Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia - En Lugo, a 22 de enero de 2016.
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 REGISTRO DE EMPRESAS DEL SECTOR FORESTAL (RESFOR) Este trámite ha de realizarse antes del 31 de marzo del presente. La presentación de la comunicación (MR617E) sólo podrá hacerse por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cualquier duda al respecto póngase en contacto con la Asociación: 982.20.32.33. DECRETO 50/2014 DE APROVECHAMIENTOS MADEREROS Y RESFOR Artículo 52. Inscripción en el registro. 1. Los titulares de las empresas del sector forestal de Galicia presentarán la comunicación incluida en el anexo XIV para su inscripción en el RESFOR (MR617E). 2. La presentación de la comunicación a la que hace referencia este artículo se realizará únicamente por medios electrónicos a través del aplicativo disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Artículo 53. De la comunicación anual de los datos. 1. Las entidades inscritas en el RESFOR deben comunicar anualmente a la Administración forestal, a efectos estadísticos, la información relativa a su actividad. 2. A estos efectos deben presentar antes de la finalización del primer trimestre de cada año, en este caso, 31/03/2016, la comunicación conforme al anexo XIV (MR617E) respecto de los datos de: a) Consumo y producción comercializada en unidades de volumen, peso o número de unidades. b) El número de personas empleadas del ejercicio anterior. Disposición adicional segunda. Del sistema de diligencia debida de manera individual El Reglamento (UE) de la Madera, 995/2010, tiene por objeto garantizar que sólo circule por la Unión Europea madera de origen legal, y para ello establece distintas obligaciones a los agentes y comerciantes. El EUTR obliga al agente a implantar un Sistema de Diligencia Debida. 2/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 El sistema de diligencia debida consiste en la obligación impuesta a los agentes de realizar un ejercicio de gestión del riesgo que permita reducir al mínimo el peligro de comercialización en la UE de madera aprovechada ilegalmente. Los comerciantes serán capaces de identificar en toda la cadena de suministro: • A los agentes y comerciantes que hayan suministrado la madera y los productos de la madera, y • Cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y productos de la madera. Los comerciantes conservarán la información mencionada durante al menos cinco años y se les facilitarán a las autoridades competentes en caso de que la soliciten. Las autoridades competentes realizarán controles para comprobar si los agentes cumplen con lo definido anteriormente. **Aquellos agentes inscritos en el Registro de Empresas del Sector Forestal de Galicia y que comercialicen madera o productos derivados de la madera podrán optar por desarrollar su sistema de diligencia debida de manera individual conforme el artículo 104 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. A estos efectos, deberán comunicar tal decisión al órgano competente presentando una declaración responsable, insertada en el anexo XIV. 3/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 NOTAS: • El cumplimiento del deber de comunicación anual de los datos constituye un requisito previo imprescindible para que las empresas e industrias forestales puedan acogerse a los beneficios derivados de los programas de modernización y promoción, así como ayudas, subvenciones, préstamos y avales que puedan establecer o tramitar los departamentos de la Xunta de Galicia. EJEMPLO: AYUDAS A INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS FORESTALES, PROCESADO, MOVILIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES (FEADER) 2016. • Aquellas empresas con domicilio social fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, pero que realicen operaciones de comercialización de madera (compra-venta) dentro de la comunidad gallega, tendrán que inscribirse y comunicar los datos de dichas operaciones en el RESFOR. 4/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 GUÍA ORIENTATIVA PARA LA INSCRIPCIÓN Y COMUNICACIÓN ANUAL DE DATOS AL REGISTRO DE EMPRESAS DEL SECTOR FORESTAL (RESFOR) A.- INSCRIPCIÓN EN EL RESFOR: Para la inscripción en el RESFOR, el Decreto 50/2014 no establece un plazo concreto, no siendo así para el caso de la comunicación anual de datos, para la cual se establece como período para su realización el primer trimestre de cada año, ANTES DEL 31 DE MARZO. El modelo de procedimiento para la inscripción y para la comunicación es el mismo, se trata del Anexo XIV o procedimiento MR617E. Al presentar la comunicación anual de datos ya se está llevando a cabo la inscripción, de forma simultánea. 1.- ACCESO AL PROCEDIMIENTO: Presentación telemática del procedimiento MR617E: https://sede.xunta.es/detalle- procedemento?codCons=MR&codProc=617E&procedemento=MR617E 2.- INICIAR PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA EN LA SEDE: Para iniciar la presentación telemática hay que contar con alguno de los certificados admitidos en la Sede, que se pueden consultar en el siguiente enlace: https://sede.xunta.es/sinatura-e-certificacions-electonicos-admitidos o con el sistema “Chave 365”. Para darse de alta en este servicio puede consultar el siguiente enlace: https://sede.xunta.es/chave365 5/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 3.- DATOS INICIALES: • Si la empresa ya tiene registrados uno o varios establecimientos en el RESFOR -> MARCAR CASILLA Y PULSAR BOTÓN DE “CONTINUAR”. Es necesario introducir el número de Registro del RESFOR (8 dígitos): NOTA: Aquellas empresas que estén dadas de alta en el RESFOR y no dispongan del número de registro, pueden solicitarlo enviando un correo electrónico a carlos.gonzalez.andres@xunta.es o llamando al 981.54.61.29. También pueden gestionar la solicitud del número de registro a través de la Asociación en el 982.20.32.33 o info@lugomadera.es. • Si la empresa no tiene registrado ningún establecimiento previo -> NO MARCAR LA CASILLA Y PULSAR BOTÓN DE “CONTINUAR”. 6/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 • PAÍS DE EMPRESA: ESPAÑA • NIF EMPRESA • DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: se ha de utilizar el buscador para cargar el respectivo CNAE de la actividad principal (Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009). Los CNAE más comunes asociados a la actividad pueden ser: EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE” 0210 Selvicultura y otras actividades forestales. 0220 Explotación de la madera. 0240 Servicios de apoyo a la selvicultura. 4673 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios. EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” u “OTRAS ACTIVIDADES” 1610 Aserrado y cepillado de la madera. 1621 Fabricación de chapas y tableros de madera. 1622 Fabricación de pisos de madera ensamblados. 1623 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. 1624 Fabricación de envases y embalajes de madera. 4673 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios. • Una vez seleccionado el CNAE de la actividad principal -> BOTÓN DE “CONTINUAR” NOTA: Por defecto saldrán marcadas las casillas “División A” del Registro Industrial de Galicia y “División I” del Registro Forestal de Galicia. 7/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 NOTA: La inscripción en el Registro Industrial de Galicia (RIGA) pasa a ser voluntaria desde la publicación del Decreto 37/2015, do 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Industrial de Galicia (DOG nº 60, de 30 de marzo de 2015). Sin embargo: • Es requisito OBLIGATORIO inscribir las instalaciones sujetas a Reglamentos de Seguridad Industrial incluidas en el establecimiento, mostradas en la siguiente página**. Por tanto, es recomendable que aquellos que no estén inscritos en el Registro Industrial de Galicia REALICEN SU INSCRIPCIÓN A TRAVÉS DEL RESFOR. Se dejará marcada la casilla “División A” y procederán a su inscripción en el RIGA. • Es requisito OBLIGATORIO para concurrir a ciertas subvenciones (por ejemplo, las Ayudas a Inversiones en Tecnologías Forestales, Procesado, Movilización y Comercialización de Productos Forestales FEADER 2016) la condición de estar inscrito en el Registro Industrial de Galicia. Por tanto, aquellas empresas con instalaciones fijas que quieran tener acceso a este tipo de ayudas, dejarán marcada la casilla “División A” y procederán a su inscripción también en el RIGA. EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE” • Si la empresa no quiere darse de alta en el RIGA, habría que desmarcar la casilla “División A” del Registro Industrial de Galicia y marcar “Sen Inscripción”. En el caso del Registro Forestal de Galicia se dejaría marcado “División I” y BOTÓN “CONTINUAR”. EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” o “MIXTAS (REMATANTE Y ASERRADERO)” • Si la empresa quiere inscribirse en el RIGA, habría que dejar marcado la casilla “División A” del Registro Industrial de Galicia, declarar la provincia del establecimiento y en el Registro Forestal de Galicia se dejaría marcado “División I” y BOTÓN “CONTINUAR”. 8/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 **Las instalaciones sujetas a Reglamentos de Seguridad Industrial, y por tanto, OBLIGADAS A REGISTRARSE en el RIGA, son las contempladas en la siguiente relación: INSTALACIÓNS SUXEITAS A REGULAMENTOS DE SEGURIDADE INDUSTRIAL EQUIPOS A PRESION (CALDEIRAS) INSTALACIÓNS ELECTRICAS DE BAIXA TENSIÓN EQUIPOS A PRESION (DEPÓSITOS CRIOXÉNICOS) INSTALACIÓNS FRIGORÍFICAS EQUIPOS A PRESION (RESTO DE INSTALACIONES) INSTALACIÓNS TÉRMICAS DE EDIFICIOS APARATOS ELEVADORES (ASCENSORES) INSTALACIÓNS DE PROTECCIÓN FRONTE INCENDIOS APARATOS ELEVADORES (GUINDASTRES TORRE) INSTALACIÓNS RADIOACTIVAS DE 2 OU 3 CATEGORÍA INST. DE ALMACENAMENTO DE PRODUTOS APARATOS ELEVADORES (GUINDASTRE MÓBILES PETROLÍFEROS PARA O SEU CONSUMO NA PROPIA AUTOPROPULSADOS) INSTALACIÓN ALMACENAMMIENTO DE PRODUCTOS QUIMICOS INST. DE RAIOS X CON FINS DE DIAGNOSTICO MÉDICO GASES COMBUSTIBLES (INSTALACIONS RECEPTORAS) INST. DE ALMACENAMENTO PARA O SUBMINISTRO DE GASES OMBUSTIBLES (ALMACENAMIENTO DE GLP) COMBNUSTIBLE A VEHÍCULOS PROPIOS. INSTALACIÓNS ELECTRICAS DE ALTA TENSIÓN ACCIDENTES GRAVES EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”: • DATOS DEL DECLARANTE Y REPRESENTANTE (en el caso de que la inscripción se haga en nombre de alguien). • DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN: no es necesario si coincide con el anterior. • DATOS DE LA EMPRESA • DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: especificar CNAE principal y secundarios. • TIPO DE COMUNICACIÓN EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO” o “MIXTAS”: • DATOS DEL DECLARANTE Y REPRESENTANTE (en el caso de que la inscripción se haga en nombre de alguien). • DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN: no es necesario si coincide con el anterior. • DATOS DE LA EMPRESA • DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: especificar CNAE principal y secundarios. • TIPO DE COMUNICACIÓN 9/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 • DATOS A CUBRIR POR LAS EMPRESAS DE LA DIVISIÓN A DEL REGISTRO INDUSTRIAL DE GALICIA (RIGA): las empresas que se estén dando de alta por primera vez en el RIGA tendrán que cumplimentar todos los datos de este apartado. Aquellas que ya estén dadas de alta en el RIGA, pueden modificar sus datos previamente declarados, los cuales aparecerán volcados en el aplicativo. 10/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 11/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 12/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 13/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 B.- COMUNICACIÓN ANUAL DE DATOS RESFOR: EMPRESA CON ACTIVIDAD “REMATANTE”: • La persona declarante o representante declara: − Que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos y corresponden a la anualidad 2015. − Marcar la casilla correspondiente conforme que cumples con los requisitos establecidos en la normativa comunitaria respecto del Sistema de Diligencia Debida (Empresas División I). • Datos a cubrir por las empresas de la División I: − PRODUCTOS EMPLEADOS: en este apartado no se declara NADA. − PRODUCTOS FINALIZADOS: en este apartado se han de declarar aquellos m3/t/kg de rollizo, rolla, puntal, biomasa, etc. que se han finalizado tras el aprovechamiento maderero. − PRODUCTOS COMERCIALIZADOS: en este apartado se han de declarar aquellos m3/t/kg de los productos anteriormente citados que ya han sido facturados en el 2015. *GENERALMENTE, PARA EL CASO DE REMATANTES, PRODUCTOS COMERCIALIZADOS Y FINALIZADOS COINCIDEN. 14/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 (1) Clasificación nacional de productos por actividades (CPA 2008). Seis dígitos. Estos códigos CPA 2008 se pueden consultar en el Anexo adjunto. Los códigos CPA más comunes correspondientes son: CNAE 02.10 Selvicultura y otras actividades forestales. 021011 Árboles forestales vivas. 021012 Semillas forestales. 021020 Servicios de viveros forestales. 021030 Árboles forestales. CNAE 02.20 Explotación de la madera. 022011 Troncos de coníferas. 022012 Troncos, excepto de coníferas e maderas tropicales. 022013 Troncos de maderas tropicales. 022014 Leña. CNAE 02.40 Servicios de apoyo a la selvicultura. 024010 Servicios de apoyo a la selvicultura. CNAE 46.73 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios. 467311 Servicios de comercio al por mayor de madera en bruto. 467312 Servicios de comercio al por mayor de productos de primera transformación de la madera. (2) Productos empleados, almacenados y/o comercializados que deben corresponderse a la nomenclatura CPA y NC que figura en cada tabla. (3) Código de la nomenclatura combinada del producto (al menos 4 dígitos) según lo establecido en el anexo del Reglamento UE número 995/2010 (EUTR). Estos códigos NC se pueden consultar en el Anexo adjunto. (4) Cantidad comercializada en el año precedente expresada en volumen (m3), peso (Tm) o número de unidades. (5) Lugar de aprovechamiento de la madera o producto derivado de la madera que da lugar al producto comercializado: España, resto da Unión Europea, fuera de la Unión Europea (indicar país y si fuera posible región). (6) Marcar si más del 70% del producto comercializado presenta Certificado de Cadena de custodia (CdC) y/o Certificado de legalidad de origen (CL). 15/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 • Pertenezco a una Asociación Empresarial de Ámbito Forestal o de la madera: Se declara y marca SI: Asociación Provincial de Empresarios de la 1ªTransformación de la Madera de Lugo. • Datos a cubrir por todas las empresas: − Certificaciones, Acreditaciones y Clasificaciones Empresariales. Se especificarán aquellas certificaciones, acreditaciones, clasificaciones de la empresa orientadas a gestión de calidad, gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo, certificaciones tipo: ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, CDC FSC y/o PEFC, GFS FSC y/o PEFC, etc. − Empleo. Se han de declarar el número de puestos de trabajo existentes en la empresa, hombres y mujeres. Se hará en base a la categoría profesional según se establece en la Clasificación Nacional de Ocupaciones (2011). Esto se puede consultar en el Anexo adjunto correspondiente. 16/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 EMPRESA CON ACTIVIDAD “ASERRADERO”: • La persona declarante o representante declara: − Que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos y corresponden a la anualidad 2015. − Marcar la casilla correspondiente conforme que cumples con los requisitos establecidos en la normativa comunitaria respecto del Sistema de Diligencia Debida (Empresas División I). • Datos a cubrir por las empresas de la División I: − PRODUCTOS EMPLEADOS: en este apartado se ha de declarar la materia prima (madera en bruto) a partir de la cual se elaboran los diferentes productos finalizados (tabla, tablón, rastrel, duela, etc.). − PRODUCTOS FINALIZADOS: en este apartado se han de declarar aquellos m3/t/kg de productos elaborados, fruto del proceso productivo (de transformación): tabla, tablón, rastrel, duela, etc. − PRODUCTOS COMERCIALIZADOS: en este apartado se han de declarar aquellos m3/t/kg de los productos anteriormente citados, finalizados, que ya han sido facturados en el 2015. 17/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 Clasificación nacional de productos por actividades (CPA 2008). Seis dígitos. Estos códigos CPA 2008 se pueden consultar en el Anexo adjunto. CNAE 16.10 Aserrado y cepillado de la madera. 161010 Madera aserrada o cortada longitudinalmente, cortada en hojas o descortezada, de un espesor superior de 6 mm; traviesas de madera durmientes sin impregnar para vía férrea. 161021 Madera con librado continuo a lo largo de cualquiera de sus bordes o caras (incluidas las tablillas y frisos para parqués sin ensamblar, listones y molduras). 161022 Lana (viruta) de madera; harina de madera. 161023 Madera en astillas o partículas. 161031 Madera en bruto, tratada con pintura, colorantes, creosota u otros preservativos. 161032 Traviesas de madera durmientes impregnada para vías férreas. 161039 Otros tipos de madera en bruto, incluidos rodrigones y estacas. 161091 Servicios de secado, impregnación o tratamiento químico de la madera. 161099 Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de madera aserrada y cepillada. CNAE 16.21 Fabricación de chapas y tableros de madera. 162111 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, de bambú. 162112 Otros tipos de madera contrachapada, tableros de madera chapada y formas similares de madera laminada. 162113 Tableros de partículas y tableros similares de madera u otras materias leñosas. 162114 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas. 162121 Láminas de chapa de madera, madera para contrachapado y otras maderas aserradas longitudinalmente, rebanadas o desenrolladas, de un grosor inferior o igual a 6 mm. 162122 Madera densificada en bloques, planchas, tablas o perfiles. 162191 Servicios de acabado de tableros y paneles. 162199 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de chapas de tableros de madera. CNAE 16.22 Fabricación de pisos de madera ensamblados. 162210 Tableros para suelos de madera ensamblados. 162299 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de suelos de madera ensamblados. CNAE 16.23 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. 162311 Ventanas, balcones y sus marcos, puertas y sus marcos y umbrales, de madera. 162312 Encofrados para obras de construcción de hormigón, tablillas y ripias, de madera. 162319 Carpintería de madera para edificios y construcción n.c.o.p. 162320 Construcciones prefabricadas de madera. 162399 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. CNAE 16.24 Fabricación de envases y embalajes de madera. 162411 Paletas, paletas caja y otras plataformas de carga de madera. 162412 Barriles y otros productos de tonelería, de madera. 162413 Otros envases y embalajes de madera y sus partes correspondientes. 162499 Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de envases y embalajes de madera. CNAE 46.73 Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios. 467311 Servicios de comercio al por mayor de madera en bruto. 467312 Servicios de comercio al por mayor de productos de primera transformación de la madera. 18/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 • Pertenezco a una Asociación Empresarial de Ámbito Forestal o de la madera: − Se declara y marca SI: Asociación Provincial de Empresarios de la 1ªTransformación de la madera de Lugo. • Datos a cubrir por todas las empresas: − Certificaciones, Acreditaciones y Clasificaciones Empresariales. Se especificarán aquellas certificaciones, acreditaciones, clasificaciones de la empresa orientadas a gestión de calidad, gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo, certificaciones tipo: ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, CDC FSC y/o PEFC, GFS FSC y/o PEFC, etc. − Empleo. Se han de declarar el número de puestos de trabajo existentes en la empresa, hombres y mujeres. Se hará en base a la categoría profesional según se establece en la Clasificación Nacional de Ocupaciones (2011). Esto se puede consultar en el Anexo adjunto correspondiente. 19/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 C.- FINALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN-COMUNICACIÓN DE DATOS: Una vez cumplimentados todos los datos necesarios, se puede proceder a Guardar el BORRADOR en la Carpeta del Ciudadano de la Sede Electrónica de la Xunta -> BOTÓN DE “GUARDAR”, o directamente, proceder a su presentación telemática -> BOTÓN DE “PRESENTAR”. A continuación se abre una pantalla que posibilita el anexado de documentación complementaria, en el caso de que sea necesario. Una vez subida la documentación, se deberá pulsar en el BOTÓN DE “CONTINUAR”. 20/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 La siguiente pantalla que aparece es la de la firma electrónica de los documentos para su presentación telemática. Se debe clicar el BOTÓN DE “FIRMAR Y ENVIAR” de cara a proceder a la finalización del procedimiento. Puede ocurrir que en función del certificado electrónico instalado, aparezca alguna nueva ventana emergente que puede solicitar: • Permiso a un fichero determinado: MARCAR “SÍ”. 21/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 • Ejecutar una aplicación relacionada con la firma electrónica: pulsar en el BOTÓN “EJECUTAR” y “ACEPTAR” los archivos relacionados que puedan aparecer. 22/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 Finalmente aparecerá una pantalla que indicará que la “SOLICITUD FUE PRESENTADA CORRECTAMENTE” en el Registro Electrónico de la Xunta de Galicia con el número XXXX/XXXXX y ofrecerá un enlace en el que consultar el documento presentado y el justificante de entrega correspondiente, con el cual la empresa puede justificar la condición de estar inscrito y/o tener comunicados los datos anuales al RESFOR. IMPORTANTE: IMPRIMIR Y GUARDAR TANTO LA SOLICITUD COMO EL JUSTIFICANTE TELEMÁTICO DE PRESENTACIÓN. La Administración posteriormente procederá a otorgar un número de REGISTRO específico para cada empresa vía correo postal o e-mail. NOTA: En las últimas inscripciones de empresas en el RESFOR, en este año, posteriormente al registro telemático, se recibe en el correo electrónico aportado por la empresa en el formulario una notificación de la Consellería de Medio Rural con la fecha y número de REGISTRO, tal y como se muestra en el siguiente pantallazo: 23/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 ***NOTAS ACLARATORIAS*** A la hora de la comunicación anual de datos y declaración de los productos empleados, finalizados o comercializados, prestar especial atención a las cantidades declaradas y expuestas, puesto que puede ser objeto de una auditoría/inspección posterior con motivo del cumplimiento de la normativa europea respecto del Sistema de Diligencia Debida. A la hora de declarar productos empleados, finalizados o comercializados, establecer la unidad en la que se declaran los mismos, metros cúbicos (m3), toneladas (t) o kilogramos (kg). A la hora de declarar los siguientes CPA de producto, saber: - 022011 Troncos de coníferas: género Pinus (P. pinaster – marítimo, resinero, P. radiata – insigne, de Monterrey, P. sylvestris – silvestre, albar, P. pinea - piñonero, manso…), género Pseudotsuga (P. menziessi- abeto de Douglas, pino de Oregón), etc. - 022012 Troncos, excepto de coníferas y maderas tropicales: especies Frondosas del Anexo 1 y género Eucalyptus Sp (E. globulus, E. nitens, E. camaldulensis, etc). Frondosas ANEXO 1 Ameneiro: Alnus glutinosa (L.) Gaetrn. Pradairo: Acer pseudoplatanus L. Bidueiro: Betula sp. Freixo: Fraxinus excelsior L. Freixa: Fraxinus angustifolia Vahl. Castiñeiro: Castanea sativa Mill. Castiñeiro híbrido: Castanea x híbrida (resistente tinta) Cerdeira: Prunus aviun L. Carballo: Quercus robur L. Cerquiño: Quercus pyrenaica Will. Sobreira: Quercus suber L. 24/25
Guía orientativa para la Inscripción y Comunicación anual de datos al RESFOR_2016 Carballo albar: Quercus petraea (Matts) Liebl. Aciñeira: Quercus ilex L. ssp. ballota (Desf.) Samp. Abeleira: Corylus avellana L. Faia: Fagus sylvatica L. Umeiro: Ulmus glabra Huds. Ulmus minor Miller. Loureiro: Laurus noblilis L. Sorbeira do monte: Sorbus aria L. Capudre: Sorbus aucuparia L. Nogueira: Juglans regia L. Érbedo: Arbutus unedo L. - 022013 Troncos de maderas tropicales: Iroko, Jatoba, Sapelli, Teca, Wengue, etc. - 022014 Leña. Se adjunta al presente Documento: - ANEXO XII.- LISTA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (CNAE). - ANEXO XIII. LISTA DE PRODUCTOS FORESTALES (CPA 08). - ANEXO NOMENCLATURA COMBINADA (NC). - ANEXO CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES (2011). 25/25
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20649 ANEXO XII Lista de actividades económicas para os efectos establecidos no artigo 48 Código Denominación 01.29 * Outros cultivos perennes 01.42 * Explotación doutro gando bovino e búfalos 01.43 * Explotación de cabalos e outros equinos * Explotación de gando ovino e cabrún * Explotación de gando porcino 01.49 * Outras explotacións de gando * Tratamento de sementes para reprodución 01.70 * Caza, captura de animais e servizos relacionados 02.10 Silvicultura e outras actividades forestais 02.20 Explotación da madeira 02.30 5HFROHFFLyQGHSURGXWRVVLOYHVWUHVVDOYRPDGHLUD 02.40 Servizos de apoio á silvicultura Serradura e cepilladura da madeira Fabricación de chapas e taboleiros de madeira Fabricación de pisos de madeira ensamblados Fabricación doutras estruturas de madeira e pezas de carpintaría e ebanistería para a construción Fabricación de envases e embalaxes de madeira Fabricación doutros produtos de madeira; artigos de cortiza, cestaría e espartaría 17.11 Fabricación de pasta papeleira 17.12 Fabricación de papel e cartón 17.21 Fabricación de papel e cartón ondulados; fabricación de envases e embalaxes de papel e cartón 17.22 Fabricación de artigos de papel e cartón para uso doméstico, sanitario e hixiénico 17.23 Fabricación de artigos de papelaría CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435 17.24 Fabricación de papeis pintados 17.29 Fabricación doutros artigos de papel e cartón 31.01 * )DEULFDFLyQGHPREOHVGHR¿FLQDHGHHVWDEOHFHPHQWRVFRPHUFLDLV 31.02 * Fabricación de mobles de cociña 31.09 * Fabricación doutros mobles * Comercio por xunto de madeira, materiais de construción e aparellos sanitarios 71.12 * Servizos técnicos de enxeñaría e outras actividades relacionadas co asesoramento técnico 71.20 * Ensaios e análises técnicas 74.90 * 2XWUDVDFWLYLGDGHVSURIHVLRQDLVFLHQWt¿FDVHWpFQLFDVQFQ * Aplicación da comunicación de datos só cando operen con recursos ou produtos fores- WDLVHVSHFL¿FDGRVQRDQH[R;,,, ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20650 ANEXO XIII !"#$%&'%()*&+#*"%,*)'"#$!"%"'-+.&*%$%/0$"!1/$/!2.%.$/!*.$0%&'%()*&+#*"%(*)% actividades (CPA 08) Código Título !!"# Cogomelos e trufas !$%!& Outras bagas e froitos do xénero Vaccinium n.c.ou.p. !$%$ Sementes de froitos !$%"$ Castañas !$%"% Noces 012920 Árbores de nadal, cortados 014212 Xatos vivos de bovinos e búfalos 014310 Cabalos e outros equinos vivos !'%!! Gando ovino vivo !'%!$ Gando caprino vivo !'(! Gando porcino vivo 014921 Mel natural !('! Servizos de tratamento de sementes para reprodución 017010 Servizos relativos á caza e captura de animais 021011 Árbores forestais vivas 021012 Sementes forestais 021020 Servizos de viveiros forestais 021030 Árbores forestais CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435 022011 Troncos de coníferas 022012 Troncos, excepto de coníferas e madeiras tropicais 022013 Troncos de madeiras tropicais 022014 Leña 023011 Balata, gutapercha, guaiule, chicle e gomas naturais análogas 023012 Goma laca, bálsamos e outras gomas e resinas naturais 023020 Cortiza natural en bruto ou simplemente preparado 023030 )*+,-./0-/12*3,*.4/5-+6*.4/78.9:/-/2;
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20651 Código Título >*0-;+*/.-++*0*/:8/?:+,*0*/2:3@;,80;3*27-3,-4/?:+,*0*/-3/A:22*./:8/-.?*.?*0*4/083/-.1-.:+/.81-+;:+/0-/(/77B/ !(! ! travesas de madeira dormentes sen impregnar para vía férrea >*0-;+*/?:3/2;6+*0:/?:3,;38:/*:/2:39:/0-/?*2
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20652 Código Título !($'&& Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de envases e embalaxes de madeira Ferramentas, monturas e mangos de ferramentas, monturas e mangos de cepillos ou vasoiras, bloques para !($&!! fabricar cachimbas de fumar e formas e alargadores para botas e zapatos, de madeira !($&!$ Servizos de mesa e utensilios de cociña, de madeira Madeira con traballo de marquetería e taracea, cofres e estoxos para xoias ou coitelarías e artigos de madeira !($&!" similares, estatuiñas e outros adornos, de madeira !($&!' Marcos de madeira para cadros, fotografías, espellos ou obxectos similares, e outros artigos de madeira Cortiza natural, co líber desbastado ou escuadrado simplemente, ou en bloques, pranchas, follas ou tiras !($&$! rectangulares; cortiza triturada, granulada ou moída; desperdicios da cortiza !($&$$ Artigos de cortiza natural !($&$" Bloques, pranchas, follas e tiras, baldosas de calquera forma, cilindros sólidos de cortiza aglomerada !($&$' Cortiza aglomerada; artigos de cortiza aglomerado n.c.n. !($&$% Artigos de palla, esparto ou doutros materiais trenzables; cestaría e traballo do vimbio !($&&! Servizos de preparación de madeira, cortiza, cestaría e espartaría Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación doutros produtos de madeira, cortiza, cestaría !($&&& e espartaría 171111 Pasta química de madeira para disolver 171112 Pasta química de madeira, á sosa ou ao sulfato, salvo a pasta para disolver 171113 )*.,*/
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20653 Código Título 171241 Papel kraft sen revestir; papel kraft para sacos, rizado ou encartado )*1-2/.82=,:/1*+*/-3O:2O-+/-/:8,+:/,;1:/0-/1*1-2/.-3/+-O-.,;+4/.*2O:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./ 171242 =3./9+L=?:. 171243 )*1-2/-/?*+,G3/=2,+:B/1*1-2/A-2,+: 171244 Papel de fumar, cortado ou non ao tamaño adecuado, en libriños ou tubos !T!$%! Cartón gris sen revestir !T!$%& Outro tipo de cartón sen revestir Pergameo vexetal, papel impermeable á graxa, papel de calco, papel vexetal e outros papeis transparentes ou !T!$( translúcidos 171271 )*1-2/-/?*+,G3/7;@,:/.-3/+-?86+;+/3*/.J*/.81-+=?;-/3;3/;71+-93*+ 171272 Papel e cartón rizado, encartado, gofrado ou perforado )*1-2/-/?*+,G3/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./ 171273 sustancias inorgánicas )*1-2/R+*A,4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./ 171274 sustancias inorgánicas M*+,G3/R+*A,4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/ !T!$T% outras sustancias inorgánicas !T!$T( Papel carbón, papel de cal e outro tipo de papel de copia ou transferencia, en rolos ou follas )*1-24/?*+,G34/98*,*/0-/?-282:.*/-/+-0-./0-/=6+*./0-/?-282:.*4/+-?86-+,:.4/;71+-93*0:.4/+-O-.,;0:.4/?:2:+-*0:./ 171277 :8/;71+-.:./3*/.J*/.81-+=?;-4/-3/+:2:./:8/A:22*. M*+,G3/9+;.4/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/?:3/:8,+*./ !T!$T# sustancias inorgánicas P8,+:/,;1:/0-/?*+,G34/-@?-1,:/:/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+4/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/+-O-.,;0:/?:3/?*:2D3/:8/ 171279 con outras sustancias inorgánicas 171299 Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de papel e cartón CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435 172111 Papel ondulado, en bobinas ou en follas 172112 Sacos e bolsas de papel 172113 Caixas de papel ou cartón ondulado 172114 Caixas e cartonaxes, de encartar, de papel ou cartón sen ondular U+
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20654 Código Título 172213 Bandexas, pratos, vaixelas, cuncas e artigos similares de papel ou cartón Operacións de subcontratación que forman parte da fabricación de artigos de papel e cartón para uso 172299 doméstico, sanitario e hixiénico Papel carbón, papel de autocopia e outros papeis de copia ou traslado; clichés para copiadoras e pranchas de 172311 offset; papel engomado ou adhesivo P8,+:./,;1:./0-/1*1-2/-/?*+,G34/8,;2;S*0:/1*+*/-.?+;6;+/:8/;71+;7;+/:8/:8,+:./=3./9+L=?:.4/;71+-.:.4/-.,*71*0:./ 172314 ou perforados 172911 Etiquetas de papel ou cartón 172912 V2:
DOG Núm. 86 Mércores, 7 de maio de 2014 Páx. 20655 Código Título '(!"!! Servizos de intermediación do comercio por xunto de madeira e produtos de madeira '(!%!! Servizos de intermediación do comercio por xunto de mobles '($!!$ Servizos de comercio por xunto de sementes, excepto as oleaxinosas '('T!! Servizos de comercio por xunto de mobles para a casa '(T"!! Servizos de comercio por xunto de madeira en bruto '(T"!$ Servizos de comercio por xunto de produtos de primeira transformación da madeira 'T %% Servizos de comercio polo miúdo de mobles 'T %T Servizos de comercio polo miúdo de artigos de madeira, cortiza e vimbio 494119 Outros servizos de transporte de mercadorías por estrada %$! !& Outros servizos de almacén e depósito (%!$'! Servizos de seguros de incendio con danos aos bens (%$ $% Servizos de reseguros de incendio e outros danos aos bens 702220 Outros servizos de administración de proxectos distintos dos destinados á construción 702230 Outros servizos de consultoría empresarial 711132 Servizos de ordenación do solo rural 711141 Servizos de arquitectura paisaxística 711142 Servizos de asesoría de arquitectura paisaxística 711211 Servizos de asesoría en enxeñaría 711219 W-+O;S:./,F?3;?:./0-/-3@-E*+D*/1*+*/:8,+:./=3. 711234 W-+O;S:./0-/,:1:9+*AD*/0-/.81-+=?;- CVE-DOG: tpq91bt0-zxv1-vgb7-zto2-ebq56oz1g435 T!!$"% Servizos de cartografía 712019 Outros servizos de ensaio e análises técnicas 721112 Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en biotecnoloxía ambiental e industrial 721113 Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en biotecnoloxía agraria Servizos de investigación e desenvolvemento experimental en ciencias da terra e ciencias relativas ao T$!&!% ambiente Outros servizos de investigación e desenvolvemento experimental en enxeñaría e tecnoloxía, excepto 721929 biotecnoloxía T$!&% Proxectos orixinais de investigación e desenvolvemento en ciencias naturais e técnicas, excepto biotecnoloxía 749013 Servizos de asesoría sobre ambiente 910412 W-+O;S:./0-/+-.-+O*./3*,8+*;.4/;3?28D0*/*/1+-.-+O*?;G3/0*/X:+*/-/*/A*83*/.;2O-.,+-. ISSN1130-9229 Depósito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia
12.11.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 295/33 ANEXO Madera y productos de la madera, tal como figuran en la nomenclatura combinada establecida en el Reglamento (CEE) no 2658/87 (1) del Consejo, a los que se aplica el presente Reglamento — 4401 Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares — 4403 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada — 4406 Traviesas (durmientes) de madera para vías férreas o similares — 4407 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm — 4408 Hojas para chapado, incluidas las obtenidas por cortado de madera estratificada, para contrachapado o para otras maderas estratificadas similares y demás maderas aserradas longitudinalmente, cortadas o desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas, unidas longitudinalmente o por los extremos, de espesor inferior o igual a 6 mm — 4409 Madera (incluidas las tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lengüetas, ranuras, rebajes, acanalados, biselados, con juntas en V, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras, cantos o extremos, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos — 4410 Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tableros similares (por ejemplo: los llamados «waferboard»), de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos — 4411 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos — 4412 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar — 4413 00 00 Madera densificada en bloques, planchas, tablas o perfiles — 4414 00 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares — 4415 Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, de madera, carretes para cables, de madera; paletas, paletas caja y otras plataformas para carga, de madera; collarines para paletas, de madera (Material no de embalaje utilizado exclusivamente como material de embalaje para sostener, proteger o transportar otro producto comercializado) — 4416 00 00 Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incluidas las duelas — 4418 Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas (shingles y shakes), de madera (1) Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).
L 295/34 ES Diario Oficial de la Unión Europea 12.11.2010 — Pasta y papel de los capítulos 47 y 48 de la nomenclatura combinada, excepto los productos a base de bambú y los productos para reciclar (desperdicios y desechos) — 9403 30, 9403 40, 9403 50 00, 9403 60 y 9403 90 30 Muebles de madera — 9406 00 20 Construcciones prefabricadas
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 104042 ANEXO 1 Directores y gerentes. A Directores y gerentes. 11 Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social; directores ejecutivos. 111 Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social. 1111 Miembros del poder ejecutivo (nacional, autonómico y local) y del poder legislativo. 1112 Personal directivo de la Administración Pública. 1113 Directores de organizaciones de interés social. 112 Directores generales y presidentes ejecutivos. 1120 Directores generales y presidentes ejecutivos. 12 Directores de departamentos administrativos y comerciales. 121 Directores de departamentos administrativos. 1211 Directores financieros. 1212 Directores de recursos humanos. 1219 Directores de políticas y planificación y de otros departamentos administrativos no clasificados bajo otros epígrafes. 122 Directores comerciales, de publicidad, relaciones públicas y de investigación y desarrollo. 1221 Directores comerciales y de ventas. 1222 Directores de publicidad y relaciones públicas. 1223 Directores de investigación y desarrollo. 13 Directores de producción y operaciones. 131 Directores de producción de explotaciones agropecuarias, forestales y pesqueras, y de industrias manufactureras, de minería, construcción y distribución. 1311 Directores de producción de explotaciones agropecuarias y forestales. 1312 Directores de producción de explotaciones pesqueras y acuícolas. 1313 Directores de industrias manufactureras. 1314 Directores de explotaciones mineras. 1315 Directores de empresas de abastecimiento, transporte, distribución y afines. 1316 Directores de empresas de construcción. 132 Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de empresas de servicios profesionales. 1321 Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). 1322 Directores de servicios sociales para niños. 1323 Directores-gerentes de centros sanitarios. 1324 Directores de servicios sociales para personas mayores. 1325 Directores de otros servicios sociales. 1326 Directores de servicios de educación. 1327 Directores de sucursales de bancos, de servicios financieros y de seguros. cve: BOE-A-2010-19389 1329 Directores de otras empresas de servicios profesionales no clasificados bajo otros epígrafes. 14 Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio. 141 Directores y gerentes de empresas de alojamiento.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 104043 1411 Directores y gerentes de hoteles. 1419 Directores y gerentes de otras empresas de servicios de alojamiento. 142 Directores y gerentes de empresas de restauración. 1421 Directores y gerentes de restaurantes. 1422 Directores y gerentes de bares, cafeterías y similares. 1429 Directores y gerentes de empresas de catering y otras empresas de restauración. 143 Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor y al por menor. 1431 Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor. 1432 Directores y gerentes de empresas de comercio al por menor. 15 Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes. 150 Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes. 1501 Directores y gerentes de empresas de actividades recreativas, culturales y deportivas. 1509 Directores y gerentes de empresas de gestión de residuos y de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes. 2 Técnicos y profesionales científicos e intelectuales. B Técnicos y profesionales científicos e intelectuales de la salud y la enseñanza. 21 Profesionales de la salud. 211 Médicos. 2111 Médicos de familia. 2112 Otros médicos especialistas. 212 Profesionales de enfermería y partería. 2121 Enfermeros no especializados. 2122 Enfermeros especializados (excepto matronos). 2123 Matronos. 213 Veterinarios. 2130 Veterinarios. 214 Farmacéuticos. 2140 Farmacéuticos. 215 Otros profesionales de la salud. 2151 Odontólogos y estomatólogos. 2152 Fisioterapeutas. 2153 Dietistas y nutricionistas. 2154 Logopedas. 2155 Ópticos-optometristas. 2156 Terapeutas ocupacionales. 2157 Podólogos. 2158 Profesionales de la salud y la higiene laboral y ambiental. 2159 Profesionales de la salud no clasificados bajo otros epígrafes. cve: BOE-A-2010-19389 22 Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria. 221 Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional). 2210 Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional).
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 104044 222 Profesores de formación profesional (materias específicas). 2220 Profesores de formación profesional (materias específicas). 223 Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación profesional). 2230 Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación profesional). 224 Profesores de enseñanza primaria. 2240 Profesores de enseñanza primaria. 225 Maestros y educadores de enseñanza infantil. 2251 Maestros de educación infantil. 2252 Técnicos en educación infantil. 23 Otros profesionales de la enseñanza. 231 Profesores y técnicos de educación especial. 2311 Profesores de educación especial. 2312 Técnicos educadores de educación especial. 232 Otros profesores y profesionales de la enseñanza. 2321 Especialistas en métodos didácticos y pedagógicos. 2322 Profesores de enseñanza no reglada de idiomas. 2323 Profesores de enseñanza no reglada de música y danza. 2324 Profesores de enseñanza no reglada de artes. 2325 Instructores en tecnologías de la información en enseñanza no reglada. 2326 Profesionales de la educación ambiental. 2329 Profesores y profesionales de la enseñanza no clasificados bajo otros epígrafes. C Otros técnicos y profesionales científicos e intelectuales. 24 Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías. 241 Físicos, químicos, matemáticos y afines. 2411 Físicos y astrónomos. 2412 Meteorólogos. 2413 Químicos. 2414 Geólogos y geofísicos. 2415 Matemáticos y actuarios. 2416 Estadísticos. 242 Profesionales en ciencias naturales. 2421 Biólogos, botánicos, zoólogos y afines. 2422 Ingenieros agrónomos. 2423 Ingenieros de montes. 2424 Ingenieros técnicos agrícolas. 2425 Ingenieros técnicos forestales y del medio natural. 2426 Profesionales de la protección ambiental. 2427 Enólogos. cve: BOE-A-2010-19389 243 Ingenieros (excepto ingenieros agrónomos, de montes, eléctricos, electrónicos y TIC). 2431 Ingenieros industriales y de producción. 2432 Ingenieros en construcción y obra civil. 2433 Ingenieros mecánicos.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 104045 2434 Ingenieros aeronáuticos. 2435 Ingenieros químicos. 2436 Ingenieros de minas, metalúrgicos y afines. 2437 Ingenieros ambientales. 2439 Ingenieros no clasificados bajo otros epígrafes. 244 Ingenieros eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones. 2441 Ingenieros en electricidad. 2442 Ingenieros electrónicos. 2443 Ingenieros en telecomunicaciones. 245 Arquitectos, urbanistas e ingenieros geógrafos. 2451 Arquitectos (excepto arquitectos paisajistas y urbanistas). 2452 Arquitectos paisajistas. 2453 Urbanistas e ingenieros de tráfico. 2454 Ingenieros geógrafos y cartógrafos. 246 Ingenieros técnicos (excepto agrícolas, forestales, eléctricos, electrónicos y TIC). 2461 Ingenieros técnicos industriales y de producción. 2462 Ingenieros técnicos de obras públicas. 2463 Ingenieros técnicos mecánicos. 2464 Ingenieros técnicos aeronáuticos. 2465 Ingenieros técnicos químicos. 2466 Ingenieros técnicos de minas, metalúrgicos y afines. 2469 Ingenieros técnicos no clasificados bajo otros epígrafes. 247 Ingenieros técnicos en electricidad, electrónica y telecomunicaciones. 2471 Ingenieros técnicos en electricidad. 2472 Ingenieros técnicos en electrónica. 2473 Ingenieros técnicos en telecomunicaciones. 248 Arquitectos técnicos, topógrafos y diseñadores. 2481 Arquitectos técnicos y técnicos urbanistas. 2482 Diseñadores de productos y de prendas. 2483 Ingenieros técnicos en topografía. 2484 Diseñadores gráficos y multimedia. 25 Profesionales en derecho. 251 Jueces, magistrados, abogados y fiscales. 2511 Abogados. 2512 Fiscales. 2513 Jueces y magistrados. 259 Otros profesionales del derecho. 2591 Notarios y registradores. 2592 Procuradores. 2599 Profesionales del derecho no clasificados bajo otros epígrafes. 26 Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la cve: BOE-A-2010-19389 comercialización. 261 Especialistas en finanzas. 2611 Especialistas en contabilidad. 2612 Asesores financieros y en inversiones. 2613 Analistas financieros.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 104046 262 Especialistas en organización y administración. 2621 Analistas de gestión y organización. 2622 Especialistas en administración de política de empresas. 2623 Especialistas de la Administración Pública. 2624 Especialistas en políticas y servicios de personal y afines. 2625 Especialistas en formación de personal. 263 Técnicos de empresas y actividades turísticas. 2630 Técnicos de empresas y actividades turísticas. 264 Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC). 2640 Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC). 265 Otros profesionales de las ventas, la comercialización, la publicidad y las relaciones públicas. 2651 Profesionales de la publicidad y la comercialización. 2652 Profesionales de relaciones públicas. 2653 Profesionales de la venta de tecnologías de la información y las comunicaciones. 27 Profesionales de las tecnologías de la información. 271 Analistas y diseñadores de software y multimedia. 2711 Analistas de sistemas. 2712 Analistas y diseñadores de software. 2713 Analistas, programadores y diseñadores Web y multimedia. 2719 Analistas y diseñadores de software y multimedia no clasificados bajo otros epígrafes. 272 Especialistas en bases de datos y en redes informáticas. 2721 Diseñadores y administradores de bases de datos. 2722 Administradores de sistemas y redes. 2723 Analistas de redes informáticas. 2729 Especialistas en bases de datos y en redes informáticas no clasificados bajo otros epígrafes. 28 Profesionales en ciencias sociales. 281 Economistas. 2810 Economistas. 282 Sociólogos, historiadores, psicólogos y otros profesionales en ciencias sociales. 2821 Sociólogos, geógrafos, antropólogos, arqueólogos y afines. 2822 Filósofos, historiadores y profesionales en ciencias políticas. 2823 Psicólogos. 2824 Profesionales del trabajo y la educación social. 2825 Agentes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 283 Sacerdotes de las distintas religiones. 2830 Sacerdotes de las distintas religiones. 29 Profesionales de la cultura y el espectáculo. cve: BOE-A-2010-19389 291 Archivistas, bibliotecarios, conservadores y afines. 2911 Archivistas y conservadores de museos. 2912 Bibliotecarios, documentalistas y afines. 292 Escritores, periodistas y lingüistas.
También puede leer