PROCESO DE ADMISIÓN REGLAMENTO GENERAL DEL - INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO - IPNM

Página creada Marc Giménez
 
SEGUIR LEYENDO
PROCESO DE ADMISIÓN REGLAMENTO GENERAL DEL - INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO - IPNM
REGLAMENTO GENERAL DEL
     PROCESO      DE  ADMISIÓN
INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO
       PARA EL AÑO ACADÉMICO 2020

                                    COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
                                    Denisse Arrascue Acosta
                                    Telf.: 372- 1626
                                    E- mail: comunicaciones@ipnm.edu.pe
                                    Web: www.ipnm.edu.pe
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

           REGLAMENTO GENERAL DEL PROCESO DE ADMISIÓN
           AL INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO
                     PARA EL AÑO ACADÉMICO 2020

1. FINALIDAD

   Establecer pautas, procedimientos, criterios, exigencias y etapas del proceso de
   admisión al Instituto Pedagógico Nacional Monterrico (IPNM) – Programa de
   Formación Inicial Docente / Pregrado, para el año académico 2020.

2. JUSTIFICACIÓN

  El presente Reglamento tiene como propósito regular, efectivizar y garantizar el
  proceso de ingreso de los postulantes al Programa de Formación Inicial Docente /
  Pregrado del IPNM en mérito a sus actitudes, aptitudes e intereses vocacionales, de
  acuerdo con el Reglamento Institucional del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico
  y demás disposiciones vigentes.
  El proceso de admisión mejora la calidad de la selección de postulantes a la profesión
  docente para asegurar un mejor servicio educativo dentro de los fines y políticas del
  IPNM.

3. OBJETIVOS

   3.1. Normar la organización y ejecución del proceso de ingreso de postulantes al
        Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado en el IPNM, para el año
        académico 2020.
   3.2. Garantizar la admisión de los postulantes de acuerdo a criterios establecidos y
        en función de las metas aprobadas por niveles y especialidades.
   3.3. Determinar las competencias y responsabilidades de las unidades orgánicas
        conformantes de la organización institucional, que intervienen en el proceso de
        admisión.

4. BASE LEGAL

   4.1. Ley N° 28044: Ley General de Educación – Undécima Disposición
        Complementaria y su modificatoria, Ley N° 28329.
   4.2. Ley Nº 30220, Ley universitaria.
   4.3. R.M. Nº 1235-84-ED: Aprueba el Convenio establecido entre la Congregación de
        Religiosas del Sagrado Corazón y el Ministerio de Educación.
   4.4. R.C.D. Nº 0137-2010-CD-IPNM: Aprueba el Estatuto del IPNM.
   4.5. R.C.D. Nº 0027-2010-CD-IPNM: Aprueba el Reglamento Académico del IPNM.
   4.6. R.D. Nº 0330-93-IPNM: Crea el Centro PRE-IPNM.
   4.7. R.D. N° 0158-95-IPNM, aprueba las carreras profesionales del IPNM.
   4.8. Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera
        Pública de sus Docentes.
   4.9. Resolución de Secretaría General N°030–2017–MINEDU, Norma y orientaciones
        para la determinación de vacantes para el examen de admisión en Instituciones
        de Formación Inicial Docente y su modificatoria Resolución Ministerial N° 118-
        2018-MINEDU.

                                                                                      1
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

5. DISPOSICIONES GENERALES

    5.1. ADMINISTRACIÓN DEL PROCESO

         La planificación, organización, ejecución y evaluación del proceso de admisión al
         Instituto Pedagógico Nacional Monterrico – Programa de Formación Inicial
         Docente, Pregrado, está a cargo del Equipo Técnico, nombrada para tal efecto por
         RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E con funciones implícitas al cargo de cada uno de
         sus miembros, establecidas en el marco de la Ley Universitaria Nº 30220, Ley N°
         30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública
         de sus Docentes, Resolución de Secretaría General N°030–2017–MINEDU,
         Norma y orientaciones para la determinación de vacantes para el examen de
         admisión en Instituciones de Formación Inicial Docente y su modificatoria
         Resolución Ministerial N° 118-2018-MINEDU y las que se fijen en el presente
         reglamento.

    5.2. PROGRAMAS DE ESTUDIOS EN CONVOCATORIA

           Los Programas de Estudios cuya oferta se convoca en el Proceso de Admisión
           2020 son las que, en términos de carreras profesionales de Formación Inicial
           Docente, están aprobadas los por R.D. Nº 0158-95-IPNM, con carácter vigente y
           cuyo currículo promocional se rige por R.D. Nº 0184-2018-IPNM; exceptuando
           los Programas de Estudio de Inicial y Primaria que se aprueban con Resolución
           Viceministerial Nº 163-2019-MINEDU (y su modificatoria Resolución
           Viceministerial Nº 202-2019-MINEDU) y Resolución Viceministerial Nº 204-2019-
           MINEDU respectivamente.

6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

    6.1. ADMISIÓN

    6.1.1. El ingreso al Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado del IPNM se
           realiza mediante Concurso Público y comprende las siguientes Modalidades 1:

             a) Ingreso Ordinario para los estudiantes que hayan concluido
                satisfactoriamente la educación secundaria y cumplan con los requisitos
                establecidos en el presente reglamento.
             b) Ingreso por Exoneración para los postulantes provenientes del Centro PRE-
                IPNM, COAR, traslados externos, deportistas calificados, beneficiarios del
                Programa Integral de Reparaciones en Educación, Primer y Segundo
                puesto de Educación Básica, Artista Calificado y Servicio Militar.

    6.1.2. El Ingreso Ordinario considera :
             a) Evaluación de competencias: prueba de la competencia de Comunicación,
                prueba de la competencia de Matemática y prueba de Cultura General
             b) Evaluación psicológica.
             c) Evaluación de las competencias para la carrera: entrevista diagnóstica
                vocacional y dinámica grupal diagnóstica – vocacional

1
 Reglamento de la Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus
Docentes/ Art. 26 Modalidades de Admisión

                                                                                                                   2
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

    6.1.3. El Ingreso por exoneración considera:
             a) Evaluación psicológica.
             b) Evaluación de las competencias para la carrera: entrevista diagnóstica
                vocacional y dinámica grupal diagnóstica – vocacional

    6.1.4. El Ingreso Directo vía Centro PRE-IPNM es dirimido por el Consejo Directivo
           Institucional, a partir del Informe sustentado por la Coordinación de dicho
           Centro, con sujeción al porcentaje de las vacantes establecidas en el presente
           Reglamento para esta modalidad, que se asignarán en estricto orden de mérito.
             a. El 80% de las vacantes establecidas para cada Programa de Estudios se
                cubrirá con los ingresantes por Concurso Ordinario. El 20% de vacantes se
                adjudicará de la siguiente manera: Centro PRE-IPNM 13% (solo para los
                Programas de Estudios de Educación Inicial y Primaria) y el 7% se
                distribuye entre: Traslados externos, COAR, deportistas calificados,
                beneficiarios del Programa Integral de Reparaciones en Educación, Primer
                y Segundo puesto de Educación Básica, Artista Calificado y Servicio Militar
             b. La nota mínima aprobatoria en escala vigesimal es once (11) y catorce (14)
                se aplica para el Ingreso Directo a través del Centro PRE-IPNM. Dicho
                criterio responde a políticas institucionales orientadas a la exigencia y
                excelencia académica con un acento valorativo, tendiente a asegurar una
                calidad educativa centrada en el desarrollo de la persona, sus
                potencialidades y visión de servicio social.
             c. Se establece como condición para postular a la especialidad de Inglés (sea
                cual fuere la modalidad por la que se presenta), el conocimiento de dicho
                idioma a nivel intermedio como mínimo, que se verificará con la
                presentación de una constancia expedida por una institución que acredite
                contar con dicho nivel básico A2 2 .

    6.2. INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES

    6.2.1. Para la inscripción al Concurso Público se requiere los siguientes documentos:
           a) Ficha de inscripción, llenada y firmada por el postulante.
           b) Certificado oficial de estudios de educación secundaria completa (excepto
               traslados externos).
           c) Copia simple del documento nacional de identidad (DNI).
           d) Certificado de conducta expedido por la dirección de la Institución Educativa
               del postulante si es menor de edad; o, certificado de antecedentes policiales
               expedido por las Autoridades (PNP), si es mayor de edad.
           e) Dos fotografías recientes e iguales, tamaño carné, de frente, a color y en
               fondo blanco.
           f) Constancia de haber aprobado el Examen de Suficiencia del Idioma Inglés,
               para los que postulan a esta especialidad.
           g) Comprobante de pago del derecho de inscripción.
    6.2.2. Los estudiantes del Centro PRE-IPNM que no obtuvieran ingreso directo,
           tienen opción de presentarse al Concurso Ordinario de Admisión, con las
           condiciones señaladas en el inciso 6.2.1.
    6.2.3. Los postulantes por la modalidad de Ingreso por Exoneración (inciso 6.1.1.b),
           pueden concursar a las vacantes disponibles en cada especialidad mediante

2
  Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas
* Se excluyen de este requisito a los postulantes a idiomas con nivel avanzado concluido.

                                                                                                             3
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

         una prueba especial y rendirán las evaluaciones que establece el inciso 6.1.3
         del presente reglamento. Adjuntarán a su expediente:
         a. Egresados del Colegio Mayor “Presidente de la República” o de los colegios
             de Alto Rendimiento COAR: Constancia de excelencia académica emitida
             por la Dirección General de la institución.
         b. Primer y segundo puesto de Educación Básica; Certificado de estudios en
             cuyo anverso deberá figurar el cuadro de méritos visado por la UGEL
             correspondiente.
         c. Deportista calificado; Constancia emitida por la Dirección Nacional de
             Deporte de Afiliados del Instituto Peruano del Deporte, que lo acredite como
             miembro de la federación nacional y/o constancia de haber participado en
             certámenes nacionales e internacionales.
         d. Beneficiarios del Programa Integral de Reparaciones en Educación;
             Certificado de acreditación de la inscripción en el registro único de víctimas.
         e. Artista calificado, Danza; Constancia de representación nacional o regional
             emitida por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del
             Ministerio de Cultura, Escuelas Nacionales o Regionales Superior de Arte.
         f. Servicio Militar; Constancia de la institución.
         g. Centro PRE – IPNM; Constancia de ingreso directo.
         h. Traslados Externos; Certificados originales de estudios, expedidos por la
             institución de origen, sílabos visados de las asignaturas cursadas,
             constancia de no haber sido separado de la institución de procedencia por
             motivos académicos o disciplinarios. La Solicitud debe realizarse 45 días
             antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente.
             El Traslado Externo, procede cuando el tiempo de interrupción de los
            estudios superiores regulares no exceda a dos años.
  6.2.5. Cumplidos los requisitos y exigencias de inscripción, se hará entrega al
         postulante de la credencial de inscripción, con fotografía, datos personales,
         código de registro, modalidad y Programa de Estudios al que se presenta.

   6.2.7 Los postulantes que alcancen las vacantes asignadas, presentan para efecto
          de matrícula su expediente (que se visó al momento de la inscripción) en la
          fecha y plazo que fija el cronograma e incorporan los siguientes documentos:
         • Seis Fotografías a color, recientes e iguales, tamaño carné, de frente y en
           fondo blanco.
         • Partida de nacimiento original.
         • Comprobante de pago del derecho de matrícula.
6.3. METAS DE INGRESANTES
    6.3.1. Para el Año Académico 2020, las metas de ingresantes establecidas por el
           Consejo Directivo con RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E de acuerdo a los
           Programas de Estudios del Currículo Básico de Formación Inicial Docente /
           Pregrado del IPNM, son:
                PROGRAMA DE ESTUDIOS                N° DE VACANTES
                Educación Inicial                38
                Educación Primaria               38
                Ciencia y Tecnología             35
                Matemática                       35
                Ciencias Sociales                35
                Comunicación                     35
                Idiomas, especialidad Inglés     35
   6.3.2. No se abrirá un Programa de Estudios con menos de doce (12) estudiantes.

                                                                                          4
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

  6.4. CRONOGRAMA

  •   Inscripciones para el examen ordinario                 -27 de enero 2020 al 16 de marzo 2020

  •   Inscripciones para el ingreso por exoneración          -27 de enero 2020 al 14 de febrero 2020

  •   Examen de Suficiencia para los postulantes a la        - 13 de marzo 2020
      Especialidad de Idiomas – Inglés
  •   Evaluación de la modalidad de ingreso por              - 14 de marzo 2020
      exoneración
  •   Prueba de Aptitud Académica y Evaluación               -21 de marzo 2020
      Psicológica
  •   Dinámica Grupal diagnóstica-vocacional                 -22 al 25 de marzo 2020

  •   Entrevista diagnóstica-vocacional
      Publicación de Resultados Finales: Ingresantes         -27 de marzo 2020

  •   Examen médico Ingresantes                              -28 de marzo 2020

  •   Presentación de Expedientes y Matrícula                -30 de marzo de 2020

  •   Inicio de clases                                       - miércoles 1 de abril de 2020

7. FINANCIAMIENTO

  Las modalidades de admisión se financian con los aportes por derecho de inscripción
   de los postulantes. Los montos los señala y aprueba el Consejo Directivo del IPNM
   con RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E de acuerdo al presupuesto establecido para cada
   modalidad de admisión.

  Los montos establecidos para la inscripción en el Concurso Público del año 2020 son
  los siguientes:

 N°                        concepto                                         monto
      Inscripción para Postulantes procedentes de
 01                                                                        S/ 300.00
      Instituciones Educativas Estatales
      Inscripción para Postulantes procedentes de
 02                                                                        S/ 400.00
      Instituciones Educativas Particulares
      Inscripción para Postulantes provenientes del Centro
 04                                                                        S/ 200.00
      Pre IPNM para el Examen de Admisión

 05   Prospecto de Admisión                                                 S/ 30.00

 06   Examen de Suficiencia en Idiomas – Inglés                             S/ 50.00

                                                                                                 5
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

  8.1. El Sistema de Admisión es procesado en sus etapas de inscripción de
       postulantes, registro de evaluaciones y publicación de resultados, a través de un
       Software, diseñado, validado y administrado por la Comisión Central de
       Admisión del IPNM, bajo responsabilidad de la Unidad de Informática
       Institucional y por el sistema informático administrado por el MINEDU.

  8.2. Las pruebas escritas que se aplican en los exámenes de admisión, así como el
       Software que sistematiza el procesamiento y registro de las evaluaciones,
       constituyen pertenencia del IPNM y su autoría proviene de las comisiones
       específicas ad hoc conformadas para tal fin.

  8.3. El proceso de admisión en su etapa de Inscripción de postulantes, se
       esquematiza con carácter normativo en el esquema – ANEXO 01 del presente
       Reglamento; que define y puntualiza fases, acciones y unidades de la
       organización institucional de su responsabilidad.

  8.4. La comunicación e información en torno al Concurso de Admisión y su
       convocatoria, se ofrece y consolida en el prospecto de admisión, que contempla
       Perfil Institucional, Programas de Estudio, modalidades, requisitos, cronograma
       de inscripción y evaluaciones, Áreas del Conocimiento exigidas, así como Grado
       Académico y Título Profesional que se confieren. Igualmente se emplea como
       medios de difusión la página www.ipnm.edu.pe y los que el Consejo Directivo del
       IPNM determine.

  8.5. Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por
       la Dirección General del IPNM, en coordinación con la Comisión Central de
       Admisión, y en conocimiento del Consejo Directivo Institucional.

  8.6. El presente Reglamento entra en vigencia, previa aprobación del Consejo
       Directivo del IPNM.

                                                                                      6
ANEXO 01                                                   COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020

                                SISTEMA DE ADMISIÓN DEL IPNM – AÑO ACADÉMICO 2020
                                  FLUJOGRAMA INTERNO DEL PROCESO DE INSCRIPCIONES – CONCURSO PÚBLICO
                         1°                                 2°                                      3°                                         4°
                                              LLENADO Y ENVÍO DE LA FICHA DE                                               VISACIÓN DE EXPEDIENTES Y ENTREGA DE LA
 FASES      RECEPCIÓN Y DESPLAZAMIENTO                                               COBRO DERECHOS DE INSCRIPCIÓN
                                                      INSCRIPCIÓN                                                                        CREDENCIAL

           Recepción                    de    Acondicionamiento         del       Verificación en el expediente,       Verificación/Confrontación de datos
            Postulantes.                        sistema para que el                   del tipo de gestión de la             contenidos en la Ficha de Inscripción
           Revisión y orientaciones sobre      postulante      realice    el         Institución    Educativa       de     con los anexos del expediente.
            componentes y organización          llenado y envío de la Ficha           procedencia del postulante.          Visación del expediente (sello, firma y
            del        expediente.              de Inscripción.                      Ingreso del Nombre y DNI del          fecha) en el reverso de cada
           Orientación del proceso y del      Verificación              del         postulante a su control virtual.      documento.
  A         desplazamiento que realizarán       cumplimiento del inciso              Recaudación del derecho de           Impresión de Ficha de Inscripción y
  C         en el proceso de inscripción..      6.2.5.     del       presente         examen de admisión según              pegado de foto y su retención.
  C        Envío de postulantes a Sala         Reglamento.                           tipo de gestión de la Institución    Emisión e Impresión de CREDENCIAL
  I         de Informática N° 3: Pre           Subsanación de consultas.             Educativa de procedencia.             de        Inscripción       (codificación
  O         Inscripción virtual.               Envío de postulantes a               Expedición de Recibo.                 automática), pegado de foto y entrega al
  N                                             Tesorería.                           Envío de postulantes al primer        postulante.
  E                                                                                   piso: Secretaría General.            Emisión      e    Impresión     de      la
  S                                                                                                                         CREDENCIAL solo para casos
                                                                                                                            especiales (Primeros Puestos y/o
                                                                                                                            Traslado Externo).
                                                                                                                           Además del Credencial, entrega del
                                                                                                                            Cronograma y Hoja de Instrucciones
                                                                                                                            para Postulantes.

ORGANOS
RESPON-                                          - SECRETARÍA GENERAL                  DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
 SABLES
                SECRETARÍA GENERAL                                                                                                   SECRETARÍA GENERAL
                                                 - UNIDAD DE INFORMÁTICA                       -TESORERÍA-

COORDI-
NACIÓN                                          SUB C O M I S I Ó N                      ADMINISTRATIVA
                                      C O M I S I Ó N              C E N T R A L                   D E           A D M I S I Ó N
También puede leer