HOGARES PROTEGIDOS NORMA TÉCNICA DE SALUD - BVS Minsa

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NORMA TÉCNICA DE SALUD

 HOGARES
PROTEGIDOS
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 HOGARES
PROTEGIDOS

        Lima - Perú
HOGARES PROTEGIDOS NORMA TÉCNICA DE SALUD - BVS Minsa
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HOGARES PROTEGIDOS

Responsables de la elaboración del documento
   Méd. Psiq. Yuri Licinio Cutipé Cárdenas.		           DSAME
   Enf. Rita Marion Uribe Obando.			                    DSAME
   Psic. Maria Edith Baca Cabrejos.			                  OPS/OMS
   Méd. Psiq. Carlos Arbel Bromley Coloma. 		           DSAME
   Psic. Luz Illary Ramírez Freyre.			                  DSAME
   Psic. Miguel Ángel Castejón Bellmunt.		              Fundación Manantial -Madrid, España
   Med. Psiq. Vanessa Herrera López.		                  DSAME

Responsables de la validación del documento
   Med. Psiq. Andrea Bruni. 			                         OPS/OMS
   Psic. Maria Edith Baca. 				                         OPS/OMS
   M.C. Pedro Vicuña Vílchez.			                        DGAIN - DIPOS
   Méd. Psiq. Francisco Gonzales Aguado.		              Fundación Manantial -Madrid, España
   Enf. Maria de los Ángeles Mendoza Vilca.		           DSAME
   Psic. Lupita Diaz Chacón.			                         GERESA Moquegua
   Med. Psiq. Néstor Aguilar Arévalo.		                 DIRESA Loreto
   T.S Nancy Paye Sánchez.			                           INSM Honorio Delgado
   T.S Nury Aurazo Diaz.				                            INSM Honorio Delgado
   Psic. Jacqueline Valdiviezo Haro.			                 INSM Honorio Delgado

Equipo revisor del documento
   Dr. Luis Robles Guerrero.			                         UCN – SG

© MINSA, octubre, 2018
Ministerio de Salud
Av. Salaverry N° 801, Lima 11-Perú
Telf. (51-1) 315-6600
http://www.minsa.gob.pe / webmaster@minsa.gob.pe

Primera Edición, octubre, 2018
Tiraje: 1,500 unidades

Se terminó de imprimir en octubre del 2018
SINCO Diseño E.I.R.L.
Jr. Huaráz 449 Breña. Lima 5 / Cel: 99803-7046
sincoeditores@gmail.com / sinco.design@yahoo.es

Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú:

Documento elaborado y difundido gracias a la cooperación técnica de la Organización Panamericana de la Salud/
Organización Mundial de la Salud.
HOGARES PROTEGIDOS NORMA TÉCNICA DE SALUD - BVS Minsa
Dra. Silvia Ester Pessah Eljay
                       Ministra de Salud

               Dra. María del Carmen Calle Dávila
                Viceministra de Salud Pública

                Dr. Diego Rolando Venegas Ojeda
    Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud

               Dr. James Raphael Morales Campos
                       Secretario General

              Dr. Gustavo Martín Rosell De Almeida
Director General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública

                 Dr. Yuri Licinio Cutipé Cárdenas
       Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Mental
TABLA DE CONTENIDOS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL
I.      Finalidad                                                        9
II.     Objetivos                                                        9
III.    Ámbito de Aplicación                                             9
IV.     Base legal                                                       9
V.      Disposiciones Generales                                          11
VI.     Disposiciones Especificas                                        14
1.      UNIDAD ADMINISTRADORA DEL HOGAR PROTEGIDO                        14
2.      INFRAESTRUCTURA DEL HOGAR PROTEGIDO                              15
3.      MOBILIARIO E INSUMOS DEL HOGAR PROTEGIDO                         15
4.      PERSONAL RESPONSABLE DE LOS HOGARES PROTEGIDOS                   15
5.      PERSONAL DE APOYO EN LOS HOGARES PROTEGIDOS                      16
6.      DE LOS USUARIOS DEL HOGAR PROTEGIDO                              18
7.      DEL INGRESO A LOS HOGARES PROTEGIDOS                             18
8.      PERMANENCIA DEL USUARIO EN LOS HOGARES PROTEGIDOS                18
9.      CRITERIOS DE INCLUSIÓN DE LOS USUARIOS PARA EL HOGAR PROTEGIDO   19
10.     CRITERIOS DE EXCLUSIÓN DE LOS HOGARES PROTEGIDOS                 19
11.     DE LA ORGANIZACIÓN                                               19
VII.    Responsabilidades                                                21
VIII.   Disposiciones Finales                                            22
IX.     Anexo                                                            22
X.      Bibliografía                                                     30
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS
I.    FINALIDAD
      Contribuir a la mejora de la autonomía de las personas con discapacidad por trastorno mental
      grave o severo y del comportamiento para reducir el deterioro y recuperar las funciones que
      limitan su funcionamiento personal, familiar y social en el marco de los derechos ciudadanos
      y la inclusión social.

II.   OBJETIVO
      Establecer el marco regulatorio para el funcionamiento de los Hogares Protegidos para
      personas con trastorno mental grave o severo y del comportamiento con discapacidad
      mental, intelectual y/o psicosocial que no cuentan con apoyo familiar y social, que funcionen
      mediante el sistema de Redes Integradas de Salud (RIS), Direcciones de Redes Integradas de
      Salud (DIRIS); Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS); Gerencias Regionales de Salud
      (GERESAS), o quien haga sus veces.

III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
      La presente Norma Técnica de Salud es de alcance nacional y de aplicación obligatoria en los
      Hogares Protegidos del ámbito público; privado y mixto sin fines de lucro.

IV.   BASE LEGAL
      •   Ley N° 26842, Ley General de Salud, y modificatorias.
      •   Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; y modificatorias.
      •   Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos
          Sanitarios y modificatorias.
      •   Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
          Ministerio de Salud.
      •   Decreto Supremo Nº 016-2009-SA, que aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en
          Salud – PEAS.
      •   Decreto Supremo N° 008-2010-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29344, Ley
          Marco de Aseguramiento Universal en Salud.
      •   Decreto Supremo N° 020-2014-SA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº
          29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

       •   Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29973,
           Ley General De La Persona Con Discapacidad.
       •   Decreto Supremo Nº 027-2015-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29414, Ley
           que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud.
       •   Decreto Supremo Nº 033-2015-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29889. Ley
           que modifica el artículo 11 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y garantiza los
           derechos de las personas con problemas de salud mental.
       •   Decreto Supremo N° 008-2017-SA que aprueba el Reglamento de Organización y
           Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias.
       •   Resolución Ministerial N° 751-2004/MINSA, que aprueba la NT N° 018-MINSA/DGSP-V01:
           “Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contrareferencia de los Establecimientos
           del Ministerio de Salud”.
       •   Resolución Ministerial N° 386-2006/MINSA, que aprueba la NTS N° 042-MINSA/
           DGSP-V.01: “Norma Técnica de Salud de los Servicios de Emergencia”.
       •   Resolución Ministerial N° 943-2006, que aprueba el Documento Técnico “Plan Nacional
           de Salud Mental”.
       •   Resolución Ministerial Nº 589-2007/MINSA, que aprueba el Plan Nacional Concertado
           de Salud.
       •   Resolución Ministerial N° 278-2011/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Plan
           Nacional de Fortalecimiento del Primer Nivel de Atención 2011-2021”.
       •   Resolución Ministerial N° 546-2011/MINSA, que aprueba la NTS N° 021-MINSA/
           DGSP-V.03 Norma Técnica De Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”.
       •   Resolución Ministerial Nº 099-2014/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N°
           197-MINSA/DGSP-V.01 “Directiva Administrativa que establece la Cartera de Servicios
           de Salud”.
       •   Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud NTS
           Nº 113-MINSA/DGIEM-V 01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de
           Salud del Primer Nivel de Atención”, y modificatorias.
       •   Resolución   Ministerial N° 167-2017/MINSA, que aprueba el Documento Técnico:
           “Lineamientos para la Prestación de Servicios de Salud (Redes Integradas de Atención
           Primaria de Salud)”.
       •   Resolución Ministerial Nº 850-2016/MINSA, que aprueba el documento denominado
           las “Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”.
       •   Resolución Ministerial N° 574-2017/MINSA, que aprueba la NTS N° 138-MINSA/2017/
           DGIESP “Norma Técnica de Salud de Centros de Salud Mental Comunitarios”.
       •   Resolución Ministerial N° 356 – 2018 / MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Plan
           Nacional de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental Comunitaria 2018-2021”.

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                         HOGARES PROTEGIDOS

V.   DISPOSICIONES GENERALES
     1. DEFINICIONES OPERATIVAS
     a. Abandono socio-familiar
     Se refiere a aquella situación de vida en la cual una persona, no tiene soporte emocional,
     social y económico necesario para subsistir de manera básica y autónoma, pese a que cuente
     o no con familiares identificados.

     b. Competencias para vivir en forma autónoma e independiente
     De acuerdo a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, Discapacidad y
     Condicionantes de la Salud (CIF, OMS 2001), las áreas en las cuales cualquier persona debe
     desempeñarse de manera adecuada para tener la capacidad de relacionarse con su entorno
     y vivir de manera autónoma e independiente son:
     •   Aprendizaje y aplicación del conocimiento
     •   Ejecución de tareas y demandas generales
     •   Capacidad de comunicación
     •   Capacidad de movilización
     •   Ejercitación de la motricidad fina y gruesa
     •   Autocuidado
     •   Adaptación a la vida doméstica
     •   Interacciones y relaciones interpersonales adaptativas
     •   Desempeño adaptativo en áreas principales de la vida: educación, empleo y vida
         económica
     •   Desempeño adaptativo en vida comunitaria, social y cívica

     c. Capacidad de funcionalidad
     Entendida como el desarrollo de destrezas y habilidades para enfrentar las actividades
     de la vida diaria, desenvolverse paulatinamente con mayor independencia y autonomía,
     involucrarse con el propio autocuidado, la autoayuda y el desarrollo de intereses y
     competencias para una reintegración social progresiva en la comunidad.

     d. Discapacidad mental
     Se denomina así a las deficiencias, limitaciones y restricciones mentales que tiene una
     persona que al interactuar con el entorno no le permiten ejercer sus derechos de inclusión
     plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.

     e. Discapacidad intelectual
     Se denomina así las alteraciones en el desarrollo del ser humano caracterizadas por
     limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual, como en las conductas
     adaptativas y que se evidencian antes de los 18 años de edad.

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HOGARES PROTEGIDOS

       f.   Discapacidad psicosocial
       Se denomina así a aquellas deficiencias, limitaciones y restricciones en las competencias de
       una persona para vivir en forma autónoma e independiente a causa de un trastorno mental,
       que dificultan de manera importante la capacidad de valerse por sí mismo, relacionarse con
       su entorno, establecer relaciones interpersonales y desempeñar una actividad productiva
       dentro y fuera de su ámbito familiar y social.

       g. Hogares Protegidos
       Son servicios médicos de apoyo públicos; privados y mixtos sin fines de lucro que brindan
       servicios residenciales transitorios, alternativos a los cuidados que brindaría la familia, para
       personas con algún grado de discapacidad de causa mental, intelectual y/o psicosocial
       que no tienen las habilidades para vivir en forma independiente, que requieren cuidados
       mínimos y no cuentan con soporte familiar suficiente.

       h. Modelo de atención comunitario de salud mental
       Es un modelo de atención de la salud mental centrado en la comunidad, que fomenta la
       promoción y protección de la salud mental, así como la continuidad de cuidados de la
       salud de las personas, familias y colectividades con problemas psicosociales y/o trastornos
       mentales, en cada territorio, con la participación protagónica de la propia comunidad.

       i.   Plan individualizado de cuidados
       Consiste en la planificación de múltiples intervenciones a realizar con el usuario, la familia y
       comunidad. Considera la formulación de los objetivos terapéuticos, las diversas estrategias
       y actividades a realizar, responsabilidades asignadas, duración de las intervenciones, los
       indicadores y mecanismo   con el usuario, la familia y comunidad, así como el monitoreo
       específico en los servicios asistenciales comunitarios de la redes integradas de salud.

       j.   Usuario de Hogar Protegido
       Es aquella persona con trastorno mental grave o severo que requiere servicios residenciales
       y que cumple con los criterios de inclusión para residir temporalmente en los Hogares
       Protegidos.

       k. Servicios médicos de apoyo
       Son establecimientos que brindan servicios complementarios o auxiliares de la atención
       médica que tienen por finalidad coadyuvar en el diagnóstico y tratamiento de los problemas
       clínicos. Pueden funcionar independientemente o dentro de un establecimiento con
       internamiento.

       l.   Trastorno mental grave o severo
       Alteración del pensamiento, estado de ánimo, percepción y comportamiento que limitan
       el funcionamiento personal, familiar, social y laboral, con la consecuente necesidad de
       cuidados y servicios de forma prolongada o reiterada.

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                        HOGARES PROTEGIDOS

m. Rehabilitación basada en la comunidad
La rehabilitación basada en la comunidad (RBC) se centra en mejorar la calidad de vida
de las personas con discapacidad y sus familias, atender sus necesidades básicas y velar
por su inclusión y participación. Se lleva a cabo mediante los esfuerzos combinados de las
personas con discapacidad, sus familias, las organizaciones, las comunidades y los servicios
gubernamentales y no gubernamentales pertinentes en materia sanitaria, social, educativa
y formativa, entre otras esferas.

2. CARACTERÍSTICAS DEL HOGAR PROTEGIDO
a. Servicio médico de apoyo que está integrado a las redes integradas de salud.
El Hogar Protegido es un servicio médico de apoyo integrado brindado mediante el sistema
de Redes Integradas de Salud (RIS), adscrito a las Direcciones de Redes Integradas de
Salud (DIRIS); Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS); Gerencias Regionales de Salud
(GERESAS), o quien haga sus veces, sean del MINSA, ESSALUD, FFAA, Policía Nacional del
Perú y privados y mixtos.

b. Características del servicio.
•   Integralidad: cubre todas las dimensiones de las necesidades de las y los usuarios del
    Hogar Protegido, a nivel físico, emocional-afectivo, cognitivo, social y cultural.
•   Integración: canaliza todos los soportes institucionales e interinstitucionales para
    asegurar recursos que faciliten una ruta de rehabilitación psicosocial.
•   Continuidad: al ser parte de parte de los servicios de atención y el proceso de
    recuperación total.
•   Suficiente: asegura los recursos apropiados para cubrir todas las dimensiones de las
    necesidades de una vida digna.
•   Inclusivo: basado en igualdad de oportunidades y en el involucramiento del usuario
    en la toma de decisiones para su propio tratamiento, recuperación y rehabilitación
    psicosocial.
•   Comunitario: es parte de la comunidad propiciando la máxima participación social.
•   Accesibilidad: El Hogar Protegido debe ubicarse a menos de 02 km de distancia de un
    establecimiento de salud y espacios de recreación, para permitir un mayor acceso a las
    actividades de la vida cívica y facilitar el desarrollo de la funcionalidad y de integración
    de los usuarios.

c. Servicios que brinda
•   Alojamiento para un máximo de ocho (08) usuarios, dos (02) por habitación.
•   Vestimenta de acuerdo a la estación, cultura y respeto al género.
•   Alimentación, que incluye la preparación de alimentos.
•   Apoyo personalizado y acompañamiento durante las 24 horas del día, 07 días a la
    semana durante los 12 meses del año a los usuarios  que viven en el Hogar Protegido.

                                                                                             13
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

       •    Apoyo psicosocial orientado a promover la integración social incluyendo actividades
            de autocuidado, de la vida diaria, relaciones sociales, integración comunitaria, ocio y
            tiempo libre.

       d. Propicia la recuperación de la funcionalidad y mejora de la discapacidad
       •    Los usuarios del Hogar Protegido disponen no solo de un alojamiento saludable, sino
            también de un espacio para hacer factible la recuperación de la mayor funcionalidad
            posible.
       •    Cada usuario cuenta con un plan individualizado de cuidados.

       e. Brinda atención permanente
       Como servicio médico de apoyo que brinda servicios residenciales transitorios alternativos
       se asegura la atención durante las 24 horas del día, 07 días a la semana durante los 12 meses
       del año, incluyendo los feriados y fines de semana.

       f.   Cualidades del personal  para el Hogar Protegido
       •    Tiene habilidades técnicas empáticas para el buen trato y generación de lazos de
            confianza, afecto y respeto.
       •    Contribuye a la promoción de conductas autónomas de los usuarios, sin imposición.
       •    Motivación para facilitar las relaciones entre los usuarios y las organizaciones socios
            comunitarios y laborales para propiciar la máxima reintegración y reinserción social de
            los mismos.

VI.    DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
       Las siguientes disposiciones específicas se aplican a los Hogares Protegidos en el sistema
       RIS, adscritas a las DIRIS; DIRESAS; GERESAS o quien haga sus veces, para las entidades
       públicas, privadas y/o mixtas.

       1. UNIDAD ADMINISTRADORA DEL HOGAR PROTEGIDO
       a. Para el sector público, las DIRIS, DIRESAS, GERESAS, o quien haga sus veces, constituyen
          la unidad administradora competente para administrar los Hogares Protegidos, a cargo
          de un profesional con experiencia en cargos administrativos en salud; responsable de los
          procedimientos técnicos administrativos de los Hogares Protegidos de su jurisdicción.
       b. Para el sector privado y mixtos, la unidad administradora es aquella institución inscrita
          y autorizada por los organismos reguladores pertinentes (Municipalidades, DIRIS,
          DIRESAS, GERESAS, o quien haga sus veces, para su funcionamiento como servicio
          médico de apoyo - Hogar Protegido.
       c. Asimismo, la unidad administrativa debe asegurar la disponibilidad financiera para
          movilidad local, gastos de cuidados de salud no cubiertos por el SIS, gastos educativos
          contemplados dentro del plan individualizado de cuidados.

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2. INFRAESTRUCTURA DEL HOGAR PROTEGIDO
a. El Hogar Protegido además de lo establecido en el Capítulo II De la Planta Física del
   Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, cuenta con
   una estructura física de una planta independiente dentro del área residencial de las
   zonas urbanas y dentro de los conjuntos poblacionales principales en las zonas rurales;
   cuenta con servicios de agua, desagüe, fluido eléctrico público y domiciliario, así como
   conexión de telefonía fija, Internet, dichos servicios deben estar en buenas condiciones
   y en funcionamiento.
b. Cuenta como mínimo con cinco habitaciones para dormitorios (dos usuarios por cada
   dormitorio), tres baños (un ambiente de baño por cada tres usuarios, con barandas en
   las duchas, las paredes del baño y pisos antideslizantes), una sala de estar común, un
   ambiente de comedor, un ambiente de cocina, de preferencia un ambiente de lavandería
   y un patio o jardín.
c. La vivienda debe contar con características de hogar, ambientes confortables y cálidos,
   considerando dormitorios que resguarden sus condiciones de privacidad e individualidad
   y respeto a la condición cultural.
d. Los dormitorios deben contar con un espacio mínimo que permita la ubicación de sus
   muebles personales, con espacio para veladores y closet individuales que garanticen
   una deambulación adecuada.
e. Una de las cinco habitaciones para dormitorio se destina para el uso del personal de
   salud, las otras cuatro son para el uso de los usuarios, máximo dos (02) usuarios por
   dormitorio.
f.   La infraestructura puede ser propia o alquilada, y debe tener la respectiva documentación
     que sustente el alquiler por al menos 01 año renovable o en cesión de uso.

3. MOBILIARIO E INSUMOS DEL HOGAR PROTEGIDO
El mobiliario e insumos dotados o asignados al Hogar Protegido deben asegurar la calidad,
oportunidad e integralidad del cuidado. Se detalla en el Anexo N° 01.
Así mismo, se cuenta con un botiquín básico de primeros auxilios, con medicamentos y
utensilios indispensables para brindar los primeros auxilios o para tratar dolencias comunes.
Se detalla en el Anexo N° 02.

4. PERSONAL RESPONSABLE DE LOS HOGARES PROTEGIDOS
a. Coordinador del Hogar Protegido
Profesional de la salud, Enfermera(o), con no menos de dos (02) años de experiencia laboral
en establecimientos de salud mental públicos o privados.
Responsabilidades:
•    Es responsable técnico de uno (01) hasta cuatro (04) Hogares Protegidos dentro de  su
     jurisdicción.
•    Elabora de manera conjunta con el usuario y el personal acompañante del Hogar
     Protegido el plan individualizado de cuidados por usuario teniendo en cuenta las
     indicaciones del servicio de salud mental ambulatorio donde continua su tratamiento;
     debe incluir metas objetivas de la recuperación de la funcionalidad del usuario. Dicho

                                                                                           15
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

           plan individualizado de cuidados debe incluirse en el plan anual de trabajo del Hogar
           Protegido.
       •   Supervisa al personal acompañante, brindándole las indicaciones necesarias para su
           mejor desempeño.
       •   Elabora y ejecuta el plan anual de trabajo de los Hogares Protegidos en su área de
           jurisdicción, enfocado en la recuperación de la funcionalidad de los usuarios.
       •   Socializa con el personal a su cargo el plan anual de trabajo en su jurisdicción.
       •   Realiza el seguimiento del plan anual de trabajo de los Hogares Protegidos en su
           jurisdicción y elabora un informe trimestral de su avance a la coordinación de salud
           mental de su jurisdicción y ante la comisión de salud mental de la red territorial.
       •   Coordina y efectiviza un plan de capacitación continua para el personal acompañante de
           los Hogares Protegidos.
       •   Elabora y ejecuta un plan de autocuidado a cuidadores de salud del hogar protegido,
           que se realizará anualmente, a fin de prevenir el desgaste del cuidador.

       b. Personal Administrativo del Hogar Protegido
       Profesional de preferencia administrador, economista o profesión a fin con experiencia de
       no menos de dos (02) años en cargos administrativos en salud.
       Responsabilidades:
       •   Es responsable administrativo de un (01) hasta ocho (08) Hogares Protegidos dentro de
           su jurisdicción.
       •   Elabora un informe mensual a las DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces, al
           respecto del funcionamiento de los Hogares Protegidos a su cargo.
       •   Coordina con el personal acompañante de cada Hogar Protegido el mantenimiento de las
           instalaciones del hogar y eleva informes periódicos sobre el estado de la infraestructura,
           mobiliario y mantenimiento de servicios.
       •   Realiza el requerimiento oportuno de personal, equipos, bienes y servicios para el
           funcionamiento adecuado de los Hogares Protegidos en su jurisdicción en coordinación
           con el Coordinador de los Hogares Protegidos.

       5. Personal de Apoyo en los Hogares Protegidos
       Cada Hogar para asegurar la adecuada organización y funcionamiento requiere contar las 24
       horas del día con un equipo mínimo de personal:
       •   Ocho (08) técnicos de enfermería (Personal de Acompañamiento del Hogar Protegido)
       •   Un (01) personal de cocina, en caso se considere necesario.

       a. Personal de Acompañamiento del Hogar Protegido
       Personal técnico de enfermería, con características empáticas y con habilidades para el
       trabajo en equipo.

16
NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                       HOGARES PROTEGIDOS

Responsabilidades:
•   Identifica las necesidades básicas de cada usuario y elabora de manera conjunta con el
    coordinador de los Hogares Protegidos el plan  individualizado de cuidados.
•   Ejecuta el plan individualizados de cuidados e informa de las mismas por cada turno.
•   Brinda servicios de ayuda al usuario en la organización de actividades cotidianas como:
    cocina, aseo, limpieza u otros.
•   Refuerza las habilidades básicas para la vida, manejo del tiempo libre u otros, a los
    usuarios del Hogar Protegido.
•   Acompaña a los usuarios para que participen en programas de rehabilitación psicosocial
    y laboral, buscando la reinserción socio-productiva.
•   Realiza gestiones dentro del sistema de redres integradas con la DIRIS, DIRESA o GERESA
    de su jurisdicción los temas técnico-administrativos para el adecuado funcionamiento
    del Hogar Protegido, bajo la supervisión del Coordinador de los Hogares Protegidos.
•   Asegura la concurrencia del usuario y coordina con los establecimientos de salud de la
    jurisdicción, para el cuidado de la salud integral de los usuarios, incluido los chequeos
    preventivos periódicos y otras evaluaciones de ser necesarias, bajo la supervisión del
    Coordinador de los Hogares Protegidos.
•   Supervisa el cumplimiento de las labores realizadas por el personal de cocina, si lo
    hubiere.
•   Vela por la seguridad de los usuarios.
•   Propicia la participación de los usuarios en la comunidad y contacta con instancias o
    personas de acuerdo a intereses y necesidades de los usuarios, bajo la supervisión del
    Coordinador de los Hogares Protegidos.
•   Apoya en el cumplimiento de los tratamientos específicos aplicados diariamente según
    el plan individualizado de cuidados de cada usuario.
•   Promueve vínculos con familiares y/o personas relevantes en el bienestar de los usuarios,
    de ser pertinente; facilitando la visita de familiares o instituciones.
•   Informa al Coordinador de los Hogares Protegidos lo registrado en un cuaderno de
    evolución por cada usuario, los avances o el deterioro relacionado a la recuperación
    de la funcionalidad individual, social y desarrollo de intereses y mejora de la calidad de
    vida.
•   Participa de manera mensual en la comisión de salud mental de la jurisdicción para
    brindar información sobre los ingresos y altas según los criterios establecidos en el
    numeral 7.

b. Personal de cocina
Persona con características empáticas y con habilidades para el trabajo en equipo.
Responsabilidades:
•   Apoya a los usuarios en la preparación de sus alimentos, orientando a mantener el área
    de preparación de los alimentos ordenada y limpia, antes, durante y después de su
    preparación.

                                                                                           17
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

       •   Elabora de manera conjunta con los usuarios la relación de comestibles a utilizar en la
           preparación de los alimentos para su adquisición.
       •   Compra insumos de consumo diario (productos perecibles).
       •   Apoya en el adecuado uso de los artefactos eléctricos del hogar.
       •   Demás funciones que el Coordinador Administrativo le asigne.

       6. DE LOS USUARIOS DEL HOGAR PROTEGIDO
       Son las personas con discapacidad mental, intelectual y/o psicosocial a causa de un trastorno
       mental severo o grave y con estabilidad psicopatológica, no encontrándose con alguna
       sintomatología aguda, siendo factible el manejo en el Hogar Protegido, que cuente con los
       respectivos informes médicos del estado de salud física y mental y los informes de abandono
       socio-familiar y social que sustenten dichas condiciones, evaluado por el servicio social de
       los Centros de Salud Mental Comunitarios y/o unidad especializada en salud mental, de su
       jurisdicción.

       7. DEL INGRESO A LOS HOGARES PROTEGIDOS
       a. Para el ingreso de las personas al Hogar Protegido en condición de usuario, se debe
          contar con lo siguiente:
       •   El ingreso es indicado exclusivamente por el Centro de Salud Mental Comunitario, previa
           coordinación y evaluación de la comisión de salud mental de la jurisdicción, conformada
           por el médico psiquiatra del Hospital General, de los establecimientos de salud del
           primer nivel de atención públicos y privados, de los servicios sociales comunitarios, de
           los usuarios, entre otros.
       •   En caso de no contar con un Centro de Salud Mental Comunitario, la indicación la realiza
           el médico psiquiatra del Hospital General en coordinación con la comisión de salud
           mental de la jurisdicción, según los criterios de admisión establecidos en el presente
           numeral.
       •   Disponibilidad de vacantes en el Hogar Protegido.

       b. El ingreso al Hogar Protegido no es una limitante para el ejercicio de la ciudadanía ni de
          sus derechos, salvo disposición legal o judicial.

       8. PERMANENCIA DEL USUARIO EN LOS HOGARES PROTEGIDOS
       Para que el usuario mantenga su estancia en el Hogar Protegido debe:
       a. Cumplir con el plan individualizado de cuidados y mantener la condición social del
          momento de su admisión.
       b. En caso de cumplir 65 años a más, el establecimiento de salud que lo refirió inicialmente,
          evalúa su condición, coordina   y deriva a las instituciones encargadas de brindar
          protección a los adultos mayores en abandono social, según normatividad vigente.
       c. En tanto el usuario desarrolle condiciones de autocuidado y de reinserción en la
          comunidad que le permitan auto sostenerse y previa evaluación del Centro de Salud

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                     HOGARES PROTEGIDOS

     Mental Comunitario y/o la Unidad especializada de salud mental que lo refirió,
     abandonará el hogar protegido para pasar a tener una vida independiente.

9. CRITERIOS DE INCLUSIÓN DE LOS USUARIOS PARA EL HOGAR PROTEGIDO
a. Tener diagnóstico de trastorno mental, con discapacidad mental, intelectual y/o
   psicosocial, y con estabilidad psicopatológica. No encontrándose con alguna
   sintomatología aguda, siendo factible el manejo en el Hogar Protegido.
b. Encontrarse en situación de abandono socio-familiar o social previamente evaluados
   por el Centro de Salud Mental Comunitario y/o Unidad especializada de salud mental de
   referencia. Según numeral 7.
c. Tener una edad entre 18 años hasta 65 años.
d. Aceptación voluntaria del usuario, expresado mediante firma de consentimiento
   informado de alojamiento en el Hogar Protegido. Se detalla en el Anexo N° 03.
e. Contar con informe médico psiquiátrico, psicológico y social emitido por el Centro de
   Salud Mental Comunitario y/o Unidad especializada de salud mental de referencia.
f.   Requerir solo de cuidados mínimos para su estancia en el Hogar Protegido.

10. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN DE LOS HOGARES PROTEGIDOS
a. Presentar un trastorno mental, severo o grave por dependencia a sustancias psicoactivas
   (alcohol y otras drogas).
b. Presentar enfermedades orgánicas que requieran cuidados médicos y de enfermería de
   manera permanente.
c. Presentar de manera permanente, hábitos y/o trastornos de conducta que distorsionen
   gravemente la convivencia o conductas psicopáticas.
d. Trastorno de personalidad antisocial.
e. Contar con soporte familiar y social.
f.   No querer vivir en el Hogar Protegido.
g. Existencia de habilidades para vivir en forma independiente y auto sostenida
   económicamente.

11. DE LA ORGANIZACIÓN
Los Hogares Protegidos en el sistema de RIS están adscritas a las DIRIS; DIRESAS; GERESAS,
o quien haga sus veces, por lo tanto, interactúan y establecen relaciones con otros
establecimientos de salud según necesidad.
a. Los siguientes establecimientos de salud que cuentan con médico psiquiatra están en
   la capacidad de aplicar los criterios de inclusión y exclusión e indicar el ingreso de un
   usuario a un Hogar Protegido, de acuerdo a lo establecido en la presente Norma Técnica
   de Salud:
•    Centro de Salud Mental Comunitario
•    Hospital de atención general en sus diferentes categorías.

                                                                                         19
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

       El establecimiento de salud coordina el traslado e ingreso del usuario al Hogar Protegido con
       las DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces, según corresponda.
       b. Las DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces que cuenta con Hogares Protegidos
          en su jurisdicción realizan las acciones administrativas y asistenciales que aseguren:
       •    Infraestructura y ambientes adecuados para su funcionamiento.
       •    Dotación del equipo mínimo en cantidad suficiente y capacitación adecuada: Un (01)
            Coordinador de los Hogares Protegidos, un (01) Coordinador Administrativo de los
            Hogares Protegidos, ocho (08) técnicos de enfermería y un personal de cocina.
       •    Coordinación con los establecimientos de salud para el ingreso de un usuario al Hogar
            Protegido.
       •    Selección del Hogar Protegido de su jurisdicción más adecuado para el usuario.
       •    Prevé los requerimientos necesarios para la estancia del usuario en el Hogar Protegido.
       c. El Hogar Protegido admite e instala al usuario en sus ambientes, el o la enfermero(a)
          elabora y ejecuta el plan individualizado de cuidados  por usuario para su reentrenamiento
          según limitaciones psicosociales del usuario y el técnico de enfermería complementa su
          aplicación diaria.
       d. El Hogar Protegido coordina acciones con otros establecimientos de salud para la
          atención de las necesidades de salud de los usuarios.

       12. DEL FUNCIONAMIENTO
       a. Cada Hogar Protegido cuenta desde su inicio con personal las 24 horas del día durante
          los 12 meses del año, incluyendo los feriados y fines de semana para asegurar su
          organización y funcionamiento adecuado.
       b. Se requiere no menos de cuatro (04) ni mayor a ocho (08) usuarios para su funcionamiento.
          Estos hogares pueden ser para hombres y mujeres y dependiendo de las necesidades de
          los usuarios podrán ser exclusivamente solo para hombres o solo para mujeres.
       c. Si durante el funcionamiento del Hogar Protegido se reduce a menos de cuatro (04)
          el número de usuarios, el servicio no debe ser interrumpido, en cuyo caso se procede
          a realizar el traslado y reubicación de los usuarios hacia otros Hogares Protegidos o
          Instituciones que les brinden la protección necesaria.
       d. Por ningún motivo se permite la convivencia de más de ocho (08) usuarios en un Hogar
          Protegido y debiendo regirse a lo estipulado en el numeral 2 ítem (b) de la presente
          Norma Técnica de Salud.
       e. Revisión documentaria necesaria para la admisión del usuario al Hogar Protegido:
          indicación de la comisión permanente del hospital o establecimiento de salud de
          procedencia y opinión favorable de la DIRIS/DIRES/GERESA o quien haga las veces sobre
          disponibilidad de vacante.
       f.   Las habitaciones son distribuidas, preferentemente de acuerdo al género, edad y
            afinidad.
       g. El personal propicia la participación de los usuarios en el desarrollo de las actividades de
          la vida diaria que responda a sus necesidades.
       h. El personal acompañante del Hogar Protegido dispone de una (01) habitación que será
          usada de acuerdo a los turnos asignados.

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                          HOGARES PROTEGIDOS

    i.   El perfil de los técnicos de enfermería asegura un nivel alto de tolerancia, empatía,
         comunicación, motivación y liderazgo; comprometiéndose a un relacionamiento cálido
         con los usuarios, libre de maltrato.

    13. DEL FINANCIAMIENTO
    Los Hogares Protegidos, públicos, privados y mixtos deben contar con el financiamiento
    necesario para asegurar la prestación de atenciones de calidad y que cumplan con los
    objetivos para los que han sido creados. Los Hogares Protegidos públicos son financiados
    por el Estado, y se debe incluir el presupuesto correspondiente en el del Ministerio de
    Salud, los Gobiernos Regionales, y otras entidades públicas involucradas en la atención a la
    población objetivo.
    Los usuarios asegurados por el Seguro Integral de Salud son cubiertas en lo que corresponda
    para la atención que reciban en los Hogares Protegidos públicos y/o mixtos. Así mismo
    los asegurados en EsSalud y en otros seguros privados, estarán protegidos según las
    características de su seguro.

    14. SISTEMA DE INFORMACIÓN
    a. El personal de enfermería elabora un informe trimestral del avance de ejecución del plan
       de trabajo y lo envía al responsable de servicios de salud de la DIRIS/DIRESA/GERESA.
    b. El responsable de DIRIS/DIRESA/GERESA recopila y evalúa los informes de enfermería, e
       informa semestralmente el avance de cumplimiento de metas del plan de trabajo a las
       DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces según corresponda.
    c. Las DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces según sea el caso recopila y evalúa
       el informe semestral y establece las actividades de seguimiento correspondiente.
    d. El Personal Administrativo elabora un informe trimestral del estado de mantenimiento
       de los ambientes, equipos e instalaciones y lo envía a la oficina de administración de las
       DIRIS; DIRESAS; GERESAS o quien haga sus veces.
    e. La administración de las DIRIS; DIRESAS; GERESAS o quien haga sus veces; consolida
       informes trimestrales y deriva a la oficina de servicios generales o quien haga las veces
       para considerar los requerimientos en el cuadro anual de necesidades de la RIS.

    15. DOCUMENTOS DE GESTIÓN
    El Hogar Protegido cuenta con un reglamento interno de funcionamiento y un manual de
    procedimientos. Ambos son elaborados por la Dirección de Salud Mental del Ministerio de
    Salud, en coordinación con las DIRIS; DIRESAS; GERESAS o quien haga sus veces.

VII. RESPONSABILIDADES
    1. NIVEL NACIONAL
    El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de
    Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, o las que hagan a sus veces, se encargan de la
    difusión, asistencia técnica, evaluación y seguimiento de la implementación de la presente
    Norma Técnica de Salud.

                                                                                              21
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

       2. NIVEL REGIONAL
       Las DIRIS; DIRESAS; GERESAS, o quien haga sus veces en el ámbito regional son responsables
       de la difusión de la Norma Técnica de Salud en sus jurisdicciones respectivas, así como de su
       implementación, supervisión, seguimiento, monitoreo y evaluación.

       3. NIVEL LOCAL
       La Dirección o Jefatura de cada DIRIS o quien haga sus veces a que pertenece territorialmente
       el Hogar Protegido, es responsable de la implementación y cumplimiento de la presente
       Norma Técnica de Salud.

VIII. DISPOSICIONES FINALES
       9. En los Hogares Protegidos no se permite el uso de sus servicios para casos con
          internamiento restrictivo o judicial.
       10. Los Hogares Protegidos de naturalezas privadas y/o mixtas son supervisados por la
           Autoridad de Salud a fin de asegurar la calidad de atención y autorizar que continúen en
           funcionamiento.
       11. Cualquier situación no contemplada en la presente Norma Técnica de Salud debe ser
           absuelta por la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud de acuerdo a las
           políticas y marco normativo vigente.

IX. ANEXOS
       ANEXO N° 01.- MOBILIARIO E INSUMOS DEL HOGAR PROTEGIDO
       ANEXO N° 02.- BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
       ANEXO N° 03.- CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA ALOJAMIENTO EN HOGAR PROTEGIDO
       ANEXO N° 04.- RESUMEN INICIAL DE EVALUACIÓN DEL RESIDENTE

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                           HOGARES PROTEGIDOS

                                                ANEXO N° 01
DETALLES DE EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO PARA EL HOGAR PROTEGIDO
                                  Muebles                        Cantidad
   Camas madera 1 1/2 plaza                                         9
   Colchones 1 1/2 plaza                                            9
   Velador madera                                                   9
   Ropero madera 1 cuerpo                                           9
   Mesa madera 70 x 70 cms                                          9
   Mesa madera 180 x 60 cms                                         1
   Mesa madera 100 x 60 cms                                         1
   Sillas de madera                                                12
   Juego muebles sala                                               1
   Escritorio madera 100 x 70 cms                                   1
   Estante de madera 2 cuerpos                                      1
   Mesa de planchar                                                 1
   Mesa de madera con tablero de melamine de 2m x 75 x 90 cm        1
                         Equipos electrodomésticos               Cantidad
   Televisor LED 40"                                                1
   Cocina a gas mínimo de 04 hornillas con horno                    1
   Balón de gas                                                     2
   Refrigeradora                                                    1
   Horno microondas                                                 1
   Licuadora                                                        1
   Lavadora de ropa con capacidad mínima de 10kl.                   1
   Plancha de ropa                                                  2
   Equipo de sonido                                                 1
   Ventilador eléctrico para techo                                  1
   Ventilador eléctrico de pie                                      1
   Terma a gas                                                      1

                                 BIENES Y SERVICIOS CORRIENTES
                                  Menajería                      Cantidad
   Platos planos                                                   24
   Platos hondos                                                   24
   Cucharas metálicas                                              24
   Cucharas de te metálicas                                        24
   Tazas de café                                                   24
   Cuchillos de cocina                                              2
   Tabla de picar                                                   2
   Sartenes                                                         2
   Calentadora metálica grande                                      1
   Juego de cucharones, espátulas y cuchillos                       1
   Ollas grandes                                                    2
   Ollas medianas                                                   2
   Ollas chicas                                                     2
   Tazones aluminio                                                 4
   Escurridor plástico                                              1
   Panera con tapa                                                  2
   Mantel de mesa                                                   2

                                                                                           23
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

           Azucarera de melamine                                                                        2
           Condimentera                                                                                 2
           Individuales de plástico juego x 6                                                           2
                                            Diversos                                             Cantidad
           Frazadas                                                                                 20
           Juego de Sabanas                                                                         20
           Conservador de agua                                                                          2
           Balde de plástico de 10 litros                                                               2
           Recipiente para agua                                                                         1
           Tacho de plástico con pedal 20 l aprox.                                                      4
           Tacho de plástico para basura                                                                4
           Perchero de madera de 5 colgadores                                                       10
           Lámpara con batería incorporada                                                              1
           Colchas                                                                                  10
           Extintor                                                                                     1
           Mini gimnasio                                                                                1
                  Servicios básicos, comunicaciones, publicidad y recursos                       Cantidad
           Luz                                                                                          1
           Agua                                                                                         1
           Cable/ Teléfono/Internet                                                                     1
           Gas                                                                                          2
                            Alimentos, útiles de aseo y limpieza                                 Cantidad
           Alimentos y bebidas para consumo humano                                          10 raciones diarias
           Aseo, limpieza y cocina                                                                15 kits
           Útiles de aseo                                                                         15 kits
           Toallas                                                                               15 unid
                                             Otros                                               Cantidad
           Alquiler o Cesión en uso de inmueble                                                         1

          Fuente: Plan Nacional de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental Comunitaria 2018-2021

24
NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                                                        HOGARES PROTEGIDOS

                                                    ANEXO N° 02
                                  BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
                     DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO                                CANTIDAD                     UNIDAD

 Paquetes de guantes quirúrgicos                                                 2                       paquete

 Frasco de yodopovidona 120 ml solución antiséptico                              1                        Frasco

 Frasco de agua oxigenada mediano 120 ml                                         1                        Frasco

 Frasco de alcohol mediano 1000 ml                                               1                        Frasco

 Paquetes de gasas esterilizadas de 10 cm X 10 cm                                5                       paquete

 Paquetes de apósitos                                                            5                       paquete

 Rollo de esparadrapo 5 cm X 4,5 m                                               2                         rollo

 Rollos de venda elástica de 3 plg. x 5 yardas                                   3                         rollo

 Rollos de venda elástica de 4 plg. x 5 yardas                                   3                         rollo

 Paquete de algodón x 100 g                                                      1                       paquete

 Paleta baja lengua (para entablillado de dedos)                                 1                       paquete

 Frasco de cloruro de sodio al 9 x 1000                                          1                   frasco de un litro

 Tijera punta roma                                                               1                        unidad

 Termómetro                                                                      1                        unidad

 Tensiómetro                                                                     1                        unidad

 Estetoscopio                                                                    1                        unidad

 Camilla rígida                                                                  1                        unidad

 Frazada                                                                         1                        unidad

 Paracetamol                                                                     2                 blister de 10 tabletas

 Hioscina                                                                        1                 blister de 10 tabletas

 Sales Rehidratantes                                                             5                  sales rehidratantes

 Diclofenaco crema                                                               1                         tubo

 Diclofenaco crema                                                               1                         tubo

Fuente: Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud (Digerd), ex Oficina General de Defensa
Nacional (OGDN).

                                                                                                                                   25
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

                                                    ANEXO N° 03
        CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA ALOJAMIENTO EN HOGAR PROTEGIDO

Yo, (Nombre y Apellido del alojado) ……………………………………………, identificado(a) con Documento
Nacional de Identidad N°……………, consciente de mis actos, en pleno ejercicio de mi voluntad
y responsabilidad declaro haber sido debidamente informado sobre las características de mi
alojamiento en el Hogar Protegido ………………. y autorizo dicho alojamiento en beneficio de mejorar
mi autonomía personal reduciendo mi deterioro y para recuperar las funciones que limitan mi
funcionamiento personal, familiar y social en el marco de los derechos ciudadanos y la inclusión
social.

Se me ha garantizado la confidencialidad durante todo el proceso de alojamiento y de la información
que de ella se derive, manifiesto que estoy satisfecho con la información recibido, en fe de lo cual y
en señal de aceptación, lo suscribo.

-------------------------------------------------
FIRMA
-------------------------------------------------
DOCUMENTO NACIONAL DE INDENTIDAD

(Lugar) …………………de………………del 201…..                                                  Huella digital

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                                          HOGARES PROTEGIDOS

                                                                   ANEXO N° 04
                                  RESUMEN INICIAL DE EVALUACIÓN DEL RESIDENTE

1. .Nombres y Apellidos:
2.  DNI:
3. Fecha de nacimiento:
4. H.C:                   Fecha:
5.  Fecha del Acceso:                        Tiempo de estancia previsto:
6. CSMC:               H.C:
7. Profesionales con los que trabaja en el servicio de referencia:
Psiquiatra:
Psicólogo/a:
Terapeuta Ocupacional:
Enfermera:
Trabajadora Social:
8. Centro de Salud y médico/a:
9. Técnica de referencia asignada al usuario/a en el HOGAR:
Habitación:
10. Familiar/es de referencia y teléfonos:
11. Situación Legal y Tutor Legal:
12. Certificado de Discapacidad:
13. Ayudas económica del estado y su administración:
14. Diagnóstico psiquiátrico principal:
15. Problemas asociados a su enfermedad mental:
16. Otros problemas de salud:
17. Necesidad de Dieta y responsable de la misma:
18. Medicación y pauta de administración:
19. Restricciones generales para la vida en el hogar:
20. Apoyos necesarios para la autonomía:
21. Candidato a responsabilizarse de:
22. Recursos Comunitarios que utiliza:
C.S (   ) OMAPED (  )  Municipio  (   )  Talleres ocupacionales (   )   Iglesia (  )
Otros  especificar___________________________________________________________________
Especializados: CSMC _______________________________________________________________
Otros contactos sociales y su frecuencia:
________________________________________________________________________________

                                                                                                          27
NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

Datos sobre el AUTOCUIDADO del usuario y pautas para su apoyo y/o supervisión:
CAPACIDADES BÁSICAS
Se orienta respecto al tiempo?  _______________________________________________________
Se orienta respecto al espacio? _______________________________________________________
Sabe quién es y dónde vive y  lo expresarlo?  ____________________________________________
Sabe leer y escribir?  _______________________________________________________________
Tiene la coordinación y energía imprescindible para la marcha autónoma? ____________________
________________________________________________________________________________
ACTIVIDADES BÁSICAS DE LA VIDA DIARIA Candidato a responsabilizarse de:
Gustos y aficiones:
Recursos Comunitarios que utiliza:
Normalizados: ____________________________________________________________________
________________________________________________________________________________
Especializados:
________________________________________________________________________________
Otros contactos sociales y su frecuencia:
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________
ACTIVIDADES BÁSICAS DE LA VIDA DIARIA
Ducha:
Afeitado según sea el caso:
Depilación según sea el caso:
Cuidado del  cabello:
Incontinencia:
Higiene intima:
Cuidado de los dientes:
Vestido:
Sueño:
Alimentación:
Alcohol:
Otras sustancias adictivas y/o excitantes:
ACTIVIDADES INSTRUMENTALES DE LA VIDA DIARIA
Hacer la cama:
Ordenar y limpiar su habitación:
Ordenar y limpiar su cuarto de baño:
Colocar / Recoger / Ordenar el comedor tras las comidas:

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
                                                                      HOGARES PROTEGIDOS

Manejo del dinero sabe dar vuelto
Encarga el dinero  a la cuidadora
Sabe cuánto le queda lleva bien el control
Orientación y desplazamiento por el HOGAR:
Orientación y desplazamiento fuera del HOGAR:
Uso del teléfono:
Pedir ayuda dentro y fuera del HOGAR:
RELACIONES FAMILIARES:
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________

POTENCIALIDADES Y COMPETENCIAS:
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________

RIESGOS Y PRECAUCIONES:
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________

Fecha:

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
HOGARES PROTEGIDOS

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NORMA TÉCNICA DE SALUD
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16. Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado-Hideyo Noguchi” (2015) Proyecto
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    crónico en larga estancia hospitalaria en condición de abandono socio-familiar o social
    en el distrito de San Martin de Porres 2015 – 2016. Lima.
17. Herrera, V., Aguilar, N., Valdivieso, J., Arellano, C., Cutipé, Y. (2015) Evaluación del
    proceso de implementación de Hogares Protegidos para personas con trastorno mental
    en abandono social en Iquitos-Perú 2014-2015.Informe final. Lima.

                                                                                         31
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