LA AEAT DESPRECIA A SUS TRABAJADORES DEJANDO LA PRESENCIALIDAD Y EL TELETRABAJO EN MANOS DE LAS JEFATURAS TERRITORIALES
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LA AEAT DESPRECIA A SUS TRABAJADORES DEJANDO LA PRESENCIALIDAD Y EL TELETRABAJO EN MANOS DE LAS JEFATURAS TERRITORIALES Se quieren cargar el teletrabajo en la AEAT PORQUE SÍ, sin aportar ni un solo argumento técnico o profesional que demuestre que el teletrabajo sea contrario a las necesidades organizativas o perjudique la prestación del servicio público y la consecución de los objetivos asignados. La AEAT había convocado a las organizaciones sindicales a las 12:00h del lunes para negociar la aplicación en la Agencia de la “Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15 de septiembre de 2021” que impone el retorno a la presencialidad generalizada con un máximo del 20% de trabajo no presencial. 20 minutos antes de iniciar la reunión, la AEAT hizo entrega a las organizaciones sindicales del Proyecto de Resolución del Director General de la AEAT que tenía listo para publicar de forma unilateral este mismo lunes, que, si bien recogía alguna mejora respecto a la resolución de Función Pública, resultaba claramente insuficiente para la mayoría social que representamos SIAT, UGT y CCOO, al decretar un 20% de trabajo no presencial generalizado, pero dejando al criterio del jefe de turno el ampliar hasta un máximo de 2 o 3 días de trabajo no presencial para poder cumplir con las limitaciones de aforo del 75% que establece el Plan de Actuación contra el Covid-19 de la AEAT. ¿Cómo se justificarán ahora los portavoces de aquellas organizaciones sindicales que el pasado miércoles decían desde el salón de su casa que no había margen de mejora en la negociación y que en la AEAT se aplicaría 1 solo día de teletrabajo para todos a rajatabla? La suerte que tiene csif es que siempre le quedará ucesha para hacer más el ridículo con sus comunicados. SIAT, UGT y CCOO solicitamos un receso en la reunión para preparar una contrapropuesta en base al Proyecto de Resolución del Director General de la AEAT que nos habían entregado, entendiendo que si bien dicho proyecto del DG estaba a años luz de lo que entendemos que debe ser la lucha contra la pandemia y el teletrabajo, podríamos encontrar un punto de encuentro siempre que se crease una Comisión de Seguimiento que pudiese garantizar hasta 3 días de teletrabajo, entendiendo que estas medidas tienen carácter provisional y que en los próximos meses deberemos entrar a negociar el teletrabajo fuera de la situación de pandemia. Dicha propuesta fue entregada por nuestros portavoces presentes en la sala de juntas de RRHH al Subdirector de Relaciones Laborales que presidía la Mesa General en dicha sala sobre las 14:45h. SIAT, UGT y CCOO no podíamos firmar un acuerdo que solo garantizaba un día de teletrabajo y deja en manos de los jefes la discrecionalidad ampliarlo a 2 o 3 días porque se permitan el lujo de manipular los aforos de cada centro de trabajo sin ninguna garantía de control sindical sobre dicha potestad arbitraria. ¡Esto va a ser a criterio del jefe de turno: 1, 2 o 3; no cedieron, se sienten fuertes o quieren ceder la negociación colectiva de la AEAT a Función Pública! …. Y ellos se guardan el derecho al linchamiento de las trabajadoras y trabajadores. Mientras SIAT, UGT y CCOO elaboramos una contrapropuesta en base al Proyecto de Resolución del Director General para encontrar un punto de encuentro, los mismos que la semana pasada atacaban a SIAT, UGT y CCOO diciendo en sus comunicados que en la Mesa de Negociación de la AEAT no se podía negociar nada porque era de obligado cumplimiento la resolución de Función Pública, iban a lo suyo mostrando en la pantalla de zoom propuestas de máximos que ya habían difundido por correo electrónico a los trabajadores antes de conocer el contenido de la resolución que tenía preparada la AEAT, por lo tanto situándose al margen del marco de negociación. Tod@s sabemos que cuando alguien no quiere llegar a un acuerdo lo más fácil es pedir la luna, haciendo propuestas inviables a sabiendas de que la dirección de la AEAT no las va a asumir para tapar sus verdaderas intenciones, que no son otras que defender los intereses de sus jefes sindicales y de una minoría que ocupa puestos de jefatura que se opone al teletrabajo porque quiere tener a todos los compañeros que considera “subordinados” presentes en la oficina de forma permanente. Los malabarismos que hacen para posicionarse respecto al teletrabajo resultan cómicos, recuerdan a un meme de Cantinflas: quieren, pero no quieren, aunque les gustaría. 1
A las 17:00h se retomó la reunión en la sala de juntas de RRHH con la presencia de los portavoces de SIAT, UGT y CCOO, pero lamentablemente la AEAT se ha cerrado en banda y tras estudiar a fondo nuestra propuesta ha decidido que no aceptaba introducir ningún tipo de garantía, comunicándonos que procedería a publicar por su cuenta y riesgo una RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AEAT SOBRE REVISIÓN DE LAS MEDIDAS A ADOPTAR FRENTE A LA COVID-19 EN LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ANTE LA EVOLUCIÓN SANITARIA Y EL AVANCE DE LA VACUNACIÓN. Compañeros y compañeras queremos transmitiros nuestra seria preocupación ante la consumación de la deriva autoritaria de la actual dirección de la AEAT y lo que es peor, la constatación de la quiebra técnica del actual equipo de dirección de la AEAT que carente de rumbo está haciendo dejadez de funciones delegando en los territorios decisiones que deberían ser asumidas por quienes ostentan la más alta responsabilidad en este organismo. No podemos entender cómo es posible que la dirección de la AEAT se comprometiese con SIAT, UGT y CCOO a garantizar mejorar la Resolución de Función Pública sobre teletrabajo y por el miedo al “qué dirán” prepare un proyecto de resolución ambiguo que traslada “la patata caliente” a los jefes territoriales para que no parezca que los directivos de la AEAT le llevan la contraria a sus compañeros directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. ¡¡¡No estéis seguros que vais a vencer, pero lo que es seguro es que no vais a convencer!!! Los trabajadores y trabajadoras de la AEAT estamos en manos de unos gestores que han renunciado a ejercer las potestades que en materia de RRHH y negociación colectiva nos otorga el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 por el que se crea la AEAT, no importándoles degradar el estatus de la AEAT con tal de conservar sus sillones. En los próximos días SIAT, UGT y CCOO publicaremos un comunicado para transmitir a toda la plantilla el contenido de las reuniones que hemos mantenido en la última semana al más alto nivel, entendiendo que, de materializarse los planteamientos del actual equipo directivo en materia de carrera profesional, movilidad y convenio colectivo estaríamos ante una auténtica declaración de guerra contra los 25.000 trabajador@s de la AEAT. En las próximas horas, el Director General de la AEAT publicará su resolución unilateral de retorno a la presencialidad. Dicha resolución no responde a las necesidades ni a la realidad profesional o tecnológica de la AEAT, ni de sus trabajadores, sino a la necesidad de los directivos de la AEAT de justificarse ante sus compañeros directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Fruto de las presiones que SIAT, UGT y CCOO hemos ejercido en la última semana seguramente se puede abrir alguna ventana de oportunidad para tender a esos 2 días que a puerta cerrada dice garantizar la directora de RRHH para la mayoría de la plantilla, pero que no se atreve a plasmar en un papel. Somos conscientes de que dejando en manos de los jefes el número total de días se van a producir situaciones injustas, para lo cual pondremos a disposición de todos los trabajadores nuestros servicios jurídicos para denunciar cualquier situación que pudiera vulnerar los derechos de los trabajadores o poner en riesgo su salud. NUNCA PERMITIREMOS QUE LA AEAT ENTREGUE EL CONTROL DEL PERSONAL A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS: ANTE LA CONSUMACIÓN DE LA DERIVA AUTORITARIA DE LA DIRECCIÓN DE LA AEAT ES IMPRESCINDIBLE LA UNIDAD DE TODO@S. SOLO DESDE LA UNIDAD CONSEGUIREMOS AVANZAR EN DERECHOS Y CONSOLIDAR TODO LO QUE HEMOS AVANZADO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS. Adjuntamos la Resolución 2
RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AEAT SOBRE REVISIÓN DE LAS MEDIDAS A ADOPTAR FRENTE A LA COVID-19 EN LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ANTE LA EVOLUCIÓN SANITARIA Y EL AVANCE DE LA VACUNACIÓN. El 19 de junio de 2020 se alcanzó el Acuerdo en la Mesa General de Negociación de la AEAT, sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la AEAT con motivo de la Nueva Normalidad, que se vio reflejado en la Resolución del Director General de la AEAT de 22 de junio de 2020, sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la AEAT con motivo de la Nueva Normalidad. Esta Resolución a su vez se vio complementada con los criterios del Director General de la AEAT del 24 de junio, para la determinación de la modalidad en que pueden desarrollarse los puestos de trabajo. La evolución de la crisis sanitaria tras el citado Acuerdo de 19 de junio hizo necesario que en reunión de la Mesa de negociación de la AEAT en fecha 22 de octubre de 2020 se alcanzase un nuevo Acuerdo para su modificación. A tenor de ese Acuerdo, se dicta una Resolución de 23 de octubre por la que se aprueba una Adenda a la Resolución de 22 de junio, promoviendo un equilibrio entre la garantía de prestación de servicios y los criterios de flexibilidad en materia de presencialidad para garantizar la salud de los trabajadores y ciudadanos. Con fecha 15 de septiembre se ha dictado por la Secretaría de Estado de Función Pública una Resolución sobre las medidas frente a la Covid-19 en la Administración General del Estado, ante la evolución sanitaria y el avance de la vacunación que supone un marco general para garantizar la homogeneidad en la vuelta a la presencia física del personal al servicio de la Administración General del Estado. Dicha Resolución contempla en su cláusula décima que las medidas que se deban adoptar por parte de los departamentos ministeriales y organismos dependientes serán objeto de negociación, consulta o información según corresponda en función de la materia, en las Mesas Delegadas o en el órgano de participación social correspondiente, habiéndose desarrollado las convocatorias al efecto. Por otra parte, la AEAT cuenta con un Plan de actuación frente al SARS CoV-2 que ha venido actualizándose conforme a los parámetros de referencia establecidos por el Ministerio de Sanidad y otras autoridades competentes, convirtiéndose en un elemento nuclear que ha permitido garantizar la apertura de todos los centros de trabajo de la AEAT garantizando la seguridad y salud de los trabajadores y de los ciudadanos que acceden a los mismos. Por todo ello, y para la revisión de las medidas a adoptar en la AEAT frente a la COVID-19 en el marco de la citada Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15 de septiembre de 2021 y considerando las especificidades y especialidades de la AEAT, habiéndose cumplido el trámite de negociación y consulta RESUELVO Primero. - Modalidad presencial de prestación del servicio. 1
Durante el periodo de aplicación de esta Resolución, que regula medidas de carácter organizativo en línea con lo dispuesto en el artículo 7.1 e) de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la modalidad ordinaria de prestación de servicio en la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo su personal será la presencial en el centro de trabajo, sin perjuicio de los criterios y pautas que se establecen para los colectivos especialmente sensibles frente a la COVID-19 por la autoridad sanitaria. El cumplimiento de la jornada de trabajo se realizará de la siguiente manera: a) Presencia física en el centro de trabajo, de lunes a viernes en el horario habitual establecido en la resolución por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y en el calendario laboral de la AEAT según el régimen de dedicación de cada puesto. b) Dentro de la modalidad ordinaria de trabajo presencial podrá realizarse por medios telemáticos, previa autorización y siempre que haya tareas que sean susceptibles de prestarse a distancia, hasta un 20% de la jornada de trabajo semanal, que podrá realizarse por las tardes o acumularse en un día completo. La modalidad presencial respetará el contenido del Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2, y específicamente los límites máximos de aforo establecidos en el mismo por lo que podrá ampliarse el desarrollo de la prestación telemática de servicios de cara a no superar en cada centro de trabajo el aforo establecido en el Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2, en todos los puestos con tareas teletrabajables ubicados en espacios o despachos compartidos, pudiendo alcanzar 2 o 3 jornadas completas de la jornada semanal de ser necesario. Lo anterior se desarrollará atendiendo siempre a las necesidades de servicio, pudiéndose modular los límites establecidos a efectos de su adecuada cobertura. La AEAT asegura el uso ordenado de la parte telemática para garantizar la prestación de los servicios públicos. Dicha prestación telemática podrá ser reversible por razones de carácter organizativo y de necesidades del servicio. No supondrá menoscabo de la jornada y horario, debiéndose respetar en todo caso el descanso necesario. Si lo anterior afectara a puestos en los que la actividad se realiza mediante la modalidad de turnicidad, se podrán reorganizar los mismos por necesidades del servicio. Segundo. - Excepciones a la modalidad ordinaria de prestación de servicios presenciales. En los siguientes supuestos, se podrá excepcionar hasta del 100% de la jornada semanal de la presencia física en el centro de trabajo, realizando sus funciones por medios telemáticos: a) al personal que se catalogue por el servicio de prevención como especialmente sensible por inmunodeficiencia o en tratamiento por cáncer, o los que se así se determinen por la autoridad sanitaria. b) al personal que se encuentre en los supuestos de cuarentena en relación con la COVID-19, así como cuando dicha cuarentena afecte a las personas 2
menores o dependientes a su cargo, todo ello conforme al Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2. En estos casos, el personal tendrá los mismos derechos y deberes que en la modalidad presencial ordinaria y no sufrirá modificación alguna en materia de retribuciones, promoción profesional, representación colectiva ni cualquier otro derecho, salvo aquéllos que sean inherentes a la realización de la prestación del servicio de forma presencial. En los supuestos en que la situación en un territorio, o en parte del mismo, lleve aparejada la necesidad de adopción de medidas por la autoridad competente para garantizar la salud de la población, basadas en el documento de “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”, o del Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2, se podrá ampliar la prestación telemática para asegurar el mantenimiento de los servicios públicos, velando al mismo tiempo por la salud de las empleadas y empleados públicos. Tercero.- Conciliación, permisos y licencias Lo establecido en esta Resolución es compatible con las medidas de conciliación y las flexibilizaciones horarias, reducciones de jornada, permisos y licencias y régimen de jornada intensiva y/o de verano previstas en la normativa de aplicación al personal al servicio de la AEAT. Cuarto.- Atención al público. En los servicios de atención al público de la AEAT, realizados en su horario habitual, se precisa cita previa, salvo para acceso a los registros dependientes de la Administración General del Estado. En todo caso se limitará el aforo de la ciudadanía en la atención presencial en función del espacio disponible para la atención al público y se adoptarán las medidas de prevención para garantizar la seguridad y salud de acuerdo con la normativa vigente y del Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2, vinculando los aforos que se contemplen en el mismo. Quinto. - Reuniones y viajes. Con carácter general, las reuniones se celebrarán presencialmente o mediante audioconferencia o videoconferencia o modalidad mixta, respetando el aforo máximo establecido para cada sala por el servicio de prevención. Se evitarán en lo posible, las reuniones que impliquen desplazamientos a otra localidad, así como los viajes de trabajo siempre que puedan utilizarse medios tecnológicos como la audioconferencia o videoconferencia. Sexto. - Cursos y actividades formativas. Los cursos y actividades formativas se podrán desarrollar e impartir presencialmente, o mediante medios telemáticos con la finalidad de minimizar los posibles riesgos para la salud, respetando en todo caso los términos que determinen las autoridades sanitarias. Séptimo. - Procesos selectivos. 3
Las convocatorias de los procesos selectivos continuarán su tramitación y ejecución ordinaria, debiendo respetar en todo caso las indicaciones que realicen las autoridades sanitarias. Se incentivará el uso de medios de carácter telemático, garantizando siempre que se pueda cumplir con los principios de igualdad, mérito y capacidad. Octavo.- Sujeción a las necesidades de servicio. Con carácter general las previsiones contempladas en esta Resolución se establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal a las necesidades del servicio debidamente justificadas, de conformidad con los términos establecidos en la normativa vigente, con el objetivo de garantizar la apertura de todos los centros de trabajo y los servicios de toda índole dispensados por la AEAT. Para dicha cobertura de necesidades, así como para garantizar la adecuada coordinación de lo contemplado en esta Resolución con el contenido del Plan de actuación de la AEAT frente al SARS CoV-2, la Dirección del Departamento de Recursos Humanos podrá dictar las Instrucciones que sean necesarias. Noveno.- Efectos. Esta Resolución será de aplicación desde el día 1 de octubre de 2021, sin perjuicio de las actuaciones de adaptación necesarias previstas en la normativa sanitaria y en el Plan de actuación de la AEAT frente al SARS-CoV-2. EL DIRECTOR GENERAL DE LA AEAT.- Jesús Gascón Catalán. Firmado con CSV al pie de la primera página, en su fecha. 4
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