Sindicatura Concursal. Acuerdo N 6 de Rosario

Página creada Adrián Lekumberri
 
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Sindicatura Concursal. Acuerdo N° 6 de Rosario

    En la ciudad de Rosario, a los veinte días del mes de agosto              del respectivo Distrito Judicial cuya lista aspira a inte-
del año dos mil tres, se reunieron en Acuerdo los señores jue-                grar; y de que ella es adecuada para atender en forma
ces integrantes de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comer-                pública, personal e indelegable. Debe individualizarse el
cial de Rosario bajo la presidencia de su titular, el doctor Aveli-           domicilio (calle, número, piso, oficina), teléfono/s, fax,
no J. Rodil, y con la presencia de los doctores María del Carmen              correo electrónico y/o cualquier otro medio para comu-
Alvarez, Edgard J. Baracat, Mario Chaumet, Alicia Garcia, Jorge               nicarse. Desde el momento de la solicitud de inscrip-
W. Peyrano, Néstor Pedro Sagüés, José María Serralunga y Ri-                  ción, dicho domicilio se tiene como domicilio especial a
cardo A. Silvestri para tratar los siguientes temas:                          todos los efectos relacionados con la actuación como
                                                                              síndico, y sólo se tendrá por cambiado después de ha-
    Punto 1 º: Tratamiento definitivo del Proyecto de Comisión de-            berse notificado a esta Cámara y haberse aceptado di-
signada por Acuerdo 3/03 (punto 2) en relación a la presentación              cho cambio por este Tribunal;
efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas                e) Aclaración sobre si tiene relación de dependencia o vin-
(Ref. Ac. 8/95). Luego de un intercambio de opiniones, la Cáma-               culación con otras personas o entidades profesionales
ra de Apelación Civil y Comercial de Rosario; Resuelve: Aprobar               o no; en su caso, índole de la relación e identificación de
las modificaciones al Reglamento para formación de listas de                  las personas o entidades;
Síndicos y otros Funcionarios Concursales y de aspectos cone-              f) Individualización de antecedentes en las siguientes
xos al ejercicio de la Superintendencia Concursal (Ley 24.522), el            áreas:
que quedará redactado de la siguiente manera:                                 1) Títulos universitarios
                                                                              2) Experiencia en el ejercicio de la sindicatura concur-
Artículo 1º: Cada cuatro años, durante los meses de octubre y                     sal (nombre de la causa, juzgado y año; carácter de
noviembre, se reciben en el Consejo Profesional de Ciencias                       titular o suplente; sanciones, en su caso)
Económicas de la provincia de Santa Fe (Rosario), las solicitu-               3) Antecedentes en el ejercicio profesional
des de inscripción que presenten los interesados en integrar las              4) Antecedentes académicos (cátedras universitarias;
listas de síndicos para actuar en concursos preventivos y quie-                   cursos, seminarios, conferencias o congresos, indi-
bras en los Juzgados de la Circunscripción Judicial nº 2 (Art. 6                  cando carácter de asistente, disertante, etc., traba-
L.O.P). Las respectivas solicitudes deben ser firmadas ante el                    jos de investigación, artículos y libros con datos de
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de                     publicación; pertenencia a entidades científicas).
Santa Fe (Rosario); bajo juramento deben contener los datos si-               5) Título Universitario de posgrado de especialización
guientes:                                                                         en Sindicatura Concursal. Deberá al respecto indi-
     a) Datos personales, con indicación del domicilio real y do-                 car concretamente: a) Denominación del título o
         micilio especial del inciso “d”;                                         grado obtenido; b) Fecha de expedición del mismo;
    b) Datos correspondientes a la inscripción profesional,                       c) Universidad que lo confiere. No deberá incluirse
         constancia de estar inscripto en el Consejo Profesional                  en esta rubro (5) cursos de especialización que no
         de Ciencias Económicas, con la matrícula al día, debien-                 impliquen el otorgamiento de un título o grado a
         do tener cumplidos los cinco años de antigüedad en la                    quien los haya aprobado.
         matrícula antes del 31 de diciembre del año en que se                6) Otros títulos universitarios de posgrado. Todos los tí-
         abren los registros de postulantes;                                      tulos precedentes a que hace mención este artícu-
     c) Manifestación expresa de poseer antecedentes de ín-                       lo, deben ser anteriores al cierre de la presentación
         dole personal y profesional intachables; declaración de                  de las solicitudes, y deberán acreditarse mediante
         no estar inhabilitado por quiebra, de no estar sometido a                fotocopia certificada.
         proceso penal (indicando, si fuera el caso, causa, radi-
         cación y estado de la misma), de no estar inhabilitado         Artículo 2º: En casos de estudios de contadores que se presen-
         específicamente para el ejercicio de la sindicatura, y de      ten como aspirantes a integrar las listas como tales, se deben
         no haber presentado renuncia a designaciones que co-           consignar todos los datos enumerados en el artículo primero
         mo síndico le hubiesen correspondido (en caso de así           respecto de cada uno de los integrantes del estudio, por sepa-
         haberlo hecho, indicará las causas que la motivaron y          rado.
         datos para la individualización del expediente);
     d) Indicar el o los Distritos Judiciales de esta circunscrip-      Artículo 3º: El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de-
         ción en los cuales no pretende actuar (Distrito Judicial       be presentar todas las solicitudes que hubiera recibido, en la
         nº 2 -Rosario-; Distrito Judicial nº 6 -Cañada de Gómez-;      Secretaría de Presidencia de esta Cámara de Apelación, antes
         Distrito Judicial nº 7 -Casilda-; Distrito Judicial nº 12 -    del 15 de febrero del año inmediato siguiente, con las observa-
         San Lorenzo-; Distrito Judicial nº 14 -Villa Constitución-).   ciones o informes sobre cada una que se estimen pertinentes a
         Declaración de tener oficina dentro de la localidad sede       fin de alcanzar la más adecuada integración de las listas.
Ar tículo 4º: Teniendo en cuenta los elementos de juicio aporta-       del artículo 253 L.C.- a la agrupación de al menos tres contado-
dos por los interesados, y los demás que se pudieren reunir a          res públicos cuya mayoría esté en condiciones legales de ejer-
través de los informes de las entidades profesionales o por ini-       cer la sindicatura concursal, organizados profesionalmente pa-
ciativa del Tribunal, éste confeccionará -antes del 15 de abril-       ra ello, de manera permanente, objetivamente comprobable y
un listado general de todos los candidatos (estudios e indivi-         con el mismo domicilio (Art. 1° inc. d de este Reglamento). Salvo
duos) habilitados para integrar las pertinentes listas. Para ello      discriminación expresa al momento de la inscripción se enten-
se tendrán en cuenta las directivas legales que mandan tener           derá a los fines del Art. 256, L.C.- que todos los integrantes del
en consideración los antecedentes profesionales y académicos           estudio son “principales”.
así como asignar preferencia a los títulos universitarios de es-
pecialización en Sindicatura Concursal.                                Artículo 9º: La Secretaría de Presidencia llevará un legajo per-
                                                                       sonal por cada síndico (individuo y estudio), donde se registrará
Artículo 5º: La Cámara de Apelación confeccionará las listas           los concursos en que resultaren sorteados y designados, licen-
previstas por el Artículo 253 de la Ley de Concursos conforme          cias concedidas, sanciones impuestas y todo otro dato que se
las pautas señaladas por los incisos 1 y 2 de tal norma.               considere pertinente para evaluar el desenvolvimiento profesio-
En el caso de que el número de postulantes con título universi-        nal.
tario de posgrado de especialización en Sindicatura Concursal
resultare insuficiente o excesivo con relación al número que fi-       Ar tículo 10º: Los jueces designarán, en cada proceso concur-
jare la Cámara para las listas, ésta procederá a una selección         sal, la fecha de la audiencia para sorteo de síndico. Esas au-
conforme las siguientes directrices:                                   diencias se llevarán a cabo, exclusivamente, en la Secretaría
    1- Setenta puntos por la posesión del referido título.             de la Presidencia de la Cámara, todos los días miércoles o el in-
    2- Treinta puntos en razón de los demás antecedentes               mediato hábil si éste fuese feriado, a partir de las 10 de la ma-
         mencionados por la norma legal citada.                        ñana. El acto de sorteo será público y realizado de acuerdo a lo
                                                                       resuelto por Acuerdo n° 7 del 12/12/2001 (sorteo informático). El
   La Cámara de Apelación podrá delegar la evaluación de an-           actuario realizará el sorteo anunciando de viva voz los Autos y
tecedentes a un jurado “ad hoc” y “ad honorem” de tres miem-           el Juzgado correspondiente a cada sorteo; deberá labrar un
bros titulares y tres suplentes cuyos nombres se publicitarán          acta - que podrá ser firmada por los asistentes que quisieren
adecuadamente con anterioridad al 15 de febrero.                       hacerlo- en el libro especial con los sorteos de cada día, y de-
                                                                       jará constancia del nombre y domicilio del sorteado para el ex-
Artículo 6º: El 15 de abril se publicarán en los estrados del tribu-   pediente concursal respectivo a fin de que en el Juzgado co-
nal(Secretaría de Presidencia de la Cámara) los nombres de to-         rrespondiente se efectúe la designación en legal forma (art.
dos los postulantes (estudios o individuos) aceptados para inte-       253 inc. 4. L.C.).
grar las listas, previo a lo cual, la Cámara determinará su núme-
ro de acuerdo a las pautas del artículo séptimo. Esta publicación      Artículo 11º: A los efectos del sorteo, los Juzgados comunicarán
servirá de suficiente notificación a los interesados, a todos los      a la Secretaría de la Presidencia el nombre de los autos para los
efectos que correspondieren. Cualquier observación podrá for-          cuales se requiere síndico, con aclaración sobre el tipo de sin-
mularse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publica-       dicatura (unipersonal o plural; estudio o individuo) y de juicio
ción mencionada; su resolución será irrecurrible.                      concursal (concurso preventivo o quiebra); esto último a fin de
                                                                       sortear separadamente los concursos preventivos y las quiebras
Artículo 7º: En la Circunscripción Judicial n° 2, teniendo en          (artículo 253 inc. 4 L.C.). La comunicación se dá por escrito y de-
cuenta las cantidades a que alude el Art. 253 inc. 2 de la Ley de      berá haberse recibido sin observaciones en la Mesa de Entra-
Concursos, se confeccionará una lista general de Síndicos Ca-          das de Presidencia el día anterior al señalado para los sorteos a
tegoría “A” (Estudios) integrada como mínimo por 70 estudios, y        fin de poder ser incluidos en el inmediato o, en su defecto, en el
una lista general Categoría “B” (Individuos) formada al menos          siguiente.
por 280 profesionales. Cantidades que podrán ser ampliadas por
la Cámara por razones de Servicio.                                     Artículo 12º: Durante el período de verificación tempestiva de los
                                                                       créditos y hasta la presentación del informe individual, los síndi-
Las listas mencionadas también servirán como listas de Suplen-         cos (individuos o estudios) deberán tener abierta su oficina pa-
tes y el designado en tal carácter saldrá de la lista como Suplen-     ra atención al público todos los días hábiles judiciales, durante
te hasta tanto hubieran actuado los otros en la misma forma. La        por lo menos seis horas por día, en el horario comprendido en-
designación como suplente se computará independientemente              tre las 08.00 y las 20.00 hs. En cada caso, al aceptar el cargo el
a los fines del Art. 253 inc. 6 de la Ley de Concursos.                síndico establecerá el horario de atención al público conforme a
                                                                       las pautas señaladas, el que se publicitará en los edictos (art.
Para el el sorteo se tendrá en cuenta lo indicado al tiempo de la      275 inc. 7, L.C.).
inscripción en relación de lo dispuesto por el Art. 1 inc. D) de es-
te Reglamento.                                                         Artículo 13º: Las nuevas listas de síndicos se utilizarán a partir
                                                                       del primer sorteo inmediato posterior al vencimiento del plazo de
Artículo 8°: Se entiende por “estudio de contadores” -a los fines      cuatro años de comenzada la utilización de las listas anteriores.
Artículo 14º: Cada cuatro años durante noventa días corridos a          Artículo 18º: Cada cuatro años, durante todo el mes de octubre
partir del 25 de setiembre, se reciben en la Secretaría de Presi-       se recibirán en el Colegio de Escribanos de la segunda Circuns-
dencia de esta Cámara de Apelación, las solicitudes de inscrip-         cripción Judicial, las solicitudes de los Notarios postulantes a
ción de aspirantes a integrar las listas de Evaluadores (art. 262       integrar listas de incautadores en quiebras (artículo 88 inc. 10, y
L.C.), Enajenadores (art. 261, L.C.) y Coadministradores (art. 17 y     177, L.C.) que tramiten ante los Juzgados con competencia con-
259, L.C.). Deben ser firmadas ante el Tribunal, y con carácter de      cursal de los Distritos de la Segunda Circunscripción Judicial.
declaración jurada individualizarán los datos referidos en el Ar-       Antes del siguiente 15 de noviembre, el Colegio de Escribanos
tículo Primero, en lo que fueren pertinentes respecto de cada lis-      elevará a la Secretaría de Presidencia el listado de los profesio-
ta y profesión, y los datos específicamente exigidos, en su caso,       nales que se hubieran presentado y estuviesen habilitados legal
por la Ley 24.522. En el caso de los Martilleros, las solicitudes de-   y reglamentariamente, con discriminación de los Juzgados para
berán ser presentadas -dentro del mismo período- en el Colegio          cuyas listas postulan (Rosario, Cañada de Gómez, Casilda, San
de Martilleros de Rosario, entidad que deberá elevar las solici-        Lorenzo y Villa Constitución). Antes del 30 de noviembre, en la
tudes de quienes estuviesen legal y reglamentariamente habili-          Secretaría de Presidencia y en acto público, se confeccionará
tados para conformar las listas concursales, a la Secretaría de         las respectivas listas, para los diferentes Juzgados. En caso de
Presidencia de esta Cámara de Apelación, antes del 15 de febre-         ser necesario se estará a lo resuelto por Acuerdo n° 3/ 2001 pun-
ro inmediato siguiente.                                                 to 2. Las mismas se remitirán a los Juzgados respectivos, donde
                                                                        se realizarán las designaciones, en los casos que fuere menes-
Artículo 15º: El 15 de marzo del año inmediato siguiente se publi-      ter, previo sorteo por el Actuario del Juzgado, el cual podrá lle-
carán en los estrados del Tribunal (secretaría de Presidencia de        varse a cabo “inmediatamente de dictada la sentencia de quie-
la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario) los nom-           bra” (artículo 177, L.C.). La designación podrá notificarse al in-
bres de los aspirantes aceptados y de los rechazados u obser-           cautador por escrito o verbalmente, por el medio que el Actua-
vados; ello servirá de única y suficiente notificación a todos los      rio considerase más eficaz según las circunstancias del caso.
efectos.
                                                                        Artículo 19: Hágase saber a las entidades profesionales corres-
Artículo 16º: Antes del 15 de abril siguiente en fecha que se pu-       pondientes, a los Juzgados con competencia concursal de la
blicitará de igual modo al señalado en el artículo anterior, en ac-     Segunda Circunscripción Judicial y a la Excma. Corte Suprema
to público ante el Presidente de la Cámara, se confeccionarán           de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Exhíbase copia de la pre-
las listas de los funcionarios mencionados en el artículo 14, pa-       sente en los Estrados del Tribunal (Secretaría de la Presidencia
ra los Juzgados con competencia concursal del Distrito Judicial         de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial), dése difusión
número dos (Rosario) y de los demás distritos de la Segunda Cir-        a la apertura de los registros de postulantes en los tableros ex-
cunscripción Judicial. En el caso de los Enajenadores se harán          hibidores de los Juzgados con competencia concursal y de las
listas separadas de “Enajenadores Martilleros” y “Enajenadores          Salas de esta Cámara de Apelación. Publíquese en el Boletín Ofi-
Bancos Comerciales o de Inversión, Intermediarios profesiona-           cial; dése noticia a los medios de prensa.
les en la enajenación de empresas, o cualquier otro experto o
entidad especializada” (artículo 161, L.C.). En el caso de los          Artículo 20: Este reglamento comenzará a regir para la confec-
Coadministradores, se hará una lista con “graduados universita-         ción de las nuevas listas, a partir de la publicación en los estra-
rios en administración de empresas” y otra con “personas espe-          dos de la Presidencia de la Cámara de Apelaciones.
cializadas en el ramo respectivo” (artículo 259, L.C.), individuali-    Con lo que termina el acto, firmando el Sr. Presidente y los Sres.
zándose dicho ramo y especialización. Se labrará acta refrenda-         Jueces de Cámara por ante mí que certifico.
da por el Actuario. Las nuevas listas entrarán en vigencia para
ser utilizadas a partir del primer sorteo posterior a con confec-
ción definitiva.
                                                                                                  Avelino J. Rodil
Artículo 17º: La designación de coadministradores o enajenado-
res se hará por el Juez en cada concurso donde fuere menester,                             María del Carmen Alvarez
por sorteo que se llevará a cabo exclusivamente en la Secreta-                                   Edgar J. Baracat
ría de Presidencia de esta Cámara de Apelación, los días jueves                                 Mario E. Chaumet
o el inmediato hábil en su caso, a partir de las diez de la maña-
                                                                                                   Alicia Garcia
na, en acto público en la manera prescripta en el artículo 10. El
designado sale de la lista hasta tanto hubiesen sido desinsacu-                                 Jorge W. Peyrano
lados todos los otros integrantes de ella. A los efectos del sor-                             Néstor Pedro Sagüés
teo, los juzgados harán la comunicación a la Secretaría de Pre-                              Jose Maria Serralunga
sidencia de la manera señalada en el artículo 11., indicando qué
                                                                                               Ricardo A. Silvestri
funcionario debe sortearse y, en su caso, de cuál lista cuando se
tratare de enajenadores o coadministradores.                                              Perla S. Frontini (secretaria).
Acuerdo N° 6. Complementario. Rosario
    En la ciudad de Rosario, a los 10 días     Superintendencia Concursal (ley 24522),        tenerse en cuenta que ahora en toda la
del mes de Setiembre del año dos mil           atento a las notas de Aclaratoria presen-      Circunscripción Judicial N°2, los Jue-
tres, se reunieron en Acuerdo ordinario        tadas bajo cargos n° 1587 y 1623/03. De-       ces de todos los Juzgados con compe-
los señores Jueces de Cámara integran-         ben tener en cuenta los solicitantes que       tencia concursal tendrán a su disposi-
tes de la Cámara de Apelación en lo Civil      la Ley 24.522 en este punto es clara al dis-   ción la lista de Síndicos Categoría “A”.
y Comercial de Rosario bajo la Presiden-       poner “...Los integrantes de los estudios      Por otra parte, los estudios ven así no-
cia de su titular, el Dr. Avelino J. Rodil y   al tiempo de la inscripción no pueden a        tablemente ampliadas sus posibilidades
con la presencia de los doctores María         su vez inscribirse como profesionales in-      de actuación. La exclusión de algún
del Carmen Alvarez, Edgar J. Baracat,          dependientes...” (Art. 253 L.C.).              Distrito Judicial es voluntaria. Por lo
Mario E. Chaumet, Alicia L. Garcia, Jorge                                                     tanto, quien en la Circunscripción Judi-
W. Peyrano, Néstor P. Sagüés y Ricardo             Además la reforma al reglamento to-        cial N ° 2 se inscriba dentro de los Sín-
A. Silvestri y Consideran: que correspon-      mó como pauta básica la Circunscrip-           dicos Categoría. A, no podrá inscribirse
de complementar y aclarar el Acuerdo           ción Judicial en la cual ejerce su juris-      en la Categoría B. Por tanto, la Cámara
N° 6 celebrado el 20 de Agosto del año         dicción esta Cámara, y no los Juzgados         de Apelación en lo Civil y Comercial de
2003 sobre las modificaciones al Regla-        individualmente.                               Rosario, Resuelve: Aclarar el Acuerdo
mento para formación de listas de Síndi-                                                      de Cámara N° 6 de fecha 20 de agosto
cos y otros Funcionarios Concursales y             Con este concepto ha de vincularse         de 2003, en el sentido expresado prece-
de aspectos conexos el ejercicio de la         la prohibición del Art. 253 - L.C.. Debe       dentemente.
Acuerdo Nº 108

    En la ciudad de Venado Tuerto a los           tros de postulantes;                      (3) Antecedentes en el ejercicio pro-
26 días del mes de setiembre del 2003, se     c.  Manifestación expresa de po-                  fesional
reúnen en Acuerdo los Señores Vocales             seer antecedentes de índole per-          (4) Antecedentes académicos (cáte-
doctores Luis Emilio Ayuso, Carlos Alber-         sonal y profesional intachables;              dras universitarias, cursos, semi-
to Chasco y la Dra. Griselda Mercedes             declaración de no estar inhabili-             narios, conferencias o congre-
Mir, a fin de considerar el siguiente tema:       tado por quiebra, de no estar so-             sos, indicando carácter de asis-
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO P A-                  metido a proceso penal (indican-              tente, disertante, etc., trabajos de
RA FORMACIÓN DE LISTAS DE SÍNDI -                 do si fuera el caso, causa, radi-             investigación, artículos y libros,
COS Y OTROS FUNCIONARIOS CONCUR -                 cación y estado de la misma), de              con datos de publicación, perte-
SALES Y DE ASPECTOS CONEXOS AL                    no estar inhabilitado específica-             nencias a entidades científicas).
EJERCICIO DE LA SUPERINTENDENCIA                  mente para el ejercicio de la sin-
CONCURSAL(Ley 24.522). Luego de un in-            dicatura y de no haber presenta-       Ar tículo 2º: El consejo Profesional de
tercambio de opiniones sobre el tema y            do renuncia a designaciones que        Ciencias Económicas debe presentar to-
considerando de suma importancia la re-           como síndico le hubiesen corres-       das las solicitudes que hubiera recibido,
glamentación del procedimiento para la            pondido (en caso de así haberlo        en la Secretaría de Presidencia de esta
formación de listas de síndicos concur-           hecho, indicará las causas que la      Cámara de Apelación, antes del 15 de fe-
sales y los temas conexos al ejercicio de         motivaron y datos para la indivi-      brero del año inmediato siguiente, con
la superintendencia, por unanimidad, Se           dualización del expediente);           las observaciones o informes sobre cada
Resuelve:                                     d. Declaración de tener oficina den-       una que se estimen pertinentes a fin de
                                                  tro de la localidad donde esté ra-     alcanzar la más adecuada integración de
Artículo 1º: Cada cuatro años, durante            dicado el juzgado cuya lista           listas.
noventa días corridos a partir del 29 de          aspirar integrar; y de que ella es
septiembre, se reciben en el Consejo              adecuada para atender en forma         Artículo 3º: Teniendo en cuenta los ele-
Profesional de Ciencias Económicas, Cá-           pública, personal e indelegable.       mentos de juicio aportados por interesa-
mara 2, Delegación Venado Tuerto, las             Debe individualizarse el domicilio     dos, y los demás que pudieren reunir a
solicitudes de inscripción que presentan          (calle, número, piso, oficina) telé-   través de los informes de las entidades
los contadores públicos o los estudios de         fono-s, fax, correo electrónico        profesionales o por iniciativa del tribunal,
contadores, interesados en integrar las           y/o cualquier otro medio para co-      éste confeccionará antes del 15 de abril
listas de síndicos titulares y suplentes          municarse. Desde el momento de         un listado general de todos los candida-
para actuar en concursos preventivos y            la solicitud de inscripción, dicho     tos habilitados para integrar las pertinen-
quiebras en los juzgados en los cuales es         domicilio se tiene como domicilio      tes listas. A los efectos de conformar las
alzada esta Cámara de Apelación en lo             especial a todos los efectos rela-     listas según las directivas legales que
Civil, Comercial y Laboral, de esta ciudad,       cionados con la actuación como         mandan tener en consideración los ante-
debiendo limitar su inscripción, cada pro-        síndico, y sólo se tendrá por cam-     cedentes profesionales y académicos así
fesional interesado, a tres juzgados de           biado después de haberse notifi-       como consignar preferencias a los títulos
esta Circunscripción solamente. Las res-          cado a esta Cámara y haberse           universitarios de especialización en sin-
pectivas solicitudes deben ser firmadas           aceptado dicho cambio por este         dicatura concursal, a cada postulante se
ante el Consejo Profesional de Ciencias           Tribunal;                              asignará un puntaje de acuerdo a los an-
Económicas de la Provincia de Santa Fe        e. Aclaración sobre si tiene rela-         tecedentes del inc. f) Art.1º.
Delegación Venado Tuerto, bajo juramen-           ción de dependencia o vincula-
to, deben contener los datos siguientes:          ción con otras personas o enti-        Artículo 4º: En principio, el puntaje co-
    a. Datos personales, con indicación           dades profesionales o no; en su        rrespondiente a los antecedentes reque-
         del domicilio real y domicilio es-       caso, índole de la relación e iden-    ridos es el siguiente:(1) Titulo universita-
         pecial de inciso d.                      tificación de las personas o enti-     rio de postgrado de especialización en
    b. Datos correspondientes a la ins-           dades;                                 sindicatura Concursal (obtenidos antes
         cripción profesional, constancia     f. Individualización de anteceden-         del cierre de la presentación de solicitu-
         de estar inscripto en el Consejo         tes en las siguientes áreas:           des):60 puntos; (2) Experiencia en el ejer-
         Profesional de Ciencias Econó-       (1) Títulos universitarios                 cicio de sindicaturas concursales, sin
         micas con la matrícula al día, de-   (2) Experiencia en el ejercicio de la      sanciones: de 1 a 15 puntos; (3) Antece-
         biendo tener cumplidos los cinco         sindicatura concursal(nombre de        dentes en el ejercicio profesional: de 1 a
         años de antigüedad en la matrí-          la causa, juzgado y año; carácter      10 puntos; (4) Antecedentes académicos:
         cula antes del 31 de diciembre           de titular o suplente; sanciones,      de 1 a 15 puntos. La graduación de punta-
         del año en que se abren los regis-       en su caso)                            jes, en los items (2), (3) y (4), se hará te-
niendo en consideración la importancia
de los distintos antecedentes que se           Artículo 10º: Los Jueces designarán, en        Artículo 14º: Cada cuatro años, durante
acrediten dentro de dichos rubros. La Cá-      cada proceso concursal, la fecha de au-        noventa días corridos a partir del 29 de
mara de Apelación podrá delegar la eva-        diencia para sorteo del síndico. Esas au-      setiembre, se reciben en la Secretaría de
luación de antecedentes y asignación de        diencias se llevarán a cabo, exclusiva-        esta Cámara de Apelación, las solicitu-
puntajes a un jurado "ad oc" y "ad hono-       mente, en la Secretaría de la Cámara, to-      des de inscripción de aspirantes a inte-
rem", de tres miembros titulares y tres su-    dos los días miércoles o el inmediato há-      grar las listas de Estimadores (art. 262
plentes, cuyos nombres se publicitarán         bil si éste fuese feriado, a partir de las     L.C.), Enajenadores (art. 261, L.C.) y Coad-
adecuadamente con anterioridad al 15 de        diez de la mañana. El acto de sorteo será      ministradores (arts. 17 y 259, L.C.) Deben
febrero.                                       público. Se utilizará bolillero u otro medio   ser firmadas ante el tribunal, y con carác-
                                               técnico apropiado. El Actuario realizará       ter de declaración jurada individualizarán
Artículo 5º: El 15 de abril se publicarán en   el sorteo anunciando de viva voz los au-       los datos referidos en el Art. 1º, en lo que
los estrados del tribunal (Secretaría de       tos y el Juzgado correspondientes a cada       fueron pertinentes respecto de cada lista
presidencia de la Cámara) los nombres          sorteo, deberá labrar un acta -que podrá       y profesión, y los datos específicamente
de todos los postulantes aceptados para        ser firmada por los asistentes que quisie-     exigidos, en su caso, por la ley 24.522. En
integrar las listas, consignándose asimis-     ran hacerlo- en libro especial con los sor-    el caso de los martilleros, las solicitudes
mo el puntaje asignado a sus anteceden-        teos de cada día, y dejará constancia del      deberán ser presentadas dentro del mis-
tes y títulos. También se publicarán los       nombre y domicilio del sorteado para el        mo periodo en el Colegio de Martillero de
nombres de los postulantes rechazados u        expediente concursal respectivo a fin de       Rosario (Delegación Venado Tuerto) enti-
observados. Esta publicación servirá de        que en el juzgado correspondiente se           dad que deberá elevar las solicitudes de
suficiente notificación a los interesados,     efectúe la designación en legal forma          quienes estuviesen legal y reglamenta-
a todos los efectos que cor respondieren.      (art. 253 inc. 4 L.C.).                        riamente habilitados para conformar las
                                                                                              listas concursales, a la Secretaría de es-
Artículo 6º: La confección definitiva de       Artículo 11º: A los efectos del sorteo, los    ta Cámara Apelación, antes del quince de
las listas se hará ante el Presidente, en      juzgados comunicarán a la Secretaría de        febrero inmediato siguiente.
acto público, antes del 15 de mayo, en la      la Presidencia el nombre de los autos pa-
fecha que se publicite de igual manera a       ra los cuales se requiere síndico, con         Artículo 15º: El quince de marzo del año
la señalada en el artículo anterior. Se la-    aclaración sobre el tipo de sindicatura        inmediato siguiente se publicarán en los
brará acta que deberá firmar el presiden-      (unipersonal o plural), y de juicio concur-    estrados del Tribunal (Secretaría de la
te y los Vocales que asistieran y podrán       sal (concurso preventivo o quiebra), esto      Cámara de Apelación en lo Civil, Comer-
igualmente firmarla las demás personas         último a fin de sortear separadamente los      cial y Laboral de Venado Tuerto), los
presentes que quisieran hacerlo; refren-       concursos preventivos y las quiebras           nombres de los aspirantes aceptados y
dará el Acuario.                               (art. 253 inc. 4, L.C.) La comunicación se     de los rechazados u observados; ello ser-
                                               hará por escrito y deberá haberse recibi-      virá de única y suficiente notificación a
Artículo 7º: En los Distritos Judiciales de    do sin observaciones en la Mesa de En-         todos los efectos.
la Tercera Circunscripción, para cada          tradas de Presidencia el día anterior al
Juzgado con competencia concursal, se          señalado para los sorteos a fin de poder       Ar tículo 16º: Antes del quince de abril si-
confeccionará una lista Categoría "B" (in-     ser incluido en el inmediato, o, en su de-     guiente, en fecha que se publicitará de
dividuos) integrada por veinticinco titula -   fecto, en el siguiente.                        igual modo al señalado en el artículo an-
res y diez suplentes (art. 253 inc. 3º).                                                      terior, en acto público ante el Presidente
                                               Artículo 12º: Durante el período de verifi-    de la Cámara, se confeccionarán las lis-
Artículo 8º: La totalidad de los cargos de     cación tempestiva de los créditos y hasta      tas de los funcionarios mencionados en
las diferentes listas de cada Distrito Judi-   la presentación del informe individual, los    el articulo 14, para los juzgados con
cial, se asignará respetándose la priori-      síndicos deberán tener abierta su oficina      competencia concursal de los Distritos
dad emergente del puntaje asignado a           para atención al público todos los días        de la Tercera Circunscripción Judicial.
cada individuo. En caso de puntajes igua-      hábiles judiciales, durante por lo menos       En el caso de los enajenadores, se ha-
les de candidatos que excedieran el sal-       seis horas por día, en el horario compren-     rán listas separadas de "enajenadores
do de vacantes disponibles, se procede-        dido entre las 08.00 y las 20.00 hs. En ca-    martilleros" y "enajenadores bancos co-
rá a sortear entre aquellos.                   da caso al aceptar el cargo el síndico es-     merciales o de inversión, intermediarios
                                               tablecerá el horario de atención al públi-     profesionales en la enajenación de em-
Artículo 9º: La Secretaría de Cámara lle-      co conforme a las pautas señaladas, el         presas, o de cualquier otro experto o en-
vará un legajo personal por cada síndico,      que se publicitará en los edictos (art. 275    tidad especializada" (art. 261, L.C.). En el
donde se registrarán los concursos en          inc. 7, L.C.).                                 caso de los coadministradores, se hará
que resultaren sorteados y designados,                                                        una lista con "graduados universitarios
licencias concedidas, sanciones impues-        Artículo 13º: Las nuevas listas de síndi-      en administración de empresas" y otra
tas y todo otro acto que se considere per-     cos se utilizarán a partir del sorteo inme-    con "personas especializadas en el ramo
tinente para evaluar el desenvolvimiento       diato posterior a la fecha de la confec-       respectivo" (art. 259, L.C.), individuali-
profesional.                                   ción definitiva.                               zándose dicho ramo y especialización.
Se labrará acta refrendada por el Actua-        Colegio de Escribanos de la 2da. Circuns-     tuario considerase más eficaz según las
rio. Las nuevas listas entrarán en vigen-       cripción Judicial, las solicitudes de los     circunstancias del caso.
cia para ser utilizadas a partir del primer     notarios postulantes a ingresar listas de
sorteo posterior a su confección defini-        incautadotes en quiebras (arts. 88 inc. 10,   Artículo 19º: Hágase saber a las entidades
tiva.                                           y 177 L.C.) que tramiten ante los Juzgados    profesionales correspondientes a los Juz-
                                                con competencia concursal de los Distri-      gados con competencia concursal de la
Artículo 17º: La designación de coadmi-         tos de la Tercera Circunscripción Judi-       tercera Circunscripción Judicial y a la Ex-
nistradores, enajenadores o estimadores         cial. Antes del siguiente quince de no-       celentísima Corte Suprema de Justicia de
se hará por el Juez en cada concurso            viembre, el Colegio de Escribanos eleva-      la Provincia de Santa Fe. Exhíbase copia
donde fuere menester, por sorteo que se         rá a la Secretaría de Presidencia el lista-   de la presente en los Estados del Tribunal
llevará a cabo -exclusivamente- en la Se-       do de los profesionales que se hubieran       (Secretaria de la Cámara de Apelación en
cretaría de esta Cámara de Apelación,           presentado y estuviesen habilitados legal     lo Civil, Comercial y Laboral). Dése difu-
los días jueves o el inmediato hábil en su      y reglamentariamente, con discrimina-         sión a la apertura de los registros de pos-
caso, a partir de las diez de la mañana, en     ción de los Juzgados para cuyas listas        tulantes en los tableros exhibidores de los
acto público de la manera prescripta en         postulan (Venado Tuerto, Rufino y Melin-      Juzgados con competencia concursal.
el artículo 10º. El designado sale de la lis-   cué). Antes del treinta de noviembre, en      Publíquese en el Boletín Oficial; dése noti-
ta hasta tanto hubiesen sido desinsacu-         la Secretaría de la Cámara y en acto pú-      cia a los medios de prensa.
lados todos los otros integrantes de ella.      blico, se confeccionarán las respectivas
– A los efectos del sorteo los juzgados         listas, para los diferentes Juzgados. Las     Insértese
harán la comunicación a la Secretaría de        mismas se remitirán a los Juzgados res-
Cámara de la manera señalada en el artí-        pectivos, donde se realizarán las desig-              Dr. Carlos Alberto Chasco
culo 11º indicando qué funcionario debe         naciones, en los casos que fuere menes-
sortearse, y, en su caso, de cuál lista         ter, previo sorteo por el Actuario del Juz-               Dr. Luis Emilio Ayuso
cuando se tratare de enajenadores o             gado, el cual podrá llevarse a cabo "in-
coadministradores.                              mediatamente de dictada la sentencia                Dra. Griselda Mercedes Mir
                                                de quiebra" (art. 177 L.C.). La designación
Artículo 18º: Cada cuatro años, durante         podrá notificarse al incautador por escri-           Esc. Carlos A. López Jordan
todo el mes de Octubre, se recibirán en el      to o verbalmente, por el medio que el Ac-
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