Prórroga de ERTE y nuevos ERTE: exenciones de cotización vinculadas a la formación
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ANÁL ISIS Laboral Prórroga de ERTE y nuevos ERTE: exenciones de cotización vinculadas a la formación El Real Decreto Ley 18/2021, de 28 de septiembre (BOE de 29 de septiembre), de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, recoge, entre otras actuaciones, el VI Acuerdo Social en Defensa del Empleo (ASDE). En esta nueva normativa se prevé la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) vigentes, la tramitación de otros nuevos y ayudas tanto a las personas trabajadoras por cuenta ajena como, especialmente, a quienes trabajan por cuenta propia. Se aprovecha, a su vez, para prorrogar algunas de las limitaciones ya existentes (salvaguarda del empleo, transparencia fiscal o reparto de dividendos, entre otras). LOURDES LÓPEZ CUMBRE Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria Consejera académica de Gómez-Acebo & Pombo 1. Prórroga de ERTE vinculados a la crisis de- de empleo por fuerza mayor y de los rivada de la pandemia sometidos a peti- debidos a impedimento o limita- ción previa, no automática ciones de actividad), y de aquellos a los que resulte de aplicación el ar- 1.1. Como parte del título I del Real De- tículo 23 del Real Decreto Ley 8/2020, creto Ley 18/2021 en el que se recoge de 17 de marzo —BOE de 18 de mar- el VI Acuerdo Social en Defensa del Em- zo— (ERTE por causa económica, técni- pleo (arts. 1 a 7 de la citada norma), ca, organizativa y productiva), previa se reconoce la prórroga de los expe- solicitud de la empresa y no de forma dientes de regulación temporal de em- automática. pleo (ERTE) vigentes a fecha de 30 de septiembre del 2021 con base en lo A tal efecto, entre el 1 y el 15 de octu- dispuesto en los artículos 1 y 2 del Real bre del 2021, la empresa o entidad Decreto Ley 11/2021, de 27 de mayo titular deberá presentar la debida so- —BOE de 28 de mayo— (prórroga de licitud —acompañada de la documen- los expedientes de regulación temporal tación requerida— ante la autoridad Octubre 2021 1
laboral que autorizó o tramitó el ex- norma parte de la autorización, incluso pediente correspondiente. De no pre- aunque no exista resolución expresa, sentarse la solicitud acompañada de siempre que se presente la documen- dicha documentación dentro del plazo tación pertinente. Bien es cierto que, establecido, el expediente de regula- a diferencia de otras prórrogas, no se ción temporal de empleo se dará por establece aquí una dilación automá- finalizado y dejará de aplicarse desde tica, sino que requiere de la solicitud el 1 de noviembre del 2021. La docu- del empleador, que deberá, además, mentación consiste en una relación adjuntar la identificación de la plan- de las horas o días de trabajo suspen- tilla y de los centros que se mantienen didos o reducidos durante los meses afectados por los expedientes de re- de julio, agosto y septiembre del 2021 de gulación temporal de empleo corres- cada una de las personas trabajado- pondientes. La prórroga se extenderá ras, debidamente identificadas en re- hasta el 28 de febrero del 2022, consi- lación con cada uno de los centros de derándose dicho plazo como máximo trabajo. Si tales expedientes se hubie- y admitiendo que la empresa pueda ran debido a causas económicas, téc- solicitar una prórroga de duración nicas, organizativas o productivas menor. (art. 23 del Real Decreto Ley 8/2020), se adjuntará, además, un informe de 2. Nuevos ERTE por impedimento o limitación la representación de los trabajadores a la actividad y tránsito entre ambos con los que se negoció aquél. 2.1. Asimismo, se considera la situación de La autoridad laboral, sin perjuicio de las empresas y entidades afectadas dictar la correspondiente resolución, por nuevas restricciones y medidas de deberá remitir el expediente de regu- contención sanitaria vinculadas al lación temporal de empleo a la Inspec- coronavirus adoptadas por las auto- ción de Trabajo y Seguridad Social, a ridades competentes entre el 1 de no- los efectos que eventualmente proce- viembre del 2021 y el 28 de febrero dan. Dicha autoridad laboral habrá del 2022. de dictar su resolución en el plazo de diez días hábiles desde la presentación En tales supuestos y si se dieran dichas de la solicitud por parte de la empre- circunstancias, se podrá solicitar un ex- sa, resolución que será estimatoria y pediente de regulación temporal de prorrogará el mencionado expediente empleo por impedimento o limitacio- hasta el 28 de febrero del 2022 siempre nes a la actividad normalizada en los que efectivamente se haya presentado términos recogidos en el artículo 2 del la documentación requerida. En caso Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de de ausencia de resolución expresa, se septiembre (BOE de 30 de septiembre). entenderá estimada la solicitud de Estas empresas y entidades podrán be- prórroga. neficiarse, respecto de las personas trabajadoras adscritas y en alta en los 1.2. Obsérvese que se trata de una prórroga, códigos de cuenta de cotización de los no de una nueva concesión, por lo que la centros de trabajo afectados, de los 2 Octubre 2021
porcentajes de exención previstos para situación a la autoridad laboral deberán cada tipo de expedientes en este nue- presentar una declaración responsa- vo Real Decreto Ley 18/2021, siempre ble ante la Tesorería General de la Segu- que cumplan el resto de los requisitos ridad Social en los términos estableci- exigidos. En caso de ausencia de reso- dos en el artículo 2.3 del Real Decreto lución expresa, se entenderá estimada Ley 30/2020 (una declaración responsa- la solicitud de expediente de regula- ble relativa a cada código de cuenta de ción temporal de empleo de fuerza cotización y a cada mes de devengo); mayor. tal declaración habrá de ser suficiente para la aplicación de los porcentajes de Y no sólo eso, sino que las empresas exención correspondientes en función que obtengan la autorización perti- de la naturaleza impeditiva o limita- nente para aplicar un expediente de tiva de la situación de fuerza mayor en regulación temporal de empleo por la que se encuentre la empresa en cada impedimento o por limitaciones a la momento. La autoridad laboral tras- actividad normalizada o que hayan ladará dicha comunicación a la Inspec- recibido resolución estimatoria de la ción de Trabajo y Seguridad Social a solicitud de prórroga de un expedien- efectos del desarrollo de las acciones te por impedimento o de un expe- de control que se determinen sobre la diente por limitaciones a la actividad correcta aplicación de las exenciones normalizada podrán transitar de la si- en el pago de las cuotas de la Seguri- tuación de impedimento a la de limita- dad Social. ción y viceversa como consecuencia de las modulaciones en las restricciones 2.2. Se trata de una previsión de futuro que sanitarias adoptadas por las autorida- intenta abordar dos posibles situacio- des competentes, sin que sea precisa nes: la de las empresas que se vean la tramitación de un nuevo expedien- sorprendidas por nuevas restricciones te de regulación. No obstante, resulta- a partir del mes de noviembre y la de rán de aplicación en cada momento los aquellas otras que hayan solicitado y porcentajes de exoneración previstos obtenido la prórroga correspondiente a para estos tipos de expedientes en fun- un expediente de regulación temporal ción de la naturaleza impeditiva o limi- de empleo vigente. Ambas tienen un tativa de la situación de fuerza mayor en elemento común, a saber, la posibili- la que se encuentre la empresa. dad de transitar entre expedientes de regulación temporal de empleo de dis- Estas empresas cuya situación se haya tinta naturaleza —de impedimento o modificado deberán comunicar dicho de limitación y viceversa—, en virtud de cambio, la fecha de efectos y los centros nuevas restricciones sanitarias futuras, y personas trabajadoras afectados a la sin que sea necesaria una nueva trami- autoridad laboral que hubiese aproba- tación. Y con una sola condición —amén do el expediente de regulación tempo- de la ya existente sobre la presenta- ral de empleo y a la representación legal ción de una declaración responsable so- de los trabajadores. Las empresas que bre la situación real de la plantilla y cen- hayan comunicado dicho cambio de tros afectados por dicho expediente—: Octubre 2021 3
que las exenciones de la cotización a expedientes de regulación temporal de la Seguridad Social se ajusten, en cada empleo de las empresas siguientes: a) momento, tanto al expediente de re- empresas a las que se refieren los apar- gulación temporal de empleo como tados 1 y 2 de la disposición adicional a la regulación vigentes. primera del Real Decreto Ley 11/2021 —empresas pertenecientes a sectores 3. Exenciones en la cotización a la Seguridad con una elevada tasa de cobertura por Social expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recupe- 3.1. De acuerdo con lo dispuesto en el ar- ración de actividad— cuyo expediente tículo 4 del Real Decreto Ley 18/2021, se prorrogue conforme a lo estableci- los expedientes de regulación tempo- do en esta nueva normativa; b) empre- ral de empleo por limitaciones en la sas a las que se refiere la letra a del actividad normalizada podrán bene- apartado 2 de la disposición adicional ficiarse de los siguientes porcentajes primera del Real Decreto Ley 11/2021 de exención en la cotización a la Segu- que transiten, entre el 1 de octubre ridad Social: del 2021 y el 28 de febrero del 2022, de un expediente de regulación tempo- Para las empresas que hubieran teni- ral de empleo de fuerza mayor basa- do diez o más personas trabajadoras o do en las causas del artículo 22 del asimiladas a ellas en situación de alta Real Decreto Ley 8/2020 a uno de cau- en la Seguridad Social a 29 de febre- sas económicas, técnicas, organizati- ro del 2020, los porcentajes de exone- vas o de producción, y c) empresas que, ración de la aportación empresarial habiendo sido calificadas de depen- devengada en noviembre y diciembre dientes o integrantes de la cadena del 2021 y enero y febrero del 2022 se- de valor conforme a lo establecido rán distintos según desarrolle o no ac- en la disposición adicional primera ciones formativas para las personas del Real Decreto Ley 11/2021, transi- cuyo contrato de trabajo se suspenda ten, en el periodo comprendido entre o cuya jornada laboral se reduzca en el 1 de octubre del 2021 y el 28 de fe- el periodo indicado: a) el 40 % si no se brero del 2022, de un expediente de desarrollan tales acciones formativas, regulación temporal de empleo por y b) el 80 % si la empresa sí desarrolla causas de fuerza mayor basado en el ar- acciones formativas. Por su parte, las tículo 22 del Real Decreto Ley 8/2020 empresas que hubieran tenido menos de a uno por causas económicas, técnicas, diez personas en las condiciones antes organizativas o de producción. indicadas recibirán estas exoneracio- nes: a) el 50 % en el supuesto de que la Las empresas y entidades de cualquier empresa no desarrolle acciones forma- sector o actividad que tengan autori- tivas, y b) el 80 % si la empresa sí lo zados expedientes de regulación tem- hiciera. poral de empleo por impedimento en la actividad podrán beneficiarse, respec- También podrán beneficiarse de es- to de los trabajadores que tengan sus tos porcentajes de exoneración los actividades suspendidas en los centros 4 Octubre 2021
afectados, durante los periodos y en y declaración responsable se efectuase los porcentajes de jornada afecta- en un momento posterior a la última dos por la suspensión, de una exonera- solicitud del cálculo de la liquidación de ción del 100 % de la aportación empre- cuotas dentro del periodo de presenta- sarial devengada a partir del mes ción en el plazo reglamentario corres- de noviembre del 2021, durante el pe- pondiente, estas exenciones únicamente riodo de cierre, y hasta el 28 de fe- se aplicarán a las liquidaciones que se brero del 2022. presenten con posterioridad, pero no a los periodos ya liquidados. La comuni- Todas estas exenciones se aplicarán, cación y declaración responsable se respecto de las personas trabajadoras deberá efectuar, mediante la transmi- que tengan sus actividades suspendi- sión de los datos que establezca la Te- das entre el 1 de noviembre del 2021 y sorería General de la Seguridad Social, el 28 de febrero del 2022 y con relación a través del sistema de remisión electró- a los periodos y porcentajes de jornada nica de datos en el ámbito de la Seguri- afectados por la suspensión, al abono dad Social (sistema RED). de la aportación empresarial, así como al relativo a las cuotas por conceptos De conformidad con la disposición de recaudación conjunta. El procedi- adicional undécima del Real Decreto miento y requisitos para la aplicación Ley 18/2021, las exenciones en la cotiza- de estas exoneraciones de cuotas se- ción a la Seguridad Social establecidas rán los establecidos, con carácter ge- no tendrán efectos para las personas neral, en el artículo 2 del Real Decreto trabajadoras, en términos generales, Ley 30/2020. manteniéndose la consideración del periodo en que se apliquen como efec- Las exenciones las aplicará, por regla tivamente cotizado. Sin perjuicio de lo general, la Tesorería General de la Segu- previsto específicamente en esta nor- ridad Social a instancia de la empresa, mativa, la disposición adicional cuarta previa comunicación de la identifica- establece como requisito indispensable ción de las personas trabajadoras be- para la aplicación de las medidas ex- neficiadas por la acción formativa y del traordinarias en materia de cotización periodo de la suspensión o reducción y para el reconocimiento de las presta- de jornada. Dicha comunicación cons- ciones por desempleo la presentación, tituirá una declaración responsable del por parte de las empresas, de un listado compromiso de la empresa de realizar de los trabajadores afectados. las acciones formativas vinculadas a estas exenciones. Para que la exención 3.2. Característica permanente en las di- resulte de aplicación, esta comunicación ferentes prórrogas de los expedientes y declaración responsable se deberá de regulación temporal de empleo, la presentar antes de solicitar el cálculo de exoneración de la cotización se resuelve la liquidación de cuotas correspondiente aquí con porcentajes distintos según la al periodo de devengo de las primeras dimensión de la empresa y la naturaleza cuotas sobre las que tengan efectos di- del expediente. Esta medida intenta chas declaraciones. Si la comunicación promover la recuperación del contrato Octubre 2021 5
o de la jornada suspendido uno o re- de las personas trabajadoras afecta- ducida la otra por el expediente, a lo das por dichos expedientes de regu- que se añade ahora —tal y como se ex- lación. Se priorizarán las necesidades pondrá a continuación— el interés de formativas reales de las empresas y la empresa por actuar en la empleabi- de las personas trabajadoras, inclui- lidad de sus trabajadores por medio das las vinculadas a la adquisición de su formación continua. Estas exo- de competencias digitales y las que neraciones no afectarán, con carác- permitan su recualificación, aunque la ter general, a la protección social de actividad formativa no tenga una re- las personas trabajadoras y, en todo lación directa con la actividad laboral caso, están condicionadas por las desarrollada en la empresa. variaciones de los datos que presen- ten formal o realmente las empresas Dichas acciones se desarrollarán por afectadas. medio de cualquiera de los tipos de formación previstos en la Ley 30/2015, 4. Acciones formativas vinculadas a las exen- de 9 de septiembre (BOE de 10 de sep- ciones en la cotización a la Seguridad tiembre), sobre formación profesional Social para el empleo en el ámbito laboral. El plazo para la prestación efectiva 4.1. La gran novedad de este acuerdo y de las acciones formativas finalizará de la nueva regulación sobre los ex- el 30 de junio del 2022. El número mí- pedientes de regulación temporal de nimo de horas de formación que de- empleo se recoge en el artículo 3 del berá cumplir cada persona trabaja- Real Decreto Ley 18/2021 al relacionar dora por la que la empresa haya apli- los acuerdos suspensivos o de reduc- cado exenciones se establece en fun- ción de jornada con la formación de ción del tamaño de la empresa y a los trabajadores afectados. En esta partir de diez personas en plantilla. línea se reconoce que las exenciones Así, de diez a cuarenta y nueve traba- en la cotización estarán condiciona- jadores en la empresa, serán treinta das —como se expuso— por la realiza- horas y, en empresas de cincuenta o ción de las correspondientes acciones más, cuarenta horas. formativas por parte de las personas trabajadoras. Y, así, tanto las empresas Se trata de acciones formativas que cuyo expediente de regulación tempo- deberán desarrollarse durante la apli- ral de empleo sea prorrogado como cación de la reducción de la jornada o aquellas que se encuentren con uno de la suspensión del contrato en el ám- por situaciones limitativas deberán bito del expediente de regulación tem- desarrollar acciones formativas para poral de empleo o en el tiempo de tra- cada una de las personas afectadas bajo. En cualquier caso, deberán respe- por dicho expediente entre el 1 de no- tarse los descansos legalmente esta- viembre del 2021 y el 28 de febrero blecidos y el derecho a la conciliación del 2022. Tales acciones tendrán como de la vida laboral, personal y familiar. objetivo la mejora de las competen- La representación legal de las perso- cias profesionales y la empleabilidad nas trabajadoras, de existir, deberá 6 Octubre 2021
ser informada de las acciones formati- persona, c) de cincuenta o más perso- vas propuestas. nas, 320 euros por persona. Una vez transcurrido el periodo máximo 4.2. Se trata de una relación muy necesa- para la ejecución de las acciones for- ria entre quienes permanecen en un mativas, la Tesorería General de la Se- expediente de regulación temporal de guridad Social comunicará al Servicio empleo y su inversión en formación. Público de Empleo Estatal la relación Aun cuando la regulación no resuelve de las personas trabajadoras por las algunos interrogantes, particularmen- que las empresas se hayan aplicado te la relación entre esta «obligación» las exenciones correspondientes duran- empresarial con el «derecho» al permi- te el periodo comprendido entre el 1 de so retribuido de veinte horas anuales noviembre del 2021 y el 28 de febrero que posee toda persona trabajadora, del 2022. El Servicio Público de Empleo ex artículo 23.3 del Estatuto de los Tra- Estatal, por su parte, verificará que las bajadores, es ciertamente una apuesta acciones formativas se han llevado a firme para evitar la obsolescencia de cabo. De no poder comprobarse, se ini- quienes han visto afectado su trabajo ciarán los expedientes sancionadores y en estos últimos años por el efecto de la liquidatorios de cuotas que correspon- pandemia. Con todo, la empresa puede dan por la diferencia entre los importes actuar o no en esta línea, pues, como aplicados y los establecidos respecto ha podido comprobarse y aun cuando de cada uno de los trabajadores por en este precepto se apunte como una los que no se hayan realizado dichas obligación, la exención de la cotiza- acciones. Si la empresa acredita haber ción será mayor o menor según la di- puesto a disposición de los trabajado- mensión de la empresa, pero también res las acciones formativas, no estará en virtud de si la empresa inicia o no obligada al reintegro de las exenciones acciones formativas. Es una inversión cuando la persona trabajadora no las rentable si se tiene en cuenta que, a los haya realizado. créditos ya disponibles para tal actua- ción, se suman ahora las cuantías reco- Sin perjuicio de los beneficios en mate- gidas en esta nueva normativa por cada ria de exoneraciones previstos y de su persona trabajadora formada durante condicionamiento a la formación, las la vigencia del expediente de regula- empresas que formen a personas afec- ción temporal de empleo. tadas por expedientes de regulación temporal de empleo tendrán derecho 5. Prórroga de otras medidas vinculadas a un incremento del crédito para la fi- al ERTE nanciación de acciones de formación programada en la cantidad que se in- 5.1. De acuerdo con el artículo 5 de este nue- dica a continuación en función del ta- vo Real Decreto Ley 18/2021, las empre- maño de la empresa: a) de una a nueve sas que a fecha 31 de octubre del 2021 personas trabajadoras, 425 euros por estén aplicando un expediente de re- persona; b) de diez a cuarenta y nueve gulación temporal de empleo por fuerza personas trabajadoras, 400 euros por mayor podrán tramitar el del artículo 23 Octubre 2021 7
del Real Decreto Ley 8/2020 (por cau- c) Los límites y excepciones relaciona- sas económicas, técnicas, organizativas dos con las horas extraordinarias y productivas) durante la vigencia de y con las nuevas contrataciones y aquél. En este supuesto, la fecha de efec- externalizaciones a las que se re- tos de éste se retrotraerá a la fecha de fiere el artículo 7 del Real Decreto finalización del primero. Ley 30/2020; resultarán igualmen- te de aplicación a todos los expe- Por lo demás, se mantienen vigentes dientes de regulación temporal hasta el 28 de febrero del 2022: de empleo autorizados en virtud del Real Decreto Ley 18/2021. a) Los límites y previsiones rela- cionados con el reparto de di- d) Los artículos 2 (medidas de pro- videndos a los que se refiere el tección del empleo) y 5 (interrup- artículo 4 del Real Decreto Ley ción del cómputo de la duración 30/2020 en lo que concierne a máxima de los contratos tempo- todos los expedientes autoriza- rales) de la Ley 3/2021, de 12 de dos con anterioridad o en virtud abril (BOE de 13 de abril). de la presente norma a los que se apliquen las exoneraciones pre- Por su parte, la salvaguarda del em- vistas en esta nueva normativa. pleo será de aplicación según lo pre- Las Administraciones tributarias visto en el artículo 5 del Real Decreto proporcionarán a la Tesorería Ley 30/2020 en relación con los perio- General de la Seguridad Social dos anteriores y con el que se deriva la identificación de las empre- de los beneficios recogidos en la pre- sas que hayan incumplido este sente norma y de conformidad con los requisito respecto de las exencio- plazos correspondientes. nes aplicadas en cada uno de los años en los que las hayan aplica- Finalmente, tanto el artículo 6 como el do. Asimismo, la Tesorería Gene- artículo 7 de este Real Decreto Ley re- ral de la Seguridad Social pro- conocen la prórroga sobre la protección porcionará a las Administracio- por desempleo de las personas afecta- nes tributarias la relación de las das por un expediente de regulación empresas que se hayan aplica- temporal de empleo. No obstante, se do exenciones en la cotización. prevé que las empresas a las que se les autorice la prórroga de uno de estos b) Los límites y previsiones relaciona- expedientes conforme a lo previsto en dos con la transparencia fiscal a el Real Decreto Ley 18/2021 deberán los que se refiere el artículo 4 del formular, en términos generales, una Real Decreto Ley 30/2020 en re- nueva solicitud colectiva de prestaciones lación con todos los expedientes, por desempleo en el plazo de los quince autorizados con anterioridad o en días hábiles siguientes al 1 de noviembre virtud de esta nueva normativa y del 2021 o a la fecha de la notificación en los mismos términos que el su- de la resolución expresa de la autoridad puesto anterior. laboral que apruebe la prórroga o a la 8 Octubre 2021
del certificado acreditativo del silencio la normativa anterior, especialmente administrativo en caso de que éste sea en el Real Decreto Ley 11/2021 y, en posterior al 1 de noviembre. En el caso términos generales, también hasta de nuevos expedientes de regulación el 28 de febrero del 2022. temporal de empleo, la solicitud colec- tiva deberá presentarse en el plazo de 5.2. Un statu quo que parece extenderse los quince días hábiles siguientes a la hasta el 28 de febrero del 2022 con li- notificación de la resolución expresa mitaciones a la actuación empresarial estimatoria de la autoridad laboral o de semejante factura a las ya existen- a la del certificado acreditativo del si- tes. Destacan, no obstante, todas las lencio administrativo. Por lo demás, las medidas relacionadas con los nuevos empresas que desafecten a alguna o a expedientes de regulación temporal de todas las personas trabajadoras debe- empleo, con las nuevas exenciones rán comunicar a la entidad gestora la de cotización y con las nuevas exigencias baja en la prestación de quienes dejen sobre acciones formativas, que intentan de estar afectadas por las medidas de combinar la necesidad de mantener este suspensión o reducción con carácter instrumento suspensivo de la relación previo a su efectividad. También que- contractual con la progresiva desafec- da prorrogado el Plan MECUIDA has- tación de las personas trabajadoras de ta el 28 de febrero del 2020 junto con los expedientes de regulación temporal otras ayudas y subsidios previstos en de empleo vigentes. Advertencia legal: Este boletín sólo contiene información general y no se refiere a un supuesto en particular. Su contenido no se puede considerar en ningún caso recomendación o asesoramiento legal sobre cuestión alguna. Para más información, consulte nuestra web www.ga-p.com, o diríjase al siguiente e-mail de contacto: info@ga-p.com. Octubre 2021 9
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