Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.

Página creada Hermosa Farrés
 
SEGUIR LEYENDO
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia

                               En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

     REGISTRO DE EMPRESAS DEL SECTOR FORESTAL (RESFOR)

Este trámite ha de realizarse antes del 31 de marzo del presente. La presentación de la
comunicación (MR617E) sólo podrá hacerse por medios electrónicos, a través de la sede
electrónica de la Xunta de Galicia.

Cualquier duda al respecto póngase en contacto con la Asociación: 982.20.32.33.

                DECRETO 50/2014 DE APROVECHAMIENTOS MADEREROS Y RESFOR

    Artículo 52. Inscripción en el registro.
    1.     Los titulares de las empresas del sector forestal de Galicia presentarán la
           comunicación incluida en el anexo XIV para su inscripción en el RESFOR (MR617E).
    2.     La presentación de la comunicación a la que hace referencia este artículo se realizará
           únicamente por medios electrónicos a través del aplicativo disponible en la sede
           electrónica de la Xunta de Galicia.

    Artículo 53. De la comunicación anual de los datos.
    1. Las entidades inscritas en el RESFOR deben comunicar anualmente a la Administración
         forestal, a efectos estadísticos, la información relativa a su actividad.

    2. A estos efectos deben presentar antes de la finalización del primer trimestre de cada
         año, en este caso, 31/03/2016, la comunicación conforme al anexo XIV (MR617E)
         respecto de los datos de:

             a) Consumo y producción comercializada en unidades de volumen, peso o número
                 de unidades.
             b) El número de personas empleadas del ejercicio anterior.

    Disposición adicional segunda. Del sistema de diligencia debida de manera individual

    El Reglamento (UE) de la Madera, 995/2010, tiene por objeto garantizar que sólo circule
por la Unión Europea madera de origen legal, y para ello establece distintas obligaciones a los
agentes y comerciantes. El EUTR obliga al agente a implantar un Sistema de Diligencia Debida.

                                                 2/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

    El sistema de diligencia debida consiste en la obligación impuesta a los agentes de realizar
un ejercicio de gestión del riesgo que permita reducir al mínimo el peligro de comercialización
en la UE de madera aprovechada ilegalmente.

    Los comerciantes serán capaces de identificar en toda la cadena de suministro:

        •   A los agentes y comerciantes que hayan suministrado la madera y los productos de
            la madera, y
        •   Cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y
            productos de la madera.

    Los comerciantes conservarán la información mencionada durante al menos cinco años y
se les facilitarán a las autoridades competentes en caso de que la soliciten.

    Las autoridades competentes realizarán controles para comprobar si los agentes cumplen
con lo definido anteriormente.

    **Aquellos agentes inscritos en el Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia y
que comercialicen madera o productos derivados de la madera podrán optar por desarrollar su
sistema de diligencia debida de manera individual conforme el artículo 104 de la Ley 7/2012,
de 28 de junio, de montes de Galicia.

    A estos efectos, deberán comunicar tal decisión al órgano competente presentando una
declaración responsable, insertada en el anexo XIV.

                                              3/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

NOTAS:

   •     El cumplimiento del deber de comunicación anual de los datos constituye un requisito
         previo imprescindible para que las empresas e industrias forestales puedan acogerse a
         los beneficios derivados de los programas de modernización y promoción, así como
         ayudas, subvenciones, préstamos y avales que puedan establecer o tramitar los
         departamentos de la Xunta de Galicia.

         EJEMPLO: AYUDAS A INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS FORESTALES, PROCESADO,
         MOVILIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES (FEADER) 2016.

   •     Aquellas empresas con domicilio social fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia,
         pero que realicen operaciones de comercialización de madera (compra-venta) dentro
         de la comunidad gallega, tendrán que inscribirse y comunicar los datos de dichas
         operaciones en el RESFOR.

                                              4/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

       GUÍA ORIENTATIVA PARA LA INSCRIPCIÓN Y COMUNICACIÓN ANUAL DE DATOS AL
                  REGISTRO DE EMPRESAS DEL SECTOR FORESTAL (RESFOR)

A.- INSCRIPCIÓN EN EL RESFOR:

    Para la inscripción en el RESFOR, el Decreto 50/2014 no establece un plazo concreto, no
siendo así para el caso de la comunicación anual de datos, para la cual se establece como
período para su realización el primer trimestre de cada año, ANTES DEL 31 DE MARZO.

    El modelo de procedimiento para la inscripción y para la comunicación es el mismo, se trata
del Anexo XIV o procedimiento MR617E. Al presentar la comunicación anual de datos ya se está
llevando a cabo la inscripción, de forma simultánea.

        1.- ACCESO AL PROCEDIMIENTO:

    Presentación telemática del procedimiento MR617E: https://sede.xunta.es/detalle-
procedemento?codCons=MR&codProc=617E&procedemento=MR617E

        2.- INICIAR PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA EN LA SEDE:

    Para iniciar la presentación telemática hay que contar con alguno de los certificados
admitidos   en    la   Sede,   que    se   pueden      consultar   en    el   siguiente   enlace:
https://sede.xunta.es/sinatura-e-certificacions-electonicos-admitidos o con el sistema “Chave
365”. Para darse de alta en este servicio puede consultar el siguiente enlace:
https://sede.xunta.es/chave365

                                             5/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

       3.- DATOS INICIALES:

   •   Si la empresa ya tiene registrados uno o varios establecimientos en el RESFOR ->
       MARCAR CASILLA Y PULSAR BOTÓN DE “CONTINUAR”.

       Es necesario introducir el número de Registro del RESFOR (8 dígitos):

NOTA: Aquellas empresas que estén dadas de alta en el RESFOR y no dispongan del número de
registro, pueden solicitarlo enviando un correo electrónico a carlos.gonzalez.andres@xunta.es
o llamando al 981.54.61.29. También pueden gestionar la solicitud del número de registro a
través de la Asociación en el 982.20.32.33 o info@lugomadera.es.

   •   Si la empresa no tiene registrado ningún establecimiento previo -> NO MARCAR LA
       CASILLA Y PULSAR BOTÓN DE “CONTINUAR”.

                                             6/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

    •   PAÍS DE EMPRESA: ESPAÑA

    •   NIF EMPRESA

    •   DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: se ha de utilizar el buscador         para cargar el respectivo
        CNAE de la actividad principal (Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009).

Los CNAE más comunes asociados a la actividad pueden ser:

EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”

    0210 Selvicultura y otras actividades forestales.
    0220 Explotación de la madera.
    0240 Servicios de apoyo a la selvicultura.

    4673 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.

EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” u “OTRAS ACTIVIDADES”

    1610 Aserrado y cepillado de la madera.
    1621 Fabricación de chapas y tableros de madera.
    1622 Fabricación de pisos de madera ensamblados.
    1623 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para
    la construcción.
    1624 Fabricación de envases y embalajes de madera.

    4673 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.

    •   Una vez seleccionado el CNAE de la actividad principal -> BOTÓN DE “CONTINUAR”

NOTA: Por defecto saldrán marcadas las casillas “División A” del Registro Industrial de Galicia y
“División I” del Registro Forestal de Galicia.

                                              7/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

NOTA: La inscripción en el Registro Industrial de Galicia (RIGA) pasa a ser voluntaria desde la
publicación del Decreto 37/2015, do 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del
Registro Industrial de Galicia (DOG nº 60, de 30 de marzo de 2015). Sin embargo:

    • Es requisito OBLIGATORIO inscribir las instalaciones sujetas a Reglamentos de
        Seguridad Industrial incluidas en el establecimiento, mostradas en la siguiente página**.
        Por tanto, es recomendable que aquellos que no estén inscritos en el Registro
        Industrial de Galicia REALICEN SU INSCRIPCIÓN A TRAVÉS DEL RESFOR.

        Se dejará marcada la casilla “División A” y procederán a su inscripción en el RIGA.

    •   Es requisito OBLIGATORIO para concurrir a ciertas subvenciones (por ejemplo, las
        Ayudas a Inversiones en Tecnologías Forestales, Procesado, Movilización y
        Comercialización de Productos Forestales FEADER 2016) la condición de estar inscrito
        en el Registro Industrial de Galicia. Por tanto, aquellas empresas con instalaciones fijas
        que quieran tener acceso a este tipo de ayudas, dejarán marcada la casilla “División A”
        y procederán a su inscripción también en el RIGA.

EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”
    •   Si la empresa no quiere darse de alta en el RIGA, habría que desmarcar la casilla
        “División A” del Registro Industrial de Galicia y marcar “Sen Inscripción”. En el caso del
        Registro Forestal de Galicia se dejaría marcado “División I” y BOTÓN “CONTINUAR”.

EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” o “MIXTAS (REMATANTE Y ASERRADERO)”

    •   Si la empresa quiere inscribirse en el RIGA, habría que dejar marcado la casilla “División
        A” del Registro Industrial de Galicia, declarar la provincia del establecimiento y en el
        Registro Forestal de Galicia se dejaría marcado “División I” y BOTÓN “CONTINUAR”.

                                              8/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

   **Las instalaciones sujetas a Reglamentos de Seguridad Industrial, y por tanto, OBLIGADAS
A REGISTRARSE en el RIGA, son las contempladas en la siguiente relación:

                  INSTALACIÓNS SUXEITAS A REGULAMENTOS DE SEGURIDADE INDUSTRIAL
            EQUIPOS A PRESION (CALDEIRAS)                 INSTALACIÓNS ELECTRICAS DE BAIXA TENSIÓN
    EQUIPOS A PRESION (DEPÓSITOS CRIOXÉNICOS)                    INSTALACIÓNS FRIGORÍFICAS
   EQUIPOS A PRESION (RESTO DE INSTALACIONES)                INSTALACIÓNS TÉRMICAS DE EDIFICIOS
         APARATOS ELEVADORES (ASCENSORES)               INSTALACIÓNS DE PROTECCIÓN FRONTE INCENDIOS
    APARATOS ELEVADORES (GUINDASTRES TORRE)          INSTALACIÓNS RADIOACTIVAS DE 2 OU 3 CATEGORÍA
                                                           INST. DE ALMACENAMENTO DE PRODUTOS
   APARATOS ELEVADORES (GUINDASTRE MÓBILES
                                                        PETROLÍFEROS PARA O SEU CONSUMO NA PROPIA
              AUTOPROPULSADOS)
                                                                        INSTALACIÓN
   ALMACENAMMIENTO DE PRODUCTOS QUIMICOS            INST. DE RAIOS X CON FINS DE DIAGNOSTICO MÉDICO
  GASES COMBUSTIBLES (INSTALACIONS RECEPTORAS)      INST. DE ALMACENAMENTO PARA O SUBMINISTRO DE
  GASES OMBUSTIBLES (ALMACENAMIENTO DE GLP)                COMBNUSTIBLE A VEHÍCULOS PROPIOS.

       INSTALACIÓNS ELECTRICAS DE ALTA TENSIÓN                      ACCIDENTES GRAVES

EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”:

   •      DATOS DEL DECLARANTE Y REPRESENTANTE (en el caso de que la inscripción se haga
          en nombre de alguien).

   •      DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN: no es necesario si coincide con el anterior.

   •      DATOS DE LA EMPRESA

   •      DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: especificar CNAE principal y secundarios.

   •      TIPO DE COMUNICACIÓN

EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” o “MIXTAS”:

   •      DATOS DEL DECLARANTE Y REPRESENTANTE (en el caso de que la inscripción se haga
          en nombre de alguien).

   •      DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN: no es necesario si coincide con el anterior.

   •      DATOS DE LA EMPRESA

   •      DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: especificar CNAE principal y secundarios.

   •      TIPO DE COMUNICACIÓN

                                                 9/25
Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

•   DATOS A CUBRIR POR LAS EMPRESAS DE LA DIVISIÓN A DEL REGISTRO INDUSTRIAL DE
    GALICIA (RIGA): las empresas que se estén dando de alta por primera vez en el RIGA
    tendrán que cumplimentar todos los datos de este apartado. Aquellas que ya estén
    dadas de alta en el RIGA, pueden modificar sus datos previamente declarados, los cuales
    aparecerán volcados en el aplicativo.

                                         10/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

                            11/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

                            12/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

                            13/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

B.- COMUNICACIÓN ANUAL DE DATOS RESFOR:

EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”:

         •   La persona declarante o representante declara:

                 −   Que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos y
                     corresponden a la anualidad 2015.

                 −   Marcar la casilla correspondiente conforme que cumples con los
                     requisitos establecidos en la normativa comunitaria respecto del
                     Sistema de Diligencia Debida (Empresas División I).

         •   Datos a cubrir por las empresas de la División I:

                 −   PRODUCTOS EMPLEADOS: en este apartado no se declara NADA.

                 −   PRODUCTOS FINALIZADOS: en este apartado se han de declarar
                     aquellos m3/t/kg de rollizo, rolla, puntal, biomasa, etc. que se han
                     finalizado tras el aprovechamiento maderero.

                 −   PRODUCTOS COMERCIALIZADOS: en este apartado se han de declarar
                     aquellos m3/t/kg de los productos anteriormente citados que ya han
                     sido facturados en el 2015.

                     *GENERALMENTE, PARA EL CASO DE REMATANTES, PRODUCTOS
                     COMERCIALIZADOS Y FINALIZADOS COINCIDEN.

                                          14/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

(1) Clasificación nacional de productos por actividades (CPA 2008). Seis dígitos. Estos códigos
CPA 2008 se pueden consultar en el Anexo adjunto. Los códigos CPA más comunes
correspondientes son:
                         CNAE 02.10 Selvicultura y otras actividades forestales.
                                         021011 Árboles forestales vivas.
                                          021012 Semillas forestales.
                                          021020 Servicios de viveros forestales.
                                          021030 Árboles forestales.
                         CNAE 02.20 Explotación de la madera.
                                          022011 Troncos de coníferas.
                                          022012 Troncos, excepto de coníferas e maderas tropicales.
                                          022013 Troncos de maderas tropicales.
                                          022014 Leña.
                         CNAE 02.40 Servicios de apoyo a la selvicultura.
                                        024010 Servicios de apoyo a la selvicultura.
                         CNAE 46.73 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.
                                       467311 Servicios de comercio al por mayor de madera en bruto.
                                          467312 Servicios de comercio al por mayor de productos de primera
                                          transformación de la madera.

    (2) Productos empleados, almacenados y/o comercializados que deben corresponderse a la
nomenclatura CPA y NC que figura en cada tabla.
    (3) Código de la nomenclatura combinada del producto (al menos 4 dígitos) según lo
establecido en el anexo del Reglamento UE número 995/2010 (EUTR). Estos códigos NC se
pueden consultar en el Anexo adjunto.
    (4) Cantidad comercializada en el año precedente expresada en volumen (m3), peso (Tm) o
número de unidades.
    (5) Lugar de aprovechamiento de la madera o producto derivado de la madera que da lugar
al producto comercializado: España, resto da Unión Europea, fuera de la Unión Europea (indicar
país y si fuera posible región).
    (6) Marcar si más del 70% del producto comercializado presenta Certificado de Cadena de
custodia (CdC) y/o Certificado de legalidad de origen (CL).
                                             15/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

•   Pertenezco a una Asociación Empresarial de Ámbito Forestal o de la madera:

       Se declara y marca SI: Asociación Provincial de Empresarios de la
       1ªTransformación de la Madera de Lugo.

•   Datos a cubrir por todas las empresas:

       −   Certificaciones, Acreditaciones y Clasificaciones Empresariales.

       Se especificarán aquellas certificaciones, acreditaciones, clasificaciones de
       la empresa orientadas a gestión de calidad, gestión ambiental, seguridad y
       salud en el trabajo, certificaciones tipo: ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001,
       CDC FSC y/o PEFC, GFS FSC y/o PEFC, etc.

       −   Empleo.
       Se han de declarar el número de puestos de trabajo existentes en la
       empresa, hombres y mujeres. Se hará en base a la categoría profesional
       según se establece en la Clasificación Nacional de Ocupaciones (2011).

       Esto se puede consultar en el Anexo adjunto correspondiente.

                                 16/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO”:

         • La persona declarante o representante declara:

                −   Que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos y
                    corresponden a la anualidad 2015.

                −   Marcar la casilla correspondiente conforme que cumples con los
                    requisitos establecidos en la normativa comunitaria respecto del
                    Sistema de Diligencia Debida (Empresas División I).

        •   Datos a cubrir por las empresas de la División I:

                −   PRODUCTOS EMPLEADOS: en este apartado se ha de declarar la
                    materia prima (madera en bruto) a partir de la cual se elaboran los
                    diferentes productos finalizados (tabla, tablón, rastrel, duela, etc.).

                −   PRODUCTOS FINALIZADOS: en este apartado se han de declarar
                    aquellos m3/t/kg de productos elaborados, fruto del proceso productivo
                    (de transformación): tabla, tablón, rastrel, duela, etc.

                −   PRODUCTOS COMERCIALIZADOS: en este apartado se han de declarar
                    aquellos m3/t/kg de los productos anteriormente citados, finalizados,
                    que ya han sido facturados en el 2015.

                                         17/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

Clasificación nacional de productos por actividades (CPA 2008). Seis dígitos. Estos códigos CPA
2008 se pueden consultar en el Anexo adjunto.

                       CNAE 16.10 Aserrado y cepillado de la madera.
                                161010 Madera aserrada o cortada longitudinalmente, cortada en hojas o descortezada,
                                de un espesor superior de 6 mm; traviesas de madera durmientes sin impregnar para
                                vía férrea.
                                161021 Madera con librado continuo a lo largo de cualquiera de sus bordes o caras
                                (incluidas las tablillas y frisos para parqués sin ensamblar, listones y molduras).
                                161022 Lana (viruta) de madera; harina de madera.
                                161023 Madera en astillas o partículas.
                                161031 Madera en bruto, tratada con pintura, colorantes, creosota u otros
                                preservativos.
                                161032 Traviesas de madera durmientes impregnada para vías férreas.
                                161039 Otros tipos de madera en bruto, incluidos rodrigones y estacas.
                                161091 Servicios de secado, impregnación o tratamiento químico de la madera.
                                161099 Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de madera
                                aserrada y cepillada.

                       CNAE 16.21 Fabricación de chapas y tableros de madera.
                                162111 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, de
                                bambú.
                                162112 Otros tipos de madera contrachapada, tableros de madera chapada y formas
                                similares de madera laminada.
                                162113 Tableros de partículas y tableros similares de madera u otras materias leñosas.
                                162114 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas.
                                162121 Láminas de chapa de madera, madera para contrachapado y otras maderas
                                aserradas longitudinalmente, rebanadas o desenrolladas, de un grosor inferior o igual a
                                6 mm.
                                162122 Madera densificada en bloques, planchas, tablas o perfiles.
                                162191 Servicios de acabado de tableros y paneles.
                                162199 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de chapas
                                de tableros de madera.

                       CNAE 16.22 Fabricación de pisos de madera ensamblados.
                                162210 Tableros para suelos de madera ensamblados.
                                162299 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de suelos
                                de madera ensamblados.

                        CNAE 16.23 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería
                   para la construcción.
                                   162311 Ventanas, balcones y sus marcos, puertas y sus marcos y umbrales, de madera.
                                   162312 Encofrados para obras de construcción de hormigón, tablillas y ripias, de
                                   madera.
                                   162319 Carpintería de madera para edificios y construcción n.c.o.p.
                                   162320 Construcciones prefabricadas de madera.
                                   162399 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otras
                                   estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción.

                       CNAE 16.24 Fabricación de envases y embalajes de madera.
                                162411 Paletas, paletas caja y otras plataformas de carga de madera.
                                162412 Barriles y otros productos de tonelería, de madera.
                                162413 Otros envases y embalajes de madera y sus partes correspondientes.
                                162499 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de envases
                                y embalajes de madera.

                        CNAE 46.73 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos
                   sanitarios.
                                 467311 Servicios de comercio al por mayor de madera en bruto.
                                 467312 Servicios de comercio al por mayor de productos de primera transformación de
                                 la madera.

                                                   18/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

•   Pertenezco a una Asociación Empresarial de Ámbito Forestal o de la madera:

       −   Se declara y marca SI: Asociación Provincial de Empresarios de la
           1ªTransformación de la madera de Lugo.

•   Datos a cubrir por todas las empresas:

       −   Certificaciones, Acreditaciones y Clasificaciones Empresariales.
       Se especificarán aquellas certificaciones, acreditaciones, clasificaciones de
       la empresa orientadas a gestión de calidad, gestión ambiental, seguridad y
       salud en el trabajo, certificaciones tipo: ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001,
       CDC FSC y/o PEFC, GFS FSC y/o PEFC, etc.

       −   Empleo.
       Se han de declarar el número de puestos de trabajo existentes en la
       empresa, hombres y mujeres. Se hará en base a la categoría profesional
       según se establece en la Clasificación Nacional de Ocupaciones (2011).

       Esto se puede consultar en el Anexo adjunto correspondiente.

                                 19/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

C.- FINALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN-COMUNICACIÓN DE DATOS:

Una vez cumplimentados todos los datos necesarios, se puede proceder a Guardar el
BORRADOR en la Carpeta del Ciudadano de la Sede Electrónica de la Xunta -> BOTÓN DE
“GUARDAR”, o directamente, proceder a su presentación telemática -> BOTÓN DE
“PRESENTAR”.

A continuación se abre una pantalla que posibilita el anexado de documentación
complementaria, en el caso de que sea necesario. Una vez subida la documentación, se
deberá pulsar en el BOTÓN DE “CONTINUAR”.

                                           20/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

La siguiente pantalla que aparece es la de la firma electrónica de los documentos para
su presentación telemática. Se debe clicar el BOTÓN DE “FIRMAR Y ENVIAR” de cara a
proceder a la finalización del procedimiento.

Puede ocurrir que en función del certificado electrónico instalado, aparezca alguna
nueva ventana emergente que puede solicitar:

   •   Permiso a un fichero determinado: MARCAR “SÍ”.

                                            21/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

•   Ejecutar una aplicación relacionada con la firma electrónica: pulsar en el BOTÓN
    “EJECUTAR” y “ACEPTAR” los archivos relacionados que puedan aparecer.

                                        22/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

Finalmente aparecerá una pantalla que indicará que la “SOLICITUD FUE PRESENTADA
CORRECTAMENTE” en el Registro Electrónico de la Xunta de Galicia con el número
XXXX/XXXXX y ofrecerá un enlace en el que consultar el documento presentado y el
justificante de entrega correspondiente, con el cual la empresa puede justificar la
condición de estar inscrito y/o tener comunicados los datos anuales al RESFOR.

IMPORTANTE: IMPRIMIR Y GUARDAR TANTO LA SOLICITUD COMO EL JUSTIFICANTE
TELEMÁTICO DE PRESENTACIÓN.

La Administración posteriormente procederá a otorgar un número de REGISTRO
específico para cada empresa vía correo postal o e-mail.

NOTA: En las últimas inscripciones de empresas en el RESFOR, en este año,
posteriormente al registro telemático, se recibe en el correo electrónico aportado por
la empresa en el formulario una notificación de la Consellería de Medio Rural con la
fecha y número de REGISTRO, tal y como se muestra en el siguiente pantallazo:

                                            23/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

                             ***NOTAS ACLARATORIAS***

A la hora de la comunicación anual de datos y declaración de los productos
empleados, finalizados o comercializados, prestar especial atención a las
cantidades declaradas y expuestas, puesto que puede ser objeto de una
auditoría/inspección posterior con motivo del cumplimiento de la normativa
europea respecto del Sistema de Diligencia Debida.

A la hora de declarar productos empleados, finalizados o comercializados,
establecer la unidad en la que se declaran los mismos, metros cúbicos (m3),
toneladas (t) o kilogramos (kg).

A la hora de declarar los siguientes CPA de producto, saber:

       -         022011 Troncos de coníferas: género Pinus (P. pinaster – marítimo,
       resinero, P. radiata – insigne, de Monterrey, P. sylvestris – silvestre, albar, P.
       pinea - piñonero, manso…), género Pseudotsuga (P. menziessi- abeto de
       Douglas, pino de Oregón), etc.

       -         022012 Troncos, excepto de coníferas y maderas tropicales: especies
       Frondosas del Anexo 1 y género Eucalyptus Sp (E. globulus, E. nitens, E.
       camaldulensis, etc).

                          Frondosas ANEXO 1

                 Ameneiro: Alnus glutinosa (L.) Gaetrn.
                 Pradairo: Acer pseudoplatanus L.
                 Bidueiro: Betula sp.
                 Freixo: Fraxinus excelsior L.
                 Freixa: Fraxinus angustifolia Vahl.
                 Castiñeiro: Castanea sativa Mill.
                 Castiñeiro híbrido: Castanea x híbrida (resistente tinta)
                 Cerdeira: Prunus aviun L.
                 Carballo: Quercus robur L.
                 Cerquiño: Quercus pyrenaica Will.
                 Sobreira: Quercus suber L.

                                         24/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016

             Carballo albar: Quercus petraea (Matts) Liebl.
             Aciñeira: Quercus ilex L. ssp. ballota (Desf.) Samp.
             Abeleira: Corylus avellana L.
             Faia: Fagus sylvatica L.
             Umeiro: Ulmus glabra Huds.
             Ulmus minor Miller.
             Loureiro: Laurus noblilis L.
             Sorbeira do monte: Sorbus aria L.
             Capudre: Sorbus aucuparia L.
             Nogueira: Juglans regia L.
             Érbedo: Arbutus unedo L.

   -         022013 Troncos de maderas tropicales: Iroko, Jatoba, Sapelli, Teca,
   Wengue, etc.

   -         022014 Leña.

Se adjunta al presente Documento:

   -         ANEXO XII.- LISTA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (CNAE).

   -         ANEXO XIII. LISTA DE PRODUCTOS FORESTALES (CPA 08).

   -         ANEXO NOMENCLATURA COMBINADA (NC).

   -         ANEXO CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES (2011).

                                        25/25
DOG Núm. 86                              Mércores, 7 de maio de 2014                                     Páx. 20649

                                                                                   ANEXO XII
                                                     Lista de actividades económicas para os efectos establecidos no artigo 48
                                                 Código                                                       Denominación

                                                  01.29   *   Outros cultivos perennes

                                                  01.42   *   Explotación doutro gando bovino e búfalos

                                                  01.43   *   Explotación de cabalos e outros equinos

                                                     *   Explotación de gando ovino e cabrún

                                                     *   Explotación de gando porcino

                                                  01.49   *   Outras explotacións de gando

                                                     *   Tratamento de sementes para reprodución

                                                  01.70   *   Caza, captura de animais e servizos relacionados

                                                  02.10       Silvicultura e outras actividades forestais

                                                  02.20       Explotación da madeira

                                                  02.30       5HFROHFFLyQGHSURGXWRVVLOYHVWUHVVDOYRPDGHLUD

                                                  02.40       Servizos de apoio á silvicultura

                                                         Serradura e cepilladura da madeira

                                                         Fabricación de chapas e taboleiros de madeira

                                                         Fabricación de pisos de madeira ensamblados

                                                         Fabricación doutras estruturas de madeira e pezas de carpintaría e ebanistería para a construción

                                                         Fabricación de envases e embalaxes de madeira

                                                         Fabricación doutros produtos de madeira; artigos de cortiza, cestaría e espartaría

                                                  17.11       Fabricación de pasta papeleira

                                                  17.12       Fabricación de papel e cartón

                                                  17.21       Fabricación de papel e cartón ondulados; fabricación de envases e embalaxes de papel e cartón

                                                  17.22       Fabricación de artigos de papel e cartón para uso doméstico, sanitario e hixiénico

                                                  17.23       Fabricación de artigos de papelaría
CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435

                                                  17.24       Fabricación de papeis pintados

                                                  17.29       Fabricación doutros artigos de papel e cartón

                                                  31.01   *   )DEULFDFLyQGHPREOHVGHR¿FLQDHGHHVWDEOHFHPHQWRVFRPHUFLDLV

                                                  31.02   *   Fabricación de mobles de cociña

                                                  31.09   *   Fabricación doutros mobles

                                                     *   Comercio por xunto de madeira, materiais de construción e aparellos sanitarios

                                                  71.12   *   Servizos técnicos de enxeñaría e outras actividades relacionadas co asesoramento técnico

                                                  71.20   *   Ensaios e análises técnicas

                                                  74.90   *   2XWUDVDFWLYLGDGHVSURIHVLRQDLVFLHQWt¿FDVHWpFQLFDVQFQ

                                                  * Aplicación da comunicación de datos só cando operen con recursos ou produtos fores-
                                                WDLVHVSHFL¿FDGRVQRDQH[R;,,,

                                                                          ISSN1130-9229      Depósito legal C.494-1998    http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia
DOG Núm. 86                               Mércores, 7 de maio de 2014                                 Páx. 20650

                                                                                      ANEXO XIII
                                                     !"#$%&'%()*&+#*"%,*)'"#$!"%"'-+.&*%$%/0$"!1/$/!2.%.$/!*.$0%&'%()*&+#*"%(*)%
                                                                                 actividades (CPA 08)

                                                Código                                                       Título

                                                 !!"#    Cogomelos e trufas

                                                 !$%!& Outras bagas e froitos do xénero Vaccinium n.c.ou.p.

                                                 !$%$    Sementes de froitos

                                                 !$%"$ Castañas

                                                 !$%"% Noces

                                                012920 Árbores de nadal, cortados

                                                014212 Xatos vivos de bovinos e búfalos

                                                014310 Cabalos e outros equinos vivos

                                                 !'%!!   Gando ovino vivo

                                                 !'%!$ Gando caprino vivo

                                                 !'(!    Gando porcino vivo

                                                014921 Mel natural

                                                 !('!    Servizos de tratamento de sementes para reprodución

                                                017010 Servizos relativos á caza e captura de animais

                                                021011   Árbores forestais vivas

                                                021012 Sementes forestais

                                                021020 Servizos de viveiros forestais

                                                021030 Árbores forestais
CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435

                                                022011   Troncos de coníferas

                                                022012 Troncos, excepto de coníferas e madeiras tropicais

                                                022013 Troncos de madeiras tropicais

                                                022014 Leña

                                                023011   Balata, gutapercha, guaiule, chicle e gomas naturais análogas

                                                023012 Goma laca, bálsamos e outras gomas e resinas naturais

                                                023020 Cortiza natural en bruto ou simplemente preparado

                                                023030 )*+,-./0-/12*3,*.4/5-+6*.4/78.9:/-/2;
DOG Núm. 86                              Mércores, 7 de maio de 2014                                     Páx. 20651

                                                Código                                                       Título

                                                         >*0-;+*/.-++*0*/:8/?:+,*0*/2:3@;,80;3*27-3,-4/?:+,*0*/-3/A:22*./:8/-.?*.?*0*4/083/-.1-.:+/.81-+;:+/0-/(/77B/
                                                !(! !
                                                         travesas de madeira dormentes sen impregnar para vía férrea

                                                         >*0-;+*/?:3/2;6+*0:/?:3,;38:/*:/2:39:/0-/?*2
DOG Núm. 86                               Mércores, 7 de maio de 2014                                      Páx. 20652

                                                Código                                                         Título

                                                !($'&& Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de envases e embalaxes de madeira

                                                         Ferramentas, monturas e mangos de ferramentas, monturas e mangos de cepillos ou vasoiras, bloques para
                                                !($&!!
                                                         fabricar cachimbas de fumar e formas e alargadores para botas e zapatos, de madeira

                                                !($&!$ Servizos de mesa e utensilios de cociña, de madeira

                                                         Madeira con traballo de marquetería e taracea, cofres e estoxos para xoias ou coitelarías e artigos de madeira
                                                !($&!"
                                                         similares, estatuiñas e outros adornos, de madeira

                                                !($&!' Marcos de madeira para cadros, fotografías, espellos ou obxectos similares, e outros artigos de madeira

                                                         Cortiza natural, co líber desbastado ou escuadrado simplemente, ou en bloques, pranchas, follas ou tiras
                                                !($&$!
                                                         rectangulares; cortiza triturada, granulada ou moída; desperdicios da cortiza

                                                !($&$$ Artigos de cortiza natural

                                                !($&$" Bloques, pranchas, follas e tiras, baldosas de calquera forma, cilindros sólidos de cortiza aglomerada

                                                !($&$' Cortiza aglomerada; artigos de cortiza aglomerado n.c.n.

                                                !($&$% Artigos de palla, esparto ou doutros materiais trenzables; cestaría e traballo do vimbio

                                                !($&&! Servizos de preparación de madeira, cortiza, cestaría e espartaría

                                                         Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación doutros produtos de madeira, cortiza, cestaría
                                                !($&&&
                                                         e espartaría

                                                171111   Pasta química de madeira para disolver

                                                171112   Pasta química de madeira, á sosa ou ao sulfato, salvo a pasta para disolver

                                                171113   )*.,*/
DOG Núm. 86                                 Mércores, 7 de maio de 2014                                       Páx. 20653

                                                Código                                                          Título

                                                171241 Papel kraft sen revestir; papel kraft para sacos, rizado ou encartado

                                                         )*1-2/.82=,:/1*+*/-3O:2O-+/-/:8,+:/,;1:/0-/1*1-2/.-3/+-O-.,;+4/.*2O:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./
                                                171242
                                                         =3./9+L=?:.

                                                171243 )*1-2/-/?*+,G3/=2,+:B/1*1-2/A-2,+:

                                                171244 Papel de fumar, cortado ou non ao tamaño adecuado, en libriños ou tubos

                                                !T!$%! Cartón gris sen revestir

                                                !T!$%& Outro tipo de cartón sen revestir

                                                         Pergameo vexetal, papel impermeable á graxa, papel de calco, papel vexetal e outros papeis transparentes ou
                                                !T!$(
                                                         translúcidos

                                                171271 )*1-2/-/?*+,G3/7;@,:/.-3/+-?86+;+/3*/.J*/.81-+=?;-/3;3/;71+-93*+

                                                171272 Papel e cartón rizado, encartado, gofrado ou perforado

                                                         )*1-2/-/?*+,G3/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./
                                                171273
                                                         sustancias inorgánicas

                                                         )*1-2/R+*A,4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./
                                                171274
                                                         sustancias inorgánicas

                                                         M*+,G3/R+*A,4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/
                                                !T!$T%
                                                         outras sustancias inorgánicas

                                                !T!$T( Papel carbón, papel de cal e outro tipo de papel de copia ou transferencia, en rolos ou follas

                                                         )*1-24/?*+,G34/98*,*/0-/?-282:.*/-/+-0-./0-/=6+*./0-/?-282:.*4/+-?86-+,:.4/;71+-93*0:.4/+-O-.,;0:.4/?:2:+-*0:./
                                                171277
                                                         :8/;71+-.:./3*/.J*/.81-+=?;-4/-3/+:2:./:8/A:22*.

                                                         M*+,G3/9+;.4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./
                                                !T!$T#
                                                         sustancias inorgánicas

                                                         P8,+:/,;1:/0-/?*+,G34/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/
                                                171279
                                                         con outras sustancias inorgánicas

                                                171299 Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de papel e cartón
CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435

                                                172111   Papel ondulado, en bobinas ou en follas

                                                172112   Sacos e bolsas de papel

                                                172113   Caixas de papel ou cartón ondulado

                                                172114   Caixas e cartonaxes, de encartar, de papel ou cartón sen ondular

                                                         U+
DOG Núm. 86                                Mércores, 7 de maio de 2014                                       Páx. 20654

                                                Código                                                          Título

                                                172213 Bandexas, pratos, vaixelas, cuncas e artigos similares de papel ou cartón

                                                          Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de artigos de papel e cartón para uso
                                                172299
                                                          doméstico, sanitario e hixiénico

                                                          Papel carbón, papel de autocopia e outros papeis de copia ou traslado; clichés para copiadoras e pranchas de
                                                172311
                                                          offset; papel engomado ou adhesivo

                                                          P8,+:./,;1:./0-/1*1-2/-/?*+,G34/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+/:8/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/;71+-.:.4/-.,*71*0:./
                                                172314
                                                          ou perforados

                                                172911    Etiquetas de papel ou cartón

                                                172912 V2:
DOG Núm. 86                              Mércores, 7 de maio de 2014                                     Páx. 20655

                                                Código                                                        Título

                                                '(!"!!   Servizos de intermediación do comercio por xunto de madeira e produtos de madeira

                                                '(!%!!   Servizos de intermediación do comercio por xunto de mobles

                                                '($!!$   Servizos de comercio por xunto de sementes, excepto as oleaxinosas

                                                '('T!!   Servizos de comercio por xunto de mobles para a casa

                                                '(T"!!   Servizos de comercio por xunto de madeira en bruto

                                                '(T"!$ Servizos de comercio por xunto de produtos de primeira transformación da madeira

                                                'T   %% Servizos de comercio polo miúdo de mobles

                                                'T   %T Servizos de comercio polo miúdo de artigos de madeira, cortiza e vimbio

                                                494119   Outros servizos de transporte de mercadorías por estrada

                                                %$! !& Outros servizos de almacén e depósito

                                                (%!$'! Servizos de seguros de incendio con danos aos bens

                                                (%$ $% Servizos de reseguros de incendio e outros danos aos bens

                                                702220 Outros servizos de administración de proxectos distintos dos destinados á construción

                                                702230 Outros servizos de consultoría empresarial

                                                711132   Servizos de ordenación do solo rural

                                                711141   Servizos de arquitectura paisaxística

                                                711142   Servizos de asesoría de arquitectura paisaxística

                                                711211   Servizos de asesoría en enxeñaría

                                                711219   W-+O;S:./,F?3;?:./0-/-3@-E*+D*/1*+*/:8,+:./=3.

                                                711234   W-+O;S:./0-/,:1:9+*AD*/0-/.81-+=?;-
CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435

                                                T!!$"%   Servizos de cartografía

                                                712019 Outros servizos de ensaio e análises técnicas

                                                721112   Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en biotecnoloxía ambiental e industrial

                                                721113   Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en biotecnoloxía agraria

                                                         Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en ciencias da terra e ciencias relativas ao
                                                T$!&!%
                                                         ambiente

                                                         Outros servizos de investigación e desenvolvemento experimental en enxeñaría e tecnoloxía, excepto
                                                721929
                                                         biotecnoloxía

                                                T$!&%    Proxectos orixinais de investigación e desenvolvemento en ciencias naturais e técnicas, excepto biotecnoloxía

                                                749013 Servizos de asesoría sobre ambiente

                                                910412 W-+O;S:./0-/+-.-+O*./3*,8+*;.4/;3?28D0*/*/1+-.-+O*?;G3/0*/X:+*/-/*/A*83*/.;2O-.,+-.

                                                                          ISSN1130-9229      Depósito legal C.494-1998   http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia
12.11.2010            ES                                  Diario Oficial de la Unión Europea                                                          L 295/33

                                                                           ANEXO

             Madera y productos de la madera, tal como figuran en la nomenclatura combinada establecida en el Reglamento
                            (CEE) no 2658/87 (1) del Consejo, a los que se aplica el presente Reglamento

             — 4401 Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos de madera, incluso aglomerados en
               leños, briquetas, bolitas o formas similares

             — 4403 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada

             — 4406 Traviesas (durmientes) de madera para vías férreas o similares

             — 4407 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los
               extremos, de espesor superior a 6 mm

             — 4408 Hojas para chapado, incluidas las obtenidas por cortado de madera estratificada, para contrachapado o para
               otras maderas estratificadas similares y demás maderas aserradas longitudinalmente, cortadas o desenrolladas, incluso
               cepilladas, lijadas, unidas longitudinalmente o por los extremos, de espesor inferior o igual a 6 mm

             — 4409 Madera (incluidas las tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lengüetas,
               ranuras, rebajes, acanalados, biselados, con juntas en V, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras,
               cantos o extremos, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos

             — 4410 Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tableros similares (por ejemplo: los
               llamados «waferboard»), de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes
               orgánicos

             — 4411 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes
               orgánicos

             — 4412 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar

             — 4413 00 00 Madera densificada en bloques, planchas, tablas o perfiles

             — 4414 00 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares

             — 4415 Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, de madera, carretes para cables, de madera; paletas, paletas
               caja y otras plataformas para carga, de madera; collarines para paletas, de madera

                 (Material no de embalaje utilizado exclusivamente como material de embalaje para sostener, proteger o transportar
                 otro producto comercializado)

             — 4416 00 00 Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incluidas las duelas

             — 4418 Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para
               revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas (shingles y shakes), de madera

             (1) Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel
                 aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).
L 295/34          ES                              Diario Oficial de la Unión Europea                                            12.11.2010

           — Pasta y papel de los capítulos 47 y 48 de la nomenclatura combinada, excepto los productos a base de bambú y los
             productos para reciclar (desperdicios y desechos)

           — 9403 30, 9403 40, 9403 50 00, 9403 60 y 9403 90 30 Muebles de madera

           — 9406 00 20 Construcciones prefabricadas
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306                               Viernes 17 de diciembre de 2010                                   Sec. I. Pág. 104042

                                                      ANEXO

           1      Directores y gerentes.
           A      Directores y gerentes.
           11     Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la
                    Administración Pública y organizaciones de interés social; directores ejecutivos.
           111    Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la
                    Administración Pública y organizaciones de interés social.

           1111   Miembros del poder ejecutivo (nacional, autonómico y local) y del poder legislativo.
           1112   Personal directivo de la Administración Pública.
           1113   Directores de organizaciones de interés social.
           112    Directores generales y presidentes ejecutivos.
           1120   Directores generales y presidentes ejecutivos.
           12     Directores de departamentos administrativos y comerciales.

           121    Directores de departamentos administrativos.
           1211   Directores financieros.
           1212   Directores de recursos humanos.
           1219   Directores de políticas y planificación y de otros departamentos administrativos no
                    clasificados bajo otros epígrafes.
           122    Directores comerciales, de publicidad, relaciones públicas y de investigación y
                    desarrollo.

           1221   Directores comerciales y de ventas.
           1222   Directores de publicidad y relaciones públicas.
           1223   Directores de investigación y desarrollo.

           13     Directores de producción y operaciones.
           131    Directores de producción de explotaciones agropecuarias, forestales y pesqueras, y de
                    industrias manufactureras, de minería, construcción y distribución.
           1311   Directores de producción de explotaciones agropecuarias y forestales.
           1312   Directores de producción de explotaciones pesqueras y acuícolas.
           1313   Directores de industrias manufactureras.
           1314   Directores de explotaciones mineras.
           1315   Directores de empresas de abastecimiento, transporte, distribución y afines.
           1316   Directores de empresas de construcción.
           132    Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de
                    empresas de servicios profesionales.
           1321   Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
           1322   Directores de servicios sociales para niños.
           1323   Directores-gerentes de centros sanitarios.
           1324   Directores de servicios sociales para personas mayores.
           1325   Directores de otros servicios sociales.
           1326   Directores de servicios de educación.
           1327   Directores de sucursales de bancos, de servicios financieros y de seguros.
                                                                                                                           cve: BOE-A-2010-19389

           1329   Directores de otras empresas de servicios profesionales no clasificados bajo otros
                    epígrafes.
           14     Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio.
           141    Directores y gerentes de empresas de alojamiento.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306                               Viernes 17 de diciembre de 2010                               Sec. I. Pág. 104043

           1411   Directores y gerentes de hoteles.
           1419   Directores y gerentes de otras empresas de servicios de alojamiento.
           142    Directores y gerentes de empresas de restauración.
           1421   Directores y gerentes de restaurantes.
           1422   Directores y gerentes de bares, cafeterías y similares.
           1429   Directores y gerentes de empresas de catering y otras empresas de restauración.
           143    Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor y al por menor.
           1431   Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor.
           1432   Directores y gerentes de empresas de comercio al por menor.
           15     Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros
                    epígrafes.
           150    Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros
                    epígrafes.
           1501   Directores y gerentes de empresas de actividades recreativas, culturales y deportivas.
           1509   Directores y gerentes de empresas de gestión de residuos y de otras empresas de
                    servicios no clasificados bajo otros epígrafes.
           2      Técnicos y profesionales científicos e intelectuales.

           B      Técnicos y profesionales científicos e intelectuales de la salud y la enseñanza.
           21     Profesionales de la salud.
           211    Médicos.
           2111   Médicos de familia.
           2112   Otros médicos especialistas.

           212    Profesionales de enfermería y partería.
           2121   Enfermeros no especializados.
           2122   Enfermeros especializados (excepto matronos).
           2123   Matronos.
           213    Veterinarios.
           2130   Veterinarios.
           214    Farmacéuticos.
           2140   Farmacéuticos.
           215    Otros profesionales de la salud.
           2151   Odontólogos y estomatólogos.
           2152   Fisioterapeutas.
           2153   Dietistas y nutricionistas.
           2154   Logopedas.
           2155   Ópticos-optometristas.
           2156   Terapeutas ocupacionales.
           2157   Podólogos.
           2158   Profesionales de la salud y la higiene laboral y ambiental.
           2159   Profesionales de la salud no clasificados bajo otros epígrafes.
                                                                                                                       cve: BOE-A-2010-19389

           22     Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria.
           221    Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional).

           2210   Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional).
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306                               Viernes 17 de diciembre de 2010                                Sec. I. Pág. 104044

           222    Profesores de formación profesional (materias específicas).
           2220   Profesores de formación profesional (materias específicas).
           223    Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación
                    profesional).
           2230   Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación
                    profesional).
           224    Profesores de enseñanza primaria.
           2240   Profesores de enseñanza primaria.
           225    Maestros y educadores de enseñanza infantil.
           2251   Maestros de educación infantil.
           2252   Técnicos en educación infantil.
           23     Otros profesionales de la enseñanza.
           231    Profesores y técnicos de educación especial.
           2311   Profesores de educación especial.
           2312   Técnicos educadores de educación especial.
           232    Otros profesores y profesionales de la enseñanza.

           2321   Especialistas en métodos didácticos y pedagógicos.
           2322   Profesores de enseñanza no reglada de idiomas.
           2323   Profesores de enseñanza no reglada de música y danza.
           2324   Profesores de enseñanza no reglada de artes.
           2325   Instructores en tecnologías de la información en enseñanza no reglada.
           2326   Profesionales de la educación ambiental.
           2329   Profesores y profesionales de la enseñanza no clasificados bajo otros epígrafes.
           C      Otros técnicos y profesionales científicos e intelectuales.
           24     Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías.
           241    Físicos, químicos, matemáticos y afines.
           2411   Físicos y astrónomos.
           2412   Meteorólogos.
           2413   Químicos.
           2414   Geólogos y geofísicos.
           2415   Matemáticos y actuarios.
           2416   Estadísticos.
           242    Profesionales en ciencias naturales.

           2421   Biólogos, botánicos, zoólogos y afines.
           2422   Ingenieros agrónomos.
           2423   Ingenieros de montes.
           2424   Ingenieros técnicos agrícolas.
           2425   Ingenieros técnicos forestales y del medio natural.
           2426   Profesionales de la protección ambiental.
           2427   Enólogos.
                                                                                                                        cve: BOE-A-2010-19389

           243    Ingenieros (excepto ingenieros agrónomos, de montes, eléctricos, electrónicos y TIC).
           2431   Ingenieros industriales y de producción.
           2432   Ingenieros en construcción y obra civil.
           2433   Ingenieros mecánicos.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306                               Viernes 17 de diciembre de 2010                                   Sec. I. Pág. 104045

           2434   Ingenieros aeronáuticos.
           2435   Ingenieros químicos.
           2436   Ingenieros de minas, metalúrgicos y afines.
           2437   Ingenieros ambientales.
           2439   Ingenieros no clasificados bajo otros epígrafes.
           244    Ingenieros eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones.
           2441   Ingenieros en electricidad.
           2442   Ingenieros electrónicos.
           2443   Ingenieros en telecomunicaciones.
           245    Arquitectos, urbanistas e ingenieros geógrafos.
           2451   Arquitectos (excepto arquitectos paisajistas y urbanistas).
           2452   Arquitectos paisajistas.
           2453   Urbanistas e ingenieros de tráfico.
           2454   Ingenieros geógrafos y cartógrafos.
           246    Ingenieros técnicos (excepto agrícolas, forestales, eléctricos, electrónicos y TIC).
           2461   Ingenieros técnicos industriales y de producción.
           2462   Ingenieros técnicos de obras públicas.
           2463   Ingenieros técnicos mecánicos.
           2464   Ingenieros técnicos aeronáuticos.
           2465   Ingenieros técnicos químicos.
           2466   Ingenieros técnicos de minas, metalúrgicos y afines.
           2469   Ingenieros técnicos no clasificados bajo otros epígrafes.
           247    Ingenieros técnicos en electricidad, electrónica y telecomunicaciones.

           2471   Ingenieros técnicos en electricidad.
           2472   Ingenieros técnicos en electrónica.
           2473   Ingenieros técnicos en telecomunicaciones.
           248    Arquitectos técnicos, topógrafos y diseñadores.
           2481   Arquitectos técnicos y técnicos urbanistas.
           2482   Diseñadores de productos y de prendas.
           2483   Ingenieros técnicos en topografía.
           2484   Diseñadores gráficos y multimedia.
           25     Profesionales en derecho.
           251    Jueces, magistrados, abogados y fiscales.

           2511   Abogados.
           2512   Fiscales.
           2513   Jueces y magistrados.
           259    Otros profesionales del derecho.
           2591   Notarios y registradores.
           2592   Procuradores.
           2599   Profesionales del derecho no clasificados bajo otros epígrafes.
           26     Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la
                                                                                                                           cve: BOE-A-2010-19389

                    comercialización.
           261    Especialistas en finanzas.
           2611   Especialistas en contabilidad.
           2612   Asesores financieros y en inversiones.
           2613   Analistas financieros.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306                                Viernes 17 de diciembre de 2010                                    Sec. I. Pág. 104046

           262    Especialistas en organización y administración.
           2621   Analistas de gestión y organización.
           2622   Especialistas en administración de política de empresas.
           2623   Especialistas de la Administración Pública.
           2624   Especialistas en políticas y servicios de personal y afines.
           2625   Especialistas en formación de personal.
           263    Técnicos de empresas y actividades turísticas.
           2630   Técnicos de empresas y actividades turísticas.
           264    Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC).
           2640   Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC).
           265    Otros profesionales de las ventas, la comercialización, la publicidad y las relaciones
                    públicas.
           2651   Profesionales de la publicidad y la comercialización.
           2652   Profesionales de relaciones públicas.
           2653   Profesionales de la venta de tecnologías de la información y las comunicaciones.
           27     Profesionales de las tecnologías de la información.

           271    Analistas y diseñadores de software y multimedia.
           2711   Analistas de sistemas.
           2712   Analistas y diseñadores de software.
           2713   Analistas, programadores y diseñadores Web y multimedia.
           2719   Analistas y diseñadores de software y multimedia no clasificados bajo otros epígrafes.
           272    Especialistas en bases de datos y en redes informáticas.
           2721   Diseñadores y administradores de bases de datos.
           2722   Administradores de sistemas y redes.
           2723   Analistas de redes informáticas.
           2729   Especialistas en bases de datos y en redes informáticas no clasificados bajo otros
                    epígrafes.

           28     Profesionales en ciencias sociales.
           281    Economistas.
           2810   Economistas.
           282    Sociólogos, historiadores, psicólogos y otros profesionales en ciencias sociales.

           2821   Sociólogos, geógrafos, antropólogos, arqueólogos y afines.
           2822   Filósofos, historiadores y profesionales en ciencias políticas.
           2823   Psicólogos.
           2824   Profesionales del trabajo y la educación social.
           2825   Agentes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
           283    Sacerdotes de las distintas religiones.
           2830   Sacerdotes de las distintas religiones.
           29     Profesionales de la cultura y el espectáculo.
                                                                                                                             cve: BOE-A-2010-19389

           291    Archivistas, bibliotecarios, conservadores y afines.
           2911   Archivistas y conservadores de museos.
           2912   Bibliotecarios, documentalistas y afines.
           292    Escritores, periodistas y lingüistas.
También puede leer