POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - UNIDAD DE EVALUACIÓN MÉDICA SUBDIR.DIRSAPOL.PNP ÁREA DE EVALUACIÓN MÉDICA.

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POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - UNIDAD DE EVALUACIÓN MÉDICA SUBDIR.DIRSAPOL.PNP ÁREA DE EVALUACIÓN MÉDICA.
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

UNIDAD DE EVALUACIÓN MÉDICA
    SUBDIR.DIRSAPOL.PNP
   ÁREA DE EVALUACIÓN MÉDICA.

   PLAN DE OPERACIONES N°001-2021.
DIRSAPOL.SUBDIR- UNIEVMED-AREA FEMA.

                                       1-29
DIRSAPOL
                                                     SUBDIR- UNIEVMED
                                                     02ENE2021
                                                     SURQUILLO

PLAN DE OPERACIONES N°. 001-2021-DIRSAPOL.SUBDIR-
OFISECOM-UNIEVMED PARA LA EJECUCIÓN DE LA FICHA
MÉDICA ANUAL (FEMA) PARA EL PERSONAL PNP AÑO 2021.

La Unidad de Evaluación Médica, a través de la Jefatura del Área de Evaluación
Médica Policial es la encargada de planear, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar
el óptimo desarrollo del examen de aptitud psicosomático del personal de la Policía
Nacional del Perú. Considerando las particularidades que conlleva la situación
actual de la emergencia sanitaria debido al Coronavirus (COVID-19).

I.    ORGANIZACIÓN
      A.     COMANDO
             1.     COMANDO GENERAL
                    General S PNP. Director de Sanidad Policial.
             2.     COMANDO OPERATIVO
                    ⮚      General SPNP. Sub Director de Sanidad Policial PNP.
                    ⮚      Coronel SPNP. Jefe de la UNIEVMED SUBDSP-
                           DIRSAPOL.
                    ⮚      Coronel SPNP. Jefe de Área FEMA UNIEVMED-
                           SUBDSP-DIRSAPOL.
                    ⮚      Coronel SPNP. Jefes de las MACRO REGIONES de
                           Salud Policial a Nivel Nacional.
                    ⮚      Jefes de Policlínicos PNP a Nivel Nacional
                    ⮚      Jefes de Postas Médicas a Nivel Nacional.

      B.     FUERZAS
             Propias
             > Personal de la Unidad de Evaluación Médica.
             > Personal de las Unidades de Salud PNP a Nivel Nacional.

II.   BASE LEGAL

      1. Constitución Política del Perú de1993
      2. Ley Nº 12633, que señala la forma en que el estado atenderá a los
         Jefes, Oficiales y Tropa de los Institutos Armados, Guardia Civil, Guardia
         Republicana y Cuerpo de Investigaciones atacados de tuberculosis o de
         otras dolencias a largo plazo.
      3. Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

                                                                                2-29
4. Decreto Legislativo N° 1267 - Ley de la Policía Nacional del Perú.
5. Decreto Legislativo N° 1149 - Ley de la carrera y situación del personal
   de la Policía Nacional del Perú y sus modificatorias.
6. Decreto Supremo N°009-2016-DE del 24JUL2016, Reglamento General
   para determinar la Aptitud Psicosomática para la permanencia en
   Situación de Actividad del Personal de las Fuerzas Armadas y de la
   Policía Nacional del Perú.
7. Decreto Supremo N°008-2020-SA del 11MAR2020, Decreto Supremo
   que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de
   noventa (90) días calendarios y dicta medidas de prevención y control
   del COVID-19.
8. Decreto Supremo N°009-2021-SA del 18FEB2021, Decreto Supremo
   que prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo
   N° 008-2020-SA, prorrogada por Decreto Supremo N°020-2020-SA,
   N°027-2020-SA y N°031-2020-SA, por un plazo de ciento ochenta (180)
   días calendarios, la emergencia sanitaria declarada por el Decreto
   Supremo N°008-2020-SA.
9. Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM del 15MAR2020, Decreto Supremo
   que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves
   circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote
   del COVID-19.
10. Decreto Supremo Nº184-2020-PCM del 29NOV2020, que declara
    Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que
    afectan la vida de las personas a consecuencias de la COVID-19 y
    establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva
    convivencia social, en su Única Disposición Complementaria deroga al
    Decreto Supremo N°044-2020-PCM y a todos los Decretos Supremos
    que la modifican, declarando el Estado de Emergencia Nacional.
11. Con Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM se prorroga el Estado de
    Emergencia Nacional declarada mediante Decreto Supremo N° 184-
    2020-PCM, prorrogado por Decreto supremo N°201-2020-PCM y
    Decreto Supremo N°008-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días
    calendarios, a partir del lunes 1 de marzo del 2021, por las graves
    circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la
    COVID-19.
12. Resolución Ministerial N°252-2006/MINSA del 15MAR2006, que
    aprueba el nuevo formato del Certificado de Discapacidad.
13. Resolución Directoral N°507-2010–DIRGEN/EMG. Del 31MAY2010, que
    aprueba la Directiva N°18-26-2010-DIRGEN-PNP/DIRSAL-B. ¨Normas y
    Procedimientos que regulen el Proceso de Evaluación Médica Anual
    (FEMA) del personal en Situación de Actividad de la Policía Nacional del
    Perú.
14. Resolución       Directoral     N°807-2015-DIRGEN/EMG-PNP.              del
    17OCT2015, que aprueba la Directiva N° 01-23-2015-DIRGEN-
    PNP/DIREJEPER-B. Normas y procedimientos que regulan el uso de
    tatuajes por el personal de la Policía Nacional del Perú, desde el Proceso
                                                                           3-29
de Admisión, Reingreso, Reincorporación y permanencia en la
            institución.

III.   MISIÒN

       El Plan de Operaciones tiene como misión normar y establecer
       procedimientos para la ejecución del Examen de Evaluación Médica Anual
       (FEMA-2021) a nivel nacional, para el Personal de Oficiales y Suboficiales
       de Armas y Servicios PNP Aptos para Ascenso en situación de actividad,
       Personal PNP de DIRAVPOL, Personal PNP que conducen Vehículo
       Policial con Licencia de conducir vencida y otros que la Superioridad
       disponga, teniendo en consideración la emergencia sanitaria por la COVID-
       19.

IV.    EJECUCIÓN

       A. CONCEPTO DE LA OPERACIÓN
         Las acciones que desarrollarán para la evaluación médica anual se
         efectuarán con las especialidades médicas establecidas en la normativa
         correspondiente y las medidas de bioseguridad ante la emergencia sanitaria
         por la COVID-19.

       B. FASES:

         1. ANTES:

            a. Convocatoria y participación
              1) La Dirección de Sanidad Policial, es la encargada de convocar a
                 nivel nacional, la participación del personal PNP en actividad al
                 proceso de Evaluación Médica Anual.
              2) La participación del proceso de evaluación médica anual tiene el
                 carácter OBLIGATORIO para el personal PNP.
              3) Con Decreto Supremo N° 008-2020-SA del 11 de marzo del 2020
                 se decretó el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, que
                 dicta medidas de prevención y control del COVID-19, la cual ha sido
                 prorrogada con el DS. Nº036-2021-PCM, por el plazo de treinta (30)
                 días calendario, a partir del jueves 01 de abril de 2021.

              4) Con     la  Disposición     de    Comando      Nº2729-2020-
                 SCGPNP/CENOPPOL de fecha 21MAY2020; Se autorizó el inicio
                 de FEMA 2020 a los postulantes que se encontraban aptos para
                 ascenso 2020 PROM 2021, teniendo en cuenta los siguientes
                 aspectos:

                    - Se tenga en consideración la FEMA 2019 para los postulantes
                      que se presentan para el proceso año 2020 PROM. 2021.

                    - Los Postulantes que se presentan al Proceso de Ascenso Año
                      2020- Promoción 2021, que han sido declarados inaptos, así
                                                                               4-29
como los que no hayan pasado FEMA el año 2019 por
      diferentes razones, deberán pasar FEMA en el presente año.

     - Los Postulantes que se presentan al Proceso de Ascenso Año
       2020-Promocion 2021 que hayan sido declarado inaptos o que
       no hayan pasado FEMA el año 2019 y que se encuentren dentro
       del grupo de personas con riesgo para la COVID-19 deberán
       pasar FEMA el presente año.

5) Se Sugiere que, para el FEMA del presente año (2021), se tome
   en cuenta las mismas consideraciones dadas en la Disposición
   de Comando mencionado en el numeral anterior, por la
   prórroga de la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto
   Supremo Nº058-2021-PCM, y ante posible tercera ola
   pandémica por la COVID-19:
     - Se tenga en consideración la FEMA 2019-2020 para los
       postulantes que se presentan para el proceso año 2021
       Promoción 2022.

     - Los Postulantes que se presentan al Proceso de Ascenso
       Año 2021-Promoción 2022, que han sido declarados
       inaptos, así como los que no hayan pasado FEMA el año
       2019-2020 por diferentes razones, deberán pasar FEMA en
       el presente año.

     - Los Postulantes que se presentan al Proceso de Ascenso
       Año 2021-Promocion 2022 que hayan sido declarado
       inaptos o que no hayan pasado FEMA el año 2019-2020 y
       que se encuentren dentro del grupo de personas con riesgo
       para la COVID-19 deberán pasar FEMA el presente año.

6) El personal de la DIRAVPOL pilotos tripulantes etc., previa
   documentación sustentatoria pasaran FEMA el presente año, previa
   coordinación con la UNIEVMED.

7) El personal que maneja vehículo Policial para renovar su Licencia
   de Conducir vencida, pasara FEMA el presente año presentando su
   constancia de haber aprobado su examen de Manejo Policial con
   fecha no menor a 60 días y copia de licencia vencida, asimismo las
   Unidades Policiales y/o Comandancias correspondientes, deberán
   remitir la relación del Personal Policial que se encuentra realizando
   la función de chofer en vehículos policiales y/o motorizados.

8) La Dirección de Sanidad Policial, a través de la UNIEVMED
   realizará la FEMA desde el 01 de Mayo hasta el 31 de Julio del 2021
   para el personal de Oficiales y Suboficiales de Armas y Servicios
   PNP Aptos para Ascenso en Situación de Actividad y para el
   Personal PNP de la DIRAVPOL, previa coordinación con la
   UNIEVMED, así como también para Personal PNP que Conduce
   Vehículo Policial con Licencia Vencida desde el 01 de Setiembre
   hasta el 30 de Octubre del 2021, según cronograma, haciendo uso
                                                                  5-29
de los recursos disponibles (Anexo N.º01), en las Unidades
       Asistenciales de Salud de la Sanidad Policial que la
       Superioridad disponga, teniendo en cuenta la Pandemia por la
       COVID-19.

    9) La evaluación médica anual en provincia se ejecutará en todas las
       Unidades Asistenciales de Salud PNP que cuenten con el Área de
       Ficha Medica, para la agilización del proceso y apoyar el sistema de
       descentralización de la atención al personal PNP, de acuerdo al
       cronograma establecido.

   10) Los Jefes de todas las dependencias policiales tendrán la
       responsabilidad de programar la concurrencia obligatoria del
       personal a su mando a las Áreas de Ficha Médica de las Unidades
       Asistenciales de Salud PNP en todo el país.

   11) La asistencia se llevará a cabo tomando en cuenta la programación
       de FEMA por el estado de emergencia sanitaria por la pandemia del
       coronavirus (COVID-19).

  b. Identificación, registro y apertura de la Ficha Médica Anual:

    1) Los efectivos PNP se presentan para brindar información sobre
       sus datos de filiación, los mismos que son registrados en el área
       de procesamiento de Ficha Médica de la UNIEVMED-SUBDIR-
       DIRSAPOL.

    2) En las Dependencias Asistenciales de Salud PNP designadas
       para brindar Servicio de Evaluación Médica Anual, el personal
       encargado de la apertura de la FEMA procederá a identificar al
       efectivo PNP mediante su Carnet de Identidad Personal (CIP)
       ACTUALIZADO.

    3) En la FEMA se colocará la fotografía del personal Policial a color
       con fondo blanco (uniforme Nº03) tamaño PASAPORTE,
       ACTUALIZADA, consignando el sello redondo en el costado
       izquierdo teniendo especial cuidado de no cubrir ningún dato,
       ubicando la impresión digital del índice derecho y firma; debiendo
       llenar con exactitud los datos generales del efectivo con lapicero
       negro y letra imprenta, si no se cuenta con el sistema
       computarizado, señalando el teléfono fijo o móvil DNI y Unidad
       de trabajo del personal PNP.

2. DURANTE:

  a. Evaluación Médica propiamente dicha

    1) La evaluación Médica Anual (FEMA) está sujeta a criterios Médicos
       señalados en la Guía de Evaluación y normativa vigente, así como
       las medidas de bioseguridad descritas en el Protocolo de Sanidad
       Sanitaria.

                                                                      6-29
2) Los profesionales de Salud PNP autorizados para evaluar a los
     efectivos PNP en la FEMA, deberán consignar los hallazgos
     clínicos, psicológicos, radiológicos, de laboratorio y dental en los
     casilleros correspondientes, refrendados con sello y firma, además
     de la consignación de la fecha. BAJO RESPONSABILIDAD.

  3) En las Unidades de Salud PNP de provincia, los médicos que
     toman el examen clínico este año, por única vez, pueden firmar
     también en las especialidades de Oftalmología y Otorrino en caso
     de no contar con el médico especialista, los mismos que deberán
     de tener los instrumentos necesarios para que puedan tomar sus
     exámenes de la especialidad, esto debido a la pandemia del
     CORONAVIRUS.

  4) Los Jefes de las Unidades Asistenciales remitirán el listado de
     profesionales de salud PNP autorizados con sello y firma para la
     realización de las evaluaciones de FEMA 2021.

  5) En las Unidades de Salud PNP en provincias, que no cuentan con
     el profesional o el equipo de alguna especialidad (Rayos X,
     Laboratorio, Cardiología, Psicología, etc.) solicitarán apoyo a la
     DIRSAPOL la que es encargada de garantizar la adecuada dotación
     de recursos humanos, tecnológicos, de infraestructura, suministro,
     medicamentos, insumos, etc., afín de que las IPRESS PNP a nivel
     nacional brinden las prestaciones de salud de acuerdo a la cartera
     de servicios estipulados (según lo dispuesto en el INF.TECNICO
     N°023-2021-SALUDPOL-CG-DFPS/MBBP. de fecha 05MAR2021),
     la misma que dice en una de sus recomendaciones que
     corresponde a la DIRSAPOL programar los recursos humanos y
     tecnológicos para garantizar las atenciones de la cartera de
     atención de sus IPRESS a nivel nacional, previa coordinación con
     la DIRSAPOL.

  6) La Evaluación iniciada en la UNIEVMED-SUBDIR-DIRSAPOL no
     podrá ser concluida en otras Unidades, ni firmadas por
     profesionales no autorizados.

b. Registro, Notificación y modos a seguir con el personal observado en
   FEMA.

   1) En las Unidades Asistenciales, el personal de atención encargado
      de recibir la FEMA concluida, revisará que esta haya sido llenada
      correctamente verificando firmas, sellos y fecha, para luego
      ingresarla en el Sistema consignándole un número correlativo.

   2) Las Observaciones o los Diagnósticos de Enfermedades (CIE-
      10) que realicen los profesionales de la salud, serán anotados en
      la FEMA con tinta ROJA y con letra clara y serán transcritos en el
      Formato       de     Epidemiología       “NOTIFICACIÓN        DE
      ENFERMEDADES DETECTADAS EN FICHA MEDICA ANUAL”

                                                                    7-29
(Anexo Nº 4) deberán ser registradas mediante el sistema
       computarizado. Asimismo, deberán ser remitidas mensualmente a
       la UNIEVMED-SUBDIR-DIRSAPOL área de EPIDEMIOLOGIA, al
       correo electrónico: epidemiologiadivremed@hotmail.com

   3) Asimismo, si se diagnóstica una patología a un efectivo policial,
      como primera medida deberá emitirse una Orden de
      Concurrencia a la respectiva especialidad médica para su control,
      pruebas especiales y/o confirmación del diagnóstico.

   4) “Observado, no es sinónimo de Inaptitud” todo el personal que
      haya sido observado en su Ficha Médica con alguna patología si
      amerita la calificación de Aptitud para el Servicio Policial, deberá
      ser sometido a una Junta Médica en la Unidad donde se realizó la
      evaluación y debiendo ser visado el Acta de Junta Médica por el
      Jefe de la Unidad Asistencial, caso contrario deberá ser
      EVACUADO al CH.PNP. “LNS”. a la respectiva especialidad
      médica a fin de determinar el grado de aptitud y tratamiento a
      seguir, de igual manera en caso que se requiera cambio de -
      APTITUD, el Acta de Junta Médica deberá ser enviada a la
      secretaria de la JUNTA DE SANIDAD.

   5) En el caso de los observados por Tatuajes a los efectivos
      Policiales, el Médico deberá consignar la observación en la Ficha
      Medica describiendo con lapicero rojo las medidas e indicando
      la región donde se encuentre. Los encargados de Ficha Médica de
      cada Unidad a Nivel Nacional deberán registrar en el sistema
      computarizado, así como también deberán reportar a la brevedad
      posible la observación y levantamiento por tatuaje con el
      respectivo CIE (L81.8) al AREA DE EPIDEMIOLOGIA
      UNIEVMED-SUBDSP-DIRSAPOL.

   6) En el caso de Levantamiento por tatuaje la FEMA deberá contar
      con informe Médico expedido por el especialista en Dermatología
      o Cirugía Plástica PNP. Asimismo, las Regiones de Salud PNP
      que no cuenten con el especialista en dermatología o cirugía
      plástica, el personal de FEMA deberá orientar al efectivo policial
      para que realice este levantamiento en las Regiones de Salud PNP
      que cuenten con dichas especialidades.

   7) En la Ciudad de Lima la Unidad de Evaluación Médica, será la
      encargada de la evaluación médica anual (FEMA).

c. Calificación y determinación de Aptitud para la función policial.

  1)    La     UNIEVMED-SUBDIR-DIRSAPOL               recepcionará     y
        concentrará todas las Fichas de Evaluación Médica Anual a
        nivel nacional y confrontará los resultados de la Evaluación con
        los antecedentes de salud del personal PNP de la DIRREHUM
        PNP y Junta de Sanidad contenidas en su base de datos.

                                                                     8-29
APTO Código “0” Es aquel que posee capacidad orgánica,
         psíquica y funcional, para desempeñar un empleo en cualquier
         región, clima o altitud, así como para desarrollar esfuerzos
         compatibles con el grado policial, especialidad o servicio.
         APTO Código “1” Es aquel que posee afección o secuelas que
         lo incapacitan temporalmente, pero susceptible de recuperación
         mediante tratamiento en plazo no mayor de dos años, de
         conformidad con los dispositivos legales vigentes.
         APTO Código “2” Es aquel que posee afección o secuelas que
         lo limitan para servir en determinados empleos o regiones
         geográficas en forma permanente.

         INAPTO: Es aquel servidor policial que posee afección o
         secuelas progresivas, no curables o irreversibles que le
         producen invalidez y lo incapacitan para continuar prestando
         servicios en la Institución, en este caso la Junta Médica de la
         Especialidad que corresponda presentara el caso a la Junta de
         Sanidad solicitando su Pase de la Situación de Actividad a la de
         Retiro por Incapacidad Psicosomática.
    2)   La calificación estará a cargo de la Junta de Sanidad PNP y
         establecerá las condiciones o limitaciones laborales al igual que
         los Procedimientos a seguir para su reinserción laboral y social.

3. DESPUES:

  a. Expedición de constancias
     La expedición de constancias es personal.

    1) Constancia de Conclusión se expide por única vez en la Unidad
       de Salud PNP donde el servidor policial concluye la FEMA,
       debiendo llevar un número correlativo y consignando en forma
       clara la FECHA DE APERTURA Y LA FECHA DE CONCLUSIÓN
       y firmada por el Jefe de la Unidad.

    2) Constancia de Aptitud es expedida por la UNIEVMED-SUBDIR-
       DIRSAPOL para emitir esta constancia se debe verificar si el
       efectivo ha sido dado de alta o se encuentra sometido a los
       beneficios de la Ley 12633 por la Junta de Sanidad PNP.

   b. Recepción y remisión de resultados

     1) Las Unidades Asistenciales en PROVINCIAS de la Región de
        Salud Policial (REGSAPOL) deberán tomar las medidas del caso
        en la remisión de la Fichas Médicas a la brevedad posible con
        relación en físico y en archivo virtual Excel al correo:
        femaproces@yahoo.com.pe.

     2) De acuerdo a la programación al vencerse los plazos
        establecidos deberán remitirse las fichas con su relación
                                                                      9-29
debidamente firmadas, debiéndose tomar las medidas
                 necesarias del caso teniendo en cuenta el medio del
                 transporte.   La    UNIEVMED-SUBDIR-DIRSAPOL.           Solo
                 recepcionará la documentación hasta el quinto día posterior
                 a las fechas límites a fin de consolidar y remitir
                 oportunamente la información a la DIRREHUM PNP. Bajo
                 responsabilidad del Jefe de la respectiva Unidad Asistencial.
                    •   En el periodo de cierre de Ficha Médica 31 de Julio,
                        para el personal de Oficiales y Suboficiales de Armas
                        y Servicios PNP Aptos para Ascenso en situación de
                        actividad.
                    •   En el periodo de cierre de Ficha Médica 30 de Octubre,
                        para el personal que conduce Vehículo Policial
                        Licencia Vencida.
                    •   Las Regiones de Salud Policial deberán de remitir el
                        acta de cierre de la FEMA, firmada por el Jefe de
                        Unidad y Jefe de Ficha Medica
           c. Archivo de Fichas Médicas

              Las Fichas de Evaluación Médica Anual originales a nivel nacional
              se centralizan y registran en el archivo de la UNIEVMED-SUBDIR-
              DIRSAPOL donde obrará como antecedente.

V. RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS

  A. COMANDO GENERAL.

       DIRECCIÒN DE SANIDAD POLICIAL

         a. Normar, planear, organizar, coordinar, supervisar y controlar el
            proceso de Evaluación Médica del personal PNP a nivel nacional

         b. Aprobar el Plan de Operaciones y la programación para la realización
            de la Evaluación Médica Anual del personal PNP año 2021.

         c. Disponer a sus Órganos de Ejecución el cumplimiento estricto de la
            Evaluación Médica Anual, ciñéndose a los procedimientos Médicos y
            Administrativos correspondientes.

  B.     COMANDO OPERATIVO

       1. SUBDIRECCIÒN DE SANIDAD POLICIAL

         a. Dirigir las operaciones de la Ficha de Evaluación Médica Anual 2,021 a
            nivel nacional.

         b. Disponer las acciones de monitoreo en tiempo real de la ejecución de la
            Ficha   de     Evaluación  médica      Anual   2021,      manteniendo

                                                                             10-29
permanentemente informado a la Superioridad del desarrollo de las
    mismas.

  c. Disponer que el Jefe de la Unidad de Evaluación Médica (UNIEVMED),
     instruya al personal asistencial PNP, sobre la normatividad legal vigente
     y se cumpla con las disposiciones del Comando relacionados al
     presente Plan, a fin de lograr el éxito de la misión.

2. UNIDAD DE EVALUACIÒN MÈDICA

  a. Es el órgano de ejecución de la DIRSAPOL PNP responsable de
     ejecutar el proceso de Evaluación Médica Anual a nivel nacional.

  b. Proponer a la DIRSAPOL PNP para su aprobación el Plan de
     Operaciones y el Cronograma de Evaluación Médica Anual.

  c. Cada Unidad de salud autorizada en pasar Ficha Médica a nivel de Lima
     y provincia deberá gestionar oportunamente los requerimientos
     logísticos (formatos, insumos y reactivos), necesarios para el desarrollo
     del proceso de Evaluación Médica Anual.

  d. Coordinar con la Dirección de Recursos Humanos PNP la concurrencia
     del personal a la Ficha de Evaluación Médica Anual.

3. JEFATURAS DE SALUD A NIVEL NACIONAL

  a. Designar al Oficial Jefe del Área de Ficha Medica correspondiente, el
     cual será responsable de la ejecución de la Evaluación Médica Anual
     en su Jurisdicción, la que se hará dentro de las normas y disposiciones
     establecidas, teniendo en cuenta su protocolo de bioseguridad por la
     COVID.19.

  b. Gestionar oportunamente los requerimientos logísticos (formatos,
     insumos y reactivos) necesarios para el desarrollo del proceso de
     Evaluación Médica Anual.

  c. Coordinar con los Órganos PNP de su jurisdicción, la difusión a todo el
     personal de la necesidad y la importancia de llevar a cabo la Evaluación
     Médica Anual y la obligatoriedad tanto de los Jefes como del personal
     bajo su mando de facilitar y concurrir a la Evaluación Médica Anual.

  d. Remitir a la UNIEVMED-SUBDIR-DIRSAPOL la relación nominal de los
     efectivos PNP de su Jurisdicción que pasaron la Evaluación Médica
     Anual con las respectivas Fichas originales cumpliendo los plazos
     establecidos en la programación correspondiente.

  e. Las Dependencias Asistenciales de Salud PNP de Lima y Regiones de
     Salud PNP, procederán a tener un registro de Profesionales que
     interviene en la Evaluación de FEMA, con sus respectivas firmas y
     sellos, a fin de proceder a su posterior verificación si corresponden a las
     que figuran en la ficha de Evaluación Médica Anual.

                                                                         11-29
3. PROFESIONALES DE SALUD EVALUADORES

        a. Efectuar la Evaluación Médica Anual al personal PNP dentro del marco
           legal, científico, profesional y ético, que garantice el logro de los fines
           previstos en el presente Plan de Operaciones.

        c. Cumplir y hacer cumplir las Normas Legales y Procedimientos
           establecidos para la Evaluación Médica Anual del Personal PNP.

VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

   A. Difundir a todos los integrantes de la PNP que, la FEMA 2021 tiene como
      propósito:

        ➢ Prevención de la salud.
        ➢ Requisito para el Ascenso.
        ➢ Requisito para personal de la DIRAVPOL
        ➢ Exclusivo para personal PNP que conduce vehículo policial licencia
        vencida

     La DIRSAPOL.PNP, coordinará con la Oficina de Tecnología de
     Comunicaciones y Estadística de la División de Informática de la DIRREHUM
     PNP, DINFO-DIRSAPOL-PNP y otros órganos del instituto, la difusión a todo
     el personal PNP de la programación de la Evaluación Médica Anual.

  B. Queda excluido de pasar la Evaluación Médica Policial 2021, al personal
     que a la fecha de la misma, se encuentre sometido a los beneficios de
     la Ley N ° 12633 desde el 3er al 8vo periodo.

  C. El personal policial que no complete el examen de Evaluación Médica Anual,
     será considerado como personal que NO PASO LA FICHA DE EVALUACION
     MEDICA ANUAL.

  D. Según Directiva N°01-23-2015-DIRGEN-PNP/DIREJEPER-B., NORMAS Y
     PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN EL USO DE TATUAJES POR EL
     PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, desde el Proceso de
     Admisión, Reingreso, Reincorporación y Permanencia en la Institución. La
     UNIEVMED-SUBDSP-DIRSAPOL y las Unidades pertenecientes a la
     DIRSAPOL. PNP a Nivel Nacional están obligadas de verificar el estricto
     cumplimiento de las normas previstas en la presente directiva, respecto
     del uso de tatuajes por el personal de la Policía Nacional del Perú en situación
     de actividad, durante el proceso de la Ficha de Evaluación Médica Anual
     2021 (FEMA).

FECHA LÍMITE PARA FEMA 2021:

PERSONAL DE OFICIALES Y SUBOFICIALES DE ARMAS Y SERVICIOS PNP
APTOS PARA ASCENSO EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD

     APERTURA DE FEMA                                 :      01MAY2021
     CIERRE DE FEMA 2021.                             :      31JUL2021

                                                                               12-29
PERSONAL PNP DE LA DIRAVPOL.

          APERTURA DE FEMA                                                     :     PREVIA
          CIERRE DE FEMA2021                                                   :     COORDINACION

EXCLUSIVO PARA PERSONAL PNP QUE CONDUCE VEHICULO                                                 POLICIAL
LICENCIA VENCIDA.

          APERTURA DE FEMA                                                     :     01SET2021
          CIERRE DE FEMA2021                                                   :     30OCT2021

          INFORMACION Y CONSULTAS:

     ➢ Correo Electrónico :                                   femaproces@yahoo.com.pe

     ➢ Epidemiologia                             :            epiestadivremed@yahoo.es

                                                                               Lima, 02 de Enero del 2021
ACUSE RECIBO

Distribución:

 −   DIRSAPOL.....................................    01.
 −   SUBDIRSAPOL.............................         01.
 −   MACRO REGIONES S PNP.........                    01(vía e-mail).
 −   POLICLÌNICOS PROVINCIA.........                  01(vía e-mail).
 −   POSTAS MÈDICAS PROVINCIAS.                       01 (vía e-mail).
 −   ARCHIVO.......................................   1/6.

 ANEXOS.

 APROBADO
 DESAPROBADO

                                                                                                     13-29
ANEXO 1

 GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LA EVALUACIÓN
     MÉDICA ANUAL DEL PERSONAL PNP CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021

I.      FINALIDAD: La presente Guía de procedimientos tiene por finalidad
        establecer los criterios y procedimientos médicos y administrativos así como
        establecer lineamientos de bioseguridad orientados a sistematizar una
        adecuada Evaluación Médica Anual (FEMA 2021).

II.     CONTENIDO:
        Contiene las Normas y Procedimientos Administrativos que cumplirán las
        Unidades de Salud PNP, durante la Evaluación Médica Anual del Personal
        PNP para determinar su grado de Aptitud Psicosomática.

III.    BASE LEGAL:
           1. Constitución Política del Perú. 1993

           2. Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía nacional del Perú y su
              Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN
              13OCT2017.

           3. Decreto Legislativo N°1149. Ley de la Carreara y Situación del
              Personal de la Policía Nacional del Perú, modificatorias y su
              Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2013-IN del
              16NOV2013.

           4. Decreto Supremo N°009-2016-DE del 23JUL2016, aprueba el
              Reglamento General para determinar la Aptitud Psicosomática para
              la permanencia en Situación de Actividad del Personal de las Fuerzas
              Armadas y de la Policía nacional del Perú.

           5. Resolución Directoral N°507-2010-DIRGEN/EMG Del 31MAy2010,
              aprueba la Directiva N°18-26-2010-DIRGEN-PNP/DIRSAL-B. Que
              dicta las Normas y Procedimientos que regulan el Proceso de
              Evaluación Médica Anual FEMA del Personal en situación de
              Actividad de la Policía Nacional del Perú.
           6. Resolución Directoral N° 807-2015-DIRGEN/EMG-PNP del
              17OCT2015, aprueba la Directiva N° 01-23-2015-DIRGEN-
              PNP/DIREJEPER-B., que dicta las “Normas y Procedimientos que
              regulan el uso de tatuajes por el personal de la Policía Nacional del
              Perú, desde el Proceso de Admisión, Reingreso, Reincorporación y
              Permanencia en la Institución.

           7. Decreto Supremo N°008-2020-SA del 11MAR2020, Decreto Supremo
              que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de

                                                                              14-29
noventa (90) días calendarios y dicta medidas de prevención y control
              del COVID-19.

           8. Decreto Supremo N°009-2021-SA del 18FEB2021, Decreto Supremo
              que prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo
              N° 008-2020-SA, prorrogada por Decreto Supremo N° 020-2020-SA,
              N°027-2020-SA y N°031-2020-SA, por un plazo de ciento ochenta
              días calendarios, la emergencia sanitaria declarada por Decreto
              Supremo N°008-2020-SA.

           9. Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM del 15MAR2020, Decreto
              Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves
              circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del
              brote del COVID-19.

           10. Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM del 29NOV2020, que declara
               Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que
               afectan la vida de las personas a consecuencias de la COVID-19 y
               establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva
               convivencia social, en su Única Disposición Complementaria deroga
               al Decreto Supremo N°044-2020-PCM y a todos los Decretos
               Supremos que la modifican, declarando el Estado de Emergencia
               Nacional.

IV.   ALCANCE: todo el Personal de Oficiales y Suboficiales de Armas y Servicios
      PNP. En situación de actividad, a nivel nacional.

V.    DESCRIPCION DE LOS PROCEDIMIENTOS: El proceso de Evaluación
      Médica Anual plasmada en la Ficha de Evaluación Médica Anual (FEMA) es
      estrictamente personal y se sujetará a las disposiciones de la presente Guía
      de Procedimientos:

      A.      Convocatoria y Participación: La convocatoria para la Evaluación
              Médica Anual del personal PNP para el año 2021, es del 01 de Mayo
              hasta el 31 de Julio del 2021 para el personal de Oficiales y
              Suboficiales de Armas y Servicios PNP Aptos para Ascenso en
              Situación de Actividad y para el Personal PNP de la DIRAVPOL ,
              previa coordinación con la UNIEVMED y también exclusivo para
              Personal PNP que Conduce Vehículo Policial Licencia Vencida desde
              el 01 de Setiembre hasta el 30 de Octubre del 2021, según el
              CRONOGRAMA ESTABLECIDO DE LA FEMA 2021 (Anexo Nº 01).
              La participación del personal PNP es de carácter obligatorio y
              comprende a todo el personal PNP en situación de actividad a nivel
              nacional.

      B.      Unidades Asistenciales de Salud PNP y ámbito jurisdiccional:
              Los Jefes de las Unidades Asistenciales de Salud PNP de todo el
              país designadas para brindar Servicio de Evaluación Médica Anual
              (Anexo Nº 2), coordinará con los Jefes de las Dependencias
              Policiales de su Jurisdicción, para la concurrencia Obligatoria y
              racionalizada del personal         PNP., debiendo formular una
                                                                          15-29
Programación interna (Cronograma Interno) en la que racionalizarán,
     en forma sistemática y práctica, indicando la fecha, número de
     efectivos que deberán asistir al Área de Ficha Medica para su
     respectiva evaluación, previendo los plazos perentorios de su
     evaluación y teniendo en cuenta la pandemia por el COVID-19
     segunda ola sanitaria

C.   Apertura de la Ficha de Evaluación Médica Anual (FEMA): en las
     Unidades Asistenciales de Salud PNP., designadas para brindar
     Servicio de Evaluación Médica Anual; el personal encargado de la
     apertura de la Ficha de Evaluación Médica Anual (FEMA) procederá
     a Identificar al efectivo PNP., mediante su carné de identidad
     personal (CIP) actualizado, luego colocará la fotografía (a color fondo
     blanco, polaca sin prenda de cabeza-ACTUALIZADA) tamaño
     PASAPORTE con uniforme Nº 3 (según el reglamento de uniformes
     para personal PNP y de Servicio) en la FEMA poniendo el sello
     redondo en el costado izquierdo teniendo especial cuidado de no
     cubrir ningún dato del usuario. Luego llenará con exactitud los datos
     generales del efectivo a máquina, lapicero con letra imprenta o
     impreso. El efectivo policial que apertura FEMA consignara su número
     telefónico fijo o Móvil (Celular), así como colocara en los recuadros
     correspondientes la impresión de su índice derecho y su firma. Se
     excluirá de la Evaluación Médica Policial 2021, al personal que a
     la fecha de la misma, se encuentre sometido a la ley Nº. 12633, a
     partir de su tercer periodo por encontrarse en situación de fuera
     de cuadros.

     1.    Evaluación Médica Propiamente Dicha:

           a.     Los profesionales de Salud PNP. autorizados para
                  evaluar a los efectivos PNP con la FEMA deberán
                  consignar los hallazgos clínicos, psicológicos,
                  radiológicos, de laboratorio y dental en los casilleros
                  correspondientes; refrendados con sello y firma además
                  de consignar la fecha. Usarán la firma que ellos tienen
                  registrados en su Documento Nacional de Identidad
                  (DNI); debiendo evitar rubricas cortas o abreviadas.
           b.     En las UNIEVMED PNP y FEMA-Provincias donde se
                  concluye totalmente la Evaluación Médica Anual deberá
                  de tener la firma del Jefe de la Unidad Asistencial,
                  debiéndose        remitir     a     la      UNIEVMED-
                  SUBDSP.DIRSAPOL, las FEMAS respectivas. Los
                  ODONTOGRAMAS se remitirán directamente a la
                  DIVIEF-DIREJCRI.PNP (identificación policial).
           c.     En las Unidades de Salud PNP, fuera de Lima
                  Metropolitana que no cuentan con el profesional o el
                  equipo de alguna especialidad (Rayos X, Laboratorio,
                  Cardiología) solicitarán apoyo o convenio con la
                  DIRSAPOL la que es encargada de garantizar la
                  adecuada dotación de recursos humanos, tecnológicos,
                  de infraestructura, suministro, medicamentos, insumos,

                                                                      16-29
etc. afín de que las IPRESS PNP a nivel nacional
              brinden las prestaciones de salud de acuerdo a la
              cartera de servicios estipulados.(según lo dispuesto en
              el     INF.TECNICO           N°023-2021-SALUDPOL-CG-
              DFPS/MBBP. de fecha 05MAR2021)
       d.     La    Evaluación       iniciada    en  la  UNIEVMED-
              SUBDSP.DIRSAPOL., no podrá ser concluida en otra
              Unidades, ni firmadas por profesionales no autorizados,
              por existir un registro de firmas.

2.    Registro, modificación y modos a seguir con el personal
      observado en la FEMA.

      a.     Las     Observaciones      y    Diagnósticos        de
             Enfermedades (CIE-10) que realicen los profesionales
             de la salud, serán transcritos en el formato de
             epidemiologia “NOTIFICACION DE ENFERMEDADES
             DETECTADAS EN FICHA MÉDICA ANUAL” (Anexo Nº
             4) debiendo ser remitidas mensualmente a la
             UNIEVMED-SUBDSP.DIRSAPOL, así mismo si se
             diagnostica una patología a un efectivo policial, como
             primera medida deberá emitirse una Orden de
             Concurrencia a la respectiva Especialidad Médica para
             su control, pruebas especiales y/o confirmación del
             diagnóstico.

      b.     Las Observaciones o los Diagnósticos de
             Enfermedades (CIE-10) que realicen los profesionales
             de la salud, serán anotados en la FEMA con tinta ROJA
             y con letra clara y serán transcritos en el Formato de
             Epidemiología “NOTIFICACIÓN DE ENFERMEDADES
             DETECTADAS EN FICHA MEDICA ANUAL” (Anexo Nº
             4) debiendo ser remitidas mensualmente a la División de
             Reconocimiento Médico área de EPIDEMIOLOGIA, con
             copia al correo electrónico

       c.    “Observado, no es sinónimo de inaptitud” Todo el
             personal que haya sido observado en su Ficha Médica
             con alguna patología y se amerita la calificación de
             Aptitud para el Servicio Policial, deberá ser sometido
             para una Junta Médica en la Unidad donde pasó la
             Evaluación y debiendo ser visado el Acta de Junta
             Médica por el Jefe de la Unidad Asistencial, caso
             contrario deberá ser EVACUADO AL CH PNP. “LNS”.
             A la respectiva Especialidad Médica a fin de determinar
             el grado de aptitud y tratamiento a seguir. De igual
             manera en caso que se requiera CAMBIO DE APTITUD,
             el acta de Junta Médica deberá ser enviada a la
             Secretaría de la JUNTA DE SANIDAD.

3. Registro, modificación y calificación de Aptitud.

                                                               17-29
a)     Los grados de Aptitud son los siguientes:
               APTO Código “0” Es aquel que posee capacidad
               orgánica, psíquica y funcional, para desempeñar un
               empleo en cualquier región, clima o altitud, así
               como para desarrollar esfuerzos compatibles con el
               grado policial, especialidad o servicio.
               APTO Código “1” Es aquel que posee afección o
               secuelas que lo incapacitan temporalmente, pero
               susceptible de recuperación mediante tratamiento
               en plazo no mayor de dos años, de conformidad con
               los dispositivos legales vigentes.
               APTO Código “2” Es aquel que posee afección o
               secuelas que lo limitan para servir en determinados
               empleos o regiones geográficas en forma
               permanente.
               INAPTO. Es aquel servidor Policial que posee
               afección o secuelas progresivas, no curables o
               irreversibles que producen invalidez y lo incapacitan
               para continuar prestando servicios en la Institución,
               en este caso la Junta Medica de la especialidad que
               corresponda presentará el caso a la Junta de
               Sanidad solicitando su pase de la situación de
               Actividad a la de Retiro por incapacidad
               Psicosomática.
               La calificación de aptitud, estará a cargo de la Junta
               de Sanidad PNP y establecerá las condiciones o
               limitaciones     laborales    al   igual    que    los
               procedimientos a seguir para su reinserción laboral
               y social.

4. Realización de la Ficha Médica en Establecimiento SPNP.

          a.   Las Unidades Asistenciales DIRSAPOL –
               PROVINCIA deberán tomar las medidas del caso en
               la remisión de la Ficha Médica debidamente
               firmadas por el Jefe de Unidad señalando lugar y
               fecha y adjuntando relación nominal del personal
               PNP evaluado física y virtual (CD), según formato de
               sistema FEMA; las FEMAS deberán ser remitidas a
               la brevedad posible y en forma fluida y no esperar
               los últimos días por ocasionar trastornos
               administrativos.

          b.   La    UNIEVMED         SUBDSP-DIRSAPOL.,            Solo
               recepcionará la documentación hasta el quinto día
               posterior a la fecha limite a fin de consolidar y remitir
               oportunamente la información a la DIREJEPER
               PNP, NO SE RECEPCIONARAN LAS FEMAS
               REMITIDAS         FUERA        DE     LOS     PLAZOS
               ESTABLECIDOS           (QUINTO        DIA)    Y     QUE

                                                                  18-29
CONSIGNAN CULMINACION DENTRO DE LOS
             PLAZOS DEL CRONOGRAMA 2021. Bajo
             responsabilidad del Jefe de la Unidad
             Asistencial respectiva.
        c.   Los Jefes de las Unidades Asistenciales en
             coordinación con los Jefes de las Dependencias
             Policiales deberán programar la concurrencia
             obligatoria y racionalizada del personal PNP, a los
             Servicios de Ficha medica de las Unidades
             Asistenciales de Salud PNP de todo el país. Para la
             cual deberá formular una programación interna
             (Cronograma Interno) en el que racionalizará en
             forma sistemática y práctica el número de efectivos
             que deberán asistir por fechas a las diferentes
             unidades S.PNP para su respectiva evaluación;
             previendo plazos perentorios de su evaluación.

        d.   El personal Policial que no complete el examen de
             Evaluación Médica Anual, será considerado como
             personal que NO PASO LA FICHA DE
             EVALUACION MEDICA ANUAL.

        e.   Difundir a nivel Nacional a los integrantes de la
             PNP, que la FEMA 2021 tiene como propósito:
             • Prevención de la Salud.
             • Es requisito para el Ascenso
             • Requisito para personal de la DIRAVPOL
             • Exclusivo para personal PNP que conduce
                vehículo policial licencia vencida

5. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN EL USO DE
   TATUAJES POR EL PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL
   DEL PERÚ, DESDE EL PROCESO DE ADMISION,
   REINGRESO, REINCORPORACION Y PERMANENCIA EN LA
   INSTITUCION.

  La División de Reconocimiento Médico y las Unidades
  pertenecientes a la DIREJESAN.PNP, a nivel Nacional
  quedan obligadas de verificar el estricto cumplimiento de las
  normas previstas en la presente directiva, respecto del uso de
  tatuajes por el personal de la Policía Nacional del Perú en
  situación de actividad, durante el proceso de la Ficha Medica de
  Evaluación Médica Anual (FEMA).

                            _________________________________
                                                 OS-286613
                                        JUAN BAUTISTA TASAYCO FELIX
                                               CORONEL S. PNP.
                             JEFE (i) DE LA UNIDAD DE EVALUACIÓN MÉDICA

                                                                          19-29
ANEXO 2

GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LAS UNIDADES ASISTENCIALES DE
 SALUD PNP DESIGNADAS PARA PASAR FEMA AL PERSONAL PNP A
                     NIVEL NACIONAL.

LA UNIEVMED REALIZARA LA FICHA DE EVALUACION MEDICA ANUAL
(FEMA-2021) EN LAS UNIDADES ASISTENCIALES DE SALUD DE LA SANIDAD
QUE LA DIRSAPOL DISPONGA ASÍ COMO DEL CRONOGRAMA DE INICIO Y
CULMINACIÓN DE LA FEMA,, ESTO ES DEBIDO A QUE LOS AMBIENTES DEL
TERCER PISO DONDE SE ENCUENTRA LA UNIEVMED SON MUY ESTRECHO
Y POR MOTIVO DE ENCONTARSE EN LA SEGUNDA OLA DEL COVID-19, SE
ESTA SUGIRIENDO QUE LA DIRSAPOL DISPONGA EL LUGAR DONDE SE
PASARA FEMA-2021 LA MISMA QUE TIENE QUE SER LUGARES AMPLIOS Y
VENTILADOS.

  1. El Personal Policial de la Jurisdicción Lima y Callao podrán:

      a. Iniciar y/o complementar la FEMA 2021 en la UNIEVMED SUBDSP-
         DIRSAPOL hasta el último día programado.
      b. Iniciar la FEMA 2021 en las Unidades designadas para realizar FEMA.

  2. El personal Policial de Provincias deberá cumplir con iniciar la fema del
     01 día hasta el último día programado en el cronograma., la UNIEVMED
     SUBDSP-DIRSAPOL. recepcionará la FEMA remitida por las Unidades
     Asistenciales PNP de Provincias solo hasta el quinto día posterior a la
     fecha límite, debiendo adjuntar un acta de cierre FEMA firmado por el Jefe
     de Unidad Asistencial y/o Jefe de FEMA debiendo de remitir en un CD
     conteniendo el consolidado de las FEMAS remitidas.

  3. La Evaluación de los efectivos PNP para efectos de la FEMA es
     estrictamente personal en todas sus fases (apertura y conclusión de FEMA,
     entrega de constancias de conclusión y aptitud).

  4. Los Jefes de los Policlínicos de Provincia:

     a. Los Jefes de Unidades Asistenciales Lima y Provincias deben de
        confeccionar su Protocolo de Bioseguridad de atención (COVID-19)
     b. La UNIEVMED atenderá en la sede designada por la DIRSAPOL con
        aforo limitado y por motivo de encontrarse en la segunda ola del COVID-
        19, solo se atenderá con aforo por día.
     c. Deberá de gestionar los requerimientos Logísticos (Formato, Insumos y
        Reactivos y Equipos de EPP), necesarios para el desarrollo del proceso
        de Evaluación Medico Anual ante la DIRSAPOL.

                                                                         20-29
d. Deberán de remitir a la UNIEVMED SUBDSP-DIRSAPOL el listado de
      Profesionales de Salud PNP. Autorizados para las Evaluaciones de FEMA
      2021.
   e. El personal PNP menor de 40 años sin riesgo Cardiológico podrá ser
      evaluado en los diferentes Policlínicos a nivel Nacional y los mayores de
      40 años deberán de pasar su Electrocardiograma (EKG) si el Policlínico
      cuenta con su equipo EKG.
   f. Las observaciones o los diagnósticos de Enfermedades (CIE-10), que
      realicen los profesionales dela Salud, serán anotados en la FEMA con
      tinta roja y letra clara los cuales serán transcritos en el Formato de
      Epidemiologia ANEXO N°04, debiendo de ser remitido a la UNIEVMED
      SUBDSP-DIRSAPOL, y al correo.
   g. Los Policlínicos de Salud deberán de cumplir estrictamente con los plazos
      establecidos según Cronograma de Ficha Medica 2021, las que podrán
      ser variadas por el comando Institucional por motivos diversos las que
      serán difundidas oportunamente.
   h. Cabe mencionar que no se recepcionará las FEMAS remitidas fuera de
      los plazos establecidos (CINCO DIAS) para Provincias y que consignan
      culminación dentro de los plazos del Cronograma de FEMA 2021,
      debiendo tomar las medidas pertinentes para que las FEMAS lleguen a
      tiempo a Lima, Bajo Responsabilidad.
5. Toda Unidad deberá hacer figurar su código de región en la parte superior
   lado izquierdo de la FEMA, de color rojo.

6. Los Jefes de Unidades asistenciales UNIEVMED-Lima y Provincias deben
   de confeccionar su sello donde figure su código de Unidad y numero
   correlativo, para un mejor manejo cumpliendo con las disposiciones de los
   órganos de control.

7. La fotografía para FEMA deberá ser tamaño pasaporte a color fondo blanco,
   camisa blanca, polaca sin prenda de cabeza.(Uniforme N°03) (actualizada
   de acuerdo al reglamento de uniformes y al CIP).

8. Cada usuario deberá registrar su número telefónico actualizado en la parte
   superior debajo de la firma del efectivo policial.

9. La Ficha de Evaluación Médica en la UNIEVMED es gratuita.

10. Se aperturará las FEMAS a los señores Generales según cronograma previa
    coordinación.

11. Las FEMAS aperturadas deben de llevar consigo el numero correlativo de la
    ficha aperturada y concluida (la primera ficha aperturada hasta el último día
    según cronograma) y ordenado alfabéticamente, sin importar el grado.

12. Las Unidades SPNP de Provincias, para poder realizar la FEMA 2021,
    deberán de contar como mínimo con los siguientes profesionales: medico,
    Odontólogo, Laboratorista Clínico o Biólogo, Psicólogo.

13. Las Unidades SPNP de Lima-Callao y Provincia, para que el medico clínico
    pueda firmar las especialidades de Oftalmología y Otorrino deberá de tener

                                                                           21-29
los instrumentos necesarios para que puedan tomar sus exámenes de
   Oftalmología y Otorrino, esto debido a la pandemia y la segunda ola del
   COVID-19.

14. Los médicos deberán de dar estricto cumplimiento a la DIRECTIVA N° 01-23-
    2015-DIRGEN-PNP/DIREJEPER-B. de Tatuajes respecto a las Fichas
    Médicas aperturas en provincias, que son observadas por tatuaje, deberán
    ser remitidas con oficio y fotocopia de la ficha, para ser registradas en el
    sistema FEMA, a la brevedad posible.

15. Las Fichas Médicas aperturas en Provincias no podrán ser concluidas, si no
    subsana la observación con su respectivo Informe Médico del año en curso
    del borramiento de tatuaje la misma que tiene que ser firmado por un médico
    especialista en Dermatólogo y/o Cirujano Plástico de la institución del
    CH.LNS, siendo responsabilidad del médico y Jefe de FEMA de provincia el
    cumplimiento de la DIRECTIVA N° 01-23-2015-DIRGEN-PNP/DIREJEPER-
    B. de Tatuajes.

                                           Lima, 02 de Enero de 2021

                                             _________________________________

                                                                OS-286613
                                                      JUAN BAUTISTA TASAYCO FELIX
                                                              CORONEL S. PNP.
                                             JEFE (e ) DE LA UNIDAD DE EVALUACIÓN MÉDICA

                                                                                           22-29
ANEXO 3
PROTOCOLO DE SEGURIDAD SANITARIA (COVID-19) PARA EL
DESARROLLO DEL PROCESO DE EVALUACION MÉDICA ANUAL DEL
AÑO 2021 AL PERSONAL PNP EN SITUACION DE ACTIVIDAD

1. Objetivo

  Establecer lineamientos de bioseguridad para el desarrollo de las actividades para
  el desarrollo del examen psicosomático del personal PNP en situación de actividad
  que pasa su Ficha de Evaluación Medica Anual correspondiente al año 2021.

2. Alcance

  Todo el Personal de Oficiales y Suboficiales de Armas y Servicios PNP. en situación
  de actividad, cadetes y alumnos de los centros de formación PNP a nivel nacional.

3. Terminología

  a. Bioseguridad: También llamado seguridad sanitaria. Es el conjunto de
     medidas preventivas que tienen como objetivo, proteger la salud y
     seguridad de las personas con el fin de prevenir contagios de
     enfermedades.

  b. Caso confirmado: Persona con Prueba COVID-19 positiva. Aplica
     aislamiento domiciliario u hospitalario.

  c. Caso sospechoso: Persona que presenta 2 o más síntomas de COVID-
     19, que estuvo en contacto con caso confirmado o sospechoso, o que
     presenta alguna característica adicional determinada por el banco. Aplica
     aislamiento domiciliario u hospitalario.

  d. Cuarentena: Es el aislamiento de personas como método para evitar o
     limitar el riesgo de que se extienda una enfermedad.

  e. EPP: Equipos de Protección Personal.

  f. Síntomas de COVID-19: Fiebre (>38 °C), tos, dolor de garganta,
     congestión nasal, pérdida del olfato, perdida del gusto, dolor abdominal,
     náuseas, diarrea, dificultad para respirar, etc. según la alerta sanitaria
     actualizada emitida por el Ministerio de Salud.

4. Lineamientos de Bioseguridad al Exterior de la UNIDAD DE
   EVALUACIONES MEDICAS UNIEVMED.

  a.     Medidas para mantener el orden al exterior de la UNIEVMED:

                                                                               23-29
Con la finalidad de mantener el orden y la seguridad en el exterior de
         la UNIEVMED se coordinará para que el aforo de los efectivos PNP
         de acuerdo a la sede donde se pase la FEMA, de forma que se pueda
         brindar mejor la atención para el su Examen de Evaluación Médica
         Anual.

  b.     Medidas para mantener el distanciamiento social:

       1) Previo al ingreso de los efectivos de la PNP a la Unidad de
          Evaluaciones Medicas, se podrá ordenar a los efectivos en fila de
          espera asegurando un adecuado ordenamiento y el respeto de la
          distancia social mínima.

       2) Se cuenta con marcas en el exterior de la UNIEVMED, con una
          distancia de al menos 1 metro entre ellas, con el fin de indicar a los
          efectivos PNP la distancia mínima a mantener entre ellos en la fila de
          espera previa al ingreso, cumpliendo así con el distanciamiento social
          mínimo.

5. Lineamientos de Bioseguridad al Interior de la UNIEVMED

  Carteles informativos con medidas de prevención:

  En la puerta de ingreso y en el interior de la unidad, conteniendo medidas de
  prevención frente al coronavirus, así mismo la señalización del flujo de la
  atención.

  a.      Medidas para la limpieza y desinfección:
       1) El proceso de limpieza y desinfección de los ambientes de la
          UNIEVMED se realiza de manera regular, y el personal a cargo usara
          permanentemente equipo de protección adecuado, de acuerdo con
          los protocolos internos para este fin.

       2) Se utilizará en el ingreso a la UNIEVMED, dispositivos tipo felpudos
          especiales o pediluvios, para la limpieza y desinfección de la planta
          del calzado de toda persona que ingrese a las instalaciones.

       3) Para el desecho de mascarillas y otros equipos de protección personal
          utilizada, se dispondrá de tachos de basura según protocolo especial.

  b.     Medidas para mantener el distanciamiento social:

       1) El aforo de la UNIEVMED se dispondrá de acuerdo a la sede donde
          se pase FEMA.

       2) Se instalará separadores tales como acrílicos, cartones o cualquier
          otro medio que marque la distancia en las ventanillas y puestos de
          atención a los efectivos PNP o aplicará algún mecanismo de atención
          para asegurar y salvaguardar las restricciones sanitarias y de
          distanciamiento social.

                                                                          24-29
3) Se cuenta con marcas al interior de la Unidad, señalizando la distancia
        mínima de 1 metro entre los propios efectivos PNP; piso, sillas o
        sillones de espera.

c.      Medidas para los efectivos PNP:

     1) Para el ingreso al interior de la UNIEVMED, los efectivos PNP deberán
        usar adecuada y obligatoriamente mascarillas que les cubra nariz y
        boca, en cualquier de sus modalidades aprobadas por las
        autoridades. En caso de no usar adecuadamente las mascarillas, el
        personal de seguridad de la Unidad restringirá su ingreso.

     2) Al ingreso a la UNIEVMED, el efectivo PNP deberá desinfectarse las
        manos utilizando los dispositivos tipo dispensadores o botellas de
        alcohol gel que la unidad pondrá a disposición como medida de
        prevención que le permitirá realizar sus exámenes al interior del local
        con tranquilidad.

     3) Los efectivos PNP deben mantener puesta su mascarilla, durante toda
        su estadía dentro de la UNIEVMED.

     4) El efectivo PNP debe seguir en todo momento las indicaciones del
       personal de la unidad, respecto a la fila de espera o zona de atención
       a la cual deberá acudir.

     5) La atención médica entre el personal médico y el efectivo PNP se
        realiza también respetando el distanciamiento social mínimo de 1
        metro, salvo que exista una barrera física.

     d. Medidas del Personal de Salud de la UNIEVMED:

     1) Deben mantener la distancia social de un metro como mínimo, con
        sus compañeros y efectivos PNP. No se puede tener ningún contacto
        físico (al saludar, despedirse, entre otros).

     2) Diariamente al ingreso y salida de la unidad, se les realiza el control
        de la temperatura corporal, y validan su sintomatología asociada a
        contagio por coronavirus. En caso de detectarse síntomas
        considerados sospechosos, el colaborador deberá acudir a un centro
        Hospitalario para que le realicen la atención médica respectiva.

     3) Utilizan el jabón líquido en los baños y alcohol en gel (concentración
        mayor a 60%) que tienen en sus lugares de trabajo para limpiar y
        desinfectar sus manos de forma frecuente.

     4) Usan sus equipos de protección personal (EPP) de forma correcta y
        en todo momento; los cuales consisten en mascarilla, ropa
        descartable, guantes, gorro y protector facial. Siempre limpian y
        desinfectan sus manos antes y después de colocárselos.

                                                                         25-29
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