Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas Informe de Presupuesto Ordinario 2020 - DE-452-2019 Secretaría Técnica de la ...

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Consejo Nacional para Investigaciones
     Científicas y Tecnológicas

Informe de Presupuesto Ordinario 2020

                 DE-452-2019

  Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria
                  Diciembre, 2019
Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas Informe de Presupuesto Ordinario 2020 - DE-452-2019 Secretaría Técnica de la ...
Índice

RESUMEN EJECUTIVO ------------------------------------------------------------------------------------1

INTRODUCCIÓN ---------------------------------------------------------------------------------------------3

CAPÍTULO I: ANÁLISIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020 ----------------------------4

1.1 Descripción General de la Entidad----------------------------------------------------------------------- 4

1.2. Análisis de los ingresos ------------------------------------------------------------------------------------ 5

1.3. Análisis de los gastos presupuestados --------------------------------------------------------------- 9

1.4     Empleo y Salarios ----------------------------------------------------------------------------------------16

1.5     Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 --------------------------------------------19

CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DIRECTRICES Y DEMÁS
NORMATIVA ------------------------------------------------------------------------------------------------- 20

CAPÍTULO III: DISPOSICIONES ----------------------------------------------------------------------- 22

BIBLIOGRAFÍA ---------------------------------------------------------------------------------------------- 24
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Índice de gráficos

Gráfico 1. CONICIT: Presupuesto de ingresos 2020 -------------------------------------------------------- 5
Gráfico 2. CONICIT: Distribución ingresos por transferencia 2020 -------------------------------------- 6
Gráfico 3. Estructura del presupuesto por objeto del gasto 2016-2020 (En porcentajes) ---------10
Gráfico 4. CONICIT. Distribución de transferencias Corrientes 2020 ----------------------------------12
Gráfico 5. CONICIT: Ejecución Presupuestaria 2016-2018 (En millones de colones y
porcentajes) ----------------------------------------------------------------------------------------------------------14
Gráfico 6.CONICIT: Ejecución Presupuestaria por objeto de gasto ------------------------------------15

                                                      Índice de tablas

Tabla 1. CONICIT: Estructura Presupuestaria ---------------------------------------------------------------- 4
Tabla 2. CONICIT: Estructura de los ingresos 2016-2020 ------------------------------------------------- 7
Tabla 3. CONICIT. Superávit disponible y superávit presupuestado 2020----------------------------- 8
Tabla 4. CONICIT. Gastos financiados con superávit libre ------------------------------------------------ 8
Tabla 5. CONICIT. Presupuesto por programas 2020 ------------------------------------------------------ 9
Tabla 6 CONICIT. Presupuesto en remuneraciones -------------------------------------------------------11
Tabla 7. CONICIT. Detalle de la producción, según programación estratégica 2020 --------------19
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DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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                                     Resumen Ejecutivo

El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, tiene la responsabilidad
de "promover la generación de innovación y conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin
último de mejorar la calidad de vida y el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”.

La entidad estimó un presupuesto para el 2020 de ¢3.376,0 millones, para dar cumplimiento a
los objetivos institucionales, presentando un aumento leve del 19,4% respecto al presupuesto
modificado a setiembre 2019, lo que en términos nominales corresponde a ¢547,7 millones.

Las Transferencias Corrientes, aportan más de la mitad de los ingresos (69,7%), el equivalente
a ¢2.351,8 millones, provenientes, en su mayoría, del Gobierno Central, las cuales tienen un fin
específico. De ese monto, ¢2.288,0 millones provienen del Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, para financiar gastos operativos, el fondo de incentivos y el fondo para el
Programa de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa, mientras que el Ministerio de Salud,
aporta ¢50,0 millones, en atención de la Ley General de Control del Tabaco y sus efectos
nocivos, Ley No.9028, para elaborar y difundir información, programas educativos e
investigaciones referidas a la prevención, el control y los efectos del tabaco. Otras
transferencias de menor cuantía, ¢13,8 millones, provienen del Fideicomiso, correspondiente al
3% de cada proyecto aprobado con recursos del PROPYME.

Los recursos de vigencias anteriores, constituidos por superávit libre y específico, son las
segunda fuente en importancia, un total de ¢974,2 millones, que representa el 28,9% del total
de ingresos, recursos que provienen en su mayoría, de los remanentes no ejecutados de
transferencias corrientes dirigidas al financiamiento y promoción de actividades científicas y
tecnológicas.

Otros ingresos de menor relevancia por ¢50,0 millones, corresponden al 1,4% restante,
provenientes de reintegros y devoluciones que realizan los beneficiarios de las ayudas
financieras otorgadas y no utilizadas en su totalidad del Fondo de Incentivos.

La propuesta de gasto, se distribuye en 3 programas presupuestarios asignándose
prioritariamente, a financiar las actividades de Ciencia y Tecnología, en sus dos programas
sustantivos: el programa Desarrollo Científico y Tecnológico que concentra el 58,2% del
presupuesto y el programa “Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación”, con una
participación del 19,9%. Mientras el programa administrativo, tiene asignado el 21,9%.

La estructura del presupuesto 2020, por objeto del gasto, al igual que periodos anteriores,
ocupa la mayor asignación presupuestaria en Transferencias, más de la mitad del presupuesto,
lo que guarda relación con la gestión que llevan a cabo los programas sustantivos. Mientras, los
restantes gastos operativos, materiales y suministros y servicios tienen menor relevancia
presupuestaria, al igual que la partida de bienes duraderos.

La asignación presupuestaria para sufragar las remuneraciones, ocupa la tercera parte del
presupuesto, aumentando 7,4%, pasando de ¢1.012,0 millones en el 2019 a ¢1.087,0 millones,
para el financiamiento de 48 plazas por cargos fijos, estimando un aumento por costo de vida
de ¢3.750,0 para cada semestre. En la estructura del gasto en remuneraciones, sobresalen los
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recursos asignados a los pluses salariales (anualidades, carrera profesional, prohibición,
dedicación exclusiva y complemento salarial de informáticos), que son el segundo rubro de
significancia en la partida de remuneraciones (excluyendo aguinaldo y salario escolar), donde
destacan las anualidades y la retribución por el ejercicio liberal de la profesión (dedicación
exclusiva y prohibición). De la verificación efectuada, se determinó que la entidad está
contemplando lo estipulado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N°9635 y su
reglamento en materia de empleo. En lo que respecta al plus de complemento salarial de
informática, que se reconoce en términos porcentuales, no queda claro como se está aplicando
el mismo, si está conforme a lo establecido en el artículo 54 de la citada ley, que estable la
forma en que han de calcularse a futuro los pluses, ya no porcentualmente, sino mediante un
monto nominal fijo.

Según lo establecido en artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la
citada Ley N°9635, el presupuesto 2020 del CONICIT, debe cumplir con un crecimiento del
gasto corriente de 4,67%, según lo comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio
DM-0466-2019. No obstante, la certificación emitida por esta Secretaría Técnica a la Contraloría
General de la República, en oficio STAP-1958-2019, indica que el CONICIT incumplió con la
aplicación de la regla fiscal al gasto corriente, ya que creció 39,44%.

Respecto a la programación estratégica institucional, los recursos programados en la MAPP,
corresponden al 100% del presupuesto institucional, contando con el aval de vinculación de la
programación presupuestaria con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y de
Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022, emitido por el MICITT.

En dicha programación, para sus dos programas sustantivos, se establecen productos e
indicadores asociados a los mismos, los cuales se consignan como productos finales e
intermedios. Sin embargo, es importante que la entidad, de acuerdo con su función y en
atención a los procesos productivos, valore reformular su estructura programática y su
producción.
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                                         Introducción

El objetivo de este informe es realizar un análisis del presupuesto presentado por el Consejo
Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, por la suma de ¢3.376,0 millones, con
el fin de verificar el cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria
y su Secretaría Técnica, así como su vinculación con la programación estratégica en el Plan
Operativo Institucional.

La elaboración del informe se orientó con la “Guía análisis y dictamen de los presupuestos
ordinarios 2020 y su vinculación con Planes Operativos Institucionales”, elaborada por esta
Secretaría Técnica, según DE-312-2019. Los insumos de información comprendieron el
Presupuesto Ordinario 2020 presentado por la entidad, informes de Liquidación Presupuestaria
2016-2018 y para los años 2018 y 2019, y la Ejecución Presupuestaria al 30 de setiembre 2019,
así como información adicional suministrada por esa entidad.

El estudio se desarrolla en tres capítulos. El primero comprende el análisis del presupuesto y
POI 2020, iniciando con una breve reseña de la naturaleza de la entidad, en el segundo y tercer
apartado, contempla un análisis de la composición y dinámica de los ingresos y gastos
presupuestados en el periodo 2016-2020 y lo relativo a la ejecución presupuestaria,
respectivamente y un cuarto apartado, lo relacionado a Empleo y Salarios, extrayendo los
principales hallazgos y en el quinto acápite se analiza la vinculación del POI 2020 con el
PNDIP 2019-2022.

Un segundo capítulo contempla la verificación del cumplimiento de las Directrices Generales de
Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el 2020, que son de
cumplimiento obligatorio para las entidades dentro del ámbito de la Autoridad Presupuestaria y
demás normativa relacionada de la cual tiene competencia la Autoridad Presupuestaria.
Finalmente, el tercer capítulo, presenta las disposiciones a atender por parte de la entidad,
derivadas del análisis realizado.

El estudio presenta los principales hallazgos del presupuesto 2020, que no presenta variaciones
significativas en su estructura de gastos ni en la estructura programática.
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Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2020

1.1 Descripción General de la Entidad

El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT) es una
institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada mediante la Ley No.
5048, del 09 de agosto de 1972 y su función es "promover la generación de innovación y
conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin último de mejorar la calidad de vida y el
desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”. Tiene a cargo el manejo del Registro
Científico y Tecnológico (RCT) que registra los investigadores nacionales, los centros de
investigación con los que cuenta el país y los proyectos de investigación que se han realizado
en Costa Rica.

Por su parte, la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, No. 7169, establece
que el CONICIT apoyará la gestión, la innovación y la transferencia científica y tecnológica, así
como la generación de nuevo conocimiento, mediante el financiamiento de la investigación, la
formación de recurso humano especializado, la asesoría e información científica y tecnológica y
otros servicios técnicos.

El CONICIT, según el Clasificador Institucional es una entidad descentralizada no empresarial y
se ubica en el Sector de Ciencia, Tecnología, Telecomunicaciones y Gobernanza Digital,
conforme lo establece el Decreto No.41187-MP-MIDEPLAN, que indica que el CONICIT está
bajo la rectoría del Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.

Para el cumplimiento de sus fines institucionales, la entidad cuenta con una estructura
programática conformada por tres programas, de los cuales, dos son sustantivos y uno de
apoyo (Gestión Administrativa), concentrando los programas sustantivos, la mayor asignación
de recursos, según el siguiente detalle:

                         Tabla 1. CONICIT: Estructura Presupuestaria
                           (en millones de colones y porcentajes)

                                                                       Participación
                            Programa                  Presupuesto
                                                                         relativa
              Gestión Administrativa                           739,5          21,9%
              Promoción de la Ciencia, Tecnología e
                                                               672,5          19,9%
              novación
              Desarrollo Científico y Tecnológico            1.964,0          58,2%

              Total                                             3.376,0       100,0%
              Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT

Para los programas sustantivos, define productos finales e intermedios, como se verá en el
apartado de programación.
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1.2. Análisis de los ingresos

Los ingresos programados del CONICIT para el 2020 son por ¢3.376,0 millones, aumentando
nominalmente ¢547,7 millones respecto al presupuesto modificado al III trimestre 2019 (un
19,4%). Más de la mitad de los ingresos, 69,7%, son provistos por Transferencias Corrientes,
principalmente de Gobierno Central, complementado con recursos de Superávit, como se
muestra a continuación:

                       Gráfico 1. CONICIT: Presupuesto de ingresos 2020
                                    En millones de colones

                         Reintegros y devoluciones         50,00

             Transf. corrientes del gobierno central                                       2.337,99

             Transf. corrientes de instituciones púb.
                                                        13,84
                              financ.

                                      Superávit libre   20,30

                                Superávit especifico                   953,85

                                                    0,00           1.000,00     2.000,00       3.000,00

            Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT

El superávit ha sido un ingreso regular, aportando para el 2020, el 28,3% de los recursos. Por
su parte, los reintegros de efectivo, tienen poca relevancia presupuestaria.

Respecto a las transferencias corrientes del Gobierno Central, que es la principal fuente de
recursos, provienen por disposición de diversa normativa para destinarlos a fines específicos,
cuyos montos corresponden a lo programado en la Ley de Presupuesto de la República 2020,
aprobada por la Asamblea Legislativa, pendiente de publicación.

A continuación se muestra la conformación de los recursos por transferencias:
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               Gráfico 2. CONICIT: Distribución ingresos por transferencia 2020
                                   En millones de colones

                                                        128,8 50,0   13,8

                     MICITT, Ley 5048
                     MICITT, Ley 7169
                                                932,9                       1.226,3
                     MICITT, Ley 8262
                     M.SALUD, Ley 9028
                     Inst.Públicas Finac.

                 Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, aporta la mayoría de los ingresos
por transferencias, ¢2.288,0 millones:

       ¢1.226,3 millones son para gastos operativos, con fundamento en la Ley 5048 que en su
        Artículo 16 dispone: ”El Consejo recibirá anualmente del Poder Ejecutivo la suma necesaria
        para hacerlo operante”, suma que deberá incluirse en el Presupuesto Ordinario de la
        República.

       En atención a la Ley 7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, se
        transfieren ¢932,9 millones, para el Fondo de Incentivos, para el financiamiento de
        becas de pre y posgrado, proyectos de investigación científica y tecnológica,
        participación y organización de actividades científicas y tecnológicas, así como
        financiamiento a empresas productivas de bienes y servicios, públicas y privadas.

       Para la atención del desarrollo tecnológico e innovación en las pequeñas y medianas
        empresas del país, según Ley 8262 “Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas
        Empresas”, se transfieren al CONICIT ¢128, 8 millones, para ser transferidos al Fondo
        PROPYME, Fideicomiso 25-02, CONICIT/BANCREDITO.

Por otra parte, del Ministerio de Salud, proviene una transferencia por ¢50,0 millones, en
atención de la Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos, Ley No.9028, que
dispone en el artículo 21: “El Ministerio de Salud coordinará con el Ministerio de Educación Pública y
las demás entidades públicas vinculadas con la salud y la investigación, con el fin de elaborar y difundir
información, programas educativos e investigaciones referidas a la prevención, el control y los efectos
del tabaco”.

La transferencia de estos recursos se respalda con un convenio entre el CONICIT y el Ministerio
de Salud. La entidad señala que estos fondos son para atender el financiamiento de proyectos
de investigación que generen nuevos conocimientos y desarrollo de tecnologías para contribuir
a mejorar la toma de decisiones en salud en lo referente al tema del Tabaco y problemas de
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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salud relacionados, así como desarrollar actividades de divulgación y socialización de la ciencia
y la tecnología en salud en lo referente al tema del Tabaco y problemas de salud relacionados.

Otras transferencias de menor cuantía, ¢13,8 millones, se originan de lo dispuesto en el artículo
15 de la Ley 8262 “Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas” (PROPYME), que
indica que “Como complemento del presupuesto ordinario del CONICIT, se le asignará un tres por ciento
(3%) de cada proyecto aprobado con recursos del PROPYME, para que cree y aplique los mecanismos
que aseguren la administración, la promoción, la evaluación, el control y el seguimiento de los proyectos
presentados a este al PROPYME”.

La estructura presupuestaria de los ingresos 2020, no presenta variaciones significativas
respecto a años anteriores, según se muestra a continuación:

                    Tabla 2. CONICIT: Estructura de los ingresos 2016-2020
                             (En millones de colones y porcentaje)

                                          INGRESOS                              TASAS DE VARIACIÓN
     DETALLE
                                                            1/    2020      17/16 18/17   19/18 20/19
                     2016       2017       2018      2019
  Ingresos no
                        0,00      0,00       50,00     50,44       50,00    0,0%    0,0%     0,9%    -0,9%
  tributarios

  Transferencias
                    2.378,50   2.655,42   2.572,93   2.284,43    2.351,83   11,6%   -3,1% -11,2%     3,0%
  corrientes

  Financiamiento      343,50    320,39      298,96    493,44      974,15    -6,7%   -6,7%   65,1%    97,4%

  Total             2.722,01   2.975,81   2.921,89   2.828,31    3.375,99   9,3%    -1,8%    -3,2%   19,4%
 Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT.

Las transferencias han constituido la principal fuente de recursos, que para los años 2018 y
2019 disminuyeron, presentando una leve recuperación para el 2020.

Los recursos de financiamiento, conformados por superávit libre y específico, constituyen un
ingreso recurrente, que muestra un aumento significativo en el 2019 y aún más para el 2020.
Estos recursos provienen de los remanentes del gasto en transferencias corrientes no
ejecutadas, destinadas tanto a gastos operativos como al financiamiento y promoción de
actividades científicas y tecnológicas, como se verá más adelante.

Según la certificación emitida, el desglose del superávit incorporado en el 2020, es coincidente
con el disponible total, emitido en la certificación del superávit:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                           Página 8 de 28

         Tabla 3. CONICIT. Superávit disponible y superávit presupuestado 2020
                               (En millones de colones)

                                                                                   Monto
                                                              Monto
                      Detalle del Superávit                                    presupuestado
                                                            disponible
                                                                                    2020
            Superávit Libre 2019 (Ley 5048)                          20,3                 20,3
            Superávit Específico 2019 (Ley 7169)                    770,6                770,6
            Superávit Específico 2018 (Ley 9028)                    178,6                178,6
            Superávit Específico 2018 (Ley 8262)                     0.17
                                                                                           4,6
            Superávit Específico 2019 (Ley 8262)                      4,4
          Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT

La entidad no presentó el estado de origen y aplicación de fondos, según lo solicitado en el
oficio STAP-CIRCULAR-1351-2019, no obstante, de las justificaciones aportadas en los
diferentes gastos, se indica la fuente de financiamiento, determinándose que con recursos de
superávit libre se financiarán los siguientes rubros:

                   Tabla 4. CONICIT. Gastos financiados con superávit libre
                                 (En millones de colones)

                                          Subpartida                          Monto
                       Útiles, materiales y suministros                         0.1
                       Mantenimiento de edificios, locales y terrenos           1,3
                       Tintas, pinturas y diluyentes                            0.9
                       Bienes intangibles                                       6,5
                       Transferencias corrientes                               11,5
                       Total                                                   20,3
                      Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020, CONICIT

Según se observa, con excepción de los bienes intangibles, se está financiando gastos con
superávit libre que se contrapone con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ejecutivo
No.32452-H, “Lineamientos que regulan la aplicación del artículo 6º de la Ley No. 8131,
considerando la clase de Ingresos del Sector Público denominada Financiamiento” y sus
reformas, ya que dichos gastos son de carácter permanente.

Respecto al Superávit Específico, se debe tener presente que sólo podrán financiar aquellos
gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a
esos recursos, por lo que la administración activa debe velar por su cumplimiento.

Los restantes ingresos, “Ingresos no tributarios”, que se presupuestan a partir del 2018, tienen
poca relevancia en el presupuesto institucional y provienen de la devolución de dinero de las
ayudas financieras otorgadas y no utilizadas en su totalidad por parte de los beneficiarios del
Fondo de Incentivos, Ley 7169 “Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico”,
recursos que se destinan para financiar el gasto en “Transferencias corrientes”, para atender
nuevas solicitudes de financiamiento a personas físicas y jurídicas.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                            Página 9 de 28

1.3. Análisis de los gastos presupuestados

La propuesta de gasto 2020, por un monto de ¢3.376,0 millones, se distribuye en 3 programas
presupuestarios, según se muestra a continuación, asignándose prioritariamente, a financiar las
actividades de Ciencia y Tecnología, a la promoción de actividades científicas, tecnológicas y
de innovación, en sus dos programas sustantivos.

                     Tabla 5. CONICIT. Presupuesto por programas 2020
                     (En millones de colones y participación porcentual)

                                   Programa 01
                                                          Programa 02            Programa 03
                                 Promoción de la
                                                            Gestión           Desarrollo Científico
           Partida Presup.      Ciencia, Tecnología
                                                         Administrativa         y Tecnológico
                                   e Innovación
                                 Monto        %        Monto         %         Monto         %
        Remuneraciones                511,1    76,0%         575,9    77,9%          0,0     0,0%
        Servicios                       5,8      0,9%        140,5    19,0%          4,4     0,2%
        Materiales y sum.               1,0      0,1%          2,3     0,3%          0,0     0,0%
        Bienes duraderos                0,0      0,0%          6,5     0,9%          0,0     0,0%
        Transf. Corrientes            154,6    23,0%          14,3     1,9%      1.959,6    99,8%
        Total                         672,5   100,0%         739,5   100,0%      1.964,0   100,0%
        Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT.

La mayor asignación de recursos, es para el Programa 3, que concentra el 58,2% del
presupuesto institucional, para financiar las actividades de Ciencia y Tecnología (proyectos,
actividades científicas, becas, entre otros), recursos que se transfieren a los beneficiarios, por
ello, prácticamente la totalidad de los recursos se destinan a transferencias. Este programa está
conformado por dos subprogramas, según fuente de financiamiento: “Fondo de incentivos, Ley
7169” y el otro denominado “Tabaco”.

La ejecución de estos recursos requiere de un proceso productivo, que inicia con las
convocatorias de proyectos por parte del MICITT, correspondiéndole al CONICIT la evaluación
de las solicitudes, que una vez aprobadas por el Consejo Director, se trasladan a la Comisión
de Incentivos del MICITT, que da la aprobación final, siendo este ministerio el que elabora los
convenios con los beneficiarios, para luego remitir los contratos al CONICIT, para que realice
los desembolsos a los beneficiarios y su respectivo seguimiento.

El programa responsable de la gestión administrativa, concentra el 21,9% del presupuesto y se
financia con la transferencia del MICITT, según Ley 5048, recursos destinados a gastos
operativos, por ello el 77,9% del gasto en este programa se destina al pago de remuneraciones.
En orden de importancia, el 19% es para el pago de servicios, entre los cuales hay servicios en
gestión y apoyo para la contratación de evaluadores. Poca relevancia tiene la asignación de
recursos en las otras partidas de gasto.

Por su parte, el programa sustantivo “Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación”, tiene
una participación del 19,9%, destinándose la mayoría de los recursos, el 76%, a
remuneraciones y 23% para Transferencias Corrientes, mientras que el 1% es para gastos en
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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Servicios y Materiales y Suministros. Este programa se financia con recursos de la Ley 5048,
Ley 7169 y Ley 8262.

La estructura del presupuesto 2020, por objeto del gasto, no muestra variaciones significativas
respecto a años anteriores. Las asignaciones presupuestarias de mayor relevancia, que guarda
correspondencia con la gestión que llevan a cabo los programas sustantivos, son las
transferencias, que tienen más de la mitad del presupuesto, seguido por remuneraciones.
Mientras los restantes gastos operativos, tienen menor relevancia presupuestaria (se agrupan
las partidas de bienes duraderos, materiales y suministros y servicios, en otros gastos, ya que
dada su baja participación, individualmente no se reflejarían):

                 Gráfico 3. Estructura del presupuesto por objeto del gasto
                                          2016-2020
                                      (En porcentajes)

                 100,0%
                                12,2%     11,8%      6,3%       7,6%           4,8%
                   80,0%

                   60,0%       50,1%                 56,9%
                                          54,6%
                                                                56,6%          63,0%
                   40,0%

                    20,0%       37,7%
                                          33,6%      36,9%
                                                                35,8%
                     0,0%                                                      32,2%
                               2016
                                         2017
                                                   2018
                                                               2019
                                                                           2020

                      Remuneraciones        Transferencias corrientes     Otros gastos

          Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT.

Dada la relevancia presupuestaria en los gastos de Remuneraciones y Transferencias
Corrientes, a continuación se presenta con mayor detalle, su conformación.

Remuneraciones

El gasto en remuneraciones ha ocupado la tercera parte del presupuesto, mostrando en el 2016
la mayor participación, misma que ha variado durante el periodo, entre 4 y 1 punto porcentual,
pese a que la cantidad de plazas por cargos fijos no ha tenido cambios, obedeciendo las
variaciones en su participación relativa, a un menor presupuesto para los años 2017 y 2019.

La programación de recursos para el 2020, aumenta 7,4%, pasando de ¢1.012,0 millones en el
2019 a ¢1.087,0 millones, para el financiamiento de 48 plazas por cargos fijos, estimando un
aumento por costo de vida de ¢3.750,0 para cada semestre.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                        Página 11 de 28

La composición del gasto en remuneraciones, comprende el pago de salario base, cargas
sociales y pluses correspondientes.

                      Tabla 6 CONICIT. Presupuesto en remuneraciones
                            (en millones de colones y porcentaje)

                                                                                   %
                               Componente                       Monto
                                                                             Participación
               Remuneraciones básicas                               386,6            35,6%
               Remuneraciones eventuales                             12,0             1,1%
               Retribución por años servidos                        128,9            11,9%
               Restricción ejercicio liberal de la profesión        146,2            13,5%
               Decimotercer mes                                      65,1             6,0%
               Salario escolar                                       60,0             5,5%
               Otros incentivos salariales                           47,3             4,3%
               Cargas Sociales                                      240,9            22,2%
                   TOTAL                                          1.087,0             100%
              Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT

Las remuneraciones básicas es el principal componente, seguido por las correspondientes
cargas sociales. Los pluses salariales (exceptuando decimotercer mes y salario escolar),
comprenden el 23% del gasto, cuyo principal componentes es restricción del ejercicio liberal de
la profesión, que incluye el plus de prohibición y dedicación exclusiva, seguido por la retribución
de anualidades. En otros incentivos salariales se incluye Carrera Profesional y el plus de
sobresueldo para informáticos.

La entidad aporta la normativa legal que respalda el reconocimiento de dichos pluses,
ajustándose a la misma, para la mayoría de los pluses, como se verá en el apartado de Empleo
y Salarios.

En remuneraciones eventuales, se presupuestan ¢12,0 millones en dietas. Se debe tener
presente que el Artículo 43 de la Ley 9635 establece lo siguiente: Remuneración de los
miembros de las juntas directivas. “Los miembros de las juntas directivas no podrán superar por
mes el equivalente a diez salarios base mensual de la categoría más baja de la escala de
sueldos de la Administración Pública. Será improcedente el pago de viáticos conjuntamente con
dietas”.

Transferencias Corrientes

La programación de recursos para esta partida, ocupa más de la mitad del presupuesto
institucional a partir del 2017 (ver gráfico 3). Este rubro está conformado principalmente, por las
transferencias dirigidas a los beneficiarios del financiamiento a proyectos y actividades de
investigación (participación y organización de actividades científicas y de eventos científicos
nacionales), entre otros.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                            Página 12 de 28

A nivel de programa presupuestario, el 92,1% del gasto en transferencias se destina al
programa 3, el cual se financia principalmente con recursos provenientes de la Ley 7169 Fondo
de Incentivos, así como recursos de la Ley 9028.

El monto presupuestado en transferencias para el 2020, ¢2.128,5 millones, se distribuye de la
siguiente manera:

            Gráfico 4. CONICIT. Distribución de transferencias Corrientes 2020
                                 (En millones de colones)

                                      15,3                              Sector Público
                              300
                                                                        A Personas
                      203,7                       822,4
                                                                        Entidades Privadas sin
                                                                        fines de lucro
                                                                        Empresas Privadas

                              787,1                                     Otras transf

           Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT.

Sobresalen las transferencias al sector público (38,6% de los recursos presupuestados), donde
la mayoría de recursos, ¢688,6 millones, son para Instituciones Descentralizadas No
Empresariales, tales como universidades estatales (UCR, UNA, ITCR, UTN), Colegios
Científicos, Juntas Directivas, entre otras, para atender los compromisos adquiridos mediante
contratos y nuevas ayudas para la participación y organización de actividades científicas y de
eventos científicos nacionales, así como el financiamiento de proyectos de investigación.
También, incluye las transferencias para el Fideicomiso por ¢128,7 millones y ¢5,0 millones
para la transferencia a la Comisión Nacional de Emergencias.

En orden de importancia, las transferencias corrientes a personas ocupa el 37% del
presupuesto de transferencias, donde la mayoría de recursos (¢764,3 millones) es para becas
de pre y posgrado, pasantías de investigación, adiestramientos, asistencia a eventos científicos
y tecnológicos dentro y fuera del país según las convocatorias del MICITT y financiamiento a
empresas productivas de bienes y servicios, públicas y privadas que el CONICIT en conjunto
con el MICITT realicen, con el fin de promover la Ciencia y Tecnología. También contemplan
recursos para atender la entrega del Premio Empresa Editorial de acuerdo con el artículo 62 de
la Ley 7169, por la suma de $5.000,0 y el Premio Nacional de Ciencia y Tecnología por un
monto de ¢15.000.000,0 para dos galardonados en las áreas de Ciencia y Tecnología
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                 Página 13 de 28

En otras transferencias a personas, se incluyen ¢22,9 millones para cubrir la contrapartida que
otorga el CONICIT en la entrega de los Premios Joven Científico y Joven Tecnológico y el
Premio a la Innovación y la Tecnología que otorga el CONICIT en el marco del Premio a la
Excelencia de la Cámara de Industrias, así como la entrega del Premio PYME Innovadora –
Expopyme.

La asignación presupuestaria por ¢300,0 millones, se destina a las empresas privadas que
soliciten financiamiento para el desarrollo de actividades científicas y de eventos científicos
nacionales, así como el financiamiento de proyectos de investigación según las convocatorias
del MICITT.

Las transferencias a entidades privadas sin fines de lucro, comprende recursos para atender los
compromisos adquiridos y nuevas ayudas, asignándose los recursos mayoritariamente para
asociaciones, ¢306,0 millones, seguido en orden de importancia, para las Fundaciones, ¢164,7
millones y las Cooperativas, ¢3,0 millones; para la participación y organización de actividades
científicas y de eventos científicos nacionales, así como el financiamiento de proyectos de
investigación.

En otras transferencias, se agrupan recursos de menor cuantía, que comprenden ¢1,0 millón
para indemnizaciones, transferencias al sector externo ¢5,7 millones y para prestaciones ¢8,5
millones.

Otros gastos

En el gráfico 3, se agruparon gastos operativos como Servicios, Materiales y Suministros, así
como Bienes Duraderos, en “Otros gastos”, que tienen poca relevancia presupuestaria.

Para el 2020, en Servicios se programan ¢150,7 millones, presentando un incremento
moderado del 3%, ya que esta partida en años anteriores presentó disminuciones. La mayor
asignación presupuestaria, es para Servicios de Gestión y Apoyo, ¢90,6 millones, de los cuales
¢81,3 millones es para servicios generales, para el pago del servicio de seguridad y vigilancia,
principalmente, así como servicios de limpieza, de mensajería y chapias. Otros gastos,
comprenden el pago de servicios básicos, gastos de mantenimiento y viáticos, entre otros.

En Materiales y Suministros, el presupuesto por ¢3,3 millones, básicamente es para
combustibles y lubricantes (para vehículos y la planta eléctrica), además, de útiles, materiales y
suministros.

Los Bienes Duraderos, tienen poca participación, disminuyendo el presupuesto con respecto al
2019, pasando de ¢64,6 millones a ¢6,5 millones y comprende únicamente recursos para
bienes intangibles para la renovación de licencias varias.

Ejecución Presupuestaria

La gestión institucional en términos de ejecución, se ilustra a continuación:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                          Página 14 de 28

                 Gráfico 5. CONICIT: Ejecución Presupuestaria 2016-2018
                         (En millones de colones y porcentajes)

                          3.500,0                                                          100,0%
                                                                                           90,0%
                          3.000,0
                                                                                           80,0%
                          2.500,0                                                          70,0%
                          2.000,0                                                          60,0%
                                                                                           50,0%
                          1.500,0                                                          40,0%
                          1.000,0                                                          30,0%
                                                                                           20,0%
                            500,0
                                                                                           10,0%
                              0,0                                                          0,0%
                                          2016              2017              2018
                       Presupuesto       2.722,0           2.975,8          2.921,9
                       Ejecucion         2.440,2           2.062,3          1.973,2
                       % Ejecución        89,6%            69,3%             67,5%
             Fuente: STAP, a partir con información del SIPP al 18 de noviembre 2019, aplicando el cubo
                      Presupuestario de la STAP.

En los dos últimos años, se aprecia que la entidad ha disminuido su capacidad de ejecución,
tanto en términos porcentuales como nominales. En el 2017 el presupuesto creció 9,3%,
mientras que la ejecución del gasto decreció 15,5% y para el 2018, pese a que su presupuesto
decreció un 1,8%, los recursos ejecutados fueron menores, decreciendo un 4,3%. La ejecución
del gasto, está determinada principalmente, por la ejecución de la partida de Transferencias
Corrientes, como se ilustra a continuación:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                                         Página 15 de 28

             Gráfico 6.CONICIT: Ejecución Presupuestaria por objeto de gasto
                                        2016-2018
                         (En millones de colones y porcentajes)

                   Cuentas especiales

                                                                                  98,2%
            Transferencias corrientes       57,0%
                                                      48,8%
                                                             38,5%
                     Bienes duraderos         29,9%                                                 2016
                                                                                                    2017
             Materiales y suministros       50,4%
                                                     68,2%                                          2018
                                                               72,0%
                               Servicios            66,4%

                      Remuneraciones

                                        0,0% 20,0% 40,0% 60,0% 80,0% 100,0%120,0%
            Fuente: STAP, a partir con información del SIPP al 18 de noviembre 2019, aplicando el Cubo
                    Presupuestario de la STAP.

Si bien las partidas de Bienes Duraderos, Materiales y Suministros y Servicios, registraron en
esos años bajas ejecuciones, tienen poca relevancia presupuestaria, lo cual se muestra en el
2018, donde bienes duraderos ejecutó el 88,6%, sin embargo la ejecución total fue del 67,5%.

Según se observa, en el 2016 las transferencias se ejecutaron en 98,2%, año en el que el
presupuesto institucional muestra la mayor ejecución, 89,6%. No obstante, según se aprecia en
el gráfico 5, los años siguientes, 2017 y 2018, la ejecución fue menor, años en los que la
ejecución de las transferencias corrientes también fue relativamente baja, 57,0% y 48,8%,
respectivamente.

El gasto en transferencias corrientes está conformado principalmente por las transferencias
destinadas al Fondo de Incentivos, así como el Fondo PROPYME y menor cuantía al Fondo
Tabaco, por lo que la ejecución de la partida, se debe principalmente a la ejecución de estos
fondos. Otros gastos en transferencias, son los previstos para prestaciones legales e
indemnizaciones, que tienen una menor participación.

El 2018, según justificación aportada en la liquidación presupuestaria, el gasto en transferencias
al Fondo PROPYME, Fideicomiso 25-02, según Ley 8262, no se ejecutó, dado que no se
recibieron la totalidad de los ingresos por transferencias por parte del MICITT. Por otra parte,
los fondos provenientes de la Ley 9028 Fondo Tabaco (¢100,0 millones), ingresaron
tardíamente, por lo que no fue posible su ejecución, aunado a lo tardío de la publicación de la
convocatoria, por parte del MICITT y del Ministerio de Salud, que ocasionó que las propuestas
se recibieran a finales del 2018, para ser evaluadas y seleccionadas a inicios del 2019. Por su
parte, los recursos programados para el Fondo de Incentivos, que es el principal componente
en transferencias, ¢1.336,3 millones, solo se ejecutó el 58,3%, dado que no se ejecutaron en su
totalidad los proyectos previstos.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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La ejecución para el 2019, sigue la misma tendencia de los últimos años. Según se observa en
el gráfico 5, del presupuesto 2019 al III trimestre, por ¢2.828,3 millones, la entidad ha ejecutado
el equivalente a ¢1.254,2 millones, 44,3%. Las partidas con mayor ejecución son
Remuneraciones (67,6%) y Servicios (54,1%), mientras que Transferencias Corrientes, tiene
una ejecución de 30,3%. Las otras partidas, de menor relevancia presupuestaria, Bienes
Duraderos y Materiales y Suministros, también tienen una baja ejecución, 5,9% y 33,2%,
respectivamente. Los recursos ejecutados a setiembre del año en curso, corresponden al
63,6% de lo ejecutado en el 2018 y dado que el presupuesto 2019 es menor en un 3,2% al
2018, bajo un escenario conservador, lo más que podría ejecutar la entidad sería un 70%, pues
la ejecución de la partida de Transferencias Corrientes, al 30 de setiembre del año en curso, es
relativamente baja.

Valga señalar, que a diferencia de los dos últimos años, la entidad ha percibido el 75% de los
ingresos proyectados de transferencias que percibe del MICITT, lo que no es una limitante para
la ejecución de esos recursos, mientras que los recursos provenientes del Fondo de Tabaco, al
igual que el 2018, no han ingresado. No obstante, tal como se indicó, la mayoría de los recursos
en transferencias se destinan al Fondo de Incentivos, cuyo presupuesto de ¢1.250,1 millones,
solo ha ejecutado ¢630,4 millones, un 29%.

Los argumentos de la entidad, sobre la baja ejecución del gasto, son similares a años
anteriores: poca presentación de solicitudes según las convocatorias de los diferentes
programas de financiamiento con recursos del Fondo de Incentivos y Fondo Tabaco, la tardía
formalización de las ayudas en estado de reserva por parte del MICITT o el CONICIT, la no
ejecución de la totalidad de los proyectos previstos con fondos de incentivos. Por otra parte,
están pendientes de entrega los premios Periodismo en Ciencia, Tecnología e Innovación y
premio Pyme Innovadora Expopyme 2019, indicando que se espera ejecutar en el siguiente
trimestre, mientras que la entrega de otro premio, se desestimó.

Respecto al gasto en Indemnizaciones, se indica que no han ingresado las sentencias judiciales
y las Prestaciones Legales e Incapacidades, se estarán ejecutando conforme se presenten las
necesidades, sin embargo, el presupuesto de estos rubros tiene poca participación.

Valga señalar, que el desempeño en la ejecución de los recursos de transferencias corrientes,
está determinado por factores externos a la entidad, pues parte de su gestión depende de las
convocatorias y la formalización de contratos que realiza el MICITT, asimismo influye la
demanda que haya de solicitudes, las cuales, no siempre son aprobadas.

        1.4 Empleo y Salarios

El CONICIT tiene 48 plazas por cargos fijos autorizadas en el 2019, según Acuerdo 12308, de
la Sesión Extraordinaria No.02-2019, comunicado en oficio STAP-0481-2019, misma cantidad a
la que se le está dando contenido presupuestario en la partida de remuneraciones. En la
Relación de puestos comparativa, se presenta un cambio en la clasificación de un puesto, de
Profesional de Informática 1-A a 1-C, señalando que el cambio obedece a una recalificación en
trámite.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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La proyección de salarios para el 2020, contempla un aumento por costo de vida para cada
semestre de ¢3.750,0, lo cual queda sujeto a lo que decrete el Poder Ejecutivo y a los acuerdos
que emita la Autoridad Presupuestaria para dichos períodos.

De los 48 puestos, 45 están homologados al Sistema de clasificación y valoración del Régimen
de Servicio Civil y los otros 3 puestos, son valorados por la Autoridad Presupuestaria: el
Secretario Ejecutivo, el Auditor y un chofer de confianza.

Las valoraciones consignadas en la relación de puestos 2020, comprenden la estimación de
salarios al II semestre 2019. Las clases homologadas a la Dirección de Servicio Civil, muestran
una diferencia de ¢50,0, no ajustándose a la escala. Para los puestos valorados por la
Autoridad Presupuestaria, el Asesor Profesional y el Auditor, son similares a los comunicados
en los acuerdos respectivos de la Autoridad Presupuestaria para el II semestre 2019, existiendo
una diferencia de ¢50,0 de más, sin estar ajustados a la escala. Mientras, para el puesto de
Director Ejecutivo, la diferencia es mayor, se consigna un salario de ¢1.724.089,0, cuando el
correspondiente al II semestre 2019 es de ¢1.716.536,0. No obstante, en la relación de puestos
remitida del II semestre 2019, que contempla el incremento salarial respectivo, de conformidad
con lo establecido en el artículo 3° de los Procedimientos de las Directrices Generales de
Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes, los salarios
consignados corresponden a los que se hicieron extensivos por parte de la Autoridad
Presupuestaria.

Los incentivos salariales reconocidos corresponden a Retribución de años servidos, Prohibición,
Dedicación Exclusiva, Carrera Profesional y Complemento Salarial a informáticos.

El reconocimiento para Dedicación Exclusiva, corresponde según lo normado en el Decreto
Ejecutivo Nº 23669-H “Normas para la Aplicación de la Dedicación Exclusiva para Instituciones
y Empresas Públicas Cubiertas por el Ámbito de la Autoridad Presupuestaria” y Decreto Nº
41161-H "Reforma al artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 23669 del 18 de octubre de 1994,
Normas para la aplicación de la Dedicación Exclusiva para las instituciones y empresas
cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria", Decreto No. 33451 "Reforma Normas
de Aplicación de la dedicación exclusiva para las instituciones y empresas publicas cubiertas
por el ámbito de la autoridad presupuestaria, Ley No. 9635, "Ley Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas" y Decreto No.41904-MIDEPLAN-H y el Decreto No.41564-MIDEPLAN-H,
señalando que para contratos nuevos se aplica el 10% para bachilleres y 25% a los licenciados
y para contratos anteriores, 20% para bachilleres y 55% para licenciados.

El plus de Prohibición, señala que su reconocimiento es a partir del artículo 14 de la Ley
No.8422 “Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública”, Ley 5867
"Ley de compensación por el pago de Prohibición", Ley 8292 "Ley General de Control Interno"
(art. 34) y Ley N° 9635, "Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas", así como el Decreto No.
41564-MIDEPLAN.
El reconocimiento de la carrera profesional, según base legal, corresponde al Decreto
No.33048-H y sus reformas, Decreto No. 35352H, “Normas para la aplicación de la Carrera
Profesional para las Entidades Públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria”
y Ley 9635.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

                                                                                Página 18 de 28

Respecto al reconocimiento de las anualidades, en la proyección de salarios, se hace la
distinción de las anualidades como monto fijo y la proyección de las nuevas anualidades, según
artículo 5 de la Ley No. 2166 “Ley de Salarios de la Administración Publica”, Ley N° 9635, "Ley
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y los decretos No. 41904-MIDEPLAN-H y No. 41564-
MIDEPLAN-H.

Respecto al plus de complemento salarial, comprende un 25% sobre el salario base, para
técnico y profesionales con especialidad en computación (Acuerdo No. 952 de la Autoridad
Presupuestaria en sesión ordinaria 23-90). Al respecto se debe tener presente que la Ley
No.9635 dispone en su artículo 54 la forma en que se calculan los incentivos salariales:

   “Artículo 54- Conversión de incentivos a montos nominales fijos. Cualquier otro incentivo
   o compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en
   términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal fijo, resultante de
   la aplicación del porcentaje al salario base a enero de 2018”. (El destacado no es del
   original).
   (Así adicionado por el artículo 3° del título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
   Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018).

Al respecto, recientemente la Procuraduría General señaló que la reforma operada por la Ley
No. 9635, no deroga los incentivos existentes, sino que establece la forma en que han de
calcularse a futuro, ya no porcentualmente, sino mediante un monto nominal fijo, así indicó:
    “(…)
    Lo anterior queda de manifiesto, por ejemplo, con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de
    Salarios de la Administración Pública, según el cual "Cualquier otro incentivo o
    compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en
    términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal fijo...".

   Esa norma no deroga los incentivos o compensaciones existentes antes de la Ley de
   Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, sino que establece la forma en que han de
   calcularse a futuro, ya no porcentualmente, sino mediante un monto nominal fijo.
   (…)”. Procuraduría General de la República, dictamen C-153-2019 del 6 de junio del 2019
   (Además ver los dictámenes C-194-2019 de 08 de julio de 2019 y C- 281-2019 del 1° de
   octubre del 2019).

Adicionalmente, se debe tener presente el artículo 56 de la citada Ley de Salarios que
establece:

   “Artículo 56- Aplicación de los incentivos, topes y compensaciones. Los incentivos, las
   compensaciones, los topes o las anualidades remunerados a la fecha de entrada en
   vigencia de la ley serán aplicados a futuro y no podrán ser aplicados de forma
   retroactiva en perjuicio del funcionario o sus derechos patrimoniales”. (El destacado
   no es del original).
   (Así adicionado por el artículo 3° del título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
   Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018)
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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Según lo expuesto, es necesario aclarar la forma de cálculo del incentivo de Complemento
Salarial, en el 2019 y la proyección del 2020.

Respecto a los salarios, según la relación de puestos, el CONICIT no tiene salarios superiores a
los ¢4.000.000,0.

          1.5 Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022

El POI 2020 cuenta con el aval de vinculación del MIICITT, según oficio MICITT-DM-OF-399-
2019, del 21 de junio de 2019, que indica “…se dictamina que la programación establecida en la
MAPP 2020 de CONICIT está en concordancia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y de
Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022. Por tanto, se brinda el aval de vinculación”. Por otra parte señala
que “Asimismo, es importante considerar que de acuerdo con el oficio N° DM-871-2019 emitido por
MIDEPLAN se indica que no aplica el criterio de concordancia dado que no se contemplan directamente
las metas en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública 2018-2021 (PNDIP) razón por la cual
únicamente le corresponde al Ministro Rector del Sector de Ciencia, Tecnología, Telecomunicaciones y
Gobernanza Digital, brindar el criterio de vinculación con respecto a la planificación estratégica
institucional y las prioridades del sector”.

La gestión sustantiva del CONICIT se establece en dos programas presupuestarios,
consignando el 100% de los recursos programados en cada uno de ellos. La producción
definida, para cada programa, es la siguiente:

     Tabla 7. CONICIT. Detalle de la producción, según programación estratégica 2020

   Programa                       Producto                                       Beneficiarios

                                                               MICITT-Investigadores, unidades de
                 Evaluaciones Técnicas y contratos PINN        investigación, universidades e instituciones sin
                 (intermedio)                                  fines de lucro, micro, pequeña y mediana
                                                               empresa.
No.1 Promoción                                                 Instituciones y personas involucradas en
de la Ciencia, Servicios de Información (final)                actividades científicas, tecnológicas y de
Tecnología   e                                                 innovación.
Innovación
               Evaluaciones Técnicas y contratos (final)       Micro, pequeña y mediana empresa

                 Promoción y fortalecimiento del Sistema de    Cliente interno y externo
                 Ciencia, Tecnología e Innovación (final)

                 Contratos y seguimiento Fondo de Incentivos   Personas jurídicas que ejecutan actividades de
                 (Intermedio)                                  CTI
Desarrollo
Científico    y Evaluaciones técnicas Fondo de Incentivos      MICITT-Comisión de Incentivos
Tecnológico     (Intermedio)
                                                               Personas físicas y jurídicas que ejecutan
                 Proyectos aprobados (Intermedio)
                                                               actividades de CTI
Fuente: STAP, a partir del POI 2020 del CONICIT.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020

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En la tabla anterior se consignan los productos indicados en el apartado 2.1.4 Estructura
programática. Como se puede observar, hay productos similares en ambos programas, con la
diferencia que en un programa son productos intermedios y en otros finales.

No obstante, llama la atención que en la MAPP, para el programa No.1, Promoción de la
Ciencia, Tecnología e Innovación, además, del producto final “Servicios de Información”, se
consignan otros dos productos: “Servicios de financiamiento promoción” y “Servicios de
Financiamiento PROPYME”, mientras que el producto “Evaluaciones técnicas y contratos”, no
está en la MAPP. Asimismo, para el programa 3, en la MAPP se consignan los productos finales
“Servicios de Financiamiento Incentivos” y “Servicios de financiamiento Salud”, que no se
detallan en la tabla anterior.

De conformidad con la Ley 5048, la función del MICITT es "promover la generación de
innovación y conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin último de mejorar la calidad de
vida y el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”. Además, la Ley de Promoción del
Desarrollo Científico y Tecnológico, No. 7169, establece que el CONICIT apoyará la gestión, la
innovación y la transferencia científica y tecnológica, así como la generación de nuevo
conocimiento, mediante el financiamiento de la investigación, la formación de recurso humano
especializado, la asesoría e información científica y tecnológica y otros servicios técnicos.

Por lo tanto, es importante que la entidad valore la formulación de su estructura programática,
ya que la misma pareciera que está formulada, según la fuente de financiamiento. Debe tener
presente la entidad que la promoción y del desarrollo científico se concretiza en el
financiamiento de diversas actividades, donde la gestión que se lleva a cabo para la entrega de
los recursos (transferencias), comprende un proceso productivo similar en ambos programas:
una vez realizadas las convocatorias de proyectos de parte del MICITT, el CONICIT evalúa las
solicitudes, el Consejo director las aprueba y las pasa a la Comisión de Incentivos (MICITT)
para la aprobación final. Posteriormente, MICITT elabora los convenios con los beneficiarios y
remite los contratos a CONICIT, para que este efectúe los desembolsos a los beneficiarios y
también les dé seguimiento a los contratos.

Los diferentes indicadores formulados, asociados a los productos definidos en la tabla No.7,
son de eficacia, también hay indicadores de calidad, referidos a “Días hábiles promedio de
duración del trámite de evaluación de solicitudes del Fondo Propyme”, “Porcentaje de
satisfacción de los usuarios en seguimiento Fondo de Incentivos” y “Promedio de duración del
trámite de evaluación de solicitudes de ayudas de corta duración”. Mientras, en la MAPP,
además de esos indicadores, también se establecen indicadores de producto final.

      Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las Directrices y demás normativa

   De conformidad con el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de
    la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el CONICIT para el 2020
    debía elaborar su presupuesto ordinario, dando cumplimiento a la Regla Fiscal, que
    establece un crecimiento de 4,67% en el gasto corriente. Sin embargo, según certificación
    emitida por la Secretaría Técnica a la Contraloría General de la República, en oficio STAP-
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