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000 E-DOSSIER RENTA, PATRIMONIO & SOCIEDADES EJERCICIO 2018 Como cada año, se acerca el momento de ajustar cuentas con Hacienda gdASESORÍA
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 ÍNDICE El 2 de abril arranca la campaña de la renta, patrimonio & sociedades del ejercicio 2018. Te contamos las principales novedades y te facilitamos una guía para realizar este trámite de forma ágil y sencilla. 01 1. Plazos para presentar la declaración 2. ¿Quién está obligado a declarar? 3. ¿Cómo hay que presentar la declaración? RENTA 4. Principales novedades 02 1. Plazos para presentar la declaración 2. ¿Quién está obligado a declarar? 1. ¿Cómo hay que presentar la declaración? PATRIMONIO 3. Exenciones y bonificaciones por vivienda habitual 03 1. ¿Quién está obligado a declarar? 2. Plazo para presentar la declaración SOCIEDADES 3. Consejos y recomendaciones Pg. 2
Plazos de la Declaración de la Renta 2018 consulta datos fiscales Solicitud de cita previa: MARZO Suscripción a la APP "Agencia Tributaria” Solicitud del número de referencia: ABRIL Plan "LE LLAMAMOS" 15 • Por Internet (mediante RENØ, Certificado o Cl@ve PIN) • Por la APP "Agencia Tributaria" 01 La Agencia Tributaria llama al contribuyente previa cita que se puede solicitar CONSULTA SOLICITUD • Por Internet • Por la APP • Por Teléfono presentación de declaraciones de Renta y Patrimonio 2018 ABRIL Por teléfono: del 2 de abril al 1 de julio. Hasta el 26 de junio en el caso de domiciliación bancaria. 02 Por Internet: del 2 de abril al 1 de julio. Hasta el 26 de junio en el caso de domiciliación bancaria. INIcio Presentación de declaraciones de Patrimonio 2018: del 2 de abril al 1 de julio (24 h) • Obligatorio por Internet. cita previa para Inicio de la atención MAYO atención en oficinas MAYO presencial en oficinas 09 Cita previa del 9 de mayo al 28 de junio. • Por Internet • Por la APP 14 Inicio de la atención presencial en oficinas para modificar y presentar SOLICITUD • Por Teléfono INICIO la declaración de Renta 2018: del 14 de mayo al 1 de julio domiciliación bancaria JUNIO de declaraciones a ingresar JUNIO Último día para solicitar cita previa 26 Último día para presentar declaraciones de Renta 2018 y 28 Último día para solicitar cita previa para atención FECHA LÍMITE Patrimonio 2018 con ÚLTIMO DÍA telefónica o en oficinas domiciliación bancaria. FIN DE LA CAMPAÑA realizar el ingreso del JULIO DE RENTA 2018 NOVIEMBRE segundo plazo de Renta 01 Último día para presentar las declaraciones de Renta 2018 05 Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la cuota del ÚLTIMO DÍA y Patrimonio 2018 ÚLTIMO DÍA impuesto sobre la Renta 2018, si se fraccionó el pago ¿Qué pasa si no se cumplen estos plazos? Si el resultado de la declaración es “ a ingresar”: la AEAT podrá aplicar recargos que varían en función del retraso: • 0-3 meses: recargo del 5%; • 3-6 meses: recargo del 10%; • 6-12 meses: recargo del 15%; • > 1 año: se aplica un 20% sobre más los intereses de demora que se hayan generado. Si el resultado de la declaración es “a devolver”: la AEAT puede imponer multas de hasta 200€, aunque dicha cantidad puede reducirse. Y recuerda… Hacienda dispone de 4 años para revisar las declaraciones de los contribuyentes.
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 ¿Quién está obligado a declarar? Con carácter general, están obligados a presentar de- Otras consideraciones a tener en cuenta claración todos los contribuyentes, es decir, personas físicas residentes en territorio español que obtengan 1. Aunque no resulten obligados a declarar, todos los rentas sujetas al impuesto. contribuyentes que ejerciten el derecho a aplicarse determinadas reducciones o deducciones o a recibir No obstante, no existe la obligación de presentar la declaración cuando se perciban rentas procedentes una devolución tienen que confirmar el borrador o de rendimientos íntegros del trabajo, con los si- presentar la declaración. guientes límites: 2. A efectos de la obligación de declarar no se tienen 1. Con carácter general 22000€, cuando los reciba de un solo pagador. Este límite también aplica en cuenta las rentas exentas ni las rentas sujetas cuando procedan de más de un pagador en estos al gravamen especial sobre determinadas loterías y casos: apuestas. • la suma de las cantidades percibidas del segun- do y restantes pagadores por orden de cuantía, 3. Desde el 1 de enero de 2019, se incrementa el no superan en su conjunto la cantidad de 1500€ umbral mínimo de la obligación de declarar en caso anuales; de percepción de rendimientos del trabajo cuando procedan de más de 1 pagador, que pasa de 12000- • contribuyentes cuyos únicos rendimientos del trabajo sean prestaciones pasivas (pensiones de 14000€, lo que beneficiará a las rentas más bajas. los regímenes públicos de previsión social-Segu- ridad Social y clases pasivas-, y de los regímenes siguen teniendo la posibilidad de imprimir la declara- privados-planes de pensiones, seguros colecti- ción para verla en formato físico, ya no está disponi- vos, mutualidades de previsión social-). ble la opción de entregarla impresa en el banco o en la gestoría. En su lugar, la declaración debe presen- 2. Cuando hay varios pagadores, el límite para tarse por alguno de los siguientes medios: presentarla pasa de 12000€ a 14000€, aunque este nuevo límite solo se aplica desde el 5 de julio de • por Internet a través del sistema “Renta web” 2018 - fecha de entrada en vigor de los PGE- por (mediante RENØ, Certificado o Cl@ve PIN); lo que queda en 12.643 euros anuales para este • por la app “Agencia Tributaria”; periodo. Antes de esta fecha, se mantiene el límite de 12.000 euros, siempre y cuando: • por teléfono: plan “Le llamamos” -atención auto- mática 91 535 73 26- o en el de atención personali- • la suma de las cantidades percibidas del segun- zada- 91 553 00 71- (de 9h a 19h, L-V); do y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales; • en las oficinas de la AEAT previa solicitud de cita, así como en las oficinas habilitadas por las CCAA, • se perciban pensiones compensatorias del cón- ciudades con Estatuto de Autonomía y EELL para la yuge o anualidades por alimentos no exentas; confirmación del borrador de declaración. • el pagador de los rendimientos del trabajo no La atención en oficinas para la Renta de 2018 estará esté obligado a retener; disponible a partir del 9 de mayo hasta el 28 de junio. • se perciban rendimientos íntegros del trabajo La forma de solicitarlo a través de internet es hacien- sujetos a tipo fijo de retención. do click en el mismo sitio que para solicitar el plan “Le llamamos”. También puede hacerse llamando al ¿Cómo debe presentarse la declaración? 91 553 00 71- (de 9h a 19h, L-V). En cuanto a la presentación de la declaración, una de Una vez concertada la cita, la Agencia Tributaria las principales novedades de este año es la elimina- atenderá a los contribuyentes entre el 14 de mayo y ción de la predeclaración. Aunque los contribuyentes el 1 de julio. Pg. 4
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 para poder beneficiarse son: • madres con hijos a cargo menores de 3 años; • trabajar por cuenta ajena o autónoma; • haber satisfecho en 2018 gastos por guardería. Las guarderías o centros autorizados tenían de plazo hasta el 15 de febrero, para presentar el Modelo 233 a Hacienda, facilitando los datos que hacen posible esta deducción. 3.2. Familias numerosas o con miembros a cargo con discapacidad Como novedad, desde julio de 2018, se ha incremen- tado el importe de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. El aumento es de 600€ anuales por cada hijo que forme parte de la familia numerosa que exceda del cuarto para la cate- Principales novedades goría general o del sexto para la categoría especial. Este año la declaración de la renta incorpora impor- Sin embargo, esta deducción se aplicará solo de agos- tantes novedades en las prestaciones por maternidad to a diciembre, con lo que la deducción máxima será y paternidad, familias numerosas o con miembros a de 250€. cargo con discapacidad, autónomos y becas. 3.3. Autónomos 3.1. Prestaciones de maternidad y paternidad Se introducen dos nuevas casillas dentro del apartado Desde el 30 de diciembre de 2018, están exentas de «Rendimientos de actividades económicas en estima- pagar IRPF como consecuencia de la sentencia del ción directa»: Tribunal Supremo: • para identificar los gastos por suministros como • las prestaciones por maternidad y paternidad per- fiscalmente deducibles para los autónomos que cibidas del régimen público de la Seguridad Social; trabajen desde casa (en concreto, suministros de agua, luz, gas, electricidad, telefonía e Internet); • las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas de las mutualidades de previsión social • para deducirse hasta 11€ diarios de gastos por que actúen como alternativas al régimen general manutención siempre que puedan acreditarse el de la SS de los trabajadores por cuenta propia o gasto en establecimientos de restauración. autónomos, con el límite de la prestación máxima que reconozca la SS por estos conceptos: Otras novedades a tener en cuenta • la retribución percibida durante los permisos por parto, adopción, guarda o paternidad por los 1) Aumenta la base máxima de deducción de 50.000 a 60.000€ y se incrementa el porcentaje empleados públicos encuadrados dentro de un de deducción del 20 al 30% por deducción por régimen de SS que no da derecho a percibir pres- inversión en empresas de nueva o reciente tación de paternidad o maternidad, con el límite creación. de la prestación máxima que reconozca la SS por estos conceptos. 2) Se incrementa la cuantía diaria exenta de 9€ a 11€ diarios para las fórmulas indirectas de Asimismo, se elevan las deducciones por materni- prestación del servicio de comedor, tales como dad, que actualmente son de 1200€ anuales, permi- tickets restaurante, vales comida o documentos tiendo deducirse hasta 1000€ adicionales para madres similares que se entregan al trabajador. trabajadoras con hijos en guardería. Los requisitos Pg. 5
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 3.4. Becas • si se opta por la domiciliación bancaria, entre los días 2 de abril y 26 de junio de 2019, ambos inclui- Se incrementan los límites exentos de las becas dos. públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos o por fundaciones bancarias para cursar La transmisión electrónica de la declaración, salvo estudios reglados, que pasa a ser de 6000€ (an- que se opte por la domiciliación bancaria como medio tes 3000€). Esta cuantía se eleva a 18000€ (antes de pago, debe realizarse en la misma fecha en que 15000€), cuando la dotación económica compense se efectúe el ingreso resultante de la misma. Cuando gastos de transporte y de alojamiento para la reali- existan dificultades técnicas que impidan realizar la zación de estudios reglados, hasta el nivel de máster transmisión electrónica de la declaración en la misma incluido o equivalente (antes hasta el 2º ciclo univer- fecha en que tenga lugar el ingreso, puede realizarse sitario). hasta el cuarto día natural siguiente al del ingreso. Cuando se trate de estudios en el extranjero, el im- ¿Quién está obligado a declarar? porte exento asciende a 21000€ (antes 18000€). Están obligados a declarar los sujetos pasivos: Si el objeto de la beca es la realización de estudios 1. cuya cuota tributaria, una vez aplicadas las de- de doctorado, el importe exento alcanza los 21000- ducciones o bonificaciones que procedan, resulte 24600€ cuando se trate de estudios en el extranjero. a ingresar, o; 2. cuando, no dándose esta circunstancia, el va- Patrimonio lor de sus bienes o derechos resulte superior a 2.000.000€. Plazos para presentar la declaración Debe tenerse presente que se alude al «valor de bie- Para la presentación durante 2019 de la declaración nes y derechos»; por tanto, no han de computarse del ejercicio 2018, los plazos previstos son los siguien- a estos efectos las cargas, gravámenes ni deudas u tes: obligaciones personales. Por aplicación de las normas • como regla general entre los días 2 de abril y 1 de de atribución e imputación puede ocurrir que, en caso julio de 2019, ambos incluidos; de matrimonio, uno de los cónyuges no supere la cuantía de base imponible que obliga a declarar. En Pg. 6
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 tal caso, éste no tiene que presentar la declaración. Solo declara el cónyuge que supere dicha cifra. Las personas fallecidas en el año 2018 antes del 31 de diciembre, no tienen obligación de declarar por este impuesto. Forma de presentación Respecto al ejercicio 2018, la OM HAC/277/2019 la presentación de la declaración debe ajustarse a las siguientes reglas: 1. La declaración se efectúa en el modelo D-714 y el modelo de ingreso es el modelo 714. 2. Es obligatoria la presentación electrónica de la declaración por internet utilizando alguna de las siguientes formas: • un sistema de identificación, autenticación y fir- para contribuyentes discapacitados. Por su parte, Ca- ma electrónica utilizando un certificado electró- taluña ha aprobado como cuantía del mínimo exento nico reconocido de acuerdo con las condiciones 500.000€; Extremadura ha aprobado una cuantía del de la Ley 59/2003; mínimo exento general de 500.000€ que se eleva a • el sistema de firma con Cl@ve PIN, sistema de 600.000, 700.000 o 800.000€ para contribuyentes que identificación, autenticación y firma electrónica sean personas con discapacidad física, psíquica o común para todo el Sector Público Administrati- sensorial en función del grado de discapacidad. vo Estatal; Hay que tener en cuenta también las bonificaciones • la consignación del NIF del obligado tributario y en la cuota del impuesto aprobadas por cada Comuni- del número o números de referencia del borra- dad Autónoma. Por ejemplo, Madrid tiene una bonifi- dor o de los datos fiscales del IRPF, previamente cación del 100% y La Rioja, del 75%. suministrados por la AEAT. 3. El contribuyente del IP puede utilizar como medio Sociedades de pago de las deudas tributarias resultantes de Plazos para presentar la declaración las mismas la domiciliación bancaria. El plazo para la presentación de la declaración vía Exenciones y bonificaciones por vivienda habitual internet (modelos 200, 220) es, con carácter general, Se mantiene el límite de la exención de la vivien- el de 25 días naturales siguientes a los 6 meses pos- da habitual hasta un importe máximo de 300.000€. teriores a la conclusión del período impositivo – para Conviene recordar que este importe es para cada períodos impositivos coincidentes con el año natural contribuyente, por lo que un matrimonio que posea los primeros 25 días de julio de 2019 -. una vivienda adquirida en gananciales no tributará Los sujetos pasivos cuyo período impositivo coincida por ella si su valor no excede de 600.000€. con el año natural y presenten por Internet la decla- La base imponible se reducirá en el mínimo exento ración del IS, pueden domiciliar el pago (del 1 a 20 de que haya sido aprobado por la Comunidad Autóno- julio). ma y, en el caso de que ésta no hubiese aprobado ¿Quién está obligado a declarar? el mínimo exento, la base imponible se reducirá en 700.000€. Están obligados a presentar la declaración todos los sujetos pasivos, con independencia de que hayan de- Aragón: regula el mínimo exento en 400.000€; Co- sarrollado o no actividades durante el período imposi- munidad Valenciana establece un mínimo exento tivo y de que hayan obtenido o no rentas. general de 600.000€ y lo incrementa hasta 1.000.000€ Pg. 7
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 Las entidades parcialmente exentas sólo están obligadas a presentar la declaración cuando obten- gan ingresos totales que superen 75.000€ anuales, ingresos de rentas no exentas sometidas a retención que superen 2.000€ anuales o rentas no exentas no sometidas a retención. Consejos y recomendaciones Ajustes fiscales Hay que analizar y revisar los criterios contables y las posibles diferencias (permanentes o temporarias) con los criterios fiscales de la normativa del Impuesto. Amortizaciones Hay que comprobar los métodos y porcentajes de amortización utilizados en contabilidad para ver si son admitidos por la norma fiscal. Los gastos por atenciones a clientes o proveedores se limitan su deducción al 1% del importe neto de la Se podrán amortizar libremente, por todas las cifra de negocios del propio periodo impositivo. entidades, los elementos del inmovilizado material nuevos cuyo valor unitario no exceda de 300€, con un Serán deducibles las retribuciones a los administra- límite de 25.000€ por período impositivo, y los ele- dores por el desempeño de funciones de alta direc- mentos de inmovilizado material e intangible, exclui- ción, u otras funciones derivadas de un contrato de dos edificios, afectos a I+D. Edificios afectos a I+D carácter laboral con la entidad. lineal en 10 años. Reservas de capitalización y de nivelación Gastos no deducibles Las sociedades que tributan al tipo general, así como Comprueba los gastos contables no deducibles las entidades parcialmente exentas y las de nueva fiscalmente o que tienen limitada su deducibilidad creación, pueden utilizar la reserva de capitalización, (retribución fondos propios, donativos y liberalidades, y reducir su base imponible en un 10% del importe gastos financieros, etc.). del incremento de sus fondos propios en la medida que este incremento se mantenga durante un plazo de 5 años y se dote una reserva por el importe de la reducción, debidamente separada e in- disponible durante estos 5 años, excepto que tenga pérdidas contables. Por otro lado, las empresas de reducida dimensión (ERD) pueden aplicar la reserva de nivelación, consis- te en una reducción de la base imponible de hasta el 10% de su importe con un máximo absoluto de un millón de euros en el año. Compensación de bases imponibles negativas (BIN) Recuerda que, aunque se ha eliminado el límite tem- poral, que era de 18 años, para compensar las BIN, se sigue limitando la cuantía a compensar en 1.000.000€. Hasta esa cuantía siempre se podrán compensar sin restricción, pero a partir de la misma sólo se podrá compensar hasta el 70% de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización. Pg. 8
CAMPAÑA DE RENTA, PATRIMONIO Y SOCIEDADES, EJERCICIO 2018 La compensación se limitará al 50% de la base impo- Límite a la aplicación de las deducciones por doble nible previa si el importe neto de la cifra de negocio imposición (INCN) es al menos de 20 millones de euros e inferior Hay que tener en cuenta el límite en la aplicación de a 60 millones de euros. La compensación se limita al deducciones para evitar la doble imposición interna- 25% de la base imponible previa cuando el INCN sea cional o interna, generada o pendiente de compensar de al menos 60 millones de euros. que se cifra en el 50 % de la cuota íntegra del con- Deducciones para incentivar la realización de deter- tribuyente. Solo se limita el importe a deducir a los minadas actividades contribuyentes con INCN de al menos 20 millones de euros en los 12 meses anteriores al inicio del período Comprueba las deducciones vigentes para 2018: impositivo. • por actividades de I+D+i; • por inversiones en producciones cinematográficas; • por producción de determinados espectáculos en vivo; • por creación de empleo, incluyendo la correspon- diente a los trabajadores discapacitados. Hay que tener presente que el límite en cada ejerci- cio del total de deducciones es del 25% de la cuota íntegra menos, en su caso, las deducciones para evi- tar la doble imposición internacional y las bonifica- ciones. El límite anterior se eleva al 50% si los gastos de I+D+i exceden en más del 10% de la cuota íntegra. Pg. 9
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