Nuevas medidas contra el COVID - 19 en Bogotá D.C - ENERO 2021 - 19 en Bogotá D.C.

Página creada Ezequiel Landry
 
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Nuevas medidas contra el COVID - 19 en Bogotá D.C - ENERO 2021 - 19 en Bogotá D.C.
Nuevas medidas contra el COVID - 19
         en Bogotá D.C.

             ENERO 2021
Nuevas medidas contra el COVID - 19 en Bogotá D.C - ENERO 2021 - 19 en Bogotá D.C.
Nuevas medidas contra el COVID en Bogotá D.C.

Por orden impartida en el Decreto Distrital 007        Únicamente       podrán      operar     los
de 2021, las localidades de Suba, Usaquén y            establecimientos    comerciales   que    se
Engativá estarán en cuarentena. La                     dediquen al    desarrollo de las siguientes
cuarentena comenzó a las 00:00 a.m. del                actividades esenciales:
martes 5 de enero y termina a las 00:00 a.m.
del lunes 18 de enero.                                 o   Servicios de salud y veterinaria.

Bajo la orden de cuarentena, sólo podrán               o   Cuidado de personas y animales.
salir de sus residencias aquellas personas que
desarrollen las siguientes actividades:                o   Abastecimiento          y   distribución   de
                                                           combustible.
o      Comprar         o       recibir     comida,
       medicamentos u otros bienes de primera          o   Producción,    abastecimiento,   almac-
       necesidad. Pero lo tendrán que hacer                enamiento, transporte, comercialización
       entre las 05:00 a.m. y las 07:59 p.m.               o distribución de bienes de primera
                                                           necesidad     –   alimentos,    bebidas,
o      Ejercicio al aire libre durante una hora al         medicamentos,     dispositivos médicos,
       día.                                                aseo, limpieza, bienes necesarios para
                                                           atender la emergencia sanitaria y bienes
o      Fuerza mayor o extrema necesidad.                   de consumo ordinario en la población y
       Deberán presentar evidencia de dicha                sus mascotas.
       circunstancia a la policía.
                                                       o   Comercio electrónico de bienes y
o      Deban mudarse a una nueva vivienda                  mercancías. Esta excepción incluye la
       por fuerza mayor.                                   recepción,    clasificación,  despacho,
                                                           transporte y entrega. El envío y entrega
o      Tengan programados viajes fuera de la               de estos productos podrá realizarse en
       ciudad.                                             locales de drop-off o mediante los
                                                           vehículos habilitados para prestar tales
o      Trabajen en algún establecimiento                   servicios.
       comercial exceptuado de la cuarentena,
       según se listan a continuación.                 o   Restaurantes y     negocios  similares
                                                           mediante domicilios y /o compra para
o      Trabajen en alguna de las siguientes                llevar .
       actividades   esenciales, debiendo
       acreditarlo:                                    o   Operación, mantenimiento, soporte y
                                                           emergencias       de   servicios públicos
i.     Servicios de salud y atención sanitaria.            domiciliarios, telecomunicaciones y BPO.
ii.    Cuidado de adultos mayores, menores
       de edad, dependientes enfermos,                 o   Servicios funerarios.
       personas con discapacidad o personas
       vulnerables.                                    o   Servicios bancarios, financieros,transporte
iii.   Orden público y seguridad general.                  de valore, operadores postales de pago
iv.    Actividades       que      garanticen      la       centrales de riesgo y compra y venta de
       protección de derechos fundamentales,               divisas.
       colectivos y actuaciones administrativas.
v.     Aviación civil y servicios aeroportuarios.      o   Centros de diagnóstico automotor.
Nuevas medidas contra el COVID en Bogotá D.C.

o Actividades      notariales, inmobiliarias,       compra y venta de repuestos y accesorios
  expedición de licencias urbanísticas y de         para bicicletas.
  registros públicos.
                                                  Los centros comerciales o almacenes de
o Vigilancia privada.                             cadena, podrán abrir siempre y cuando al
                                                  menos la mitad de su área esté destinada
o Los    servidores     públicos,  contratistas   para el comercio de bienes esenciales. Los
  estatales y demás personal que ejerzan          centros comerciales que abran al público
  funciones relacionadas con la emergencia        sólo podrán operar locales comerciales
  sanitaria y garantizar el funcionamiento de     destinados a la provisión de servicios
  los servicios del Estado.                       esenciales.

o Programas sociales indispensables       que     Ley Seca
  requieren continuidad del servicio.
                                                  La venta presencial y el consumo de licor en
o Canales de televisión, estaciones de radio,     espacio público estará prohibida en toda la
  prensa escrita, digital, y distribuidores de    ciudad desde las 06:00 p.m. del viernes 8 de
  medios de comunicación.                         enero hasta las 05:00 a.m. del martes 12 de
                                                  enero. En las localidades en cuarentena,
o Ejecución de obras civiles públicas que se      habrá una jornada de prohibición adicional
  adelanten en la localidad.                      desde las 06:00 p.m. del viernes 15 de enero
                                                  de 2021 hasta las 11:59 p.m. del domingo 17
o Obras civiles privadas, incluyendo las          de enero. Sin embargo, la venta de licor por
  remodelaciones, y su cadena de insumos.         domicilio podrá continuar libremente.

o Mantenimiento        indispensable       de     Pico y Cédula
  empresas, plantas industriales o minas, que
  por la naturaleza de su proceso productivo      Se mantiene las medidas del pico y cédula
  requieran     mantener     su    operación      para la entrada a establecimientos de
  ininterrumpidamente.                            comercio en toda la ciudad.

o Industria hotelera.

o Servicio público de transporte.

o Taxis solicitados telefónicamente o a través
  de plataformas para la realización de
  alguna de las anteriores actividades.

o Misiones  diplomáticas       o    consulares
  acreditadas.

o Fabricación, reparación, mantenimiento,
***

El presente Boletín Legal se ha basado
en una interpretación razonable de la
normatividad citada, la información
brindada no se considerará como una
opinión legal en particular.

Para    más     información,   puede
comunicarse con Andrés Montoya al
correo andres.montoya@phrlegal.com

                 ***
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