REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA "DOTACIÓN DE ZAPATOS ESCOLARES PARA ALUMNOS DE PREESCOLAR Y PRIMARIA". CICLOS ESCOLARES 2016-2017; 2017-2018 Y ...
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “DOTACIÓN DE ZAPATOS ESCOLARES PARA ALUMNOS DE PREESCOLAR Y PRIMARIA”. CICLOS ESCOLARES 2016-2017; 2017-2018 Y 2018-2019. Introducción El Plan Municipal de Desarrollo(PMD) 2016-2018, contempla el Programa Educación para el Progreso Integral, que tiene como objetivo el aumento de la calidad educativa, para mejorar la competitividad, como elemento indispensable en la construcción del desarrollo integral municipal. En tal sentido, el Ayuntamiento de Nacajuca, ha implantado las estrategias para gestionar programas institucionales ante los órdenes de gobierno en materia de promoción, construcción, mantenimiento y equipamiento de espacios educativos, pero también de apoyo directo a los educandos. Las líneas de acción del PMD, tienen como propósito en esta materia, brindar mejores oportunidades a los alumnos de preescolar y primaria de bajos recursos, otorgándoles apoyos para calzado a fin de contribuir a mejorar la calidad de la educación y aumentar las oportunidades de permanencia, mediante acciones compensatorias. En tal sentido el gobierno municipal diseño e implementó el Programa Dotación de zapatos escolares para alumnos de preescolar y primaria para beneficiar durante el periodo constitucional a las niñas y niños Nacajuquenses. Diagnóstico. En 2010 la población total del municipio fue de 115 mil 65 habitantes de los cuales el 49.2 % eran hombres y el 50.8 % mujeres. Con un promedio de edad de 25 años .Mientras que la razón de dependencia de edad era de 51.7 %, lo que significa que por cada 100 personas en edad productiva (15 a 64 años) hay 52 en edad de dependencia (menores de 15 años o mayores de 64 años. (1). POBLACIÓN Y VIVIENDA. PMD PÁG. 39. Según CONEVAL en 2010 en el municipio de Nacajuca existían 65 mil 101 individuos que se encontraban en estado de pobreza .Dicho número de individuos representaba el 54.3 % del total de la población del municipio. De ese número ,54 mil 877 (45.7%) presentaban una pobreza moderada y 10 mil 225 (8.5 %) se encontraban en estado de pobreza extrema. (2). MARGINACIÓN Y REZAGO SOCIAL. PMD PÁG.45
El sistema educativo en los niveles básico y medio superior en el municipio está integrado por 170 centros escolares con 1,064 aulas, a los que asisten regularmente 29, 493 alumnos que son atendidos por 1,231 docentes (ciclo escolar 2014-2015. (3). EDUCACIÓN .PMD PÁG. 46. Fundamento Legal. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos DOF. 05-02-2017. Última reforma DOF. 29-01-2016. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco PO. 05-04-1919. Última reforma. PO. 03-10-2015. Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, PO. 02-07-2014. Ley de Desarrollo Social del Estado de Tabasco, PO. 23-07-2006. Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social PO 27-12-1986. Ley de Planeación del Estado de Tabasco, PO 14-05-2013. Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Tabasco y sus municipios. Publicada en el SUP. “E” P.O. 7646 del 16 de diciembre del año 2015 .1ra reforma en el SUP. “B” del P.O. 7774 del 08 de marzo del año 2017. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, PO 11-12-2007. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco. SUP. “D” del P.O 6763 de fecha 30 de junio del año 2007. Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 68 y 69, del título VII, de la Constitución Política del Estado de Tabasco, última reforma publicada en el SUP. “B” del P.O 7811 de fecha 15 de julio de 2017. Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018.
Plan Municipal de Desarrollo de Nacajuca, Tabasco 2016-2018. Ley de Adquisiciones, arrendamiento y prestación de Servicios del Ayuntamiento de Nacajuca, Tabasco, SUP.”C” P.O. 6536 de fecha 27 de abril del año 2005.1era reforma publicada en el SUP.”B” de fecha 21 de diciembre de 2013 (decreto 060) reforma publicada en el P.O 7808 de fecha 05 de julio del año 2017. Reglamento del Comité de Adquisiciones ,arrendamiento y prestación de Servicios del Ayuntamiento de Nacajuca, Tabasco, P.O de fecha 02 de julio del año 2016. Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Nacajuca, Tabasco, 2016-2018. Reglas de Operación DE LOS BENEFICIARIOS. Solo podrán ser beneficiarios del Programa Dotación de zapatos escolares para alumnos de preescolar y primaria, todos los alumnos inscritos en los planteles educativos del municipio de nivel preescolar y primaria, y primarias bilingües del municipio, públicas y privadas. Los alumnos beneficiarios deberán ser representados por el padre o tutor o alguno de sus abuelos o tercera persona. Los padres de los alumnos, deberán presentar identificación oficial mediante (INE, pasaporte, cartilla militar) en caso de que otra persona sea el tutor, esté deberá presentar copia de la credencial de elector y que acredite la tutoría del niño o niña. Cuando padres o tutores estén finados, ilocalizables o no identificables, la entrega se realizará a alguno de los abuelos maternos o paternos que los acredite mediante acta de nacimiento del menor donde conste el parentesco, debiendo cumplir con los requisitos de tutoría. DE LOS CASOS EXCEPCIONALES. Los padres de familia cuyos hijos tengan nacionalidad extranjera, podrán aplicar al programa cumpliendo con alguno de los requisitos siguientes: a).Que sus hijos estén oficialmente inscritos en algunas de las escuelas del municipio, en los niveles de preescolar o primaria, para lo cual deberán adjuntar boleta de calificación. b).El padre o tutor deberá presentar Constancia de Residencia actualizada, expedida por la Secretaría del Ayuntamiento de Nacajuca, Tabasco.
c).Presentar copia vigente de Identificación de Residencia Permanente del Instituto Nacional de Migración. CAUSALES DE BAJA Será motivo de cancelación inmediata del apoyo, cuando se presenten cualquiera de los siguientes supuestos: 1. Cuando se compruebe que él o la beneficiario/a proporcionó datos falsos. 2. Por deserción escolar o abandono, ya sea temporal o definitiva, previo a la entrega de los apoyos. 3. Que por algún motivo los padres o tutor o los directivos de la escuela se nieguen a proporcionar la información requerida. 4.-Cuando los padres manifiestan que no requieren del apoyo del calzado, debiendo firmar de conformidad una carta de no aceptación a dicho apoyo. DEL USO Y DESTINO DEL CALZADO NO RECLAMADO Cuando un padre o tutor no acuda a recibir el calzado, a la escuela donde el niño o niña fue censado para dicho apoyo, en un término de 15 días, de la fecha programada; el ayuntamiento podrá determinar el uso o destino de los calzados. PROCEDIMIENTOS PARA SELECCIÓN DE POBLACIÓN BENEFICIADA 1.-Se realizarán reuniones con padres de familia para explicarles los requisitos de aplicación al programa 2.-Deberá realizarse un censo por cada escuela 3.-Se procederá al análisis y captura de la información censal 4.-Validada la información se procede a la entrega de requerimiento al proveedor. 5.-Entrega del calzado.
DEL LUGAR DE ENTREGA DEL CALZADO ESCOLAR. La entrega del calzado escolar se llevará a cabo en las sedes que el Ayuntamiento determine, y en los horarios que no afecten la jornada escolar; se podrán hacer las entregas en actos masivos, para lo cual se notificara previamente a los beneficiarios. DEL ACTA DE DONACIÓN. El padre o tutor, una vez recibido el calzado del menor beneficiado, deberá firmar el acta de donación que expide el Ayuntamiento, documento de carácter comprobatorio ante las instancias de fiscalización. DE LOS REQUISITOS DOCUMENTALES PARA APLICAR AL PROGRAMA DEL NIÑO O NIÑA ACTA DE NACIMIENTO DEL NIÑO O NIÑA CURP (NIÑO O NIÑA ) DEL PADRE O TUTOR COPIA INE PADRE O TUTOR (con domicilio en el municipio). y/o CONSTANCIA DE RESIDENCIA ACTUALIZADA, EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO DE NACAJUCA, TABASCO. COPIA VIGENTE DE IDENTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN.
TRANSITORIOS Artículo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación. Será resuelto de acuerdo a lo que establezcan los ordenamientos legales aplicables, Artículo Segundo.- La presente Regla de Operación, entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquier otra regla de operación expedidas con anterioridad.
También puede leer