JUNTA DE EXTREMADURA - Plataforma de Contratación del ...
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Consejería de Cultura, Turismo y Deportes JUNTA DE EXTREMADURA Dirección General de Turismo Avenida de las Comunidades, s/n 06800 MÉRIDA http://www.juntaex.es Teléfono: 924 33 20 00 MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ADQUISICIÓN DE ESPACIOS PUBLICITARIOS Y ELABORACIÓN DE PLANES DE Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 MEDIOS PARA LAS ANUALIDADES 2021 Y 2022. NÚMERO DE EXPEDIENTE: PSS/2021/0000062279 1. COMPETENCIA. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, tiene entre sus competencias, la promoción y ordenación turísticas en la Comunidad extremeña, función que ejerce a través de la Dirección General de Turismo según el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En concreto corresponde a esta Dirección General, conforme recoge el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, la fijación de las directrices y el desarrollo de las mismas en materia de promoción y ordenación del turismo en Extremadura; el ejercicio de las competencias administrativas en materia de empresas y actividades turísticas; la programación y ejecución de planes de promoción turística; o el impulso para conseguir la mayor y mejor formación del sector. El servicio que se describe a continuación se fundamenta en la necesidad de mejorar el posicionamiento de Extremadura como destino turístico en el mercado nacional e internacional. 2. NECESIDAD Y COBERTURA DE LA CONTRATACIÓN. En el ámbito de sus competencias y tras haber mantenido diferentes reuniones con el sector para analizar las necesidades actuales del turismo en Extremadura, la Dirección General de Turismo considera necesario difundir los atractivos turísticos de Extremadura tras las restricciones de movimiento que la COVID-19 ha provocado a nivel nacional e internacional, apostando por la presencia en los medios de comunicación más importantes del país y en algunos medios extranjeros de relevancia en cuanto a nuestros mercados exteriores. Así pues, la puesta en marcha de esta campaña publicitaria, es una acción dinamizadora necesaria del sector turístico extremeño para conseguir que la región extremeña se convierta de nuevo en un destino turístico de interior de primer orden, tal y como indicaban los datos anteriores a la crisis sanitaria e intentar paliar en lo máximo posible, los efectos de la pandemia mundial actual. Esta campaña se va a realizar bajo el lema “Todo lo que imaginas, donde no te lo imaginas”, Para lograrlo, recordará que Extremadura es una Comunidad con identidad propia y mostrará una tierra con infinidad de opciones, que se basan en la sostenibilidad, así como en lugares singulares y únicos en España que se convierten en destino indispensable en cualquier época del año. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 1
Por tanto, responde plenamente a los objetivos que establece la Ley 8/2013, de 27 de diciembre, de Comunicación y Publicidad Institucional de Extremadura, ya que, entre ellos, se encuentra “Difundir la imagen de Extremadura, su patrimonio histórico, cultural y natural, así como sus valores o señas de identidad, con fines de promoción turística” (artículo 2.1.g). Teniendo en cuenta lo anterior, la Dirección General de Turismo tiene prevista la contratación de este servicio, dividido en los siguientes lotes: TOTAL IVA VALOR LOTE OBJETO 2021 2022 INCLDO. ESTIMADO Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 Adquisición de espacios publicitarios en TV y en 2.438.612,31 I soportes exteriores nacionales; y elaboración de 1.475.360,45 € 1.475.360,45 € 2.950.720,90 € € plan de medios de cobertura nacional Adquisición de espacios publicitarios en radio y II elaboración de plan de medios de cobertura 248.634,90 € 248.634,90 € 497.269,80 € 410.966,78 € nacional. Adquisición de espacios publicitarios en prensa digital tanto generalista como especializada; y III 149.582,63 € 149.582,63 € 299.165,26 € 247.244,02 € elaboración de plan de medios con cobertura nacional. Adquisición de espacios publicitarios en TV, soportes exteriores, radio, prensa escrita y digital; y IV elaboración de plan de medios con cobertura 191.407,03 € 191.407,03 € 382.814,06 € 316.375,26 € regional, comarcal y local de Extremadura; y en otras Comunidades Autónomas de especial interés Adquisición de espacios publicitarios y elaboración V de plan de medios en redes sociales y plataformas 20.509,50 € 20.509,50 € 41.019,00 € 33.900,00 € digitales. Elaboración de creatividad, ejecución de adaptaciones y adquisición de espacios publicitarios VI con cobertura en Portugal, Francia y Alemania. 10.000,00 € 200.000,01 € 210.000,01 € 173.553,72 € 3.620.652,09 TOTAL 2.095.494,51 € 2.285.494,52 € 4.380.989,03 € € 3. CARENCIA DE MEDIOS. Las tareas fundamentales que incluye la realización de los seis lotes que componen este expediente de contratación son: - La realización de una creatividad gráfica y otra digital a raíz de imágenes pertenecientes a un material audiovisual que existe previamente. - La elaboración, producción y grabación de una cuña de radio de 20 segundos. 1. La adaptación de la creatividad preparada a las necesidades técnicas de los distintos soportes gráficos, digitales y audiovisuales previstos en el plan de medios. - La traducción al portugués y al francés de todos los materiales que se precisen para desarrollar la campaña en estos mercados. Para la ejecución de los trabajos anteriormente expuestos, la Dirección General de Turismo no cuenta en la Relación de Puestos de Trabajo, con el personal habilitado para poder realizar las funciones de una empresa especializada en el desarrollo de creatividad, diseño, producción de spots, adquisición de espacios publicitarios y elaboración de planes de medios, por la alta especialización que se requiere y la complejidad del mercado publicitario actual, donde las tarifas se negocian para grandes planes de medios y por amplios espacios de tiempo por agencias especializadas, obteniendo por ello grandes descuentos y los mejores posicionamientos, cuyas tarifas no se podrían obtener en ningún caso de forma directa por la Dirección General de Turismo. Es por ello que, con el objetivo de obtener Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 2
espacios con tarifas y franjas horarias a menor coste, se hace necesaria la realización de este Contrato de Servicios mediante empresas externas, con capacidad y solvencia para la realización de los servicios previstos en el presente pliego. Por otra parte, el personal adscrito actualmente a la Dirección General de Turismo, no dispone de los medios materiales necesarios para la realización de estos trabajos, toda vez que para los elementos gráficos y las diferentes adaptaciones, además de la grabación de cuñas y envíos a los medios, se necesitan equipos y programas informáticos de los que no se dispone en este departamento. 4. CPV: Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 De acuerdo al Reglamento (CE) nº 213/2008 de la comisión de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, se elige para este tipo de contratos de servicio los CPV siguientes: Lote VI: 79341100-7 Servicios de consultoría en publicidad. Lotes I, II, III, IV, V: 79341400-0 Servicios de campañas de publicidad. 5. JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. Las características descritas sobre los servicios que se pretenden adjudicar en este pliego y el importe estimado de los mismos para cada lote, hacen necesaria que su adjudicación y contratación se haga por el Procedimiento Abierto y Tramitación Ordinaria según lo establecido en el art. 156 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 6. JUSTIFICACIÓN DE SI HAY LOTES O NO HAY LOTES Y SOBRE LAS RESTRICCIONES YA SEA A LA LICITACIÓN O A LA ADJUDICACIÓN. Según se estipula en el art. 99.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, “siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes”. En el caso de este expediente de contratación, se considera que la realización de los diferentes lotes que lo componen (6 en total) puede ser llevada a cabo por empresas distintas, sin menoscabo de la consecución de los objetivos previstos. Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario: Al objeto de facilitar el acceso de las empresas, la participación de las Pymes y mejorar la gestión del servicio, cada licitador solo podrá ser adjudicatario de un único lote. No obstante, excepcionalmente, podrá ser adjudicatario de varios lotes una misma empresa si existe un lote en el que solo hay admitida una única empresa, ésta será adjudicataria de dicho lote y, en su caso, del lote que le pudiera corresponder con la aplicación de la regla de prelación contenida en el párrafo siguiente. En el caso de que no concurra otro licitador admitido que no hubiera sido propuesto adjudicatario de ningún otro lote, se podrá adjudicar más de un lote a un mismo licitador, a efectos de que no quede desierto ningún lote. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 3
7. SOLVENCIA TÉCNICA Y ECONÓMICA. En relación a la solvencia económica y técnica exigida en el expediente, los medios para acreditarlos se encuentran recogidos en la Circular 1/2018, de 18 de mayo de 2018, informada por la Abogacía General de la Junta de Extremadura con fecha 20 de abril de 2018 y por la Intervención General de la Junta de Extremadura con fecha 14 de mayo de 2018, resultando los seleccionados los más adecuados para garantizar una correcta ejecución del objeto del contrato, el estricto cumplimiento de los requerimientos contenidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin que los mismos supongan una importante restricción a la libre concurrencia, con el objetivo de lograr una oferta para esta administración que reúna las mejores condiciones de calidad y precio, así como garantizar la Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 correcta ejecución de la prestación. Por tanto, los criterios que a continuación se exponen, son los más adecuados para la consecución de los objetivos previstos en este expediente de contratación. Para el Lote V cuyos valores estimados son inferiores a 35.000 €, debe tenerse en cuenta la previsión general del artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de que los licitadores están exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional en importes inferiores a dicha cantidad. Acreditación de la solvencia económica y financiera: Para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario, según lo estipulado en el artículo 77 b) de la LCSP 9/17. Se especifica el código o códigos del Vocabulario “Común de los Contratos Públicos” (CPV), aprobado por el Reglamento (CE) n.o 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), o normativa comunitaria que le sustituya, correspondiente al objeto del contrato, el cual determinará el grupo o subgrupo de clasificación, si lo hubiera, en que se considera incluido el contrato. Ello es a los efectos de que los empresarios puedan acreditar su solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional indistintamente mediante: 1.- La clasificación, en su caso, como contratista, en el grupo o subgrupo, y categoría de clasificación correspondiente al contrato, siempre que el objeto del contrato esté incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes, atendiendo para ello al código CPV del contrato. Categoría/s R.D. LOTES Grupo/s: Subgrupo/s: 1098/2001: I T- Servicios de Contenido 1. Servicios de 5 publicidad. II T -Servicios de Contenido 1. Servicios de 4 publicidad. III T- Servicios de Contenido 1. Servicios de 3 publicidad. IV T- Servicios de Contenido 1. Servicios de 4 publicidad. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 4
V T- Servicios de Contenido 1. Servicios de No procede publicidad. VI T -Servicios de Contenido 1. Servicios de 3 publicidad. El documento acreditativo de la clasificación, en su caso, se presentará acompañado de una declaración responsable del licitador en la que manifieste su vigencia y de que se mantienen Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento; siempre referida al periodo de presentación de proposiciones. 2.- Acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos de conformidad con el artículo 87.1.a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocio, referida al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior en 1 vez al valor estimado del lote del contrato a que se licite. Importes mínimos: LOTE IMPORTE IVA EXCLUIDO I 2.438.612,31 € II 410.966,78 € III 247.244,02 € IV 316.375,26 € V No se requiere VI 173.553,72 € El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 90. 1. a) de la LCSP 9/2017, la solvencia técnica deberá acreditarse mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de los últimos tres años, que estén relacionados con el objeto del contrato adjudicado, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los tres últimos igual o superior al 70% del valor estimado del lote del contrato al que liciten. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza, se atenderá a los tres primeros dígitos del código CPV que constituye el objeto del contrato. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 5
LOTE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL (70%) I 1.707.028,62 € II 287.676,75 € III 173.070,81 € IV 221.462,68 € V No se requiere VI 121.487,60 € Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. 8. JUSTIFICACIÓN DEL PRECIO. Para justificación de precios se adjunta Anexo I, basado en estimación económica extraída de consultas en catálogos y numerosas webs relativas a los materiales y servicios incluidos en esta contratación, así como precios medios de campañas e inserciones publicitarias. 9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN. Los criterios que se tendrán en cuenta para la adjudicación del contrato son equilibrados y garantizan la elección de la mejor oferta calidad-precio. Se empleará la formula B de entre las tres fórmulas disponibles dentro del catálogo informado por la Abogacía General e Intervención General “debe tenerse en cuenta la doctrina del Tribunal de Cuentas que rechaza el empleo de fórmulas de valoración de ofertas que no guardan la debida relación entre éstas y los puntos a repartir, consideradas como contrarias al principio de economía en la gestión de los recursos públicos, fórmulas que atribuyen mayor puntuación a las ofertas que no sean las más económicas como cuando se tiene en cuenta la relación de la oferta con la baja media”. La vinculación de los criterios sociales la encontramos en la Resolución TACRC 600/2016, de 22 de julio, según la cual “el criterio primordial para saber si una determinada mejora o criterio de adjudicación guarda relación directa o no, con el objeto del contrato resulta que del mismo derive una mejor prestación del servicio ofertado. En definitiva, atendiendo a la prestación propia que constituye el objeto de cada contrato (servicio, entrega de bienes, obra.) la mejora del criterio de adjudicación debe aportar un valor añadido a la ejecución de las mismas. Se trata de concebir la contratación pública, gracias a la inclusión de cláusulas sociales, como instrumento para llevar a cabo políticas públicas transversales. Los principios rectores obligan a integrar la contratación administrativa con el conjunto de políticas que persiguen los poderes públicos”. En este punto, es muy importante la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así, el Tribunal, en la Sentencia de 17 de septiembre de 2020 (Asunto Concordia) señaló que la ventaja económica puede ser indirecta con el objeto del contrato pero directa con los fines públicos perseguidos por la Administración. De todo esto se desprende que los criterios elegidos garantizarán la elección de la oferta más ventajosa para la Administración, desde el punto de vista económico en relación calidad-precio y la eficiencia del gasto público, logrando una contratación pública Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 6
socialmente más responsable. La elección de estos criterios se ajusta a lo preceptuado en el párrafo segundo del apartado cuarto del artículo 145 de la LCSP 9/17. Se otorga mayor peso a la oferta económica, 90 puntos, mediante la fórmula B, por entender que se trata de trabajos en los que la oferta económica tiene la máxima repercusión, no considerándose necesaria la inclusión de otros criterios, más allá de Tiempo Máximo de Respuesta. Los criterios de valoración han sido seleccionados teniendo en cuenta la duración de los Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 plazos de ejecución del contrato. Para conseguir efectividad en la campaña de comunicación, es importante la alta exposición y la difusión de la comunicación con alta repetición durante un periodo de tiempo breve y delimitado para que el impacto del mensaje sea más reconocido por el público objetivo con el fin de que la campaña sea exitosa. Es por eso que es importante el tiempo máximo de respuesta de la empresa adjudicataria para poder garantizar la calidad del servicio y asegurar la efectividad de la campaña. 1.-CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES MATEMÁTICAMENTE (máximo 100 puntos). 1.1. Evaluación de la oferta económica. Máximo 90 puntos. Fórmula A Fórmula B X Fórmula C La puntuación obtenida por cada licitador (Pi) se obtendrá de la siguiente forma: Donde: Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto de licitación. Baja media de todas las ofertas. Medida en % con relación al presupuesto de licitación. Puntos obtenidos por el licitador. Puntos que se otorgan a la = Puntuación del criterio económico, hasta 90 puntos. = Baja de la oferta más barata. Medida en % con relación al presupuesto de licitación. Procedimiento: o Se calculará el porcentaje de baja media ( ) de todas las ofertas. o Se calcularán los porcentajes de baja de cada una de las ofertas ( ). Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 7
o La oferta más barata ( ) obtendrá el máximo de puntos asignado al criterio económico ( ). o La media de las ofertas ( ) obtendrá 66,60 puntos ( ). o En el caso de que todas las ofertas fueran al tipo de licitación, la puntuación de todas ellas será igual a la puntuación máxima del criterio económico ( ). o La puntuación de cada una de las ofertas se calculará aplicando las fórmulas indicadas anteriormente, distinguiendo las ofertas ( ) por debajo de la baja media ( ), de Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 aquellas otras que la superen o igualen. Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas, no teniendo en cuenta las ofertas que se declaren anormales o desproporcionadas que quedan excluidas de la clasificación de acuerdo con el art. 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. A efectos de valoración y en relación al criterio económico, se ha considerado a la hora de establecer la fórmula económica que de las opciones disponibles, la fórmula que mejor se adapta es la denominada fórmula B, ya que ha de establecerse por el poder adjudicador como “oferta económicamente más ventajosa” aquella oferta que presente una mejor relación calidad-precio. 2.- OTROS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA: TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA. Máximo 10 puntos. El licitador deberá establecer un tiempo de respuesta, esto es, la capacidad de resolver cualquier incidencia que pudiera surgir en el desarrollo del diseño creativo. Se establece 24 horas como plazo máximo (según se contempla en el PPT) y podrá ofertarse hasta 12 horas como mínimo. Así, cualquier plazo máximo de respuesta por debajo de 12 horas, se considerará que la empresa oferta 12 horas. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta con el plazo más reducido debiendo ser inferior en cualquier caso al establecido en el PPT y proporcionalmente al resto. El tiempo máximo de respuesta deberá indicarse en unidades horarias. “X” puntos x plazo mínimo P= ----------------------------------- Plazo oferta (regla de proporcionalidad inversa) El valor añadido que representan los anteriores criterios automáticos redundan en una mayor calidad del servicio al poden contar con mayores apoyos ante incidencias que puedan surgir durante el diseño, envío de materiales, etc. 10. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de servicios de naturaleza análoga al objeto de este expediente, las obligaciones del contratista son: a) El contratista vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de igualdad, de seguridad e higiene en el trabajo y de protección del medio ambiente, así como las relativas a las obligaciones en la contratación de empleo rural, juvenil, etc., previstas en la legislación vigente. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 8
responsabilidad alguna para esta Administración. b) La empresa contratista remitirá al órgano de contratación, a petición de éste, relación detallada de trabajadores asignados a la misma. Asimismo, durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria deberá comunicar cualquier variación que, respecto del personal asignado a la ejecución del contrato, pudiera producirse. c) También deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, las veces que sea requerido para ello, justificación del cumplimiento respecto de los mismos de las obligaciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo. Especialmente, la empresa adjudicataria deberá acreditar la afiliación y el alta en la Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 seguridad social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Asimismo, deberá acreditarse que dichas personas trabajadoras, están sometidas, como mínimo, al convenio colectivo sectorial (artículo 26.1 de la LCSREx). La persona responsable del contrato podrá recabar de la empresa adjudicataria la documentación que estime pertinente para ejercer sus facultades de control y evaluación del cumplimiento de dichas obligaciones. Asimismo, la empresa o entidad adjudicataria deberá acreditar ante el órgano de contratación el cumplimiento por parte de la empresa o entidad subcontratista de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior. El órgano de contratación podrá comprobar, además, el estricto cumplimiento de los pagos que la persona contratista ha de hacer a todas las personas subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato. La empresa contratista remitirá al órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellas personas subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellas que guarden una relación directa con el plazo de pago. d) Asimismo, deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, justificante de cumplimiento de los pagos a aquéllas, dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 de la LCSP 9/17 y en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que le sea de aplicación. e) Cuando la empresa subcontratada comunique al órgano de contratación que la empresa contratista incumple, sin causa contractual que lo justifique, sus deberes de pago del precio en el plazo legal fijado en la legislación de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el órgano de contratación, previa audiencia a la empresa contratista para que alegue respecto de la morosidad y su causa, efectuará el pago directo a la empresa subcontratista con detracción del precio al contratista principal. f) Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución del mismo. El órgano de contratación dará audiencia previa a la empresa contratista para que alegue respecto de la morosidad y su causa. El incumplimiento de estas condiciones tiene consideración de Infracción muy grave de acuerdo con la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 9
11. PENALIDADES. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de servicios de naturaleza análoga al objeto de este expediente, se establecen las siguientes penalidades según las diferentes causas que se exponen a continuación: A. Incumplimiento total o parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato. Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 8% del precio del contrato. B. Ejecución defectuosa del contrato, en especial con relación a aquellos aspectos que hayan sido objeto de valoración en la licitación, así como a aquellas obligaciones calificadas como esenciales en los pliegos: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato. El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 8% del precio del contrato. C. Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, en particular las relativas al cumplimiento de obligaciones laborales o sociales del adjudicatario en relación con sus trabajadores y trabajadoras, así como las medioambientales: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 8% del precio del contrato. D. Infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 8% del precio del contrato. E. Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte del responsable del contrato y/o director facultativo, en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato. El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6% del precio del contrato. F. Demora en la ejecución: Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. G. Incumplimiento en la presentación del informe relativo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 27 de la LCPSREx: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato. El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6 % del precio del contrato. Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 10
H. En general, cualquier incumplimiento o cumplimiento defectuoso que produzca perjuicios a la Administración, a terceros o al medioambiente: El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato. El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato. El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6% precio del contrato. 12. PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LOS TRABAJOS. Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 Para los lotes I, II, III, IV y V los plazos de ejecución y entrega serán los siguientes: - Para la anualidad 2021 se establecerá en el periodo marcado desde el día siguiente a la formalización del contrato hasta la emisión de la evaluación sobre el desarrollo de la campaña, a realizar, en todo caso, en el plazo máximo de 30 días naturales. En el plazo máximo de 5 días naturales desde la formalización del contrato, la empresa adjudicataria presentará un Plan de Medios definitivo ajustado a calendario para el año 2021. - Para la anualidad 2022 se establecerá entre marzo y octubre de 2022, a realizar, en todo caso, en el plazo máximo de 90 días naturales desde el comienzo de la prestación del servicio. En el plazo máximo de 10 días naturales desde el comienzo del plazo para 2022, la empresa adjudicataria presentará un Plan de Medios definitivo ajustado a calendario para dicho año, que deberá ser aprobado por la Dirección General de Turismo Para el lote VI: - Para la anualidad 2021 el plazo de ejecución de los trabajos se establecerá en el periodo marcado desde el día siguiente a la formalización del contrato y hasta la entrega de todos los materiales gráficos necesarios para la realización de las diferentes campañas. En todo caso, en el plazo máximo de 30 días naturales. - Para la anualidad 2022 se establecerá entre marzo y octubre de 2022, a realizar, en todo caso, en el plazo máximo de 90 días naturales desde el comienzo de la prestación del servicio. En el plazo máximo de 10 días naturales desde el comienzo del plazo para 2022, la empresa adjudicataria presentará un Plan de Medios definitivo ajustado a calendario para dicho año, que deberá ser aprobado por la Dirección General de Turismo. 13. PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN CUADRO RESUMEN COSTES Importe total costes directos: 3.258.586,88 € Importe total costes indirectos: 362.065,21 € Valor estimado: 3.620.652,09 € IVA 21%: 760.336,94 € Presupuesto total IVA Incluido 4.380.989,03 € Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 11
Estos gastos se financiarán conforme al siguiente desglose: LOTE I APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA I 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 635.591,07 € I 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 628.550,44 € I 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 105.609,47 € I 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 105.609,47 € 1.475.360,45 € Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 I 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 734.452,56 € I 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 740.907,89 € 1.475.360,45 € TOTAL 2.950.720,90 € LOTE II APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA II 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 107.112,89 € II 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 105.926,37 € II 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 17.797,82 € II 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 17.797,82 € 248.634,90 € II 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 123.773,51 € II 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 124.861,39 € 248.634,90 € TOTAL 497.269,80 € LOTE III APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA III 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 64.440,78 € III 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 63.726,95 € III 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 10.707,45 € III 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 10.707,45 € 149.582,63 € III 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 74.464,07 € III 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 75.118,56 € 149.582,63 € TOTAL 299.165,26 € Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 12
LOTE IV APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA IV 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 82.458,90 € IV 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 81.545,47 € IV 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 13.701,33 € IV 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 13.701,33 € 191.407,03 € Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 IV 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 95.284,77 € IV 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 96.122,26 € 191.407,03 € TOTAL 382.814,06 € LOTE V APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA V 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 8.835,57 € V 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 8.737,71 € V 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 1.468,11 € V 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 1.468,11 € 20.509,50 € V 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 10.209,88 € V 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 10.299,62 € 20.509,50 € TOTAL 41.019,00 € LOTE VI APLICACIÓN LOTE ANUALIDAD PROYECTO FEDER IMPORTE SUBTOTALES PRESUPUESTARIA VI 2021 G/342A/64200 20170378 OE 631 4.308,04 € VI 2021 G/342A/64200 20170381 OE 632 4.260,32 € VI 2021 G/342A/64200 20170375 OE 341 715,82 € VI 2021 G/342A/64200 20170376 OE 341 715,82 € 10.000,00 € VI 2022 G/342A/64200 20170378 OE 631 99.562,47 € VI 2022 G/342A/64200 20170381 OE 632 100.437,54 € 200.000,01 € TOTAL 210.000,01 € La contratación está vinculada a la consecución de objetivos previstos en diferentes actuaciones dentro del Programa Operativo FEDER 2014-2020. El importe de la licitación estará cofinanciado con fondos FEDER. La tasa de cofinanciación será de un 80% fondos FEDER y un 20% fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Al estar esta contratación cofinanciada con fondos europeos FEDER, la empresa adjudicataria deberá cumplir todas las normas sobre información y publicidad para el Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 13
Programa Operativo 2014-2020, previstas en el Reglamento (CE) nº 1303/2013 que define lo relativo a Fondos Estructurales y de Inversión Europeos. 20170378-PROMOCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL. Objetivo temático: 6.- Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Prioridad de inversión: 6.3.- La conservación, la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio natural y cultural. Objetivo específico: 6.3.1- Promover la protección, fomento y desarrollo del Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 patrimonio cultural. Categoría de intervención: 092.- Protección, desarrollo y promoción de los activos del turismo público. 20170381- PROMOCIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL. Objetivo temático: 6.- Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Prioridad de inversión: 6.3.- La conservación, la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio natural y cultural. Objetivo específico: 6.3.2.- Desarrollo y promoción de las áreas naturales, en particular las de interés turístico. Categoría de intervención: 091.- Protección, desarrollo y promoción de los espacios naturales. 20170375- ACCIONES DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD. Objetivo temático: 3.- Mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. Prioridad de inversión: 3.4.- Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales, y para implicarse en procesos de innovación. Objetivo específico: 3.4.1.- Promover el crecimiento y la consolidación de las PYME, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados; incluyendo los sectores agrícola, pesquero, marino, marítimo y turístico, así como a las PYME y autónomos dedicados al comercio minorista o la venta ambulante. Categoría de intervención: 066.- Servicios de apoyo a las PYME y a las agrupaciones de PYME. 20170376- OTRAS ACCIONES DE PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN. Objetivo temático: 3.- Mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. Prioridad de inversión: 3.4.- Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales, y para implicarse en procesos de innovación. Objetivo específico: 3.4.1.- Promover el crecimiento y la consolidación de las PYME, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados; incluyendo los sectores agrícola, pesquero, marino, Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 14
marítimo y turístico, así como a las PYME y autónomos dedicados al comercio minorista o la venta ambulante. Categoría de intervención: 066.- Servicios de apoyo a las PYME y a las agrupaciones de PYME. 14. FORMA DE PAGO. Para los lotes I, II, III, IV, V y VI el pago de este servicio de publicidad institucional se efectuará por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, a través de dos pagos: a) Un primer pago en el año 2021, al término de la ejecución de los trabajos en este Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 año 2021, mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por la Dirección General de Turismo por la cuantía establecida para el año 2021. El importe de esta primera factura corresponderá al importe de la cuantía establecida en el año 2021. b) Un segundo pago en el año 2022, al término de la ejecución de los trabajos en este año 2022, mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por la Dirección General de Turismo por la cuantía establecida para el año 2022. El importe de esta segunda factura corresponderá al importe de la cuantía establecida en el año 2022. El importe de ambas facturas corresponderá al importe total de adjudicación del contrato. 15. ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. No se considera necesario para este expediente de contratación, la definición de determinados medios personales y materiales como requisito para la licitación y adjudicación. LA JEFA DE SERVICIO DE PROMOCIÓN, ORDENACIÓN Y PRODUCTOS TURÍSTICOS http://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 15
ANEXO I ESTIMACIÓN DE PRECIOS DEFINITIVA SERVICIO DE ADQUISICIÓN Y PLANES DE MEDIOS 2021-2022 LOTE I 2021 Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* TELEVISIÓN NAC 20 SEGUNDOS SPOT 20” 1.500,50 594 891.297,00 € TELEVISIÓN NAC 40 SEGUNDOS SPOT 40” 3.010,00 52 156.520,00 € MUPI DIGITAL 75 CARAS/SEMANA 8.100,00 2 16.200,00 € TRANSPORTE URBANO MADRID 30 VALLAS/SEMANA 3.800,00 3 11.400,00 € UN TRANVIA O 15 TRANSPORTE URBANO SEVILLA AUTOBUSES/MES 25.043,14 1 25.043,14 € LED MADRID 1 PANTALLA/SEMANA 4.000,00 2 8.000,00 € Total 1.108.460,14 € Beneficio industrial (6%) 66.507,61 Gastos generales (4%) 44.338,41 TOTAL 1.219.306,16 IVA (21%) 256.054,29 TOTAL IVA INCLUIDO 1.475.360,45 2022 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* TELEVISIÓN NAC 20 SEGUNDOS SPOT 20” 1.500,50 594 891.297,00 € TELEVISIÓN NAC 40 SEGUNDOS SPOT 40” 3.010,00 52 156.520,00 € MUPI DIGITAL 75 CARAS/SEMANA 8.100,00 2 16.200,00 € TRANSPORTE URBANO MADRID 30 VALLAS/SEMANA 3.800,00 3 11.400,00 € UN TRANVIA O 15 TRANSPORTE URBANO SEVILLA AUTOBUSES/MES 25.043,14 1 25.043,14 € LED MADRID 1 PANTALLA/SEMANA 4.000,00 2 8.000,00 € Total 1.108.460,14 € Beneficio industrial (6%) 66.507,61 Gastos generales (4%) 44.338,41 TOTAL 1.219.306,16 IVA (21%) 256.054,29 TOTAL IVA INCLUIDO 1.475.360,45 Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 16
LOTE II 2021 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* SALIDA PROGRAMA DESDE RADIO GENERALISTA NACIONAL EXTREMADURA 28.000,133 3 84.000,399 RADIO MUSICAL NACIONAL CUÑA 20” 1.195,380 86 102.802,680 Total 186.803,08 Beneficio industrial (6%) 11.208,19 Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 Gastos generales (4%) 7.472,12 TOTAL 205.483,39 IVA (21%) 43.151,51 TOTAL IVA INCLUIDO 248.634,90 2022 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* SALIDA PROGRAMA DESDE RADIO GENERALISTA NACIONAL EXTREMADURA 28.000,133 3 84.000,399 RADIO MUSICAL NACIONAL CUÑA 20” 1.195,380 86 102.802,680 Total 186.803,08 Beneficio industrial (6%) 11.208,19 Gastos generales (4%) 7.472,12 TOTAL 205.483,39 IVA (21%) 43.151,51 TOTAL IVA INCLUIDO 248.634,90 Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 17
LOTE III 2021 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* DIGITALES GENERALISTAS NAC 300.000 IMPRESIONES 1.326,2303 43 57.027,90 DIGITALES ESPECIALIZADOS NAC 325.000 IMPRESIONES 1.350,14 41 55.355,74 Total 112.383,64 Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 Beneficio industrial (6%) 6.743,02 Gastos generales (4%) 4.495,35 TOTAL 123.622,01 IVA (21%) 25.960,62 TOTAL IVA INCLUIDO 149.582,63 2022 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* DIGITALES GENERALISTAS NAC 300.000 IMPRESIONES 1.326,2303 43 57.027,90 DIGITALES ESPECIALIZADOS NAC 325.000 IMPRESIONES 1.350,14 41 55.355,74 Total 112.383,64 Beneficio industrial (6%) 6.743,02 Gastos generales (4%) 4.495,35 TOTAL 123.622,01 IVA (21%) 25.960,62 TOTAL IVA INCLUIDO 149.582,63 Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 18
LOTE IV 2021 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* TELEVISIÓN OTRAS CC AA 20 SEG SPOT 20” 410,00 94 38.540,000 € TELEVISIÓN OTRAS CC AA 40 SEG SPOT 40” 790,00 8 6.320,000 € DIGITALES GENERALIS OTRAS CC AA 200.000 IMPRESIONES 820,00 16 13.120,000 € TELEVISIÓN REGIONAL 20 SEGUNDOS SPOT 20" 150,00 44 6.600,000 € Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 TELEVISIÓN REGIONAL 40 SEGUNDOS SPOT 40" 285,44 6 1.712,640 € TELEVISIÓN LOCAL O COMARCAL SPOT 20" 17,00 179 3.043,000 € TELEVISIÓN LOCAL O COMARCAL SPOT 40" 34,00 16 544,000 € RADIO GENERALISTA REGIONAL CUÑA 20" 83,24 160 13.318,400 € RADIO MUSICAL REGIONAL CUÑA 20" 50,35 190 9.566,690 € RADIO LOCAL O COMARCAL CUÑA 20" 14,119 408 5.760,552 € FALDÓN 5 X 2 O MEDIA PRENSA ESCRITA REGIONAL PÁG COLOR 1.409,00 8 11.272,000 € MEDIA PÁGI O PÁGINA PRENSA LOC/COMARC/ESPECIALIZ COLOR 661,00 12 7.932,000 € DIGITALES GENERALISTAS REG BANNER/DÍA 109,90 124 13.627,600 € DIGITALES LOCAL O COMARCAL BANNER/DÍA 18,00 330 5.940,000 € MUPI 26 CARAS/SEMANA 2.795,031 2 5.590,062 € PANTALLA LED 5 PANTALLAS/SEMANA 230,00 4 920,000 € Total 143.806,94 € Beneficio industrial (6%) 8.628,42 € Gastos generales (4%) 5.752,27 € 158.187,63 TOTAL € 33.219,40 IVA (21%) € TOTAL IVA 191.407,03 INCLUIDO € Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 19
2022 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* 38.540,000 TELEVISIÓN OTRAS CC AA 20 SEG SPOT 20” 410,00 94 € TELEVISIÓN OTRAS CC AA 40 SEG SPOT 40” 790,00 8 6.320,000 € 200.000 13.120,000 DIGITALES GENERALIS OTRAS CC AA IMPRESIONES 820,00 16 € TELEVISIÓN REGIONAL 20 SEGUNDOS SPOT 20" 150,00 44 6.600,000 € 1.712,640 € Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 TELEVISIÓN REGIONAL 40 SEGUNDOS SPOT 40" 285,44 6 TELEVISIÓN LOCAL O COMARCAL SPOT 20" 17,00 179 3.043,000 € TELEVISIÓN LOCAL O COMARCAL SPOT 40" 34,00 16 544,000 € 13.318,400 RADIO GENERALISTA REGIONAL CUÑA 20" 83,24 160 € RADIO MUSICAL REGIONAL CUÑA 20" 50,35 190 9.566,690 € RADIO LOCAL O COMARCAL CUÑA 20" 14,119 408 5.760,552 € FALDÓN 5 X 2 O 11.272,000 PRENSA ESCRITA REGIONAL MEDIA PÁG COLOR 1.409,00 8 € MEDIA PÁGI O PRENSA LOC/COMARC/ESPECIALIZ PÁGINA COLOR 661,00 12 7.932,000 € 13.627,600 DIGITALES GENERALISTAS REG BANNER/DÍA 109,90 124 € DIGITALES LOCAL O COMARCAL BANNER/DÍA 18,00 330 5.940,000 € MUPI 26 CARAS/SEMANA 2.795,031 2 5.590,062 € 5 PANTALLA LED PANTALLAS/SEMANA 230,00 4 920,000 € 143.806,94 Total € Beneficio industrial (6%) 8.628,42 € Gastos generales (4%) 5.752,27 € 158.187,63 TOTAL € 33.219,40 IVA (21%) € TOTAL IVA 191.407,03 INCLUIDO € Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 20
LOTE V MEDIO CONCEPTO COSTE/ ACCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* INSERCIONES Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 RR SS OTRAS CC AA DIFERENTES FORMATOS 7.704,55 1 7.704,55 € INSERCIONES PLATAFORMAS DIGITAL OTRAS CC AA DIFERENTES FORMATOS 7.704,54 1 7.704,54 € Total 15.409,09 € Beneficio industrial (6%) 924,55 Gastos generales (4%) 616,36 TOTAL 16.950,00 IVA (21%) 3.559,50 TOTAL IVA INCLUIDO 20.509,50 MEDIO CONCEPTO COSTE/ ACCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* INSERCIONES RR SS OTRAS CC AA DIFERENTES FORMATOS 7.704,55 1 7.704,55 € INSERCIONES PLATAFORMAS DIGITAL OTRAS CC AA DIFERENTES FORMATOS 7.704,54 1 7.704,54 € Total 15.409,09 € Beneficio industrial (6%) 924,55 Gastos generales (4%) 616,36 TOTAL 16.950,00 IVA (21%) 3.559,50 TOTAL IVA INCLUIDO 20.509,50 Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 21
LOTE VI 2021 MEDIO CONCEPTO COSTE/ ACCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 ELABORACIÓN Y ADAPTACIÓN EMPRESA ADJUDICATARIA CREATIVIDAD 7.513,15 1 7.513,15 € Total 7.513,15 € Beneficio industrial (6%) 450,78 Gastos generales (4%) 300,53 TOTAL 8.264,46 IVA (21%) 1.735,54 TOTAL IVA INCLUIDO 10.000,00 2022 MEDIO CONCEPTO COSTE/ INSERCIONES IMPORTE TARIFA ESTIMADO MEDIA ESTIMADA* DIGITALES ESPECIALIZADOS PORTUGAL 325.000 IMPRESIONES 1.302,00 8 10.416,00 € DIGITALES GENERALISTAS PORTUGAL 300.000 IMPRESIONES 1.291,501 8 10.332,01 € TELEVISIÓN NAC PORTUGAL SPOT 20” 1.414,67 31 43.854,77 € MUPI DIGITAL PORTUGAL 75 CARAS/SEMANA 4.986,01 2 9.972,02 € DIGITALES ESPECIALIZADOS FRANCIA 300.000 IMPRESIONES 2.430,51 8 19.444,08 € DIGITALES GENERALISTAS FRANCIA 270.000 IMPRESIONES 2.430,51 8 19.444,08 € DIGITALES ESPECIALIZADOS ALEMANIA 300.000 IMPRESIONES 2.300,00 8 18.400,00 € DIGITALES GENERALISTAS ALEMANIA 270.000 IMPRESIONES 2.300,00 8 18.400,00 € Total 150.262,96 € Beneficio industrial (6%) 9.015,78 Gastos generales (4%) 6010,52 TOTAL 165289,26 IVA (21%) 34.710,75 TOTAL IVA INCLUIDO 200.000,01 Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa 22
Firmado por: Adela Trabado Pachon; CSV: PFJE1629080565137; 11/8/2021 11:44 23
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