Prórroga de ERTE y nuevos ERTE: exenciones de cotización vinculadas a la formación

Página creada Tamara Alzaga
 
SEGUIR LEYENDO
ANÁL ISIS

Laboral
Prórroga de ERTE y nuevos ERTE:
exenciones de cotización
vinculadas a la formación
El Real Decreto Ley 18/2021, de 28 de septiembre (BOE de 29 de septiembre),
de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora
del mercado de trabajo, recoge, entre otras actuaciones, el VI Acuerdo Social
en Defensa del Empleo (ASDE). En esta nueva normativa se prevé la prórroga
de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) vigentes,
la tramitación de otros nuevos y ayudas tanto a las personas trabajadoras por cuenta ajena
como, especialmente, a quienes trabajan por cuenta propia. Se aprovecha, a su vez,
para prorrogar algunas de las limitaciones ya existentes (salvaguarda del empleo,
transparencia fiscal o reparto de dividendos, entre otras).

LOURDES LÓPEZ CUMBRE
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria
Consejera académica de Gómez-Acebo & Pombo

1.   Prórroga de ERTE vinculados a la crisis de-                   de empleo por fuerza mayor y de los
     rivada de la pandemia sometidos a peti-                       debidos a impedimento o limita-
     ción previa, no automática                                    ciones de actividad), y de aquellos
                                                                   a los que resulte de aplicación el ar-
     1.1. Como parte del título I del Real De-                     tículo 23 del Real Decreto Ley 8/2020,
          creto Ley 18/2021 en el que se recoge                    de 17 de marzo —BOE de 18 de mar-
          el VI Acuerdo Social en Defensa del Em-                  zo— (ERTE por causa económica, técni-
          pleo (arts. 1 a 7 de la citada norma),                   ca, organizativa y productiva), previa
          se reconoce la prórroga de los expe-                     solicitud de la empresa y no de forma
          dientes de regulación temporal de em-                    automática.
          pleo (ERTE) vigentes a fecha de 30 de
          septiembre del 2021 con base en lo                       A tal efecto, entre el 1 y el 15 de octu-
          dispuesto en los artículos 1 y 2 del Real                bre del 2021, la empresa o entidad
          Decreto Ley 11/2021, de 27 de mayo                       titular deberá presentar la debida so-
          —BOE de 28 de mayo— (prórroga de                         licitud —acompañada de la documen-
          los expedientes de regulación temporal                   tación requerida— ante la autoridad

Octubre 2021                                                                                               1
laboral que autorizó o tramitó el ex-               norma parte de la autorización, incluso
        pediente correspondiente. De no pre-                aunque no exista resolución expresa,
        sentarse la solicitud acompañada de                 siempre que se presente la documen-
        dicha documentación dentro del plazo                tación pertinente. Bien es cierto que,
        establecido, el expediente de regula-               a diferencia de otras prórrogas, no se
        ción temporal de empleo se dará por                 establece aquí una dilación automá-
        finalizado y dejará de aplicarse desde              tica, sino que requiere de la solicitud
        el 1 de noviembre del 2021. La docu-                del empleador, que deberá, además,
        mentación consiste en una relación                  adjuntar la identificación de la plan-
        de las horas o días de trabajo suspen-              tilla y de los centros que se mantienen
        didos o reducidos durante los meses                 afectados por los expedientes de re-
        de julio, agosto y septiembre del 2021 de           gulación temporal de empleo corres-
        cada una de las personas trabajado-                 pondientes. La prórroga se extenderá
        ras, debidamente identificadas en re-               hasta el 28 de febrero del 2022, consi-
        lación con cada uno de los centros de               derándose dicho plazo como máximo
        trabajo. Si tales expedientes se hubie-             y admitiendo que la empresa pueda
        ran debido a causas económicas, téc-                solicitar una prórroga de duración
        nicas, organizativas o productivas                  menor.
        (art. 23 del Real Decreto Ley 8/2020),
        se adjuntará, además, un informe de         2. Nuevos ERTE por impedimento o limitación
        la representación de los trabajadores          a la actividad y tránsito entre ambos
        con los que se negoció aquél.
                                                       2.1. Asimismo, se considera la situación de
        La autoridad laboral, sin perjuicio de              las empresas y entidades afectadas
        dictar la correspondiente resolución,               por nuevas restricciones y medidas de
        deberá remitir el expediente de regu-               contención sanitaria vinculadas al
        lación temporal de empleo a la Inspec-              coronavirus adoptadas por las auto-
        ción de Trabajo y Seguridad Social, a               ridades competentes entre el 1 de no-
        los efectos que eventualmente proce-                viembre del 2021 y el 28 de febrero
        dan. Dicha autoridad laboral habrá                  del 2022.
        de dictar su resolución en el plazo de
        diez días hábiles desde la presentación             En tales supuestos y si se dieran dichas
        de la solicitud por parte de la empre-              circunstancias, se podrá solicitar un ex-
        sa, resolución que será estimatoria y               pediente de regulación temporal de
        prorrogará el mencionado expediente                 empleo por impedimento o limitacio-
        hasta el 28 de febrero del 2022 siempre             nes a la actividad normalizada en los
        que efectivamente se haya presentado                términos recogidos en el artículo 2 del
        la documentación requerida. En caso                 Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de
        de ausencia de resolución expresa, se               septiembre (BOE de 30 de septiembre).
        entenderá estimada la solicitud de                  Estas empresas y entidades podrán be-
        prórroga.                                           neficiarse, respecto de las personas
                                                            trabajadoras adscritas y en alta en los
    1.2. Obsérvese que se trata de una prórroga,            códigos de cuenta de cotización de los
         no de una nueva concesión, por lo que la           centros de trabajo afectados, de los

2                                                                                     Octubre 2021
porcentajes de exención previstos para           situación a la autoridad laboral deberán
         cada tipo de expedientes en este nue-            presentar una declaración responsa-
         vo Real Decreto Ley 18/2021, siempre             ble ante la Tesorería General de la Segu-
         que cumplan el resto de los requisitos           ridad Social en los términos estableci-
         exigidos. En caso de ausencia de reso-           dos en el artículo 2.3 del Real Decreto
         lución expresa, se entenderá estimada            Ley 30/2020 (una declaración responsa-
         la solicitud de expediente de regula-            ble relativa a cada código de cuenta de
         ción temporal de empleo de fuerza                cotización y a cada mes de devengo);
         mayor.                                           tal declaración habrá de ser suficiente
                                                          para la aplicación de los porcentajes de
         Y no sólo eso, sino que las empresas             exención correspondientes en función
         que obtengan la autorización perti-              de la naturaleza impeditiva o limita-
         nente para aplicar un expediente de              tiva de la situación de fuerza mayor en
         regulación temporal de empleo por                la que se encuentre la empresa en cada
         impedimento o por limitaciones a la              momento. La autoridad laboral tras-
         actividad normalizada o que hayan                ladará dicha comunicación a la Inspec-
         recibido resolución estimatoria de la            ción de Trabajo y Seguridad Social a
         solicitud de prórroga de un expedien-            efectos del desarrollo de las acciones
         te por impedimento o de un expe-                 de control que se determinen sobre la
         diente por limitaciones a la actividad           correcta aplicación de las exenciones
         normalizada podrán transitar de la si-           en el pago de las cuotas de la Seguri-
         tuación de impedimento a la de limita-           dad Social.
         ción y viceversa como consecuencia de
         las modulaciones en las restricciones       2.2. Se trata de una previsión de futuro que
         sanitarias adoptadas por las autorida-           intenta abordar dos posibles situacio-
         des competentes, sin que sea precisa             nes: la de las empresas que se vean
         la tramitación de un nuevo expedien-             sorprendidas por nuevas restricciones
         te de regulación. No obstante, resulta-          a partir del mes de noviembre y la de
         rán de aplicación en cada momento los            aquellas otras que hayan solicitado y
         porcentajes de exoneración previstos             obtenido la prórroga correspondiente a
         para estos tipos de expedientes en fun-          un expediente de regulación temporal
         ción de la naturaleza impeditiva o limi-         de empleo vigente. Ambas tienen un
         tativa de la situación de fuerza mayor en        elemento común, a saber, la posibili-
         la que se encuentre la empresa.                  dad de transitar entre expedientes de
                                                          regulación temporal de empleo de dis-
         Estas empresas cuya situación se haya            tinta naturaleza —de impedimento o
         modificado deberán comunicar dicho               de limitación y viceversa—, en virtud de
         cambio, la fecha de efectos y los centros        nuevas restricciones sanitarias futuras,
         y personas trabajadoras afectados a la           sin que sea necesaria una nueva trami-
         autoridad laboral que hubiese aproba-            tación. Y con una sola condición —amén
         do el expediente de regulación tempo-            de la ya existente sobre la presenta-
         ral de empleo y a la representación legal        ción de una declaración responsable so-
         de los trabajadores. Las empresas que            bre la situación real de la plantilla y cen-
         hayan comunicado dicho cambio de                 tros afectados por dicho expediente—:

Octubre 2021                                                                                        3
que las exenciones de la cotización a      expedientes de regulación temporal de
        la Seguridad Social se ajusten, en cada    empleo de las empresas siguientes: a)
        momento, tanto al expediente de re-        empresas a las que se refieren los apar-
        gulación temporal de empleo como           tados 1 y 2 de la disposición adicional
        a la regulación vigentes.                  primera del Real Decreto Ley 11/2021
                                                   —empresas pertenecientes a sectores
3. Exenciones en la cotización a la Seguridad      con una elevada tasa de cobertura por
   Social                                          expedientes de regulación temporal de
                                                   empleo y una reducida tasa de recupe-
    3.1. De acuerdo con lo dispuesto en el ar-     ración de actividad— cuyo expediente
         tículo 4 del Real Decreto Ley 18/2021,    se prorrogue conforme a lo estableci-
         los expedientes de regulación tempo-      do en esta nueva normativa; b) empre-
         ral de empleo por limitaciones en la      sas a las que se refiere la letra a del
         actividad normalizada podrán bene-        apartado 2 de la disposición adicional
         ficiarse de los siguientes porcentajes    primera del Real Decreto Ley 11/2021
         de exención en la cotización a la Segu-   que transiten, entre el 1 de octubre
         ridad Social:                             del 2021 y el 28 de febrero del 2022, de
                                                   un expediente de regulación tempo-
        Para las empresas que hubieran teni-       ral de empleo de fuerza mayor basa-
        do diez o más personas trabajadoras o      do en las causas del artículo 22 del
        asimiladas a ellas en situación de alta    Real Decreto Ley 8/2020 a uno de cau-
        en la Seguridad Social a 29 de febre-      sas económicas, técnicas, organizati-
        ro del 2020, los porcentajes de exone-     vas o de producción, y c) empresas que,
        ración de la aportación empresarial        habiendo sido calificadas de depen-
        devengada en noviembre y diciembre         dientes o integrantes de la cadena
        del 2021 y enero y febrero del 2022 se-    de valor conforme a lo establecido
        rán distintos según desarrolle o no ac-    en la disposición adicional primera
        ciones formativas para las personas        del Real Decreto Ley 11/2021, transi-
        cuyo contrato de trabajo se suspenda       ten, en el periodo comprendido entre
        o cuya jornada laboral se reduzca en       el 1 de octubre del 2021 y el 28 de fe-
        el periodo indicado: a) el 40 % si no se   brero del 2022, de un expediente de
        desarrollan tales acciones formativas,     regulación temporal de empleo por
        y b) el 80 % si la empresa sí desarrolla   causas de fuerza mayor basado en el ar-
        acciones formativas. Por su parte, las     tículo 22 del Real Decreto Ley 8/2020
        empresas que hubieran tenido menos de      a uno por causas económicas, técnicas,
        diez personas en las condiciones antes     organizativas o de producción.
        indicadas recibirán estas exoneracio-
        nes: a) el 50 % en el supuesto de que la   Las empresas y entidades de cualquier
        empresa no desarrolle acciones forma-      sector o actividad que tengan autori-
        tivas, y b) el 80 % si la empresa sí lo    zados expedientes de regulación tem-
        hiciera.                                   poral de empleo por impedimento en la
                                                   actividad podrán beneficiarse, respec-
        También podrán beneficiarse de es-         to de los trabajadores que tengan sus
        tos porcentajes de exoneración los         actividades suspendidas en los centros

4                                                                            Octubre 2021
afectados, durante los periodos y en             y declaración responsable se efectuase
         los porcentajes de jornada afecta-               en un momento posterior a la última
         dos por la suspensión, de una exonera-           solicitud del cálculo de la liquidación de
         ción del 100 % de la aportación empre-           cuotas dentro del periodo de presenta-
         sarial devengada a partir del mes                ción en el plazo reglamentario corres-
         de noviembre del 2021, durante el pe-            pondiente, estas exenciones únicamente
         riodo de cierre, y hasta el 28 de fe-            se aplicarán a las liquidaciones que se
         brero del 2022.                                  presenten con posterioridad, pero no a
                                                          los periodos ya liquidados. La comuni-
         Todas estas exenciones se aplicarán,             cación y declaración responsable se
         respecto de las personas trabajadoras            deberá efectuar, mediante la transmi-
         que tengan sus actividades suspendi-             sión de los datos que establezca la Te-
         das entre el 1 de noviembre del 2021 y           sorería General de la Seguridad Social,
         el 28 de febrero del 2022 y con relación         a través del sistema de remisión electró-
         a los periodos y porcentajes de jornada          nica de datos en el ámbito de la Seguri-
         afectados por la suspensión, al abono            dad Social (sistema RED).
         de la aportación empresarial, así como
         al relativo a las cuotas por conceptos           De conformidad con la disposición
         de recaudación conjunta. El procedi-             adicional undécima del Real Decreto
         miento y requisitos para la aplicación           Ley 18/2021, las exenciones en la cotiza-
         de estas exoneraciones de cuotas se-             ción a la Seguridad Social establecidas
         rán los establecidos, con carácter ge-           no tendrán efectos para las personas
         neral, en el artículo 2 del Real Decreto         trabajadoras, en términos generales,
         Ley 30/2020.                                     manteniéndose la consideración del
                                                          periodo en que se apliquen como efec-
         Las exenciones las aplicará, por regla           tivamente cotizado. Sin perjuicio de lo
         general, la Tesorería General de la Segu-        previsto específicamente en esta nor-
         ridad Social a instancia de la empresa,          mativa, la disposición adicional cuarta
         previa comunicación de la identifica-            establece como requisito indispensable
         ción de las personas trabajadoras be-            para la aplicación de las medidas ex-
         neficiadas por la acción formativa y del         traordinarias en materia de cotización
         periodo de la suspensión o reducción             y para el reconocimiento de las presta-
         de jornada. Dicha comunicación cons-             ciones por desempleo la presentación,
         tituirá una declaración responsable del          por parte de las empresas, de un listado
         compromiso de la empresa de realizar             de los trabajadores afectados.
         las acciones formativas vinculadas a
         estas exenciones. Para que la exención       3.2. Característica permanente en las di-
         resulte de aplicación, esta comunicación          ferentes prórrogas de los expedientes
         y declaración responsable se deberá               de regulación temporal de empleo, la
         presentar antes de solicitar el cálculo de        exoneración de la cotización se resuelve
         la liquidación de cuotas correspondiente          aquí con porcentajes distintos según la
         al periodo de devengo de las primeras             dimensión de la empresa y la naturaleza
         cuotas sobre las que tengan efectos di-           del expediente. Esta medida intenta
         chas declaraciones. Si la comunicación            promover la recuperación del contrato

Octubre 2021                                                                                      5
o de la jornada suspendido uno o re-        de las personas trabajadoras afecta-
        ducida la otra por el expediente, a lo      das por dichos expedientes de regu-
        que se añade ahora —tal y como se ex-       lación. Se priorizarán las necesidades
        pondrá a continuación— el interés de        formativas reales de las empresas y
        la empresa por actuar en la empleabi-       de las personas trabajadoras, inclui-
        lidad de sus trabajadores por medio         das las vinculadas a la adquisición
        de su formación continua. Estas exo-        de competencias digitales y las que
        neraciones no afectarán, con carác-         permitan su recualificación, aunque la
        ter general, a la protección social de      actividad formativa no tenga una re-
        las personas trabajadoras y, en todo        lación directa con la actividad laboral
        caso, están condicionadas por las           desarrollada en la empresa.
        variaciones de los datos que presen-
        ten formal o realmente las empresas         Dichas acciones se desarrollarán por
        afectadas.                                  medio de cualquiera de los tipos de
                                                    formación previstos en la Ley 30/2015,
4. Acciones formativas vinculadas a las exen-       de 9 de septiembre (BOE de 10 de sep-
   ciones en la cotización a la Seguridad           tiembre), sobre formación profesional
   Social                                           para el empleo en el ámbito laboral.
                                                    El plazo para la prestación efectiva
    4.1. La gran novedad de este acuerdo y          de las acciones formativas finalizará
         de la nueva regulación sobre los ex-       el 30 de junio del 2022. El número mí-
         pedientes de regulación temporal de        nimo de horas de formación que de-
         empleo se recoge en el artículo 3 del      berá cumplir cada persona trabaja-
         Real Decreto Ley 18/2021 al relacionar     dora por la que la empresa haya apli-
         los acuerdos suspensivos o de reduc-       cado exenciones se establece en fun-
         ción de jornada con la formación de        ción del tamaño de la empresa y a
         los trabajadores afectados. En esta        partir de diez personas en plantilla.
         línea se reconoce que las exenciones       Así, de diez a cuarenta y nueve traba-
         en la cotización estarán condiciona-       jadores en la empresa, serán treinta
         das —como se expuso— por la realiza-       horas y, en empresas de cincuenta o
         ción de las correspondientes acciones      más, cuarenta horas.
         formativas por parte de las personas
         trabajadoras. Y, así, tanto las empresas   Se trata de acciones formativas que
         cuyo expediente de regulación tempo-       deberán desarrollarse durante la apli-
         ral de empleo sea prorrogado como          cación de la reducción de la jornada o
         aquellas que se encuentren con uno         de la suspensión del contrato en el ám-
         por situaciones limitativas deberán        bito del expediente de regulación tem-
         desarrollar acciones formativas para       poral de empleo o en el tiempo de tra-
         cada una de las personas afectadas         bajo. En cualquier caso, deberán respe-
         por dicho expediente entre el 1 de no-     tarse los descansos legalmente esta-
         viembre del 2021 y el 28 de febrero        blecidos y el derecho a la conciliación
         del 2022. Tales acciones tendrán como      de la vida laboral, personal y familiar.
         objetivo la mejora de las competen-        La representación legal de las perso-
         cias profesionales y la empleabilidad      nas trabajadoras, de existir, deberá

6                                                                             Octubre 2021
ser informada de las acciones formati-              persona, c) de cincuenta o más perso-
         vas propuestas.                                     nas, 320 euros por persona.

         Una vez transcurrido el periodo máximo         4.2. Se trata de una relación muy necesa-
         para la ejecución de las acciones for-              ria entre quienes permanecen en un
         mativas, la Tesorería General de la Se-             expediente de regulación temporal de
         guridad Social comunicará al Servicio               empleo y su inversión en formación.
         Público de Empleo Estatal la relación               Aun cuando la regulación no resuelve
         de las personas trabajadoras por las                algunos interrogantes, particularmen-
         que las empresas se hayan aplicado                  te la relación entre esta «obligación»
         las exenciones correspondientes duran-              empresarial con el «derecho» al permi-
         te el periodo comprendido entre el 1 de             so retribuido de veinte horas anuales
         noviembre del 2021 y el 28 de febrero               que posee toda persona trabajadora,
         del 2022. El Servicio Público de Empleo             ex artículo 23.3 del Estatuto de los Tra-
         Estatal, por su parte, verificará que las           bajadores, es ciertamente una apuesta
         acciones formativas se han llevado a                firme para evitar la obsolescencia de
         cabo. De no poder comprobarse, se ini-              quienes han visto afectado su trabajo
         ciarán los expedientes sancionadores y              en estos últimos años por el efecto de la
         liquidatorios de cuotas que correspon-              pandemia. Con todo, la empresa puede
         dan por la diferencia entre los importes            actuar o no en esta línea, pues, como
         aplicados y los establecidos respecto               ha podido comprobarse y aun cuando
         de cada uno de los trabajadores por                 en este precepto se apunte como una
         los que no se hayan realizado dichas                obligación, la exención de la cotiza-
         acciones. Si la empresa acredita haber              ción será mayor o menor según la di-
         puesto a disposición de los trabajado-              mensión de la empresa, pero también
         res las acciones formativas, no estará              en virtud de si la empresa inicia o no
         obligada al reintegro de las exenciones             acciones formativas. Es una inversión
         cuando la persona trabajadora no las                rentable si se tiene en cuenta que, a los
         haya realizado.                                     créditos ya disponibles para tal actua-
                                                             ción, se suman ahora las cuantías reco-
         Sin perjuicio de los beneficios en mate-            gidas en esta nueva normativa por cada
         ria de exoneraciones previstos y de su              persona trabajadora formada durante
         condicionamiento a la formación, las                la vigencia del expediente de regula-
         empresas que formen a personas afec-                ción temporal de empleo.
         tadas por expedientes de regulación
         temporal de empleo tendrán derecho          5. Prórroga de otras medidas vinculadas
         a un incremento del crédito para la fi-        al ERTE
         nanciación de acciones de formación
         programada en la cantidad que se in-           5.1. De acuerdo con el artículo 5 de este nue-
         dica a continuación en función del ta-              vo Real Decreto Ley 18/2021, las empre-
         maño de la empresa: a) de una a nueve               sas que a fecha 31 de octubre del 2021
         personas trabajadoras, 425 euros por                estén aplicando un expediente de re-
         persona; b) de diez a cuarenta y nueve              gulación temporal de empleo por fuerza
         personas trabajadoras, 400 euros por                mayor podrán tramitar el del artículo 23

Octubre 2021                                                                                        7
del Real Decreto Ley 8/2020 (por cau-        c)   Los límites y excepciones relaciona-
    sas económicas, técnicas, organizativas           dos con las horas extraordinarias
    y productivas) durante la vigencia de             y con las nuevas contrataciones y
    aquél. En este supuesto, la fecha de efec-        externalizaciones a las que se re-
    tos de éste se retrotraerá a la fecha de          fiere el artículo 7 del Real Decreto
    finalización del primero.                         Ley 30/2020; resultarán igualmen-
                                                      te de aplicación a todos los expe-
    Por lo demás, se mantienen vigentes               dientes de regulación temporal
    hasta el 28 de febrero del 2022:                  de empleo autorizados en virtud
                                                      del Real Decreto Ley 18/2021.
    a) Los límites y previsiones rela-
       cionados con el reparto de di-            d) Los artículos 2 (medidas de pro-
       videndos a los que se refiere el             tección del empleo) y 5 (interrup-
       artículo 4 del Real Decreto Ley              ción del cómputo de la duración
       30/2020 en lo que concierne a                máxima de los contratos tempo-
       todos los expedientes autoriza-              rales) de la Ley 3/2021, de 12 de
       dos con anterioridad o en virtud             abril (BOE de 13 de abril).
       de la presente norma a los que se
       apliquen las exoneraciones pre-           Por su parte, la salvaguarda del em-
       vistas en esta nueva normativa.           pleo será de aplicación según lo pre-
       Las Administraciones tributarias          visto en el artículo 5 del Real Decreto
       proporcionarán a la Tesorería             Ley 30/2020 en relación con los perio-
       General de la Seguridad Social            dos anteriores y con el que se deriva
       la identificación de las empre-           de los beneficios recogidos en la pre-
       sas que hayan incumplido este             sente norma y de conformidad con los
       requisito respecto de las exencio-        plazos correspondientes.
       nes aplicadas en cada uno de los
       años en los que las hayan aplica-         Finalmente, tanto el artículo 6 como el
       do. Asimismo, la Tesorería Gene-          artículo 7 de este Real Decreto Ley re-
       ral de la Seguridad Social pro-           conocen la prórroga sobre la protección
       porcionará a las Administracio-           por desempleo de las personas afecta-
       nes tributarias la relación de las        das por un expediente de regulación
       empresas que se hayan aplica-             temporal de empleo. No obstante, se
       do exenciones en la cotización.           prevé que las empresas a las que se les
                                                 autorice la prórroga de uno de estos
    b) Los límites y previsiones relaciona-      expedientes conforme a lo previsto en
       dos con la transparencia fiscal a         el Real Decreto Ley 18/2021 deberán
       los que se refiere el artículo 4 del      formular, en términos generales, una
       Real Decreto Ley 30/2020 en re-           nueva solicitud colectiva de prestaciones
       lación con todos los expedientes,         por desempleo en el plazo de los quince
       autorizados con anterioridad o en         días hábiles siguientes al 1 de noviembre
       virtud de esta nueva normativa y          del 2021 o a la fecha de la notificación
       en los mismos términos que el su-         de la resolución expresa de la autoridad
       puesto anterior.                          laboral que apruebe la prórroga o a la

8                                                                          Octubre 2021
del certificado acreditativo del silencio                                      la normativa anterior, especialmente
             administrativo en caso de que éste sea                                         en el Real Decreto Ley 11/2021 y, en
             posterior al 1 de noviembre. En el caso                                        términos generales, también hasta
             de nuevos expedientes de regulación                                            el 28 de febrero del 2022.
             temporal de empleo, la solicitud colec-
             tiva deberá presentarse en el plazo de                                  5.2. Un statu quo que parece extenderse
             los quince días hábiles siguientes a la                                      hasta el 28 de febrero del 2022 con li-
             notificación de la resolución expresa                                        mitaciones a la actuación empresarial
             estimatoria de la autoridad laboral o                                        de semejante factura a las ya existen-
             a la del certificado acreditativo del si-                                    tes. Destacan, no obstante, todas las
             lencio administrativo. Por lo demás, las                                     medidas relacionadas con los nuevos
             empresas que desafecten a alguna o a                                         expedientes de regulación temporal de
             todas las personas trabajadoras debe-                                        empleo, con las nuevas exenciones
             rán comunicar a la entidad gestora la                                        de cotización y con las nuevas exigencias
             baja en la prestación de quienes dejen                                       sobre acciones formativas, que intentan
             de estar afectadas por las medidas de                                        combinar la necesidad de mantener este
             suspensión o reducción con carácter                                          instrumento suspensivo de la relación
             previo a su efectividad. También que-                                        contractual con la progresiva desafec-
             da prorrogado el Plan MECUIDA has-                                           tación de las personas trabajadoras de
             ta el 28 de febrero del 2020 junto con                                       los expedientes de regulación temporal
             otras ayudas y subsidios previstos en                                        de empleo vigentes.

Advertencia legal: Este boletín sólo contiene información general y no se refiere a un supuesto en particular. Su contenido no se puede considerar en
ningún caso recomendación o asesoramiento legal sobre cuestión alguna.
Para más información, consulte nuestra web www.ga-p.com, o diríjase al siguiente e-mail de contacto: info@ga-p.com.

Octubre 2021                                                                                                                                            9
También puede leer