justi- red del Estado y cuyo itinerario se desarrolle
1. La competencia de los órganos jurisdicciona- cia, será mérito preferente la especialización en íntegramente en el territorio de la Comuni-
les en Galicia se extiende: el Derecho gallego y el conocimiento del idioma dad Autónoma y, en los mismos términos, el
●● En el orden civil, a todas las instancias y del país. transporte llevado a cabo por estos medios o
grados, incluidos los recursos de casación por cable.
y de revisión en las materias de Derecho Artículo 26 9. Los puertos, aeropuertos y helipuertos no ca-
Civil gallego. 1. Los Notarios y los Registradores de la Pro- lificados de interés general por el Estado y los
●● En el orden penal y social, a todas las ins- piedad y Mercantiles serán nombrados por puertos de refugio y puertos y aeropuertos
tancias y grados, con excepción de los re- la Comunidad Autónoma, de conformidad deportivos.
cursos de casación y de revisión. con las Leyes del Estado. Para la provisión de 10. Montes, aprovechamientos forestales, vías
●● En el orden contencioso administrativo, notarías, los candidatos serán admitidos en pecuarias y pastos sin perjuicio de lo dispues-
a todas las instancias y grados, cuando igualdad de derechos tanto si ejercen en el to en el artículo 149.1.23 de la Constitución.
se trate de actos dictados por la Junta y territorio de Galicia como en el resto de Es- 11. Régimen jurídico de los montes vecinales en
por la Administración de Galicia, en las paña. En estos concursos y oposiciones será mano común.
materias cuya legislación corresponda en mérito preferente la especialización en De- 12. Aprovechamientos hidráulicos, canales y re-
exclusiva a la Comunidad Autónoma y la recho gallego y el conocimiento del idioma gadíos cuando las aguas discurran íntegra-
que, de acuerdo con la Ley de dicha ju- del país. En ningún caso podrá establecerse mente dentro del territorio de la Comunidad,
risdicción, le corresponda en relación con la excepción de naturaleza o vecindad. sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
los actos dictados por la Administración 2. La Comunidad Autónoma participará en la fi- 149.1.22 de la Constitución.
del Estado en Galicia. jación de las demarcaciones correspondien- 13. Instalaciones de producción, distribución
●● A las cuestiones de competencia entre tes a los Registros de la Propiedad y Mercan- y transporte de energía eléctrica cuando
órganos judiciales en Galicia. tiles para acomodarlas a lo que se disponga este transporte no salga de su territorio y su
●● A los recursos sobre calificación de docu- en aplicación del artículo 20.2 de este Esta- aprovechamiento no afecte a otra provincia
mentos referentes al derecho privativo tuto. También participará en la fijación de las o Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo
gallego que deban tener acceso a los Re- demarcaciones notariales y del número de dispuesto en el artículo 149.1.22 y 25 de la
gistros de la Propiedad. Notarios, de acuerdo con lo previsto en las Constitución.
2. En las restantes materias se podrá interponer, Leyes del Estado. 14. Las aguas minerales y termales. Las aguas
cuando proceda ante el Tribunal Supremo, el subterráneas sin perjuicio de lo dispuesto en
recurso de casación o el que corresponda se- el artículo 149. 1. 22 de la Constitución, y en
gún las Leyes del Estado y, en su caso, el de el número siete del presente artículo.
3Manual CTO Atención Primaria
15. La pesca en las rías y demás aguas interiores, nopolio e intervención de empresas cuando para la reestructuración de sectores eco-
el marisqueo, la acuicultura, la caza, la pesca lo exija el interés general. nómicos.
fluvial y lacustre. 5. Ordenación del sector pesquero. ●● Programas genéricos para Galicia esti-
16. Las ferias y mercados interiores. 6. Puertos pesqueros. muladores de la ampliación de activi-
17. La artesanía. 7. Entidades cooperativas. dades productivas e implantación de
18. Patrimonio histórico, artístico, arquitectóni- 8. Establecimientos farmacéuticos. nuevas empresas.
co, arqueológico, de interés de Galicia, sin ●● Programas de actuación referidos a co-
perjuicio de lo que dispone el artículo 149. Artículo 29 marcas deprimidas o en crisis.
1.28 de la Constitución; archivos, bibliotecas Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega II. La Comunidad Autónoma gallega participa-
y museos de interés para la Comunidad Au- la ejecución de la legislación del Estado en las rá, asimismo, en la gestión del sector público
tónoma, y que no sean de titularidad estatal, siguientes materias: económico estatal, en los casos y actividades
conservatorios de música y servicios de Be- 1. Laboral, asumiendo las facultades, compe- que procedan.
llas Artes de interés para la Comunidad. tencias y servicios que en este ámbito, y a
19. El fomento de la cultura y de la investigación nivel de ejecución, ostenta actualmente el Artículo 31
en Galicia, sin perjuicio de lo establecido en Estado respecto a las relaciones laborales sin Es de la competencia plena de la Comunidad Au-
el artículo 149.2 de la Constitución. perjuicio de la alta inspección de éste. Que- tónoma gallega la regulación y administración
20. La promoción y la enseñanza de la lengua dan reservadas al Estado todas las compe- de la enseñanza en toda su extensión, niveles y
gallega. tencias en materia de migraciones interiores grados, modalidades y especialidades, en el ám-
21. La promoción y la ordenación del turismo y exteriores fondos de ámbito nacional y de bito de sus competencias, sin perjuicio de lo dis-
dentro de la Comunidad. empleo sin perjuicio de lo que establezcan puesto en el artículo 27 de la Constitución y en
22. La promoción del deporte y la adecuada uti- las normas del Estado sobre estas materias. las Leyes Orgánicas que, conforme al apartado
lización del ocio. 2. Propiedad industrial e intelectual. 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, de
23. Asistencia social. 3. Salvamento marítimo. las facultades que atribuye al Estado el número
24. La promoción del desarrollo comunitario. 4. Vertidos industriales y contaminantes en las 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Consti-
25. La creación de una Policía Autónoma de aguas territoriales del Estado correspondien- tución, y de la alta inspección necesaria para su
acuerdo con lo que disponga le Ley Orgánica tes al litoral gallego. cumplimiento y garantía.
prevista en el artículo 149.1.29 de la Consti- 5. Las restantes materias que se atribuyen en
tución. el presente Estatuto expresamente como de Artículo 32
26. El régimen de las fundaciones de interés ga- competencia de ejecución y las que con este Corresponde a la Comunidad Autónoma la de-
llego. carácter y mediante Ley Orgánica sean trans- fensa y promoción de los valores culturales del
27. Casinos, juegos y apuestas con exclusión de feridas por el Estado. pueblo gallego. A tal fin, y mediante Ley del Par-
las Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas. lamento, se constituirá un Fondo Cultural Galle-
28. Los centros de contratación de mercancías y Artículo 30 go y el Consejo de la Cultura Gallega.
valores de conformidad con las normas ge- I. De acuerdo con las bases y la ordenación de
nerales de Derecho mercantil. la actuación económica general y la política Artículo 33
29. Cofradías de Pescadores, Cámaras de la Pro- monetaria del Estado, corresponde a la Co- 1. Corresponde a la Comunidad Autónoma el
piedad Agrarias, de Comercio, Industria y Na- munidad Autónoma gallega en los términos desarrollo legislativo y la ejecución de la le-
vegación y otras de naturaleza equivalente, de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149. gislación básica del Estado en materia de sa-
sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149 1.11 y 13 de la Constitución la competencia nidad interior.
de la Constitución. exclusiva de las siguientes materias: 2. En materia de Seguridad Social correspon-
30. Normas adicionales sobre protección del 1. Fomento y planificación de la actividad derá a la Comunidad Autónoma el desarrollo
medio ambiente y del paisaje en los términos económica en Galicia. legislativo y la ejecución de la legislación bá-
del artículo ciento 149.1.23. 2. Industria, sin perjuicio de lo que determi- sica del Estado, salvo las normas que confi-
31. Publicidad sin perjuicio de las normas dicta- nen las normas del Estado por razones de guran el régimen económico de la misma.
das por el Estado para sectores y medios es- seguridad, sanitarias o de interés militar Corresponde también a la Comunidad Autó-
pecíficos. y las normas relacionadas con las indus- noma la gestión del régimen económico de
32. Las restantes materias que con este carácter trias que estén sujetas a la legislación de la Seguridad Social en Galicia, sin perjuicio
y mediante Ley Orgánica sean transferidas minas, hidrocarburos y energía nuclear. de la Caja Única.
por el Estado. Queda reservada a la competencia exclu- 3. Corresponderá también a la Comunidad Au-
siva del Estado la autorización para trans- tónoma la ejecución de la legislación del Es-
Artículo 28 ferencia de tecnología extranjera. tado sobre productos farmacéuticos.
Es competencia de la Comunidad Autónoma 3. Agricultura y ganadería. 4. La Comunidad Autónoma podrá organizar y
gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de 4. Comercio interior, defensa del consumi- administrar a tales fines y dentro de su terri-
la legislación del Estado en los términos que la dor y del usuario sin perjuicio de la polí- torio todos los servicios relacionados con las
misma establezca, de las siguientes materias: tica general de precios y de la legislación materias antes expresadas, y ejercerá la tutela
1. Régimen Jurídico de la Administración Pú- sobre la defensa de la competencia. De- de las instituciones, entidades y fundaciones
blica de Galicia, y régimen estatutario de sus nominaciones de origen en colaboración en materia de Sanidad y Seguridad Social, re-
funcionarios. con el Estado. servándose el Estado la alta inspección con-
2. Expropiación forzosa, contratos y concesio- 5. Instituciones de crédito corporativo, pú- ducente al cumplimiento de las funciones y
nes administrativas en el ámbito de las com- blico y territorial y Cajas de Ahorro. competencias contenidas en este artículo.
petencias propias de la Comunidad Autóno- 6. Sector público económico de Galicia, en
ma. cuanto no esté contemplado por otras Artículo 34
3. Régimen minero y energético. normas de este Estatuto. 1. En el marco de las normas básicas del Esta-
4. Reserva al sector público de recursos o servi- 7. El desarrollo y ejecución en Galicia de: do, corresponde a la Comunidad Autónoma
cios esenciales, especialmente en caso de mo- ●● Los planes establecidos por el Estado el desarrollo legislativo y la ejecución del
4Preparación de Oposiciones de Atención Primaria
régimen de Radiodifusión y Televisión en los se refiere, correspondiéndole a la Junta la po- Artículo 43
términos y casos establecidos en la Ley que testad reglamentaria y la función ejecutiva. I. El patrimonio de la Comunidad Autónoma es-
regule el Estatuto Jurídico de la Radio y la Te- 3. Las competencias de ejecución en la Comu- tará integrado por:
levisión. nidad Autónoma llevan implícitas la corres- 1. El patrimonio de la Comunidad Autóno-
2. Igualmente le corresponde, en el marco de pondiente potestad reglamentaria, la admi- ma en el momento de aprobarse el Esta-
las normas básicas del Estado, el desarro- nistración y la inspección. En los supuestos tuto.
llo legislativo y la ejecución del régimen de previstos en los artículos 28 y 29 de este Es- 2. Los bienes afectos a servicios traspasados
prensa y, en general, de todos los medios de tatuto, o en otros preceptos del mismo, con a la Comunidad Autónoma.
comunicación social. análogo carácter, el ejercicio de esas potesta- 3. Los bienes adquiridos por la Comunidad
3. En los términos establecidos en los aparta- des por la Comunidad Autónoma se realizará Autónoma por cualquier título jurídico
dos anteriores de este artículo la Comunidad de conformidad con las normas reglamenta- válido.
Autónoma podrá regular, crear y mantener rias de carácter general que, en desarrollo de II. El patrimonio de la Comunidad Autónoma, su
su propia televisión, radio y prensa y, en ge- su legislación, dicte el Estado. administración, defensa y conservación se-
neral, todos los medios de comunicación so- rán regulados por una Ley de Galicia.
cial para el cumplimiento de sus fines. Artículo 38
1. En materias de competencia exclusiva de la Artículo 44
Artículo 35 Comunidad Autónoma el Derecho propio de La Hacienda de la Comunidad Autónoma se
1. La Comunidad Autónoma podrá celebrar Galicia es aplicable en su territorio con prefe- constituye con:
convenios con otras Comunidades Autóno- rencia a cualquier otro, en los términos pre- 1. Los rendimientos de los impuestos que esta-
mas para la gestión y prestación de servicios vistos en el presente Estatuto. blezca la Comunidad Autónoma.
propios de la exclusiva competencia de las 2. A falta de Derecho propio de Galicia, será de 2. Los rendimientos de los impuestos cedidos
mismas. La celebración de los citados con- aplicación supletoria el Derecho del Estado. por el Estado a que se refiere la disposición
venios, antes de su entrada en vigor, deberá 3. En la determinación de las fuentes del Dere- adicional primera y de todos aquéllos cuya
ser comunicada a las Cortes Generales. Si las cho civil se respetarán por el Estado las nor- cesión sea aprobada por las Cortes Genera-
Cortes Generales, o alguna de las Cámaras, mas del Derecho civil gallego. les.
manifestaran reparos en el plazo de treinta 3. Un porcentaje de participación en la recau-
días, a partir de la recepción de la comuni- dación total del Estado por impuestos direc-
cación, el convenio deberá seguir el trámite 1.4 TÍTULO III: De la Administración tos e indirectos, incluidos los monopolios
previsto en el párrafo siguiente. Si transcurri- Pública Gallega fiscales.
do dicho plazo no se hubiesen manifestado 4. El rendimiento de sus propias tasas por apro-
reparos al convenio, entrará en vigor. Artículo 39 vechamientos especiales y por la prestación
2. La Comunidad Autónoma podrá establecer Corresponde a la Comunidad Autónoma la crea- de servicios directos de la Comunidad Autó-
también acuerdos de cooperación con otras ción y estructuración de su propia Administra- noma, sean de propia creación o como con-
Comunidades Autónomas, previa autoriza- ción pública, dentro de los principios generales secuencia de traspasos de servicios estata-
ción de las Cortes Generales. y normas básicas del Estado. les.
3. La Comunidad Autónoma gallega podrá soli- 5. Las contribuciones especiales que establez-
citar del Gobierno que celebre y presente, en Artículo 40 ca la Comunidad Autónoma en el ejercicio de
su caso, a las Cortes Generales, para su auto- En los términos previstos en el artículo 27.2 de sus competencias.
rización, los Tratados o convenios que permi- este Estatuto, por Ley de Galicia se podrá: 6. Los recargos sobre impuestos estatales.
ta el establecimiento de relaciones culturales 1. Reconocer la comarca como entidad local 7. En su caso, los ingresos procedentes del Fon-
con los Estados con los que mantenga parti- con personalidad jurídica y demarcación do de Compensación Interterritorial.
culares vínculos culturales o lingüísticos. propia. La comarca no supondrá, necesaria- 8. Otras asignaciones con cargo a los Presupues-
mente la supresión de los municipios que la tos Generales del Estado.
Artículo 36 integren. 9. La emisión de deuda y el recurso al crédito.
1. La Comunidad Autónoma gallega podrá soli- 2. Crear asimismo, agrupaciones basadas en 10. Los rendimientos del patrimonio de la Co-
citar del Estado la transferencia o delegación hechos urbanísticos y otros de carácter fun- munidad Autónoma.
de competencias no asumidas en este Esta- cional con fines específicos. 11. Ingresos de derecho privado, legados y do-
tuto. 3. Reconocer personalidad jurídica a la parro- naciones; subvenciones.
2. Corresponde al Parlamento de Galicia la quia rural. 12. Multas y sanciones en el ámbito de sus com-
competencia para formular las anteriores petencias.
solicitudes, y para determinar el organismo Artículo 41
de la Comunidad Autónoma gallega a cuyo La Comunidad Autónoma ejercerá sus funciones Artículo 45
favor se deberá atribuir en cada caso la com- administrativas por órganos y entes dependien- La Comunidad Autónoma gallega o los entes
petencia transferida o delegada. tes de la Junta de Galicia. También podrá dele- locales afectados participarán en los ingresos
garlas en las provincias, municipios y demás en- correspondientes a los tributos que el Estado
Capítulo II: Del Régimen Jurídico tidades locales reconocidas en este Estatuto. pueda establecer para recuperar los costos so-
ciales producidos por actividades contaminan-
Artículo 37 tes o generadoras de riesgos de especial grave-
1. Las competencias de la Comunidad Autó- 1.5 TÍTULO IV: De la Economía y la dad para el entorno físico y humano de Galicia,
noma de Galicia se entienden referidas a su Hacienda en la forma que establezca la Ley creadora del
territorio. gravamen.
2. En las materias de su competencia exclusiva le Artículo 42
corresponde al Parlamento la potestad legis- La Comunidad Autónoma gallega contará para Artículo 46
lativa en los términos previstos en el Estatuto el desempeño de sus competencias con Hacien- 1. Cuando se complete el traspaso de servicios
y en las Leyes del Estado a las que el mismo, da y Patrimonio propios. o al cumplirse el sexto año de vigencia de
5Manual CTO Atención Primaria
este Estatuto, si la Comunidad Autónoma ga- 2. Es competencia de los entes locales de Galicia munidad Autónoma, que deberá someterse
llega lo solicita, la participación anual en los la gestión, recaudación, liquidación e inspec- a la aprobación del Parlamento.
ingresos del Estado citada en el número 3 del ción de los tributos propios que les atribuyan
artículo 44 y definida en la disposición transi- las Leyes, sin perjuicio de la delegación que Artículo 54
toria quinta se negociará sobre las siguientes puedan otorgar para estas facultades a favor 1. La gestión, recaudación, liquidación e ins-
bases: de la Comunidad Autónoma gallega. pección de sus propios tributos, correspon-
●● La media de los coeficientes de población Mediante Ley del Estado se establecerá el sis- derá a la Comunidad Autónoma gallega, la
y esfuerzo fiscal de Galicia, este último tema de colaboración de los entes locales, de cual dispondrá de plenas atribuciones para
medido por la recaudación en su territo- la Comunidad Autónoma gallega y del Esta- la ejecución y organización de dichas tareas,
rio del Impuesto sobre la Renta de las Per- do para la gestión, liquidación, recaudación e sin perjuicio de la colaboración que pueda
sonas Físicas, es decir, el cociente entre la inspección de aquellos tributos que se deter- establecerse con la Administración tributaria
recaudación efectivamente obtenida y la minen. del Estado, especialmente cuando así lo exija
potencialmente alcanzable habida cuen- Los ingresos de los entes locales de Galicia, la naturaleza del tributo.
ta del nivel y distribución personal de la consistentes en participación en ingresos 2. En el caso de los impuestos cuyos rendimien-
renta. estatales y en subvenciones incondicionadas tos se hubiesen cedido la Junta asumirá por
●● La cantidad equivalente a la aportación se percibirán a través de la Comunidad Autó- delegación del Estado la gestión recauda-
proporcional que corresponda a Galicia noma gallega, que los distribuirá de acuerdo ción, liquidación e inspección de los mismos,
por los servicios y cargas generales que con los criterios legales que se establezcan sin perjuicio de la colaboración que pueda
el Estado continúe asumiendo como pro- para las referidas participaciones. establecerse entre ambas Administraciones,
pios. todo ello de acuerdo con lo especificado en
●● La relación inversa entre la renta real me- Artículo 50 la Ley que fije el alcance y condiciones de la
dia de los residentes en la Comunidad La Comunidad Autónoma gallega gozará del cesión.
Autónoma y la media estatal. tratamiento fiscal que la Ley establezca para el 3. La gestión, recaudación, liquidación e ins-
●● Relación entre los índices de déficit en Estado. pección de los demás impuestos del Esta-
servicios sociales e infraestructuras que do recaudados en Galicia corresponderá a
afecten al territorio de la Comunidad al Artículo 51 la Administración tributaria del Estado, sin
conjunto del Estado. Se regularán necesariamente mediante Ley del perjuicio de la delegación que la Comunidad
●● Relación entre los costos por habitante Parlamento gallego las siguientes materias: Autónoma pueda recibir de éste y de la co-
de los servicios sociales y administrativos ●● El establecimiento, la modificación y supre- laboración que pueda establecerse, especial-
transferidos para el territorio de la Comu- sión de sus propios impuestos, tasas y con- mente cuando así lo exija la naturaleza del
nidad y para el conjunto del Estado. tribuciones especiales y de las exenciones o tributo.
●● Otros criterios que se estimen proceden- bonificaciones que les afecten.
tes. ●● El establecimiento y la modificación y supre- Artículo 55
2. La fijación del nuevo porcentaje de partici- sión de los recargos sobre los impuestos del 1. La Comunidad Autónoma, de acuerdo con
pación será objeto de negociación inicial y Estado. lo que establezcan las Leyes del Estado, de-
será revisable a solicitud del Gobierno o de ●● La emisión de deuda pública y demás opera- signará sus propios representantes en los
la Comunidad Autónoma gallega cada cinco ciones de crédito concertadas por la Comu- organismos económicos, las Instituciones fi-
años. nidad Autónoma gallega. nancieras y las empresas públicas del Estado,
cuya competencia se extienda al territorio
Artículo 47 Artículo 52 gallego y que por su naturaleza no sean ob-
1. La Comunidad Autónoma, mediante acuerdo Corresponde a la Junta de Galicia: jeto de traspaso.
del Parlamento, podrá emitir deuda pública ●● Aprobar los Reglamentos Generales de sus 2. La Comunidad Autónoma podrá constituir
para financiar gastos de inversión. propios tributos. empresas públicas como medio de ejecución
2. El volumen y características de las emisiones ●● Elaborar las normas reglamentarias precisas de las funciones que sean de su competen-
se establecerán de acuerdo con la ordena- para gestionar los impuestos estatales cedi- cia, según lo establecido en el presente Esta-
ción general de la política crediticia y en co- dos de acuerdo con los términos de dicha tuto.
ordinación con el Estado. cesión. 3. La Comunidad Autónoma, como poder pú-
3. Los títulos emitidos tendrán la consideración blico, podrá hacer uso de las facultades pre-
de fondos públicos a todos los efectos. Artículo 53 vistas en el apartado 1) del artículo 130 de
1. Corresponde a la Junta o Gobierno la elabo- la Constitución, y podrá fomentar, mediante
Artículo 48 ración y aplicación del presupuesto de la Co- una legislación adecuada, las Sociedades
En el supuesto de que el Estado emita deuda munidad Autónoma gallega, y al Parlamento cooperativas en los términos resultantes del
parcialmente destinada a la creación o mejora su examen, enmienda, aprobación y control. número 7 del artículo 28 del presente Esta-
de servicios situados en Galicia y transferidos El presupuesto será único e incluirá la totali- tuto.
a la Comunidad Autónoma gallega, ésta estará dad de los gastos e ingresos de la Comuni- Asimismo, de acuerdo con la legislación del
facultada para elaborar y presentar el programa dad Autónoma gallega y de los organismos, Estado en la materia, podrá hacerse uso de
de obras y servicios beneficiarios de la emisión. instituciones y empresas de ella dependien- las demás facultades previstas en el apartado
tes. 2 del artículo 129 de la Constitución.
Artículo 49 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4. La Comunidad Autónoma gallega queda
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma 136 y en el apartado d) del artículo 153 de facultada para constituir instituciones que
gallega la tutela financiera sobre los entes la Constitución, se crea el Consejo de Cuen- fomenten la plena ocupación y el desarrollo
locales respetando la autonomía que a los tas de Galicia. Una Ley de Galicia regulará su económico y social en el marco de sus com-
mismos reconocen los artículos 140 y 142 de organización y funcionamiento y establecerá petencias.
la Constitución y de acuerdo con el artículo las garantías, normas y procedimientos para
27. 2 de este Estatuto. asegurar la rendición de las cuentas de la Co-
6Preparación de Oposiciones de Atención Primaria
Físicas, con carácter parcial, con el límite 1. Previo acuerdo con el Gobierno, la Junta
1.6 TÍTULO V: De La Reforma máximo del 30 %. Preautonómica de Galicia convocará las elec-
b) Impuesto sobre el Patrimonio. ciones en el término máximo de ciento vein-
Artículo 56 c) Impuesto sobre Transmisiones Patrimo- te días desde la promulgación del presente
1. La reforma del Estatuto se ajustará al siguien- niales y Actos Jurídicos Documentados. Estatuto. Las elecciones deberán celebrarse
te procedimiento: d) Impuesto sobre Sucesiones y Donacio- en el término máximo de sesenta días a par-
●● La iniciativa de la reforma corresponderá nes. tir de la fecha de la convocatoria.
a la Junta, al Parlamento gallego, a pro- e) La imposición general sobre las ventas en 2. La circunscripción electoral será la provincia,
puesta de una quinta parte de sus miem- su fase minorista. eligiéndose un total de setenta y un miem-
bros, o a las Cortes Generales. f ) Los impuestos sobre consumos específi- bros, de los que corresponderán a la pro-
●● La propuesta de reforma requerirá, en cos en su fase minorista, salvo los recau- vincia de La Coruña, veintidós; a la de Lugo,
todo caso, la aprobación del Parlamen- dados mediante monopolios fiscales. quince; a la de Orense, quince, y a la de Pon-
to gallego por mayoría de dos tercios la g) Los tributos sobre el juego. tevedra, diecinueve.
aprobación de las Cortes Generales me- La eventual supresión o modificación de al- 3. Los miembros del Parlamento gallego serán
diante Ley Orgánica y, finalmente, el refe- guno de estos tributos implicará la extinción elegidos por sufragio universal, igual, directo
réndum positivo de los electores. o modificación de la cesión. y secreto, de los mayores de dieciocho años,
2. Si la propuesta de reforma no es aprobada 2. El contenido de esta disposición se podrá según un sistema de representación propor-
por el Parlamento gallego o por las Cortes modificar mediante acuerdo del Gobier- cional.
Generales o no es confirmada mediante refe- no con la Comunidad Autónoma que será 4. Las Juntas Provinciales electorales tendrán,
réndum por el Cuerpo electoral, no podrá ser tramitado por el Gobierno como proyec- dentro de los límites de su respectiva juris-
sometida nuevamente a debate y votación to de Ley. A estos efectos, la modificación dicción, la totalidad de las competencias que
del Parlamento hasta que haya transcurrido de la presente disposición no se conside- la normativa electoral vigente atribuye a la
un año. rará modificación del Estatuto. Junta Central.
3. La aprobación de la reforma por las Cortes 3. El alcance y condiciones de la cesión se Para los recursos que tuvieran por objeto la
Generales, mediante Ley Orgánica, incluirá la establecerán por la Comisión Mixta a que impugnación de la validez de la elección y
autorización del Estado para que la Comuni- se refiere el apartado 1 de la disposición proclamación de los miembros electos será
dad Autónoma gallega convoque el referén- transitoria cuarta, que, en todo caso, los competente la Sala de lo Contencioso Ad-
dum a que se refiere el párrafo b) del aparta- referirá a rendimientos en Galicia. El Go- ministrativo de la Audiencia Territorial de
do 1 de este artículo. bierno tramitará el acuerdo de la Comisión La Coruña, hasta que quede integrada en el
como proyecto de Ley, o si concurriesen Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que
Artículo 57 razones de urgencia, como Decreto Ley, en también entenderá de los recursos o impug-
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el plazo de seis meses a partir de la consti- naciones que procedan contra los acuerdos
cuando la reforma tuviera por objeto la simple tución de la primera Junta de Galicia. de las Juntas electorales provinciales.
alteración de la organización de los poderes de Contra las resoluciones de la citada Sala de
la Comunidad Autónoma y no afectara a las rela- Segunda Audiencia Territorial no cabrá ningún recurso.
ciones de la Comunidad Autónoma con el Esta- El ejercicio de las competencias financieras reco- 5. En todo lo no previsto en la presente disposi-
do, se podrá proceder de la siguiente manera: nocidas por este Estatuto a la Comunidad Autó- ción serán de aplicación las normas vigentes
●● Elaboración del proyecto de reforma por noma de Galicia se ajustará a lo que establezca para las elecciones legislativas al Congreso
el Parlamento de Galicia. la Ley Orgánica a que se refiere el apartado 3 del de los Diputados de las Cortes Generales.
●● Consulta a las Cortes Generales. artículo 157 de la Constitución.
●● Si en el plazo de treinta días, a partir de Segunda
la recepción de la consulta prevista en Tercera En su primera reunión, el Parlamento gallego:
el apartado precedente, las Cortes Ge- 1. La Junta coordinará la actividad de las Dipu- ●● Se constituirá, presidido por una Mesa de
nerales no se declarasen afectadas por taciones Provinciales de Galicia en cuanto edad, integrada por un Presidente y dos Se-
la reforma, se convocará, debidamente afecte directamente al interés general de la cretarios, y procederá a elegir la Mesa provi-
autorizado, un referéndum sobre el texto Comunidad Autónoma, y a estos efectos se sional, que estará compuesta por un Presi-
propuesto. unirán los presupuestos que aquéllas elabo- dente, dos Vicepresidentes, un Secretario y
●● Se requerirá finalmente la aprobación de ren y aprueben al de la Junta de Galicia. un Vicesecretario.
las Cortes Generales mediante Ley Orgá- 2. La Junta podrá encomendar la ejecución de ●● Elegirá sus Autoridades conforme a este Es-
nica. sus acuerdos a las Diputaciones Provinciales. tatuto.
●● Si en el plazo señalado en la letra c) las Éstas ejercerán las funciones que la Junta les Elegidos los órganos de la Comunidad Autó-
Cortes se declarasen afectadas por la transfiera o delegue. noma gallega, se disolverán las Instituciones
reforma, ésta habrá de seguir el proce- preautonómicas.
dimiento previsto en el artículo anterior, Cuarta
dándose por cumplidos los trámites del La celebración de elecciones se atendrá a las Le- Tercera
apartado a) del número uno del mencio- yes que, en su caso, aprueben las Cortes Genera- 1. Mientras las Cortes Generales no elaboren las
nado artículo. les con el exclusivo fin de coordinar el calendario Leyes a que este Estatuto se refiere y el Par-
de las diversas consultas electorales. lamento de Galicia legisle sobre las materias
de su competencia, continuarán en vigor las
1.7 Disposiciones adicionales actuales Leyes y disposiciones del Estado que
1.8 Disposiciones transitorias se refieren a dichas materias, sin perjuicio de
Primera que su desarrollo legislativo, en su caso, y su
1. Se cede a la Comunidad Autónoma de Gali- Primera ejecución, se lleve a cabo por la Comunidad
cia el rendimiento de los siguientes tributos: El primer Parlamento Gallego será elegido de Autónoma gallega en los supuestos así pre-
a) Impuesto sobre la Renta de las Personas acuerdo con las normas siguientes: vistos en este Estatuto.
7Manual CTO Atención Primaria Cuarta de condiciones con los restantes miembros se establecerá un porcentaje en el que se 1. Con la finalidad de transferir a Galicia las fun- de su Cuerpo, pudiendo ejercer de esta ma- considerará el coste efectivo global de los ciones y atribuciones que le correspondan nera su derecho permanente de opción. servicios transferidos por el Estado a la Co- con arreglo al presente Estatuto, se creará, Mientras la Comunidad Autónoma de Gali- munidad Autónoma, minorado por el total en el término máximo de un mes a partir de cia no apruebe el régimen estatutario de sus de la recaudación por ésta por los tributos la constitución de la Junta de Galicia, una funcionarios, serán de aplicación las disposi- cedidos, en relación con la suma de los ingre- Comisión Mixta paritaria integrada por re- ciones del Estado vigentes sobre la materia. sos obtenidos por el Estado en los Capítulos I presentantes del Estado y de la Comunidad 5. La Comisión Mixta, creada de acuerdo con el y II del último Presupuesto anterior a la trans- Autónoma gallega. Dicha Comisión Mixta es- Real Decreto 474/1978, de 16 de marzo, se ferencia de los servicios. tablecerá sus normas de funcionamiento. Los considerará disuelta cuando se constituya la miembros de la Comisión Mixta representan- Comisión Mixta a que se refiere el apartado 1 Sexta tes de Galicia darán cuenta periódicamente de la presente disposición transitoria. En lo relativo a televisión, la aplicación del apar- de su gestión ante el Parlamento de Galicia. tado 3 del artículo 34 del presente Estatuto La Comisión Mixta establecerá los calenda- Quinta supone que el Estado otorgará en régimen de rios y plazos para el traspaso de cada servi- 1. Hasta que se haya completado el traspaso concesión a la Comunidad Autónoma de Galicia cio. En todo caso, la referida Comisión deberá de los servicios correspondientes a las com- la utilización de un tercer canal, de titularidad determinar en un plazo de dos años desde la petencias fijadas a la Comunidad Autónoma estatal que debe crearse específicamente para fecha de su constitución, el término en que en este Estatuto, el Estado garantizará la fi- su emisión en el territorio de Galicia, en los tér- habrá de completarse el traspaso de todos nanciación de los servicios transferidos a la minos que prevea la citada concesión. los servicios que corresponden a la Comuni- Comunidad con una cantidad igual al coste Hasta la puesta en funcionamiento efectivo de dad Autónoma gallega, de acuerdo con este efectivo del servicio en Galicia en el momen- este nuevo canal de televisión, Radiotelevisión Estatuto. to de la transferencia. Española (RTVE) articulará a través de su organi- 2. Los acuerdos de la Comisión Mixta adopta- 2. Para garantizar la financiación de los servicios zación en Galicia un régimen transitorio de pro- rán la forma de propuestas al Gobierno, que antes referidos la Comisión Mixta prevista en gramación específica para el territorio de Galicia, las aprobará mediante Decreto, figurando la disposición transitoria cuarta adoptará que Televisión Española emitirá por la segunda aquellos como anejos al mismo y serán pu- un método encaminado a fijar el porcenta- cadena (UHF). blicados simultáneamente en el Boletín Ofi- je de participación previsto en el apartado El coste de la programación específica de tele- cial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, 3 del artículo 44. El método a seguir tendrá visión a que se refiere el párrafo anterior, se en- adquiriendo vigencia a partir de esta publi- en cuenta tanto los costes directos como los tenderá como base para la determinación de la cación. costes indirectos de los servicios, así como subvención que pudiera concederse a la Comu- 3. Será título suficiente para la inscripción en los gastos de inversión que correspondan. nidad Autónoma de Galicia, durante los dos pri- el Registro de la Propiedad del traspaso de 3. Al fijar las transferencias para inversiones meros años de funcionamiento del nuevo canal bienes inmuebles del Estado a la Comunidad se tendrá en cuenta en la forma progresiva a que se refiere esta disposición transitoria. Autónoma la certificación por la Comisión que se acuerde, la conveniencia de equiparar Mixta de los acuerdos gubernamentales de- los niveles de servicios en todo el territorio Séptima bidamente promulgados. Esta certificación del Estado, estableciéndose, en su caso, las Las transferencias que hayan de realizarse en deberá contener los requisitos exigidos por transferencias necesarias para el funciona- materia de enseñanza para traspasar a la com- la Ley Hipotecaria. miento de los servicios. petencia de la Comunidad Autónoma los servi- El cambio de titularidad en los contratos de La financiación a que se refiere este apartado cios y centros del Estado en Galicia, se realizarán arrendamiento de locales para oficinas públi- tendrá en cuenta las aportaciones que se rea- de acuerdo con los calendarios y programas que cas de los servicios que se transfieran no dará licen a Galicia, partiendo del Fondo de Com- defina la Comisión Mixta. derecho al arrendador a extinguir o renovar pensación a que se refiere el artículo 158 de Por lo tanto, mando a todos los españoles, par- el contrato. la Constitución, así como la acción inversora ticulares y autoridades, que guarden y hagan 4. Los funcionarios adscritos a servicios de titu- del Estado en Galicia, que no sea aplicación guardar la presente Ley Orgánica laridad estatal o a otras instituciones públicas de dicho Fondo. que resulten afectadas por los traspasos a la 4. La Comisión Mixta a que se refiere el apar- Palacio Real, de Madrid, a seis de abril de mil no- Comunidad Autónoma pasarán a depender tado 2 fijará el citado porcentaje, mientras vecientos ochenta y uno. de ésta, siéndoles respetados todos los de- dure el período transitorio, con una antela- - Juan Carlos R. - rechos de cualquier orden y naturaleza que ción mínima de un mes a la presentación de les corresponda en el momento del traspaso, los Presupuestos Generales del Estado en las El Presidente del Gobierno, incluso el de participar en los concursos de Cortes. Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustel traslado que convoque el Estado en igualdad 5. A partir del método fijado en el apartado 2, 8
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