LA ASAMBLEA GENERAL Y LAS TECNICAS PARLAMENTARIAS - Expositor: Lic. Carlos Salvatierra Quesada Asesor Consultor Cooperativo
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LA ASAMBLEA GENERAL Y LAS TECNICAS PARLAMENTARIAS Expositor: Lic. Carlos Salvatierra Quesada Asesor Consultor Cooperativo
LA ASAMBLEA GENERAL Concepto: La máxima autoridad en la organización cooperativa sus acuerdos obligan a todos sus socios presentes y ausentes, tomados de acuerdo a Ley, el Estauto y las normas internas Fundamentalmente es una reunión ESTATUTO deliberante, decisoria, representativa y esencialmente democrática
Tipos de Asamblea Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Ordinaria: Se efectúa anualmente y tiene un orden previamente definido, se realiza dentro de los 90 días de finalizado el ejercicio económico Extraordinaria: se realiza cuando los socios o miembros lo estiman pertinente, necesario y tiene un punto o agenda a tratar especifico. Cabe señalar que cuando se constituye una Cooperativa, se denomina en el marco legal Asamblea de Fundación
Funciones de la Asamblea General Enfoque asociativo: Función Legislativa: diseña, elabora analiza y aprueba instrumentos legales: estatuto, reglamentos, normas especificas (Parlamento) Función económica-financiera: se determinan el destino de los resultados económico-financieros, la distribución de los remanentes, la fijación del aporte mínimo, etc. Función electoral: se eligen o remueven a los directivos, procesos electorales autónomos
Funciones de la Asamblea General Enfoque asociativo: Función evaluadora-contralora: examen de la gestión administrativa de los órganos directivos, aprobación, revisión, investigaciones o auditorias Función judicial: resuelve sobre reclamaciones de los socios o delegados, fusión, disolución o liquidación Función planificadora: aprueba lineamientos de política de desarrollo institucional
ESTATUTOS LEON XIII CAPÍTULO II LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS Artículo 16° La Asamblea General de Delegados.- La Asamblea General de Delegados es la autoridad suprema de “La Cooperativa”. Sus acuerdos obligan a todos los socios, presentes y ausentes, siempre que se hubieren tomado de conformidad a la Legislación Cooperativa y al presente Estatuto. La Asamblea general estará integrada por cien delegados. La Asamblea General puede ser: 1.Asamblea General Ordinaria; y, 2.Asamblea General Extraordinaria A solicitud de la Asamblea, Consejos, Comités o Comisiones, se permitirá con voz pero sin voto, la participación a la gerencia, funcionarios y asesores al servicio de “La Cooperativa”.
Asamblea General Ordinaria Artículo 17° La Asamblea General Ordinaria.- La Asamblea General Ordinaria de Delegados se celebra dentro de los noventa días posteriores al cierre del ejercicio anual, y adicionalmente en los meses de mayo y agosto para la evaluación de la marcha económica, financiera y gestión interna de la Cooperativa y en el mes de noviembre, para conocer y analizar los avances del plan estratégico, plan operativo y el presupuesto para el próximo año. La Asamblea General Ordinaria tiene las siguientes atribuciones: 1.Determinar el aporte inicial, y aporte mínimo mensual. 2.Elegir y remover por causa justificada a los miembros de los Consejos, Comités y Comisiones. 3.Examinar y evaluar la gestión administrativa, financiera, económica y asociativa de “La Cooperativa”, el balance general y estados de resultados y los informes de los Consejos, Comités y Comisiones, pudiendo disponer todo tipo de investigaciones y auditorias si fuesen necesarias.
Asamblea General Ordinaria 4.Conocer los avances del plan estratégico, plan operativo y del presupuesto aprobado y elaborado por la Gerencia con la aprobación del Consejo de Administración efectos de ser participativo y democrático para proponer observaciones, correcciones y políticas. 5.Autorizar la distribución de remanentes, excedentes y la aplicación de los resultados, a propuesta del Consejo de Administración. 6.Aprobar el aumento o disminución del capital social 7.Fijar dietas para los miembros de los Consejos, Comités y Comisiones por asistencia a sesiones ordinarias, así como los gastos de representación para el Presidente del Consejo de Administración y el Gerente de “La Cooperativa”. 8.Adoptar acuerdos sobre asuntos de importancia para “La Cooperativa” y ejercer las demás atribuciones de su competencia en concordancia con la Legislación Cooperativa, las disposiciones legales vigentes y el presente Estatuto 9.Pronunciarse sobre los objetivos generales de acción institucional, cuando los proponga el Consejo de Administración 10.Aprobar los presupuestos del Consejo de Vigilancia, Comité de Educación, debidamente sustentados en sus respectivos planes de trabajo, en concordancia a los reglamentos internos. 11.Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de la Asamblea General de Delegados 12.Acatar la Legislación Cooperativa, las disposiciones legales vigentes, el presente Estatuto, las políticas, los reglamentos internos y los acuerdos de la Asamblea General.
ESTATUTOS LEON XIII Artículo 19° Presidencia de la Mesa Directiva de la Asamblea.- La presidencia y dirección de la Asamblea es de responsabilidad exclusiva del Presidente del Consejo de Administración, pudiendo temporalmente delegar la dirección de la Asamblea al Directivo que jerárquicamente le correspondan. En el caso que el cuestionamiento abarque al Presidente o miembros de Consejo de Administración, la Asamblea General nombrará un director de debates entre sus Delegados.
Asamblea General Extraordinaria Artículo 18° La Asamblea General Extraordinaria.- La Asamblea General Extraordinaria, podrá realizarse las veces que sea necesario y tiene las siguientes atribuciones: 1.Aprobar, reformar e interpretar el presente Estatuto y el Reglamento General de Elecciones en sesiones extraordinarias convocadas exclusivamente para tales fines. 2.Aprobar, reformar, interpretar, cumplir y hacer cumplir el Reglamento de la Asamblea General de Delegados. 3.Autorizar la adquisición, construcción, enajenación y gravamen de los bienes y derechos de “La Cooperativa”, cuando tales operaciones superen el equivalente del 10% para adquisición, construcción ó enajenación y del 15% para gravamen del patrimonio neto. 4.Autorizar la adquisición de créditos mayores al 25% de su patrimonio neto 5.Remover al Consejo de Vigilancia, cuando se declaren improcedentes o infundados los motivos por los que éste órgano, la hubiere convocado. 6.Resolver sobre reclamaciones de los socios contra los actos de los Consejos de Administración, Vigilancia, del Comité de Educación y Comité Electoral, siempre y cuando no afecte su autonomía. 7.Resolver los recursos de apelación de los socios que fueran excluidos en virtud de las resoluciones del Consejo de Administración. 8.Imponer sanciones de suspensión, destitución del cargo o exclusión según el caso, al Delegado o Directivo que con su acción, omisión o voto hubiere contribuido para: 8.1 Que “La Cooperativa” resulte responsable de infracciones a la Ley, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.
Asamblea General Extraordinaria 8.2 Que “La Cooperativa” resulte perjudicada moral y materialmente en su imagen o patrimonio 9.Determinar, en caso de otras infracciones no previstas en el numeral 8, la responsabilidad de los Delegados o Directivos, para ejercitar contra ellos las acciones que corresponda e imponer las sanciones que estatutariamente fueran de su competencia.10.Acordar la disolución voluntaria de “La Cooperativa”. 11.Acordar la transformación o fusión de “La Cooperativa”. 12.Acordar la participación de “La Cooperativa”, como socia de otras personas jurídicas no cooperativas. 13.Acordar aperturar, trasladar, o cerrar sucursales, agencias, oficinas, servicios y representaciones en cualquier lugar del país a propuesta del Consejo de Administración de acuerdo a lo señalado en el artículo 2° del presente Estatuto. 14.Resolver los problemas no previstos por la Legislación Cooperativa y el Estatuto. 15.Ejercer otras atribuciones inherentes a las Cooperativas que no fueren expresamente conferidas por la Legislación Cooperativa vigente, el Estatuto y/o a otros órganos. 16.Disponer investigaciones, auditorias y balances de situación. 17.Adoptar, en general, acuerdos sobre cualquier asunto importante que afecte al interés de “La Cooperativa”. 18.Acatar la Legislación Cooperativa, las disposiciones legales vigentes, el presente Estatuto, las políticas, los reglamentos internos y los acuerdos de la Asamblea General 19.Las demás atribuciones especificadas en la Legislación Cooperativa, las disposiciones legales vigentes y el presente Estatuto.
Principales Atribuciones de la Asamblea General Aprobar, reformar e interpretar el Estatuto y el Reglamento de Elecciones y de Asambleas Elegir y remover por causa justificada a los miembros de los órganos directivos Fijar las dietas de los miembros directivos Examinar la gestión administrativa, financiera y económica de la Cooperativa, sus estados financieros y los informes de los Consejos y Comités, e incluso de Gerencia Autorizar la distribución de los Remanentes Acordar la transformación, fusión o disolución de la Coop.
Organización de la Asamblea Etapas de la Asamblea: - Antes - Durante - Después ANTES DE LA ASAMBLEA 1. Citación (convocatoria) 2. Preparación de la reunión 3. Preparación del ambiente
Organización de la Asamblea Etapas de la Asamblea DURANTE LA ASAMBLEA 1. Apertura de la reunión (quórum) 2. Lectura de la reunión anterior (acta) 3. Sección despacho (correspondencia) 4. Sección informes (pendientes) 5. Sección pedidos (recordación y pedidos fuera de agenda) 6. Sección Orden del Día (aprobación o desaprobación) 7. Cierre de la reunión
Organización de la Asamblea Etapas de la Asamblea DESPUES DE LA ASAMBLEA: 1. Evaluar la reunión (objetivos, conflictos, causas, el papel de cada directivo, etc. 2. Hacer cumplir los acuerdos (seguimiento)
Convocatoria Conforme a la LGC, Art. 30 Num. 15 Las Asambleas Generales son convocadas por el Consejo de Administración Debe realizarse conforme a procedimientos y formalidades que señale el Estatuto respectivo, Ello puede generar invalidez, si no se hace de acuerdo a dicho proceso Debe contener: fecha, hora, lugar y la agenda u objeto de la misma La asamblea no puede tomar acuerdos no especificados en la agenda Se convocara en los plazos y términos señalados en el Estatuto y si el Consejo de ADM., no lo hiciere, el Consejo de Vigilancia lo hará conforme a los procedimientos establecidos
Normas Parlamentarias Se denominan normas parlamentarias al conjunto de reglas, por las cuales una asamblea general se realiza, se gobierna, procurando lograr sus objetivos en el tiempo adecuado y con la mayor participación de sus miembros, sean socios o delegados.
AGENDA Es la lista de puntos a tratar y discutir en una sesión.
QUORUM Es el número mínimo de socios y/o Delegados con que una Asamblea puede instalarse y funcionar legalmente, esto dependerá si es primera y segunda convocatoria según lo establecido en el Estatuto y Ley General de Cooperativas.
ASAMBLEAS GRALES. ORDINARIAS ASAMBLEAS GRALES. EXTRAORD. CONVOCATORIA QUORUM TOMAR QUORUM TOMAR PARA DECISIONES PARA DECISIONES INSTALARSE INSTALARSE Primera La mitad más Simple mayoría La mitad más Simple mayoría Convocatoria uno de los de los uno de los de los asociados de Asambleístas. asociados de Asambleístas. la Cooperativa. la Cooperativa. Segunda Los asociados Dos terceras Los asociados Dos terceras Convocatoria que asistan, partes de los que asistan, partes los siempre que asociados siempre que asociados no sea menor presentes no sea menor presentes a la mitad más (Asambleístas) a la mitad más (Asambleístas) uno del uno del número número requerido para requerido para constituirse constituirse como como Cooperativa. Cooperativa.
Puntos a Considerar El órgano que convoque debe planificar el desarrollo de la Asamblea, debe: • Asegurar que las condiciones del local sean adecuadas • Que las comisiones de recepción e inscripción y entrega de material funcionen • Que la alimentación, break y refrigerios estén a tiempo • Que la administración tenga las previsiones para cubrir gastos de movilidad, transporte y material de apoyo. • Tener una idea clara de lo que puede ocurrir y esperarse de los debates de cada punto de agenda. • En función de ello debe prepararse en situaciones de conflicto el dirigente debe saber identificar fuerzas y adoptar estratégicas para facilitar los objetivos de los asuntos.
Instalación de la Asamblea • Son las actividades iniciales previas al desarrollo de la Agenda que muchas cooperativas desarrollan a manera de actos especiales de instalación. • No son un requisito legal pero se convierten en actos de promoción para la empresa, de contenido cívico y social en los programas de instalación suelen incluir reconocimientos, mensajes de personalidades , conferencias magistrales, presentaciones artísticas, entregas de premios etc. • Estos actos preparan un ambiente agradable como antesala de las Asambleas.
Actividades de Apertura • El Secretario comprueba el quórum e informa al Presidente • No debe declararse abierta una Asamblea sin el quórum de ley. • Tomar en cuenta la representación. • Un delegado solo puede representar a uno. • El Presidente de la mesa directiva, declara abierta la sesión de Asamblea General. • El secretario toma nota de la hora de apertura. • Luego el Secretario lee la Agenda de la Asamblea y el Presidente pone a discusión la misma. • Si hay solicitudes de modificación, la Asamblea resuelve por simple mayoría de votos.
Dirección de Asamblea • La Dirección de la Asamblea General estará a cargo del Presidente del Consejo de Administración. • Sin embargo, cuando se dan situaciones de controversia, en donde la Junta Directiva es parte directa en los conflictos, la Asamblea puede nombrar de su seno un Director de Debates y Secretario para que presida los debates. • Es importante recordar que quién presida la sesión de la Asamblea tiene que seguir el orden establecido en la Agenda.
Uso de la Palabra Administración del uso de la palabra • Corresponde al Presidente de la mesa otorgar el uso de la palabra para lo cual se utiliza la frase “tiene la palabra el delegado..……..”. • Corresponde al Secretario llevar el control de quienes han solicitado la palabra, para que el Presidente la conceda conforme al orden.
Recomendaciones al Presidente El Presidente debe orientar a los asambleístas con énfasis en: •No salirse del tema •No repetir lo que otro a dicho •Ceñirse al tiempo •Analizar y proponer soluciones en el momento adecuado •Ilustrar para que no se propongan mociones si todavía se esta discutiendo el tema •Sintetizar y resumir los debates para lograr un mejor claridad •Consultar a la Asamblea los asuntos discutidos para luego decidir • Como Presidente no debe irrespetar a ningún miembro, puede abandonar la presidencia y ocupar el lugar de un miembro, tiene que evitar estar en un bando partidario y si tiene que defender algún criterio dejar que otro presida mientras el define tal asunto.
Solicitud de uso de la palabra Para hacer uso de la palabra un asambleísta debe: • Esperar que el Presidente declare en discusión al asunto diciendo se somete a discusión • Solicitar la palabra al Presidente, sea levantando la mano o pidiendo la palabra, diciendo en voz alta pido la palabra señor Presidente • Esperar que el Presidente se la conceda
Solicitud de uso de la palabra El delegado hará uso de la palabra cuando el Presidente se lo autorice; Se pondrá de pie se identificará y hablará, teniendo presente: El tiempo reglamentario Ser lo más concreto y claro posible
Reglamento de Debates Todas las normas y disposiciones para conducir los debates de Asamblea General son legitimados en un reglamento de debates y/o de Asambleas que aprueba la Asamblea a propuesta de la Junta Directiva entre las principales normas de debates resaltan las siguientes: • Uso de la Palabra • Trámite de mociones • Votaciones y • Procedimientos para la Elección Para evitar confusiones es necesario que la Cooperativa tenga su propio Reglamento de Debates o de Asambleas.
Normas y técnicas parlamentarias MOCION Pedido, asunto por estudiar, propuesta a fin de tomar acuerdo en la Asamblea. Esta debe ser secundada Debate de una moción: procedimiento ordenado, se debe agotar argumentaciones y sustentos
Normas y técnicas parlamentarias Concepto adicional • Una moción es una propuesta alternativa para decidir un curso de acción sobre un momento específico que se discute en una sesión. • Cualquier miembro de la Asamblea puede presentar mociones en forma verbal o escrita. • Las mociones estarán referidas al tema que se discute. • Cualquier moción no relacionada con el tema ESTARÁ FUERA DE ORDEN, y quién dirige la Asamblea esta en plena facultad para no darle trámite.
Moción secundada Al presentar una moción se requiere que por lo menos otro asambleísta secunde la misma, si nadie secunda la moción esta no procede. Para eso se recomienda presentarla después que la Asamblea ha tenido la oportunidad de analizar el asunto en debate. Cuando la moción esta ampliamente discutida se consulta a la Asamblea “SUFICIENTEMENTE DISCUTIDA”, en caso de ser afirmativa a la respuesta, el Presidente pregunta “SE APRUEBA”, dependiendo del número de votos la moción será aprobado o no.
Contra mociones • En la practica tradicional se ha acostumbrado que mientras no sea votada o retirada una moción no se puede discutir otro asunto. • Este procedimiento lleva muchas veces a largas discusiones a nada productivas, especialmente cuando el asambleísta no acepta modificaciones ni retira su moción para dar nuevas respuestas. • Para hacer más eficiente el proceso de toma de decisiones, en la práctica moderna se ha introducido el concepto DE CONTRA MOCION
Normas y técnicas parlamentarias Clases de mociones: - original o principal - de enmienda - cuestiones de orden - asunto sobre la mesa - cuestión previa o cierre del debate - remitir el asunto a un Comité - de reconsideración - de clausura
Normas y técnicas parlamentarias Moción original o principal: Se presenta conforme a lo indicado antes Moción de enmienda: Sirve para modificar, agregar u omitir frases o palabras de la moción principal, sin contradecirla. Debe ser secundada, y luego debatida
Normas y técnicas parlamentarias Moción de cuestiones de orden Cuando ocurre algo incorrecto: lenguaje impropio, desorden, violación de las normas. Moción para dejar asunto en mesa Cuando no se llega a un acuerdo, mucha discusión y no hay acuerdo. - Secundada se procede al voto
Normas y técnicas parlamentarias Cuestión previa o Cierre del debate: Se solicita para cerrar el debate sobre un asunto de prolongada discusión. Secundada se procede a votación (2/3 partes a favor) Moción para remitir un Asunto a Comité: Sirve para derivar un asunto en debate a consideración y estudio de un Comité o Comisión que se nombra o existe
Cuestión previa Es un recurso para el uso de la palabra por parte de cualquier asambleísta, previo al acto de toma de una decisión o de una votación, y cuyo espacio es exclusivo para recordar o llamar la atención sobre algo importante que no es parte de los debates sucedidos.
Cuestión previa No es para sumar o contrarrestar argumentos en una moción o contra moción en discusión, porque se da cuando ya el Presidente ha declarado “SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO”, toda la gente esta preparada para votar y únicamente espera el llamado del Presidente.. Quién use estos recursos debe pedir la palabra en voz alta, diciendo: “cuestión previa señor Presidente”, El presidente estará obligado a concederle la palabra.
Cuestión de Orden Es un recurso que puede usar el asambleísta y también quién preside la sesión en los casos siguientes: • Que alguien este en el uso de la palabra y se desvíe del tema en discusión • Que el Presidente no lo corrija llamándole la atención para que vuelva al tema • Así se da el espacio para la cuestión de orden en el momento en que alguien puede exclamar en voz alta “Cuestión de orden señor Presidente”, termino que automáticamente obliga a callarse al que esta en el uso de la palabra. • La intervención del que llamo al orden debe limitarse a corregir al delegado que se desvío del tema
Normas y técnicas parlamentarias Moción de reconsideración Cuando un asunto ha sido tratado con mucha rapidez o falto información adecuada. Se puede reconsiderar sobre mociones aprobadas o rechazadas. Ver procedimiento Moción de clausura Para levantar la sesión para continuar en un momento dado. Debe ser secundada y no entra a debate, salvo para fijar fecha y lugar de próxima reunión.
Normas y técnicas parlamentarias VOTACION Acto colectivo por el cual se expresa la voluntad de los asambleístas. Acto individual, consciente de dar su voto. Voto de mayoría La mitad mas uno de los votos del total de asistentes • Mayoría simple Es la cantidad mas alta de votos que obtiene una moción y necesariamente no necesita la mitad mas uno Mayoría determinada Cuando se alcanza las dos terceras partes de los votos
Derechos de los Asambleístas • Los afiliados tienen igualdad de derechos en una asamblea no importando su aportación • Todo miembro puede presentar mociones o sus ideas ante la asamblea, discutirlas y usar todos los medios parlamentarios para asegurar sus derechos y el cumplimiento. • No tiene más limitaciones que las establecidas en el Reglamento de debates o de Asambleas. • Merece la protección y respeto del Presidente y la Asamblea en el ejercicio de todos sus derechos como miembro de la Asamblea. • En cualquier momento puede demandar a esa protección y si la presidencia se lo niega puede apelar a la Asamblea. • Si la Asamblea se rehúsa entonces no debe resistirse excepto si se viola la Ley de Cooperativas en cuyo caso debe reservarse el derecho de impugnación
Funciones de los Dirigentes Del Presidente: - Presidir la Asamblea General - Iniciar la Asamblea, a la hora indicada en la citación - Respetar el Reglamento de Asambleas - Mantener el orden y decoro de la reunión - Respetar a los delegados y conceder el uso de la palabra según orden y tiempo establecido - Conocer el procedimiento parlamentario, estatuto y normas internas - Guiarse por la Agenda y actuar con discreción - Concluir la asamblea cuando se pretenda establecer asuntos no previstos - Ser preciso y definido, En caso de empate su voto es dirimente - Seguir de cerca los debates
Funciones de los Dirigentes Del Secretario : -Llevar las Actas de Asambleas y transcribir lo que ocurre en el desarrollo de la asamblea - Escribir un resumen de los puntos mas importantes de la reunión, los informes y mociones principales - Dar lectura al Acta de la reunión anterior y tomar debida nota de las modificaciones o correcciones a la misma - Hacer constar en Actas las palabras exactas de las mociones y el nombre del delegado que la presenta, indicando si fue aprobada o no - Suscribir conjuntamente con el Presidente y dos delegados el Acta de la asamblea - Tener a la mano la Ley de Cooperativas, estatuto, informes, comunicaciones y la lista de los asistentes. Entre las principales -
Deberes de los Delegados Asistir a la Asamblea a la hora fijada en la convocatoria y participar activa y positivamente en el debate Respetar al Presidente del Consejo y demás directivos, respetando el orden de oradores previamente inscritos Contribuir a mantener un ambiente de armonía y de respeto mutuo entre todos los delegados No abandonar la asamblea hasta su finalización o suspensión Aceptar las comisiones que le encargue la Asambleas Verificar el Libro de concurrentes a la Asamblea, así como estar muy atento al desarrollo de la misma
Agenda de la Asamblea Ordinaria Comprobación del quórum Llamada al orden y apertura de la reunión Aprobación de la agenda Lectura y aprobación del acta anterior Lectura de comunicaciones recibidas Lectura y aprobación de informes y memorias Lectura del Dictamen de los Auditores Externos
Agenda de la Asamblea Ordinaria Distribución de los Remanentes y Reserva Cooperativa Aprobación de Dietas de los Directivos Aprobación de Presupuesto del Consejo de Vigilancia y Comité de Educación Elección y juramentación de nuevos directivos Designación de representantes de la Asamblea (acta) Clausura de la Asamblea
Asamblea General Principales atribuciones Aprueba, modifica e interpreta el estatuto Elige y remueve a los miembros de consejos y comités Fija las dietas a los directivos Examina gestión administrativa, financiera y económica Establece el aporte mínimo que debe suscribir el socio Dispone investigaciones y auditorias Resuelve reclamaciones de los socios Impone sanciones a directivos y delegados Acuerda transformación, fusión, escisión o disolución
Responsabilidades de los Delegados Asistencia a las Asambleas Obligación de informarse sobre los asuntos a tratar Votar – Elegir Dejar constancia de su desacuerdo Cumplimiento de encargos Seguimiento del adecuado funcionamiento de los Consejos de Administración y Vigilancia (Art.20 R540- 99) Evaluar las políticas y acciones implementadas para el cumplimiento del Reglamento de Operaciones de las CAC, según lo dispuesto en el art. 20 R540-99
Responsabilidad de los Órganos de Administración ejo de Administración Consejo de Administración Actos contrarios a la Ley Puede * Socios Actos Actos contrarios contrarios a la Ley al estatuto causar * Cooperativa Actos contrarios al estatuto Abuso Abuso dede facultades facultades daño a * Terceros NegligenciaDolograve (Art.33.7 DoloLGC – art. 177 LGS) Gerencia Da lugar a Responsabilidad: Abuso de facultades - Civil Dolo - Penal Negligencia grave - Administrativa Incumplimiento de Obligaciones (Art. 36.1 LGC – art. 190 LGS)
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