Presentación Instructivo para el pago de incentivos correspondiente al año 2016, a los centros de mediación contratados por el Ministerio de ...
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Presentación Instructivo para el pago de incentivos correspondiente al año 2016, a los centros de mediación contratados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
ANTECEDENTES • Las Bases de Licitación para la Contratación de los Servicios de Mediación Familiar, aprobadas mediante Resolución Nº 204 de 2014, establece en su cláusula trigésima novena, que se entregará de forma anual un incentivo a los centros de mediación contratados a fin de mejorar su buen desempeño y la calidad de la gestión de los servicios de mediación familiar. • De acuerdo a lo establecido en las cláusula antes citada, el monto anual disponible para el pago de los incentivos se determinará de conformidad al monto total nacional pagado por concepto de pago mensual por desempeño y valor de las ofertas económicas adjudicadas y el presupuesto anual disponible para el pago de los servicios de mediación familiar. • No obstante la misma disposición señala que el monto total disponible a nivel nacional no podrá exceder del 10% del presupuesto anual destinado por la Ley de Presupuesto para el Sector Público al pago de los servicios de mediación familiar del año respectivo. • Resolución Exenta N° 997, de 31 de marzo de 2016.
METODOLOGÍA DE MEDICIÓN • Se definieron dos ámbitos prioritarios del desempeño en la prestación de los servicios de mediación familiar por parte de los Centros de Mediación contratados que se evaluarán y medirán en función de los indicadores que en cada ámbito se establecen. • De este modo, los ámbitos del desempeño de los Centros de Mediación que se medirán durante el año 2016 serán los siguientes: Ámbito de la gestión, que considera la evaluación de la gestión administrativa de los distintos procesos de los Centros de Mediación. Ámbito de la calidad del servicio ofrecido, que considera la evaluación de la sustentabilidad de los acuerdos logrados y el nivel de satisfacción de los usuarios.
RESUMEN INDICADORES INDICADOR PONDERADOR META Nota Promedio de calificación obtenida por la nómina de 10% > o = 5,5 Asistentes Administrativos Titulares o de Reemplazo de los CMF en la prueba de conocimientos aplicada. Porcentaje de causas sin error en ingreso de documentos en 10% > o = 75% SIMEF Porcentaje de causas con tiempos de Agendamiento menor o 10% > o = 70% igual a 20 días Porcentaje de causas totalmente tramitadas en un plazo 15% > o = 75% menor o igual a 60 días Porcentaje de sustentabilidad de los acuerdos 30% > o = 60% Porcentaje de reclamos efectuados a los Centro de Mediación 10% < o = 3% Nota Promedio obtenida por los Centros de Mediación en la 15% > o = 5.0 Encuesta de satisfacción de usuarios/as
INDICADORES Ámbito de la Gestión Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta Nota Promedio de (Sumatoria de Notas obtenidas por los calificación obtenida por la Asistentes Administrativos Titulares o nómina de Asistentes de reemplazo de los CMF en el período Administrativos Titulares o 10% > o = 5,5 t / N° Total de Asistentes de Reemplazo de los CMF en Administrativos titulares o de la prueba de conocimientos reemplazo de los CMF en el período t) aplicada. Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. Para la rendición del examen de conocimientos se realizará previamente por parte de la Unidad de Mediación, una capacitación a los asistentes administrativos, titulares o de reemplazo que deseen participar. 2. El calendario que indique las fechas específicas por región de dichas capacitaciones se notificará a cada prestador al correo electrónico de notificaciones, a más tardar el día 30 mayo de 2016, indicando hora y lugar donde se realizará dicha actividad.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Algunas Consideraciones 3. El examen tendrá por finalidad evaluar los conocimientos y/o destrezas de el/los asistente/s administrativos/s titular/es y de reemplazos vigentes, para la atención de los usuarios del servicio de mediación familiar propiamente tal. 4. Deberán rendir el examen de conocimientos el/los asistente/s administrativos/s titular/es e integrantes de la nómina de reemplazos del prestador, que hubieren o no participado de la actividad previa de capacitación, y que se encuentren en calidad de “vigentes” en SIMEF al 30 de julio de 2016, sea cual sea la cantidad de jornada de trabajo que cumplan. 5. Sólo se considerarán como el/los asistente/s administrativos/s titular/es o de reemplazo “vigentes” del prestador, aquellos que hayan sido debidamente informado por el contratado en la plataforma SIMEF al 31 de julio de 2016. El día 3 de agosto del 2016 se informará al prestador al correo electrónico de notificaciones, aquellos asistentes administrativos que al 31 de julio del presente año se encuentran debidamente informados como titulares o de reemplazo “vigentes”. 6. Se entenderá por debidamente informado en la plataforma SIMEF el/los asistente/s administrativos/s titular/es y de reemplazos, aquel que al 31 de julio de 2016, cumpla con los requisitos establecidos en las Bases Técnicas y se hubiere adjuntado en SIMEF la documentación de respaldo correspondiente. Es de exclusiva responsabilidad del prestador mantener permanente informado en SIMEF, las modificaciones de personal administrativo que realice, de modo que no se aceptarán objeciones a la lista de asistente/s administrativos/s titulares que se notifique con fecha 3 de agosto.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Algunas Consideraciones 7. Tampoco se aceptarán incorporaciones de nuevos asistente/s administrativos/s a la nómina informada con posterioridad a su notificación. 8. Si de la nómina de asistente/s administrativos/s titular/es notificada, resultan no cubiertas las jornadas de trabajo mínima requeridas por las Bases Técnicas para el prestador, aquellas jornadas no cubiertas de 0.5 o 1 jornada, se tendrán como un examen no rendido obteniendo una calificación de 1 (uno). Si las jornadas no cubiertas son de 1,5 o 2, se tendrán como dos exámenes no rendidos, obteniendo una calificación de 1 (uno) por cada examen, y así sucesivamente. 9. El examen de conocimientos de el/los asistente/s administrativos/s titular/es o de reemplazo en calidad de “vigentes”, se realizará el día viernes 5 de agosto de 2016, en cada una de las capitales regionales del país, en el lugar y hora que se comunique mediante correo electrónico de notificación remitido por la Unidad de Mediación con fecha 1 de agosto del mismo año. Excepcionalmente para las zonas tipo 1, la Unidad de Mediación podrá disponer de otros lugares para la rendición de esta evaluación. 10. El/los asistente/s administrativos/s titular/es y de reemplazos que rindan el examen de conocimientos, obtendrán una nota en una escala de 1,0 a 7,0. Para la aprobación del examen, esto es, para obtener una nota igual a 4,0, se deberá haber obtenido a lo menos un 50% de respuestas correctas.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Algunas Consideraciones 11. La nota de cada prestador se obtendrá del promedio de la/s calificación/es obtenida/s por su nómina de Asistente/s Administrativo/s Titulare/s y/o de remplazo vigentes, y cada nota ponderará lo mismo, independiente de la cantidad de jornada que cumpla el Asistente administrativo. 12. Aquel/llos asistente/s administrativos/s titulares o de reemplazos vigentes que no se presenten a rendir el examen de conocimiento en la fecha informada por esta cartera de estado, obtendrán una calificación de 1 (uno).
INDICADORES Ámbito de la Gestión Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta (N° de causas sin error ingresadas a Porcentaje de causas sin SIMEF en el período t / N° total de causas error en ingreso de 10% > o = 75% ingresadas a SIMEF en el período t documentos en SIMEF auditadas)*100 Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto constatar la adecuada tramitación en el SIMEF de las causas atendidas por los prestadores, con el objeto de verificar su oportuna información en la Plataforma Informática y la Integridad de la documentación de respaldo de las mismas. 2. Se entenderá que una causa se encuentra ingresada al SIMEF sin error, cuando ha sido tramitada conforme las reglas establecidas en la Resolución Exenta N°319, de 29 de enero de 2016, la que aprueba el Manual de Procedimientos para la Administración de causas de los Centros de Mediación contratados por esta Cartera de Estado, y cuentan con la totalidad de la documentación requerida para el estado en que se encontraba al momento de realizarse la auditoria bimensual. 3. Las causas consideradas en la medición del presente indicador serán aquellas que han sido objeto de las Auditorías bimensuales de causas que se hubieren realizado por la Unidad de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 30 de septiembre de 2016.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta (N° de causas con tiempos de Porcentaje de causas con Agendamiento < o = 20 días en el periodo tiempos de Agendamiento 10% > o = 70% t / N° total de causas agendadas en el menor o igual a 20 días periodo t)*100 Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto constatar la oportuna atención de los usuarios por los prestadores, con el objeto de verificar que la citación a la primera sesión se realice con la debida diligencia para una eficiente prestación del servicio de mediación familiar. 2. Para su medición sólo se considerarán aquellas causas que se encuentren en estado terminadas, sea con acuerdo total, parcial o adicional y aquellas que hubieren terminado como frustradas con o sin sesión conjunta, y las causas en estado temporal “en trámite”. 3. El objetivo será medir el tiempo transcurrido entre la fecha de derivación de la causa o de su ingreso espontáneo y la fecha de Agendamiento de la primera sesión conjunta, sea que ésta se hubiere realizado o no. 4. Para estos efectos, se entenderá que la causa se encuentra con un tiempo de Agendamiento menor o igual a 20 días, cuando hubieren transcurrido 20 días corridos o menos, entre la fecha de ingreso espontáneo o de su derivación por Tribunales, CAJ o FALF, y la fecha informada en SIMEF para la realización de la primera sesión de mediación.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Algunas Consideraciones 5. Las causas consideradas en la medición del presente indicador serán aquellas derivadas o ingresadas espontáneamente al Centro de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 30 de septiembre de 2016, y que al 30 de septiembre del año en curso se encuentren en cualquiera de los estados terminales señalados en el número 2 precedente, o en el estado temporal “en trámite”. 6. En caso de haberse constatado durante el periodo de medición uno o más meses de inadecuada distribución de ingresos entre los Centros de una misma zona, a propósito de que hubieren jornadas- mediador no adjudicadas en la zona y/o por una distorsión en la distribución de causas de mediación familiar en la zona, las causas agendadas durante esos meses no serán consideradas para el cálculo de este indicador. Para estos efectos, el medio de verificación de las situaciones antes descritas, será: a) El informe de la Contraparte Técnica que indique el comportamiento de la demanda en la zona atendida la jornada-mediador no adjudicada. b) El oficio que se remita por la Contraparte Técnica a los contratados que informa el comportamiento de la demanda del servicio en la zona.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta (N° de causas completamente tramitadas Porcentaje de causas en un plazo < o = 60 días en el periodo t / totalmente tramitadas en un 15% > o = 75% N° total de causas ingresadas en el plazo menor o igual a 60 días periodo t)*100 Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto constatar la oportuna tramitación en el SIMEF de las causas atendida por los prestadores, de conformidad a los plazos establecidos en el artículo 110 de la Ley N° 19.968. 2. El artículo 110 de la Ley N° 19.968 y el manual de administración de causas aprobado mediante Resolución Exenta N°319, de 29 de enero de 2016, de la Subsecretaría de Justicia, establece que el plazo máximo para realizar un proceso de mediación es de 60 días corridos contados desde la designación, derivación o ingreso espontáneo de la causa de mediación. 3. De este modo, se entenderá que una causa se encuentra completamente tramitada en un pazo de 60 días corridos, cuando ha sido tramitada conforme las reglas establecidas en la Resolución Exenta N°319, de 29 de enero de 2016, que aprueba el Manual de Procedimientos para la Administración de causas, en un plazo máximo de 60 días contados desde la designación, derivación o ingreso espontáneo de la causa de mediación.
INDICADORES Ámbito de la Gestión Algunas Consideraciones 4. Para estos efectos, se entenderá que la causa se encuentra completamente tramitada en un pazo de 60 días corridos cuando la completitud e integridad de los antecedentes incorporados en el SIMEF, así lo certifiquen. 5. Tratándose de las causas terminadas con acuerdo, sea éste parcial, total o adicional, en los últimos tres meses del periodo de medición, se entenderá que se encuentra completamente tramitada cuando la causa a alcanzado el estado “en espera de resolución judicial”, y la documentación de respaldo así lo certifique. 6. Las causas consideradas en la medición del presente indicador serán aquellas derivadas o ingresadas espontáneamente al Centro de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 30 de septiembre de 2016.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta Porcentaje de 30% (N° de causas terminadas con acuerdo que no > o = 60% sustentabilidad de presentan un reingreso judicial en un periodo < los acuerdos o = 6 meses a partir de la fecha de resolución judicial en el periodo t/ N° total de causas terminadas con acuerdo el periodo t)*100 Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto constatar la sustentabilidad en el tiempo de los acuerdos alcanzados por las partes en los procesos de mediación atendido por los prestadores, de modo de poder medir la eficacia del servicio prestado en la dimensión de la durabilidad de los acuerdos logrados. 2. Se considerarán como causas terminadas con acuerdo, aquellas que hubieren informado en el SIMEF como forma de término “acuerdo total”, “acuerdo parcial” y “acuerdo adicional”. 3. Las causas consideradas en la medición del presente indicador serán aquellas derivadas o ingresadas espontáneamente al Centro de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 15 de agosto de 2016, siempre y cuando hubieren terminado con acuerdo.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Algunas Consideraciones 4. Para la medición de este indicador, se hará una revisión comparativa de las causas con acuerdo registrado en la Base de Datos de SIMEF con aquellas que hubieren ingresado a la base de Datos del Sistema Informático de Tribunales de Familia-SITFA, como causa de cumplimiento, en un periodo de 6 meses o menos contados desde la fecha de término de la causa en SIMEF. 5. Las causas consideradas en la medición del presente indicador serán aquellas derivadas o ingresadas espontáneamente al Centro de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 15 de agosto de 2016, y que a esta última fecha hubieren informado como forma de término, “acuerdo total”, “acuerdo parcial” o “acuerdo adicional”.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta Porcentaje de 10% (N° de reclamos efectuados sobre un centro de < o = 3% reclamos mediación en el período t /N° total de causas efectuados a los ingresadas en el Centro de Mediación en el Centro de período t)*100 Mediación Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto verificar el nivel de satisfacción de los usuarios por la atención recibida por el personal y el servicio integral prestado por los Centros de Mediación contratados. 2. Sólo se considerarán los reclamos ingresados por usuarios del servicio u otros organismos relacionados con el servicio, mediante las vías formales para presentar un reclamo (OIRS electrónica a través de página www.minjusticia.cl, correo electrónico reclamosmediacion@minjusticia.cl, formulario papel en OIRS disponible en cada centro de Mediación o en las Seremis de Justicia). 3. Sólo se considerarán los reclamos se hubieran efectuado en el período comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 30 de septiembre de 2016.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Algunas Consideraciones 4. Los reclamos que se considerarán para la mediación de este indicador serán aquellos que se hubieren estimado como “admisibles” y hayan sido sometidos a trámite por la Unidad de Mediación. 5. Por su parte, el universo total de causas ingresadas por el prestador, serán aquellas derivadas o ingresadas espontáneamente al Centro de Mediación en el periodo comprendido entre el 3 de febrero de 2016 y el 30 de septiembre de 2016, cualquiera sea el estado de tramitación en que se encuentren al 30 de septiembre del año en curso.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Indicador Ponderador Fórmula de Cálculo Meta Nota Promedio 15% (Sumatorias de las notas obtenidas en las > o = 5.0 obtenida por los preguntas definidas en la Encuesta de Centros de Satisfacción de usuarios / N° total de las Mediación en la preguntas definidas en la Encuesta de Encuesta de Satisfacción de usuarios) satisfacción de usuarios/as Algunas Consideraciones Para la evaluación de este indicador, se observarán las siguientes reglas: 1. La medición del presente indicador tiene por objeto verificar el nivel de satisfacción de los usuarios con el servicio recibido de parte de los Centros de Mediación contratados, en razón de una encuesta realizada por una empresa externa contratada al efecto. 2. Para estos efectos se considerará el levantamiento de la información referida a la satisfacción de usuarios/as del Sistema Nacional de Mediación Familiar, en todo el territorio nacional, en relación a su conformidad con el servicio recibido y la gestión de sus causas, realizado por la empresa contratada al efecto.
INDICADORES Ámbito de la Calidad del servicio ofrecido Algunas Consideraciones 3. El informe consolidado de resultados que proveerá la empresa externa contratada para su medición, indicará la nota promedio de satisfacción de los usuarios encuestados por cada prestador en razón de una nota en una escala de 1,0 a 7,0. 4. Para el cumplimiento de la meta, el prestador deberá haber obtenido una nota igual o superior a 5,0 . 5. Los resultados de la medición de satisfacción de usuario/a serán notificado a cada proveedor el día 30 de septiembre de 2016.
REQUISITOS TÉCNICOS PARA EL PAGO • La fecha máxima de cierre de medición de todos los indicadores será el día 30 de septiembre de 2016. • Una vez cerrada la medición de los indicadores, el treceavo día hábil contado desde la fecha de cierre de la medición de los indicadores (20 de octubre), se notificará a la casilla de correo electrónico de cada contratado, el informe de resultados de todos los indicadores. • El contratado contará con un plazo de 5 días hábiles desde la fecha de recepción del correo que notifica el informe, para impugnar los resultados obtenidos, siendo de su responsabilidad adjuntar toda la documentación o evidencia que permita evaluar las objeciones presentadas. De no presentar objeciones en el plazo antes señalado, se entenderá que se aceptan los resultados informados por la Unidad de Mediación. • La Unidad de Mediación tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la fecha de recepción de las objeciones efectuadas por los Centros de Mediación para resolver e informar el resultado de la misma, lo que se hará también a través de la casilla de correo electrónico.
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PAGO • El contratado deberá mantener vigente un contrato de prestación de servicio de mediación con el Ministerio de Justicia al momento de efectuarse el pago. • El contrato deberá tener una vigencia mínima de 12 meses cumplidos al 31 de diciembre de 2016. • Aquellos prestadores que hubieren sido sancionados por resolución firme a la fecha en que se hubiere de efectuar el pago, por haber incurrido en falta grave sancionada conforme al literal q) del numeral 13.2 de la cláusula décimo tercera de la convención suscrita, no tendrán derecho al pago del incentivo anual.
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PAGO • Para acceder al pago anual el contratado deberá lograr al menos el porcentaje total de cumplimiento de los indicadores, según el ponderador de cumplimiento asignado a cada uno según su tipo de zona. • Sin perjuicio de lo anterior, el prestador, cualquiera sea el tipo de zona en que se encuentre contratado, siempre deberá dar cumplimiento al Indicador referido a “Porcentaje de sustentabilidad de los acuerdos”, en el porcentaje indicado en la tabla respectiva, de modo que el prestador que no dé cumplimiento a la meta establecida para este indicador, no tendrán derecho al pago del incentivo anual que por este acto se regula. Tipo de Zona % mínimo cumplimiento indicadores ZONAS TIPO 4 80% ZONAS TIPO 3 70% ZONAS TIPO 2 60% ZONAS TIPO 1 60%
EJEMPLO MÉTODO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS Ppto Disponible Pago de Incentivo: $ 300.000.000 Total de jornadas Mediador Licitadas año 2015 222,5 N° de % del % Jornadas jornadas Presupuesto N° Jornadas Presupuesto Monto a Región Adjudicada Centros Zona Mediador Región Adjudicadas que le Pagar s año 2015 Adjudicadas corresponde Centro A A 5,0 76,9% $ 6.741.573 Región X 6,5 2,92% $ 8.764.045 Centro B B 1,5 23,1% $ 2.022.472 NOTA: Para determinar el número total de jornadas – mediador a nivel país, sólo se considerarán en la sumatoria, las jornadas asignadas a aquellos contratados que hayan cumplido con la ponderación mínima establecida para acceder al Incentivo según zona.
EJECUCIÓN DEL PAGO • Cumplido el plazo para la resolución de las objeciones señaladas en el numeral 3.1 letras c y d) de esta resolución, durante el mes de noviembre del año en curso se dictará una resolución que informará el porcentaje total de cumplimiento de los indicadores de cada contratado, e indicará el detalle de los prestadores que, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en el presente instructivo para acceder al incentivo anual, hayan alcanzado el porcentaje de cumplimiento de los indicadores que dan derecho a recibir el pago del incentivo anual, señalando el monto a que ascenderá dicho pago en cada caso. • Este pago de incentivo, deberá ser cancelado a más tardar el 31 de diciembre de 2016.
CÁLCULO INDICADORES PAGO VARIABLE
PAGO MENSUAL POR DESEMPEÑO • Conjuntamente con el pago mensual fijo, se estableció en las Bases un Pago mensual por desempeño, equivalente al 30% del valor total de la oferta económica del contratado. • Este pago variará entre un 0% y un 30% dependiendo del nivel de cumplimiento de metas establecidas en función de indicadores relacionados con la gestión del centro de mediación, el desempeño profesional del mediador/a, el desempeño del personal administrativo y atención de los usuarios del servicio. • A más tardar dentro de los 20 primeros días corridos del mes siguiente se pondrá a disposición de los contratados el resultado de los indicadores con indicación del monto a pagar. El contratado dispondrá de 5 días corridos para objetar el informe acompañando los antecedentes que estime pertinentes.
INDICADORES PAGO POR DESEMPEÑO
INDICADOR TASA DE ACUERDO • Esta meta tiene un ponderador del 15% del total del VTM. • El nivel de cumplimento parte en el 58% (2015) o 59% (2016) y se incrementa en la medida que el porcentaje de acuerdo aumenta hasta llegar al 63% el año 2015 y 64% para el año 2016. • El aumento en el pago fluctúa en razón del 2,5%, que resulta de dividir el 15% que es el ponderador de la meta, por el número total de tramos de pago, en este caso 6, que es el resultado de la restar la Meta 63% y Base Escala 58%. • En conclusión, si el porcentaje de acuerdo es un 58%, al centro de mediación le corresponde un pago variable del 2,5% del total del ponderador de la meta, si el porcentaje de acuerdo es un 59% el pago variable corresponde a un 5% y así sucesivamente hasta llegar al 63%. • Se considerarán aquellas causas que se encuentren con la totalidad de la documentación de respaldo propia del estado de tramitación.
INDICADOR TASA DE CAUSAS FRUSTRADAS CON CERO SESIÓN • Esta meta tiene un ponderador del 5% del total del VTM. • El nivel de cumplimento parte en el 45% y se incrementa en la medida que el porcentaje de causas frustradas sin sesión disminuye hasta llegar al 40%. • El aumento en el pago fluctúa en razón del 5/6 o 0,8333%, que resulta de dividir el 5% que es el ponderador de la meta, por el número total de tramos de pago, en este caso 6, que es el resultado de la restar el Tope Escala 45% y Rango Meta 40%. • En conclusión, si el porcentaje de acuerdo es un 45%, al centro de mediación le corresponde un pago variable del 0,8333% del total del ponderador de la meta, si el porcentaje de acuerdo es un 44% el pago variable corresponde a un 1,666% y así sucesivamente hasta llegar al 40%. • No se consideran aquellas causas que se hubieran frustrado por VIF siempre que exista respaldo.
INDICADOR TASA DE CAUSAS FRUSTRADAS CON CERO SESIÓN • Esta meta tiene un ponderador del 10% del total del VTM. • El nivel de cumplimento parte en el 15 sesiones y se incrementa en la medida que el número de sesiones efectivas aumenta hasta llegar a las 20 sesiones. (totales). Para calcular el número de sesiones conjuntas efectivas semanales, se divide el numero total de sesiones realizadas por el centro de mediación en un mes por 4 semanas que se estima tiene un mes. • El aumento en el pago fluctúa en razón del 5/3 o 1,666%, que resulta de dividir el 10% que es el ponderador de la meta, por el número total de tramos de pago, en este caso 6, que es el resultado de la restar del Rango Meta 20 sesiones y la Base Escala 15 sesiones. • En conclusión, si el número de sesiones efectivas realizadas es 15, al centro de mediación le corresponde un pago variable del 1,666% del total del ponderador de la meta, si el número de sesiones efectivas realizadas es 16 el pago variable corresponde a un 3,332% y así sucesivamente hasta llegar a las 20 sesiones. • Se considerarán aquellas causas que se encuentren con la totalidad de la documentación de respaldo propia del estado de tramitación.
¡Muchas gracias!
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