GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARÍTIMAS.
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GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARÍTIMAS. DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS DEL DOCUMENTO Versión Fecha Paginas Causa de Modificación Revisión Revisión Afectadas DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 2 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS ÍNDICE PRESENTACIÓN: .......................................................................................... 7 MARCO LEGAL: ............................................................................................. 8 OBJETIVOS: ................................................................................................... 9 GLOSARIO: ...................................................................................................10 CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la playa u otra zona de baño marítima...........13 1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de catalogación y clasificación. ........................................13 1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del servicio y prórrogas, en su caso. .........13 1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de contacto. ..........................................14 1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, Datos de contacto. ...........................................................................15 1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y Salvamento. .............16 CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño marítima y medio físico en el que se desarrolla. .............17 2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y clasificación. ...........................................................17 2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada en metros. ...........................................................18 2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad. ..........................................................................................19 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 3 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS 2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media, etc, etc. ...............................................................21 2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia. .....................................................................................22 2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la misma y cualesquiera otras informaciones fuesen necesarias, incluyendo accesos para personas discapacitadas. ................................................................................24 CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos. .........25 3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma. ......................25 3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de baño. ...........................................................................26 3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo. ...................................29 3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos de protección civil..................30 3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan la actividades autorizadas. ..........................................35 3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima, para cada una de las temporadas de afluencia. ..36 CAPÍTULO 4.-Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y salvamento de la playa u otra zona de baño marítima. .......................................................................................................41 4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los riesgos y, enfrentar las situaciones de DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 4 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS emergencia y facilitar la intervención de los Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de protección. ...................43 4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento. .....................48 CAPÍTULO 5.- Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de baño marítima....................................................................50 5.1- Identificación y clasificación de las emergencias. .........................51 5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias: ...........................55 5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los procedimientos de actuación en emergencias. ............63 5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su caso, la persona coordinadora del servicio de playas. ..............................................................................................64 5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima. ..........................................................................................64 CAPÍTULO 6.- Integración del Plan en otros ámbito superior. ...65 6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia. ............................65 6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES 1-1-2. ..................................66 6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y las actuaciones del sistema público de protección civil. ..................................................................................................66 CAPÍTULO 7.- Implantación del Plan de Seguridad y Salvamento...................................................................................................67 7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan. .........67 7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en el Plan de Seguridad y Salvamento. ........68 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 5 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS 7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de Seguridad y Salvamento. ...................................................68 7.4- Programa de información general para las personas usuarias. ....68 7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas usuarias. ...........................................................................69 7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos. ...........................................................................................69 CAPÍTULO 8.- Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad y Salvamento. ..........................................................72 8.1- Programa de reciclaje de formación e información. ......................72 8.2- Programa de sustitución de medios y recursos. ............................72 8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijara en el mismo la periodicidad de realización de los mismos. ....................................73 8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte del plan. ................................................................74 8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros. .........................................................................................75 APÉNDICES I.- Directorio de comunicación.......................................75 APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias. ......76 APÉNDICE III.- Planos. ............................................................................82 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 6 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS PRESENTACIÓN: La aplicación del DECRETO 116 / 2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias conllevan la elaboración de los Planes de Seguridad y Salvamento de dichos espacios. Es objetivo de la presente Guía Técnica, ser una herramienta para los profesionales que vayan a redactar los Planes de Seguridad y Salvamento en Playas y Zona de Baño Marítimas, determinados por el artículo 5 del DECRETO 116 / 2018 y ampliar la información que recoge el propio Decreto, en cuanto a los contenidos mínimos de dichos Planes, dando orientaciones para su redacción. Esta Guía, además, pretende unificar criterios y metodología de trabajo entre los propios Técnicos Redactores, de manera que aunque con los matices propios y singulares de cada Playa o Zona de Baño Marítima, haya una cierta uniformidad en la estructura y contenidos de dichos documentos, más allá de los meramente formales, ya determinados por el ANEXO II del propio DECRETO 116 / 2018. Noviembre 2018. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 7 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS MARCO LEGAL: La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº 184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para la seguridad humana en los lugares de baño. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i), en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la protección civil. Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias. El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril de 1998. Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº 167, de 22 de diciembre de 1999). La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias. Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre. Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 8 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias. OBJETIVOS: Los objetivos de carácter general que se pretenden conseguir con esta Guía Técnica, son los siguientes: • Establecer las pautas a seguir para redactar y elaborar un Plan de Seguridad y Salvamento en playas y zonas de baño marítimas. • Facilitar la prevención de los riesgos sobre las personas, los bienes y el medio ambiente, en todas aquellas playas y zonas de baño marítimas que puedan resultar afectadas por situaciones de emergencia. • Prever todas las posibles situaciones de emergencia y sus actuaciones. • Potenciar la respuesta adecuada a posibles situaciones de emergencia. • La integración del Plan de Seguridad y Salvamento en otros de ámbito superior. Un Plan de Seguridad y Salvamento debe cumplir al menos los siguientes objetivos específicos: • Descripción de la Playa o zona de baño marítima, sus instalaciones y los sectores o zonas de riesgo potencial. • Identificar, analizar y evaluar los riegos intrínsecos y los externos. • Establecer formas de colaboración con el sistema público de Protección Civil. • Garantizar la fiabilidad de las instalaciones y de los medios de protección. • Garantizar la disponibilidad de personas formadas y preparadas para una rápida y eficaz actuación. • Garantizar la intervención inmediata, la evacuación y/o confinamiento (en caso necesario). • Facilitar las inspecciones de los Servicios de la Administración. • Garantizar la intervención de la Ayuda Externa. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 9 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS • Prevenir de los posibles sucesos adversos a todos los usuarios de las playas o zonas de baño marítimas que puedan resultar afectados por situaciones de emergencia. • Identificar los medios de protección existentes y necesarios para mitigar los posibles sucesos. (Humanos y materiales). • Organizar los medios humanos y materiales, y planificar sus obligaciones. • Cumplir la normativa vigente. GLOSARIO: Playa: De conformidad con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, son zonas de depósito de materiales sueltos, tales como arenas, gravas y guijarros, incluyendo escarpes, bermas y dunas. Estas últimas se incluirán hasta el límite que resulte necesario para garantizar la estabilidad de la playa y la defensa de la costa. Otras zonas de baño marítimo: Aquellas balizadas como tales, así como los lugares públicos de baño en la zona de mar contigua a las playas o a otros lugares de costa en los que el baño no esté expresamente prohibido por la Administración competente. Cuando no exista balizamiento se entenderá que dicha zona abarca la franja de mar contigua con un ancho de 200 metros desde la playa y de 50 metros desde el resto de la costa. Se incluye en el concepto de otras zonas de baño marítimas a las piscinas naturales en las que el baño no esté expresamente prohibido, entendidas como aquellas que se encuentran ubicadas junto a su medio natural y el agua de alimentación del vaso o vasos sea costera, renovándose la misma por el movimiento natural de las mareas. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 10 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Peligro: Probabilidad de que se produzca un efecto dañino específico en un periodo de tiempo determinado o en circunstancias determinadas. Playa de uso prohibido: Las que así vengan determinadas por la autoridad competente y que por razón de sus características supongan un grave peligro para la vida humana. No se podrán utilizar para el ejercicio del baño ni para actividades recreativas o deportivas, ya sea en su entorno acuático o terrestre. Playa Peligrosa: Las que por razones permanentes o circunstanciales reúnan condiciones susceptibles de producir daño o amenaza inmediata a la vida humana. Se podrá tolerar el uso de las mismas con limitaciones, adoptándose las medidas de seguridad que, en cada caso, se consideren necesarias. Playa Libre: Las playas no comprendidas en los apartados anteriores. Se podrán utilizar para el baño, deportes náuticos y demás actividades de tipo recreativo, con arreglo a la normativa vigente para los mismos. Afluencia: Estimación de la densidad de usuarios de una Playa, sector o zona marítima de baño, ponderado en momentos de media marea en las fechas de máximo uso anual, calculados con referencia al año anterior y actualizado anualmente. Balizamiento: Delimitación mediante dispositivos (balizas) de la zona de baño con respecto a otra zona de uso para actividades náutico deportivo. Grado de Protección: Se determina para las playas peligrosas y libres, es el resultado de la combinación del Riesgo intrínseco y la afluencia y facilita determinar los medios y recursos de cada Playa, sector de Playa o zona de baño marítima. Puede variar a lo largo del año y en función a esta también variaran los medios y recursos. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 11 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Riesgo: La probabilidad de que se desencadene un determinado fenómeno o suceso que, como consecuencia de su propia naturaleza o intensidad y la vulnerabilidad de los elementos expuestos puede producir efectos perjudiciales en las personas o pérdidas de bienes. Riesgo intrínseco: Conjunto de factores que es necesario valorar (como el histórico de incidencias registradas, el número de habitantes del municipio, las condiciones habituales del mar, las características físicas y entorno de la playa, la realización de actividades deportivas y de recreo y existencia de balizamiento en zonas de baño), y que serán evaluadas en función de su peligrosidad para ayudar a determinar el Grado de Protección de cada Playa o zona de baño marítima. Zona de baño marítima: Aquella zona balizada como tal, así como los lugares Públicos de baño en la zona de mar contigua a las playas o a otros lugares de costa en los que el baño no esté expresamente prohibido por la Administración competente. Cuando no exista balizamiento se entenderá que dicha zona abarca la franja de mar contigua con un ancho de 200 metros desde la playa y de 50 metros desde el resto de la costa. Se incluye en el concepto de otras zonas de baño marítimas a las piscinas naturales en las que el baño no esté expresamente prohibido, entendidas como aquellas que se encuentran ubicadas junto a su medio natural y el agua de alimentación del vaso o vasos sea costera, renovándose la misma por el movimiento natural de las mareas. Zona Primaria: Espacio de la lámina de agua, en Playa o Zona de Baño Marítima con vigilancia activa constante a pie de Playas o desde las Sillas o Torres de Vigilancia, en los horarios de prestación del servicio. Zona Secundaria: Espacio contiguo a la lámina de agua o zona de baño, arena o solárium, dentro del espacio de la Playa o zona de baño marítima. Zona Terciaria: Accesos y espacios próximos a la arena o solárium, accesos, avenidas o paseos colindantes a la Playa o zona de baño marítima. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 12 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la playa u otra zona de baño marítima. En este Capítulo se describirá la información relativa a la playa o zona de baño. 1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de catalogación y clasificación. Se indicará el nombre completo del Municipio, el nombre de la playa o zona de baño marítima objeto del presente Plan de Seguridad y Salvamento, se debería incluir entre paréntesis la denominación popular de dicha Playa, en caso de disponer de esta. Así mismo, se indicara el número de Catalogación de la Playa, determinado por el Gobierno de Canarias y la clasificación que esta tiene de entre peligrosa o libre (Las Playas con baño prohibido no precisan de Plan de Seguridad y Salvamento) DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA Municipio Nombre de la Playa / Zona de Baño Marítima (Denominación popular) Nº del Catálogo de Playas de Canarias. Clasificación (Peligrosa / Libre) 1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del servicio y prórrogas, en su caso. Se indicará la denominación completa de la empresa prestataria del Servicio público de Salvamento en Playas, consignando los datos de domicilio fiscal completo, además de los del domicilio de la Delegación en la Comunidad DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 13 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Autónoma o Isla en el caso de empresas de ámbito nacional con Delegación, número de teléfono de dicho domicilio y correo electrónico. Se recogerán las fechas de vigencia del contrato en vigor de prestación del Servicio (comienzo y finalización) con la inclusión de las posibles prorrogas (si estás estuvieran previstas en el propio contrato). ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA Empresa del Servicio de Salvamento Dirección Postal Teléfono/s Email Fecha de comienzo de prestación del Servicio Fecha prevista de finalización del servicio (sin prorrogas). Periodo posible de prorroga (indicar de fecha a fecha) 1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de contacto. Se detallará el servicio o departamento del Ayuntamiento, al que está adscrito la contratación, supervisión y coordinación del servicio público de salvamento en Playas y zonas de baño marítimas (Concejalía + Servicio en caso de existir), su ubicación (domicilio completo) así como los datos de dicha unidad administrativa (teléfono y email) y los datos de identificación del responsable (nombre y apellidos) y sus datos de contacto (dirección, teléfonos fijo y móvil y correo electrónico). DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 14 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA Concejalía Responsable del servicio de Playas/ datos del titular. Dirección Postal (Concejalía) Teléfonos (Concejalía) Email (Concejalía) Departamento que supervisa servicio salvamento / datos del titular. Dirección Postal (Departamento) Teléfonos (Departamento) Email (Departamento) Teléfono fijo / móvil (Responsable del Departamento) Email (Responsable del Departamento) 1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, Datos de contacto. Resulta de suma importancia disponer de los datos de localización de la persona que asume las funciones de Jefe de Playa o de Turno, no solo durante los horarios de prestación del servicio sino incluso fuera del mismo, ante la necesidad de requerir algún tipo de información o tener previstas medidas adicionales ante alguna contingencia conforme comienza el servicio diario. Dichos datos además de constar el nombre y apellidos y teléfonos de contacto (fijo y móvil) se deberá contar con su dirección de correo electrónico. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 15 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS Jefatura de playa o Jefaturas de turnos (especificar) Nombre y Apellidos. - 1 (Si procede, indicar turno) Teléfonos de contacto (fijos / móvil) Email de contacto (Concejalía) Nombre y Apellidos. - 2 (Si procede, indicar turno) Teléfonos de contacto (fijos / móvil) Email de contacto (Concejalía) 1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y Salvamento. Se indicarán los datos del Técnico Redactor del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa o zona de baño marítima, con indicación de nombre y apellidos, número de Técnico Redactor – TR y los epígrafes para los que se encuentra autorizados, según la comunicación de alta en el Registro de Técnicos Redactores. DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO Nombre y Apellidos DNI/NIF/NIE/PASAPORTE Dirección Postal Teléfono móvil de contacto DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 16 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Email Titulación Nº de Técnico Redactor. - TR TR- Epígrafes habilitados como TR CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño marítima y medio físico en el que se desarrolla. En este Capítulo se describirá la información relativa a la playa u otra zona de baño: 2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y clasificación. Se indicara el nombre completo del Municipio, el nombre de la playa o zona de baño marítima objeto del presente Plan de Seguridad y Salvamento, se deberá incluir también la denominación popular de dicha Playa, en caso de disponer de esta. Así mismo, se indicará el número de Catalogación de la Playa, determinado por el Gobierno de Canarias y la clasificación que esta tiene de entre las siguientes (Prohibida, Peligrosa o Libre) IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO Municipio Nombre de Playa o Zona de baño marítima. Denominación o nombre popular (si lo hubiera) DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 17 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Numero de catalogación de la Playa / Zona de baño. Clasificación (Uso Prohibido* / Peligrosa / Libre) * Las Playas de uso prohibido no requieren de Plan de Seguridad y Salvamento. 2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada en metros. Ubicación de la propia playa o zona de baño marítima, situándola mediante posición GPS, indicar dicha posición centrada en la misma en el caso de Playas con longitudes inferiores a los dos kilómetros p. ej.: Latitud 0º 00’ 00.00’’ N y Longitud 0º 00’ 00.00’’ O y con indicación de dos Coordenadas en Playas de más de dos kilómetros, situando las posiciones en sus extremos, p. ej.: • Orientación extremo Noreste de la Playa.- Latitud 0º 00’ 00.00’’ N y Longitud 0º 00’ 00.00’’ O • Orientación extremo Suroeste de la Playa. - Latitud 0º 00’ 00.00’’ N y Longitud 0º 00’ 00.00’’ O Se indicará la longitud total de la Playa así como la anchura media de la misma, dichos datos serán expresados en metros. UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO Posición GPS central (playa menos 2.000 metros) Posición GPS – 1 (extremo 1, playa de más de 2.000 metros/indicar orientación) DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 18 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Posición GPS – 2 (extremo 2, playa de más de 2.000 metros/indicar orientación) Longitud total de la Playa (en metros) Anchura media (en metros) 2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad. Se detallará si es una playa o zona de baño marítima inmersa en un entorno de espacio urbano, semiurbano o espacio natural, se realizará descripción del entorno: Para el caso de URBANO, el de aquella playa o zona de baño marítima inmersa o envuelta por edificaciones o situada en ciudades o núcleos poblacionales, ya sean turísticos o residenciales. Se detallara las características urbanísticas del entorno desde lo más próximo a lo distante, destacando p. ej. Paseos Marítimos con los locales comerciales y/o de restauración en todo el contorno o parte de la playa, puntos elevados a modo de mirador, la presencia de parques o áreas deportivas anexas, la relevancia de ciertas instalaciones hoteleras, extra hoteleras o residenciales indicando si son edificaciones de altura o a nivel de planta baja, así como las distancias desde la fachada de edificaciones a la Playa. Especial mención a actividades o instalaciones de riesgo como estaciones transformadoras eléctricas, gasolineras, industrias con riesgo por materias peligrosas, estaciones de bombeo y/o tratamiento de aguas residuales, desaladora. El entorno SEMIURBANO, aquel con edificaciones diseminadas en su entorno o que las que hubiera estén situadas solo en parte del entorno de dicha playa, con poca población. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 19 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Se describirá el tipo de edificaciones y su uso, con descripción de las alturas medias y uso residencial o alojativo turístico (Hotelero o extra hotelero), se detallarán los elementos de riesgo que pudieran encontrarse próximos, industria, almacenamiento materias peligrosas, estaciones de bombeo y/o tratamiento de aguas residuales, desaladoras Entorno AISLADO aquel en el que la Playa se encuentra en espacios aislados de construcciones, núcleos de población y/o en espacios clasificados como naturales o protegidos. Se detallará si dispone de instalaciones de servicios higiénico-sanitarios para los bañistas y otros servicios (chiringuitos, puesto de primeros auxilios, puesto de policía) en construcciones o estructuras provisionales en dicha Playa. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA Tipo de entorno de la Playa (Urbano, Semiurbano, Aislada, natural), describirlo. Tipo de edificaciones (caso de haberlas), detallar tipos y características. Distancia hasta las fachadas (caso de haberlas) Instalaciones de riesgo próximas (cual / tipo, distancia), características. Áreas de uso comunitario próximas (instalaciones deportivas, infantiles, parques, etc.) . DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 20 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS 2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media, etc, etc. Tipo de playa o ZBM, tanto las Playas como las Zonas de Baño Marítimas se encuadraran en naturales, generadas por la dinámica litoral, o artificiales, causadas por la acción humana. Clasificación según tipo de sedimentos (aplicando el criterio de la American Society for Testing and Material. - ASTM): • Canto rodado o bolo. • Guijarro. • Grava gruesa. • Grava fina. • Arena gruesa (blanca, dorada, oscura). • Arena media (blanca, dorada, oscura). • Arena fina (blanca, dorada, oscura). Y sus formas mixtas combinadas (P. ej. Grava fina + arena media dorada, Bolos + grava fina, Arena media oscura y arena fina oscura, etc..). Según la pendiente, desde el arranque de la playa hasta la zona de marea: • Talud. - Cambio brusco de pendiente (afecta a la seguridad de los usuarios de la playa). • Empinada. - Con importante pendiente. • Tendida. - Con ligera pendiente, suave. • Llana. - Sin desnivel o casi imperceptible. Según las condiciones predominante de baño en: • Tranquilas. • Oleaje moderado. • Oleaje fuerte. • Viento Según su Morfología en: DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 21 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS • Playa abierta (aquellas que están totalmente desprotegidas, sin ningún cabo o espigón en sus extremos). • Playa apoyada (cuenta en uno de sus extremos con un elemento de apoyo como un espigón, un cabo, un puerto deportivo). • Playa biapoyada (disponen de apoyos en sus dos extremos, pero aun así siguen estando expuestas y desprotegidas). • Playa encajada (situada en una zona muy abrigada y protegida, ya sea por elementos naturales como cabos o barras o artificiales como puertos, espigones o diques). DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA Por el tipo de la Playa (natural o artificial). Según sus sedimentos Por su pendiente (Desde arranque de playa hasta la línea de marea) Condiciones predominantes del baño (prevalecen mayoritariamente durante el año) Según su morfología 2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia. Se indicará inicialmente el número de vías de acceso a la Playa y su relación con esta (extremos, zona central, elementos de referencia con respecto a la Playa o zona de baño marítima), identificar en caso de ser calle o vía o disponer de denominación propia (el acceso). Se relatará el tipo de terreno o firme que conforma el acceso (tierra, arena, adoquinado, asfaltado, etc.) así como el ancho de vía (en metros). DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 22 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS Se detallará por cada vía, aquellos elementos que supongan un riesgo añadido al acceso para servicios de rescate y salvamento y que puedan imposibilitar su uso o la utilización de vehículos especiales, p. ej. • Posibilidad de derrumbe de rocas o piedras sobre la vía de acceso. • Posibilidad de corrimientos del terreno o hundimiento de la vía de acceso. • Estrechez importante de la vía, con peligro de precipitación de vehículos. • Terrenos altamente irregulares (muy empedrados, con grandes roderas o desniveles) que impiden o dificultan el acceso de vehículos como ambulancias o vehículos no todo terreno. • Tipo de suelo (arenas móviles no compactables, suelos arcillosos) que por lluvia, viento o altas temperaturas pueden provocar el hundimiento o bloqueo de los vehículos. En el caso de otros medios de acceso, marítimos o aéreos, hacer mención si dispone de muelle, espigón o atraque o zona de aterrizaje, helisuperficie, etc. CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA. Vías de acceso, situación con respecto a playa o zona de baño marítima. Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder (Quad, todoterreno, turismos) Otras formas de acceso, (aéreo, marítimo) características de acceso para dicho recursos. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 23 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS 2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos para personas discapacitadas. Este Capítulo se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica siguiente: - Plano de situación, comprendiendo el entorno próximo urbano, industrial o natural en el que figuren los accesos, comunicaciones, etc. - Planos descriptivos de la playa u otra zona de baño marítima, de las instalaciones y de las áreas donde se realiza la actividad de baño. Este apartado describirá los perfiles más habituales de usuarios de dicha Playa o zona de baño marítima, características de edad y organización de estos (grupos de jóvenes, parejas, grupos familiares, grupos de mayores, mayoritariamente turistas o residentes, incluso si de manera especial es utilizado por alguna comunidad nacional, cultural o racial especifica). Se describirá/n el/los uso/s más habitual/es (familiar de ocio, familiar de recreo o deportivo, uso preferente en medias jornadas o día completo) en el caso de usos deportivos se especificará que zona o parte y el tipo de actividad (surf, windsurf / kitesurf, palas, futbol, vóley playa, otros) y espacio de la playa (zona de playa o lámina de agua). Se describirá el tipo de acceso y si alguna de sus características supone dificultad para los usuarios, personas con movilidad reducida, familias con carros de niños (múltiples escalones, importante inclinación, rampa/s, sendero, camino o pista de tierra, etc.). En el caso de disponer de accesos adecuados para personas con movilidad reducida, se describirán, así como los recursos o medios de los que disponen estos usuarios de manera específica (servicio de sillas, pasillos de madera, duchas adaptadas, etc.). DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 24 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS. Tipo de usuarios: Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Organización: Actividades habituales, indicar Zona de Playa: detalladas, zona de playa y lámina de agua. Lámina de Agua: Dificultades específicas de accesibilidad para los usuarios. Accesibilidad para personas con movilidad reducida (PMR), características, detallar. Servicios o instalaciones específicas para personas con movilidad reducida. CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos. Deben tenerse presentes, al menos, aquellos riesgos regulados por normativas sectoriales de protección civil y emergencias. Este Capítulo comprenderá: 3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma. Descripción detallada de los lugares o espacios de la playa o zona de baño marítima que conllevan riesgo o elementos de riesgo para la actividad y uso habitual de los usuarios y puedan producir daño o lesiones (rocas bajo el DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 25 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS agua, colonias de erizos, presencia habitual o focalizada espacial o temporal de mantelinas, chuchos o pez lagarto, firme o zona de rocas muy resbaladiza, espacio con riesgo de caída de piedras o avalancha de tierra) o poner en peligro la vida de los bañistas (corrientes a derecha, izquierda o corriente de retorno o resaca, talud, rompiente). ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS Lugar/zona: Lugares o espacios que por sus características pudieran producir Elemento de peligro: Lesiones o daño. Características: Lugar/zona: Lugares o espacios que por sus características pudieran poner en Elemento de peligro: peligro la vida humana Características: 3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de baño. Se determinarán los riesgos derivados de la actividad acuática del baño, como p. ej.: ❖ ACTUACIONES PERSONALES: (Derivados de una acción personal sobre el entorno, zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.). ❖ ACTIVIDADES DEPORTIVAS: (derivados de la interacción con objetos y elementos utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 26 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS embarcaciones a remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf, palas de tenis, pelotas o balones, etc.). ❖ ACTIVIDADES EN LA ARENA: (Lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.). ❖ ACTIVIDADES EN EL AGUA: (situaciones de distress, semiahogamiento, ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.). ❖ ENFERMEDADES SOBREVENIDAS: (infartos, hidrocuciones, sincope Hipo/hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.). ❖ PRESENCIA FAUNA MARINA: (Picaduras de Medusas, aguavivas, picaduras pez araña, rascacio / escorpina o erizos de mar, ataque de raya mantellina o mantarraya, marrajo, microalgas, etc.). ❖ PÉRDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS: (Niños, personas muy mayores, otras personas con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.). ❖ VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA: (de tipo biológico o químico, por fuga, vertido, rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras, industrias, barcos, etc.). ❖ ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA LA SEGURIDAD: (Terrorismo de cualquier origen, actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo) Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO de Evaluación de Riesgos (al igual que el PLATECA) en base a DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 27 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS la probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados. Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de consecuencias (S). P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo) Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz de Índice de Riesgo. Donde: >10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO 10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO 100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar y determinar - ALTO 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo – MUY ALTO PROBABILIDAD Prácticamente Muy baja Baja Probable Muy probable nula SEVERIDAD 0 2 5 10 20 Ninguna 0 0 0 0 0 0 Daños poca 2 0 4 10 20 40 consideración Daños materiales y 5 0 10 25 50 100 humanos Grandes Daños, 10 0 20 50 100 200 numerosos afectados Victimas mortales 20 0 40 100 200 400 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 28 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS P. ej.: ÍNDICE DE TIPO DE PROBABILIDAD SEVERIDAD DENOMINACIÓN RIESGO RIESGO (P) (S) (IR) 50 ACTUACIONES PERSONALES 10 5 MEDIO 50 ACTIVIDADES DEPORTIVAS 5 10 MEDIO PROPIOS DE LA ACTIVIDAD 25 ACTIVIDADES EN LA ARENA 5 5 MEDIO 40 ACTIVIDADES EN EL AGUA 2 20 MEDIO 50 ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 10 MEDIO 100 PRESENCIA DE FAUNA MARINA 10 10 ALTO 0 PERDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS 10 0 BAJO 0 VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA 0 10 BAJO ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA 0 0 20 LA SEGURIDAD BAJO 3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo. Se describirán los puntos, lugares o zonas de riesgo, así como las características del tipo de riesgo asociado a estos, no solo se situaran espacialmente, de manera descriptiva, sobre la playa (p. ej. zona central de la Playa, último sector de playa al norte, En el extremo sur de la zona de baño, etc.) sino que además se situara mediante posicionamiento GPS. Se determinarán e indicaran los lugares y zonas de riesgo de la playa o zona de baño marítima en base al apartado anterior, se ampliara la información indicando si requiere algunas condiciones específicas asociadas que generen el riesgo (p. ej. marea alta, marea baja, en transición pleamar – bajamar, con olas, etc.). DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 29 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS 3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos de protección civil. Tomando como referencia el Plan Territorial de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias - PLATECA, se enumerarán como mínimo aquellos riesgos previstos en el mismo. Estos comprenderán al menos los siguientes: RIESGOS NATURALES • INUNDACIONES. - - Crecidas o Avenidas. - Acumulaciones pluviométricas. - Roturas o daños graves en obras hidráulicas. - De infraestructuras hidráulicas. • MOVIMIENTOS SÍSMICOS. - - Terremotos. - Maremotos. - Erupciones volcánicas. • ERUPCIONES VOLCÁNICAS. - - Flujos de lava. - Cenizas. - Movimientos sísmicos. - Gases Tóxicos. - Desprendimientos y proyectiles. • ASOCIADOS A FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS. - - Nevadas. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 30 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS - Lluvias Torrenciales. - Olas de frio. - Granizadas, heladas. - Vientos fuertes. - Temporales costeros. - Olas de calor. - Calimas y Polvo en suspensión. - Sequias. • MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS. - - Desprendimientos. - Avalanchas. - Deslizamientos del terreno. - Erosión Costera. • PLAGA DE LANGOSTA. • INCENDIOS FORESTALES. RIESGOS ANTRÓPICOS • COLAPSO DE ESTRUCTURAS. • INCENDIOS. - Urbanos. - Industriales. • RIESGOS EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS. - Montaña. - Espeleología. - Deportes Náuticos. - Rallies. - Aéreos. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 31 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS • ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS. - Energía Eléctrica, producción, transporte, distribución. - Agua. - Telecomunicaciones. - Combustibles. • RIESGOS SANITARIOS. - Contaminación bacteriológica. - Intoxicaciones alimentarias. - Epidemias. • RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS - Locales de Pública Concurrencia. - Grandes concentraciones humanas. - Colapso y bloqueo de servicios. • INTENCIONADOS. - Actos vandálicos. - Terrorismo. RIESGOS TECNOLÓGICOS • ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL - Contaminación ambiental. - Incendio. - Explosión y deflagración. - Colapso de grandes estructuras. - Accidentes en centrales energéticas y/o plantas potabilizadoras. - Radioactivos: nuclear, instalaciones radioactivas, transporte radioactivo. • ACCIDENTES DE TRANSPORTE. - Accidentes de carretera. - Accidentes aéreos. DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 32 de 82
GUÍA TÉCNICA DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO EN PLAYAS Y ZONAS DE BAÑO MARITIMAS - Accidentes marítimos. - Accidentes ferroviarios, tranvía. • TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS. - Accidentes en carretera. - Accidentes en mar. - Accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por conducciones. Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO de Evaluación de Riesgos (al igual que el PLATECA) en base a la probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados. Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de consecuencias (S). P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo) Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz de Índice de Riesgo. Donde: >10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO 10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO 100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar y determinar - ALTO 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo – MUY ALTO DIRECCION GENERAL SEGURIDAD Y EMERGENCIAS – GOBIERNO DE CANARIAS Página 33 de 82
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