Coalición Global para - PISOS DE PROTECCIÓN SOCIAL

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Coalición Global para
                              PISOS DE PROTECCIÓN SOCIAL
27 de enero de 2014

Un piso de protección social para todos: una meta universal de desarrollo basado en los
derechos

Ya bien entrado el siglo XXI, el mundo sigue siendo un lugar injusto, desigual, inseguro y poco
saludable para la mayoría de las personas. A nivel global, cuatro de cada cinco personas no tienen
acceso a un sistema de protección social integral. Cerca del 80 por ciento de la población mundial
vive en la inseguridad social y se enfrenta a una pérdida completa de la seguridad de sus ingresos
cuando estalla una crisis económica personal o nacional. Cerca de la mitad de nuestra población
insegura vive en una absoluta miseria, la forma más cruel de inseguridad. Se registran niveles
crecientes de feminización de la pobreza. Alrededor del 30 por ciento de la población global no
tiene acceso a una atención sanitaria adecuada. Uno de cada dos niños es pobre y millones de niños
mueren cada año por causas evitables. Millones de personas ancianas enfrentan pobreza, penurias y
enfermedades al final. La desigualdad va en aumento en muchas partes del mundo. El progreso
social es disparejo, inaceptablemente modesto y lento.

El estado de las realidades sociales globales no es inevitable y puede ser cambiado a través de una
acción decisiva.

Nosotros, la Coalición Global para Pisos de Protección Social, una coalición de más de 70
organizaciones y sindicatos, promovemos a los pisos de protección social como un instrumento
clave para alcanzar la meta social primordial de la agenda de desarrollo global. La protección social
es uno de los fundamentos para el desarrollo inclusivo, equitativo y sostenible. Puede
simultáneamente abordar las dimensiones económicas, sociales y medioambientales de
sostenibilidad y preservación de los medios de vida. Puede tener un papel transformador
contribuyendo a un crecimiento inclusivo y sostenible de largo plazo mientras mejora también la
capacidad de resistencia contra los desastres naturales y provocados por el hombre, así como la
capacidad de recuperarse de las crisis económicas y sociales. Nos suscribimos a la meta
fundamental de justicia social consagrada en la Constitución de la OIT y la Declaración de
Filadelfia1 y sus pilares básicos definidos en los artículos 22 a 26 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos.

Queremos que el derecho humano a la seguridad social2, definido al menos como seguridad de
ingreso básico garantizado y acceso a la atención sanitaria básica, sea una realidad para el 2030 – la
próxima fecha establecida para la agenda de desarrollo global. El Comité sobre derechos

1
  Constitución de la OIT (1919 y ss.) y Anexo, Declaración de Filadelfia, 1944.
2
  Según lo formulado en los Artículos 22 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948, y el Artículo 9 del Convenio
Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.

 Un piso de protección social para todos: una meta universal de desarrollo basado en los
derechos                                Coalición Global para Pisos de Protección Social

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económicos, sociales y culturales ha elaborado el contenido normativo del derecho, así como las
obligaciones fundamentales de los Estados partes respecto al derecho3.

La fecha límite de 2030 es más de 80 años después de que el derecho a la seguridad social fuera por
primera vez formulado en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Ya hay una larga
experiencia con sistemas de protección social que funcionan, pero mayormente en los países más
desarrollados. Ahora, una alentadora experiencia reciente en países menos desarrollados demuestra
que, sin duda, alguna forma de protección social es posible de lograr y de realizar casi en todas
partes4.

Creemos que a medida que este mundo se hace significativamente más rico, ninguna mujer, ningún
hombre y ningún niño necesita vivir en inseguridad social, en pobreza y en temor. Creemos que la
Recomendación No. 202 (2012) de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pisos de
Protección Social, que surgió de la Iniciativa Global Conjunta del sistema de la ONU para el Piso de
Protección Social, es una piedra angular para alcanzar el objetivo de garantizar la seguridad, para
eliminar el miedo a la miseria y para proteger los niveles de vida cuando las personas están
enfermas, desempleadas, discapacitadas y ancianas, o no pueden trabajar por tener que encargarse
del cuidado de los niños o de los miembros enfermos de la familia. La Recomendación puede
ayudar a abordar la desigualdad y la discriminación que las mujeres experimentan en el acceso a los
servicios sociales básicos, a las oportunidades y a los recursos económicos. Para que las mujeres y
los hombres se beneficien equitativamente de los sistemas de protección social, el papel de las
mujeres como proveedoras de cuidados debe ser explícitamente abordado por los programas de
protección social, como también deben serlo las diferencias en el acceso a los servicios, al trabajo y
a las actividades productivas entre mujeres y hombres

La Coalición Global para Pisos de Protección Social sostiene que el concepto de piso de
protección social desarrollado por la Iniciativa de Piso de Protección Social de la ONU,
descrita en el informe “Bachelet”5 y definida en la Recomendación No.
202 de la OIT debe abarcar el objetivo social fundamental de la agenda de desarrollo global
post-2015.

Pisos nacionales de protección social
La Recomendación No. 202 de la OIT concerniente a los Pisos Nacionales para la Protección
Social6 es un instrumento, de la ley internacional pública, que todos los Estados miembros de la OIT
deben tomar en cuenta al elaborar su legislación social nacional. La Recomendación establece el
contenido fundamental para el Derecho Humano a la Seguridad Social como se encuentra expresado
en el Artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948.

La Recomendación estipula que los pisos nacionales de protección social deben comprender
garantías de seguridad social básica para:

3
  Observación general 19 : “Garantizar el acceso a un esquema de seguridad social que proporcione mínimamente un nivel esencial de
beneficios a todos los individuos y familias que les posibilite conseguir al menos atención sanitaria esencial, vivienda y abrigo básicos,
agua y saneamiento, comestibles y las formas más básicas de educación” (CG 19, Art. 59a).
4
  Ya la implementación de pisos de protección social diseñados a nivel nacional es un motor clave de la agenda de desarrollo social,
especialmente la Declaración y Plataforma de Acción de Copenhague y sus metas de erradicación de la pobreza, inclusión social, empleo
pleno y trabajo digno.
5
  En abril de 2009, la Junta de Ejecutivos de la ONU sobre Programas eligió el tema de Pisos de Protección Social (PPS) como una de
nueve prioridades para hacer frente a la crisis global, sus consecuencias y la necesidad evidente de adecuados sistemas de protección
social. La iniciativa había de ser dirigida conjuntamente por la OIT y la OMS. En octubre de 2011, la junta consultiva de alto nivel de
Iniciativa de Pisos de Protección Social, una coalición de organismos de la ONU, donantes bilaterales y ONG presididos por Michelle
Bachelet (entonces expresidenta de Chile y exDirectora Ejecutiva de ONU-Mujeres) presentó un informe al Secretario General de la
ONU que exige un nivel mínimo de protección social para todos y demuestra su factibilidad. OIT: Piso de Protección Social: para una
globalización justa e integradora – Informe del grupo consultivo presidido por Michelle Bachelet, Ginebra, 2011.
6
  Organización Internacional del Trabajo (OIT 2012): Seguridad social para todos – Construyendo pisos de protección social y sistemas
integrales de seguridad social, Ginebra, 2012 (ver el texto de la recomendación en la página 33

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     acceder a un conjunto de bienes y servicios, que constituyen la atención sanitaria esencial,
           incluida la atención de maternidad, que cumpla con los criterios de disponibilidad,
           accesibilidad, aceptabilidad y calidad;
          seguridad de ingresos para los niños, por lo menos a un nivel mínimo nacionalmente
           definido, proporcionando acceso a nutrición, educación, cuidado y cualesquier otros bienes
           y servicios necesarios;
          seguridad de ingreso básico, por lo menos a un nivel mínimo nacionalmente definido, para
           personas en edad activa que no pueden ganar el ingreso suficiente, en particular en casos
           de enfermedad, desempleo, maternidad y discapacidad; y
          seguridad de ingreso básico, por lo menos a un nivel mínimo nacionalmente definido, para
           las personas ancianas.

La Recomendación hace hincapié en que los Pisos de Protección social no son un objetivo estático.
Se espera que los Estados los incorporen en estrategias para extender la seguridad social que
progresivamente asegure niveles más altos de seguridad social a la mayor cantidad de gente posible,
y para ese fin los Estados deben progresivamente construir y mantener sistemas de seguridad social
integrales y adecuados. Los pisos de protección social son un primer paso hacia la protección social
universal, integral y basada en los derechos para todos. De ninguna manera los pisos de protección
social pueden ser conceptualizados como – o servir de- techos para tapar el acceso a la seguridad
social. Deben ser parte de estrategias nacionales para el desarrollo de la protección social más
amplias y coherentes.
La Recomendación promueve 18 principios de derechos humanos que deberían regir los sistemas
nacionales de protección social, entre otras cosas, la universalidad, la no-discriminación y la
inclusión social. También está entre ellos el principio de que los servicios públicos de alta calidad
mejoran la entrega de sistemas de seguridad social y que los actores clave en las sociedades
deberían participar en el diseño e implementación de los sistemas nacionales de protección social.
Finalmente, la Recomendación reconoce explícitamente que el acceso a la atención sanitaria básica
y a la seguridad de ingresos son objetivos interrelacionados que no deberían y no pueden ser
perseguidos aisladamente sin perder efectividad y eficiencia; y encarece a los Estados a
comprometerse en un vasto proceso participativo nacional para hacer efectiva la Recomendación.

En consonancia con los tratados más importantes de la ONU sobre derechos humanos, la
Recomendación ofrece una orientación normativa fuerte, reconociendo que el Estado tiene la
responsabilidad general y fundamental de poner en práctica la Recomendación. En
consecuencia, el Estado, en diálogo con las sociedades, determina el marco legal y regulatorio,
los medios y métodos de implementación, el nivel de protección social y la naturaleza de
acceso (servicios directos y/o servicios de apoyo para el ingreso al acceso efectivo).

Los pisos de protección social y su papel en el desarrollo económico, la lucha contra la pobreza
y la reducción de la desigualdad

La Coalición Global para los Pisos de Protección Social reconoce que la protección social puede ser
útil para prevenir la pobreza y corregir sus consecuencias en todos los niveles de ingreso. También
puede ser útil para abordar algunas de las causas sistémicas de la pobreza, pero no puede hacerlo
aisladamente7. Como la Recomendación No. 202 establece, la protección social debe estar
incorporada en la amplia matriz de las políticas económicas y sociales para ser efectiva y procurar el

7
  Los pisos de protección social no pueden ser un sustituto para el desarrollo social. No pueden servir simplemente de herramienta para
alterar las causas profundas de la pobreza estructural. Es más, los pisos de protección social no pueden ser usados como excusa para cesar
los esfuerzos para mejorar los medios de vida, asegurar trabajo decente para todos, y elevar el nivel de vida para todos.

 Un piso de protección social para todos: una meta universal de desarrollo basado en los
derechos                                Coalición Global para Pisos de Protección Social

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mayor beneficio. El potencial de la protección social para mejorar la vida de las personas será
plenamente alcanzado sólo cuando esté vinculada a mercados laborales centrados en las personas,
en políticas económicas justas y políticas medioambientales que bajen el nivel de riesgo individual8
y reduzcan las amenazas al bienestar y la participación de todas las personas.

Los pisos de protección social bien diseñados reducirán las desigualdades y promoverán
proactivamente la igualdad de género porque las garantías de protección social tienen múltiples e
interconectados efectos beneficiosos que pueden ocasionar un círculo virtuoso. Una mejor
educación conduce a una vida con mejor trabajo; el acceso a la atención sanitaria , nutrición, agua y
saneamiento mantiene a las personas saludables, y conduce a empleos más sostenibles; el acceso a
la vivienda promueve la estabilidad, la participación cívica y el acceso al sistema de servicio social;
la asistencia para las mujeres durante la maternidad mejora sus perspectivas de trabajo a tiempo
completo y una historia laboral más consistente; el bajo desempleo de los jóvenes lleva a
perspectivas de mejor trabajo a lo largo de la vida, y así sucesivamente. Todos estos beneficios han
sido demostrados y son de máxima importancia para el desarrollo humano. Los pisos de protección
social bien diseñados sirven como estabilizadores económicos y sociales en tiempos de crisis y
nunca deberían ser puestos en riesgo en tiempos de crisis9.

La Coalición no prevé un futuro en el cual algunas personas saquen provecho de la globalización
económica y los pisos de protección social sean utilizados para compensar a aquellos que no lo
hagan. Los pisos de protección social son concebidos como una inversión en la gente que puede
abordar la desigualdad de oportunidades a través de transferencias en efectivo o en especie. Los
pisos de protección social no pueden alterar las grandes desigualdades generadas por sesgadas
distribuciones de ingresos básicos y los resultantes niveles de vida desiguales que existen en todas
las sociedades en mayor o menor grado.

Fundamentalmente, los pisos de protección social pueden promover el derecho para que todas
las personas participen del bienestar de una sociedad, aprovechar las oportunidades y
contribuir al desarrollo de su sociedad. El concepto subyacente de pisos de protección social
invalida cualquier crítica formulada de que se funda en un principio de caridad y que alienta
la dependencia. Las personas excluidas de una sociedad no pueden contribuir a esa sociedad.
La inclusión en la sociedad es la única vía para llegar al disfrute pleno de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales.

Nuestra meta: pisos universales de protección social
La Coalición Global para Pisos de Protección Social sostiene que la estrategia bidimensional de la
Recomendación, de extender garantías de seguridad social básica a todos y de asegurar protección
de mejor calidad, debe ser adoptada como una guía en el desarrollo de una meta de protección
social general para el desarrollo social en el marco de la agenda de desarrollo post 2015.

8
  Los riesgos de fuentes múltiples (pérdida del empleo; enfermedad; crimen; desastres naturales, crisis financieras (Ver Informe sobre
Desarrollo Mundial 2014; Washington; D.C. Banco Mundial, 2013) pueden ser abordados por Pisos de Protección Social, pero para
disminuirlos también se deberían diseñar políticas nacionales. Es más, el Banco Mundial afirma que la “provisión de seguros básicos
contra riesgos asociados con la enfermedad y la vejez discutiblemente es una meta fundamental de la política social…” y apoya a que se
revise la desconexión de la seguridad social del estatus laboral para cubrir a los trabajadores en la economía informal, comprometiendo a
la acción pública, entre otras cosas, para proporcionar “atención sanitaria básica y pensiones de vejez financiadas por el Estado y dirigidas
a las poblaciones vulnerables, pero potencialmente abiertas a todos (al menos para la atención de salud)”.
9
  Ver también la carta con fecha del 16 de mayo de 2012 dirigida por la presidenta del Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y
Culturales a los Estados partes del Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece entre otras
cosas que las políticas de austeridad “deben identificar el contenido mínimo fundamental de los derechos o un piso de protección social,
según lo desarrollado por la Organización Mundial del Trabajo, y garantizar la protección de este contenido fundamental en todos los
tiempos”.

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En la tabla anexa se da una idea para hacer el seguimiento del progreso según esta estrategia, de las
metas, niveles de objetivos e indicadores para monitorear la realización de los dos objetivos
La Coalición Global para Pisos de Protección Social promueve el derecho de todas las personas
residentes en un país a la seguridad social, independientemente de la documentación. En
consecuencia, no hay referencia en este marco al estatus de ciudadanía de ninguna persona dentro
de las fronteras de un país o territorio reconocido.

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Anexo
Un piso de protección social para todos: un objetivo de desarrollo basado en los derechos universales

        Objetivo                           Metas                    Nivel del objetivo             Indicadores de progreso10
                                                                         en 2030

(1) Que todos los            1. Que la mayor cantidad              100 por ciento de         (1) Número de países con planes de
países hayan                 posible de personas disfrute          todos los países.         desarrollo de protección social.
adoptado y estén             del nivel más alto posible de
implementando                protección social.
progresivamente
estrategias
nacionales para el
desarrollo de la
protección social

        Objetivo                           Metas                    Nivel del objetivo                      Indicadores

(2) Que todas las            1. Seguridad sanitaria para           100 por ciento de         (2) Proporción (porcentaje) de la
personas disfruten           todos:                                los residentes en         población con servicios y bienes
de un piso de                                                      todos los países.         sanitarios de calidad necesarios para el
protección social            Que toda la gente tenga acceso                                  disfrute del nivel más alto alcanzable
                             a los bienes y servicios de                                     de salud11 que estén disponibles,
                             atención    sanitaria   básica                                  accesibles, aceptables y asequibles.
                             definidos como necesarios a
                             nivel nacional.                                                 (3) Proporción (porcentaje) de la
                                                                                             población con protección financiera
                                                                                             que asegura el acceso efectivo a los
                                                                                             servicios y bienes sanitarios.

                             2. Seguridad de ingresos para         100 por ciento de         (4) Proporción (porcentaje) de niños
                             todos:                                todos los residentes      residentes con acceso a seguridad de
                                                                   en todos los países.      ingreso básico.
                             El concepto de seguridad de
                             ingreso implica el acceso a                                     (5) Proporción (porcentaje) de
                             bienes y servicios (entre otras                                 residentes en edad activa con acceso a
                             cosas, nutrición, vivienda,                                     seguridad     de    ingreso    básico,
                             educación y atención sanitaria)                                 particularmente en el caso de
                             definidos como necesarios a                                     enfermedad, desempleo o pérdida de
                             nivel nacional que sean                                         medios de vida, maternidad o
                             garantizados por el Estado a                                    discapacidad.
                             través de provisión directa o de
                             beneficios en dinero que                                         (6) Proporción (porcentaje) de
                             posibiliten la compra de los                                    personas ancianas con acceso a
                             bienes y servicios necesarios.                                  seguridad de ingreso básico.

10
     Todos los indicadores de progreso deben ir desagregados –donde sea aplicable- por género, edad y clase por tipo de ingreso.
11
     Según lo establecido en la constitución de la OMS de 1946

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