CURRÍCULO DE LOS CICLOS FORMATIVOS LOE EN ARAGÓN - Presentación de los currículos del curso 2009/2010
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CURRÍCULO DE LOS
CICLOS FORMATIVOS LOE
EN ARAGÓN
Presentación de los currículos del curso
2009/2010
Zaragoza, 11 de junio de 2009Introducción
Proceso de renovación de los títulos
Creación de nuevos títulos
Actualización/fusión de títulos existentes
Desaparición de títulos actuales
Implantación de los nuevos títulos:
Curso 2008/2009: 7 currículos en Aragón
Curso 2009/2010: 15 currículos en Aragón
Los publicados antes del 31 de diciembre, en el curso
próximoDenominación de las familias profesionales
LEY 5/2002 LOGSE LEY 5/2002 LOGSE
Administración y Gestión Administración Industrias Extractivas (IEX)
(ADG)
Agraria (AGA) Actividades agrarias Industrias Alimentarias (INA)
Actividades Físicas y Deportivas (AFD) Informática y Comunicaciones (IFC) Informática
Artes Gráficas (ARG) Instalación y Mantenimiento (IMA) Mantenimiento y servicios a la
producción
Artes y Artesanías (ART) Madera, Mueble y Corcho (MAM) Madera y mueble
Comercio y Marketing (COM) Marítimo Pesquera (MAP) Actividades Marítimo
Pesqueras
Edificación y obra civil (EOC) Química (QUI)
Electricidad y Electrónica (ELE) Sanidad (SAN)
Energía y Agua (ENA) Seguridad y Medio Ambiente (SEA)
Fabricación Mecánica (FME) Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
Hostelería y Turismo (HOT) Transporte y Mantenimiento de Mantenimiento de vehículos
Vehículos (TMV) autopropulsados
Imagen Personal (IMA) Textil, Confección y Piel (TCP)
Imagen y Sonido (IMS) Comunicación, Imagen Vidrio y Cerámica (VIC)
y SonidoCiclos formativos con nuevo currículo – Curso 2009/2010
Título LOE Título/s LOGSE que sustituye
ELE Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas
Técnico en Soldadura y Calderería Técnico en Soldadura y Calderería
Técnico Superior en Programación de la Producción
FME Técnico Superior en Producción por Mecanizado
en Fabricación Mecánica
Técnico Superior en Construcciones Metálicas Técnico Superior en Construcciones Metálicas
Técnico en Servicios en Restauración Técnico en Servicios de Restaurante y Bar
HOT Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Técnico Superior en Alojamiento
Turísticos
Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones
IMA
Térmicas y de Fluidos de Edificio y Proceso
Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía ---------
ENA
Solar Térmica
IFC Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos
Técnico en Planta Química Técnico en Operaciones de Proceso en Planta Química
QUI
Técnico Superior en Química Industrial Técnico Superior en Industrias de Proceso Químico
SAN Técnico en Farmacia y Parafarmacia Técnico en Farmacia
Técnico Superior en Patronaje
TCP Técnico Superior en Patronaje y Moda
Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial
Técnico en Carrocería Técnico en Carrocería
TMV
Técnico Superior en Automoción Técnico Superior en AutomociónCumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosCumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosCumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
La Cumbre de Lisboa, de Jefes de Estado y de Gobierno de la UE se
plantea el objetivo estratégico de convertir la economía de la Unión en
«la economía del conocimiento más competitiva y dinámica
del mundo, antes del 2010, capaz de un crecimiento
económico duradero acompañado por una mejora
cuantitativa y cualitativa del empleo y una mayor cohesión
social»
El Proceso de Copenhague es una estrategia que busca conseguir la
uniformidad de los procesos educativos y de formación en toda Europa,
antes del 2010, con el fin de promover una mayor movilidad de
ciudadanos dentro de la Unión Europea así como también la mejora de
las cualificaciones.
7Cumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosLey Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Construir un sistema integrado que permita:
1. Facilitar la integración de las distintas formas de certificación
y acreditación de las competencias y de las cualificaciones
profesionales.
2. Fomentar la formación a lo largo de la vida.
3. Integrar las distintas ofertas formativas.
4. Instrumentar el reconocimiento y la acreditación de las
cualificaciones profesionales.
CATALOGO NACIONAL DE LAS
CUALIFICACIONES PROFESIONALESLey Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
CATALOGO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES
PROFESIONALES
Los
Los
títulosde
títulos de Los
Los
formación
formación certificadosde
certificados de
profesional
profesional profesionalidad
profesionalidad
Administración educativa Administración laboralCATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES ¿Que es una cualificación profesional? El conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral. ¿Qué es una competencia profesional? El conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL (Ej: QUI117-3)
Realizaciones Realizaciones Realizaciones
Unidad de Unidad de Unidad de
Profesionales Profesionales Profesionales
Competencia (RP) Competencia (RP) Competencia (RP)
UCxxxx_3 UCyyyy_3 UCzzzz_3
Criterios de Criterios de Criterios de
Realización Realización Realización
(CR) (CR) (CR)
Capacidades Capacidades Capacidades
(C)
Módulo Módulo Módulo
formativo Criterios de formativo Criterios de formativo Criterios de
MFxxxx_3 Evaluación MFyyyy_3 Evaluación MFzzzz_3 Evaluación
(CE)
Contenidos Contenidos ContenidosLey Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
C
E
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL:
R MODULOS FORMATIVOS
Conjunto de competencias
T
C profesionales con significación
I
para el empleo.
F CAPACIDADES
U I
A UNIDAD DE COMPETENCIA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN
C
A
L El agregado mínimo de
D
I competencias profesionales,
O
susceptibles de reconocimiento y
S
F acreditación.
I REALIZACIONES MÓDULOS PROFESIONALES
C PROFESIONALES:
T
A Los resultados de las actividades RESULTADO DE APRENDIZAJE:
Í Constituyen los logros que se
C del trabajo que se realiza.
T espera sean alcanzados por los
I CRITERIOS DE REALIZACIÓN: U alumnos.
Ó Nivel aceptable de la realización L
profesional que satisface los CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
N objetivos de las organizaciones
O Concretan los resultados de
productivas. S aprendizaje, especificando los
requerimientos mínimos y el
nivel aceptable.Cumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosLey Orgánica 2/2006 de Educación (Capitulo V)
La formación profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad
preparar a los alumnos y las alumnas para la actividad en un campo
profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales
que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a
su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática.
Los ciclos formativos serán de grado medio y de grado superior,
estarán referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales y constituirán, respectivamente, la formación
profesional de grado medio y la formación profesional de grado
superior. El currículo de estas enseñanzas se ajustará a las
exigencias derivadas del Sistema Nacional de Cualificaciones y
Formación Profesional y a lo establecido en el artículo 6.3 de la
presente Ley.Cumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosReal Decreto 1538/2006 de ordenación general de la FP (Cap. II.
Ordenación: títulos, ciclos formativos y módulos profesionales)
• Principios de los títulos de formación profesional (Art. 4.5):
Responder a las necesidades demandadas por el sistema
productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una
ciudadanía democrática.
Perfil profesional vendrá determinado por las cualificaciones, y
en su caso, unidades de competencias del CNCP.
Equilibrio entre la polivalencia y la especialización de los títulos.
Incorporación de las áreas prioritarias de la Ley 5/2002, las
competencias básicas, personales y sociales.
Permitir la integración de las diferentes ofertas formativas y la
capitalización de la formación adquirida a través de la
expreriencia laboral o de vías no formales de formación.Real Decreto 1538/2006 de ordenación general de la FP (Cap. IV.
Definición del currículo por las Administraciones Educativas)
• Currículos de los ciclos formativos (Art. 17):
El currículo se ajustará a las exigencias derivadas del SNCPyFP
Establecer los currículos respetando el RD 1538 y el de los títulos.
Ampliar los contenidos de los correspondientes títulos de formación
profesional.
Ampliar y contextualizar los contenidos referidos a las
cualificaciones y unidades de competencia incluidas en el título, así
como de la formación no asociada al CNCP:
NO ES POSIBLE INTRODUCIR NUEVAS CUALIFICACIONES O
UNIDADES DE COMPETENCIAReal Decreto 1538/2006 de ordenación general de la FP (Cap. IV.
Definición del currículo por las Administraciones Educativas)
• Las AA.EE. al establecer el currículo tendrán en cuenta (Art. 18):
La realidad socioeconómica del territorio
Las perspectivas de desarrollo económico y social
Responder a las necesidades de cualificaciones de los sectores
socioproductivos del entorno.
• Las AA.EE. deberán:
Promover la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los
centros
Fomentar el trabajo en equipo del profesorado
Fomentar el desarrollo de planes de formación, investigación e
innovación
Desarrollar actuaciones que favorezcan la mejora continua de los
procesos formativos.Cumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosOrden de 29 de mayo de 2006, estructura básica de los currículos
de los ciclos formativos en Aragón
Los fines de los currículos autonómicos de formación
profesional:
a) Conseguir una Formación Profesional de calidad basada en las
competencias, que den acceso a profesiones con vigencia actual y
alcance futuro, que sirva como formación que capacite para
desempeñar una profesión y como instrumento de formación a lo
largo de la vida.
b) Promover un sistema integrado de cualificaciones y formación
profesional capaz de mantenerse permanentemente adaptado a las
necesidades sociales, económicas, profesionales y culturales de
Aragón.
c) Favorecer la formación a lo largo de la vida, acomodándose a las
distintas expectativas y situaciones personales y profesionales,
estableciendo un sistema permanente que permita a los ciudadanos
adaptarse, mediante la formación, a la evolución del mercado
laboral.Orden de 29 de mayo de 2006, estructura básica de los currículos
de los ciclos formativos en Aragón
Contextualización a la realidad de la Comunidad Autónoma
1. Los currículos de los títulos de formación profesional se establecerán
teniendo en cuenta la realidad socioeconómica y las necesidades del
desarrollo económico y social y de recursos humanos de la estructura
productiva de la Comunidad Autónoma y la necesaria adaptación al
entorno de los centros educativos que impartan formación
profesional.
2. Se promoverá la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de
los centros que impartan formación profesional, fomentando el
trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de
formación, investigación e innovación.
3. En función de las características del entorno socioeconómico de un
centro educativo, la Dirección General competente en materia de
Formación Profesional podrá establecer, de manera excepcional,
otros módulos profesionales no incluidos en el título. La duración de
estos módulos profesionales adicionales no podrán superar el 10 %
de la duración del título y no afectarán a la adquisición de las
competencias profesionales de cada título.Orden de 29 de mayo de 2006, estructura básica de los currículos
de los ciclos formativos en Aragón
Elementos del Currículo de los ciclos formativos
Currículo de la formación profesional: el conjunto de
competencias profesionales, personales y sociales, objetivos,
resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, contenidos y
orientaciones pedagógicas que ha de regular la práctica docente. En
todo caso deberá incluir los contenidos básicos de las enseñanzas
mínimas del título correspondiente.
El currículo se organizará en módulos profesionales
En el currículo se incluirá, bien de forma transversal bien de forma
específica, formación relativa a las tecnologías de la información y la
comunicación, trabajo en equipo, prevención de riesgos laborales y
desarrollo del espíritu emprendedor, la innovación y la investigación.
También se incluirá, de forma específica, de forma transversal o por el
procedimiento que se habilite al respecto, formación relativa a las
lenguas de los países de la Unión europea
El currículo de los ciclos formativos se concretará en los centros
docentes de acuerdo con lo indicado en las programaciones didácticas
de los módulos profesionales.Orden de 29 de mayo de 2006, estructura básica de los currículos
de los ciclos formativos en Aragón
Los módulos profesionales están constituidos por áreas
teórico-prácticas de conocimiento, en función de las competencias
profesionales, que incluyen las definidas en las unidades de
competencia, las competencias sociales y las personales que se
pretenden alcanzar en el ciclo formativo.
Al objeto de promover la formación a lo largo de la vida, los
módulos profesionales de los currículos de los ciclos formativos se
pueden organizar en unidades formativas de menor duración,
que pueden certificarse con validez en la Comunidad Autónoma de
Aragón.
La superación de todas las unidades formativas menores da
derecho a la certificación del módulo profesional correspondiente.Cumbre de la Unión Europea en Lisboa, marzo del 2000
Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la F.P.
Ley Orgánica 2/2006 de Educación
Real Decreto 1538/2006 de la ordenación de la formación
profesional en el sistema educativo
Orden 29 de mayo de 2008 de la estructura básica de los
currículos de los ciclos formativos y su aplicación en Aragón
Ordenes de los currículos de los ciclos formativosGENERALIDADES
Un Título queda definido por:
Las cualificaciones profesionales completas
e incompletas que comprende.
Las unidades de competencia asociadas a
dichas cualificaciones.TÍTULO CICLO FORMATIVO
UC-xx UC-xx UC-xx
Cualificación Cualificación Cualificación
Profesional Profesional Profesional
A UC-yy UC-yy UC-yy
B C
UC-zz UC-zz UC-zz
Completa Completa Incompleta
Resultados
aprendizaje
Módulo
Resultados Profesional Criterios de
aprendizaje 4
Módulo Evaluación
Profesional Criterios de
Contenidos
1 Evaluación
Resultados
Resultados
Contenidos aprendizaje
Módulo aprendizaje
Módulo
Profesional Criterios de Profesional Resultados
Criterios de
2 Evaluación 3 aprendizaje
Evaluación
Módulo
Contenidos Profesional Criterios de
Contenidos
5 Evaluación
ContenidosESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
El Currículo de un ciclo tiene que asegurar que el
alumno adquiere las competencias de las Unidades de
Competencia incluidas en el Título, tal como están
definidas en la Cualificación correspondiente.
Las unidades de competencia son la “moneda de
cambio” para la acreditación de competenciasESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Todos los Títulos tienen una duración de 2000 h.
Están estructurados en módulos profesionales,
identificados por un código numérico (Ej.: 0277 Técnicas
en confección. )
Se tiende a la transversalidad y facilitar la formación a
lo largo de la vida.
módulos comunes a varios ciclos formativos.
Los módulos comunes a varios ciclos tienen igual
denominación, código y duración.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Para facilitar la convalidación con estudios
universitarios se asigna a los Ciclos de grado
superior, en el Título, 120 créditos ECTS. Cada
módulo tiene especificados los que le corresponden.
Todos los Títulos tienen asignado un nivel académico
respecto a la Clasificación Internacional Normalizada
de la Educación (CINE):
Títulos de grado medio: CINE-3
Títulos de grado superior: CINE-5bESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
No hay restricciones para pasar de 1º a 2º, salvo los
módulos “llave” (Desaparece el criterio de promoción del 25%).
Para acceder a FCT han de estar superados todos los
módulos.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO Módulos profesionales singulares: Módulos de Formación y Orientación Laboral (FOL) y de Empresa e Iniciativa Emprendedora (EIE) Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) Módulo de Proyecto Módulo de lengua extranjera del entorno profesional Módulos comunes a varios CCFF
ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulos de FOL y de EIE
• Incluyen sin perjuicio de su tratamiento transversal, la formación
relacionada con la orientación y relaciones laborales y el desarrollo
del espíritu emprendedor.
• Los contenidos de estos módulos se enfocan a las características
propias de cada familia profesional o del sector o sectores
productivos en los que se enmarca el ciclo formativo cursado.
• Quienes superen el módulo de FOL o el módulo de EIE de
cualquiera de los ciclos formativos LOE tendrán convalidados
dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al
amparo de la misma Ley.
• Igual nº de horas en todos los currículos:
FOL 96 h.; se imparte en 1er curso
EIE 63 h.; se imparte en 2º cursoESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulo de FCT
• Supone, como hasta ahora, una fase de formación práctica en los
centros de trabajo y debe cursarse en todos los ciclos formativos,
independientemente de las modalidades horarias o de otros tipos
de oferta.
• Con carácter general este módulo se cursará una vez superados
todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo.
• Si excepcionalmente, el currículo del ciclo formativo determinara
otra temporalidad, quedarán fijados los módulos profesionales que
al menos deberán estar superados para poder realizar la FCT.
• Está prevista la exención total o parcial de este módulo por
correspondencia con experiencia laboral.
• Ciclos con Proyecto 370 h.
Ciclos sin Proyecto 410 h.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulo de Proyecto
• Tiene por objeto la integración de las capacidades y
conocimientos del currículo del ciclo formativo y se concreta en la
elaboración de un proyecto que debe contemplar las variables
tecnológicas y organizativas relacionadas con el título.
• Se realiza durante el último periodo del ciclo formativo y se
organiza sobre la base de la tutorización individual y colectiva.
• Se evalúa una vez cursado el módulo de FCT y su superación es
necesaria para la obtención del título.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulo de Proyecto
• Definido en el título en todos los ciclos de grado superior.
• En los ciclos de grado medio decide su inclusión en el currículo la
comunidad autónoma .
• En nuestra comunidad tiene asignadas 40 h. en todos los ciclos.
• Por realizarse bajo tutoría y con pocas horas presenciales, tiene
asignados mayor nº de créditos ECTS (5) de los correspondientes a
las horas asignadas.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulo de lengua extranjera del entorno profesional
• Se incluye en todos los ciclos de grado superior y en aquellos de grado
medio que la norma del currículo determine.
• Sus contenidos están asociados al perfil profesional del título
concretándose en la programación didáctica.
• Es un módulo propio de la comunidad autónoma, con sistema de
codificación propio (Ej.: A012)
• Contribuye de forma específica al logro de las siguientes finalidades:
o Elaborar mensajes escritos y orales, interpretando y transmitiendo la información
necesaria para realizar consultas técnicas.
o Interpretar información escrita en el ámbito propio del sector productivo del título.
o Cumplimentar e interpretar los documentos propios del sector profesional solicitando
y/o facilitando una información de tipo general o detallada.
o Valorar la importancia de poder comunicarse por escrito y oralmente en lengua
extranjera en el contexto de las empresas.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulo de lengua extranjera del entorno
profesional
•En general inglés; obligatorio en todos los ciclos de grado
superior y a considerar en los ciclos de grado medio.
•Tiene asignadas 106 h. en todos los ciclos.
•En todos los ciclos 2 h/semana en 1º y en 2º curso
•El módulo de Lengua extranjera del entorno profesional es convalidable
entre los ciclos de grado medio o entre los ciclos de grado superior.
•El módulo de Lengua extranjera del entorno profesional de los ciclos de
grado superior, además, convalida el módulo de Lengua extranjera de los
ciclos de grado medio.ESTRUCTURA BÁSICA DEL CURRÍCULO
Módulos comunes a varios CCFF
• Son módulos profesionales de igual denominación, código,
contenidos, objetivos expresados como resultados de
aprendizaje, criterios de evaluación y similar duración que
encontraremos en diferentes ciclos formativos.
• Son objeto de convalidación entre sí.PROCESO DE ELABORACIÓN DE
CURRÍCULOS DE CICLOS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL
PARA ARAGÓNCurrículos de Títulos en Aragón
La elaboración del currículo se
lleva a cabo en varias etapas.
Cada una de ellas es validada por
el Servicio de FP.Currículos de Títulos en Aragón: formación de los grupos de trabajo
Desde la DGFPEP se nombra un coordinador, quien
elegirá un grupo de trabajo formado por:
4 Profesores:
Uno de ellos hace las funciones de coordinador.
2 PES y 2 PTFP.
Deben conocer las materias de que se compone el
Título.
Representativos de la Comunidad.
1 Experto Tecnológico:
Conocedor del sector productivo.
El grupo ha de ser aprobado por la DGFPEPETAPA 1: Análisis del sector productivo, de las Cualificaciones
profesionales vinculadas y del proceso formativo.
Se analiza el perfil profesional del Título.
Se estudian las Cualificaciones Profesionales y
Unidades de Competencia incluidas en el Título.
Se observa y analiza la situación del sector productivo
de la Comunidad Autónoma de Aragón, identificando
las funciones que tienen que desarrollar las personas
que alcancen la titulación para satisfacer los objetivos
de los contextos productivos en Aragón.ETAPA 1: Análisis del sector productivo, de las Cualificaciones
profesionales vinculadas y del proceso formativo.
Se realiza una ponderación de cada una de las Unidades de
Competencia incluidas en el Título, en función de:
Dificultad y complejidad para adquirir las destrezas y competencias que
incluye.
Incidencia de dichas destrezas en el entorno productivo de Aragón.
Empleabilidad en tareas relacionadas con dichas destrezas
Dicha ponderación servirá posteriormente de base para asignar la
carga horaria de cada módulo.
Se analiza la formación asociada al proceso formativo desarrollado
en el ciclo formativo hasta el momento.
Como resultado de este estudio se elabora un informe “Análisis
del sector productivo”, donde se recogen las necesidades
específicas de la comunidad.ETAPA 1 Propuesta de currículo
Del análisis anterior:
Se define si existe necesidad de incluir nuevos módulos profesionales.
Se establece la duración y distribución temporal de cada uno de los
módulos.
Se estudia si el Título comprende módulo/s vinculados a Capacitaciones
Profesionales conducentes a la obtención de algún carné profesional
Se estudia si existe necesidad de diseñar e implantar cursos de
especialización relacionados con alguna de las materias que componen el
ciclo.
Con las conclusiones obtenidas se redacta un Acta donde queda recogida la
“Propuesta para el Currículo” realizada por el grupo de trabajo y su
justificación.
La propuesta ha de ser aprobada por la DGFPEP antes de pasar
a la siguiente etapa.ETAPA 2: Determinación de los contenidos de los módulos El grupo de trabajo no modifica los resultados de aprendizaje ni los criterios de evaluación de los módulos incluidos en el Título, ya que están determinados por las competencias a alcanzar.
ETAPA 2: Determinación de los contenidos de los módulos
El grupo de trabajo desarrollará los contenidos
asociados a cada módulo atendiendo a las siguientes
consideraciones:
Es obligatorio respetar las enseñanzas mínimas del Título.
La duración mínima establecida en el Título para cada módulo
debe respetarse, pudiendo incrementarse pero no reducirse.
No es obligatorio aumentar las horas de todos los módulos en
la misma proporción.
La ampliación y contextualización de los contenidos se
relacionará con las Cualificaciones y Unidades de
Competencia incluidas en el Título.ETAPA 2: Determinación de los contenidos de los módulos
Los contenidos de los módulos de FOL, EIE y
Lengua extranjera del sector profesional NO son
trabajados por el grupo.
Sus contenidos son comunes a todos los ciclos,
debiendo adaptarse a cada caso en las
programaciones didácticas.
Los módulos profesionales comunes a dos o más
ciclos tendrán similar duración e iguales
contenidos, siendo consensuados entre los
diferentes grupos de trabajo.ETAPA 2: Determinación de las Unidades Formativas
Los módulos profesionales de duración mayor a 90h. se
subdividen en Unidades Formativas de menor duración, atendiendo
a los siguientes criterios:
Con carácter general, las Unidades Formativas tendrán una duración
comprendida entre 30 y 80 horas.
Las UFs han de tener significado formativo en formación para el
empleo por sí mismas y una coherencia interna.
Están diseñadas de cara a la oferta formativa parcial.
En el desarrollo “habitual” de un ciclo completo su estructura,
probablemente, no tendrá ninguna aplicabilidad
Cada Unidad Formativa tiene una denominación y un código:
Ejemplo: UF0276_23. Piel y cuero.ETAPA 2: Otros aspectos a determinar
Los módulos profesionales “llave” y los módulos a los que
limitan.
La necesidad de realizar el módulo de FCT en periodos de
tiempo excepcionales por las características particulares del
sector.
La distribución horaria del ciclo a dos y a tres años.
Los módulos profesionales y/o unidades formativas con
necesidad de desdoble.
Los equipamientos necesarios para el ciclo.
Corrección y validación por la DGFPyEPETAPA 3: Contraste externo
La Dirección General de Formación Profesional y
Educación Permanente elabora la Orden del currículo
del Título.
Se somete a información pública en la página Web de
FP y en organismos públicos que corresponde.
Se somete a la aprobación del Consejo Escolar de
Aragón.
Las sugerencias recibidas relacionadas con el
Currículo de los módulos profesionales son
estudiadas.ORDEN DE CURRÍCULO
Las Órdenes por las que se están estableciendo los diferentes Títulos
incluyen los siguientes aspectos:
a) Identificación del título (Artículo 2):
Familia profesional
Denominación
Nivel
Duración : 2000 horas
Referente europeo
b) Perfil profesional del título (Artículo 3):
Competencia general (Artículo 4)
Competencias profesionales, personales y sociales (Artículo 5)
Relación de cualificaciones y unidades de competencia del
CNCP incluidas en el título (Artículo 6)
c) Entorno profesional en el que el profesional va a
ejercer su actividad. (Artículo 7)ORDEN DE CURRÍCULO
d) Prospectiva del título en el sector o sectores (Artículo 8)
e) Enseñanzas del ciclo formativo (Capítulo III):
Objetivos generales (Artículo 9)
Módulos profesionales y unidades formativas de menor duración (Artículo
10)
•Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
• Contenidos
• Orientaciones pedagógicas para el desarrollo de los módulos
Equipamiento y espacios mínimos necesarios (Artículo 11)
Titulaciones y especialidades del profesorado (Artículo 12)
• De los centros públicos dependientes de la Administración Educativa
• De los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras
administraciones distintas de la educativa
• Profesorado especialista
• Atribución docente del Módulo de Lengua extranjera del entorno profesional
Vinculación entre módulos profesionales para establecer la
promoción(Artículo 13)ORDEN DE CURRÍCULO
f) Accesos y vinculación a otros estudios (Artículos 15 y 16)
Acceso a otros estudios con el título de Técnico
• Acceso directo a cualquier otro ciclo formativo de grado medio y a
cualquier modalidad de Bachillerato
• Acceso mediante prueba con 18 años cumplidos, y sin perjuicio de
la correspondiente exención, a todos los CCFF de grado superior
de la misma familia profesional y a otros CCFF en los que coincida
la modalidad de Bachillerato que facilite la conexión con los ciclos
solicitados.
Acceso a otros estudios con el título de Técnico Superior
• Acceso directo a cualquier otro ciclo formativo de grado superior y
a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado,
en las condiciones de admisión que se establezcan.
Modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión
con CFGSORDEN DE CURRÍCULO g) Convalidaciones y exenciones (Artículo 17) Convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de FP establecidos al amparo de la LOGSE con módulos profesionales de los títulos de FP LOE. Convalidación de módulos profesionales comunes a varios ciclos formativos LOE. Convalidación de los módulos de FOL y EIE entre títulos LOE. Exención total o parcial del módulo de FCT por su correspondencia con la experiencia laboral. Convalidación del módulo de lengua extranjera del entorno profesional.
ORDEN DE CURRÍCULO
h) Titulaciones equivalentes. Capacitaciones profesionales.
(Disposición adicional segunda)
Equivalencias a efectos académicos y/o profesionales entre títulos de
FP LOE y titulaciones de Técnico Auxiliar y de Técnico Especialista de
la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de
la Reforma Educativa.
Equivalencias a efectos académicos y profesionales entre los títulos de
FP LOGSE y los de FP LOE.
La formación establecida en el módulo de FOL capacita para llevar a
cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las
actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, de
acuerdo a la normativa vigente.
Otras habilitaciones o capacitaciones profesionales en función de los
perfiles profesionales de los títulos.ORDEN DE CURRÍCULO
i) Correspondencia de los módulos profesionales con las
unidades de competencia para su acreditación,
convalidación o exención. (Artículo 18)
En cada currículo se establece la correspondencia de las unidades
de competencia incluidas en el perfil profesional del mismo, con los
módulos profesionales que forman las enseñanzas para su
convalidación o exención.
Asimismo, se establece la correspondencia de los módulos
profesionales que forman las enseñanzas del título con las
unidades de competencia para su acreditación.ORDEN DE CURRÍCULO j) Calendario de implantación del nuevo currículo. (Disposición transitoria segunda y Disposición final primera) En el curso 2009/10, se implantarán los currículos de los módulos profesionales del primer curso de los títulos LOE indicados en esta sesión y dejará de impartirse el primer curso de los títulos LOGSE a los que sustituyen. En el curso 2010/11, se implantarán los currículos de los módulos profesionales del segundo curso de los títulos LOE indicados en esta sesión y dejará de impartirse el segundo curso de los títulos LOGSE a los que sustituyen. El alumnado que a la entrada en vigor de estos nuevos currículos esté cursando los ciclos LOGSE que son sustituidos, será atendido y evaluado de los módulos profesionales no superados hasta la finalización del número de convocatorias establecidas y, en todo caso, hasta el curso académico 2011- 2012, inclusive.
Medidas flexibilizadoras del currículo en Aragón (Cap. VII)
Permitiendo principalmente a las personas adultas, la posibilidad de
la conciliación del aprendizaje con otras actividades y
responsabilidades, y en especial con la actividad laboral.
Oferta
Completa o parcial
Régimen de enseñanza presencial, semipresencial o a distancia
Oferta parcial
Módulo profesional: con requisitos académicos
Módulo profesional o unidades formativas de menor duración:
actualización y adquisición nuevas competencias profesionales de los
trabajadores. La DGFPEP planificará esta oferta. Sin requisitos
académicos.
Oferta simultánea de ciclos formativos
Cursos de especialización de los ciclos formativos.SITUACIÓN ACTUAL
Centros donde se han puesto en marcha nuevos ciclos
formativos de FP este curso. Los departamentos afectados
tienen que valorar el proceso de implantación.
En centros que implantarán al próximo curso, ya hay
departamentos que han ido trabajando las decisiones relativas
a los PC de los ciclos
Todos los profesores que componen los Departamentos de FP
y los de FOL y Orientación deberían conocer las principales
novedades de la Orden de 29 de mayo de 2008.
Previsión de actuaciones que tendrá que hacer el
Departamento de FP afectado por la implantación. Se deberían
dejar escritas en su Memoria de final de curso.NUEVA NORMATIVA
El R.D. 1538/2006 de 15 de diciembre por el que se establece
la estructura de los nuevos títulos de FP
La Orden de 29 de mayo de 2008
Las Ordenes que regulan el currículo de cada ciclo
La futura Orden que regulará la matriculación, evaluación y la
acreditación académica del alumnado de FP
Las Circulares de principio de curso que remitirán los Directores
de los Servicios ProvincialesCONDICIONANTES DEL PROCESO
Elementos que pueden diferenciar los procesos de
elaboración/revisión de los PC en los centros:
coexistencia ciclos LOGSE/LOE
no es lo mismo implantar uno que varios ciclos a la vez
hay o no oferta de enseñanzas completa o parcial
se oferta enseñanza presencial, semipresencial o a distancia,
nocturno…
hay módulos bilingües con carácter experimental
títulos, ciclos y módulos que incluyen unidades formativas de
menor duración
implantar el ciclo en un centro integrado, en un centro con
mucha oferta de FP…
Cada centro docente podrá adaptar el currículo del ciclo o de
los módulos a las características concretas del entorno
productivoCOORDINACIÓN DOCENTE EN EL PROCESO
Se puede valorar la posibilidad de constituir dentro de la CCP
una subcomisión de FP, presidida por el Jefe de Estudios
Adjunto de FP
El departamento de familia profesional debe priorizar su
trabajo al próximo curso en torno a la implantación de
nuevos títulos. No es conveniente delegar toda la
responsabilidad en el equipo docente de cada ciclo.
Rol importante del jefe de departamento y del Jefe de
Estudios Adjunto.
Cada departamento hará su planificación y preverá las
dificultades iniciales para elaborar o revisar, según los
casos, los PC de cada ciclo.PASOS AL COMIENZO DEL CURSO
Plan departamental y plazos de elaboración/revisión del PC
del ciclo y de las programaciones didácticas
Partir de las directrices generales que apruebe la CCP (o una
subcomisión de FP) para elaborar las programaciones
Elaborar adaptaciones curriculares, si fueran necesarias, para
alumnos con necesidades educativas especiales.
Elaborar y publicar criterios y procedimientos de evaluación
y mínimos para superar cada módulos profesionales (elaborarlos
como muy tarde en diciembre).
Promoción al 2º curso…
Tratamiento de los módulos pendientes de 1er curso LOGSE a
extinguir de alumnos que están en 2º curso
Titulación (implantación de 2º curso en algunos centros)CONTENIDOS DEL PROYECTO CURRICULAR
Adecuación de los objetivos generales del ciclo formativo
Decisiones de carácter general sobre metodología didáctica
Criterios generales sobre la evaluación de los resultados de
aprendizaje
Criterios y procedimientos para establecer las adaptaciones
curriculares
El plan de tutoría y orientación profesional
Las orientaciones acerca del uso de los espacios específicos y de
los medios y equipamientos
Criterios para la evaluación de las programaciones didácticas y
criterios para evaluar los procesos de enseñanza y la práctica
docente del profesorado (Art. 20.2)OTROS REFERENTES PARA ELABORAR EL P.C.C.
Art. 6. Elementos del currículo en FP
Art. 8. Módulos profesionales y unidades formativas de menor
duración
Art. 9. Módulo de formación en centros de trabajo
Art. 10. Formación en lenguas de la UE en todos los CFGS y
en los de GM que se determine
Art. 11. Módulo profesional de proyecto.
Art. 12 Adaptaciones curriculares para a.c.n.e.e.
Art. 13. Tutoría y orientación.
Art. 14. Evaluación de alumnos
Art. 15. Promoción a 2º curso. Art. 16. Titulación
Art. 17. Iniciativas que favorezcan la mejora de la calidad
Art. 28. Medidas de flexibilización del currículo y programas
de innovación en colaboración con empresas o instituciones.QUIÉN ELABORA Y APRUEBA Y CUÁNDO
Elaboran el P.C del ciclo el equipo docente de profesores que
pueden pertenecer a varios departamentos:
Lidera el departamento didáctico de cada familia profesional
El departamento de FOL
El departamento de Idioma
Colabora el de Orientación (adaptaciones curriculares y
tutoría…)
Plazo: dos cursos. Hay que consultar cada una de las Órdenes
Plan de trabajo y calendario. A comienzo del curso, el jefe de
departamento de familia profesional entregarán al Jefe de Estudios
Adjunto de FP para que se adjunte con la PGA el plan de trabajo y el
calendario que el departamento ha establecido
Segundo curso. Durante el segundo curso de implantación habrá
que abordar el resto de los elementos del PC, incluidos acuerdos
para revisar la práctica docente y para evaluar las programaciones
que se están poniendo en marcha.
Aprueban los PCC. Cada departamento de familia profesional.
Formalmente el claustro sigue teniendo competencias para
aprobarlo.PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS
Objetivos del módulo profesional
Contenidos organizados, secuenciado y temporalizados en unidades
didácticas
Principios metodológicos de carácter general (ens. A distancia, FP para
adultos…)
Criterios de evaluación y calificación del módulo
Los resultados de aprendizaje mínimos exigibles para la obtener la
evaluación positiva en el módulo
Los procedimientos e instrumentos de evaluación
Materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar
Mecanismos de seguimiento y valoración que permitan potenciar los
resultados positivos y subsanar las deficiencias que pudieran observarse.ADAPTACIONES CURRICULARES
Orden de 2008 (art. 12) y Orden de 25 de junio de 2001
Destinatarios: alumnado con discapacidades, “siempre que pueda
alcanzar las competencias generales del ciclo formativo y no esté
en peligro su integridad física”.
Las adaptaciones curriculares las aprueba el Director Provincial
(Ordenes de 2008 y 2001)
Procedimiento, según la Orden de 25 de junio de 2001:
Art. 12.8. Para poder acceder a los ciclos, los alumnos con
n.e.e. necesitan una certificación emitida por el orientador y
visado por el director del centro de procedencia en la que se
acredite que la disminución física o sensorial no impide el
desarrollo de la actividad profesional para la que le capacita el
título correspondiente.
Art. 12.4. Los departamentos de orientación asesorarán a los
departamentos didácticos
Art. 12.7. Las adaptaciones “podrán desdoblar el currículo
preceptivo, duplicando su duración”PROGRAMACIONES. PRIMER AÑO
Adaptaciones curriculares para acnees en algún módulo, si
fueran necesarias
Criterios y procedimientos de evaluación y mínimos para superar
los módulos profesionales (elaborados como muy tarde en diciembre
de 2009)
Promoción al 2º curso. Módulos que se deben superar para poder
cursar otros.
Tratamiento de los módulos pendientes de 1er curso LOGSE a
extinguir de alumnos que están en 2º curso
Elabora las programaciones el equipo docente del ciclo (art. 22), al
que pueden pertenecer profesores de otros departamentos (FOL,
Idiomas…)
Las aprueba el Dpto. de familia profesional.EL PAPEL DE LA INSPECCIÓN
Funciones de control, evaluación, asesoramiento, detección de
necesidades de formación y de recursos
Seguimiento de la implantación de los nuevos ciclos en el
seguimiento ordinario del inspector de referencia
Se intensificará en alguna muestra de familias profesionales y
centros en el segundo trimestre del curso 2009-10.
Remisión a la Inspección del plan de trabajo de cada
departamento con la PGA. En enero, los criterios de evaluación
y los mínimos para superar un módulo.MUCHAS GRACIAS
POR VUESTRA ATENCIÓN
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Avda. Gómez Laguna 25 planta 11
50009 Zaragoza
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