La Especialización Profesional Veterinaria. Organización Colegial Veterinaria Española.
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
Índice 1.- Consideraciones Generales. 2.- La Ausencia de un Modelo para la Especialización. 3.- Proyección de la Especialización Profesional Veterinaria. 4.- Situación Actual de la Especialización. 5.- Modelos Nacionales. 6.- Modelos Internacionales. 7.- Papel de la OCV. 8.- Reconocimiento de las Especialidades. 9.- Obtención de la Titulación. 10.- Homologación. 11.- Formación Continuada. 12.- Estructura Organizativa. 13.- Recursos y financiación. 14.- Estrategia de Comunicación. 15.- Conclusiones. 2
1. Consideraciones Generales. La Organización Colegial Veterinaria Española tiene el deber y la obligación de poner en marcha todos los mecanismos necesarios para favorecer el desarrollo de la Profesión Veterinaria en el ámbito de nuestro país. Algunas de las principales funciones de la Organización Colegial se concretan en los siguientes puntos: 1. La ordenación del ejercicio de la Profesión Veterinaria en España en el ámbito de las competencias que le son legalmente atribuidas. 2. La función de representación con carácter exclusivo del colectivo, así como la defensa de los intereses profesionales de sus colegiados. 3. La salvaguarda y observancia de los principios deontológicos y ético- sociales, a cuyo efecto le corresponde elaborar los códigos necesarios y su aplicación. 4. El fomento de la dignidad y prestigio profesional de todo el colectivo, dentro del marco social en el que se desarrolla la prestación de servicios profesionales. 5. La promoción y la constante mejora de los niveles científico, cultural, económico y social de los colegiados. 6. La colaboración con los poderes públicos en la consecución de sus objetivos. 7. La protección de los consumidores. La especialización en el ámbito de la veterinaria constituye una tarea que, en su conjunto, integra todos y cada uno de los principios anteriormente señalados, por lo que su impulso y ejecución debe representar un objetivo prioritario para la Organización Colegial respondiendo, de este modo, al cumplimiento de las funciones que le son encomendadas. Afrontar la especialización constituirá una labor compleja que, para su puesta en marcha, desarrollo y mantenimiento, requerirá de la elaboración de un marco normativo que permita regular el proceso, así como una labor de ordenación y estructuración que establezca las bases para la creación de los modelos docentes y formativos. Esta tarea se deberá 4
realizar manteniendo los principios éticos y deontológicos que inspiran la Profesión Veterinaria bajo criterios irrenunciables de excelencia y calidad. La modernización y actualización de los modelos tradicionales de formación de postgrado encontrará, gracias al desarrollo de la especialización profesional, un instrumento eficaz que al mismo tiempo que potencie el desarrollo responda a la demanda formativa del colectivo. Deberá basarse en la promoción científica y tecnológica bajo criterios de calidad, en beneficio de un desarrollo y proyección de la Veterinaria, así como la mejora de la prestación de servicios sanitarios para el beneficio de nuestra sociedad. El modelo de formación deberá fundamentarse en un sistema que proyecte todo el trabajo de la especialización más allá de la propia acreditación, apostando por la formación continuada como uno de los pilares fundamentales en el postgrado lo que permitirá la adaptación del sistema a las circunstancias de las Ciencias Veterinarias en cada uno de los momentos. La especialización es un proceso dinámico en constante evolución que contará con los instrumentos necesarios para la incorporación de nuevas especialidades, siempre bajo los criterios anteriormente citados. Todo el modelo debe sustanciarse en la mejora formativa de los veterinarios que, con carácter voluntario, accederán a la especialización cumpliendo los estándares científicos y docentes más exigentes con el fin de objetivar su calidad y eficiencia. Para completar este proyecto satisfactoriamente será necesario un esfuerzo para la integración de todas aquellas organizaciones y estructuras que, dentro del ámbito profesional y científico, se encuentran relacionadas con la Profesión Veterinaria como las asociaciones profesionales, universidades, organizaciones científicas, empresas del sector, etc. El desarrollo de la especialización otorgará una nueva dimensión y proyectará a toda la Organización Colegial Veterinaria como un referente dentro del colectivo, fortaleciendo su función de liderazgo y representatividad. Debe ser entendido como una acción que responde a una obligación o principio institucional pero también debe concebirse como una oportunidad que permitirá actualizar las estructuras colegiales a las necesidades reales demandadas por sus colegiados, aportando un modelo formativo eficiente que respondan a las inquietudes generales en pro de la especialización dentro de los diferentes ámbitos. 5
El carácter representativo de la OCV hace de ella una institución fundamental para la implantación de la especialización, aportando la perspectiva general que requiere el desarrollo de esta modelo, lejana a intereses particulares, y ofreciendo una respuesta integral. Todo ello redundará en que a través de la excelencia profesional los veterinarios estaremos en condiciones de prestar un mejor servicio a la sociedad. 6
La Especialización Profesional Veterinaria. 2- La ausencia de un Modelo para la Especialización. 7
2. La ausencia de un Modelo para la Especialización La Veterinaria es la profesión sanitaria que tiene una mayor relevancia en el ámbito de la salud animal y que cuenta con una incuestionable importancia en la protección y salvaguardia de la Salud Pública, tal y como lo reconoce la propia legislación española. A partir de este principio fundamental, resulta obvio comprender que la actuación del veterinario tiene un carácter absolutamente especializado circunstancia de la que se deriva la necesidad de establecer una formación de postgrado, dotada de un carácter oficial, propio y específico, con desarrollo en todo el territorio nacional que permita acreditar el nivel de formación de los especialistas. En la actualidad no disponemos de ningún tipo de regulación ni reconocimiento oficial que contemple la especialización veterinaria y su desarrollo posterior. La Veterinaria está conceptuada como una profesión sanitaria que recibe una formación oficial de carácter generalista sin que se hayan creado los elementos necesarios para favorecer su promoción y proyección a través de la especialización. Sin embargo, esta circunstancia si se ha contemplado en otras profesiones incluidas dentro de las Ciencias de la Salud, generando un agravio comparativo. Si establecemos como modelo de análisis a otras disciplinas sanitarias tras la incorporación de los criterios de especialización comprobamos que todas ellas han experimentado una importante progresión creándose una normativa que ha dado una respuesta eficaz a las necesidades formativas de dichos colectivos. Este modelo también ha sido beneficioso para sus usuarios que obtenido una incuestionable mejora en la prestación de sus servicios. La especialización se ha comportado como un elemento dinamizador dentro de las profesiones referidas dando lugar a una situación de continua expansión científica y técnica. Atendiendo a todo ello, podemos llegar a la conclusión de que la ausencia de un modelo de especialización en nuestra profesión ha constituido un vacío que ha condicionado su proyección globalmente. Es necesario valorar e identificar los principales problemas que por ello se han generado con la finalidad de establecer los mecanismos de corrección precisos. Entre los déficits más importantes destacaríamos los siguientes: 1. Desarrollo científico y técnico dispar en los diferentes sectores o ámbitos profesionales. 8
2. Implantación insuficiente e irregular de profesionales en determinadas áreas de las Ciencias Veterinarias. 3. Deficiencias de calidad científica y técnica entre los profesionales teóricamente especializados. 4. Inexistencia de criterios objetivos que permitan acreditar el nivel formativo de los especialistas a lo largo de su ejercicio profesional. 5. Limitación en la proyección nacional e internacional por la ausencia de sistemas de homologación con reconocimiento oficial. 6. Carencia de modelos de formación continuada para los especialistas que garanticen su adecuación y actualización. 7. Deficiencias en la integración y ordenación de organizaciones e instituciones relacionadas con la formación profesional veterinaria. 8. Limitaciones en el control y gestión de la Profesión Veterinaria en España condicionando la optimización de los recursos disponibles. 9. Deficiente promoción de los especialistas dentro de los sistemas públicos y privados. 10. Ausencia de entidades formadoras propias y acreditadas dedicadas al postgrado veterinario. 11. Deterioro de la imagen de la Organización Colegial Veterinaria Española al percibirse distante de las necesidades del colectivo. 12. Incapacidad para regular nuevos ámbitos profesionales relacionados con la práctica veterinaria directa e indirectamente (auxiliares técnicos veterinarios). 13. Pérdida de espacios naturales o propios de la veterinaria que son ocupados por otras profesiones con competencias profesionales paralelas como farmacéuticos en seguridad alimentaria; biólogos en sanidad ambiental, apicultura, piscicultura e incluso en seguridad alimentaria; agrónomos en zootecnia, etc. 9
La ausencia de un modelo oficial que permita acreditar la especialización profesional ha repercutido en el desarrollo y proyección de los veterinarios siendo imprescindible su corrección con el objetivo de dirigir a la Profesión en la correcta dirección bajo criterios de excelencia y calidad. 10
La Especialización Profesional Veterinaria. 3- Proyección de la Especialización Profesional Veterinaria. 11
3. Proyección de la Especialización Profesional Veterinaria. Debemos tener en cuenta que la incorporación de los especialistas en el sector veterinario constituye una realidad objetiva en el momento actual. La existencia de un modelo de especialización profesional permitiría poner a disposición de los colegiados, un modelo de formación adaptado a sus necesidades y que, de forma consecutiva, potenciaría su reconocimiento y prestigio social. El sistema se vería beneficiado de un modelo que estimularía la constante creación de ámbitos cada vez más especializados y cualificados. Actualmente podemos afirmar que se desconoce el número real de especialistas por lo que no podemos aportar datos concluyentes ni precisos debido a la ausencia de referencias oficiales. Sin duda el acceso a la especialización cada día es más amplio y la realidad nos muestra que en muchos centros de trabajo, tanto privados como públicos, se desarrollan actividades catalogadas con la etiqueta de especialidades sin que para su consecución se haya producido la incorporación de veterinarios acreditados con la formación requerida en base a una cualificación oficial. Por lo tanto no disponemos de datos objetivos que ilustren la situación actual de nuestro país. La especialización aportaría una serie de beneficios, entre los cuales los más importantes serían: 1. Incremento y mejora de la calidad en la prestación de servicios profesionales. 2. Potenciación del desarrollo del conocimiento y de la investigación en nuevos ámbitos de las Ciencias Veterinarias. 3. Aumento de la demanda de profesionales especializados por su incorporación directa a las estructuras actuales, por la creación de centros especializados, por la externalización de servicios, etc. 4. Desarrollo, cohesión, estructuración y fortalecimiento de las estructuras sanitarias actual. 12
5. Mejora de la competitividad profesional bajo criterios de calidad y excelencia. 6. Oferta de una prestación de servicios sanitarios más amplios y desarrollados fundamentados en la profundización de conocimientos. 7. Mejora de la percepción social de los profesionales veterinarios en base de su desarrollo científico y técnico, promocionando la imagen del veterinario en el seno de nuestra sociedad como facultativos especializados en disciplinas concretas. 8. Incremento del prestigio profesional del colectivo veterinario en todo su conjunto. 9. Aumento de la demanda de profesionales especializados y desarrollo potencial de nuevos escenarios en la prestación de servicios. 10. Potenciación y reconocimiento de la Organización Colegial Veterinaria Española situándolo como un referente en el seno de la profesión. 11. Impulso de nuevas fuentes de ingresos derivados de los modelos de especialización y de formación continuada. 12. Mejora del conocimiento de la realidad profesional de la veterinaria en España con la subsiguiente mejora en todos los sistemas de planificación y gestión. 13. Efecto agregador y cohesionador de todo el colectivo profesional que alrededor de la Organización Colegial como elemento propulsor del modelo de especialización. Por todo lo expuesto, la instauración de un modelo de especialización en el ámbito de la Profesión Veterinaria, reportaría al colectivo un incuestionable desarrollo científico y técnico, al mismo tiempo actuaría como un elemento vertebrador de la profesión, incrementando su cohesión y estructuración entorno a las Organizaciones Colegiales. 13
La Especialización Profesional Veterinaria. 4- Situación Actual de la Especialización. 14
4. Situación Actual de la Especialización En España la Profesión Veterinaria ha alcanzado una notable progresión científica y técnica promovida por el desarrollo interno del sector, la influencia internacional y la accesibilidad a la tecnología médico-veterinaria. Existen numerosos especialistas formados de este modo que ocupan posiciones de vanguardia y gozan de un reconocido prestigio en todos los sectores de la veterinaria como por ejemplo Salud Pública, Medicina y Cirugía de Équidos, Sanidad de Animales de Producción, Medicina y Cirugía de Animales de Compañía, Avicultura, Piscicultura, Pequeños Rumiantes o Vacuno. Se fundamenta en la formación universitaria con la obtención de una licenciatura o grado con carácter generalista y un doctorado donde existe un nivel de especialización muy concreto. Es durante el ejercicio profesional y prácticamente de forma paralela a la prestación de los servicios sanitarios, cuando el veterinario busca una formación complementaria que le permita adquirir el conocimiento necesario en su práctica profesional. Se estructura en un primer nivel de especialización determinado en base a la actividad profesional predominante: sector de los bóvidos, pequeños rumiantes, équidos, porcino, animales de compañía, aves, producción animal o salud pública. En el caso concreto de los “Especialistas en Pequeños Animales” se puede observar con claridad el itinerario actual hacia la especialización. En este sector se sigue un desarrollo similar al que tiene lugar en la Medicina, generándose especialidades muy similares que dan lugar a un segundo nivel: Oncología, Dermatología, Cardiología, Etología, Traumatología, Oftalmología, Odontología, Neurología, Diagnóstico por Imagen, Cirugía General, Endocrinología, Parasitología, Medicina Interna, Análisis Clínicos, etc. Se han desarrollado modelos formativos en prácticamente todos los ámbitos profesionales que tratan de satisfacer la demanda de conocimiento cualificado. Las asociaciones y sociedades profesionales también participan activamente en el desarrollo de la especialización. La oferta de formación de postgrado se completa con la actividad emprendida por algunas universidades españolas. En otros casos, los veterinarios acuden en busca de formación especializada a organizaciones internaciones reconocido prestigio que ofertan modelos de especialización y un mayor reconocimiento en la titulación. Para ilustrar esta situación nos 15
encontramos a nivel de la Unión Europea con la EBVS, European Board Veterinary Specialisation o el RCVS, Royal College Veterinary Surgeron que permiten obtener una titulación como especialista con reconocimiento en diversos países de la Unión mediante un sistema de homologación internacional. Dentro de la formación internacional no deberíamos olvidar la existencia de otros modelos como el Alemán, Francés o Italiano. En los Estados Unidos de América asociaciones como la AVMA, American Veterinary Medical Association, ofrecen sistemas de acreditación y formación altamente cualificados. En definitiva, los actuales modelos de especialización pueden considerarse como incompletos y carentes de una respuesta global. Nacen y se desarrollan a partir de necesidades concretas. Por lo tanto creemos necesario la existencia de un modelo global que contemple las particularidades propias de cada sector. Dentro de las organizaciones profesionales y en el ámbito de la sanidad de los animales de compañía, son la Asociación de Veterinarios Especialistas en Pequeños Animales (AVEPA) y la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC) las organizaciones profesionales que están trabajando de forma más efectiva en el reconocimiento de la especialización. AMVAC ha desarrollado una comisión representada por la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid y la propia Asociación, con la finalidad de analizar y estudiar los modelos de especialización así como su posible implantación. De forma similar, AVEPA, ha constituido un modelo formativo y de acreditación incorporando los criterios generales propuestos en sus bases por la European Board Veterinary Specialisation (EBVS) con autonomía para desarrollar los niveles de especialización en el territorio nacional; ha creado los autodenominados Grupos de Especialistas de AVEPA (GEA) y los Grupos de Trabajo de AVEPA (GTA), a partir de los cuales se desarrolla todo el modelo formativo y de control de los especialistas. La situación actual de la especialización se completa fundamentalmente con la actividad de las universidades españolas en la formación de postgrado. Dos de los modelos más representativos son los emprendidos por las Facultades de Veterinaria de la Universidad Autónoma de Barcelona y Universidad Complutense de Madrid que ha desarrollado modelos propios. En la Facultad de Veterinaria de UAB se otorgan titulaciones de postgrado como el “Diploma de Postgrado en Cirugía y Anestesia de Pequeños Animales”, con la posibilidad de convalidación en 16
todo el Espacio Europeo de Educación Superior mediante el EuropeanCredit Transfer System. Otras titulaciones de postgrado impartidas por dicha Universidad son: 1. Curso de Anestesia de Pequeños Animales (3a edición). 2. Curso de Anestesia, Analgesia y Eutanasia (7a edición). 3. Curso de Cirugía Avanzada de Tejidos Blandos en Pequeños Animales (2a edición). 4. Curso de Cirugía Básica de Tejidos Blandos en Pequeños Animales (2a edición). 5. Curso de Cirugía de Pequeños Animales (3a edición). 6. Curso de Cuidados Intensivos de Pequeños Animales (2a edición). 7. Curso de Dermatología de Pequeños Animales (3a edición). 8. Curso de Diagnóstico por Imagen de Pequeños Animales (3a edición). 9. Curso de Experto en Cirugía de Tejidos Blandos (2a edición). 10. Curso de Formación de Directores de Instalaciones de Radiodiagnóstico (11a edición). 11. Curso de Formación de Personal Investigador Usuario de Animales Para Experimentación y Otras Finalidades Científicas (33a edición). 12. Curso de Introducción a la Acupuntura Veterinaria (6a edición). 13. Curso de Medicina Interna de Pequeños Animales (3a edición). 14. Curso de Medicina y Cirugía de Animales Exóticos (3a edición). 15. Curso de Neurología de Pequeños Animales (3a edición). 16. Curso de Oftalmología de Pequeños Animales (3a edición). 17. Curso de Patología y Control del Estado Sanitario de los Animales de Experimentación (10a edición). 18. Máster Ciencia y Bienestar del Animal de Laboratorio (9a edición). 19. Curso de Reproducción de Pequeños Animales (3a edición). Por su parte la Facultad de Veterinaria de Madrid de la Universidad Complutense de Madrid, presenta un modelo formativo con titulaciones de postgrado con acreditaciones propias: 1. Magister en Etología Clínica Veterinaria y Bienestar Animal. 2. Magister en Evaluación de Riesgos Ambientales de residuos industriales, agropecuarios y domésticos. 3. Especialistas en Odontología y Cirugía Maxilofacial Veterinarias. 17
4. Especialista en Traumatología y Cirugía Ortopédica en Animales de Compañía). Existen sociedades científicas, como la Sociedad Española de Traumatología y Ortopedia Veterinaria, SETOV, que también ofertan un modelo docente y formativo de carácter especializado estableciendo conciertos de colaboración con instituciones científicas dedicadas a la formación de postgrado como por ejemplo el Centro de Cirugía de Mínima Invasión de Cáceres Jesús Usón (CCMIJU) trabajan por la especialización profesional en el campo de la veterinaria. Esta sociedad científica se halla adscrita a la European Society of Veterinary Orthopaedics and Traumatology, ESVOT, y utiliza como revista científica para sus publicaciones la Veterinary and Comparative Orthopaedics and Traumatology, VCOT, revista en donde también publican prestigiosas asociaciones como por ejemplo la VOS Veterinary Orthopedic Society de USA, la BVOA, British Veterinary Orthopaedic Associationde UK, la AO Vet, etc. La importancia de estos modelos destaca la formación altamente especializada que aporta a sus asociados así como las labores de sostén y asesoramiento científico y técnico de sus miembros. El CCMIJU organiza un amplio programa de formación y entrenamiento en diferentes disciplinas médicas y quirúrgicas para médicos residentes, personal de enfermería, veterinarios, médicos y cirujanos así como a otros profesionales del sector sanitario, proporcionando a los participantes la asistencia a diferentes actividades formativas y la posibilidad de un entrenamiento quirúrgico empleando los avanzados recursos tecnológicos del CCMIJU. El centro coordina y programalas necesidades formativas futuras en el mundo de la cirugía de mínima invasión, para ser un referente en formación sanitaria. Existen distintos niveles de formación que se estructuran a partir de la existencia de cursos de entrenamiento básico y avanzado incluyen prácticas quirúrgicas y sesiones teóricas fundamentadas en un modelo propio de formación en técnicas quirúrgicas de mínima invasión. Para ilustrar la demanda de especialistas se recogen los últimos datos que aporta la EuropenaBoardVeterinarySpecialist o EBVS, atendiendo a los informes anuales de los Europea Colleges, donde se muestra la evolución del modelo durante los años 1996 al 2006: 18
Number Number of European Veterinary Specialists 250 0 200 0 200 0 180 0 160 0 140 150 0 120 0 100 0 80 0 0 60 0 40 0 20 0 0 199 6 100 0 50 0 0 199 199 199 199 200 200 200 200 200 200 200 6 7 8 9 0 1 2 3 4 5 6 Numbe 26 58 69 80 93 112 126 170 193 197 230 r 7 2 4 3 6 4 3 0 6 1 4 19
Debemos de tener en cuenta que la especialización está generando nuevos escenarios, nos referimos a ámbitos profesionales dependiente de la Profesión Veterinaria como son los Auxiliares Técnicos Veterinarios o ATV que requiere den una formación especializada en la que la Organización Colegial Veterinaria debería participar. La Veterinaria tiene un carácter multidisciplinario que requiere una formación continua, siendo fundamental el desarrollo y la aprobación de una normativa que regule el denominado “Título Oficial de Veterinario Especialista”, definiendo el marco docente necesario para su desarrollo y acreditación y creando las estructuras orgánicas para su ejecución y gestión. Resulta necesario establecer un itinerario formativo a seguir para la obtención de los títulos de especialista, articulando el desarrollo cada una de las especialidades profesionales como un elemento claro en el actual sistema de formación veterinaria, atendiendo a la demanda profesional. 20
La Especialización Profesional Veterinaria. 5- Modelos Nacionales 21
5. Modelos Nacionales La asociación veterinaria especializada en pequeños animales que más tiempo lleva trabajando en el desarrollo de un modelo de acreditación para la especialización es AVEPA teniendo como objetivo la excelencia profesional y la prestación de servicios con elevados estándares de calidad y modelos eficientes de formación continuada. Han establecido una serie de especialidades a partir de la creación de los Grupos de Especialistas con los siguientes niveles: 1. Anestesia (Pre-Grupo). 2. Gestión y Administración de Centros Veterinarios (Pre- Grupo). 3. Medicina Felina, GEMFE. 4. Medicina Interna (Pre-Grupo). 5. Reproducción y Pediatría de Pequeños Animales. 6. Medicina y Cirugía de Animales Exóticos. 7. Grupo de Especialistas en Cardiología y Aparato Respiratorio, GECAR. 8. Grupo de Especialistas en Dermatología. 9. Grupo de Especialistas en Traumatología y Ortopedia, GEVO. 10. Grupo de endoscopia y cirugía endoscópica, GEA. 11. Grupo de Medicina Holisticas Integrativas. 12. Grupo de Etología Animal. 13. Emergencias y Cuidados Intensivos. Para su gestión dispone de una estructura fundamentada en una normativa propia dirigida a la formación que culmina con un modelo de acreditación de los especialistas manteniendo una actividad docente incluso después de la acreditación mediante la formación continuada con reconocimiento internacional de sus titulaciones. Para obtener los títulos de especialista emitidos por la organización es necesario formar parte de la asociación. El sistema de acreditación se fundamenta en la creación de los Grupos diferenciando los Grupos de Especialistas (GEA) y los Grupos de Trabajo (GTA). Los GEA se constituyen a partir de socios de la organización interesados en áreas concretas del conocimiento de la medicina veterinaria y que, en líneas, generales coinciden con las especialidades propuestas por la EBVS. Los GTA responden a ámbitos científicos y técnicos relacionados con la medicina veterinaria que no son cubiertos por los GEA. 22
A su vez estos grupos tienen la facultad de poder desarrollar estructuras más específicas dentro de su seno, que les ayuden a alcanzar los objetivos profesionales deseados, son los denominados Subgrupos concebidos como herramientas para profundizar en la especialización y el conocimiento de las Ciencias Veterinarias. Para regular la actividad de estos grupos la organización profesional desarrolla unos estatutos cuyos objetivos se concretan y resumen en los siguientes puntos: 1. La promoción de la formación continuada de sus socios o miembros. 2. La potenciación del conocimiento de las diferentes áreas que integran la profesión veterinaria. 3. La promoción de la especialización con criterios de excelencia profesional. 4. La representación de AVEPA en los foros y escenarios oportunos constituyendo a estos grupos como órganos de consulta de su Junta Directiva de AVEPA y del Comité Científico de dicha asociación profesional. Los miembros que constituyen estos grupos de especialistas y de trabajo, deben cumplir con una serie de requisitos y deben tener unas características concretas. La primera condición que establece es que los miembros de los grupos deben pertenecer a la asociación donde se distinguen tres niveles distintos que juegan un papel determinante a la hora de comenzar los itinerarios de especialización así para integrar las distintas estructuras formativas y organizativas de la asociación: 1. Miembros Ordinarios: Está representado por cualquier miembro de la organización que pueden solicitar su inclusión dentro de cualquiera de los grupos de trabajo o especialización. 2. Miembro Acreditado: Sería el primer paso que la organización da en el sentido de la especialización así como en el camino de la acreditación pues estos veterinarios son definidos como miembros acreditados, para lo cual han debido superar los criterios de conocimiento y competencia en la especialización concreta que ha sido determinados por el Comité Científico del Grupo de Especialistas (GEA) y del propio Comité Científico de AVEPA. Para mantener el nivel de los especialistas la organización establece que un miembro, como máximo sólo podrá pertenecer a dos GEA, pudiendo emplear la denominación de “Acreditado por AVEPA” en una determinada especialidad. 23
3. Miembros Asociados: Se trata de una denominación que se reserva para aquellos profesionales que no siendo veterinarios o siéndolo no ejerzan en España pero que sean considerados miembros destacados por sus méritos profesionales y sean aprobados con más del 80% de la Asamblea General de GEA y GTA a propuesta del Comité Científico de GTA y GEA. Crea dos niveles profesionales: el miembro ordinario, representado por un especialista de un primer nivel que ejerce su actividad de forma predominante en el sector de los pequeños animales, y el miembro acreditado, que ha superado una serie pruebas que permiten dotarle de una serie de criterios científicos tanto teóricos como prácticos que recibe una denominación especial bajo el término de acreditado para una especialidad concreta, los que representarían un segundo nivel de formación profesional dentro de la especialización veterinaria. Para el control y la regulación del funcionamiento de todos estos grupos, AVEPA crea una estructura encabezada por la “Asamblea General de los GEA y GTA” que funciona de forma democrática y tiene la obligación de reunirse, al menos, de forma anual. Las funciones de la Asamblea General se resumen en las siguientes: 1. Elegir la Junta Directiva de los grupos de especialistas y de los grupos de trabajo con el fin de concretar todas las funciones de dirección y gestión de estas estructuras. 2. Conocer el funcionamiento de las mismas mediante la elaboración de un informe anual de las actividades de los GTA y GEA, así como un Informe Anual Económico. 3. Aprobar el sistema de acreditación de los grupos de especialistas. 4. Decidir sobre cualquier cuestión que formule la Junta Directiva de los GEA o GTA. 5. Disolver las Juntas Directivas del GTA o GEA, el Comité Científico del GEA y los GTA o GEA. La Junta Directiva representa el máximo órgano de gobierno de los grupos de trabajo, formada como máximo por tres miembros y con un mínimo de dos: Presidente y Secretario. En el caso de los GEA los miembros que las forman deben ser acreditados mientras que en el caso de los GTA no es un imperativo para su constitución. Las Juntas Directivas del GEA y GTA desarrollarán su trabajo por 24
un periodo de dos años, pudiendo ser prorrogables por dos años adicionales. Todos los nombramientos deben ser ratificados por la Asamblea General del grupo. El Comité Científico es otro de los elementos estructurales que desarrolla AVEPA para el control de las especialidades veterinarias y su regulación. Todos los miembros del Comité Científico deben ser acreditados por la organización, elemento lógico pues los comités científicos son el pilar básico que garantiza la calidad de la formación y acreditación. También se regula el número de miembros que lo forman estableciendo un mínimo de dos y un máximo de diez. Este Comité Científico tiene su proyección en los distintos grupos de especialista con la constitución de unos subcomités que tienen el mismo fin pero se concretan en la especialidad a la que pertenecen. Para la creación de los grupos de especialidad AVEPA requiere que su formación sea realizada a propuesta de la Junta Directiva de la Organización, al menos por diez socios, mediante la presentación de lo que denomina como Memoria que sería un trabajo detallado en el que se justifica la necesidad de contemplar dicho grupo. Simultáneamente, al menos tres socios deberán ser acreditables y solicitar su acreditación efectiva dentro de dicho grupo. La Junta Directiva de AVEPA asesorada por el Comité Científico de AVEPA, valorará y determinará la conveniencia o no de acreditar dicho grupo de especialistas. La aprobación de un GEA llevará implícita la creación de una Junta Directiva del grupo, auxiliada de un Comité Científico propio que será aprobado por la Junta Directiva y el Comité Científico de AVEPA que, al menos estará formado por un Presidente y un Secretario. Las funciones de la Junta Directiva de los GEA y GTA se concretan en los siguientes puntos: 1. Dirigir las actividades de los grupos realizando, al menos, una reunión anual. 2. Coordinar las actividades de los grupos de especialistas y trabajo con el resto de las actividades propuestas por la Organización. 3. Crear subgrupos que ayuden a completar las funciones del grupo de especialistas. 4. Presentar a la Junta Directiva de AVEPA un informe anual de su actividad. 5. Convocar elecciones cada dos o cuatro años. 6. Subordinar cualquier actuación a las decisiones de la Junta Directiva de AVEPA y al Comité Científico de AVEPA. 25
Estructuralmente, las Juntas Directivas de los GTA y GEA tendrán como mínimo un Presienten y Secretario encargados de desarrollar todas las funciones de dicha Junta. Las funciones del Comité Científico de los GEA se resumen: 1. Proponer y coordinar todas las actividades de los grupos de especialistas. 2. Generar información científica dentro del ámbito de su especialidad. 3. Realizar las acciones formativas del grupo de especialistas. 4. Proponer un Congreso Anual del GEA. 5. Colaborar con AVEPA en todas aquellas acciones que la organización considere necesarias. 6. Elaborar un informe anual en el que se concrete su actividad. La acreditación de los miembros del GEA se efectúa a partir de la Junta Directiva de AVEPA que crea el denominado Comité de Acreditación de AVEPA. El primer problema con el que se encuentra es que estos comités de acreditación es que deben estar formados por especialistas cualificados y contrastados que, inicialmente, no han sido formados por la organización. Esta situación es resuelta exigiendo que los primeros miembros deben ser Diplomados de los distintos Colegios Europeos y Americanos, Certificados Británicos o figuras similares. Posteriormente el único requisito será ser un miembro acreditado por la organización. Las funciones del Comité de Acreditación de AVEPA, incluyen: Coordinación de los sistemas de acreditación entre los diferentes grupos GEA. Establecimiento de las pautas comunes de funcionamiento. La supervisión de los programas de funcionamiento, formación y comprobación de los requisitos formativos por los candidatos para optar a la acreditación. El desarrollo del sistema teórico y práctico necesario para alcanzar dicha acreditación. La acreditación final de los miembros la realizara AVEPA a propuesta del Comité de Acreditación en función de diferentes aspectos: formación, experiencia, méritos, participar como ponente en Congresos y haber presentado información científica o haber superado una prueba teórica y práctica. También establece un sistema de reevaluación cada cinco años. El Comité de Acreditación de AVEPA será el responsable de la evaluación de los miembros de del Comité de Acreditación de los GEA. Los miembros de estos comités tendrán que acreditar: 26
1. Formación: Asistencia a una actividad científica anual, organizada por el GEA u otra actividad científica de formación continuada de su especialidad. El comité de acreditación establecerá el sistema de formación, supervisión y acreditación de la misma. 2. Experiencia: Dedicación profesional al menos del 50% de su actividad profesional con una antigüedad mínima al menos de 10 años de forma acreditable. 3. Méritos: haber participación como ponente en Congresos y actividades relacionadas al menos tres veces y haber presentado comunicaciones científicas de interés al menos en dos ocasiones. 4. Superación de una prueba de carácter teórico-práctica. Finalmente existen algunas sociedades científicas que también participan de forma activa en el desarrollo de la especialización profesional veterinaria. Concretamente en el sector al que nos estamos refiriendo de forma fundamental, los pequeños animales, nos encontramos con organizaciones como la Sociedad Española de Traumatología y Ortopedia Veterinaria, SETOV que se halla adscrita a la European Society of Veterinary Orthopaedics and Traumatology, ESVOT, y utiliza como revista científica para sus publicaciones la Veterinary and Comparative Orthopaedics and Traumatology, VCOT, revista en donde también publican prestigiosas asociaciones como por ejemplo la VOS Veterinary Orthopedic Society de USA, la BVOA, British Veterinary Orthopaedic Associationde UK, la AO Vet, etc… La importancia de estos modelos destaca la formación altamente especializada que aporta a sus asociados así como las labores de sostén y asesoramiento científico y técnico de sus miembros. 27
La Especialización Profesional Veterinaria. 6- Modelos Internacionales. 28
6. Modelos Internacionales. Uno de los sistemas más representativos de cómo se está desarrollando la especialización a nivel internacional es el modelo propuesto por la European Board Veterinary Specialisation, EBVS. Esta asociación implanta un sistema que regula las responsabilidades, atribuciones y funciones de los especialistas veterinarios en la Unión Europea para lo que propone un régimen de especialidades que, en algunos países, es reconocido de forma oficial y en otros está en vías de reconocimiento. La European Board Veterinary Sepcialisatiom, es una organización creada en el ámbito europeo a partir de la agregación de otras organizaciones veterinarias como la European Society of Veterinary Internal Medicine (ESVIM), European College of Veterina Sugeons (ECVS), el European College of Veterinary Dermatology (ECVD), el Europena College of Veterinary Ophthalmology (ECV0) y European Association of Veretinary Diagnostic Imagin (EAVDI). Resume sus objetivos a partir del lema Veterinary excellen cethrouggh specilisation (“La Excelencia Veterinaria mediante la Especialización”) y trabaja con el propósito de regular las distintas especialidades dentro del ámbito europeo y en relación con otros modelos internacionales que aporten un nivel de calidad y exigencia contrastable como por ejemplo el norteamericano. La asociación sintetiza todos sus principios de forma detallada en un documento titulado “Veterinary Specialitation in Europe: Companion Animals”, publicado en 1990. Es uno de los modelos para la especialización más desarrollados dando respuesta a las necesidades profesionales existentes con el fin de formar y acreditar a los veterinarios en una disciplina sanitaria mediante la obtención del título de especialista en el ámbito europeo. La calidad de su trabajo y sus resultados están avalados por la excelencia formativa de sus unidades docentes, que no sólo se limitan a la especialización sino también a la formación continuada, actualización de los contenidos, desarrollo de la especialidad, investigación y desarrollo científico, promoción, reuniones profesionales, publicaciones, congresos, etc. Para ello crean los denominados Colleges o Institutos. Contempla la especialización de una forma directa, es decir, el acceso está justificado por sí mismo, siempre que se cumplan una serie de criterios generales señalados por la Asociación, independientemente del sector profesional al que se dedique, así nos encontramos entre otros con Especialistas en Salud Pública, en Medicina y Sanidad de Animales de Laboratorio, Especialistas en Sanidad de 29
Pequeños Rumiantes, Especialistas en Sanidad de Bóvidos, Especialistas en Medicina Interna de Équidos, Especialistas en Oncología de Pequeños Animales, Especialistas en Medicina Interna de Pequeños Animales o Especialistas en Anestesia y Analgesia. La EuropeanBoardeVeterinarySpecilisationmantiene una serie de principios fundamentales que inspiran su trabajo en el ámbito de la especialización veterinaria que se concretan en los siguientes apartados: 1. Reconocer y coordinar las especialidades veterinarias en Europa a través de los Colleges o Institutos. 2. Mantener un registro de los Collegesy los veterinarios formados en ellos. 3. Trabajar por el reconocimiento en la mayor parte de países de la Unión Europea. 4. Asegurar la calidad de los especialistas formados, mediante la supervisión del funcionamiento de los Colleges. 5. Fomentar y promover el desarrollo de los servicios veterinarios especializados al público y a los profesionales veterinarios. 6. Establecer y evaluar los criterios para determinar si una nueva especialidad viene a satisfacer una necesidad y representa un área distinta a las existentes. 7. Determinar y evaluarla existencia de un cuerpo suficiente de personal cualificado para cubrir las necesidades de una especialidad. 8. Asesorar y prestar asistencia a los grupos que soliciten el establecimiento y el reconocimiento como Colleges. 9. Establecer los mecanismo de revisión necesarios para garantizar el cumplimento de los requisitos impuestos por la Organización a los Colleges. 10. Recibir y examinar los informes anuales de todos los Colleges reconocidos realizando una evaluación detallada de cada organización, a intervalos periódicos (cinco años). 30
11. Desarrollar premios anuales para "Especialistas Europeos Veterinarios" como elementos de fomento y proyección. 12. Actuar como mediador en las disputas entre los veterinarios y los Colleges reconocidos. La creación de los Colleges o Institutospermite a la EBVS controlar todo el modelo mediante un sistema de delegación donde se transfieren la mayor parte de los aspectos organizativos y de mantenimiento en estas estructuras, reservándose el control de las mismas de forma absoluta. Esta acción delegada permite mantener a la organización una estructura de control sumamente sencilla desde el punto de vista estructural al mismo tiempo que altamente eficaz en el control final de todas las acciones desarrolladas por los Colleges o Institutos, requiriendo la participación de la EBVS para la aprobación y desarrollo de cualquier iniciativa propuesta por estos. La EBVS dispone de un sistema de representación de los Colleges a través de la Comisión Coordinadora, compuesta por un representante de cada instituto que tiene derecho a voto en las decisiones que se tomen por la organización. Este representante deberá participar de forma obligatoria en todas las reuniones realizadas por la EBVS, actuando como persona de contacto entre el College y la EBVS, con la responsabilidad de difundir toda la información y documentación aportada por la EBVS. Es este representante el nexo de comunicación directa con las estructuras que definen cada una de las especialidades, al mismo tiempo que adquiere un carácter de representación dentro de la organización. Desde el punto de vista organizativo y estructural las decisiones de la EBVS se realizan en un Comité Ejecutivo, cuyos miembros son elegidos periódicamente. La Mesa de Dirección del Comité Ejecutivo está constituida por el Presidente, un Ex-Presidente, el Vice-Presidente, Secretario y Tesorero. El Comité Ejecutivo examina las políticas y procedimientos seguidos en los Colleges, elaborando una serie de recomendaciones para EBVS, que sirven para la planificación estratégica a medio y largo plazo, ayudando a desarrollar la agenda de la Junta General y ocupándose de todas las cuestiones que sean planteadas por el EBVS en las reuniones anuales. Los criterios concretos para reconocer una organización a la que se le atribuirá la denominación de Colleges o Instituto se resumen en los siguientes aparatados: 31
1. Garantizar la mejora de la prestación de los servicios veterinarios al público a través del desarrollo de la especialización. 2. Cubrir una necesidad dentro de la profesión potenciando la formación y el desarrollo científico de la especialidad. 3. Dotarse de un cuerpo suficiente de Diplomados que permita realizar eficientemente todas las funciones. 4. Representar un ámbito de especialidad nuevo, distinto e identificable, de la medicina veterinaria que se apoye en una base del conocimiento científico y práctico. 5. Respetar todas las normas impuestas por la EBVS como miembro de la organización. 6. Garantizar la formación de los candidatos bajo estándares de calidad y excelencia cumpliendo todos los requisitos marcados por la EBVS, estableciendo criterios claros que permitan determinar la especialización como elemento esencial para la acreditación. 7. Informar a los candidatos de todos los detalles relativos a los requisitos que han de cumplir para acceder al Collegecon el fin de superar las pruebas para obtener su acreditación. 8. Comunicar con la antelación suficiente las deficiencias de los credenciales de los aspirantes a la titulación. 9. Informar de los resultados de los exámenes realizados en los Colleges. 10. Establecer un itinerario formativo que proporciona la vía más eficiente para la acreditación mediante la superación de pruebas específicas o la evaluación de rutas alternativas para situaciones particulares. 11. Establecer modelos estatutarios que regulen el funcionamiento de los Colleges para su aprobación por la EBVS y difundirlos entre sus miembros. 12. Fomentar una formación especial más allá del grado profesional veterinario para mejorar la capacidad de los candidatos para cumplir los requisitos de certificación y para actualizar las competencias de especialistas. 32
13. Reevaluar su propio funcionamiento de forma periódica, realizando estudios e informes cada cinco años que son remitidos a la EBVS. 14. Evitar los contratos o acuerdos que conduzcan a la realización actividades fuera del alcance de los objetivos declarados la EBVS para los Colleges. 15. Notificar cualquier modificación de sus estatutosmediante un informe que debe esperar su aprobación por la EBVS para su puesta en marcha. 16. Asegurarse que sus estatutos y reglamentos están de acuerdo con las políticas y procedimientos impuestos por la EBVS, de forma que si existiesen diferencias de cualquier índole siempre tendrán prioridad las normas de la EBVS. 17. Constituirse legalmente como organización sin ánimo de lucro dentro del ámbito europeo. 18. Garantizarán la mejora de los servicios médicos veterinarios dentro de su especialidad para que sean ofertados al público. Resumiendo, la Europena Board Veterinary Specialisation desarrolla sus funciones en la Unión Europea y su misión es desarrollar un sistema que permite formar y acreditar al veterinario como especialista con un reconocimiento en el ámbito europeo, al mismo tiempo que colabora con otras organizaciones similares a nivel internacional con el fin de avanzar y profundizar en los criterios de calidad y en la prestación de servicios veterinarios. Para su desarrollo ha creado unas entidades estructurales que denomina como Colleges o Institutos donde además de formar al especialista se ocupa de dirigir todas aquellas acciones enfocadas a la formación continuada, la adaptación y actualización profesional, la homologación de las titulaciones, el desarrollo científico y técnico de la especialidad, la difusión del conocimiento científico, el fomento de la investigación y el desarrollo, la realización de reuniones profesionales, publicaciones, trabajos, etc. En los Estados Unidos de América destaca la actividad emprendida por otra asociación, la American Board of VeterinarySpecialties (ABVS) o Consejo Estadounidense de Especialidades Veterinarias. Dicho Consejo se compone de un representante de cada una de las asociaciones con capacidad de voto en los organismos de decisión. Estas estructuras especializadas se denominan como American Veterinary Medical Asociation (AVMA) o Asociaciones Médicas 33
Veterinarias Americanas. Se trata de entidades similares a los Collegeseuropeos, con autonomía para el desarrollo de todos los aspectos relacionados con la especialización en el sector veterinario así como su subsiguiente control y regulación. En la actualidad, hay veintiuna asociaciones veterinarias reconocidas (AVMA) en las que se integran cuarenta especialidades diferentes. En los Estados Unidos se han formado más de 9.800 veterinarios con el estatus de diplomado, tras completar una formación de postgrado. En el Reino Unido la formación de postgrado se realiza por el Royal College of VeterinarySurgenos (RCVS). Como en el resto de Europa, no existe un sistema obligatorio de especialización, es decir, para ejercer la profesión no se exige título de especialista, aunque esta organización vela por la adecuada prestación de los servicios veterinarios mediante un régimen disciplinario interno que sanciona las prácticas profesionales negligentes.Se ocupa del control de la calidad de la formación continuada de los profesionales tras su licenciatura, para lo que dispone de un Comité de Especialidades que colabora activamente con los centros universitarios mediante un programa de visitas a las diferentes facultades de veterinaria del Reino Unido verificando sus estándares de formación y proponiendo mejoras en los modelos formativos a partir de las demandas recibidas de sus asociados. La formación profesional comienza con la denominada “Fase de Desarrollo Profesional” (PDP) que corresponde al primer año de ejercicio de los recién licenciados es decir, el inicio de su desarrollo profesional. Los nuevos graduados pueden registrarse en el RCVS directamente o mediante Internet adjudicándose unas claves personales que les permiten el acceso a las acciones formativas y prácticas propuestas por la organización durante el primer año. De esta forma el RCVS dispone de un registro de las actividades y resultados obtenidos por los veterinarios. La segunda fase denominada “Formación Profesional Continuada” (CPD) establece un programa de 105 horas de formación continuada con duración de tres años y un promedio de 35 horas anuales que deben ser convenientemente acreditados por el profesional. Una vez finalizados los periodos de formación el RCVS ofrece una gama de certificados y diplomas de especialización de posgraduados. En esta estructura existe un tercer nivel formativo que denomina “Especialistas Reconocidos” constituidos por veterinarios con un alto nivel de formación teórica y práctica que les lleva a ser reconocidos como profesionales de referencia en el seno del colectivo, su situación es revisada cada cinco años. 34
También puede leer