Convocan a abogados para el proceso de selección de jueces supernumerarios - Amazon S3

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N° 6424
 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV            CRÓNICA          JUDICIAL                      Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019   1

                      CRÓNICA JUDICIAL
                                                                                    CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
                                                                                              OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA
                                                                                                       Presidente

                                                                                         Chiclayo, sábado 16 de febrero del 2019

Convocan a abogados para el proceso de
selección de jueces supernumerarios
La Presidencia de la Corte      comisión encargada del Pro-      a todos los abogados a nivel       Laboral, juez superior Enrique
Superior de Justicia de Lam-    ceso de Selección de Jueces      regional y nacional para ocu-      Rodas Ramírez, y la integran
bayeque (CSJLA), mediante       Supernumerarios para este        par las plazas disponibles.        las juezas superiores, Cecilia
Resolución     Administrativa   distrito judicial, teniendo la   La comisión está a cargo del       Tutaya Gonzales, miembro
N° 079-2019, conformó la        responsabilidad de convocar      presidente de la Primera Sala      de la Segunda Sala Laboral,
                                                                                                    y Ana Salés del Castillo, presi-
                                                                                                    denta de la Primera Sala Penal
                                                                                                    de Apelaciones de Chiclayo.
                                                                                                    Además de los magistrados,
                                                                                                    René Zelada Flores, juez del
                                                                                                    Octavo Juzgado Unipersonal
                                                                                                    Penal de Chiclayo, y Miguel
                                                                                                    Angel Peralta Lui, Juez de Paz
                                                                                                    Letrado de Chiclayo

                                                                                                    CONVOCATORIA
                                                                                                    En virtud a las facultades con-
                                                                                                    feridas, el magistrado Enrique
                                                                                                    Rodas Ramírez invita a los
                                                                                                    abogados a presentarse a
                                                                                                    esta convocatoria a efectos de
                                                                                                    ser considerados en la nómina
                                                                                                    de jueces supernumerarios,
                                                                                                    conforme a los requisitos esta-
                                                                                                    blecidos en el artículo 4° de la
                                                                                                    Ley 29277 de la Carrera Judi-
                                                                                                    cial y los requisitos especiales
                                                                                                    establecidos para cada una de
                                                                                                    las plazas convocadas, según
                                                                                                    el nivel y especialidad.
                                                                                                    Entre las etapas del proceso
                                                                                                    de selección (con carácter eli-
                                                                                                    minatorio) se encuentra: exa-
                                                                                                    men de conocimientos., cali-
                                                                                                    ¿FDFLyQ FXUULFXODU HQWUHYLVWD
                                                                                                    personal, entre otros.
                                                                                                    Para conocer las fechas del
                                                                                                    proceso de selección e in-
                                                                                                    formación adicional a esta
                                                                                                    convocatoria, puede ingresar
                                                                                                    a la página web institucional:
                                                                                                    www.csjla.pe o acceder di-
                                                                                                    rectamente mediante al enlace
                                                                                                    https://goo.gl/HmXfqC.
2   Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019                        CRÓNICA                  JUDICIAL                        PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

                               CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
                                                  MG. OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV                                                                            Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019

                                                                                           de la contingencia.                          250. Expediente N° 00175-2015-20-1707-
                                                                                           237. Expediente N° 02470-2016-0-1706-        JM-CI-01/ Juan Chanamé Piscoya/ ONP/
                                                    5. CRÓNICA JUDICIAL                    JR-LA-06/ Wigberto Olano Provisional/        Proceso Contencioso Administrativo/
                                                                                           ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/     CONFIRMA el auto contenido en la
                                                                                           CONFIRMA la resolución número seis que       resolución número uno, que declaró
                                                        CRÓNICA JUDICIAL                   declara fundada en parte la demanda.         improcedente la demanda.
                                             DÍA 22 DE MARZO DEL DOS MIL                   238. Expediente N° 05093-2012-0-1706-        251. Expediente N° 02731-2017-20-1707-
                                             DIECIOCHO                                     JR-LA-03/ María Clementina Bances            JR-LA-05/ Eduardo Zambrano Flores/ Red
                                             CON EL SEÑOR FIGUEROA GUTARRA,                Vidaurre/ gerencia regional de educación     Asistencial De Salud De Lambayeque/
                                             ARMAZA GALDÓS Y HUAMÁN VERA SE                de Lambayeque y otros/ proceso               Proceso Contencioso Administrativo/
                                             VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS                     contencioso administrativo/ CONFIRMA         REVOCA el auto contenido en la resolución
                                             226. Expediente N° 01983-2015-0-1706-         la sentencia que declara fundada en parte    número uno que declaró improcedente la
                                             JR-LA-05/ Virgilio Burga Marín/ ONP/          la demanda.                                  demanda y REFORMÁNDOLA dispone
                                             Proceso Contenciosa Administrativa/           239. Expediente N° 03344-2013-0-1706-        que el juez de primera instancia califique
                                             CONFIRMA la sentencia que declara             JR-LA-05/ Julio César Villanueva Ángeles/    nuevamente la demanda.
                                             infundada la demanda.                         Essalud Lambayeque Y Otros/ Proceso          252. Expediente N° 01362-2017-0-1708-
                                             227. Expediente N° 05653-2014-0-1706-         Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         JR-LA-01/ Goldy Maribel Barreto Gamarra/
                                             JR-LA-04/ Damián García Llanos/ ONP/          la sentencia que declaró fundada en parte    Gerencia Regional De Educación De
                                             CONFIRMA la sentencia que declara             la demanda.                                  Lambayeque Y Otro/ Proceso Contencioso
                                             infundada la demanda.                         240. Expediente N° 00368-2017-0-1708-        Administrativo/ CONFIRMA la sentencia
                                             228. Expediente N° 04342-2015-0-1706-         JR-LA-01/Rosa Paulina De La Cruz             que declara fundada la demanda.
                                             JR-LA-02/ Luis Felipe Chong Plaza/ ONP/       Timaná De Rufino/ Gerencia Regional          253. Expediente N° 00022-2017-0-1708-
                                             Proceso Contencioso Administrativa/           De Lambayeque Y Otros/ Proceso               JR-LA-01/ Orfila Estela Dávila/ Unidad De
                                             CONFIRMA la sentencia que declara             Contenciosos Administrativo/ CONFIRMA        Gestión Educativa Local De Lambayeque
                                             fundada en parte la demanda.                  la sentencia que declaró fundada la          Y      Otros/    Proceso     Contencioso
                                             229. Expediente N° 04113-2013-1706-JR-        demanda.                                     Administrativo/ CONFIRMA la sentencia
                                             LA-04/ Oscar Ely Díaz Castro/ Gerencia        241. Expediente N° 5511-2015-29-1706-        que declara fundada la demanda.
                                             Regional De Educación De Lambayeque/          JR-LA-04/ Juan Francisco Figueroa            254. Expediente N° 00762-2008-30-
                                             Proceso Contencioso Administrativa/           Vidarte / ONP/ Proceso Contencioso           1706-JR-LA-01/ Pedro Chavesta Reluz
                                             CONFIRMA la sentencia que declara             Administrativo/ CONFIRMA el auto             / Electronorte S.A/ incumplimiento
                                             infundada la demanda.                         contenido en la resolución número            de normas laborales/ CONFIRMA la
                                             230. Expediente N° 00033-2006-                nueve en el extremo que impone multa         resolución número noventa y cuatro que
                                             27-1706-JR-LA-01/       JOSÉ       Manuel     ascendente a dos unidades de referencia      fija los costos del proceso.
                                             Martínez Tolentino/ Gobierno Provincial       procesal a la demandada oficina de           255. Expediente N° 01454-2017-1706-
                                             De Chiclayo/ Proceso Contencioso              normalización previsional.                   JR-LA-02/ Pedro Martín López Aguilar/
                                             Administrativo/ DECLARA NULA la               242. Expediente N° 04937-2015-0-1706-        Red Asistencial De Lambayeque-Essalud/
                                             resolución número cincuenta que resuelve      JR-LA-04/Palermo Jiménez Córdova/            Proceso Contencioso Administrativo/
                                             declarar improcedente de plano la             ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/     CONFIRMA la sentencia que declara
                                             oposición, disponiendo que el juez de la      DECLARA NULA la sentencia contenida          fundada la demanda.
                                             causa proceda a emitir nueva resolución       en la resolución número siete, que declara   256. Expediente N° 04766-2015-JR-
                                             en la forma establecida en la presente.       infundada la demanda.                        LA-02/ Juan Bautista Torres Fernández/
                                             CON EL SEÑOR FIGUEROA GUTARRA,                243. Expediente N° 02585-2015- 1706-         Gerencia De La Red Asistencial
                                             ARMAZA GALDÓS Y HUAMÁN VERA SE                JR-LA-03/ Melanio Delgado Peralta/ ONP       De       Lambayeque-Esalud/      Proceso
                                             VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS                     /Proceso Contencioso Administrativo/         Contenciosos Administrativo/ CONFIRMA
                                             231. Expediente N° 01258-2010-0-1706-         declara NULA la sentencia contenida en       la sentencia mediante la cual se declara
                                             JR-LA-03/ Ricardo Ernesto Antonio Vargas      la resolución número ocho que declara        fundada en parte la demanda.
                                             Zapata / COFOPRI/ Pago De Beneficios          fundada la demanda.                          257. Expediente N° 00632-2009-80-
                                             Sociales/ CONFIRMA la sentencia               244. Expediente N° 02950-2016-0-1706-        1706-JR-LA-01/ Manuel Artemio Coello
                                             contenida que resuelve declarar infundada     JR-LA-06/ Genaro Hernández Gil/ ONP/         García / COFOPRI/ Beneficios Sociales/
                                             la demanda.                                   Proceso Contencioso Administrativo/          CONFIRMA la resolución número treinta
                                                                                           REVOCA la sentencia contenida en             y cinco que declara infundada la nulidad
                                             DÍA 23 DE MARZO DEL DOS MIL                   la resolución número seis que declara        propuesta por la demandada.
                                             DIECIOCHO                                     fundada la demanda y REFORMÁNDOLA            258. Expediente N° 02091-2016-0-
                                             CON EL SEÑOR RODAS RAMÍREZ,                   declara infundada la demanda.                1706-JR-LA-02/ María Estela Masquez
                                             FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RÍOS                245. Expediente N° 03665-2016-0-1706-        Sipión/ Gerencia Regional De Salud
                                             SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS                  JR-LA-05/ Blanca Isabel Falen Acosta         De Lambayeque Y Otros/Proceso
                                             232. Expediente N° 02437-2010-0-1706-         / Gerencia Regional De Educación             Contencioso Administrativo/ CONFIRMA
                                             JR-LA-03/ Santos Estanislao Torres Mena/      De Lambayeque Y Otros/ Proceso               la sentencia que declara fundada en parte
                                             Municipalidad Provincial De Chiclayo/         Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         la demanda.
                                             Proceso Contencioso Administrativo/           la sentencia contenida en la resolución      259. Expediente N° 0253-2004-15-
                                             CONFIRMA la sentencia que declaró             número cinco que declara fundada en          1706-JR-LA-01/José Monteza Padilla/
                                             fundada la demanda.                           parte la demanda.                            Electronorte S.A. / Incumplimiento De
                                             233. Expediente N° 04910-2015-0-1706-         246. Expediente N° 04039-2016-0-             Disposiciones Y Normas Laborales/
                                             JR-LA-06/ Lidia Miranda Guarniz/ONP/          1706-JR-LA-01/ Lilia Edesvita Cholán         REVOCA el auto contenido en la
                                             Proceso Contencioso Administrativo/           Zañarta/ Hospital Provincial Docente         resolución número noventa y nueve que
                                             CONFIRMA la sentencia que declaró             Belén De Lambayeque Y Otros/ Proceso         rechazó la deducción solicitada por la
                                             infundada la demanda.                         Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         demandada, respecto al monto ordenado
                                             234. Expediente N° 05113-2012-0-1706-         la sentencia que declara fundada la          a pagar y le requiere que se abstenga de
                                             JR-LA-04/ Amelia Garrido Azañero/ ONP/        demanda.                                     efectuar deducciones no ordenadas en
                                             Proceso Contencioso Administrativo/                                                        autos y REFORMÁNDOLA deja sin efecto
                                             CONFIRMA la sentencia que declara             DÍA 28 DE MARZO DEL DOS MIL                  el requerimiento precisado a la demanda.
                                             fundada en parte la demanda.                  DIECIOCHO                                    260. Expediente N° 04548-2012-0-1706-
                                             235. Expediente N° 03022-2015-0-1706-         CON EL SEÑOR RODAS RAMÍREZ,                  JR-LA-03/ César Augusto Núñez Sánchez/
                                             JR-LA-06/ CÉSAR Augusto Chirinos              FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RÍOS               Gerencia Regional De Educación De
                                             Capuñay/      Municipalidad      Provincial   SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS                 Lambayeque Y Otros/ Impugnación De
                                             De Chiclayo/ Proceso Contencioso              247. Expediente N° 03273-2016- 1706-         Resolución Administrativa/ CONFIRMA
                                             Administrativo/ CONFIRMA la resolución        JR-LA-02/ Mario Rodríguez Solaruz/ Red       la sentencia contenida en la resolución
                                             número nueve que declara fundada en           Asistencial De Lambayeque-Essalud/           número ocho que declara infundada la
                                             parte la demanda.                             Proceso Contencioso Administrativo/          demanda.
                                             236. Expediente N° 02251-2009-39-             CONFIRMA la sentencia que declara            261. Expediente N° 00022-1999-28-
                                             1706-JR-LA-03/ Isac Larrea Romero/            fundada en parte la demanda.                 1706-JR-LA-04/ Manuel Félix Vargas
                                             ONP/ Impugnación De Resolución                248. Expediente N° 02369-2016-0-1706-        Morocho/ ONP/ Proceso Contencioso
                                             Administrativa/ CONFIRMA el auto              JR-LA-02/ Eleuterio López Cumpén/ ONP        Administrativo/ CONFIRMA el auto
                                             contenida en la resolución número             / Proceso Contencioso Administrativo/        contenido en la resolución número ciento
                                             treinta y dos que resuelve requerir a la      CONFIRMA la sentencia que declaró            quince.
                                             demandada realizar una nueva liquidación      declarar fundada la demanda                  262. Expediente N° 00652-2008-16-1706-
                                             de devengados e intereses legales en          249. Expediente N° 03145-2016-0-             JR-LA-01/ Luis Carranza García/ Empresa
                                             estricto cumplimiento de lo dispuesto en      1706-JR-LA-03/ María Isabel Córdova          Agroindustrial Cayaltí S.A.A/Cese De
                                             sentencia, es decir, desde la fecha, desde    / Dirección Regional De Educación            Actos De Hostilidad Del Empleador/
                                             la fecha de contingencia de la causante, o    De Lambayeque Y Otros/ Proceso               CONFIRMA el auto apelado contenido
                                             en todo caso acreditar o justificar razones   Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         en la resolución número veinticinco
                                             fácticas o contables que hacen imposible      la sentencia que declaró infundada la        que resuelve declarar infundada la
    Telf: 481030 - 239182                    que se haga la liquidación desde la fecha     demanda.                                     observación.
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV                                CRÓNICA                 JUDICIAL                                           Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019    3

263. Expediente N° 04283-2015-0-1706-        RELATORA                                      Pilar Liza Pisfil, Divorcio por causal:                   00168-2015-59-1708-JM-CI-01
JR-LA-04/ Clemente Sánchez Espinoza/         PRIMERA           SALA         LABORAL        CONFIRMARON la resolución dos,                            Maura Karina Salinas Riojas / Ana
oficina de normalización previsional/        PERMANENTE                                    de fecha ocho de agosto del dos mil                       Maritza Montalván Córdova, Interdicto:
acción     contenciosa     administrativa/                                                 diecisiete que declara IMPROCEDENTE                       REVOCARON la resolución veintitrés
CONFIRMA la sentencia que declara                                                          la excepción de prescripción.                             de fecha seis de junio de dos mil
infundada la demanda.                                                                      0 3 3 5 4 - 2 0 1 7 - 6 1 - 2 7 0 6 - J R - F T- 0 2      diecisiete, en el extremo que declara
264. Expediente N° 00135-2015-0-1714-        CRÓNICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA                Milagros Gutiérrez Ruiz / Diego Ernesto                   IMPROCEDENTES los medios probatorios
JM-LA-01/ Kettere Alejandría Alarcón         SALA ESPECIALIZADA CIVIL DE                   Izquierdo Espinoza, Violencia Familiar:                   extemporáneos ofrecidos por la parte
Rojas/ Municipalidad Distrital De José       LAMBAYEQUE CORRESPONDIENTE                    CONFIRMARON la resolución dos, de                         demandada referidos a Copias certificadas
Leonardo Ortiz/ Proceso Contencioso          AL MES DE MARZO DEL DOS MIL                   fecha dieciocho de abril del dos mil                      de las resoluciones Números. Cuatro,
Administrativo/ CONFIRMA la sentencia                       DIECIOCHO.                     diecisiete, que dicta a favor de MILAGROS                 cinco y seis, emitidas en el expediente
que declaró fundada en parte la demanda.     CRÓNICA DEL DÍA SEIS DE MARZO DEL             GUTIÉRREZ RUIZ protección provisional                     N° 02930-2016-74        1708-JR-PE-01 y
265. Expediente N° 00376-2016-0-             DOS MIL DIECIOCHO                             mediante         medidas          restrictivas:a)         copias certificadas de las declaraciones
1708-JM-LA-01/ María Graciela Núñez          Con los señores Carrillo Mendoza,             La prohibición a DIEGO ERNESTO                            de los testigos María Soledad Vásquez
Carbonel/ Unidad De Gestión Educativa        Rodríguez Tanta y Terán Arrunátegui,          IZQUIERDO ESPIONOZA el uso de                             Cárdenas y Susana Sernaqué Sandoval;
Local De Lambayeque y otro/ Proceso          vieron y votaron en discordia:                cualquier modalidad de violencia física                   REFORMANDOSE en este extremo se
Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         00608-2016-0-1706-JR-CI-06 OSWALDO            o psicológica en agravio de MILAGROS                      dispone admitir los indicados medios
la sentencia que declara fundada la          Gonzales Soifer / Emp. De Transp. Público     GUTIÉRREZ RUIZ, con lo demás que                          probatorios extemporáneos, debiendo el
demanda.                                     de Pasajeros y Turismo Tierra Santa SRL.      contiene.                                                 a quo en su momento valorarlos conforme
266. Expediente N° 05395-2010-JR-LA-         Proceso de Amparo: REVOCARON la               00293-2015-10-1707-JM-CI-01                   José        corresponda. SE CONFIRMA la resolución
01/ Manuela Angélica Castillo Olazábal,      sentencia de fecha veintiocho de marzo        Salvador Aurich Mesones / AFP INTEGRA                     antes indicada en cuanto declara
Lucila Enriqueta Espinoza De Ynfante/        del dos mil diecisiete y REFORMÁNDOLA         y otro, Medida Cautelar: CONFIRMARON                      IMPROCEDENTE el ofrecimiento de
Gobierno Regional De Lambayeque/             dispusieron el amparo de la demanda           la resolución dos de fecha veintitrés de                  medio probatorio extemporáneo referido a
Proceso Contencioso Administrativo/          y DISPUSIERON que la demandada                enero del dos mil diecisiete, que declara                 la Constatación Policial N° 5273838.
CONFIRMA la resolución número                deje de impedir el ejercicio del turno        IMPROCEDENTE la medida cautelar                           ENRIQUE         EDUARDO        SALAZAR
veintitrés que declara fundada en parte      que corresponde a los vehículos con           solicitada.                                               FERNANDEZ
la demanda.                                  unidad de placa M2A-964 (Placa anterior       07247-2003-0-1706-JR-CI-06 Inocente                       JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.
267. Expediente N° 00541-2017-               RC-6479) y la Unidad de placa M1G-959         Puluche Cárdenas / O.N.P. Proceso de                      MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ
0-1708-JR-LA-01/       Magna      Karina     ambas camionetas rurales que cubren           Amparo: CONFIRMARON la resolución                         RELATORA SSEC. CSJLA.
Gutiérrez Mora/ Gerencia Regional De         la ruta Chiclayo-Motupe y viceversa; sin      cincuenta y nueve, de fecha veintidós de                  GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS
Educación Lambayeque Y Otros/ Proceso        perjuicio que la empresa continué con el      agosto del dos mil diecisiete, que corrige                RELATORA SSEC. CSJLA.
Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         tramite respecto a la transferencia de las    la resolución cincuenta y ocho, de fecha
la sentencia que declaró fundada la          participaciones del demandante conforme       veintitrés de junio del dos mil diecisiete,               CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA SIETE DE
demanda.                                     lo establece la Ley General de Sociedades     en el extremo que señala que se inicie                    MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO
268. Expediente N° 00488-2011-0-             y Estatuto de la empresa; dejándose sin       proceso disciplinario contra el abogado                   Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez
1706-JR-LA-03/ Juan Pedro Medina             efecto el acuerdo de Junta General de         Mariano Luz Lezcano; con lo demás que                     Tanta y Salazar Fernández, vieron y
Sisniegues/ ONP/ Proceso Contencioso         Socios de fecha doce de marzo del dos         contiene.                                                 votaron:
Administrativo/ CONFIRMA la sentencia        mil dieciséis, respecto a la “suspensión      00712-2016-0-1706-JR-CI-05                  Carlos        00962-2011-0-1706-JR-CI-01            Asoc.
que declaró fundada la demanda.              del turno de manera definitiva” y los         Antonio Pastor Palomino / Comisión de                     Civil de Servicios Educativos La
269. Expediente N° 02265-2015-0-1706-        devolvieron...                                Honor del Jockey Club de Chiclayo y                       Católica / SUTRAN.Impug. Res. Adm.:
JR-LA-03/ Roberto Rogelio Carrasco           Con los señores Silva Muñoz, Rodríguez        otros: CONFIRMARON la resolución diez,                    CONFIRMARON la sentencia de fecha
Ballona/ ONP/ Proceso Contencioso            Tanta y Salazar Fernández, vieron y           de fecha ocho de noviembre del dos mil                    diecisiete de abril del dos mil diecisiete
Administrativo/ CONFIRMA la resolución       votaron:                                      diecisiete, que RECHAZA la demanda;                       que declara INFUNDADA la demanda e
número ocho, que declara fundada en          03127-2009-10-1706-JR-CI-05 Segundo           con lo demás que contiene.                                IMPROCEDENTE con respecto de las
parte la demanda.                            Pepe Alfaro Farroñan / O.N.P., Impug.         04875-2007-27-1706-JR-CI-02                   Juan        pretensiones accesorias.
270. Expediente N° 00342-2008-0-             Res. Adm.; Declararon NULO la                 José Aguilera Troncos y otros / Direc.                    00011-2016-0-1706-JR-FC-02 Keli Jesús
1706-JR-LA-03/ Santos Ramos Reluz/           resolución treinta y cinco de fecha cuatro    Reg. de Agricultura, Impug. Res. Adm.:                    Roquejo Vásquez / Luis Alberto Dávila
Cooperativa De Viviendas Santa Rosa          de julio del dos mil diecisiete, copiado      CONFIRMARON la resolución cincuenta                       Ticlla, Divorcio por causal: Aprobaron la
de la PNP/ Pago De Beneficios Sociales/      de folios cincuenta y siete a cincuenta       y nueve, de fecha uno de setiembre del                    sentencia de fecha veinte de junio del
NULA la sentencia contenida en la            y nueve, en el extremo que dispuso            dos mil diecisiete, que resuelve remitir                  dos mil diecisiete, que declara FUNDADA
resolución número cuarenta y uno que         que los devengados se calculen hasta          copias certificadas de piezas principales                 la demanda de divorcio por la causal
declara fundada en parte la demanda,         el mes de marzo de 2010, debiendo             al Ministerio Público; e IMPONE multa de                  de separación de fecha y DISUELTO
debiendo el juez de la causa expedir         emitir nueva decisión; CONFIRMARON            cinco URP a don Rivas Llanos Arnaldo                      el vínculo matrimonial que unía a los
nueva resolución.                            la misma resolución en cuanto dispone         Abelino.                                                  cónyuges con lo demás que contiene.
271. Expediente N° 03726-2015--JR-LA-        que la demandada cumpla con calcular          00034-2008-44-1706-JRT-CO-08 Silvia                       00559-2015-0-1707-JM-FC-01 Augusto
05/ Luis Antonio Reátegui Vílchez/ ONP/      la pensión de jubilación teniendo en          Violeta Díaz Ortiz / Marleny de los                       Garay Sánchez / Verónica María
Proceso Contencioso Administrativo/          cuenta la remuneración de referencia en       Milagros Pisfil Granda y otros, Obligación                Reaño Sevilla, Régimen de Visitas:
CONFIRMA la sentencia contenida en la        la suma de S/. 857.36, con lo demás que       de dar suma de dinero: Declararon                         CONFIRMARON la sentencia de fecha
resolución número seis n el extremo que      al respecto contiene.                         IMPROCEDENTE la apelación contra la                       veintitrés de junio del dos mil diecisiete,
declara fundada la demanda.                  02302-2015-76-1706-JR-FC-01 Víctor            resolución cuarenta y tres del dos de                     que declara FUNDADA la demanda; con
272. Expediente N° 00220-2016-0-             Manuel Tolentino Agurto / Yovani Esther       mayo del dos mil diecisiete y NULO el                     lo demás que contiene.
1706-JM-LA-01/ Serapio Velásquez             Ramírez Dávila, Divorcio por causal-          concesorio de dicha apelación contenido                   004431-2015-0-1706-JR-FC-04 Carlos
Ballena/ Unidad De Gestión Educativa         Auxilio     Judicial:     CONFIRMARON         en la resolución cuarenta y cuatro, del                   Javier Burgos Soto / Fernando Burgos
De Lambayeque/ Proceso Contencioso           la resolución uno de fecha veinticinco        nueve de junio del dos mil diecisiete.                    Castro y otros, Reconocimiento judicial
Administrativo/ CONFIRMA la sentencia        de agosto del dos mil diecisiete, que         00846-2008-21-1706-JR-CI-03 Aníbal                        de paternidad y otros: CONFIRMARON la
que declara fundada la demanda.              RECHAZA el Auxilio Judicial solicitado        Antero Villalobos Ayala y otros / José                    sentencia de fecha catorce de agosto del
273. Expediente N° 00176-2016-0-             por Yovani Esther Ramírez Dávila; con lo      Augusto Fuentes Chapoñan y otros,                         dos mil diecisiete , sólo en el extremo que
1708-JM-LA-01/ Ramiro Sinecio Coronel        demás que contiene.                           desalojo: CONFIRMARON la resolución                       declara IMPROCEDENTE la pretensión
Tejada/ Gerencia Regional De Salud           00326-2016-30-1706-JR-CI-07                   cincuenta y dos, de fecha catorce de junio                de declaración de coheredero del
De Lambayeque Y Otros/ Proceso               Importaciones y Exportaciones San             del dos mil diecisiete, que efectiviza el                 demandante, respecto de la sucesión de
Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         Francisco SRL /Tribunal Registral Trujillo    apercibimiento decretado en la resolución                 su extinto padre Carlos Rafael Burgos
la sentencia que declara fundada la          y otros: Proceso Amparo. Media Cautelar:      cincuenta y uno y RECHAZA el escrito de                   Larrea.
demanda.                                     CONFIRMARON la resolución uno, de             apelación de fecha veintiséis de octubre                  00963-2015-0-1706-JR-FC-02 Genaro
274. Expediente N° 03088-2016-0-             fecha dos de octubre del dos mil diecisiete   del dos mil dieciséis.                                    Amaya Purizaca / Belinda Gómez Pérez,
1706-Jr-La-02/ Antonia Marleni Esquivel      que declara IMPROCEDENTE la medida            07333-2016-21-1706-JR-FT-05                   Luca        Divorcio. 1. REVOCAR la Sentencia
Rojas/ Gerente Regional De Educación         cautelar de anotación de demanda y de         Leonardo Vogel Ríos y otros / Hans                        de fecha trece de julio del dos mil
De Lambayeque Y Otros/ Proceso               no innovar.                                   Eduardo Vogel González, y otro, Violencia                 diecisiete, en el extremo que resuelve
Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         01068-2008-15-1706-JR-CI-07           julio   Familiar: Declararon IMPROCEDENTE el                      declarar INFUNDADA la pretensión de
LA sentencia que declara fundada la          OLIVOS Cabrera / O.N.P. Impug. Res.           recurso de apelación contra la resolución                 alimentos formulada por la demandada
demanda.                                     Adm.: CONFIRMARON la resolución               siete, de fecha veintidós de marzo del                    en la reconvención, y dispone el cese
275. Expediente N° 04543-2012-0-1706-        cincuenta y ocho, de fecha treinta y uno      dos mil diecisiete y NULO el concesorio                   de las obligaciones alimentarias;
JR-LA-04/ Rosario Cabanillas De Rodas /      de agosto del dos mil diecisiete, que         de apelación.                                             REFORMÁNDOSE en este extremo se
ONP/ Acción Contencioso Administrativo/      declarara INFUNDADA las observaciones         01571-2006-93-1706-JR-CI-02 Alfonso                       declara FUNDADA en parte la demanda,
DECLARA NULA la sentencia que declaró        de pericia; con lo demás que contiene.        Quintana Silva / O.N.P., Proceso de                       y en consecuencia SE DISPONE que
fundada en parte la demanda.                 00907-2017-0-1706-JR-CI-04 Segundo            Amparo: CONFIRMARON la resolución                         el demandante pague una pensión
276. Expediente N° 00162-2018-79-            Higinio Baldera Bances: Jueces del            cincuenta y tres, de fecha quince de                      de alimentos mensual y adelantada
1706-JR-LA-01/ Rossana Elizabeth Díaz        Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la     septiembre del dos mil diecisiete que                     ascendente a S/. 200.00 a favor de la
Gamboa/ Corte Superior De Justicia           corte Superior de Justicia de Lambayeque      efectiviza el apercibimiento decretado e                  demandada BELINDA GOMEZ PEREZ-
De Lambayeque/ Medida Cautelar/              y otros: CONFIRMARON la resolución            IMPONE a la ONP la multa de UNA URP.                      2. REVOCAR la misma sentencia, en
ESTABLECE que la señora jueza del            uno de fecha once de mayo del dos mil         00726-2017-0-1706-JR-CI-07                    Juan        el extremo que resuelve declarar
quinto juzgado de trabajo conozca el         diecisiete que declara IMPROCEDENTE           García Nizama / Juez del Quinto                           INFUNDADA la pretensión de daños y
presente proceso.                            la demanda.                                   Juzgado de Trabajo, Primera Sala                          perjuicios solicitada por la demandada
277. Expediente N° 01713-2016-0-             0529-2003-30-1706-JR-CI-06 Interbank /        Laboral Permanente, Proceso de                            en la reconvención; REFORMÁNDOSE
1706-JR-LA-02/ Víctor Antonio Callacna       Julio Diómedes Herrera Zavaleta y otro,       Amparo: CONFIRMARON la resolución                         en este extremo se declara FUNDADA
Panta/ Gerencia Regional De Agricultura      Ejecución de Garantías: CONFIRMARON           uno, de fecha tres de mayo del dos mil                    en parte la demanda, y en consecuencia
De Lambayeque Y Otro / Proceso               la resolución noventa, de fecha nueve de      diecisiete, que declara IMPROCEDENTE                      SE DISPONE que el demandante
Contencioso Administrativo/ CONFIRMA         marzo del dos mil diecisiete de declara       la demanda.                                               pague una indemnización a favor de la
la sentencia que declaró fundada en parte    infundada la observación; con lo demás        06174-2017-0-1706-JR-FC-02                   Henry        demandada BELINDA GOMEZ PEREZ,
la demanda.                                  que contiene.                                 Toribio Chau Palacios / María Amelia                      ascendente a S/. 3,000.00.- 3. APROBAR
278. Expediente N° 00560-2016-0-             01082-2017-0-1706-JR-CI-06          Víctor    Benavides         Bustamante           /    Impug.        la misma sentencia en el extremo que
1706-JR-LA-05/ Juan Manuel Saldaña           Napoleón Gonzales Torres / SUCAMEC,           De       Paternidad          Extramatrimonial:            declara FUNDADA la demanda de
Rondan/ ONP/ Proceso Contencioso             Contencioso Administrativo: Declararon        CONFIRMARON la resolución cuatro                          divorcio por causal de separación de
Administrativo/ CONFIRMA la sentencia        IMPROCEDENTE la consulta de fecha             de fecha veintitrés de octubre del dos                    hecho, interpuesta por GENARO AMAYA
que declara fundada la demanda.              cuatro de diciembre del dos mil diecisiete,   mil diecisiete que declara NULO TODO                      PURISACA, contra su cónyuge BELINDA
ÁNGEL FREDDY PINEDA RÍOS                     DISPONIÉNDOSE que lo autos sean               LO ACTUADO en la presente causa y                         GOMEZ PEREZ; DISUELTO EL VINCULO
JUEZ SUPERIOR                                devuelto al Juzgado consultante para los      declara IMPROCEDENTE la demanda.                          MATRIMONIAL que unía a los justiciables,
PRIMERA           SALA        LABORAL        efectos de ley.                               De      Impugnación           de       Paternidad         con lo demás que contiene.
PERMANENTE                                   01830-2015-7-1706-JR-FC-01 Wilson             Extramatrimonial, con lo demás que                        03345-2009-0-1706-JR-CI-05
KELLY MEGO ALARCÓN                           Omar Samamé Delgado / Maribel del             contiene.                                                 Eugenio Linares Vásquez / Gerente
4   Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019                         CRÓNICA                  JUDICIAL                          PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

del Hospital Privado Metropolitano y           Crispin Cabrejos Bardales / Essalud           fecha veintiocho de agosto del dos mil         once de octubre del dos mil diecisiete:
otros. Indemnización: REVOCARON                Lambayeque y otro. Impug. Res. Adm.:          dieciocho, que declara IMPROCEDENTE            REFIORMÁNDOA                  declararon
la sentencia de fecha diecisiete de            CONFIRMARON la resolución treinta y           la demanda y los devolvieron.                  INFUNDADA la oposición a la medida
abril del dos mil diecisiete, el declara       nueve de fecha diecisiete de julio del dos    01912-2012-94-1706-JR-CI-01 Cupertino          temporal sobre el fondo propuesta por
FUNDADA EN PÁRRTE la demanda                   mil diecisiete, que declara consentida la     Alindor Alcalde Segura / Colegio Médico        Oscar Marín Carranza Delgado, la vigencia
e IMPROCEDENTE el extremo de                   resolución treinta y ocho de fecha trece de   del Perú Consejo Regional VIII y otro,         de la resolución tres del quince de agosto
la demanda referido a la pretensión            marzo del dos mil diecisiete; con lo demás    Indemnización: CONFIRMARON la                  del año en curso que declara FUNDADA la
indemnizatoria por daño a la persona extra     que contiene.                                 resolución veinticuatro de fecha veintidós     medida cautelar sobre el fondo solicitada
patrimonial; REFORMANDO la sentencia           05523-2006-30-1706-JR-CI-06 Rafael            de agosto del dos mil diecisiete, que          por Elsa Esperanza Muñoz Rojas contra
indicada se declara INFUINDADA la              Pérez Sisniegas / O.N.P., Impug. Res.         declara IMPROCEDENTE la nulidad de             Oscar Marín Carranza Delgado.
demanda en todos sus extremos.                 Adm.: CONFIRMARON la resolución               la resolución veintitrés de fecha veinte de    ENRIQUE        EDUARDO          SALAZAR
04167-2014-0-1706-JR-CI-05 Segundo             sesenta y dos, de fecha veinticinco de        julio del dos mil diecisiete que rechaza       FERNANDEZ
Juan Blanco Zambrano / Agustín Chugden         agosto del dos mil diecisiete, que deja       la apelación formulada por Empresa             JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.
Vásquez y otros, Nulidad de acto jurídico:     sin efecto el concesorio de apelación         Agroindustrial Cayalti S.A.A.                  MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ
CONFIRMARON la sentencia de fecha              mediante resolución sesenta y uno del         01487-2006-76-1706-JR-CI-07 Magdalena          RELATORA SSEC. CSJLA.
primero de junio del dos mil diecisiete que    quince de marzo del dos mil diecisiete; con   Estela Tesen Viuda de Trelles / O.N.P.,        GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS
declara INFUNDADA la demanda y los             lo demás que contiene.                        Proceso de Amparo: CONFIRMARON la              RELATORA SSEC. CSJLA.
devolvieron.                                   00500-2016-0-1714-JM-FC-01 Jhonny             resolución cuarenta y ocho (debería ser
03982-2014-0-1706-JR-CI-06           Zulmy     Ronald Calle Vallejos / Suc. De Rosa          cuarenta y nueve) de fecha veinticuatro de     CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECISÉIS
Edelmira Pozo Benavides / Red Asistencial      Isabel Hoyos Fernández, Impug.de              mayo del dos mil diecisiete, que IMPONE        DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO
Lambayeque -ESSALUD y otros, Proceso           Maternidad-Paternidad: REVOCARON la           multa progresiva y compulsiva a la ONP         Con los señores: Rodríguez Tanta y Terán
de Amparo: Declararon NULA la sentencia        resolución seis de fecha trece de octubre     de dos URP; con lo demás que contiene.         Arrunátegui, vieron y votaron en mayoría:
del doce de junio del dos mil diecisiete,      del dos mil diecisiete, DISPONIÉNDOSE         00054-2017-20-1708-JM-CI-01 Nicolasa           01129-2017-46-I1706-JR-CI-01 Oscar
ORDENARON que el A QUO en el más               la nulidad de la referida resolución,         Cajusol Zeña / Carmen Elena Cajusol            Luis Cárpena Recoba / Justo Tapia
breve plazo emita nuevo pronunciamiento.       DEBIÉNDOSE continuar con el proceso           Cajusol, Otorgamiento de Escritura: Auxilio    Montenegro y otro, Reivindicación-Medida
00906-2017-0-1706-JR-CI-05 Haydee              en el estadio en que se encuentra y lo        Judicial: CONFIRMARON la resolución            Cautelar: Declararon NULO el concesorio
Maldonado Bermeo / Ana María Huamán            devolvieron.                                  uno, de fecha diecisiete de febrero del dos    de apelación contenido en la resolución
García, Desalojo: CONFIRMARON la               00837-2013-80-1714-JR-FC-01 Jhone             mil diecisiete, que declara INFUNDADA la       siete, debiendo el Juzgado de origen
sentencia de fecha dieciocho de octubre        Deivis Huamán Chuquilin / Kelly Elizabeth     solicitud de auxilio judicial formulada por    proceder conforme a lo señalado en la
del dos mil diecisiete, que declara            Cano Llamo, Tenencia: Declararon              Nicolasa Cajusol Zeña.                         presente resolución.
FUNDADA la demanda y ordena que la             NULA la resolución treinta y seis de          00254-2017-0-1706-JR-CI-05 Gerardo             Con los señores: Silva Muñoz, Salazar
demandada restituya a la demandante el         fecha veinticinco de agosto del dos mil       Mestanza García/ Comandancia General           Fernández y Terán Arrunátegui, vieron
inmueble materia de autos, con lo demás        diecisiete, que ordena remitir copias al      del Ejército del Perú y otros. Proceso de      y votaron:
que contiene.                                  Ministerio Público ; e Impone multa a la      Amparo: CONFIRMARON la resolución              07125-2006-55-1706-JR-CI-05 Zenón
00332-2009-0-1706-JR-FC-02 Martha              demandada; con lo demás que contiene.         uno, del tres de febrero del dos mil           Asenjo Dávila / O.N.P., Impug. Res.
Silvana Mori Alván / Marco Antonio             00728-2016-30-1706-JR-FC-04 Sergio            diecisiete, que declara IMPROCEDENTE           Adm.: CONFIRMARON la resolución
Gutiérrez Pereyra, Divorcio por causal         Chimpén Ojeda / Cuarto Juzgado                la demanda y los devolvieron.                  dieciocho de fecha uno de setiembre del
de violencia física y psicológica:             Especializado de Familia de Chiclayo,         00705-2017-0-1706-JR-CO-08                     dos mil diecisiete, que hace efectivo el
DESAPROBARON             la     sentencia      Recurso de Queja: Declararon la nulidad       Scotiabank Perú, S.A.A. / Rafael Burga         apercibimiento decretado en la resolución
consultada de fecha seis de setiembre del      de la resolución uno de fecha veinte          Saavedra y otro, Ejecución de Garantías:       catorce del cuatro de mayo del dos mil
dos mil dieciséis, Declararon la nulidad       de setiembre del dos mil diecisiete;          CONFIRMARON en parte la resolución             dieciséis e IMPONE multa de dos URP,
de la indicada sentencia consultada            DEBIÉNDOSE pronunciar de manera               uno, de fecha once de agosto del dos           con lo demás que contiene.
y DISPUSIERON que el Juzgado                   adecuada conforme a lo evaluado y lo          mil diecisiete, que declara inadmisible la     04234-2015-19-1706-JR-FC-04 Carmen
proceda a emitir nueva sentencia con el        devolvieron.                                  demanda y concede tres días a la entidad       Silvia Uriol Montero / José Alberto Peña
pronunciamiento integro conforme a lo          00111-2017-53-1706-JR-CI-04 Inocencio         demandada a fin de que subsane los             Díaz, Divorcio: CONFIRMARON la
actuado.                                       Troyes Torres / Municipalidad Provincial de   defectos pero sólo en lo referente a la        resolución nueve, de fecha veinte de
00537-2017-0-1706-JR-CI-01 Esperanza           Chiclayo, otros, Proceso de Cumplimiento:     suscripción integra por los profesionales      enero del dos mil diecisiete, que declara
Fernández Cabel Viuda de Aguilar/ O: N:        CONFIRMARON la resolución diez,               del informe pericial y CONCEDE plazo           INFUNDADO al pedido de abandono del
P: Proceso de Amparo: CONFIRMARON              de fecha veintiuno de agosto del dos          adecuado para que cumpla con subsanar          proceso.
la sentencia de fecha diecisiete de            mil diecisiete, que hace efectivo el          la suscripción de ambos ingenieros             04211-2013-0-1706-JR-CI-04 Richard
agosto del dos mil diecisiete, que declara     apercibimiento dictado en la resolución       el informe de tasación comercial,              Edwin Flores Salazar / Juan Nicolás
FUNDADA la demanda; con lo demás               ocho e IMPONE multa de dos URP a la           REVOCARON la resolución uno en los             Fernández Gastelumendi y otro: Nulidad
que contiene.                                  demandada, con lo demás que contiene.         extremos que se refieren a precisa y           de Acto Jurídico: CONFIRMARON la
01147-2017-0-1706-JR-CI-02           Mario     01907-2017-0-1706-JR-CI-04 Agropucala         adjuntar el documento que contiene la          resolución dieciocho, del veinticuatro de
Moreto García / EPSEL, Proceso de              S.A.A. / Blanca Cervera Dávila y otros,       obligación puesta a cobro y en el que se       noviembre del dos mil diecisiete, que
Cumplimiento:       CONFIRMARON           la   Proceso de Amparo: CONFIRMARON la             impone multa a la entidad ejecutante de        declara el ABANDONO del proceso y
sentencia de fecha treinta de octubre del      resolución uno, de fecha veinticuatro de      una URP, DEJÁNDOSE sin efecto alguno           dispone su archivo; con lo demás que
dos mil diecisiete, que declara FUNDADA        septiembre del dos mil diecisiete, que        y los devolvieron.                             contiene.
la demanda; con lo demás que contiene.         declara IMPROCEDENTE la demanda y             00806-2009-74-1706-JR-CI-07             Luis   06168-2008-97-1706-JR-CI-03 Arturo
00027-2017-0-1712-JM-FC-01 Lourdes             los devolvieron.                              Enrique Marrufo Pérez / 0-, Impug. Res.        Castillo Chirinos / Munic. Prov. de
Romero Vargas / Edder Luis Alarcón             02000-2017-0-1706-JR-CI-02          Santos    Adm. Declararon IMPROCEDENTE el                Chiclayo , Proceso de Cumplimiento:
Vásquez, Autorización de Viaje de menor:       Alfonso Quiroz Quesquén / Direc.Reg.de        recurso de apelación contra la resolución      CONFIRMARON la resolución setenta y
CONFIRMARON la sentencia que declara           Educación y otro, Proceso de Amparo:          quince de siete de febrero del dos mil         cinco del veinte de octubre del dos mil
INFUNDADA la demanda, con lo demás             CONFIRMARON la resolución uno de              diecisiete y NULO el concesorio contenido      diecisiete, que CORRIGE la resolución
que contiene.                                  fecha nueve de octubre del dos mil            en la resolución dieciséis, de fecha diez de   de fecha dieciocho de julio del dos mil
00432-220215-0-1714-JM-FC-01 Marino            diecisiete, que declara IMPROCEDENTE          marzo del dos mil diecisiete.                  diecisiete que impone multa ascendente
Flores Torres / Elizabeth Heredia Arroyo,      la demanda y los devolvieron.                 ENRIQUE          EDUARDO         SALAZAR       a ocho URP a la ONP, siendo la multa
divorcio por causal: DESAPROBARON              00095-2015-57-1708-JM-CI-01 Cecilia           FERNANDEZ                                      a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
la sentencia de fecha treinta y uno de         Llatas Barrios y otros / Juan Carlos          JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.                     CHICLAYO.
octubre del dos mil diecisiete que declara     Llatas Meléndez, Resolución de Contrato:      MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ                   06896-2007-2-1706-JR-CI-06         Pedro
fundada la demanda y la NULIDAD de             CONFIRMARON la resolución cinco, de           RELATORA SSEC. CSJLA.                          Izquierdo Rodríguez / O.N.P., Impug.
dicha sentencia y DISPUSIERON que el A         fecha dos de junio del dos mil diecisiete,    GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS                    Res.     Adm.:     CONFIRMARON          la
quo emita nueve sentencia corrigiendo lo       que declara INFUNDADA la nulidad              RELATORA SSEC. CSJLA.                          resolución veinticinco, de fecha once de
anotado; y los devolvieron.                    del acta de inspección ocular y los                                                          septiembre del dos mil diecisiete, que
02748-2015-85-1706-JR-CI-05                    devolvieron.                                  CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DOCE DE               declara IMPROCEDENTE la solicitud
ATC SITIOS del Perú SRL / Munic.               07295.2017-52-1706.JR-FC-02 Angel             MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO                    de la demandada; dejándose a salvo
Prov. Chiclayo, Impug. Res. Adm.:              Virgilio Castañeda Oliden / Susan             Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez        su derecho para que lo haga valer con
CONFIRMARON la resolución ocho de              Maricielo Dávila Vásquez, Régimen de          Tanta y Terán Arrunátegui, vieron y            arreglo a ley.
fecha once de agosto del dos mil diecisiete    Visitas: Declararon IMPROCEDENTE el           votaron:                                       00594-2017-7-1706-JR-CI-03 Ana María
que hace efectivo el apercibimiento            recurso de apelación contra la resolución     05052-2007-94-1706-JR-CI-03           Juan     Huamán García / Haydee Maldonado
dictado e IMPONE multa de una URP a la         cuatro y NUILO el concesorio contenido        Manuel Sandoval Chero / O.N.P., Impug.         Bermeo, Mejor derecho a la propiedad:
demandada; con lo demás que contiene.          en la resolución seis.                        Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución           CONFIRMARON la resolución seis,
00019—2006-0-1706-JR-CI-01 Lorenzo             01955-20017-0 1706.JR-CI-04 Jhonny            cuarenta y uno del dos de marzo del dos        del veintidós de setiembre del dos mil
Espinoza Uceda / ONP, Impug. Res. Adm.:        Michael Díaz Bustamante / Empresa             mil diecisiete, en el extremo que declara      diecisiete, que declara IMPROCEDENTE
CONFIRMARON la resolución treinta y            Agroindustrial Tumán S.A, A, Proceso de       IMPROCEDENTE la nulidad deducida por           la nulidad de la resolución dos y declara
seis, de fecha cinco de junio del dos mil      Amparo: CONFIRMARON la resolución             la ONP.                                        IMPROCEDENTE la tacha interpuesta por
diecisiete, que declara INFUNDADA las          uno del dos de octubre del dos mil            09247-2008-29-1706-JR-CI-03 Augusto            la emplazada, con lo demás que contiene.
observaciones y APRUEBA su monto, con          diecisiete, que declara IMPROCEDENTE          Almanzor Valderrama Salazar / O.N.P.,          01062-2016-88-1706-JR-CI-04          Juan
lo demás que contiene.                         la demanda y los devolvieron.                 Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON                  Carlos Lluén Sánchez / Miembros de la
00413-2016-0-1706-JR-CI-03             CRV     02426-2017-0-1706-JR-CI-02                    la resolución cuarenta y tres, de fecha        Comisión de Derecho de Autor y otros,
Ingenieros y Consultores SAC / Gerente         Santiago Maldonado Guido / Empresa            catorce de junio del dos mil diecisiete,       Nul.de Res. Adm.: CONFIRMARON
General de Ingenorter SCRL, Prueba             Agroindustrial Pomalca SA, Proceso de         que IMPONE multa a la ONP por                  la resolución dos, del veinticuatro de
Anticipada: CONFIRMARON la resolución          Amparo; CONFIRMARON la resolución             incumplimiento al mandato contenido en         noviembre del dos mil diecisiete, que
cinco, de fecha catorce de noviembre del       uno que declara IMPROCEDENTE la               la resolución anterior, con lo demás que       declara IMPROCEDENTE la medida
dos mil diecisiete, que declara concluido      demanda y los devolvieron.                    contiene.                                      cautelar innovativa: con lo demás que
el proceso sin pronunciamiento sobre el        01639-2009-47-1706-JR-CI-01 Manuel            01414-2013-0-1706-JR-CI-07 Procurador          contiene.
fondo.                                         Rolando Delgado Samamé / O.N.P.               Público del Gobierno Regional de
000975-2012-0-1706-JR-FC-01            Elva    Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la              Lambayeque / COFOPRI, Oficina Zonal            CRÓNICA        JUDICIAL        DEL      DÍA
Lily Llatas Contreras / Wildor Suárez          resolución cuarenta y dos, del tres de        de Lambayeque y otro, Impug. Res. Adm.:        DIECINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL
Sánchez, Declaración de Unión de Hecho:        agosto del dos mil diecisiete, que hace       CONFIRMARON la sentencia del doce              DIECIOCHO
Declararon NULA la resolución treinta,         efectivo el apercibimiento decretado en       de abril del dos mil dieciséis, que declara    Con los señores: Carrillo Mendoza, Silva
de fecha veintitrés de agosto del dos mil      la resolución treinta y nueve, e IMPONE       INFUNDADA la demanda: con lo demás             Muñoz, Salazar Fernández, vieron y
diecisiete en el extremo que resuelve          multa de dos URP a la ONP; con lo demás       que contiene.                                  votaron:
dar trámite al escrito de la accionante        que contiene.                                 Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez        00358-2010-0-1707-JM-CI-01 Gustavo
Elva Lily Latas Contreras de fecha cinco       01668-2017-0-1706-JR-CI-04 Wilfredo           Tanta y Salazar Fernández, vieron y            Castillo Mori y otra / Ana Luz Aguilar
de julio del dos mil diecisiete, con lo        Genaro Peche Ledesma / Jueces                 votaron:                                       Ancajima, Desalojo: CONFIRMARON la
demás que contiene; DEBIENDO el A quo          Superiores de la Primera Sala Laboral         04408-2017-32-1706-JR-FC-01           Elsa     sentencia de fecha tres de julio del dos mil
emitir nuevo pronunciamiento teniendo en       de la Corte Superior de Justicia de           Esperanza Muñoz Rojas / Óscar                  diecisiete, que declara IMPROCEDENTE
cuenta lo señalado en la presente.             Lambayeque y otros, Proceso de Amparo:        Marin Carrasco Delgado, Tenencia:              la demanda; con lo demás que contiene.
00784-2009-36-1706-JR-CI-04 Julián             CONFIRMARON la resolución uno, de             REVOCARON la resolución seis, del              04453-2011-82-1706-JR-CI-01           Fidel
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV                                      CRÓNICA                 JUDICIAL                                   Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019      5

González Lluen / O.N.P., Proceso de              mil diecisiete y ORDENARON que el juez           01851-2016-9-1706-JR.CI-05 Manuel                el ABANDONO del proceso; con lo demás
Amparo: CONFIRMARON la resolución                de la causa emita nuevo pronunciamiento.         Eugenio Martínez Cayle / Esperanza               que contiene.
treinta y cinco del tres de octubre del          02641-2011-7-1706-JR-CI-03 Ricardo               Cumpa Martínez, Nulidad Acto Jurídico-           01477-2017-67-1706-JR-CI-03 Miguel
dos mil diecisiete que IMPONE multa              Ramos García Blanca Isabel Bustamante            Excepciones: Declararon NULA la                  Ángel Chimoy Calero / Sixto Alarcón
ascendente a una URP a la ONP.                   Díaz y otros, Mejor Derecho a la                 resolución tres, del dieciocho de diciembre      Vásquez, Nulidad de acto jurídico:
01020-2016-0-1706-JR-C0-08                Bco.   Propiedad: Declararon NULA la resolución         del dos mil diecisiete, DEBIENDO el A            CONFIRMARON la resolución dos, del
Crédito del Perú /Guisela del Rosario            diecisiete, del veintidós de mayo del dos        quo emitir nuevo pronunciamiento.                once de enero del dos mil dieciocho, que
Seminario Aranguri y otro, Ejecución             mil diecisiete, ORDENARON que el juez            05650-2017-96-1714-JR-FP-02 V.L.J.               declara INFUNDADA las excepciones; con
Garantías: CONFIRMARON la resolución             de la causa emita nueva resolución.              / L.C.L.K, Infracción contra la libertad         lo demás que contiene.
siete, de fecha veinte de noviembre del dos      00231-2016-28-1707-JM-CI-01 Pedro                sexual- Queja de derecho_ Declararon             02771-2016-89-1706-JR-FC-01 María
mil diecisiete que declara INFUNDADA la          Sandoval Valdera. Moisés Agustín                 IMPROCEDENTE la queja interpuesta.               Olga Díaz Pereyra / Mario De la Cruz
contradicción y dispone sacar a remate el        Espinoza Sandoval y otro, Reivindicación-        00110-2015-0-1707-JM-CI-01 Maritza               Cruz, Declaración Unión de hecho:
bien inmueble otorgado en garantía.              Medida      Cautelar:     CONFIRMARON            María Espinoza Urcia / Director de la Ugel       CONFIRMARON la resolución quince, del
00599-2013-95-1707-JM-CI-01               José   la resolución uno del veinte de junio            de Ferreñafe y otro, Proceso de Amparo:          diez de julio del dos mil diecisiete, que
Guillermo Márquez Castro / Municipalidad         del dos mil diecisiete, que declara              CONFIRMARON la resolución uno, del               declara INFUNDADA la nulidad y tiene
de Ferreñafe, Imp. Res. Adm. Cautelar:           IMPROQECENTE la medida cautelar                  primero de abril del dos mil quince, que         bien notificado.
CONFIRMARON la resolución uno, de                solicitada.                                      declara IMPROCEDENTE la demanda,                 00069-2007-15-1708-JM-CI-01             Félix
fecha veintiocho de enero del dos mil            ENRIQUE         EDUARDO        SALAZAR           con lo demás que contiene.                       Bernabé Alfaro / Constructora Guicón
catorce, que declara IMPROCEDENTE                FERNANDEZ                                        00279-2015-0-1707-JM-CI-01 Sebastián             S, A. y otro, Nulidad de acto jurídico:
por ahora la medida cautelar solicitada.         JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.                       Mora Chumán ONP, Proceso de Amparo:              Declararon NULA la resolución cincuenta
02219-2016-35-1706-JR-CI-02 Víctor               MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ                     CONFIRMARON la resolución uno, del               y tres del veintinueve de abril del dos mil
José Zamora Zamora / José Iván Valdera           RELATORA SSEC. CSJLA.                            dos de setiembre del dos mil quince, que         dieciséis, que declara IMPROCEDENTE
y otros, Nul. Cosa Juzgada Fraudulenta:          GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS                      declara IMPROCEDENTE la demanda,                 el ofrecimiento de medios probatorios;
REVOCARON la resolución doce, de                 RELATORA SSEC. CSJLA.                            con lo demás que contiene.                       DEBIENDO el Aquo emitir nueva
fecha diecisiete de noviembre del dos mil                                                         00283-2016-0-1706-JR-CO-08-                      resolución.
diecisiete, que declara improcedente el          CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTISÉIS              Scotiabank Perú S.A.A. / José Aurelio            00070-1996-4-1706-JR-FC-03 Maruja
abandono, REFORMÁNDOLO declararon                DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO                   Carranza Eneque y otro, Ejecución de             Burga Rojas / Jesús Peralta Imaña,
FUNDADO dicho pedido y declararon                Con los señores Silva Muñoz, Salazar             Garantías: CONFIRMARON la resolución             Divorcio: CONFIRMARON la resolución
el ABANDONO del presente proceso y               Fernández y Terán Arrunátegui vieron y           diez, del quince de enero del dos mil            cuarenta y seis, del dieciocho de octubre
concluido el proceso sin declaración sobre       votaron:                                         dieciocho, que resuelve 1] CARECE DE             del dos mil diecisiete, que declara
el fondo, archivándose definitivamente el        01461-2017-0-1706-JR-CI-05            Walter     OBJETO EMITIR PRONUNCIAMIENTO                    FUNDADA en parte la prescripción de
expediente.                                      Carpio Guerrero / Director del Hospital          respecto de la contradicción formulada           pensiones alimenticias devengadas; con
00381-2012-7-1706-JR-CI-06              Carlos   Las Mercedes de Chiclayo y otro, Proceso         por los ejecutados; y, 2] DENEGAR                lo demás que contiene.
Manuel Parodi Vassallo / Suc.de                  de Cumplimiento: CONFIRMARON la                  EJECUCION respecto del pagaré puesto             07292-2005-53-1706-JR-CI-04
Manuel Fernando Rojas Santisteban y              sentencia de fecha doce de octubre del           a cobro por contener una obligación              Anunciación Vera Carrasco / ONP, Impug.
otros, Indemnización: CONFIRMARON                dos mil diecisiete, que declara FUNDADA          inexigible a la fecha de presentación de         Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución
la resolución dos, de fecha catorce de           la demanda; con lo demás que contiene.           la demanda; dejando a salvo el derecho           cuarenta y cinco, del veinticuatro de
setiembre del dos mil diecisiete, que            02114-2015-0-1706-JR-CI-07 María Luisa           que pueda tener la ejecutante para que lo        noviembre del dos mil diecisiete, que
declara FUNDADA la excepción de                  García Urrutia Paico / ONP, Proceso de           haga valer en la forma y oportunidad que         HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO
prescripción extintiva y NULO todo lo            Amparo: CONFIRMARON la sentencia del             corresponda.                                     dictado en la resolución cuarenta y tres
actuado y concluido el proceso.                  veintiuno de junio del dos mil diecisiete,       00318-2017-29-1706-JR-CI-05            Pepe      e IMPONE a la demandada multa de dos
00276-2015-12-1707-JR-CI-01              María   que declara INFUNDADA la demanda, con            Omar Cabrera Zavaleta / Luis Vile Cabrera        URP; don lo demás que contiene.
Rosa Calixta Inoñan Rojas / Antero               lo demás que contiene.                           Zavaleta, Otorgamiento de Escritura:             00152-2015-29-1707-JM-CI-01 Andrés
Díaz Millones, Nul. Acto Jurídico:               01053-2016-0-1706.JR-FC-04 Ricardo               CONFIRMARON la resolución nueve,                 Enrique Mozo Maeda / Paola Soto
REVOCARON la resolución tres, de fecha           Alejandro Montalván Guzmán / Rosa                del catorce de noviembre del dos mil             Rojas, Pago de honorarios Medida
nueve de mayo del dos mil diecisiete, que        Edelmira Velásquez Alejandría,                   diecisiete, que declara INFUNDADA la             Cautelar: CONFIRMARON la resolución
declara INFUNDADAS las excepciones               Divorcio: APROBARON la sentencia del             devolución; con lo demás que contiene.           uno, del diecisiete de julio del dos mil
de litispendencia e incompetencia;               catorce de diciembre del dos mil diecisiete,     06966-2008-12-1706-JR-CI-01 Castorino            diecisiete, que declara INFUNDADA la
REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA                  que declara FUJNDADA EN PARTE la                 Augusto Chanamé Exebio / Gob.                    medida cautelar de embargo en forma
la excepción de litispendencia; NULO todo        demanda, disuelto el vínculo matrimonial         Prov.de Chiclayo, Impug. Res Adm.:               de retención; con lo demás que contiene.
lo actuado y CONCLUIDO el proceso,               que unía a los justiciables, con lo demás        CONFIRMARON la resolución cuarenta               03326-2014-75-1706-JR-CI-05 Álvaro
sin objeto emitir pronunciamiento de la          que contiene.                                    y siete, del seis de diciembre del dos mil       Rolando Zelada Goicochea / COFOPRI y
excepción de incompetencia.                      07945-2008-0-1706-JR-CI-03            Virgilio   diecisiete, que declara IMPROCEDENTE             otros, Nulidad de Título Valor: Declararon
00218-2017-0-1708-JM-CI-01 WALTER                Fernández Campos / ONP, Impug. Res.              el pedido de iniciar ejecución forzada           NULA la resolución cuatro del uno
Bernardo Torres Durand / Oscar Auguisto          Adm.: Declararon NULA la sentencia del           respecto a los intereses legales y aprueba       de setiembre del dos mil diecisiete,
Vásquez Silva, Otorgamiento de Escritura         treinta y uno de julio del dos mil diecisiete,   cronograma de pago; con lo demás que             DISPUSIERON que el A quo emita nuevo
Pública: Declararon NULA la resolución           DISPUSIERON que el A quo emita nueva             contiene.                                        pronunciamiento.
dos, de fecha veintitrés de octubre del dos      resolución.                                      01639-2009-31-1706-JR-CI-01 Rolando              02258-2017-0-1706-JR-CI-04
mil diecisiete y ORDENARON que el Juez           02960-2011-68-JR-FC-02 Jorge Ruiz                Delgado Samamé / ONP, Impug. Res.                Franco Carpio Guerrero y otra / Nelly
de la causa emita nueva resolución.              Encinas / María Catalina Cabrejos Ruiz,          Adm.: CONFIRMARON la resolución                  Carmela Carpio Cortijo, Reivindicación:
00398-2016-0-1706-JR-CI-02               José    Divorcio: APROBARON la sentencia del             cuarenta y cuatro, del tres de octubre del       CONFIRMARON la resolución uno del seis
Zenobio López Zamora y otra / Roberto            cuatro de diciembre del dos mil quince,          dos mil diecisiete, que HACE EFECTIVO            de noviembre del dos mil diecisiete, que
Clotario Pinillos Zamora y otra, Desalojo:       que declara FUNDADA la demanda y                 el apercibimiento contenido en la                declara IMPROCEDENTE la demanda.
CONFIRMARON la resolución treinta del            DISUELTO el vínculo matrimonial que              resolución cuarenta y dos, del tres de           01052-2917-0-1706-JR-C0-08              José
once de setiembre del dos mil diecisiete         unía a los justiciables; con lo demás que        agosto del dos mil diecisiete y REMITE           Francisco Gálvez Portocarrero / EDC
que declara CONCLUIDO el proceso y               contiene.                                        copias al Ministerio Público , con lo demás      Ingenieros & Arquitectos EIRL, Obligación
archiva lo actuado e IMPONE multa de             01049-2015-0-1706-JR-CI-07                       que contiene.                                    de dar: CONFIRMARON la resolución
diez URP al demandado y a su abogado;            Representaciones Arcadio SAC / José              01272-2917-0-1706-JR-CI-07 Lidia Oritias         dos, del seis de diciembre del dos mil
con lo demás que contiene.                       Manuel Tesen Chávez y otros, Litis               Olivos de Tisnado / Juez Civil de la             diecisiete, que declara IMPROCEDENTE
00079-2001.8-1706-JR-CI-05 Rómulo                consorte Flor de María Sagastegui                Corte Superior de Justicia de Amazonas,          la demanda.
José Arbulu Buchacher / Gertrudis María          Rodríguez, Desalojo: CONFIRMARON la              Proceso de Amparo: CONFIRMARON la                02456-2017-0-1707-JR-CI-03 Ana María
Buchacher Olavarria y otros, Ejecución de        sentencia del diecisiete de noviembre del        resolución uno del dos de julio del dos mil      Díaz Suárez y oros / Juan Manuel Zapata
Garantías: CONFIRMARON la resolución             dos mil diecisiete, que declara FUNDADA          diecisiete, que declara IMPROCEDENTE             Izásiga, Otorgamiento de Escritura:
ciento treinta y uno, del veintitrés de Agosto   la demanda, con lo demás que contiene.           la demanda; con lo demás que contiene.           Declararon NULA la resolución uno, del
del dos mil diecisiete INTEGRARON la             01247-2014-0-1706-JR-FT-04 Shirley               05124-2003-84-1706-JR-CI-03            José      veintinueve de noviembre del dos mil
resolución ciento treinta uno y declararon       Giuliana Bonilla Pinchi / Luis Antonio           Walter Fernández Pérez / ONP y otro,             diecisiete. DEBIENDO el Juzgado de
INFUNDADOS los pedidos de nulidad de             Sánchez Arce, Violencia Familiar:                Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON                    origen renovar el acto de calificación de
Carlos Iván Rivera Buchacher mediante            CONFIRMARON la sentencia de fecha                la resolución ciento dieciocho, del              la demanda.
escritos de veintitrés de junio y seis de        diez de octubre del dos mil diecisiete, que      veintiocho de junio del dos mil diecisiete,      Con los señores: Carrillo Mendoza,
julio del dos mil diecisiete y el pedido de      declara FUNDADA la demanda; con lo               en el extremo que hace EFECTIVO EL               Salazar Fernández y Terán Arrunátegui,
nulidad de la ejecutada Gertrudis María          demás que contiene.                              APERCIBIMIENTO de la resolución ciento           vieron y votaron:
Buchacher Olavarria Viuda de Rivera del          00516-2014-0-1706-JM-FC-01 Amalia                quince e IMPONE multa a la demandada             00740-2017-0-1706-JR-CI-01 José Roque
tres de julio del dos mil diecisiete.            Quesquén de Olazabal / Baltazar Olazabal         de dos URP; Declararon NULA la misma             Ruiz Ruesta / Carlos Silva Muñoz y otros,
ENRIQUE          EDUARDO           SALAZAR       Sandoval, Divorcio: DESAPROBARON la              resolución en el extremo del numeral tres,       Proceso de Amparo: CONFIRMARON la
FERNANDEZ                                        sentencia del veinte de marzo del dos            ORDENARON que el Juez emita nueva                resolución dos, del once de julio del dos mil
JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.                       mil diecisiete, que declara fundada la           resolución sobre este extremo.                   diecisiete, que declara IMPROCEDENTE
MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ                     demanda, REFORNMÁNDOLA declararon                00112-2017-0-1707-JM-CI-01 Henry Percy           la demanda; con lo demás que contiene.
RELATORA SSEC. CSJLA.                            IMPROCEDENTE dicha demanda.                      Rodríguez Pita / Comunidad Campesina             Con los señores: Carrillo Mendoza, Silva
GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS                      02072-2017-0-1706-JR-CI-05 Pascuala              Santa Lucía, Mejor Derecho a la                  Muñoz y Salazar Fernández, vieron y
RELATORA SSEC. CSJLA.                            Pérez Raico / Municipalidad Provincial           Posesión: CONFIRMARON la resolución              votaron:
                                                 de Chiclayo, Proceso de cumplimiento:            uno, del dieciocho de octubre del dos mil        00030-2017-10-1708-JM-CI-01 Banco
CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTE DE               CONFIRMARON la sentencia del quince              diecisiete, que declara IMPROCEDENTE             Agropecuario / Cia. Agrícola Jayanca
MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO                      de diciembre del dos mil diecisiete, que         la demanda, con lo demás que contiene.           SAC, Ejecución de Garantías: Declararon
Con los señores Silva Muñoz, Salazar             declara FUNDADA la demanda, con lo               02546-2015-0-1706-jr-ci-04 Juan Melesio          FUNDADO el recurso de queja contra la
Fernández Terán Arrunátegui vieron y             demás que contiene.                              Castro Pejerrey y otro / Oscar Antonio           resolución nueve del uno de diciembre
votaron:                                         03241-2014-0-1706-JR-FC-01             María     Arriola Zuloeta, Nulidad de Acto Jurídico:       del dos mil diecisiete, ORDENARON
01966-2010-0-1706-JR-CI-03           Miguel      Luisa Colchado Montes de Oca Cesar               CONFIRMARON la resolución catorce,               conceder el recurso de apelación a la parte
Flores Calderón, Superintendencia de             Augusto Vidarte Mendoza, Divorcio:               del veintiocho de agosto del dos mil             demandada en contra de la resolución
Banca y Seguros y otros, Impug. Res.             DESAPROBARON la sentencia del                    diecisiete, en cuanto tiene por desistida a      número siete, con efecto suspensivo,
Adm: CONFIRMARON la sentencia                    diecinueve de abril del dos mil diecisiete,      la demandante de la pretensión y declara         debiendo levar los actuados a la Sala
del veinticuatro de marzo del dos mil            que declara fundada la demanda, NULA             concluido el proceso, CONFIRMARON                correspondiente.
diecisiete, que declara IMPROCEDENTE             la citada sentencia, debiendo el Juzgado         la resolución quince del veinticinco de          ENRIQUE          EDUARDO         SALAZAR
la demanda; con lo demás que contiene.           de origen emitir nuevo pronunciamiento.          setiembre del dos mil diecisiete en cuanto       FERNANDEZ
00292-2017-92-1706-JR-CI-04 Henry                02126-2017-0-1706-JR-CI-01 Lidia Lane            declara IMPROCEDENTE la nulidad                  JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA.
Alfredo Valverde Vega / Institución              Saldarriaga de Castillo / Ministerio de          formulada por los demandantes.                   MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ
Educativa Colegio Nacional San José              Trabajo y otro, Proceso de Amparo:               01376-2007-0-1707-JM-CI-01 Agropucala            RELATORA SSEC. CSJLA.
Chiclayo y otro, Indemnización: Declararon       CONFIRMARON la resolución uno del                SAA / Aníbal Malusquis Pineda, Posición a        GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS
NULA la resolución del veintiuno de abril        veintitrés de octubre del dos mil diecisiete     la inscripción registral: CONFIRMARON la         RELATORA SSEC. CSJLA.
del dos mil diecisiete, y NULA la resolución     que declara IMPROCEDENTE la                      resolución dieciocho, del siete de octubre       FP/ 16 feb.
cuatro de fecha dieciocho de julio del dos       demanda.                                         del dos mil catorce, que declara de oficio
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