PLAN RENOVE MOBILIARIO - 2017-2018 MANUAL APLICACIÓN Decreto 205/2016 de 28 de diciembre, por el que se establece las bases reguladoras del Plan ...

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PLAN RENOVE
           MOBILIARIO

                  2017-2018

                      MANUAL
                  APLICACIÓN

Decreto 205/2016 de 28 de diciembre, por el que se establece las
 bases reguladoras del Plan Renove de Mobiliario de Hogar de
                         Extremadura.
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Plan Renove de mobiliario de hogar
1. INTRODUCCIÓN

El Plan Renove de Mobiliario del Hogar 2017 tiene como objeto facilitar las condiciones
para que las familias extremeñas puedan renovar el mobiliario de su vivienda habitual.
Las ayudas pretenden también incentivar el consumo, estimular el comercio y propiciar la
actividad económica del sector de fabricación de muebles, ejerciendo un efecto multiplicador
que redundará en el crecimiento económico regional.
El sistema de otorgamiento de la subvención consiste en un adelanto de la misma a cargo de la
entidad colaboradora, que hará el descuento correspondiente en el momento de la compra una
vez comprobados los datos señalados a continuación, y la acreditación posterior de la compra y
de los requisitos de los beneficiarios en el momento de liquidar, mensualmente, las operaciones.
En el momento de la compra, el establecimiento deberá recoger la siguiente documentación:

       Ejemplar de la solicitud de ayuda presentada por el comprador, debidamente
        cumplimentada y firmada por el establecimiento y el comprador ajustada al modelo del
        Anexo II de la Orden de 29 de marzo de 2017 por la que se realiza la convocatoria de
        ayudas del Plan Renove de Mobiliario de Hogar de Extremadura, para el ejercicio 2017.
       En la solicitud ha de comprobarse que el comprador autoriza al órgano gestor a
        obtener directamente los datos que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente
        de sus obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, en caso de
        que no autorice expresamente, deberá aportar Certificado en vigor.
       Fotocopia LEGIBLE del DNI, comprobando que está en vigor, con domicilio en
        Extremadura, en caso de que el DNI no acredite su residencia habitual, servirá un
        Certificado de empadronamiento, en vigor, del comprador en un domicilio de
        Extremadura.
       Factura de compra, original o copia compulsada con importes desglosados del precio
        del mueble e IVA, haciendo constar expresamente el importe de la ayuda (sobre el
        precio sin IVA del producto).

    ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
    Tendrá la consideración de acción subvencionable la adquisición, a través de una entidad
    colaboradora, de muebles nuevos para el equipamiento del hogar cuyo valor total de
    compra, unitario o en conjunto, impuestos no incluidos, supere los 300 €.

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MUEBLES INCLUIDOS                              MUEBLES EXCLUIDOS
Muebles de dormitorio (mueble bañera- Muebles de jardín
cambiador, cuna, baúl, descalzadora,
tocador, mesita de noche, galán de noche,
cómoda, sinfonier, canapé/somier/base,
cabecero, cama, armario)
Muebles de salón (puff, sofá, sillón masaje,    Artículos decorativos
sillón, modular, mesa TV, mesa auxiliar,
mecedora, chaise-longue, butaca)
Muebles de comedor (vitrina, taburete           Espejos
comedor, silla, mueble bar, mesa comedor,
librería, estantería, banqueta, banco,
aparador)
Muebles de cocina (alacena, cocina, mesa        Equipamiento textil
cocina, taburete cocina)
Mueble de baño                                  Colchones
Despacho (archivador, mueble de ordenador,      Artículos de iluminación
escritorio/mesa despacho)
Recibidor (mueble de entrada, perchero)
VARIOS (zapatero,        mueble     auxiliar,   Muebles en kit (los que se comercializan
bargueño )                                      desmontados y donde el montaje es por
                                                cuenta del comprador o se facilita por el
                                                vendedor como un servicio accesorio o
                                                adicional)

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2. USO DE LA APLICACIÓN
1. Acceso:
Se accede a la aplicación a través de la siguiente ruta:

En esta página se introduce el usuario y la contraseña que se les ha facilitado.

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2. Nueva solicitud:
Cada vez que queramos iniciar una compra, hacemos clic en nueva solicitud de ayuda.

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3. Cumplimentación de datos del solicitante o comprador:
Se abre la solicitud de ayuda en la que debemos rellenar los datos del comprador:
D.N.I., domicilio de residencia del comprador y domicilio de instalación, en el caso que
éste sea diferente. Si el domicilio de instalación es el mismo que el primero, podremos
hacer clic en la opción “Copiar dirección”.

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4. Selección de mobiliario:
Pinchamos en añadir mueble y aparecerá un desplegable, donde realizamos la elección
de mobiliario. Añadimos el n.º de unidades del mueble seleccionado y su precio sin
I.V.A. A continuación pincharemos dentro de la casilla “Precio unitario” y
automáticamente aparecerá el precio con IVA y la subvención correspondiente.

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5. Adición de mobiliario:
Podemos añadir más muebles haciendo la misma operación.

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6. FINALIZACIÓN DE SOLICITUD:
Antes de finalizar, es conveniente comprobar que todos los datos
del comprador y de los muebles adquiridos son correctos, puesto
que al grabar la solicitud se guardan todos los datos del
comprador y se emite un número de expediente de la compra. Al
grabarla, nos saldrá un mensaje que nos notificará que la
solicitud ha sido grabada correctamente.

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7. Consulta de solicitudes:
A continuación, podemos consultar las solicitudes realizadas en la pestaña “ Consultar
solicitudes”, y comprobar que las compras están grabadas debidamente.

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8. Eliminar una solicitud:
En el caso de que fuera necesario eliminar una solicitud, el procedimiento a seguir es
filtrar por el DNI y cuando aparezca el beneficiario en la lista del cuadro de consulta de
solicitudes hacer clic en el icono papelera.

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Seguidamente aparecerá un mensaje de baja de solicitud con el número de expediente y
un cuadro de texto a rellenar con el motivo de baja.

Se añadirá un motivo de baja, y se pinchará en la pestaña ELIMINAR.

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Aceptamos la cancelación de la solicitud.

Y por último aparecerá un mensaje para imprimir la solicitud que aceptaremos.

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El documento que se genera será firmado tanto por el comprador como por el comercio.

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9.Liquidación.

La justificación de la ayuda se efectuará a través de una solicitud de liquidación,
según modelo establecido en el Anexo III a través de la aplicación informática.
   •   Esta solicitud de liquidación podrá generarse SOLAMENTE entre los días
       1 y 5, ambos inclusive, de cada mes de vigencia del Plan Renove de Mobiliario
       de Hogar, y hasta el mes posterior al fin de la misma.
   •   El plazo para presentar en papel la solicitud de liquidación y la
       documentación que se debe acompañar, será entre los días 1 y 10, ambos
       inclusive, del mes siguiente a la realización de las ventas y hasta el mes posterior
       al fin de la misma.
Para que la solicitud de liquidación adquiera validez, la entidad colaboradora
habrá de presentarla en formato papel en el registro, acompañando la siguiente
documentación:

     a) Transcurridos más de seis meses desde su aportación como consecuencia del
procedimiento de adhesión de establecimiento, la Secretaría de Economía y Comercio
recabará de oficio los certificados que acrediten estar al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Hacienda
autonómica y la Seguridad Social, salvo que el establecimiento haya denegado
expresamente la autorización en la solicitud de adhesión, debiendo en este caso aportar
las referidas certificaciones junto con la solicitud de liquidación.

    b) Relación certificada y numerada de todas las ventas realizadas en el periodo
que comprende la solicitud de liquidación (documento que genera la aplicación)
    c) La siguiente documentación específica de cada venta:
   1. Ejemplar de la solicitud de ayuda presentada por el comprador, que será
      generado por la aplicación y firmado por el establecimiento y el comprador,
            ajustada al modelo del Anexo II del presente decreto.
   2. Fotocopia LEGIBLE del DNI, comprobando que está en vigor, con domicilio
      en Extremadura. En caso de que el DNI no acredite su residencia habitual,
      servirá un Certificado de empadronamiento, en vigor, del comprador en un
      domicilio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
   3. Si expresamente deniegan la autorización a la Junta de Extremadura para
      consultar que está al corriente de pago con la Hacienda Autonómica, el
      certificado en vigor aportado por el comprador que indique esta circunstancia.
    4. Factura de compra, original o copia compulsada, con importes
       convenientemente desglosados del precio del mueble e IVA, debiendo constar

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expresamente y de forma diferenciada el importe de la ayuda, además de los
   datos del comprador y del comercio y la fecha de compra.
Si la solicitud de liquidación no reúne los requisitos exigidos se requerirá a la
entidad colaboradora para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos.

Es importante tener en cuenta que sólo se puede realizar la liquidación una vez al
mes, con lo que debemos asegurarnos de que todo sea correcto.
Para hacer la liquidación debemos hacer clic en la opción “liquidaciones” y nos
saldrá una nueva ventana en la que haremos clic en “nueva liquidación”.

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En la liquidación hay que detallar el n.º y fecha de factura de cada venta.

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Por último, imprimimos la solicitud de liquidación.

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Si tienen alguna duda o consulta pueden ponerse en contacto en:

Consejería de Economía e Infraestructuras
Servicio de Comercio de la Secretaría General de Economía y Comercio
Paseo de Roma, s/n Módulo A, 1ª Planta
06800 – MÉRIDA (BADAJOZ)

TELÉFONOS DE CONTACTOS

924003823, 924003824, 924003825, 924003826

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