PROCESO DE ADMISIÓN REGLAMENTO GENERAL DEL - INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO - IPNM
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
REGLAMENTO GENERAL DEL PROCESO DE ADMISIÓN INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO PARA EL AÑO ACADÉMICO 2020 COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL Denisse Arrascue Acosta Telf.: 372- 1626 E- mail: comunicaciones@ipnm.edu.pe Web: www.ipnm.edu.pe
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 REGLAMENTO GENERAL DEL PROCESO DE ADMISIÓN AL INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO PARA EL AÑO ACADÉMICO 2020 1. FINALIDAD Establecer pautas, procedimientos, criterios, exigencias y etapas del proceso de admisión al Instituto Pedagógico Nacional Monterrico (IPNM) – Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado, para el año académico 2020. 2. JUSTIFICACIÓN El presente Reglamento tiene como propósito regular, efectivizar y garantizar el proceso de ingreso de los postulantes al Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado del IPNM en mérito a sus actitudes, aptitudes e intereses vocacionales, de acuerdo con el Reglamento Institucional del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico y demás disposiciones vigentes. El proceso de admisión mejora la calidad de la selección de postulantes a la profesión docente para asegurar un mejor servicio educativo dentro de los fines y políticas del IPNM. 3. OBJETIVOS 3.1. Normar la organización y ejecución del proceso de ingreso de postulantes al Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado en el IPNM, para el año académico 2020. 3.2. Garantizar la admisión de los postulantes de acuerdo a criterios establecidos y en función de las metas aprobadas por niveles y especialidades. 3.3. Determinar las competencias y responsabilidades de las unidades orgánicas conformantes de la organización institucional, que intervienen en el proceso de admisión. 4. BASE LEGAL 4.1. Ley N° 28044: Ley General de Educación – Undécima Disposición Complementaria y su modificatoria, Ley N° 28329. 4.2. Ley Nº 30220, Ley universitaria. 4.3. R.M. Nº 1235-84-ED: Aprueba el Convenio establecido entre la Congregación de Religiosas del Sagrado Corazón y el Ministerio de Educación. 4.4. R.C.D. Nº 0137-2010-CD-IPNM: Aprueba el Estatuto del IPNM. 4.5. R.C.D. Nº 0027-2010-CD-IPNM: Aprueba el Reglamento Académico del IPNM. 4.6. R.D. Nº 0330-93-IPNM: Crea el Centro PRE-IPNM. 4.7. R.D. N° 0158-95-IPNM, aprueba las carreras profesionales del IPNM. 4.8. Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes. 4.9. Resolución de Secretaría General N°030–2017–MINEDU, Norma y orientaciones para la determinación de vacantes para el examen de admisión en Instituciones de Formación Inicial Docente y su modificatoria Resolución Ministerial N° 118- 2018-MINEDU. 1
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. ADMINISTRACIÓN DEL PROCESO La planificación, organización, ejecución y evaluación del proceso de admisión al Instituto Pedagógico Nacional Monterrico – Programa de Formación Inicial Docente, Pregrado, está a cargo del Equipo Técnico, nombrada para tal efecto por RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E con funciones implícitas al cargo de cada uno de sus miembros, establecidas en el marco de la Ley Universitaria Nº 30220, Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, Resolución de Secretaría General N°030–2017–MINEDU, Norma y orientaciones para la determinación de vacantes para el examen de admisión en Instituciones de Formación Inicial Docente y su modificatoria Resolución Ministerial N° 118-2018-MINEDU y las que se fijen en el presente reglamento. 5.2. PROGRAMAS DE ESTUDIOS EN CONVOCATORIA Los Programas de Estudios cuya oferta se convoca en el Proceso de Admisión 2020 son las que, en términos de carreras profesionales de Formación Inicial Docente, están aprobadas los por R.D. Nº 0158-95-IPNM, con carácter vigente y cuyo currículo promocional se rige por R.D. Nº 0184-2018-IPNM; exceptuando los Programas de Estudio de Inicial y Primaria que se aprueban con Resolución Viceministerial Nº 163-2019-MINEDU (y su modificatoria Resolución Viceministerial Nº 202-2019-MINEDU) y Resolución Viceministerial Nº 204-2019- MINEDU respectivamente. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. ADMISIÓN 6.1.1. El ingreso al Programa de Formación Inicial Docente / Pregrado del IPNM se realiza mediante Concurso Público y comprende las siguientes Modalidades 1: a) Ingreso Ordinario para los estudiantes que hayan concluido satisfactoriamente la educación secundaria y cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento. b) Ingreso por Exoneración para los postulantes provenientes del Centro PRE- IPNM, COAR, traslados externos, deportistas calificados, beneficiarios del Programa Integral de Reparaciones en Educación, Primer y Segundo puesto de Educación Básica, Artista Calificado y Servicio Militar. 6.1.2. El Ingreso Ordinario considera : a) Evaluación de competencias: prueba de la competencia de Comunicación, prueba de la competencia de Matemática y prueba de Cultura General b) Evaluación psicológica. c) Evaluación de las competencias para la carrera: entrevista diagnóstica vocacional y dinámica grupal diagnóstica – vocacional 1 Reglamento de la Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes/ Art. 26 Modalidades de Admisión 2
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 6.1.3. El Ingreso por exoneración considera: a) Evaluación psicológica. b) Evaluación de las competencias para la carrera: entrevista diagnóstica vocacional y dinámica grupal diagnóstica – vocacional 6.1.4. El Ingreso Directo vía Centro PRE-IPNM es dirimido por el Consejo Directivo Institucional, a partir del Informe sustentado por la Coordinación de dicho Centro, con sujeción al porcentaje de las vacantes establecidas en el presente Reglamento para esta modalidad, que se asignarán en estricto orden de mérito. a. El 80% de las vacantes establecidas para cada Programa de Estudios se cubrirá con los ingresantes por Concurso Ordinario. El 20% de vacantes se adjudicará de la siguiente manera: Centro PRE-IPNM 13% (solo para los Programas de Estudios de Educación Inicial y Primaria) y el 7% se distribuye entre: Traslados externos, COAR, deportistas calificados, beneficiarios del Programa Integral de Reparaciones en Educación, Primer y Segundo puesto de Educación Básica, Artista Calificado y Servicio Militar b. La nota mínima aprobatoria en escala vigesimal es once (11) y catorce (14) se aplica para el Ingreso Directo a través del Centro PRE-IPNM. Dicho criterio responde a políticas institucionales orientadas a la exigencia y excelencia académica con un acento valorativo, tendiente a asegurar una calidad educativa centrada en el desarrollo de la persona, sus potencialidades y visión de servicio social. c. Se establece como condición para postular a la especialidad de Inglés (sea cual fuere la modalidad por la que se presenta), el conocimiento de dicho idioma a nivel intermedio como mínimo, que se verificará con la presentación de una constancia expedida por una institución que acredite contar con dicho nivel básico A2 2 . 6.2. INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES 6.2.1. Para la inscripción al Concurso Público se requiere los siguientes documentos: a) Ficha de inscripción, llenada y firmada por el postulante. b) Certificado oficial de estudios de educación secundaria completa (excepto traslados externos). c) Copia simple del documento nacional de identidad (DNI). d) Certificado de conducta expedido por la dirección de la Institución Educativa del postulante si es menor de edad; o, certificado de antecedentes policiales expedido por las Autoridades (PNP), si es mayor de edad. e) Dos fotografías recientes e iguales, tamaño carné, de frente, a color y en fondo blanco. f) Constancia de haber aprobado el Examen de Suficiencia del Idioma Inglés, para los que postulan a esta especialidad. g) Comprobante de pago del derecho de inscripción. 6.2.2. Los estudiantes del Centro PRE-IPNM que no obtuvieran ingreso directo, tienen opción de presentarse al Concurso Ordinario de Admisión, con las condiciones señaladas en el inciso 6.2.1. 6.2.3. Los postulantes por la modalidad de Ingreso por Exoneración (inciso 6.1.1.b), pueden concursar a las vacantes disponibles en cada especialidad mediante 2 Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas * Se excluyen de este requisito a los postulantes a idiomas con nivel avanzado concluido. 3
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 una prueba especial y rendirán las evaluaciones que establece el inciso 6.1.3 del presente reglamento. Adjuntarán a su expediente: a. Egresados del Colegio Mayor “Presidente de la República” o de los colegios de Alto Rendimiento COAR: Constancia de excelencia académica emitida por la Dirección General de la institución. b. Primer y segundo puesto de Educación Básica; Certificado de estudios en cuyo anverso deberá figurar el cuadro de méritos visado por la UGEL correspondiente. c. Deportista calificado; Constancia emitida por la Dirección Nacional de Deporte de Afiliados del Instituto Peruano del Deporte, que lo acredite como miembro de la federación nacional y/o constancia de haber participado en certámenes nacionales e internacionales. d. Beneficiarios del Programa Integral de Reparaciones en Educación; Certificado de acreditación de la inscripción en el registro único de víctimas. e. Artista calificado, Danza; Constancia de representación nacional o regional emitida por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, Escuelas Nacionales o Regionales Superior de Arte. f. Servicio Militar; Constancia de la institución. g. Centro PRE – IPNM; Constancia de ingreso directo. h. Traslados Externos; Certificados originales de estudios, expedidos por la institución de origen, sílabos visados de las asignaturas cursadas, constancia de no haber sido separado de la institución de procedencia por motivos académicos o disciplinarios. La Solicitud debe realizarse 45 días antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente. El Traslado Externo, procede cuando el tiempo de interrupción de los estudios superiores regulares no exceda a dos años. 6.2.5. Cumplidos los requisitos y exigencias de inscripción, se hará entrega al postulante de la credencial de inscripción, con fotografía, datos personales, código de registro, modalidad y Programa de Estudios al que se presenta. 6.2.7 Los postulantes que alcancen las vacantes asignadas, presentan para efecto de matrícula su expediente (que se visó al momento de la inscripción) en la fecha y plazo que fija el cronograma e incorporan los siguientes documentos: • Seis Fotografías a color, recientes e iguales, tamaño carné, de frente y en fondo blanco. • Partida de nacimiento original. • Comprobante de pago del derecho de matrícula. 6.3. METAS DE INGRESANTES 6.3.1. Para el Año Académico 2020, las metas de ingresantes establecidas por el Consejo Directivo con RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E de acuerdo a los Programas de Estudios del Currículo Básico de Formación Inicial Docente / Pregrado del IPNM, son: PROGRAMA DE ESTUDIOS N° DE VACANTES Educación Inicial 38 Educación Primaria 38 Ciencia y Tecnología 35 Matemática 35 Ciencias Sociales 35 Comunicación 35 Idiomas, especialidad Inglés 35 6.3.2. No se abrirá un Programa de Estudios con menos de doce (12) estudiantes. 4
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 6.4. CRONOGRAMA • Inscripciones para el examen ordinario -27 de enero 2020 al 16 de marzo 2020 • Inscripciones para el ingreso por exoneración -27 de enero 2020 al 14 de febrero 2020 • Examen de Suficiencia para los postulantes a la - 13 de marzo 2020 Especialidad de Idiomas – Inglés • Evaluación de la modalidad de ingreso por - 14 de marzo 2020 exoneración • Prueba de Aptitud Académica y Evaluación -21 de marzo 2020 Psicológica • Dinámica Grupal diagnóstica-vocacional -22 al 25 de marzo 2020 • Entrevista diagnóstica-vocacional Publicación de Resultados Finales: Ingresantes -27 de marzo 2020 • Examen médico Ingresantes -28 de marzo 2020 • Presentación de Expedientes y Matrícula -30 de marzo de 2020 • Inicio de clases - miércoles 1 de abril de 2020 7. FINANCIAMIENTO Las modalidades de admisión se financian con los aportes por derecho de inscripción de los postulantes. Los montos los señala y aprueba el Consejo Directivo del IPNM con RCD N°001- 2020-CD-IPNM/E de acuerdo al presupuesto establecido para cada modalidad de admisión. Los montos establecidos para la inscripción en el Concurso Público del año 2020 son los siguientes: N° concepto monto Inscripción para Postulantes procedentes de 01 S/ 300.00 Instituciones Educativas Estatales Inscripción para Postulantes procedentes de 02 S/ 400.00 Instituciones Educativas Particulares Inscripción para Postulantes provenientes del Centro 04 S/ 200.00 Pre IPNM para el Examen de Admisión 05 Prospecto de Admisión S/ 30.00 06 Examen de Suficiencia en Idiomas – Inglés S/ 50.00 5
COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES 8.1. El Sistema de Admisión es procesado en sus etapas de inscripción de postulantes, registro de evaluaciones y publicación de resultados, a través de un Software, diseñado, validado y administrado por la Comisión Central de Admisión del IPNM, bajo responsabilidad de la Unidad de Informática Institucional y por el sistema informático administrado por el MINEDU. 8.2. Las pruebas escritas que se aplican en los exámenes de admisión, así como el Software que sistematiza el procesamiento y registro de las evaluaciones, constituyen pertenencia del IPNM y su autoría proviene de las comisiones específicas ad hoc conformadas para tal fin. 8.3. El proceso de admisión en su etapa de Inscripción de postulantes, se esquematiza con carácter normativo en el esquema – ANEXO 01 del presente Reglamento; que define y puntualiza fases, acciones y unidades de la organización institucional de su responsabilidad. 8.4. La comunicación e información en torno al Concurso de Admisión y su convocatoria, se ofrece y consolida en el prospecto de admisión, que contempla Perfil Institucional, Programas de Estudio, modalidades, requisitos, cronograma de inscripción y evaluaciones, Áreas del Conocimiento exigidas, así como Grado Académico y Título Profesional que se confieren. Igualmente se emplea como medios de difusión la página www.ipnm.edu.pe y los que el Consejo Directivo del IPNM determine. 8.5. Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por la Dirección General del IPNM, en coordinación con la Comisión Central de Admisión, y en conocimiento del Consejo Directivo Institucional. 8.6. El presente Reglamento entra en vigencia, previa aprobación del Consejo Directivo del IPNM. 6
ANEXO 01 COMISIÓN DE ADMISIÓN 2020 SISTEMA DE ADMISIÓN DEL IPNM – AÑO ACADÉMICO 2020 FLUJOGRAMA INTERNO DEL PROCESO DE INSCRIPCIONES – CONCURSO PÚBLICO 1° 2° 3° 4° LLENADO Y ENVÍO DE LA FICHA DE VISACIÓN DE EXPEDIENTES Y ENTREGA DE LA FASES RECEPCIÓN Y DESPLAZAMIENTO COBRO DERECHOS DE INSCRIPCIÓN INSCRIPCIÓN CREDENCIAL Recepción de Acondicionamiento del Verificación en el expediente, Verificación/Confrontación de datos Postulantes. sistema para que el del tipo de gestión de la contenidos en la Ficha de Inscripción Revisión y orientaciones sobre postulante realice el Institución Educativa de con los anexos del expediente. componentes y organización llenado y envío de la Ficha procedencia del postulante. Visación del expediente (sello, firma y del expediente. de Inscripción. Ingreso del Nombre y DNI del fecha) en el reverso de cada Orientación del proceso y del Verificación del postulante a su control virtual. documento. A desplazamiento que realizarán cumplimiento del inciso Recaudación del derecho de Impresión de Ficha de Inscripción y C en el proceso de inscripción.. 6.2.5. del presente examen de admisión según pegado de foto y su retención. C Envío de postulantes a Sala Reglamento. tipo de gestión de la Institución Emisión e Impresión de CREDENCIAL I de Informática N° 3: Pre Subsanación de consultas. Educativa de procedencia. de Inscripción (codificación O Inscripción virtual. Envío de postulantes a Expedición de Recibo. automática), pegado de foto y entrega al N Tesorería. Envío de postulantes al primer postulante. E piso: Secretaría General. Emisión e Impresión de la S CREDENCIAL solo para casos especiales (Primeros Puestos y/o Traslado Externo). Además del Credencial, entrega del Cronograma y Hoja de Instrucciones para Postulantes. ORGANOS RESPON- - SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SABLES SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA GENERAL - UNIDAD DE INFORMÁTICA -TESORERÍA- COORDI- NACIÓN SUB C O M I S I Ó N ADMINISTRATIVA C O M I S I Ó N C E N T R A L D E A D M I S I Ó N
También puede leer