Contratos en Derecho Mercantil

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Contratos en Derecho Mercantil
CONTRATOS EN DERECHO MERCANTIL         1

Sesión No. 1
Nombre: Introducción al Derecho Mercantil.

Objetivo de la sesión:
El estudiante, conocerá la importancia del Derecho Mercantil y la evolución del mismo
en las diferentes etapas de la vida del hombre; identificará las ramas del Derecho y la
relación que guarda con otras Leyes Mercantiles que intervienen en los actos propios de
comercio, con la finalidad de aplicar la legislación correspondiente.

Contextualización
                                ¿Qué es el comercio?
       Es una actividad que supone consideración de valores, y la calidad
       humana se distingue de la simplemente animal, por ser valorativa. El
       hombre es un sujeto de relación social que aspira a los valores y busca
       su realización. Por eso le vemos enriquecer al mundo en la búsqueda de
       la justicia, de la belleza, de la libertad. Y como para satisfacer sus
       necesidades requiere de bienes que no tiene a su inmediato alcance, los
       cambia por otros, irientando el cambio con un sentido del valor de los
       bienes. (Cervantes, 2002, p. 2).

Como todos sabemos el Derecho Mercantil es la rama del Derecho encargada
de estudiar las relaciones entre los particulares, generalmente aquellos que
celebran actos de comercio, ante esta necesidad la legislación mexicana decidió
regular estos actos a través del Código de Comercio y diferenciarla de los actos
regulados por el Código Civil.

Refiriéndonos a los actos como lo son los Contratos en materia Mercantil,
respecto a los que existen en materia Civil, es importante destacar que su
principal diferencia obedece a la naturaleza misma de sus actos. Si bien los dos
son acuerdos de voluntades que transmiten derechos y obligaciones, los actos
ordenados por el Derecho Civil obedecen a las relaciones jurídicas privadas en
general, mientras que los actos regulados por el Derecho Mercantil normalizan
una categoría especial de las relaciones, cosas y/o personas, a las que la ley les
otorga la calidad de comerciantes.
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Introducción al Tema
                        ¿Qué son las fuentes del Derecho?

El término fuente crea una metáfora bastante feliz, pues remontarse a las fuentes de un
río es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir
la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las
profundidades de la vida social a la superficie del derecho. (Du Pasquier, 1937, citado
en García, 2011).

Se entiende como fuente del derecho aquellos acontecimientos que dan origen a
la norma jurídica. Doctrinariamente se clasifica a las fuentes del derecho en:
formales, reales e históricas.

Las fuentes formales, como su nombre lo indica, son aquellas que se crean
mediante un procedimiento formal. La principal fuente formal del derecho
mercantil es la ley, para cuya creación se requiere de un proceso legislativo, es
decir, cualquier ley que se cree sin cumplir con las formalidades establecidas
será nula. Otra fuente formal es la costumbre la cual constituye un uso reiterado
por la comunidad, al cual se le otorga una obligatoriedad jurídica. Además de los
anteriores se consideran fuentes formales la jurisprudencia, los principios
generales del derecho y la doctrina.

Las fuentes reales son aquellos acontecimientos sociales, políticos y
económicos que producen cambios en la sociedad y que obligan a la creación de
nuevas normas jurídicas. Finalmente las fuentes históricas consisten en conocer
el derecho que estuvo vigente en una época determinada y que pudiera volver a
estar vigente.
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Explicación

1.1 Concepto y ramas del derecho

                        ¿Qué es el Derecho Mercantil?

Es aquella rama del Derecho Privado encargada de regular cualquier acto
celebrado entre comerciantes, principalmente hechos de comercio y aquellos
que se deriven por la naturaleza propia de sus actos y/o actividades.

Como podemos ver, para entender la naturaleza del Derecho Mercantil, es
necesario conocer los antecedentes históricos del comercio, en virtud que éste
es sin duda el origen principal que diera comienzo al Derecho Mercantil.

Antecedentes históricos del comercio. Resulta imposible comenzar a estudiar
al Derecho Mercantil, no sin antes entender la influencia que ha tenido la
actividad misma del comercio, en la evolución de la vida del hombre.

Por ejemplo en la Edad Media, muchos de sus pueblos se caracterizaban por la
cantidad de actos que celebraban sus comerciantes, algunos aprovechando su
situación geográfica u otros por las características de sus productos.

Si bien es cierto desde aquellos tiempos se celebran actos de comercio, resulta
trascendente comentar la importancia de aquellos pueblos, Romanos, Fenicios o
Griegos por citar algunos, quienes al ir perfeccionando sus actividades a raíz de
poner mayor seguridad en sus comunicaciones, o al innovar algún tipo de
moneda, influyeron sin duda en la actividad habitual que hoy en día conocemos
como un acto de comercio.

Fue así como el comercio cobra mayor auge en la Edad Media, lo anterior en
virtud de existir mayores vías de comunicación. Respecto al Comercio, en
nuestro País, fue durante la Conquista que el pueblo mexicano, tuvo la mayor
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influencia del pueblo Español, y no fue sino hasta el año de 1883 que después
de haber sido reformada la Constitución Política de 1857 donde el Congreso
únicamente tenía la facultad de legislar en materia comercial, cuando adquirió
mayor fuerza e importancia la materia objeto de nuestro estudio, lo anterior en
virtud de que fue en el año de 1884 cuando se promulgó el Código de
Comercio.

Siendo el 1 de Enero de 1890 la fecha en que entrará en vigor el Código de
Comercio del 15 de Septiembre de 1889, el cual es el que está vigente el día de
hoy.

Ramas del Derecho Mercantil. Como lo hemos citado el Derecho Mercantil,
forma parte del Derecho Privado y para su estudio principalmente nos
referiremos al Código de Comercio, sin embargo se auxilia de otras leyes
mercantiles especiales que de alguna forma intervienen en el perfeccionamiento
de los actos, entre las que encontramos:

   •   Ley General de Sociedades Mercantiles.
   •   Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
   •   Ley sobre el Contrato de Seguro.
   •   Ley de Comercio Exterior.
   •   Ley de Instituciones de Crédito.
   •   Ley de las Cámaras de Comercio y de las Industrias.
   •   Ley de Navegación.
   •   Ley de Puertos.
   •   Ley del Banco de México.
   •   Ley de Mercados de Valores.
   •   Ley Federal de Competencia Económica.
   •   Ley Federal de Correduría Pública.
   •   Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.
   •   Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
   •   Ley General de Sociedades Cooperativas.
   •   Ley de Sociedades de Solidaridad Social.
   •   Ley de Vías Generales de Comunicación.
   •   Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
   •   Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
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   •    Ley de Aviación Civil.
   •    Ley Federal de Telecomunicaciones.
   •    Ley Federal de Protección al Consumidor.
   •    Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial.
   •    Ley de Sociedades de Inversión.
   •    Ley de Comercio Marítimo.
   •    Ley de Instituciones de Fianzas.
   •    Ley de Concursos Mercantiles .
   •    Ley de Inversión Extranjera.

Fuentes del derecho mercantil. Ahora hablaremos de las Fuentes del Derecho
Mercantil y las definiremos como aquellas formas diferentes en que el Derecho
se representa y toma fuerza para perfeccionarse, se considera el fundamento,
origen y principio de cualquier norma jurídica, en particular se trata de:

   a)   La ley Mercantil.
   b)   La Jurisprudencia.
   c)   La Doctrina.
   d)   Usos y Costumbres.
                             ¿Qué es la legislación?

La ley “es la norma jurídica emanada del poder público”. (García, 2001, p. 22).
De lo manifestado anteriormente podemos determinar que la norma la crea el
Estado a través de uno de sus poderes (el Poder Legislativo), mediante el
denominado proceso legislativo.

                      ¿En qué consiste la jurisprudencia?

La Jurisprudencia es la interpretación que las autoridades dan a la ley en un
caso concreto y sirve para salvar lagunas existentes en el orden jurídico,
estableciendo criterios futuros para casos similares.

La creación de la jurisprudencia esta regulada en el artículo 215 de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de da Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos:
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   “La jurisprudencia se establece por reiteración de criterios, por contradicción de tesis
   y por sustitución”.

El artículo 217 de la Ley en comento establece que autoridades están obligadas
a considerar los criterios establecidos en las jurisprudencias:

   “La jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
   funcionando en pleno o en salas, es obligatoria para éstas tratándose de la que
   decrete el pleno, y además para los Plenos de Circuito, los tribunales colegiados y
   unitarios de circuito, los juzgados de distrito, tribunales militares y judiciales del
   orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales administrativos y del
   trabajo, locales o federales.

   La jurisprudencia que establezcan los Plenos de Circuito es obligatoria para los
   tribunales colegiados y unitarios de circuito, los juzgados de distrito, tribunales
   militares y judiciales del orden común de las entidades federativas y tribunales
   administrativos y del trabajo, locales o federales que se ubiquen dentro del circuito
   correspondiente.

   La jurisprudencia que establezcan los tribunales colegiados de circuito es obligatoria
   para los órganos mencionados en el párrafo anterior, con excepción de los Plenos
   de Circuito y de los demás tribunales colegiados de circuito”.

La doctrina como fuente del Derecho. Determinar a la doctrina como una
fuente del Derecho ha sido un eterno debate, esto debido a la obligatoriedad que
pudiera representar, sin embargo, consideraremos la doctrina como una fuente
más. Así, se define a la doctrina como “el conjunto de principios que expresan el
resultado del estudio meramente especulativo de las normas jurídicas, y, en
especial, de los preceptos del Derecho positivo, con el fin de comentarlos o
interpretarlos. Cuando los estudios doctrinales tienen por objeto comentar o
interpretar las normas vigentes, su naturaleza se asemeja a la de la aplicación
del Derecho o a un caso concreto, porque en ambos casos se interpretan
normas jurídicas”. (García, 2001, p. 29).

Los principios generales del Derecho. Los principios generales del Derecho
también son considerados como una fuente, siendo estas reglas jurídicas
fundamentales. Dichos principios pueden o no estar inscritos en la Ley.
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   •   Fuentes reales. Factores y elementos que determinan el contenido de
       una norma.
   •   Fuentes históricas. Se integran por aquellos documentos que se toman
       como base al momento de crear una ley.

Usos mercantiles:

                    ¿En que consisten los usos mercantiles?

Los usos son una conducta habitual, que a diferencia de la costumbre, es
concreta y particular, y puede considerarse como la manifestación de la voluntad
de las partes. Es una práctica que se da entre comerciantes y que rige sus
relaciones. “Los usos sirven para completar o interpretar la voluntad de las
partes sólo en cuanto se estima que han querido libremente acogerse a ellos”.
(García, 2011, p. 66).

Se define al uso mercantil como aquella practica observada por los comerciantes
en su actividad empresarial y que se traduce en una voluntad tácita dentro de
sus relaciones jurídicas. El uso mercantil es obligatorio independientemente de
que se encuentre o no plasmado en la ley.
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Conclusión
Se consideran como fuentes del derecho aquellos procesos que dan origen a la
norma jurídica. Doctrinariamente se consideran tres fuentes las derecho las
formales, reales e históricas. Dentro de las fuentes formales encontramos: la ley,
la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, así como los principios generales. La
Jurisprudencia es la interpretación que las autoridades dan a la ley en un caso
concreto y sirve para salvar lagunas existentes en el orden jurídico,
estableciendo criterios futuros para casos similares. La doctrina constituye un
conjunto de principios relacionados con el estudio del derecho que han
perdurado hasta nuestros días. Los principios generales del derecho constituyen
reglas jurídicas fundamentales.

Los usos son una conducta habitual, que a diferencia de la costumbre, es
concreta y particular, y puede considerarse como la manifestación de la voluntad
de las partes. El uso mercantil es aquella práctica observada por los
comerciantes en su actividad empresarial y que se traduce en una voluntad
tácita dentro de sus relaciones jurídicas.

El Derecho Mercantil, resulta trascendente en toda actividad económica, de
cualquier país, y en nuestro caso es importante conocer e identificar los
antecedentes de los actos mercantiles y/o de comercio, así como conocer los
instrumentos por medio del cual se presentan, ya que cada uno de nosotros sin
tener la peculiaridad de ser comerciantes participamos en muchas ocasiones en
este tipo de actos, regulados por el Código de Comercio o Leyes Mercantiles.

El análisis del concepto y ramas del derecho mercantil es esencial al comenzar
el estudio de los contratos en Derecho Mercantil, no obstante, existen aspectos
por conocer, por ejemplo:

  ¿Qué son los títulos de crédito? ¿Cuáles son las características de los
                                títulos de crédito?
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Para aprender más

Para aprender más acerca del Código Civil Federal en materia mercantil y su
constitucionalidad, así como sus fuentes y usos mercantiles, te invito a consultar
los siguientes recursos:

       ¿Qué es la supletoriedad del Código Civil en materia mercantil?

   •   Castrillón, V. (s/f). La aplicación supletoria del Código Civil Federal en
       materia mercantil y su constitucionalidad, obtenido de:
       http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1649/18.pdf

                           ¿Qué son los usos mercantiles?

   •   Ibáñez, J. (s/f). Los usos del comercio, obtenido de:

       http://www.cesfelipesegundo.com/revista/articulos2010/05.pdf

               ¿Cuáles son las fuentes del derecho mercantil?

   •   (s/a). (s/f). El derecho mercantil y sus fuentes, obtenido de:
       http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1386/2.pdf

                   ¿Cuáles son las fuentes del derecho mercantil?

   •   (s/a). (s/f). Aspectos generales del derecho mercantil, obtenido de:

       http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3259/4.pdf
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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones:

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta
sesión, ahora tendrás que realizar una actividad en la cual a través de un mapa
mental describas los aspectos generales del derecho mercantil vistos en esta
sesión.

Puedes realizarlo en cualquier programa especializado en mapas mentales, al
final tendrás que guardarlo como imagen en formato JPG, con la finalidad de
subirlo a la plataforma de la asignatura.

Recuerda que esta actividad te ayudará a retener los conceptos referentes los
aspectos generales del derecho mercantil, los cuales son esenciales para
continuar con el estudio de la materia.

En esta actividad se tomará en cuenta para tu calificación lo siguiente:

   •   Tus datos generales.
   •   Mapa mental.
   •   Referencias bibliográficas.
   •   Ortografía y redacción.
   •   Representación gráfica.
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Bibliografía

Cervantes, R. (2002). Derecho Mercantil. México: Porrúa.

García, E. (2011). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa.

García, T. (2001). Apuntes de Introducción al estudio del Derecho. México:
Porrúa.

Martínez, S. F. (2010). Manual de Derecho Mercantil (17ª. ed.) Madrid: Tecnos.

Menéndez, M. A. (2012). Lecciones de Derecho Mercantil                  (10ª ed). S.L,
Pamplona: Civitas Ediciones,

Muñoz, L. (1973). Derecho Mercantil. México: Cardenas, Editor y Distribuidor.

Quevedo, C. I. (2008). Derecho Mercantil Tercera Edición. México: Pearson
Prentice Hall.

Cibergrafía

S/a (s/f). Diccionario jurídico, consultado el 1 de abril de 2013 de:

www.diccionariojuridico.mx/
También puede leer