LÍNEA DE ARTES DE LA VISUALIDAD - Fondart Nacional - Fondos Cultura
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Fondart Nacional LÍNEA DE ARTES DE LA VISUALIDAD CONVOCATORIA 2019
I. ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA 1. Conceptos y definiciones Para efectos de las presentes Bases, se entenderá por: a) Ministerio: Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. b) Subsecretaría: Subsecretaría de las Culturas y las Artes. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 c) Fondo: Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. d) Personas naturales: Todos los individuos de la especie humana, cualquier sea su edad, sexo, condición o estirpe. e) Personas jurídicas: Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislación vigente, capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente. f) Representante legal: Quien actúa en nombre de una persona jurídica y la representa de un modo reconocido legalmente. Para efectos de la postulación en digital, el representante legal cumplirá las funciones de administrador de la cuenta de la persona jurídica correspondiente. g) Sociedades de hecho: Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurídica. h) Parentesco por Consanguinidad: Es el que existe entre dos personas en el que una desciende de la otra o en el que ambas descienden de un antepasado común. Así, existe parentesco por consanguinidad entre el hijo y el padre, porque el primero desciende del segundo, y entre dos hermanos, porque ambos descienden del padre común. La adopción es tratada igualmente que el parentesco por consanguinidad. i) Línea de Parentesco por Consanguinidad: El parentesco por consanguinidad puede ser en línea recta o en línea colateral. Parentesco por consanguinidad en línea recta es el que existe entre dos personas en el que una desciende de la otra, y parentesco por consanguinidad en línea colateral es el que existe entre dos personas en el que no obstante que una no desciende de la otra, ambas descienden de un antepasado común. Así, existe parentesco por consanguinidad en línea recta entre el hijo y el padre, porque el primero desciende del segundo, y entre el nieto y el abuelo, porque igualmente el primero desciende del segundo, y existe parentesco por consanguinidad en línea colateral entre dos hermanos, porque uno no desciende del otro, pero ambos descienden del padre común, y entre dos primos, porque igualmente uno no desciende del otro, pero ambos descienden del abuelo común. j) Grado de Parentesco por Consanguinidad: El parentesco por consanguinidad en línea recta y en línea colateral se mide en grados. Así, dos personas pueden ser parientes por consanguinidad en línea recta o en línea colateral en 1º, 2º, 3º, 4º o mayor grado. El grado de parentesco por consanguinidad entre dos personas se cuenta por el número de generaciones que existe entre ambas. Para determinar el grado de parentesco por consanguinidad en línea recta entre dos 2
personas, se debe contar el número de generaciones que existe entre ambas, contando desde una a la otra. Así, el hijo y el padre son parientes por consanguinidad en línea recta en 1º grado, porque entre el primero y el segundo existe una generación, y el nieto y el abuelo son parientes por consanguinidad en línea recta en 2º grado, porque entre el primero y el segundo existen dos generaciones. Para determinar el grado de parentesco por consanguinidad en línea colateral entre dos personas, igualmente se debe contar el número de generaciones que existe entre ambas, pero contando desde una al antepasado común y luego desde el antepasado común a la otra. Así, dos hermanos son parientes por consanguinidad en línea colateral en 2º grado, porque del primero al padre común hay un grado y del padre común al segundo hay otro grado, y dos primos son parientes por consanguinidad en línea colateral en 4º grado, porque del primero al abuelo común hay dos grados y del abuelo común al segundo hay igualmente dos grados. k) Responsable del proyecto: Persona natural o jurídica que presenta un proyecto a esta convocatoria, identificándose como responsable del proyecto en el FUP y que suscribirá el convenio de ejecución del proyecto en caso de ser seleccionado. l) Equipo de trabajo: Las personas naturales y jurídicas que participan en un proyecto postulado | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 al presente concurso y que se identifican como integrantes del equipo de trabajo de éste en el Formulario Único de Postulación. m) Perfil Cultura: Registro único de personas naturales y jurídicas que permite acceder a la oferta programática y postular a las convocatorias públicas del Ministerio. Los postulantes, con sus respectivos equipos de trabajo, deberán inscribirse obligatoriamente en este registro para poder acceder al FUP digital y al de soporte material. n) FUP (Formulario Único de Postulación): El FUP es el único formato válido para la formulación de proyectos, el cual permite una disposición ordenada y unificada de la información requerida al proveer al postulante de los campos necesarios para la exposición de su proyecto. El FUP se encuentra disponible en la página web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl. o) FUE (Ficha Única de Evaluación): La FUE es el documento en el cual consta la evaluación del proyecto postulado. En dicha ficha se registrará además si el proyecto es declarado inadmisible, fuera de concurso, no elegible, seleccionado o no seleccionado. La FUE se encuentra disponible en la página web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl. p) Nuevos Medios: Dentro del Ministerio, el área de Nuevos Medios se encuentra dentro de la macro-área de Artes de la Visualidad (Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios). Los nuevos medios se definen como los nuevos lenguajes visuales y de comunicación que usan tecnologías con intensión crítica, experimental o de innovación, redefiniendo estas tecnologías como medios creativos y artísticos, que son utilizadas no sólo como soporte, sino que también como una propuesta estética y reflexiva. Dentro de los nuevos medios, se cuenta el Arte interactivo (trabajos con soporte tecnológico y mediación de componentes electrónicos o analógicos, que generan interacción entre la obra y el espectador), el Arte sonoro (trabajos con el universo sonoro en instalaciones de artes visuales que se desarrollan o exhiben en espacios o contextos vinculados al arte contemporáneo), el mapping/ proyecciones de gran formato (proyección digital de contenidos escalados a arquitecturas, infraestructuras, objetos o paisajes particulares), y las artes mediales (considera tecnologías digitales y electrónicas, cruces entre arte, ciencia y tecnología), entre otros. Los nuevos medios corresponden a una constante experimentación de soportes y/o lenguajes que han permitido expandir el campo de la creación artística, coincidentemente con los avances y transformaciones de las tecnologías de la información y comunicación. Espacio que ha derivado en un campo de emergente investigación, creación y difusión. 3
q) Site-specific: Arte creado especialmente para su interacción con un espacio, situación o contexto determinado, ya sea otra obra de arte, el espectador, una institución o un espacio público. Estas obras pueden tener un carácter efímero o permanente, dependiendo del soporte y el lugar en el que se realicen. Las intervenciones, por lo general, buscan romper con el orden habitual y cotidiano, modificando el entorno en que están insertas. Esta noción deriva del concepto Site-specific, el cual surge en el contexto del arte occidental, a finales de la década de 1960 e inicios de la de 1970, como reacción al mercado artístico y a los ideales de autonomía y universalidad del arte. De modo que los artistas se enfocaron en establecer lo que consideraban una relación inseparable entre la obra y el lugar, asumiendo el espacio de emplazamiento como una realidad tangible que incide directamente en la propuesta artística. Se diferencia de una instalación ya que esta última tiene un carácter efímero. r) Disciplinas artísticas y ámbitos culturales de FONDART financiables en esta Línea: artes visuales, fotografía y nuevos medios. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 2. Introducción Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de Proyectos, Convocatoria 2019, en la Línea de Artes de la Visualidad, ámbito nacional de financiamiento, del Fondo. El Ministerio, a través de la Subsecretaría invita a presentar proyectos para su financiamiento total o parcial, según los gastos y montos máximos financiables y la disponibilidad presupuestaria. El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas: • Registro en Perfil Cultura • Postulación • Admisibilidad • Evaluación • Selección • Firma del Convenio de Ejecución 3. Descripción de la Convocatoria 3.1 Objetivo de la Convocatoria Esta Línea de concurso tiene por objetivo entregar financiamiento total o parcial para proyectos de investigación, creación y producción o sólo producción, así como difusión, que contribuyan al desarrollo del ámbito disciplinario en que se inscriben. Los seleccionados en la presente convocatoria deberán realizar una actividad de difusión del proyecto financiado en establecimientos escolares de educación pública y en las comunidades próximas a ellos, de conformidad a lo que establezca la respectiva Ley de Presupuesto del año 2019. Dicha actividad no podrá ser financiada con recursos del Fondo. Los proyectos que resulten seleccionados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta el Ministerio para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo respectivo. 4
Los seleccionados en la Modalidad de Investigación deberán otorgar a favor del Ministerio una licencia en los términos que se establece en el capítulo V de estas Bases. Asimismo, se deja constancia que los seleccionados deberán cumplir con las demás obligaciones que establezca la respectiva Ley de Presupuesto. No se considerarán proyectos correspondientes a materias, relativas al Fondo para el Fomento de la Música Nacional; al Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y al Fondo de Fomento Audiovisual. Asimismo, serán considerados fuera de convocatoria los proyectos que correspondan principalmente a otras disciplinas artísticas y ámbitos no cubiertos por este Fondo. 3.2 Ámbitos, Modalidades, Submodalidades y Gastos Financiables Los ámbitos, modalidades y submodalidades comprendidas en esta Línea son: Ámbito de Artes Visuales Modalidad de Creación | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción que consideren las acciones que involucran el proceso creativo, tales como investigación para la creación, experimentación, conceptua- lización teórica y práctica, diseño y preparación, como también todos los elementos que impliquen la materialización de una obra o serie de obras y que involucre un proceso creativo de carácter inédito. Los proyectos de Site-specific, deben ser postulados en la modalidad de Exposiciones. Submodalidad de Creación y Producción Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas emergentes en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. En esta submodalidad no podrán postular creadores y artistas con más de 15 años de trayectoria. Submodalidad de Creación de Trayectoria Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas consagrados en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. Los postulantes deben constituirse como un exponente destacado en las artes visuales, con una trayectoria mínima de quince (15) años previos a la presente convocatoria, demostrable a través de la participación en instancias de relevancia disciplinar, tanto nacionales como internacionales, tales como exposiciones realizadas, premios, distinciones, critica, obras en colecciones, etc. Se podrán incorporar los antecedentes de trayectoria y excelencia del equipo del trabajo si hubiere. El responsable del proyecto es quien deberá contar con la trayectoria en el rol en el cual postula. Modalidad de Investigación Financiamiento total o parcial a proyectos de investigación que fomenten el estudio, análisis e investigación en torno al rescate y puesta en valor patrimonial de colecciones tanto públicas como privadas, así como archivos del ámbito de las artes visuales; a proyectos de investigación curatorial que fortalezca el ámbito del desarrollo curatorial y que pudieran ser acogidos para la programación de espacios culturales; a proyectos que fortalezcan la investigación en torno a la reflexión disciplinar de las artes visuales y el desarrollo del pensamiento crítico desde el ámbito del análisis histórico, teórico, estético, técnico, entre otros. 5
Se podrá abarcar entre otras materias, ámbitos vinculados a la investigación, historia, teoría, crítica, curaduría, archivística, rescate histórico y/o patrimonial, documentación, técnicas, conservación, museografía y catalogación. Los proyectos de investigación deben considerar una adecuada difusión. Esta modalidad exige autorización de difusión por parte del Ministerio de, al menos un resumen y un texto que dé cuenta de la investigación (2 carillas), como aporte a la transferencia de conocimiento. Ámbito de Fotografía Modalidad de Creación Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción que consideren las acciones que involucran el proceso creativo, tales como investigación para la creación, experimentación, conceptua- lización teórica y práctica, diseño y preparación, como también todos los elementos que impliquen la materialización de una obra o serie de obras y que involucre un proceso creativo de carácter inédito. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 Los proyectos de site specific, deben ser postulados en la modalidad de Exposiciones. Submodalidad de Creación y Producción Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas emergentes en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. En esta submodalidad no podrán postular creadores y artistas con más de 15 años de trayectoria. Submodalidad de Creación de trayectoria Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas consagrados en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. Los postulantes deben constituirse como un exponente destacado en la fotografía, con una trayectoria mínima de quince (15) años previos a la presente convocatoria, demostrable a través de la participación en instancias de relevancia disciplinar, tanto nacionales como internacionales, tales como exposiciones realizadas, premios, distinciones, critica, obras en colecciones, etc. Se podrán incorporar los antecedentes de trayectoria y excelencia del equipo del trabajo si hubiere. El responsable del proyecto es quien deberá contar con la trayectoria en el rol en el cual postula. Modalidad de Investigación Financiamiento total o parcial a proyectos de investigación que fomenten el estudio, análisis e investigación en torno al rescate y puesta en valor patrimonial de colecciones tanto públicas como privadas, así como archivos del ámbito de la fotografía; a proyectos de investigación curatorial que fortalezca el ámbito del desarrollo curatorial y que pudieran ser acogidos para la programación de espacios culturales; a proyectos que fortalezcan la investigación en torno a la reflexión disciplinar de la fotografía y el desarrollo del pensamiento crítico desde el ámbito del análisis histórico, teórico, estético, técnico, entre otros. Se podrá abarcar entre otras materias, ámbitos vinculados a la investigación, historia, teoría, crítica, curaduría, archivística, rescate histórico y/o patrimonial, documentación, técnicas, conservación, museografía y catalogación. Los proyectos de investigación deben considerar una adecuada difusión. Esta modalidad exige autorización de difusión por parte del Ministerio de, al menos un resumen y un texto que dé cuenta de la investigación (2 carillas), como aporte a la transferencia de conocimiento. 6
Ámbito de Nuevos Medios Modalidad de Creación Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción que consideren las acciones que involucran el proceso creativo, tales como investigación para la creación, experimentación, conceptua- lización teórica y práctica, diseño y preparación, como también todos los elementos que impliquen la materialización de una obra o serie de obras y que involucre un proceso creativo de carácter inédito. Los proyectos de Site-specific, deben ser postulados en la modalidad de Exposiciones. Submodalidad de Creación y Producción Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas emergentes en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. En esta submodalidad no podrán postular los creadores y artistas con más de 8 años de trayectoria. Submodalidad de Creación de trayectoria | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 Financiamiento total o parcial para proyectos de creación y producción inéditos presentados por creadores y artistas consagrados en lenguajes y géneros visuales que financia esta línea. Los postulantes deben constituirse como un exponente destacado en los nuevos medios, con una trayectoria mínima de ocho (8) años previos a la presente convocatoria, demostrable a través de la participación en instancias de relevancia disciplinar, tanto nacionales como internacionales, tales como exposiciones realizadas, premios, distinciones, critica, obras en colecciones, etc. Se podrán incorporar los antecedentes de trayectoria y excelencia del equipo del trabajo si hubiere. El responsable del proyecto es quien deberá contar con la trayectoria en el rol en el cual postula. Modalidad de Investigación Financiamiento total o parcial a proyectos de investigación que fomenten el estudio, análisis e investigación en torno al rescate y puesta en valor patrimonial de colecciones tanto públicas como privadas, así como archivos del ámbito de los nuevos medios; a proyectos de investigación curatorial que fortalezca el ámbito del desarrollo curatorial y que pudieran ser acogidos para la programación de espacios culturales; a proyectos que fortalezcan la investigación en torno a la reflexión disciplinar de los nuevos medios y el desarrollo del pensamiento crítico desde el ámbito del análisis histórico, teórico, estético, técnico, entre otros. Se podrá abarcar entre otras materias, ámbitos vinculados a la investigación, historia, teoría, crítica, curaduría, archivística, rescate histórico y/o patrimonial, documentación, técnicas, conservación, museografía y catalogación. Los proyectos de investigación deben considerar una adecuada difusión. Esta modalidad exige autorización de difusión por parte del Ministerio de, al menos un resumen y un texto que dé cuenta de la investigación (2 carillas), como aporte a la transferencia de conocimiento. Ámbitos de Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios Modalidad de Difusión Financiamiento total o parcial para proyectos de visibilización pública de la o las disciplinas de las artes de la visualidad en medios de comunicación, como: catálogos, publicaciones impresas, revistas espe- cializadas, desarrollo de prensa, piezas audiovisuales, radio y web, entre otros medios de comunicación, que considere un plan de difusión. Se seleccionarán al menos un proyecto de cada disciplina de haber proyectos seleccionables. 7
Esta modalidad no financia circulación de obras. Modalidad de Organización de Festivales y Encuentros Financiamiento total o parcial para proyectos de programación artística en espacios, circuitos y mercados de exhibición, tales como sala de exposición, museos, centros culturales, galerías, ferias nacionales o internacionales, que sean relevantes para el desarrollo de la disciplina y que fomenten a las organización, gestión y producción de festivales y encuentros de artes de la visualidad de carácter temporal. Se seleccionará al menos un proyecto elegible de cada ámbito, en caso que existan proyectos seleccionables. En esta modalidad no se pueden postular exposiciones. Modalidad de Exposiciones Financiamiento total o parcial para la producción de proyectos de exhibición, nacionales o internacionales, que se incluyan en la programación de espacios tales como salas de exposición, museos, centros culturales, galerías o espacios públicos nacionales de carácter temporal o permanente. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 Se deberá incluir una propuesta de mediación. Las exposiciones deben ser en territorio nacional. Se seleccionará al menos un proyecto elegible de cada ámbito, en caso que existan proyectos seleccionables. Esta Línea entregará recursos para financiar gastos de honorarios, operación (incluidos gastos de difusión e imprevistos) e inversión de conformidad con lo que se detalla en el capítulo VI, numeral 1, letra c) de las presentes bases. 3.3 Total de recursos y montos máximos Esta Línea cuenta con un presupuesto total estimado de recursos de $1.260.000.000.- (mil doscientos sesenta millones de pesos chilenos), que corresponden al año 2019 para el financiamiento total o parcial de proyectos seleccionados y respecto de los cuales se suscriba el correspondiente Convenio de Ejecución. Los recursos aprobados para esta convocatoria se encuentran sujetos a disponibilidad presupuestaria. Del total estimado, las modalidades y submodalidades de la presente Línea tendrán la siguiente distribución de recursos: Ámbito de Artes Visuales • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción: $100.000.000.- (cien millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria: $120.000.000.- (ciento veinte millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $110.000.000.- (ciento diez millones de pesos chilenos). Ámbito de Fotografía • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción o sólo Producción: $100.000.000.- (cien millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria: $120.000.000.- (ciento veinte millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $110.000.000.- (ciento diez millones de pesos chilenos). 8
Ámbito de Nuevos Medios • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción o sólo Producción: $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria: $60.000.000.- (sesenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $60.000.000.- (sesenta millones de pesos chilenos). Ámbito de Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios • Modalidad de Difusión: $80.000.000.- (ochenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de organización de Festivales y Encuentros: $150.000.000.- (ciento cincuenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Exposiciones: $200.000.000.- (doscientos millones de pesos chilenos). | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 El monto máximo financiado por el Fondo para cada proyecto presentado para cada modalidad o submodalidad es: Ámbito de Artes Visuales • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción: $25.000.000.- (veinticinco millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria: $60.000.000.- (sesenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $20.000.000.- (veinte millones de pesos chilenos). Ámbito de Fotografía • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción: $25.000.000.- (veinticinco millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación Submodalidad de Creación de Trayectoria: $60.000.000.- (sesenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $20.000.000.- (veinte millones de pesos chilenos). Ámbito de Nuevos Medios • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción: $20.000.000.- (veinte millones de pesos chilenos). • Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria: $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Investigación: $20.000.000.- (veinte millones de pesos chilenos). Ámbito de Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios • Modalidad de Difusión: $20.000.000.- (veinte millones de pesos chilenos). 9
• Modalidad de Organización de Festivales y Encuentros: $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos chilenos). • Modalidad de Exposiciones: $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos chilenos). 3.4 Cofinanciamiento Corresponde a la diferencia entre lo solicitado al Fondo y el monto total requerido para la ejecución del proyecto (monto que incluye los aportes valorados y en dinero) y que pueden ser aportados por el postulante y/o por terceros. Este cofinanciamiento deberá referirse a gastos o bienes y servicios valorados no contemplados en el presupuesto solicitado al Fondo dentro del formulario. En esta Convocatoria no se exige cofinanciamiento. Se deja constancia que el postulante debe cofinanciar ya sea con recursos propios o de terceros, todos los gastos necesarios y que no sean cubiertos por el Fondo, para la ejecución del proyecto. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 3.5 Duración y ejecución de los proyectos Los proyectos postulados a los Ámbitos de Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios, en las Modalidades de Creación, Submodalidad de Creación y Producción, Modalidad de Investigación, Modalidad de Difusión, Modalidad de Organización de Festivales y Encuentros y Modalidad de Exposiciones no podrán superar los 12 meses de duración para su ejecución. Los proyectos postulados a los Ámbitos de Artes Visuales, Fotografía y Nuevos Medios, en la Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación de Trayectoria, deberán tener una ejecución superior a 6 meses, no pudiendo superar los 18 meses para su ejecución. La ejecución de los proyectos deberá realizarse en la cantidad de meses contemplada en el cronograma específico de cada proyecto postulado, de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenio de Ejecución. Los proyectos postulados a las Modalidades de Creación, Modalidad de Investigación y Modalidad de Difusión deberán tener principio de ejecución durante el año 2019 y a partir del día 01 de marzo. Por su parte los proyectos postulados a las Modalidades de Organización de Festivales y Encuentros y Modalidad de Exposiciones deberán tener principio de ejecución durante el año 2019 y a partir del día 01 de enero. 10
VISTA GENERAL DE ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA Cofinan- Monto ciamiento máximo por obligato- Gastos Ámbito Modalidad Submodalidad proyecto rio Financiables Dura-ción $25.000.000 (veinticinco Creación y Hasta 12 millones Honorarios, Producción meses de pesos operación chilenos) (incluidos gastos Creación No se exige $60.000.000 de difusión e (sesenta imprevistos) e Superior a 6 Artes Creación de inversión millones y hasta 18 Visuales Trayectoria de pesos meses | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 chilenos) Honorarios, $20.000.000 operación (veinte (incluidos gastos Hasta 12 Investigación n/a millones No se exige de difusión e meses de pesos imprevistos) e chilenos) inversión $25.000.000 (veinticinco Creación y Hasta 12 millones Honorarios, Producción meses de pesos operación chilenos) (incluidos gastos Creación No se exige $60.000.000 de difusión e (sesenta imprevistos) e Superior a 6 Creación de inversión millones y hasta 18 Fotografía Trayectoria de pesos meses chilenos) Honorarios, $20.000.000 operación (veinte (incluidos gastos Hasta 12 Investigación n/a millones No se exige de difusión e meses de pesos imprevistos) e chilenos) inversión 11
Cofinan- Monto ciamiento máximo por obligato- Gastos Ámbito Modalidad Submodalidad proyecto rio Financiables Duración $20.000.000 (veinte Creación y Hasta 12 millones Honorarios, Producción meses de pesos operación chilenos) (incluidos gastos Creación No se exige $40.000.000 de difusión e (cuarenta imprevistos) e Superior a 6 Creación de inversión Nuevos millones y hasta 18 Trayectoria Medios de pesos meses chilenos) Honorarios, $20.000.000 | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 operación (veinte (incluidos gastos Hasta 12 Investigación n/a millones No se exige de difusión e meses de pesos imprevistos) e chilenos) inversión Honorarios, $20.000.000 operación (veinte (incluidos gastos Hasta 12 Difusión n/a millones No se exige de difusión e meses de pesos imprevistos) e chilenos) inversión Honorarios, Artes $50.000.000 operación Visuales, Organización (cincuenta (incluidos gastos Hasta 12 Fotografía de Festivales n/a millones No se exige de difusión e meses y Nuevos y Encuentros de pesos imprevistos) e Medios chilenos) inversión Honorarios, $50.000.000 operación (cincuenta (incluidos gastos Hasta 12 Exposiciones n/a millones No se exige de difusión e meses de pesos imprevistos) e chilenos) inversión 3.6 Quiénes pueden postular Podrán postular a esta Línea: Personas Naturales: De nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que sean mayores de 18 años. 12
Personas Jurídicas: Chilenas de derecho público o privado, con o sin fines de lucro. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho. 3.7 Incompatibilidades Son incompatibles para postular, las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) Las autoridades del Ministerio, así como los(as) trabajadores(as) del Ministerio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los (as) trabajadores(as) del Ministerio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias públicas. b) Personas que cumplan labor de miembros del Comité de Especialistas y/o Jurados de esta Línea. c) Personas jurídicas con fines de lucro en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en las letras anteriores. Al momento de postular, debe indivi- | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 dualizarse al constituyente, socios o accionistas de la persona jurídica que postula; d) Personas naturales y jurídicas, con o sin fines de lucro, siempre que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a algunas de las personas referidas en las letras a) y b). Al momento de postular, deberá individualizarse al equipo de trabajo del proyecto; e) Ser cónyuge o conviviente civil; o tener parentesco por consanguinidad hasta segundo grado en línea recta y hasta segundo grado en línea colateral, con cualquiera de los integrantes del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, o con funcionarios directivos del Ministerio, hasta el equivalente a grado cuatro (4) en la escala funcionaria; y f) Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Órganos y Servicios Públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales y las Empresas Públicas creadas por Ley). Se exceptúan de esta restricción las Municipalidades y Establecimientos de Educación Superior Estatales. Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que afecta a alguna persona, ésta se considerará hábil para postular, pudiendo presentar su postulación mientras se encuentre abierto el periodo de recepción de proyectos siempre y cuando no haya postulado con antelación al cese de la incompatibilidad. La Subsecretaría revisará, durante todo el proceso y hasta la firma del Convenio de Ejecución inclusive, que los postulantes no estén afectos a ninguna de las causales de incompatibilidad señaladas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estén afectos a alguna incompatibilidad, sus proyectos quedarán fuera de la Convocatoria. Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes. 4. Aspectos generales de la Convocatoria 4.1 Período de Convocatoria y lugar de presentación Los postulantes podrán presentar sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes bases, desde el día 31 de mayo de 2018, hasta las 17:00 horas de Santiago de Chile del día 18 de julio de 2018. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo. 13
Esta misma regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la cual se acreditará según fecha de envío estampada en el sobre, por parte de la oficina de correos de origen. Se deja constancia que el postulante y el equipo de trabajo, en caso que éste exista, deberá(n) ingresar obligatoriamente sus datos en “Perfil Cultura”. Los proyectos postulados a través de FUP vía digital deberán ser enviados a través de la página web www.fondosdecultura.gob.cl. Los proyectos postulados a través de FUP vía soporte papel deberán ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envío por correo certificado en las sedes de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. El costo de envío deberá ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se considerarán como no presentadas. 4.2 Notificaciones de la Convocatoria El responsable del proyecto deberá indicar en el FUP el medio preferente de notificación de las distintas | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, la selección o no selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de convocatoria. Para esto, podrá señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indique, se entenderá que optan por notificación por carta certificada. Para efectos de asegurar la debida comunicación de los resultados de la postulación, si el responsable del proyecto opta por notificación vía correo electrónico deberá indicar dos direcciones distintas, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción. Asimismo, si opta por notificación vía carta certificada, deberá indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo. Se hace presente que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del notificado; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día y hora de su válido envío por parte de la Subsecretaría. 4.3 Orientación e información La Subsecretaría, a través de la Secretaría del Fondo y de sus respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, entregará orientación e información a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulación a la presente Convocatoria y propenderá a proveer a los(as) postulantes de medios electrónicos que les permitan su postulación, así como para conocer el estado de avance y evaluación final del proyecto. Asimismo, podrán realizar sus consultas a través de los mecanismos que la Subsecretaría informe oportunamente (correo electrónico, call center u otros). 4.4 Constatación del cumplimiento de bases La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo desde la recepción de las postulaciones hasta la firma de Convenio de Ejecución inclusive, es decir, operan durante toda la Convocatoria. De constatarse algún incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulación quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de: 14
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección del proyecto. Se dejará constancia de esto en la FUE, lo que será formalizado a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes o por quien ejerza sus funciones. Dicho acto administrativo se notificará a los interesados en conformidad a la ley. • La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección del proyecto, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N°19.880. Si se constata alguna conducta de un postulante que a juicio de la Subsecretaría atenta contra el correcto funcionamiento de cualquiera de las convocatorias públicas de los Fondos administrados por la Subsecretaría, los proyectos quedarán fuera de bases a través del mismo proceso arriba señalado. A modo ejemplar, si se constata la postulación de proyectos que evidencien el mismo contenido (aun cuando existan diferencias formales en lo concerniente al Fondo, Línea, Modalidad, Fuente del Cofinan- ciamiento u otro o en relación al financiamiento de otras entidades públicas) con el objeto de obtener financiamientos múltiples quedarán fuera del proceso de la convocatoria. En caso que no sea posible acreditar que fue con dicho objeto, la Subsecretaría sólo considerará la última postulación presentada, | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 según la hora y fecha en que se efectuó la postulación, considerándose las demás fuera de bases. Se deja constancia que el postulante, dentro del periodo de postulación, podrá eliminar sus proyectos enviados a través de la herramienta habilitada en la plataforma. A los postulantes declarados fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, les asiste el derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución al postulante. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley. 4.5 Aceptación de condiciones y deber de veracidad Por la sola presentación de proyectos a esta convocatoria se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases. Los postulantes deberán dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución del proyecto. Al momento de presentar el proyecto, el postulante declara bajo juramento que toda la información contenida en su proyecto es verídica y da fe de su autenticidad. La Subsecretaría se reserva el derecho de verificar dicha información y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulación será declarada fuera de convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase información que pudiese revestir caracteres de delito, la Subsecretaría remitirá los antecedentes al Ministerio Público. 15
II. POSTULACIÓN DE LOS PROYECTOS 1. FUP vía digital Los proyectos postulados a través de este medio deberán ser enviados a través de la página web www.fondosdecultura.gob.cl. El postulante deberá seguir los siguientes pasos: 1. Registrarse tanto él como su equipo de trabajo, en caso que éste exista, en “Perfil Cultura”, plata- forma de registro habilitada en www.fondosdecultura.gob.cl. Para estos efectos deberá requerir una clave en el sitio web indicado. Se deja expresa constancia que se deberán completar todos los campos obligatorios; 2. Una vez que el postulante y el equipo de trabajo haya completado su registro en “Perfil Cultura”, deberá seleccionar el Fondo, Línea, Modalidad y Sub-modalidad correspondientes en cada caso; | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 3. Completar el FUP según requisitos y condiciones establecidas en él y en las presentes bases, lo que incluye adjuntar los Antecedentes Obligatorios de Evaluación y Antecedentes Adicionales de Evaluación que se estimen convenientes; y 4. Validar y enviar el proyecto. Tras completar estos pasos el postulante podrá enviar su proyecto a través de la plataforma digital dispuesta en la página web. Antes del envío, el portal revisará que los campos obligatorios del FUP hayan sido completados, para luego exigir al postulante que valide y consienta el envío. Cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital deberá ser adjuntado en algunas de las extensiones de archivo que se señalan en el respectivo FUP destinado para esta Convocatoria. El tamaño individual de cada archivo adjuntado no podrá exceder los 100 MB, y deberá ser acompañado sin clave y sin comprimir, es decir, no puede ser enviado en ficheros de archivos como Zip, Rar, Tar, Dmg, 7z, etc. Asimismo tampoco se permitirá adjuntar los documentos obligatorios señalados en las presentes bases a través de links. Los documentos en Pdf podrán contener más de una página siempre y cuando todas sean parte de un mismo archivo. Si los archivos no cumplieran con los requisitos mencionados, se considerarán como no presentados. Será responsabilidad del postulante verificar que éstos cumplan con los requisitos exigidos, liberando de toda responsabilidad a la Subsecretaría. La postulación se entenderá completada con su envío a través de la plataforma digital. Para ello, el sistema emitirá un certificado de recepción, indicando la fecha, hora y número de Folio correspondiente. Se deja constancia que este certificado de recepción no constituye admisibilidad. Se deja constancia que la plataforma de postulación, durante la presente convocatoria, estará sujeta a mantención preventiva con la finalidad de mejorar su rendimiento. De ser necesaria dicha mantención, ésta se efectuará de manera semanal los días sábados en horario de 04:00 a 06:00 hrs., lo que será informado oportunamente a través del sitio www.fondosdecultura.gob.cl. 16
2. FUP vía soporte papel Atendiendo a las distintas condiciones de acceso para los postulantes que por razones geográficas tengan dificultades para postular vía plataforma digital, la Subsecretaría pone a disposición un mecanismo de postulación vía soporte material. Los proyectos postulados vía soporte material deberán ser formulados en la versión descargable del FUP, que se encuentra disponible para descarga en www.fondosdecultura.gob.cl. Aquellas personas que no puedan acceder a Internet y descargar el FUP podrán retirarlo en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspondiente. Los proyectos deberán ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades: 1. Acompañar el FUP al comienzo del proyecto con sus campos completados de forma completa, clara y legible. En caso que se haga en manuscrito se ruega hacerlo en letra imprenta. 2. Forma parte del FUP, el formulario de registro “Perfil Cultura”, el cual debe ser completado | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 obligatoriamente por el responsable del proyecto y su respectivo equipo de trabajo. Se deben también incorporar todos los antecedentes obligatorios que establece el registro “Perfil Cultura” y adicionales que se estimen convenientes. 3. El proyecto impreso debe incorporar los antecedentes obligatorios de evaluación y los antecedentes adicionales de evaluación que se estimen convenientes. 4. Se sugiere numerar las páginas. 5. Se debe entregar 3 copias del proyecto, con todos sus antecedentes. Los documentos en archivos de sonido o video u otros que por su naturaleza no sean impresos deberán adjuntarse en CD, DVD o soporte con puerto USB. Estos medios de respaldo de información deberán acompañarse en cada una de las copias. En el caso de CD o DVD deberá indicarse el nombre del postulante y del proyecto en sus respectivas carátulas. El postulante deberá preocuparse de que los soportes de información y las copias no se separen, utilizando mecanismos de resguardo que eviten su extravío, tales como fundas archivadoras para documentos y/o sobres tamaño carta u oficio anillados. Los proyectos podrán ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envío por correo certificado en las sedes de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio El costo de envío deberá ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se considerarán como no presentadas. Se considerará como fecha de presentación de la postulación física la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos de origen. 3. Antecedentes El postulante deberá incorporar en el FUP distintos tipos de antecedentes que respaldarán su proyecto. A continuación, la definición de cada una de estas categorías y el listado de antecedentes exigidos en cada una de ellas. 17
a) Antecedentes Obligatorios de Evaluación Los Antecedentes Obligatorios de Evaluación son aquellos documentos indispensables para la pos- tulación de proyectos y para la evaluación de éstos. La lista de documentos tiene carácter taxativo: en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulación será declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a estas bases se considerarán como no presentados. Los antecedentes obligatorios deberán ser presentados en idioma español. Los documentos obligatorios presentados en otro idioma, y que no se encuentren acompañados por traducción, serán considerados como no presentados, por lo que la postulación será inadmisible. Basta con una traducción simple. Modalidad de Creación, Submodalidad de Creación y Producción 1. Propuesta creativa: Documento gráfico que describa la obra a realizar, puede contener dibujos, croquis, esquemas o bocetos con apuntes de detalles esenciales y generales de la propuesta. Como complemento a este documento se podrán presentar referencias fotográficas, visuales u otras que colaboren a clarificar la propuesta creativa. | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO | Bases Fondart Nacional | Línea de Artes de la Visualidad | CONVOCATORIA 2019 2. Compromisos de exhibición y/o difusión: Documento firmado por el administrador, director u otro encargado de aquellos espacios, infraestructuras o medios de comunicación existentes, señalados en la formulación y que sean parte de la estrategia de difusión, o cotización del espacio, infraestructura o medios de comunicación indicados en la formulación del proyecto. Sólo en el caso que el soporte lo constituya un medio de difusión no existente (ejemplo: un sitio web) y que será desarrollado por el proyecto en concurso, no se solicitará dicho documento. 3. Autorización o cesión de derechos de autor (si corresponde): Autorización o cesión de derechos de autor (si corresponde): Si el proyecto comprende el uso de obras protegidas por el derecho de autor cuyos titulares son personas, naturales o jurídicas, distintas del postulante, deberá adjuntarse una autorización o una cesión expresa del titular de los derechos de autor sobre la obra. Si se adjunta una autorización, esta deberá contener, al menos, la identidad de quien otorga la autorización y la de quien la recibe, así como la forma de uso de la obra protegida por el derecho de autor cuya autorización se otorga y el plazo de duración de la autorización. Adicionalmente, podrá indicar la remuneración y forma de pago, el número mínimo o máximo de espectáculos o ejemplares autorizados o si son ilimitados, el territorio de aplicación y todas las demás cláusulas limitativas que el titular del derecho de autor imponga, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual. Si se adjunta una cesión, ésta deberá constar en instrumento público o instrumento privado autorizado ante Notario y deberá estar inscrita en el registro del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural del Ministerio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley indicada. 4. Individualización de directores, administradores, representantes, constituyentes, accionistas y/o socios titulares, según sea el caso (si corresponde): En el caso de que el postulante sea una persona jurídica con fines de lucro, deberá acompañar una nómina en que se individualice a sus directores, administradores, representantes, constituyentes, accionistas y/o socios titulares, según corresponda. 5. Cartas de compromiso de los integrantes del “equipo de trabajo” (si corresponde): Se deberá acompañar una carta de compromiso firmada por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo incluido dentro de la postulación, donde se indique claramente su aceptación y participación dentro del proyecto postulado. Este documento deberá ser ingresado en la sección “Equipo de trabajo” dentro del Formulario Único de Postulación (FUP). 18
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