GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS

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GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES
 Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO.

  TOMO CXXXI               Núm. 37         Zacatecas, Zac., sábado 8 de mayo 2021

                                    SUPLEMENTO
                  2 AL No 37 DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
                          CORRESPONDIENTE AL DÍA 8 DE MAYO DE 2021

 MANUAL. -          De Organización del Instituto de Selección y Capacitación del
                    Estado de Zacatecas.

periodicooficial.zacatecas.gob.mx                     Precio de venta al público $30.00
GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS
Gobierno del Estado de Zacatecas
GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                        3

         MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE
          SELECCIÓN Y CAPACITACIÓN DEL ESTADO

Versión: 02                Fecha de Validación: 27 de abril de 2021.

                  Gobierno del Estado de Zacatecas
4                    SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

    Gobierno del Estado de Zacatecas
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                                          ÍNDICE
Manual de Organización
CONTENIDO

PAGINA
I.     INTRODUCCIÓN
II.    OBJETIVO DEL MANUAL
III.   ANTECEDENTES
IV. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO
V.     FILOSOFIA
VI. ATRIBUCIONES
VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA
VIII. ORGANIGRAMA
IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES
     1. Junta Directiva
        2. Dirección General
           2.1. Secretaría Técnica
              2.1.1. Departamento de Planeación
           2.2 Unidad de Transparencia
           2.3 Órgano de Control Interno.
           2.4 Coordinación Administrativa
              2.4.1. Departamento de Recursos Humanos
              2.4.2. Departamento de Recursos Materiales y Servicios
              2.4.3. Departamento de Recursos Financieros
              2.4.4 Departamento de Informática
           2.5 Dirección de Reclutamiento y Selección y Gestión de Competencias
              2.5.1. Departamento de Reclutamiento
              2.5.2 Departamento de Selección
           2.6. Dirección de Profesionalización
              2.6.1. Departamento de Capacitación
              2.6.2. Departamento de Certificación
              2.6.3. Departamento de Instructores
           2.7. Dirección de Evaluación del Desempeño, Permanencia y Desarrollo
              2.7.1. Departamento de Evaluación del Desempeño
              2.7.2. Departamento de Seguimiento
           2.8. Dirección Jurídica
              2.8.1. Departamento de Normatividad
X. GLOSARIO

                         Gobierno del Estado de Zacatecas
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                                   I.          INTRODUCCIÓN

      Dado que la atención y prestación de servicios por parte del Instituto de Selección y
Capacitación del Estado mediante el reclutamiento, selección, capacitación, certificación y
evaluación del desempeño de los servidores públicos de carrera, le exigen contar con una
estructura eficiente , surge la necesidad de elaborar y expedir el presente Manual de
Organización, el cual está apegado tanto a las atribuciones contenidas en la Ley del Servicio
Profesional de Carrera del Estado y Municipios de Zacatecas, como en el Estatuto Orgánico del
Instituto.

     El presente documento pretende ser congruente con lo establecido en El Plan Estatal de
Desarrollo 2017-2021 dispone dentro del eje, Gobierno Abierto y de Resultados en su línea
estratégica 1.2 Gestión Publica basada en resultados, que tiene como objetivo específico
“Construir un gobierno abierto, honesto, democrático, planeado, organizado y orientado al
logro de resultados, como un pilar fundamental para el uso eficiente de los resultados públicos y
la promoción optima del desarrollo del Estado”, incluyendo en su estrategia 1.2.4 la
profesionalización, actualización y evaluación de los servidores públicos.

      En su contenido se contempla la organización interna del Instituto de Selección y
Capacitación del Estado, el cual está dirigido fundamentalmente a los servidores públicos que
laboran en el Instituto, proporcionando elementos de orden para que cada una de las
unidades administrativas que lo integran, trabajen en dar cumplimiento a la misión de la
institución y alcanzar la excelencia en el desarrollo de sus funciones.

     Para garantizar la funcionalidad y eficacia del Manual que se presenta, éste deberá ser
actualizado cuando exista algún cambio orgánico funcional al interior del Instituto, o bien, siempre
que se justifique una mejora del mismo, siendo responsabilidad de la Coordinación
Administrativa, para lo cual, cada una de las unidades administrativas que lo integran, deberán
contribuir aportando la información que les sea propia.

                                        II.          OBJETIVO DEL MANUAL

     Ser un instrumento de consulta y orientación para el personal del Instituto y la ciudadanía,
a través del cual se brinde información sobre la organización, objetivos, funciones, estructura
orgánica, niveles jerárquicos y de responsabilidad, así como líneas de mando y coordinación
de las unidades administrativas que integran la Entidad hasta el nivel de Departamento, a fin
de contribuir al logro de la misión y visión institucional de forma oportuna, eficaz y eficiente.

                                              III.       ANTECEDENTES

     El 4 de agosto de 2004, al final de la administración 1998-2004, mediante decreto
número 257, suplemento número 6 al número 62, tomo CXIV, del Periódico Oficial,
Órgano de Gobierno del Estado, fue publicada la Ley del Servicio Profesional de Carrera
del Estado y Municipios de Zacatecas, la cual estableció las bases para la profesionalización
de los servidores públicos del Estado.

     A través de la Ley de referencia se implementó el Servicio Profesional de Carrera,
conceptualizado como un sistema integral y transparente enfocado a la profesionalización de los
servidores de la administración pública, que tiene como objetivo primordial garantizar un servicio
más eficiente y eficaz a la ciudadanía.

     En el sexenio 2004-2010 el compromiso en materia de profesionalización fue plasmado en
el Plan Estatal de Desarrollo 2005-2010. Sin embargo, dada la transición, durante los tres
primeros años de aquella administración no se dieron las condiciones políticas y económicas

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para echar andar el Sistema en su conjunto; no obstante a ello y, a fin de sentar las bases
para su establecimiento, se creó una Coordinación Operativa del Servicio Profesional de
Carrera, hoy extinta, que dependía presupuestal y administrativamente de la Oficialía Mayor del
Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.

     Para lograr el funcionamiento y operación del Sistema, mediante la misma Ley se creó
el Instituto de Selección y Capacitación del Estado, como un organismo público
descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya coordinadora de sector
sería la Oficialía Mayor de Gobierno, ahora Secretaría de Administración.

     Finalmente, a partir del día 15 de noviembre de 2007, comienza formalmente sus funciones
el Instituto de Selección y Capacitación del Estado, INSELCAP, con la finalidad de coadyuvar
conjuntamente con la Secretaría de Administración la profesionalización de los servidores públicos
que contempla la Ley que le da origen.

     El 09 de mayo del año 2020, en el suplemento 2 al No.38, tomo CXXX del Periódico
Oficial, Órgano de Gobierno del Estado, fue publicado el Estatuto Orgánico del Instituto, el
cual es un instrumento de carácter general que regula las bases de organización y funcionamiento.

                         IV.     MARCO JURÍDICO - ADMINISTRATIVO

    Disposición Constitucional

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación.
    05-II-1917 y sus reformas.

    Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Periódico Oficial del
    Gobierno del Estado. 09-I-1918 y sus reformas.

    Leyes

    Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas. Periódico Oficial del
    Gobierno del Estado. 20-VI-2018.

    Ley de las Entidades Públicas Paraestatales. Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 07-
    I-1989 y sus reformas.

    Ley del Servicio Profesional de Carrera del Estado y Municipios de Zacatecas. Periódico
    Oficial del Gobierno del Estado. 04-VIII-2004 y sus reformas.

    Ley del Servicio Civil del Estado y Municipios de Zacatecas. Periódico Oficial del Gobierno del
    Estado. 11-IX-1996.y sus reformas.

    Ley de General de Responsabilidades Administrativas. Periódico Oficial del Gobierno del
    Estado. 13-IV-2020.

    Ley General de Contabilidad Gubernamental. Diario Oficial de la             Federación.31 de
    diciembre .2008.

    Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas. Periódico Oficial de Gobierno del Estado. 31- XII-
    2016.

    Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
    Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 02-VI-2016.

    Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Estado de Zacatecas y sus Municipios.
    Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 03-VII-2019.

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    Estatuto

    Estatuto Orgánico del Instituto de Selección y Capacitación del Estado. Periódico
    Oficial del Gobierno del Estado. 09-V-2020.

    Manual

    Manual de Normas y Políticas para el Ejercicio del Presupuesto de Egresos. Periódico Oficial
    del Gobierno del Estado. 12-II-2020.vigente.

    Manual General de Normas y Políticas y Lineamientos de Recursos Humanos.
    Periódico Oficial del Gobierno del Estado .5-IX-2015.

    Programas

    Los Programas Presupuestarios del Instituto de Selección y Capacitación del Estado. Vigente.

    Acuerdos

    Los Acuerdos de la Junta Directiva del Instituto de Selección y Capacitación del Estado.

    Condiciones

    Condiciones Generales del Servicio. Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 02-IX-
    1989 y sus reformas.

    Presupuesto

    Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2021. Periódico
    Oficial del Gobierno del Estado. 30 -XII-2019.

    Plan

    Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021. Vigente.

                                           V. FILOSOFÍA

Visión

Ser un Instituto líder de profesionalización en el país.

Misión

Contribuir con la profesionalización de los servidores públicos de carrera propiciando su
desarrollo laboral para brindar servicios de calidad.

Valores

           Calidad.
           Imparcialidad.
           Equidad.
           Tolerancia
           Honestidad
           Libertad
           Justicia.

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                                                   VI.   ATRIBUCIONES

     Son atribuciones del Instituto de Selección y Capacitación las conferidas por el Artículo 18
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera del Estado y Municipios de Zacatecas.

Articulo 18.-son atribuciones del Instituto:

        I.       Elaborar el Plan General de Capacitación, para ejecutar los programas específicos
                 en las dependencias;

       II.       Diseñar y operar proyectos específicos para el reclutamiento, selección
                 capacitación y profesionalización de las y los servidores públicos;

      III.       Prestar servicios de asesoría y capacitación al Poder Legislativo y Judicial,
                 ayuntamientos y organizaciones privadas;

      IV.        Suscribir los convenios, acuerdos y contratos que celebre con instancias
                 capacitadoras, instituciones y organismos de educación superior nacional y
                 extranjera, para la impartición de cursos, conferencias, foros o cualquier otro
                 evento de carácter académico, con la finalidad de apoyar a las y los servidores
                 públicos en su profesionalización.

       V.        Asimismo, con los celebrados con otras entidades federativas, ayuntamientos
                 o instituciones nacionales o internacionales de carácter privado;

      VI.        En general celebrar los actos jurídicos o administrativos que coadyuven a
                 su mejor desempeño, y;

     VII.        Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas
                 aplicables.

                                        VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA

1. Junta Directiva.

             2. Dirección General.

                      2.1       Secretaria Técnica.
                                2.1.1     Departamento de Planeación.
                      2.2       Unidad de Transparencia.
                      2.3       Órgano de Control Interno.
                      2.4       Coordinación Administrativa.
                                2.4.1       Departamento de Recursos Humanos.
                                2.4.2       Departamento de Recursos Materiales y Servicios.

                                2.4.3          Departamento de Recursos Financieros.

                                2.4.4          Departamento de Informática.

                      2.5       Dirección de Reclutamiento y Selección y Gestión de
                                Competencias.
                                2.5.1       Departamento de Reclutamiento.
                                2.5.2       Departamento de Selección.

                      2.6       Dirección de Profesionalización.

                                2.6.1          Departamento de Capacitación.

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           2.6.2       Departamento de Certificación.
           2.6.3       Departamento de Instructores.
     2.7   Dirección de Evaluación del Desempeño, Permanencia y
           Desarrollo.

           2.7.1         Departamento de Evaluación del Desempeño.
           2.7.2          Departamento de Seguimiento.
     2.8   Dirección Jurídica.
           2.8.1            Departamento de Normatividad.

                 VIII.   ORGANIGRAMA

             Gobierno del Estado de Zacatecas
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                                         IX.   OBJETIVOS Y FUNCIONES

  1. JUNTA DIRECTIVA
  Objetivo
            Definir políticas, programas, metas, prioridades y estrategias del Instituto, garantizando
  que las acciones, presupuestación y control financiero se apeguen a la normatividad aplicable,
  a fin de garantizar el cumplimiento de los fines del mismo.

Funciones

         I.   Rendir al Consejo los Informes de actividades del Instituto para su
              conocimiento;

    II.       Proponer proyectos de modificaciones, reformas o adiciones a la normativa
              interna, a fin de ir actualizando la misma;

   III.       Definir el Programa Operativo Anual del Instituto y su proyecto de Presupuesto, con
              el fin de apegarse a las disposiciones aplicables;

   IV.        Conocer y resolver los asuntos que se presenten en virtud del cumplimiento
              de los objetivos del Instituto, a fin de dar certeza a los mismos y una correcta
              aplicación;

    V.        Resolver cualquier      situación   no    prevista   en    la   Ley   para    una   posterior
              actualización;

   VI.        Vigilar el cumplimiento de          los   programas       que   desarrollan   las   unidades
              administrativas del Instituto;

  VII.        Aprobar trimestralmente los estados financieros del Instituto, con el fin de consolidar
              el ejercicio del presupuesto anual;

 VIII.        Aprobar el organigrama del Instituto, a fin de dar soporte a las funciones
              encomendadas al mismo, y

   IX.        Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.

  2. DIRECCIÓN GENERAL
  Objetivo
              Dirigir, planear, diseñar, organizar, administrar, supervisar y evaluar las actividades
  del Instituto, así como representarlo y ejecutar los acuerdos emitidos por el Consejo y la Junta
  Directiva, mediante el cumplimiento del marco normativo existente, a fin de garantizar el
  funcionamiento institucional y contribuir a la consolidación del Sistema.

Funciones

      I.      Representar al Instituto en los asuntos administrativos y jurídicos ante las instituciones,
              a fin de dar cumplimiento a sus atribiciones;

    II.       Asegurar la observancia de las disposiciones legales aplicables sobre asuntos
              que competan al Instituto con el objeto de respetar las mismas ;

   III.       Coordinar la planeación, operación y control de las actividades del Instituto, a fin de
              vigilar el cumplimiento de su objetivo;

                             Gobierno del Estado de Zacatecas
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     IV.        Determinar y proponer las políticas y bases para la operación, evaluación             y
                consolidación de los subsistemas del Instituto;

      V.        Participar en las reuniones del Consejo y de la Junta Directiva y en su caso,
                exponerles los asuntos que deban ser de su conocimiento para su análisis y
                aprobación;

     VI.        Administrar el patrimonio del Instituto, con el objetivo de optimizar recursos;

 VII.           Proponer las modificaciones al Programa Presupuestario del Instituto a la         Junta
                Directiva del Instituto para su valoración y en su caso autorización;

VIII.           Proponer el tabulador de cuotas de recuperación de servicios que preste el Instituto,
                a fin de fortalecer las finanzas del Instituto;

     IX.        Conducir las relaciones laborales de los servidores públicos bajo su
                responsabilidad, asumiendo el carácter de representante Institucional, para lograr
                los objetivos planteados en el Instituto;

           X.     Establecer comunicación y vinculación con la Secretaría de Administración,
                  dependencias, entidades y, sectores social y privado, para facilitar el
                  cumplimiento de los fines institucionales;

        XI.       Aprobar las convocatorias para los concursos de ingreso;

      XII.        Autorizar los eventos académicos de capacitación que imparta anualmente el
                  Instituto, a fin de revisar sus contenidos;

     XIII.        Definir e implementar los planes de estudio                 para   contribuir   a   la
                  profesionalización de los servidores públicos de carrera;

     XIV.         Firmar las constancias de los eventos académicos de capacitación y
                  certificación que brinde el Instituto, fin de dar certeza a los servidores públicos
                  de su participación,

     XV.          Coordinar las gestiones que se lleven a cabo ante autoridades educativas para
                  efectos de registros, autorizaciones y reconocimientos oficiales;

     XVI.         Supervisar las acciones de la Entidad de Certificación y Evaluación de
                  competencias del Instituto, así como del Centro Evaluador Microsoft, con el objetivo
                  de verificar el cumplimiento de los programas Institucionales;

 XVII.            Coordinar, suscribir y evaluar las acciones y compromisos institucionales derivados
                  de los convenios y relaciones contractuales que estén vigentes y comprometan al
                  Instituto a su cumplimiento, para garantizar un adecuado ejercicio del programa
                  establecido;

XVIII.            Otorgar el visto bueno para la selección de los interesados en ser capacitadores,
                  evaluadores y certificadores internos;

     XIX.         Evaluar el desempeño de los servidores públicos del Instituto con la finalidad
                  de conocer el cumplimiento de sus metas establecidas;

     XX.          Coordinar la comunicación interna y externa que se requiera con los medios
                  y la sociedad en general para lograr la difusión de sus actividades y el
                  posicionamiento e imagen del Instituto;

                                     Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                 13

   XXI.      Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
             Interno de Control del Instituto correspondiente a la Dirección General, con la
             finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

    XXII.       Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de
                lograr los objetivos y metas institucionales; y

XXIII.       Las       demás         que       establezcan           otras       disposiciones
             legales   y administrativas aplicables.

2.1. SECRETARÍA TÉCNICA
Objetivo
         Coordinar la planeación, evaluación y alcance de los proyectos del Instituto, así como
en el seguimiento de acuerdos, a fin de lograr objetivos a corto, mediano y largo plazo.

Funciones

     I.       Coordinar las actividades del Departamento de Planeación para eficientar el
              trabajo de la Secretaria Técnica;

     II.      Dirigir la elaboración del Programa Presupuestario del Instituto, para             dar
              cumplimiento a los criterios establecidos;

     III.     Participar en la coordinación y seguimiento de las acciones, programas y
              proyectos de las unidades administrativas del Instituto, a fin de llevar en conjunto
              el seguimiento de los programas presupuestarios autorizados;

     IV.      Realizar el análisis pragmático de los subprogramas y proyectos; a fin de llevar el
              orden y cumplimiento de los mismos;

     V.       Vigilar que se realice la integración de la información y documentación relativa a los
              resultados de las actividades del Instituto en el ámbito de su competencia para la
              elaboración de informes;

     VI.      Evaluar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas de los
              programas y acciones Institucionales, a fin de reportar información al Sistema
              Integral de Información para la Planeación de Gobierno del Estado de Zacatecas;

     VII.     Proponer al Director General los elementos técnicos para la toma de decisiones;
              para dar cumplimento a los proyectos autorizados por la Junta Directiva de este
              Instituto;

     VIII.    Estandarizar procedimientos y métodos de trabajo de las diferentes unidades
              administrativas del Instituto; para poder armonizar los proyectos;

     IX.      Contribuir con la Coordinación Administrativa en la definición de prioridades para
              el ejercicio del gasto, en base al Programa Presupuestario con las instancias
              respectivas, y así teniendo la información de donde se deban proponer ajustes
              cuando se requieran;

    X.        Analizar los proyectos del Instituto y su operación para proponer alternativas
              de mejora;

    XI.       Integrar los datos y documentos necesarios para las reuniones o eventos
              con la Junta Directiva, con la Secretaría de Administración y con las unidades
              administrativas del Instituto;

                          Gobierno del Estado de Zacatecas
14                                                      SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

     XII.       Solicitar la información referente a las actividades realizadas por las unidades
                administrativas para dar cumplimiento a la elaboración de los informes de gobierno;

     XIII.      Elaborar los documentos requeridos por la Dirección General, para la adecuada
                toma de decisiones; dando así el seguimiento a las instrucciones giradas por la
                dirección;

     XIV.       Llevar a cabo el levantamiento de minutas de las reuniones del Director General
                y de las unidades administrativas; a fin de de dar seguimiento a los acuerdos
                Institucionales;

     XV.        Informar al Director General sobre el resultado del desempeño Institucional;
                teniendo así la información requerida con el objetivo de brindarle las herramientas
                para la toma de decisiones;

     XVI.       Implementar estrategias de difusión a través de redes institucionales y sociales,
                a efecto de dar a conocer ampliamente el trabajo Institucional;

     XVII.      Enviar a la Dirección de Imagen Institucional los materiales que requieran de su
                autorización; para armonizar con la estrategia de comunicación institucional
                del Gobierno;

     XVIII.     Conducir las actividades de comunicación social, que den a conocer las objetivos,
                actividades y programas institucionales a través de los medios de comunicación;
                a fin de difundirlos de manera correcta y efectiva;

     XIX.       Determinar, en coordinación con las direcciones responsables, las estrategias de
                difusión de los materiales visuales relacionados con sus programas y
                actividades; con el objetivo de seguir una misma línea;

     XX.        Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                Interno de Control del Instituto correspondiente a la

                Secretaria Técnica, con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

     XXI.       Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de
                lograr los objetivos y metas institucionales; y

     XXII.      Las      demás         que     establezcan             otras      disposiciones
                         legales       y administrativas aplicables.

2.1.1.       PARTAMENTO DE PLANEACIÓN

          Diseñar, ejecutar y dar seguimiento a la planeación de los proyectos planteados
por el Instituto, través de estrategias y lineamientos que permitan garantizar el cumplimiento
de los mismos.

Funciones

      I.         Plantear la metodología para el diseño de la planeación estratégica en el Instituto,
                 que facilite la evaluación de actividades institucionales y los indicadores de
                 desempeño;

      II.        Proporcionar la asesorar técnica a las unidades administrativas en la planeación
                 de sus programas y proyectos institucionales con el objetivo de dar cumplimiento
                 a los criterios establecidos;

                                   Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                15

      III.       Elaborar el Programa Presupuestario del Instituto, para el ejercicio fiscal
                 correspondiente;

      IV.        Realizar un seguimiento de las actividades programadas por las unidades
                 administrativas, a fin de actualizar la información en el Sistema Integral de la
                 Información para la Planeación de Gobierno del Estado de Zacatecas;

      V.         Diseñar e instrumentar indicadores de planeación y evaluación de las acciones
                 del instituto para la formulación de las medidas de cumplimiento en base a
                 las metas programadas;

      VI.        Integrar la información proporcionada por las unidades administrativas        para
                 elaborar los reportes periódicos del Instituto;

      VII.       Operar el sistema de información, programación y evaluación, a fin de conocer el
                 avance en el cumplimiento de objetivos y metas institucionales;

      VIII.      Integrar la información relevante de las áreas, a fin de elaborar la propuesta
                 en el informe anual del Ejecutivo del Estado;

      IX.        Mantener un archivo de los documentos de la información que se deriven
                 de los programas presupuestarios, a fin de contar con un acervo histórico;

      X.         Reportar el avance semestral de cumplimiento de las Actividades
                 Institucionales en la Plataforma del Sistema Nacional de Información Estadística
                 y Geográfica, a fin de dar cumplimiento con lo solicitado por el Instituto Nacional
                 de Estadística y Geografía;

     XI.         Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                 Interno de Control del Instituto correspondiente a el Departamento de Planeación,
                 con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

     XII.        Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
                 los objetivos y metas institucionales; y

     XIII.       Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas
                 aplicables.

  2.2 UNIDAD DE TRANSPARENCIA
  Objetivo
            Apoyar a la Dirección General en la recepción y trámite de las obligaciones de
  Transparencia, Solicitudes de Acceso a la Información y la Protección de Datos Personales
  que se presenten al Instituto, observando las disposiciones de la Ley de Transparencia y
  Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, a fin de que se brinde una
  atención de calidad a los solicitantes de la misma.

Funciones

     I.       Realizar ante las áreas administrativas, las gestiones necesarias para recabar e
              integrar la información de las obligaciones de transparencia que le competen de
              acuerdo a sus funciones;

    II.       Mantener y actualizar en los sitios de internet correspondientes, la información de
              las obligaciones de trasparencia proporcionada por las áreas administrativas, para
              su difusión de acuerdo a la normatividad vigente y aplicable;

                            Gobierno del Estado de Zacatecas
16                                                           SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

     III.        Atender a toda persona para consultar la información pública de las obligaciones
                 de trasparencia, orientarlos sobre los sujetos obligados que lo poseen;

     IV.         Recibir, auxiliar y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública y
                 las relativas al ejercicio de los derechos ARCO, o en su casa orientarlos sobre los
                 sujetos obligados competentes para su atención;

      V.         Registrar las solicitudes de acceso a la información pública y las relativas al ejercicio
                 de los derechos ARCO, recibidas y atendidas en el Instituto para su control,
                 seguimiento y atención;

     VI.         Realizar las gestiones necesarias ante las áreas administrativas para solicitar,
                 recabar y revisar la información que proporcionan para atender y dar respuesta a las
                 solicitudes de acceso a la información pública y las relativas a los derechos ARCO;

 VII.            Proponer y/o solicitar en los casos en que sea necesario de acuerdo a lo que
                 establece la normatividad vigente y aplicable, la intervención del Comité de
                 Transparencia del Instituto, para resolver lo conducente;

VIII.            Dar vista a la Secretaria de la Función Pública sobre los proyectos de respuesta
                 que se pretende entregar al solicitante, para atender las recomendaciones;

        IX.        Efectuar la entrega de la información pública en posesión del sujeto obligado,
                   derivada de las solicitudes de acceso a la información, para dar cumplimiento al
                   ejercicio del derecho de acceso a la información;

            X.     Atender las consultas realizadas por el titular de los datos personal en relación
                   a la protección de Datos Personales, para garantizar el correcto tratamiento de los
                   mismos;

        XI.        Orientar en coordinación con el Comité de Trasparencia y Oficial de
                   Protección de Datos Personales, a las áreas en el correcto resguardo de la
                   información, considerada como reservada y/o confidencial;

      XII.         Atender y registrar los recursos de revisión interpuestos por los solicitantes
                   en materia de acceso a la información pública y de obligaciones de
                   transparencia, interpuestas al Instituto y dar seguimiento para su atención;

     XIII.         Solicitar a las áreas administrativas la información y coordinar las acciones
                   necesarias, para dar cumplimiento a las disposiciones administrativas y/o
                   resoluciones que emita el Órgano Garante del Estado;

     XIV.          Recibir y atender las observaciones emitidas por el Órgano Garante que realiza a
                   través de la verificación vinculante, a fin de dar cumplimiento a lo que mandata la
                   Ley en la materia;

      XV.          Informar al Órgano Garante de la Trasparencia en el Estado de las medidas
                   y acciones implementadas al interior del Instituto, para el cumplimiento de las
                   disposiciones administrativas y resoluciones que este emita;

     XVI.          Informar al Director General el incumplimiento de las áreas administrativas a
                   las obligaciones previstas en el marco jurídico en materia de trasparencia, para
                   que se realicen las acciones conducentes;

 XVII.             Custodiar el expediente referente a la solicitud, a efecto de asegurar la identidad

                                      Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                    17

                y los datos personales del solicitante;

 XVIII.         Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                Interno de Control del Instituto correspondiente a la Unidad de Transparencia,
                con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

 XIX.         Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
              los objetivos y metas institucionales; y

 XX.         Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas
             aplicables.

 2.3         ÓRGANO DE CONTROL INTERNO.

            Las funciones que correspondan al Órgano Interno de Control, serán aquellas
 que estén establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Reglamento
 Interior de la Secretaria de la Función Pública, así como las demás legislaciones aplicables
 en materia de contrataciones, adquisiciones y arrendamientos de bienes al servicio público
 vigente en el Estado, así como sus respectivos Reglamentos.

  2.4 COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
  Objetivo
             Coordinar y administrar los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos,
  para el cumplimiento en forma eficiente y trasparente de los objetivos institucionales, vigilando
  la aplicación de criterios generales que rijan la normatividad establecida, con el fin de emitir
  información objetiva y sistematizada.

Funciones

        I.   Coordinar las actividades de los Departamentos de Recursos Humanos, Recursos
             Materiales y Servicios, Recursos Financieros e Informática, a fin de proveer los
             bienes servicios a las unidades administrativa del Instituto;

       II.   Planear el anteproyecto de presupuesto del Instituto en coordinación con las unidades
             administrativas, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en la Ley de Ingresos;

   III.      Administrar y aplicar con base a los proyectos del Instituto, el presupuesto asignado,
             para que se cumpla con la normatividad establecida en el Presupuesto de
             Egresos;

   IV.       Analizar, solicitar y dar seguimiento a las adecuaciones presupuestales en función
             a los compromisos reales, los requerimientos, las disponibilidades y las alternativas
             que se presenten, con el fin de cumplir con la normatividad establecida en el
             Presupuesto de Egresos;

    V.       Controlar las cuentas bancarias del Instituto a fin de verificar sus conciliaciones
             para la toma de decisiones.

   VI.       Administrar la apertura, recuperación, comprobación y cancelación del fondo
             revolvente para gastos menores del Instituto, con la finalidad de dar fluidez para realizar
             los pagos inmediatos;

  VII.       Verificar que se efectúen los pagos puntualmente por conceptos de servicios
             personales, materiales, suministros, servicios generales y bienes muebles e
             inmuebles;

                            Gobierno del Estado de Zacatecas
18                                                        SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

       VIII.   Vigilar que las operaciones contables y presupuestales del ejercicio del gasto
               cumplan con la correcta aplicación de las etapas contables, a fin de alcanzar la
               modernización y armonización que la ley determina;

       IX.       Realizar los movimientos e incidencias del personal adscrito al Instituto a    fin de
                 llevar un control interno;

        X.       Calcular y realizar los pagos de impuestos de acuerdo con las obligaciones
                 fiscales vigentes, así como realizar las declaraciones fiscales y anuales que
                 correspondan, con el objetivo de dar cumplimiento a lo que establece la Ley de
                 Hacienda Pública vigente;

       XI.       Ser el conducto de pago de los conceptos correspondientes a servicios personales
                 y seguridad social de los servidores públicos del Instituto, con la intención de dar
                 cumplimiento a lo establecido en el Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del
                 Presupuesto de Egresos Vigente;

      XII.       Coordinar la inducción institucional, capacitación y desarrollo de los servidores
                 públicos del Instituto, de manera que se cumpla con la normatividad establecida
                 en el Manual de General de Normas y Políticas y Lineamientos de Recursos
                 Humanos vigente;

     XIII.       Integrar y dar seguimiento, en coordinación con la Dirección Jurídica, a los
                 procedimientos administrativos de investigación de los servidores públicos del
                 Instituto, de conformidad a lo establecido en la normatividad laboral aplicable;

     XIV.        Verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales, fiscales y administrativas
                 de los servidores públicos del Instituto, con el fin de dar cumplimiento en lo
                 establecido en el Manual de General de Políticas y Lineamientos de Recursos
                 Humanos vigente;

     XV.         Dotar a las unidades administrativas del Instituto de los bienes, servicios e insumos
                 que sean requeridos con la intención de cumplir con las metas y objetivos
                 planteados;

     XVI.        Verificar el registro patrimonial en la contabilidad, así como la correspondiente
                 actualización de resguardos de bienes del Instituto, para dar cumplimiento a lo
                 establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental;

 XVII.           Establecer controles internos para el uso, aprovechamiento y conservación de
                 los insumos y bienes del Instituto;

XVIII.           Coordinar las solicitudes de información y documentación del Órgano Interno
                 de Control, a fin de remitirlas al área correspondiente cuando sea el caso;

     XIX.        Coordinar la ejecución del plan anual de mantenimiento preventivo y correctivo
                 de los bienes del Instituto, para que se cumpla con la normatividad establecida
                 en el Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
                 Vigente;

      XX.        Atender las auditorías externas y de la Secretaría de la Función Pública que se
                 lleven a cabo, a fin de comprobar la aplicación trasparente del presupuesto;

     XXI.        Coordinar el diseño, desarrollo, instalación, mantenimiento, soporte y control
                 de los sistemas informáticos del Instituto, con el objeto de que las áreas
                 administrativas cuenten con las herramientas para el cumplimiento de sus objetivos
                 y funciones;

                                    Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                    19

  XXII.          Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                 Interno de Control del Instituto correspondiente a la Coordinación Administrativa,
                 con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

 XXIII.          Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
                 los objetivos y metas institucionales; y

 XXIV.           Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas
                 aplicables.

  2.4.1.   PARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.
  Objetivo
            Impulsar el desarrollo de los servidores públicos del Instituto, a través de acciones
  que permitan una cultura de calidad en el servicio y un ambiente laboral integral, a fin de que se
  respeten sus derechos y se cumplan sus obligaciones.

Funciones

         I.    Verificar y respetar las disposiciones jurídicas y administrativas en materia de Recursos
               Humanos, a fin de dar cumplimiento a los derechos y obligaciones de los
               servidores públicos adscritos al INSELCAP;

    II.        Gestionar ante la Secretaría de Administración las solicitudes de cobertura de
               vacante, así como el personal de servicio social, con el objetivo de cubrir las
               necesidades del Instituto;

   III.        Mantener actualizada la plantilla de personal adscrito al Instituto, a fin de llevar un
               mejor control y realizar los movimientos pertinentes en tiempo y forma;

   IV.         Inducir a los servidores públicos de nuevo ingreso respecto a conocimientos básicos
               sobre el Instituto y verificar que se les otorgue la inducción al puesto, a fin de que
               cuenten con las herramientas necesarias para el desempeño de sus funciones;

    V.         Realizar y gestionar los movimientos e incidencias de los servidores públicos
               del Instituto, con la intención de dar cumplimiento con las disposiciones
               administrativas y jurídicas en materia de Recursos Humanos;

   VI.         Controlar el registro de asistencia de los servidores públicos del Instituto, para dar
               cumplimiento a lo establecido en el Manual General de Políticas y Lineamientos de
               Recursos Humanos;

  VII.         Verificar la vigencia, formalización y renovación de los contratos de prestación de
               servicios de los servidores públicos del Instituto, a fin de dar cumplimiento con las
               disposiciones jurídicas y administrativas en materia de Recursos Humanos;

 VIII.         Conciliar y realizar el pago de nómina de los servidores públicos adscritos al Instituto,
               con el objetivo de cumplir con la remuneración obtenida por el trabajo realizado;

         IX.     Proponer el otorgamiento de estímulos y recompensas a los servidores públicos
                 del Instituto, a fin de que le sea reconocido su esfuerzo y cumplimiento
                 efectivo de su trabajo;

          X.     Integrar y mantener en resguardo los expedientes de los servidores públicos
                 adscritos al Instituto, a fin de contar con la documentación necesaria para
                 cualquier trámite administrativo que se requiera;

                              Gobierno del Estado de Zacatecas
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       XI.     Elaborar anualmente el programa de capacitación de los servidores públicos
               adscritos al Instituto, a fin de atender las necesidades institucionales;

      XII.     Dar a conocer a los servidores públicos del Instituto las disposiciones legales
               aplicables que rigen las relaciones laborales, con el objetivo de que conozcan
               sus derechos, prestaciones y obligaciones;

     XIII.     Coordinar acciones preventivas y correctivas en materia de seguridad e higiene,
               para prevenir cualquier siniestro que pudiera presentarse;

     XIV.      Proponer el inicio del procedimiento administrativo de investigación respecto de
               actos, omisiones o conductas de los servidores públicos del Instituto, a fin de
               aplicar las medidas disciplinarias correspondientes, previo dictamen emitido por
               la Dirección General;

     XV.       Promover y vigilar que los servidores públicos del Instituto lleven a cabo la
               declaración patrimonial, la evaluación al desempeño y la entrega- recepción,
               para dar cumplimiento a lo que mandatan las normas jurídicas en cada materia;

     XVI.      Validar anualmente las plazas de los servidores públicos adscritos al Instituto,
               a fin de contar con la suficiencia presupuestal para el ejercicio fiscal;

  XVII.        Proponer procedimientos de mejora personal, para la administración de               los
               recursos humanos del Instituto;

 XVIII.        Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
               Interno de Control del Instituto correspondiente a el Departamento de Recursos
               Humanos, con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

     XIX.      Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
               los objetivos y metas institucionales; y

     XX.       Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.

  2.4.2.     PARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS. Objetivo
             Suministrar          los     recursos          materiales        y    proporcionar
                                  los     servicios
  necesarios a las unidades administrativas del Instituto, respetando los principios existentes para
  el ejercicio del gasto público, a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Funciones

       I.    Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas en materia de
             adquisiciones, arrendamientos y servicios, a fin de respetar en tiempo y forma lo que
             mandata cada disposición ;

      II.    Detectar las necesidades de bienes y servicios que se requieran en el Instituto a
             fin de realizar las compras necesarias para desarrollo laboral de las unidades
             administrativas;

     III.    Proponer procedimientos para la administración de los recursos materiales y servicios
             del Instituto;

     IV.     Elaborar el plan anual de adquisición de bienes, insumos y contratación de servicios
             del Instituto, a fin de dar cumplimiento a la normatividad establecida y obtener
             un presupuesto adecuado para el ejercicio correspondiente;

                                  Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                    21

   V.         Adquirir y prever los materiales y servicios necesarios para el funcionamiento de las
              unidades administrativas del Instituto;

  VI.         Solicitar a diversas casas comerciales las cotizaciones para la adquisición de bienes
              materiales y servicios;

 VII.         Colaborar con el Departamento de Recursos Financieros para verificar el presupuesto
              de las partidas correspondientes a adquisiciones y servicios;

VIII.         Elaborar las órdenes de compra de los materiales y servicios que se requiera
              para llevar acabo las actividades de las unidades administrativas del Instituto;

  IX.         Verificar que los materiales y servicios sean entregados tal cual se estipulo en la
              orden de compra, a fin de revisar que sea el artículo o servicio solicitado;

         X.     Elaborar el plan anual de mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes
                del Instituto, a fin de verificar que se encuentren en óptimas condiciones
                para dar cumplimiento a los objetivos Institucionales;

        XI.     Proporcionar o gestionar los servicios de intendencia, seguridad y mensajería
                del Instituto, con el fin de dar trámite a los trabajos institucionales, así como
                contar con un lugar de trabajo que se encuentre en óptimas condiciones;

   XII.         Administrar los bienes del almacén del Instituto, con el fin de tener un mejor
                control de los mismos;

  XIII.         Realizar y verificar los resguardos individuales de los bienes del Instituto mediante
                el sistema electrónico de inventarios con el objetivo de tenerlos actualizados y llevar
                un mejor control de los mismos;

  XIV.          Tramitar ante la Secretaría de Administración el contrato de comodato de los bienes
                muebles del Instituto, con el objeto de contar con el documento legal;

   XV.          Verificar el uso y aplicación de las tarjetas con chip de los vehículos del Instituto,
                con el fin de verificar el correcto uso del combustible;

  XVI.          Atender y proveer los requerimientos de logística de los eventos programados
                por las unidades administrativa del Instituto con el objetivo de brindar un mejor
                servicio a nuestros usuarios;

 XVII.          Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                Interno de Control del Instituto correspondiente a el Departamento de Recursos
                Materiales y Servicios, con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

XVIII.          Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
                los objetivos y metas institucionales; y

  XIX.          Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.

 2.4.3.    PARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
 Objetivo
           Administrar el presupuesto del Instituto, aplicando los criterios generales
 que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera, a fin de lograr
 la a adecuada armonización, así como el eficaz y trasparente funcionamiento del gasto.

                             Gobierno del Estado de Zacatecas
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Funciones

         I.   Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas aplicables
              en materia del ejercicio del gasto y de armonización contable a fin de estar en
              condiciones de emitir información financiera objetiva y sistematizada;

      II.     Formular el anteproyecto del presupuesto anual del Instituto, con la finalidad de
              someterlos a su aprobación y con ello a asegurar la obtención de recursos en el ejercicio
              fiscal correspondiente;

     III.     Registrar las etapas contables y financieras de las operaciones que se deriven del
              ejercicio del presupuesto asignado al Instituto, las cuales deberán reflejarse en
              lo relativo al ingreso, egreso y patrimonio Institucional, para que se realice un sano
              rendimiento de cuentas;

     IV.      Resguardar los documentos de las operaciones financieras efectuada con el propósito
              de contar con la documentación comprobatoria de las transacciones;

      V.      Realizar conciliaciones bancarias de las cuentas que se manejen en el Instituto, a
              fin de preservar el correcto manejo de los recursos financieros;

     VI.      Manejar la apertura, recuperación, comprobación y cancelación del fondo revolvente
              del Instituto, con la finalidad de dar fluidez para realizar los pagos inmediatos;

  VII.        Verificar la suficiencia presupuestal del Instituto, con la finalidad de garantizar el
              cumplimiento de las actividades planeadas por cada una de las unidades
              administrativas.

 VIII.        Tramitar y vigilar que los pagos por conceptos de Servicios Personales, Materiales,
              Suministros, Servicios Generales, Bienes Muebles e Inmuebles, Impuestos y
              Seguridad Social se lleven a cabo puntualmente, a fin de mantener las finanzas sanas
              del Instituto;

     IX.      Verificar que los comprobantes de gastos con cargo a recursos del Instituto
              contengan los requisitos fiscales, con el objetivo de dar cumplimiento a lo que
              establecen las disposiciones fiscales y otras normativas aplicables;

      X.      Comprobar que las erogaciones efectuadas se apeguen a lo establecido en el
              presupuesto asignado al Instituto, a fin de asegurar la correcta aplicación del
              Presupuesto de Egresos;

     XI.      Registrar las afectaciones presupuestales de acuerdo a los proyectos del Programa
              Presupuestario del Instituto, con el objetivo de realizar el control de cumplimento de las
              metas Institucionales;

  XII.        Realizar el cierre del ejercicio presupuestal y contable correspondiente, a fin de
              verificar las afectaciones financieras Institucionales y con ello contar con un reporte
              anual;

 XIII.        Atender las revisiones por parte del Sistema de Evaluación de la Armonización
              Contable (SEVAC), para obtener calificaciones positivas ante el Consejo Nacional
              de Armonización Contable, en los procesos del Instituto;

 XIV.         Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
              Interno de Control del Instituto correspondiente a el Departamento de Recursos
              Financieros, con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

                                    Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                   23

  XV.          Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr los
               objetivos y metas institucionales; y

 XVI.          Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.

  2.4.4    DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
  Objetivo
            Operar y mantener la infraestructura tecnológica a través de mecanismos y estrategias
  que permitan la operación de los recursos y servicios informáticos, a fin de contribuir al
  funcionamiento de las unidades administrativas del Instituto.

Funciones

         I.    Evaluar y proponer las características técnicas de los equipos, herramientas,
               software, redes y otros suministros relacionados con la informática que se
               necesiten adquirir o arrendar para la operación del Instituto;

    II.        Detectar las necesidades de bienes informáticos, con la finalidad de solicitarlos
               al departamento de Recursos Materiales y Servicios, para que este realice la
               adquisición de los insumos requeridos;

   III.        Planear la infraestructura tecnológica que deban tener las unidades administrativas
               del Instituto, a fin de asegurar cuenten con las herramientas informáticas necesarias
               para el cumplimiento de objetivos;

   IV.         Instalar y entregar los equipos de cómputo, periféricos y accesorios que requieran
               las unidades administrativas del Instituto para que los servidores públicos tengan
               las condiciones necesarias para llevar a cabo sus funciones;

    V.         Proponer y vigilar la adecuada operación, uso, funcionamiento, aprovechamiento y
               distribución de los bienes informáticos del Instituto para mantenerlos en estado
               óptimo y funcional;

   VI.         Dar soporte técnico a los quipos de las unidades administrativas del Instituto,
               con el fin de prevenir un mal funcionamiento.

  VII.         Configurar, instalar, administrar y monitorear los servidores e infraestructura de
               red del Instituto, para asegurar el resguardo de la información oficial;

 VIII.         Llevar el registro técnico de los componentes del equipo de cómputo y software
               del Instituto para mantenerlos actualizados y funcionales de acuerdo a las
               necesidades de las actividades de las unidades administrativas;

   IX.         Administrar las licencias de uso del software utilizado en el Instituto, con el fin de
               asegurar que se encuentren vigentes y funcionales;

          X.     Formular, ejecutar y dar seguimiento al plan de mantenimiento preventivo y correctivo
                 de equipos de cómputo y redes del Instituto para optimizar su vida útil;

         XI.     Proponer e implementar        normas de      seguridad   a   fin   de garantizar   la
                 información del Instituto;

    XII.         Plantear al Instituto nuevas tecnologías de la información para su aplicación, con
                 el fin de mejorar la productividad, calidad y el control de la información;

   XIII.         Apoyar a las unidades administrativas del Instituto en la realización de

                             Gobierno del Estado de Zacatecas
24                                                          SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

                  actividades de diseño, presentaciones, mecanismos de difusión digitales, sistemas
                  de información y aplicaciones orientadas a la automatización de procesos y
                  modernización administrativa, a fin de proporcionar las herramientas que mejoren
                  las actividades desarrolladas;

     XIV.         Elaborar, actualizar y dar mantenimiento a los sitios web del Instituto, con el objetivo
                  de conservar su buen funcionamiento, así como dar a conocer las actividades que
                  están realizando las unidades administrativas;

      XV.         Realizar un reporte de las licencias de paquetería de office del Instituto, con el
                  fin de proponer una nueva adquisición y/o actualización de las misas;

     XVI.         Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                  Interno de Control del Instituto correspondiente a el Departamento de Informática, con
                  la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable;

 XVII.            Colaborar con las unidades administrativas que forman esta Entidad, a fin de lograr
                  los objetivos y metas institucionales; y

XVIII.            Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas
                  aplicables.

       2.5 DIRECCIÓN DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN Y GESTIÓN DE COMPETENCIAS

       Objetivo

                 Desarrollar y coordinar los procedimientos de reclutamiento y selección, así como
       los ascensos a través convocatorias, concursos y evaluaciones transparentes, a fin de atraer
       a los mejores candidatos a ocupar los puestos del Sistema en el ámbito del Poder Ejecutivo
       del Gobierno del Estado.

       Funciones

       I.     Coordinar las actividades de los Departamentos de Reclutamiento y Selección; a
              fin de lograr el cumplimiento en tiempo y forma de los planes y programas establecidos;

      II.     Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas en materia
              de reclutamiento y selección; con la finalidad de que los procesos se realicen de manera
              transparente;

     III.     Atender las solicitudes de Reclutamiento y Selección del Sistema, en atención a las
              notificaciones que le provea la Secretaría de Administración para cubrir puestos y plazas
              vacantes en las dependencias y entidades;

     IV.      Organizar y preparar los instrumentos de Reclutamiento y Selección de
              conformidad con los perfiles de puestos del Sistema; para que cumplan con los criterios
              establecidos sobre las características que los servidores públicos;

     V.       Establecer la metodología para el reclutamiento y selección y someterla a
              consideración del Director General para su aprobación;

     VI.      Proporcionar a los servidores públicos la información requerida para solicitar su ingreso
              o ascenso dentro del Sistema;

 VII.         Asistir a los aspirantes que deseen participar en los concursos de oposición para ingresar
              al Sistema;

                                     Gobierno del Estado de Zacatecas
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL                                                                     25

VIII.         Proponer el contenido de las convocatorias para los concursos cerrados, abiertos
              y mixtos de ingreso al Sistema;

  IX.         Supervisar el contenido de los instrumentos psicométricos y evaluaciones, para su
              correcta aplicación;

   X.         Validar los resultados y calificaciones obtenidas por los aspirantes y candidatos; con
              la finalidad de cumplir con los requerimientos que por parte de los entes públicos se
              soliciten en materia de perfiles de ingreso.

        XI.     Requerir a las autoridades competentes la certificación de la autenticidad de la
                documentación presentada por los aspirantes y candidatos, para verificar su
                legalidad;

    XII.        Organizar y vigilar la debida integración de los expedientes de los candidatos, a fin de
                apegarnos a lo establecido en los ordenamientos normativos;

  XIII.         Proponer disposiciones legales y administrativas tendientes a eficientar los
                procedimientos de reclutamiento y selección; para que sean realizados en apego
                a la normatividad vigente sobre perfiles y puestos;

  XIV.          Supervisar los procedimientos y desarrollo de las etapas para la selección de los
                candidatos, de conformidad con la metodología establecida observando los principios
                de igualdad, imparcialidad y transparencia;

   XV.          Coordinar la integración de los resultados obtenidos en las etapas de selección, con
                la finalidad de contar con un registro;

  XVI.          Registrar en la reserva a los candidatos que no hayan resultado electos, para que
                puedan ser convocados en posteriores procesos;

 XVII.          Organizar, ejecutar y coordinar las convocatorias, concursos y evaluaciones de
                ascenso para los servidores públicos de carrera, de conformidad con la normatividad
                aplicable y las políticas establecidas por la Secretaría de Administración;

XVIII.          Coordinar y programar los cursos de inducción al Sistema, así como vigilar su
                acreditación, fin de elaborar las constancias de acuerdo a los niveles de
                dependencia, puesto y funciones.

  XIX.          Coordinar la elaboración del programa de Certificación de Competencias
                Laborales aplicables a la Administración Pública Estatal, con la finalidad de que en
                apego a las necesidades de los servidores públicos brinden un mejor servicio a la
                ciudadanía;

   XX.          Dar seguimiento al proceso de Certificación de Competencias Laborales de los
                servidores públicos de carrera; a fin de que cumplan los criterios de
                profesionalización;

  XXI.          Proyectar las erogaciones en materia de Reclutamiento y Selección y Certificación
                de Competencias Laborales, a fin de ser considerada en el Programa
                Presupuestario del Instituto,

 XXII.          Atender las solicitudes de Información y documentación que requiera el Órgano
                Interno de Control del Instituto correspondiente a la Dirección de

                             Gobierno del Estado de Zacatecas
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