Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas Informe de Presupuesto Ordinario 2020 - DE-452-2019 Secretaría Técnica de la ...
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas Informe de Presupuesto Ordinario 2020 DE-452-2019 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Diciembre, 2019
Índice RESUMEN EJECUTIVO ------------------------------------------------------------------------------------1 INTRODUCCIÓN ---------------------------------------------------------------------------------------------3 CAPÍTULO I: ANÁLISIS PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020 ----------------------------4 1.1 Descripción General de la Entidad----------------------------------------------------------------------- 4 1.2. Análisis de los ingresos ------------------------------------------------------------------------------------ 5 1.3. Análisis de los gastos presupuestados --------------------------------------------------------------- 9 1.4 Empleo y Salarios ----------------------------------------------------------------------------------------16 1.5 Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 --------------------------------------------19 CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DIRECTRICES Y DEMÁS NORMATIVA ------------------------------------------------------------------------------------------------- 20 CAPÍTULO III: DISPOSICIONES ----------------------------------------------------------------------- 22 BIBLIOGRAFÍA ---------------------------------------------------------------------------------------------- 24
Índice de gráficos Gráfico 1. CONICIT: Presupuesto de ingresos 2020 -------------------------------------------------------- 5 Gráfico 2. CONICIT: Distribución ingresos por transferencia 2020 -------------------------------------- 6 Gráfico 3. Estructura del presupuesto por objeto del gasto 2016-2020 (En porcentajes) ---------10 Gráfico 4. CONICIT. Distribución de transferencias Corrientes 2020 ----------------------------------12 Gráfico 5. CONICIT: Ejecución Presupuestaria 2016-2018 (En millones de colones y porcentajes) ----------------------------------------------------------------------------------------------------------14 Gráfico 6.CONICIT: Ejecución Presupuestaria por objeto de gasto ------------------------------------15 Índice de tablas Tabla 1. CONICIT: Estructura Presupuestaria ---------------------------------------------------------------- 4 Tabla 2. CONICIT: Estructura de los ingresos 2016-2020 ------------------------------------------------- 7 Tabla 3. CONICIT. Superávit disponible y superávit presupuestado 2020----------------------------- 8 Tabla 4. CONICIT. Gastos financiados con superávit libre ------------------------------------------------ 8 Tabla 5. CONICIT. Presupuesto por programas 2020 ------------------------------------------------------ 9 Tabla 6 CONICIT. Presupuesto en remuneraciones -------------------------------------------------------11 Tabla 7. CONICIT. Detalle de la producción, según programación estratégica 2020 --------------19
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 28 Resumen Ejecutivo El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, tiene la responsabilidad de "promover la generación de innovación y conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin último de mejorar la calidad de vida y el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”. La entidad estimó un presupuesto para el 2020 de ¢3.376,0 millones, para dar cumplimiento a los objetivos institucionales, presentando un aumento leve del 19,4% respecto al presupuesto modificado a setiembre 2019, lo que en términos nominales corresponde a ¢547,7 millones. Las Transferencias Corrientes, aportan más de la mitad de los ingresos (69,7%), el equivalente a ¢2.351,8 millones, provenientes, en su mayoría, del Gobierno Central, las cuales tienen un fin específico. De ese monto, ¢2.288,0 millones provienen del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, para financiar gastos operativos, el fondo de incentivos y el fondo para el Programa de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa, mientras que el Ministerio de Salud, aporta ¢50,0 millones, en atención de la Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos, Ley No.9028, para elaborar y difundir información, programas educativos e investigaciones referidas a la prevención, el control y los efectos del tabaco. Otras transferencias de menor cuantía, ¢13,8 millones, provienen del Fideicomiso, correspondiente al 3% de cada proyecto aprobado con recursos del PROPYME. Los recursos de vigencias anteriores, constituidos por superávit libre y específico, son las segunda fuente en importancia, un total de ¢974,2 millones, que representa el 28,9% del total de ingresos, recursos que provienen en su mayoría, de los remanentes no ejecutados de transferencias corrientes dirigidas al financiamiento y promoción de actividades científicas y tecnológicas. Otros ingresos de menor relevancia por ¢50,0 millones, corresponden al 1,4% restante, provenientes de reintegros y devoluciones que realizan los beneficiarios de las ayudas financieras otorgadas y no utilizadas en su totalidad del Fondo de Incentivos. La propuesta de gasto, se distribuye en 3 programas presupuestarios asignándose prioritariamente, a financiar las actividades de Ciencia y Tecnología, en sus dos programas sustantivos: el programa Desarrollo Científico y Tecnológico que concentra el 58,2% del presupuesto y el programa “Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación”, con una participación del 19,9%. Mientras el programa administrativo, tiene asignado el 21,9%. La estructura del presupuesto 2020, por objeto del gasto, al igual que periodos anteriores, ocupa la mayor asignación presupuestaria en Transferencias, más de la mitad del presupuesto, lo que guarda relación con la gestión que llevan a cabo los programas sustantivos. Mientras, los restantes gastos operativos, materiales y suministros y servicios tienen menor relevancia presupuestaria, al igual que la partida de bienes duraderos. La asignación presupuestaria para sufragar las remuneraciones, ocupa la tercera parte del presupuesto, aumentando 7,4%, pasando de ¢1.012,0 millones en el 2019 a ¢1.087,0 millones, para el financiamiento de 48 plazas por cargos fijos, estimando un aumento por costo de vida de ¢3.750,0 para cada semestre. En la estructura del gasto en remuneraciones, sobresalen los
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 2 de 28 recursos asignados a los pluses salariales (anualidades, carrera profesional, prohibición, dedicación exclusiva y complemento salarial de informáticos), que son el segundo rubro de significancia en la partida de remuneraciones (excluyendo aguinaldo y salario escolar), donde destacan las anualidades y la retribución por el ejercicio liberal de la profesión (dedicación exclusiva y prohibición). De la verificación efectuada, se determinó que la entidad está contemplando lo estipulado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N°9635 y su reglamento en materia de empleo. En lo que respecta al plus de complemento salarial de informática, que se reconoce en términos porcentuales, no queda claro como se está aplicando el mismo, si está conforme a lo establecido en el artículo 54 de la citada ley, que estable la forma en que han de calcularse a futuro los pluses, ya no porcentualmente, sino mediante un monto nominal fijo. Según lo establecido en artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la citada Ley N°9635, el presupuesto 2020 del CONICIT, debe cumplir con un crecimiento del gasto corriente de 4,67%, según lo comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio DM-0466-2019. No obstante, la certificación emitida por esta Secretaría Técnica a la Contraloría General de la República, en oficio STAP-1958-2019, indica que el CONICIT incumplió con la aplicación de la regla fiscal al gasto corriente, ya que creció 39,44%. Respecto a la programación estratégica institucional, los recursos programados en la MAPP, corresponden al 100% del presupuesto institucional, contando con el aval de vinculación de la programación presupuestaria con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022, emitido por el MICITT. En dicha programación, para sus dos programas sustantivos, se establecen productos e indicadores asociados a los mismos, los cuales se consignan como productos finales e intermedios. Sin embargo, es importante que la entidad, de acuerdo con su función y en atención a los procesos productivos, valore reformular su estructura programática y su producción.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 3 de 28 Introducción El objetivo de este informe es realizar un análisis del presupuesto presentado por el Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas, por la suma de ¢3.376,0 millones, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria y su Secretaría Técnica, así como su vinculación con la programación estratégica en el Plan Operativo Institucional. La elaboración del informe se orientó con la “Guía análisis y dictamen de los presupuestos ordinarios 2020 y su vinculación con Planes Operativos Institucionales”, elaborada por esta Secretaría Técnica, según DE-312-2019. Los insumos de información comprendieron el Presupuesto Ordinario 2020 presentado por la entidad, informes de Liquidación Presupuestaria 2016-2018 y para los años 2018 y 2019, y la Ejecución Presupuestaria al 30 de setiembre 2019, así como información adicional suministrada por esa entidad. El estudio se desarrolla en tres capítulos. El primero comprende el análisis del presupuesto y POI 2020, iniciando con una breve reseña de la naturaleza de la entidad, en el segundo y tercer apartado, contempla un análisis de la composición y dinámica de los ingresos y gastos presupuestados en el periodo 2016-2020 y lo relativo a la ejecución presupuestaria, respectivamente y un cuarto apartado, lo relacionado a Empleo y Salarios, extrayendo los principales hallazgos y en el quinto acápite se analiza la vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022. Un segundo capítulo contempla la verificación del cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el 2020, que son de cumplimiento obligatorio para las entidades dentro del ámbito de la Autoridad Presupuestaria y demás normativa relacionada de la cual tiene competencia la Autoridad Presupuestaria. Finalmente, el tercer capítulo, presenta las disposiciones a atender por parte de la entidad, derivadas del análisis realizado. El estudio presenta los principales hallazgos del presupuesto 2020, que no presenta variaciones significativas en su estructura de gastos ni en la estructura programática.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 4 de 28 Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2020 1.1 Descripción General de la Entidad El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT) es una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada mediante la Ley No. 5048, del 09 de agosto de 1972 y su función es "promover la generación de innovación y conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin último de mejorar la calidad de vida y el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”. Tiene a cargo el manejo del Registro Científico y Tecnológico (RCT) que registra los investigadores nacionales, los centros de investigación con los que cuenta el país y los proyectos de investigación que se han realizado en Costa Rica. Por su parte, la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, No. 7169, establece que el CONICIT apoyará la gestión, la innovación y la transferencia científica y tecnológica, así como la generación de nuevo conocimiento, mediante el financiamiento de la investigación, la formación de recurso humano especializado, la asesoría e información científica y tecnológica y otros servicios técnicos. El CONICIT, según el Clasificador Institucional es una entidad descentralizada no empresarial y se ubica en el Sector de Ciencia, Tecnología, Telecomunicaciones y Gobernanza Digital, conforme lo establece el Decreto No.41187-MP-MIDEPLAN, que indica que el CONICIT está bajo la rectoría del Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones. Para el cumplimiento de sus fines institucionales, la entidad cuenta con una estructura programática conformada por tres programas, de los cuales, dos son sustantivos y uno de apoyo (Gestión Administrativa), concentrando los programas sustantivos, la mayor asignación de recursos, según el siguiente detalle: Tabla 1. CONICIT: Estructura Presupuestaria (en millones de colones y porcentajes) Participación Programa Presupuesto relativa Gestión Administrativa 739,5 21,9% Promoción de la Ciencia, Tecnología e 672,5 19,9% novación Desarrollo Científico y Tecnológico 1.964,0 58,2% Total 3.376,0 100,0% Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT Para los programas sustantivos, define productos finales e intermedios, como se verá en el apartado de programación.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 5 de 28 1.2. Análisis de los ingresos Los ingresos programados del CONICIT para el 2020 son por ¢3.376,0 millones, aumentando nominalmente ¢547,7 millones respecto al presupuesto modificado al III trimestre 2019 (un 19,4%). Más de la mitad de los ingresos, 69,7%, son provistos por Transferencias Corrientes, principalmente de Gobierno Central, complementado con recursos de Superávit, como se muestra a continuación: Gráfico 1. CONICIT: Presupuesto de ingresos 2020 En millones de colones Reintegros y devoluciones 50,00 Transf. corrientes del gobierno central 2.337,99 Transf. corrientes de instituciones púb. 13,84 financ. Superávit libre 20,30 Superávit especifico 953,85 0,00 1.000,00 2.000,00 3.000,00 Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT El superávit ha sido un ingreso regular, aportando para el 2020, el 28,3% de los recursos. Por su parte, los reintegros de efectivo, tienen poca relevancia presupuestaria. Respecto a las transferencias corrientes del Gobierno Central, que es la principal fuente de recursos, provienen por disposición de diversa normativa para destinarlos a fines específicos, cuyos montos corresponden a lo programado en la Ley de Presupuesto de la República 2020, aprobada por la Asamblea Legislativa, pendiente de publicación. A continuación se muestra la conformación de los recursos por transferencias:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 6 de 28 Gráfico 2. CONICIT: Distribución ingresos por transferencia 2020 En millones de colones 128,8 50,0 13,8 MICITT, Ley 5048 MICITT, Ley 7169 932,9 1.226,3 MICITT, Ley 8262 M.SALUD, Ley 9028 Inst.Públicas Finac. Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, aporta la mayoría de los ingresos por transferencias, ¢2.288,0 millones: ¢1.226,3 millones son para gastos operativos, con fundamento en la Ley 5048 que en su Artículo 16 dispone: ”El Consejo recibirá anualmente del Poder Ejecutivo la suma necesaria para hacerlo operante”, suma que deberá incluirse en el Presupuesto Ordinario de la República. En atención a la Ley 7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, se transfieren ¢932,9 millones, para el Fondo de Incentivos, para el financiamiento de becas de pre y posgrado, proyectos de investigación científica y tecnológica, participación y organización de actividades científicas y tecnológicas, así como financiamiento a empresas productivas de bienes y servicios, públicas y privadas. Para la atención del desarrollo tecnológico e innovación en las pequeñas y medianas empresas del país, según Ley 8262 “Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”, se transfieren al CONICIT ¢128, 8 millones, para ser transferidos al Fondo PROPYME, Fideicomiso 25-02, CONICIT/BANCREDITO. Por otra parte, del Ministerio de Salud, proviene una transferencia por ¢50,0 millones, en atención de la Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos, Ley No.9028, que dispone en el artículo 21: “El Ministerio de Salud coordinará con el Ministerio de Educación Pública y las demás entidades públicas vinculadas con la salud y la investigación, con el fin de elaborar y difundir información, programas educativos e investigaciones referidas a la prevención, el control y los efectos del tabaco”. La transferencia de estos recursos se respalda con un convenio entre el CONICIT y el Ministerio de Salud. La entidad señala que estos fondos son para atender el financiamiento de proyectos de investigación que generen nuevos conocimientos y desarrollo de tecnologías para contribuir a mejorar la toma de decisiones en salud en lo referente al tema del Tabaco y problemas de
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 7 de 28 salud relacionados, así como desarrollar actividades de divulgación y socialización de la ciencia y la tecnología en salud en lo referente al tema del Tabaco y problemas de salud relacionados. Otras transferencias de menor cuantía, ¢13,8 millones, se originan de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 8262 “Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas” (PROPYME), que indica que “Como complemento del presupuesto ordinario del CONICIT, se le asignará un tres por ciento (3%) de cada proyecto aprobado con recursos del PROPYME, para que cree y aplique los mecanismos que aseguren la administración, la promoción, la evaluación, el control y el seguimiento de los proyectos presentados a este al PROPYME”. La estructura presupuestaria de los ingresos 2020, no presenta variaciones significativas respecto a años anteriores, según se muestra a continuación: Tabla 2. CONICIT: Estructura de los ingresos 2016-2020 (En millones de colones y porcentaje) INGRESOS TASAS DE VARIACIÓN DETALLE 1/ 2020 17/16 18/17 19/18 20/19 2016 2017 2018 2019 Ingresos no 0,00 0,00 50,00 50,44 50,00 0,0% 0,0% 0,9% -0,9% tributarios Transferencias 2.378,50 2.655,42 2.572,93 2.284,43 2.351,83 11,6% -3,1% -11,2% 3,0% corrientes Financiamiento 343,50 320,39 298,96 493,44 974,15 -6,7% -6,7% 65,1% 97,4% Total 2.722,01 2.975,81 2.921,89 2.828,31 3.375,99 9,3% -1,8% -3,2% 19,4% Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT. Las transferencias han constituido la principal fuente de recursos, que para los años 2018 y 2019 disminuyeron, presentando una leve recuperación para el 2020. Los recursos de financiamiento, conformados por superávit libre y específico, constituyen un ingreso recurrente, que muestra un aumento significativo en el 2019 y aún más para el 2020. Estos recursos provienen de los remanentes del gasto en transferencias corrientes no ejecutadas, destinadas tanto a gastos operativos como al financiamiento y promoción de actividades científicas y tecnológicas, como se verá más adelante. Según la certificación emitida, el desglose del superávit incorporado en el 2020, es coincidente con el disponible total, emitido en la certificación del superávit:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 8 de 28 Tabla 3. CONICIT. Superávit disponible y superávit presupuestado 2020 (En millones de colones) Monto Monto Detalle del Superávit presupuestado disponible 2020 Superávit Libre 2019 (Ley 5048) 20,3 20,3 Superávit Específico 2019 (Ley 7169) 770,6 770,6 Superávit Específico 2018 (Ley 9028) 178,6 178,6 Superávit Específico 2018 (Ley 8262) 0.17 4,6 Superávit Específico 2019 (Ley 8262) 4,4 Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT La entidad no presentó el estado de origen y aplicación de fondos, según lo solicitado en el oficio STAP-CIRCULAR-1351-2019, no obstante, de las justificaciones aportadas en los diferentes gastos, se indica la fuente de financiamiento, determinándose que con recursos de superávit libre se financiarán los siguientes rubros: Tabla 4. CONICIT. Gastos financiados con superávit libre (En millones de colones) Subpartida Monto Útiles, materiales y suministros 0.1 Mantenimiento de edificios, locales y terrenos 1,3 Tintas, pinturas y diluyentes 0.9 Bienes intangibles 6,5 Transferencias corrientes 11,5 Total 20,3 Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020, CONICIT Según se observa, con excepción de los bienes intangibles, se está financiando gastos con superávit libre que se contrapone con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ejecutivo No.32452-H, “Lineamientos que regulan la aplicación del artículo 6º de la Ley No. 8131, considerando la clase de Ingresos del Sector Público denominada Financiamiento” y sus reformas, ya que dichos gastos son de carácter permanente. Respecto al Superávit Específico, se debe tener presente que sólo podrán financiar aquellos gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a esos recursos, por lo que la administración activa debe velar por su cumplimiento. Los restantes ingresos, “Ingresos no tributarios”, que se presupuestan a partir del 2018, tienen poca relevancia en el presupuesto institucional y provienen de la devolución de dinero de las ayudas financieras otorgadas y no utilizadas en su totalidad por parte de los beneficiarios del Fondo de Incentivos, Ley 7169 “Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico”, recursos que se destinan para financiar el gasto en “Transferencias corrientes”, para atender nuevas solicitudes de financiamiento a personas físicas y jurídicas.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 9 de 28 1.3. Análisis de los gastos presupuestados La propuesta de gasto 2020, por un monto de ¢3.376,0 millones, se distribuye en 3 programas presupuestarios, según se muestra a continuación, asignándose prioritariamente, a financiar las actividades de Ciencia y Tecnología, a la promoción de actividades científicas, tecnológicas y de innovación, en sus dos programas sustantivos. Tabla 5. CONICIT. Presupuesto por programas 2020 (En millones de colones y participación porcentual) Programa 01 Programa 02 Programa 03 Promoción de la Gestión Desarrollo Científico Partida Presup. Ciencia, Tecnología Administrativa y Tecnológico e Innovación Monto % Monto % Monto % Remuneraciones 511,1 76,0% 575,9 77,9% 0,0 0,0% Servicios 5,8 0,9% 140,5 19,0% 4,4 0,2% Materiales y sum. 1,0 0,1% 2,3 0,3% 0,0 0,0% Bienes duraderos 0,0 0,0% 6,5 0,9% 0,0 0,0% Transf. Corrientes 154,6 23,0% 14,3 1,9% 1.959,6 99,8% Total 672,5 100,0% 739,5 100,0% 1.964,0 100,0% Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT. La mayor asignación de recursos, es para el Programa 3, que concentra el 58,2% del presupuesto institucional, para financiar las actividades de Ciencia y Tecnología (proyectos, actividades científicas, becas, entre otros), recursos que se transfieren a los beneficiarios, por ello, prácticamente la totalidad de los recursos se destinan a transferencias. Este programa está conformado por dos subprogramas, según fuente de financiamiento: “Fondo de incentivos, Ley 7169” y el otro denominado “Tabaco”. La ejecución de estos recursos requiere de un proceso productivo, que inicia con las convocatorias de proyectos por parte del MICITT, correspondiéndole al CONICIT la evaluación de las solicitudes, que una vez aprobadas por el Consejo Director, se trasladan a la Comisión de Incentivos del MICITT, que da la aprobación final, siendo este ministerio el que elabora los convenios con los beneficiarios, para luego remitir los contratos al CONICIT, para que realice los desembolsos a los beneficiarios y su respectivo seguimiento. El programa responsable de la gestión administrativa, concentra el 21,9% del presupuesto y se financia con la transferencia del MICITT, según Ley 5048, recursos destinados a gastos operativos, por ello el 77,9% del gasto en este programa se destina al pago de remuneraciones. En orden de importancia, el 19% es para el pago de servicios, entre los cuales hay servicios en gestión y apoyo para la contratación de evaluadores. Poca relevancia tiene la asignación de recursos en las otras partidas de gasto. Por su parte, el programa sustantivo “Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación”, tiene una participación del 19,9%, destinándose la mayoría de los recursos, el 76%, a remuneraciones y 23% para Transferencias Corrientes, mientras que el 1% es para gastos en
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 10 de 28 Servicios y Materiales y Suministros. Este programa se financia con recursos de la Ley 5048, Ley 7169 y Ley 8262. La estructura del presupuesto 2020, por objeto del gasto, no muestra variaciones significativas respecto a años anteriores. Las asignaciones presupuestarias de mayor relevancia, que guarda correspondencia con la gestión que llevan a cabo los programas sustantivos, son las transferencias, que tienen más de la mitad del presupuesto, seguido por remuneraciones. Mientras los restantes gastos operativos, tienen menor relevancia presupuestaria (se agrupan las partidas de bienes duraderos, materiales y suministros y servicios, en otros gastos, ya que dada su baja participación, individualmente no se reflejarían): Gráfico 3. Estructura del presupuesto por objeto del gasto 2016-2020 (En porcentajes) 100,0% 12,2% 11,8% 6,3% 7,6% 4,8% 80,0% 60,0% 50,1% 56,9% 54,6% 56,6% 63,0% 40,0% 20,0% 37,7% 33,6% 36,9% 35,8% 0,0% 32,2% 2016 2017 2018 2019 2020 Remuneraciones Transferencias corrientes Otros gastos Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT. Dada la relevancia presupuestaria en los gastos de Remuneraciones y Transferencias Corrientes, a continuación se presenta con mayor detalle, su conformación. Remuneraciones El gasto en remuneraciones ha ocupado la tercera parte del presupuesto, mostrando en el 2016 la mayor participación, misma que ha variado durante el periodo, entre 4 y 1 punto porcentual, pese a que la cantidad de plazas por cargos fijos no ha tenido cambios, obedeciendo las variaciones en su participación relativa, a un menor presupuesto para los años 2017 y 2019. La programación de recursos para el 2020, aumenta 7,4%, pasando de ¢1.012,0 millones en el 2019 a ¢1.087,0 millones, para el financiamiento de 48 plazas por cargos fijos, estimando un aumento por costo de vida de ¢3.750,0 para cada semestre.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 11 de 28 La composición del gasto en remuneraciones, comprende el pago de salario base, cargas sociales y pluses correspondientes. Tabla 6 CONICIT. Presupuesto en remuneraciones (en millones de colones y porcentaje) % Componente Monto Participación Remuneraciones básicas 386,6 35,6% Remuneraciones eventuales 12,0 1,1% Retribución por años servidos 128,9 11,9% Restricción ejercicio liberal de la profesión 146,2 13,5% Decimotercer mes 65,1 6,0% Salario escolar 60,0 5,5% Otros incentivos salariales 47,3 4,3% Cargas Sociales 240,9 22,2% TOTAL 1.087,0 100% Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT Las remuneraciones básicas es el principal componente, seguido por las correspondientes cargas sociales. Los pluses salariales (exceptuando decimotercer mes y salario escolar), comprenden el 23% del gasto, cuyo principal componentes es restricción del ejercicio liberal de la profesión, que incluye el plus de prohibición y dedicación exclusiva, seguido por la retribución de anualidades. En otros incentivos salariales se incluye Carrera Profesional y el plus de sobresueldo para informáticos. La entidad aporta la normativa legal que respalda el reconocimiento de dichos pluses, ajustándose a la misma, para la mayoría de los pluses, como se verá en el apartado de Empleo y Salarios. En remuneraciones eventuales, se presupuestan ¢12,0 millones en dietas. Se debe tener presente que el Artículo 43 de la Ley 9635 establece lo siguiente: Remuneración de los miembros de las juntas directivas. “Los miembros de las juntas directivas no podrán superar por mes el equivalente a diez salarios base mensual de la categoría más baja de la escala de sueldos de la Administración Pública. Será improcedente el pago de viáticos conjuntamente con dietas”. Transferencias Corrientes La programación de recursos para esta partida, ocupa más de la mitad del presupuesto institucional a partir del 2017 (ver gráfico 3). Este rubro está conformado principalmente, por las transferencias dirigidas a los beneficiarios del financiamiento a proyectos y actividades de investigación (participación y organización de actividades científicas y de eventos científicos nacionales), entre otros.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 12 de 28 A nivel de programa presupuestario, el 92,1% del gasto en transferencias se destina al programa 3, el cual se financia principalmente con recursos provenientes de la Ley 7169 Fondo de Incentivos, así como recursos de la Ley 9028. El monto presupuestado en transferencias para el 2020, ¢2.128,5 millones, se distribuye de la siguiente manera: Gráfico 4. CONICIT. Distribución de transferencias Corrientes 2020 (En millones de colones) 15,3 Sector Público 300 A Personas 203,7 822,4 Entidades Privadas sin fines de lucro Empresas Privadas 787,1 Otras transf Fuente: STAP, a partir del Presupuesto Ordinario 2020 del CONICIT. Sobresalen las transferencias al sector público (38,6% de los recursos presupuestados), donde la mayoría de recursos, ¢688,6 millones, son para Instituciones Descentralizadas No Empresariales, tales como universidades estatales (UCR, UNA, ITCR, UTN), Colegios Científicos, Juntas Directivas, entre otras, para atender los compromisos adquiridos mediante contratos y nuevas ayudas para la participación y organización de actividades científicas y de eventos científicos nacionales, así como el financiamiento de proyectos de investigación. También, incluye las transferencias para el Fideicomiso por ¢128,7 millones y ¢5,0 millones para la transferencia a la Comisión Nacional de Emergencias. En orden de importancia, las transferencias corrientes a personas ocupa el 37% del presupuesto de transferencias, donde la mayoría de recursos (¢764,3 millones) es para becas de pre y posgrado, pasantías de investigación, adiestramientos, asistencia a eventos científicos y tecnológicos dentro y fuera del país según las convocatorias del MICITT y financiamiento a empresas productivas de bienes y servicios, públicas y privadas que el CONICIT en conjunto con el MICITT realicen, con el fin de promover la Ciencia y Tecnología. También contemplan recursos para atender la entrega del Premio Empresa Editorial de acuerdo con el artículo 62 de la Ley 7169, por la suma de $5.000,0 y el Premio Nacional de Ciencia y Tecnología por un monto de ¢15.000.000,0 para dos galardonados en las áreas de Ciencia y Tecnología
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 13 de 28 En otras transferencias a personas, se incluyen ¢22,9 millones para cubrir la contrapartida que otorga el CONICIT en la entrega de los Premios Joven Científico y Joven Tecnológico y el Premio a la Innovación y la Tecnología que otorga el CONICIT en el marco del Premio a la Excelencia de la Cámara de Industrias, así como la entrega del Premio PYME Innovadora – Expopyme. La asignación presupuestaria por ¢300,0 millones, se destina a las empresas privadas que soliciten financiamiento para el desarrollo de actividades científicas y de eventos científicos nacionales, así como el financiamiento de proyectos de investigación según las convocatorias del MICITT. Las transferencias a entidades privadas sin fines de lucro, comprende recursos para atender los compromisos adquiridos y nuevas ayudas, asignándose los recursos mayoritariamente para asociaciones, ¢306,0 millones, seguido en orden de importancia, para las Fundaciones, ¢164,7 millones y las Cooperativas, ¢3,0 millones; para la participación y organización de actividades científicas y de eventos científicos nacionales, así como el financiamiento de proyectos de investigación. En otras transferencias, se agrupan recursos de menor cuantía, que comprenden ¢1,0 millón para indemnizaciones, transferencias al sector externo ¢5,7 millones y para prestaciones ¢8,5 millones. Otros gastos En el gráfico 3, se agruparon gastos operativos como Servicios, Materiales y Suministros, así como Bienes Duraderos, en “Otros gastos”, que tienen poca relevancia presupuestaria. Para el 2020, en Servicios se programan ¢150,7 millones, presentando un incremento moderado del 3%, ya que esta partida en años anteriores presentó disminuciones. La mayor asignación presupuestaria, es para Servicios de Gestión y Apoyo, ¢90,6 millones, de los cuales ¢81,3 millones es para servicios generales, para el pago del servicio de seguridad y vigilancia, principalmente, así como servicios de limpieza, de mensajería y chapias. Otros gastos, comprenden el pago de servicios básicos, gastos de mantenimiento y viáticos, entre otros. En Materiales y Suministros, el presupuesto por ¢3,3 millones, básicamente es para combustibles y lubricantes (para vehículos y la planta eléctrica), además, de útiles, materiales y suministros. Los Bienes Duraderos, tienen poca participación, disminuyendo el presupuesto con respecto al 2019, pasando de ¢64,6 millones a ¢6,5 millones y comprende únicamente recursos para bienes intangibles para la renovación de licencias varias. Ejecución Presupuestaria La gestión institucional en términos de ejecución, se ilustra a continuación:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 14 de 28 Gráfico 5. CONICIT: Ejecución Presupuestaria 2016-2018 (En millones de colones y porcentajes) 3.500,0 100,0% 90,0% 3.000,0 80,0% 2.500,0 70,0% 2.000,0 60,0% 50,0% 1.500,0 40,0% 1.000,0 30,0% 20,0% 500,0 10,0% 0,0 0,0% 2016 2017 2018 Presupuesto 2.722,0 2.975,8 2.921,9 Ejecucion 2.440,2 2.062,3 1.973,2 % Ejecución 89,6% 69,3% 67,5% Fuente: STAP, a partir con información del SIPP al 18 de noviembre 2019, aplicando el cubo Presupuestario de la STAP. En los dos últimos años, se aprecia que la entidad ha disminuido su capacidad de ejecución, tanto en términos porcentuales como nominales. En el 2017 el presupuesto creció 9,3%, mientras que la ejecución del gasto decreció 15,5% y para el 2018, pese a que su presupuesto decreció un 1,8%, los recursos ejecutados fueron menores, decreciendo un 4,3%. La ejecución del gasto, está determinada principalmente, por la ejecución de la partida de Transferencias Corrientes, como se ilustra a continuación:
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 15 de 28 Gráfico 6.CONICIT: Ejecución Presupuestaria por objeto de gasto 2016-2018 (En millones de colones y porcentajes) Cuentas especiales 98,2% Transferencias corrientes 57,0% 48,8% 38,5% Bienes duraderos 29,9% 2016 2017 Materiales y suministros 50,4% 68,2% 2018 72,0% Servicios 66,4% Remuneraciones 0,0% 20,0% 40,0% 60,0% 80,0% 100,0%120,0% Fuente: STAP, a partir con información del SIPP al 18 de noviembre 2019, aplicando el Cubo Presupuestario de la STAP. Si bien las partidas de Bienes Duraderos, Materiales y Suministros y Servicios, registraron en esos años bajas ejecuciones, tienen poca relevancia presupuestaria, lo cual se muestra en el 2018, donde bienes duraderos ejecutó el 88,6%, sin embargo la ejecución total fue del 67,5%. Según se observa, en el 2016 las transferencias se ejecutaron en 98,2%, año en el que el presupuesto institucional muestra la mayor ejecución, 89,6%. No obstante, según se aprecia en el gráfico 5, los años siguientes, 2017 y 2018, la ejecución fue menor, años en los que la ejecución de las transferencias corrientes también fue relativamente baja, 57,0% y 48,8%, respectivamente. El gasto en transferencias corrientes está conformado principalmente por las transferencias destinadas al Fondo de Incentivos, así como el Fondo PROPYME y menor cuantía al Fondo Tabaco, por lo que la ejecución de la partida, se debe principalmente a la ejecución de estos fondos. Otros gastos en transferencias, son los previstos para prestaciones legales e indemnizaciones, que tienen una menor participación. El 2018, según justificación aportada en la liquidación presupuestaria, el gasto en transferencias al Fondo PROPYME, Fideicomiso 25-02, según Ley 8262, no se ejecutó, dado que no se recibieron la totalidad de los ingresos por transferencias por parte del MICITT. Por otra parte, los fondos provenientes de la Ley 9028 Fondo Tabaco (¢100,0 millones), ingresaron tardíamente, por lo que no fue posible su ejecución, aunado a lo tardío de la publicación de la convocatoria, por parte del MICITT y del Ministerio de Salud, que ocasionó que las propuestas se recibieran a finales del 2018, para ser evaluadas y seleccionadas a inicios del 2019. Por su parte, los recursos programados para el Fondo de Incentivos, que es el principal componente en transferencias, ¢1.336,3 millones, solo se ejecutó el 58,3%, dado que no se ejecutaron en su totalidad los proyectos previstos.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 16 de 28 La ejecución para el 2019, sigue la misma tendencia de los últimos años. Según se observa en el gráfico 5, del presupuesto 2019 al III trimestre, por ¢2.828,3 millones, la entidad ha ejecutado el equivalente a ¢1.254,2 millones, 44,3%. Las partidas con mayor ejecución son Remuneraciones (67,6%) y Servicios (54,1%), mientras que Transferencias Corrientes, tiene una ejecución de 30,3%. Las otras partidas, de menor relevancia presupuestaria, Bienes Duraderos y Materiales y Suministros, también tienen una baja ejecución, 5,9% y 33,2%, respectivamente. Los recursos ejecutados a setiembre del año en curso, corresponden al 63,6% de lo ejecutado en el 2018 y dado que el presupuesto 2019 es menor en un 3,2% al 2018, bajo un escenario conservador, lo más que podría ejecutar la entidad sería un 70%, pues la ejecución de la partida de Transferencias Corrientes, al 30 de setiembre del año en curso, es relativamente baja. Valga señalar, que a diferencia de los dos últimos años, la entidad ha percibido el 75% de los ingresos proyectados de transferencias que percibe del MICITT, lo que no es una limitante para la ejecución de esos recursos, mientras que los recursos provenientes del Fondo de Tabaco, al igual que el 2018, no han ingresado. No obstante, tal como se indicó, la mayoría de los recursos en transferencias se destinan al Fondo de Incentivos, cuyo presupuesto de ¢1.250,1 millones, solo ha ejecutado ¢630,4 millones, un 29%. Los argumentos de la entidad, sobre la baja ejecución del gasto, son similares a años anteriores: poca presentación de solicitudes según las convocatorias de los diferentes programas de financiamiento con recursos del Fondo de Incentivos y Fondo Tabaco, la tardía formalización de las ayudas en estado de reserva por parte del MICITT o el CONICIT, la no ejecución de la totalidad de los proyectos previstos con fondos de incentivos. Por otra parte, están pendientes de entrega los premios Periodismo en Ciencia, Tecnología e Innovación y premio Pyme Innovadora Expopyme 2019, indicando que se espera ejecutar en el siguiente trimestre, mientras que la entrega de otro premio, se desestimó. Respecto al gasto en Indemnizaciones, se indica que no han ingresado las sentencias judiciales y las Prestaciones Legales e Incapacidades, se estarán ejecutando conforme se presenten las necesidades, sin embargo, el presupuesto de estos rubros tiene poca participación. Valga señalar, que el desempeño en la ejecución de los recursos de transferencias corrientes, está determinado por factores externos a la entidad, pues parte de su gestión depende de las convocatorias y la formalización de contratos que realiza el MICITT, asimismo influye la demanda que haya de solicitudes, las cuales, no siempre son aprobadas. 1.4 Empleo y Salarios El CONICIT tiene 48 plazas por cargos fijos autorizadas en el 2019, según Acuerdo 12308, de la Sesión Extraordinaria No.02-2019, comunicado en oficio STAP-0481-2019, misma cantidad a la que se le está dando contenido presupuestario en la partida de remuneraciones. En la Relación de puestos comparativa, se presenta un cambio en la clasificación de un puesto, de Profesional de Informática 1-A a 1-C, señalando que el cambio obedece a una recalificación en trámite.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 17 de 28 La proyección de salarios para el 2020, contempla un aumento por costo de vida para cada semestre de ¢3.750,0, lo cual queda sujeto a lo que decrete el Poder Ejecutivo y a los acuerdos que emita la Autoridad Presupuestaria para dichos períodos. De los 48 puestos, 45 están homologados al Sistema de clasificación y valoración del Régimen de Servicio Civil y los otros 3 puestos, son valorados por la Autoridad Presupuestaria: el Secretario Ejecutivo, el Auditor y un chofer de confianza. Las valoraciones consignadas en la relación de puestos 2020, comprenden la estimación de salarios al II semestre 2019. Las clases homologadas a la Dirección de Servicio Civil, muestran una diferencia de ¢50,0, no ajustándose a la escala. Para los puestos valorados por la Autoridad Presupuestaria, el Asesor Profesional y el Auditor, son similares a los comunicados en los acuerdos respectivos de la Autoridad Presupuestaria para el II semestre 2019, existiendo una diferencia de ¢50,0 de más, sin estar ajustados a la escala. Mientras, para el puesto de Director Ejecutivo, la diferencia es mayor, se consigna un salario de ¢1.724.089,0, cuando el correspondiente al II semestre 2019 es de ¢1.716.536,0. No obstante, en la relación de puestos remitida del II semestre 2019, que contempla el incremento salarial respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de los Procedimientos de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes, los salarios consignados corresponden a los que se hicieron extensivos por parte de la Autoridad Presupuestaria. Los incentivos salariales reconocidos corresponden a Retribución de años servidos, Prohibición, Dedicación Exclusiva, Carrera Profesional y Complemento Salarial a informáticos. El reconocimiento para Dedicación Exclusiva, corresponde según lo normado en el Decreto Ejecutivo Nº 23669-H “Normas para la Aplicación de la Dedicación Exclusiva para Instituciones y Empresas Públicas Cubiertas por el Ámbito de la Autoridad Presupuestaria” y Decreto Nº 41161-H "Reforma al artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 23669 del 18 de octubre de 1994, Normas para la aplicación de la Dedicación Exclusiva para las instituciones y empresas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria", Decreto No. 33451 "Reforma Normas de Aplicación de la dedicación exclusiva para las instituciones y empresas publicas cubiertas por el ámbito de la autoridad presupuestaria, Ley No. 9635, "Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas" y Decreto No.41904-MIDEPLAN-H y el Decreto No.41564-MIDEPLAN-H, señalando que para contratos nuevos se aplica el 10% para bachilleres y 25% a los licenciados y para contratos anteriores, 20% para bachilleres y 55% para licenciados. El plus de Prohibición, señala que su reconocimiento es a partir del artículo 14 de la Ley No.8422 “Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública”, Ley 5867 "Ley de compensación por el pago de Prohibición", Ley 8292 "Ley General de Control Interno" (art. 34) y Ley N° 9635, "Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas", así como el Decreto No. 41564-MIDEPLAN. El reconocimiento de la carrera profesional, según base legal, corresponde al Decreto No.33048-H y sus reformas, Decreto No. 35352H, “Normas para la aplicación de la Carrera Profesional para las Entidades Públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria” y Ley 9635.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 18 de 28 Respecto al reconocimiento de las anualidades, en la proyección de salarios, se hace la distinción de las anualidades como monto fijo y la proyección de las nuevas anualidades, según artículo 5 de la Ley No. 2166 “Ley de Salarios de la Administración Publica”, Ley N° 9635, "Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y los decretos No. 41904-MIDEPLAN-H y No. 41564- MIDEPLAN-H. Respecto al plus de complemento salarial, comprende un 25% sobre el salario base, para técnico y profesionales con especialidad en computación (Acuerdo No. 952 de la Autoridad Presupuestaria en sesión ordinaria 23-90). Al respecto se debe tener presente que la Ley No.9635 dispone en su artículo 54 la forma en que se calculan los incentivos salariales: “Artículo 54- Conversión de incentivos a montos nominales fijos. Cualquier otro incentivo o compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal fijo, resultante de la aplicación del porcentaje al salario base a enero de 2018”. (El destacado no es del original). (Así adicionado por el artículo 3° del título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018). Al respecto, recientemente la Procuraduría General señaló que la reforma operada por la Ley No. 9635, no deroga los incentivos existentes, sino que establece la forma en que han de calcularse a futuro, ya no porcentualmente, sino mediante un monto nominal fijo, así indicó: “(…) Lo anterior queda de manifiesto, por ejemplo, con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, según el cual "Cualquier otro incentivo o compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal fijo...". Esa norma no deroga los incentivos o compensaciones existentes antes de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, sino que establece la forma en que han de calcularse a futuro, ya no porcentualmente, sino mediante un monto nominal fijo. (…)”. Procuraduría General de la República, dictamen C-153-2019 del 6 de junio del 2019 (Además ver los dictámenes C-194-2019 de 08 de julio de 2019 y C- 281-2019 del 1° de octubre del 2019). Adicionalmente, se debe tener presente el artículo 56 de la citada Ley de Salarios que establece: “Artículo 56- Aplicación de los incentivos, topes y compensaciones. Los incentivos, las compensaciones, los topes o las anualidades remunerados a la fecha de entrada en vigencia de la ley serán aplicados a futuro y no podrán ser aplicados de forma retroactiva en perjuicio del funcionario o sus derechos patrimoniales”. (El destacado no es del original). (Así adicionado por el artículo 3° del título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018)
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 19 de 28 Según lo expuesto, es necesario aclarar la forma de cálculo del incentivo de Complemento Salarial, en el 2019 y la proyección del 2020. Respecto a los salarios, según la relación de puestos, el CONICIT no tiene salarios superiores a los ¢4.000.000,0. 1.5 Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 El POI 2020 cuenta con el aval de vinculación del MIICITT, según oficio MICITT-DM-OF-399- 2019, del 21 de junio de 2019, que indica “…se dictamina que la programación establecida en la MAPP 2020 de CONICIT está en concordancia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022. Por tanto, se brinda el aval de vinculación”. Por otra parte señala que “Asimismo, es importante considerar que de acuerdo con el oficio N° DM-871-2019 emitido por MIDEPLAN se indica que no aplica el criterio de concordancia dado que no se contemplan directamente las metas en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública 2018-2021 (PNDIP) razón por la cual únicamente le corresponde al Ministro Rector del Sector de Ciencia, Tecnología, Telecomunicaciones y Gobernanza Digital, brindar el criterio de vinculación con respecto a la planificación estratégica institucional y las prioridades del sector”. La gestión sustantiva del CONICIT se establece en dos programas presupuestarios, consignando el 100% de los recursos programados en cada uno de ellos. La producción definida, para cada programa, es la siguiente: Tabla 7. CONICIT. Detalle de la producción, según programación estratégica 2020 Programa Producto Beneficiarios MICITT-Investigadores, unidades de Evaluaciones Técnicas y contratos PINN investigación, universidades e instituciones sin (intermedio) fines de lucro, micro, pequeña y mediana empresa. No.1 Promoción Instituciones y personas involucradas en de la Ciencia, Servicios de Información (final) actividades científicas, tecnológicas y de Tecnología e innovación. Innovación Evaluaciones Técnicas y contratos (final) Micro, pequeña y mediana empresa Promoción y fortalecimiento del Sistema de Cliente interno y externo Ciencia, Tecnología e Innovación (final) Contratos y seguimiento Fondo de Incentivos Personas jurídicas que ejecutan actividades de (Intermedio) CTI Desarrollo Científico y Evaluaciones técnicas Fondo de Incentivos MICITT-Comisión de Incentivos Tecnológico (Intermedio) Personas físicas y jurídicas que ejecutan Proyectos aprobados (Intermedio) actividades de CTI Fuente: STAP, a partir del POI 2020 del CONICIT.
DE-452-2019 CONICIT: Presupuesto Ordinario 2020 Página 20 de 28 En la tabla anterior se consignan los productos indicados en el apartado 2.1.4 Estructura programática. Como se puede observar, hay productos similares en ambos programas, con la diferencia que en un programa son productos intermedios y en otros finales. No obstante, llama la atención que en la MAPP, para el programa No.1, Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación, además, del producto final “Servicios de Información”, se consignan otros dos productos: “Servicios de financiamiento promoción” y “Servicios de Financiamiento PROPYME”, mientras que el producto “Evaluaciones técnicas y contratos”, no está en la MAPP. Asimismo, para el programa 3, en la MAPP se consignan los productos finales “Servicios de Financiamiento Incentivos” y “Servicios de financiamiento Salud”, que no se detallan en la tabla anterior. De conformidad con la Ley 5048, la función del MICITT es "promover la generación de innovación y conocimiento en ciencia y tecnología, con el fin último de mejorar la calidad de vida y el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense”. Además, la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, No. 7169, establece que el CONICIT apoyará la gestión, la innovación y la transferencia científica y tecnológica, así como la generación de nuevo conocimiento, mediante el financiamiento de la investigación, la formación de recurso humano especializado, la asesoría e información científica y tecnológica y otros servicios técnicos. Por lo tanto, es importante que la entidad valore la formulación de su estructura programática, ya que la misma pareciera que está formulada, según la fuente de financiamiento. Debe tener presente la entidad que la promoción y del desarrollo científico se concretiza en el financiamiento de diversas actividades, donde la gestión que se lleva a cabo para la entrega de los recursos (transferencias), comprende un proceso productivo similar en ambos programas: una vez realizadas las convocatorias de proyectos de parte del MICITT, el CONICIT evalúa las solicitudes, el Consejo director las aprueba y las pasa a la Comisión de Incentivos (MICITT) para la aprobación final. Posteriormente, MICITT elabora los convenios con los beneficiarios y remite los contratos a CONICIT, para que este efectúe los desembolsos a los beneficiarios y también les dé seguimiento a los contratos. Los diferentes indicadores formulados, asociados a los productos definidos en la tabla No.7, son de eficacia, también hay indicadores de calidad, referidos a “Días hábiles promedio de duración del trámite de evaluación de solicitudes del Fondo Propyme”, “Porcentaje de satisfacción de los usuarios en seguimiento Fondo de Incentivos” y “Promedio de duración del trámite de evaluación de solicitudes de ayudas de corta duración”. Mientras, en la MAPP, además de esos indicadores, también se establecen indicadores de producto final. Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las Directrices y demás normativa De conformidad con el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el CONICIT para el 2020 debía elaborar su presupuesto ordinario, dando cumplimiento a la Regla Fiscal, que establece un crecimiento de 4,67% en el gasto corriente. Sin embargo, según certificación emitida por la Secretaría Técnica a la Contraloría General de la República, en oficio STAP-
También puede leer