Subdelegación del Gobierno en Tarragona - Carta de Servicios 2018-2021 - Ministerio de Política Territorial
←
→
Transcripción del contenido de la página
Si su navegador no muestra la página correctamente, lea el contenido de la página a continuación
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CATALUÑA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN TARRAGONA Subdelegación del Gobierno en Tarragona Carta de Servicios 2018-2021 Edita: PCI NIPO: 785-18-012-6 Proteja el medio ambiente. No imprima si no es imprescindible
Subdelegación del Gobierno en Tarragona ÍNDICE PRESENTACIÓN ....................................................................................................................................... 2 DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES ......................................................................................................... 3 RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS ................................................................................................ 4 OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO ......................................................... 4 DERECHOS CIUDADANOS Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS ........................................ 5 PROTECCIÓN CIVIL ........................................................................................................................ 5 JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA ................................................................ 6 FOMENTO ........................................................................................................................................ 6 INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (IGN) ................................................................................. 7 ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN .............................................................................................. 7 UNIDAD CONTRA LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER ................................................................... 8 AGRICULTURA Y PESCA................................................................................................................. 9 INDUSTRIA ..................................................................................................................................... 10 SANIDAD ........................................................................................................................................ 11 TRABAJO ........................................................................................................................................ 12 OFICINA DE EXTRANJERÍA.................................................................................................................... 13 DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS ............................................................................... 14 FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS ........... 16 QUEJAS Y SUGERENCIAS ..................................................................................................................... 17 NORMATIVA BÁSICA REGULADORA DE LOS SERVICIOS .................................................................. 18 NIVELES O COMPROMISOS DE CALIDAD QUE SE OFRECEN .......................................................... 31 INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CARTA DE SERVICIOS ................. 32 MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS.............. 33 MEDIDAS QUE ASEGURAN LA IGUALDAD DE GÉNERO, QUE FACILITAN EL ACCESO AL SERVICIO Y QUE MEJORAN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN ....................................... 34 SISTEMAS DE GESTIÓN DE CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ............................................................................................................................................ 35 HORARIOS, DIRECCIONES TELEFÓNICAS, TELEMÁTICAS Y POSTALES ....................................... 36 PLANO DE SITUACIÓN Y FORMAS DE ACCESO Y TRANSPORTE .................................................... 39 UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA DE SERVICIOS...................................................................... 40 1
Subdelegación del Gobierno en Tarragona PRESENTACIÓN El servicio a los ciudadanos es el objetivo de las Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado (AGE) en las distintas provincias que configuran la geografía española, y mejorar permanentemente la calidad de este servicio es el empeño de sus empleados y responsables. Las Cartas de Servicios se integran en el conjunto de acciones evolutivas impulsadas desde el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales dentro de su plan para la mejora de la calidad de los servicios administrativos, con la finalidad de construir una nueva Administración regida por los prin- cipios funcionales de eficacia, eficiencia, transparencia y servicio efectivo a los ciudadanos, que sitúe a estos en el centro de las decisiones. En este sentido resalta el papel fundamental de las mismas en la difusión entre los ciudadanos de cuáles son los compromisos de calidad de las Unidades de la Administración y de cuáles son los esfuerzos de mejora. Desde esta premisa, los comentarios que nos hagan sobre los aspectos positivos o negativos que perci- ban de los servicios prestados servirán de ayuda para ajustar nuestras prestaciones a sus demandas y expectativas sobre el servicio. Agradecemos su atención y esperamos que este documento le sea de utilidad. 2
Subdelegación del Gobierno en Tarragona DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES La Subdelegación del Gobierno en Tarragona es una unidad administrativa, dependiente de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña, y como ésta, adscrita al Ministerio de la Presiden- cia y para las Administraciones Territoriales La principal competencia de esta unidad administrativa es la de gestionar en el ámbito de la provincia todas aquellas funciones que le encomienda la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículos 69 a 79), coordinando, supervisando e impulsando iniciativas para la mejora de los servicios que prestan los demás organismos de la Administración General del Estado en la provincia. Este órgano tiene también asignadas legalmente las funciones de comunicación, colaboración y coope- ración con las entidades locales y con los organismos locales de la Administración Pública de la provincia de Tarragona El objetivo fundamental de la presente Carta es mostrar al ciudadano todos los servicios que presta la Subdelegación del Gobierno en Tarragona, identificar las unidades competentes para ello, informar a los usuarios de sus derechos y presentar los compromisos de calidad asumidos. El presente documento constituye la fuente sobre la cual se fundamentarán las posteriores presenta- ciones para los ciudadanos y empleados públicos de la provincia, asimismo mediante un tríptico con la información más significativa y un catálogo de servicios que recogerá los contenidos más importantes de esta Carta. 3
Subdelegación del Gobierno en Tarragona RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS Desde la Subdelegación del Gobierno en Tarragona se prestan los siguientes servicios al ciudadano: OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO Información presencial, telefónica, escrita y electrónica sobre: • Recepción, registro y remisión de solicitudes y escritos dirigidos a cualquier órgano de las Admi- nistraciones Públicas. • Información general al ciudadano acerca de: • Organización administrativa, domicilios y teléfonos de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas. • Ofertas de Empleo Público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local y Unión Europea. • Premios, becas, ayudas y subvenciones. • Legislación básica del Estado y procedimientos administrativos. • Otros (IMSERSO, cursos, concursos…) • Expedición del Certificado de Firma Digital. • Tramitación del alta en Cl@ve (sistema de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, mediante su identificación a través de usuario más contraseña). • Ayuda personalizada para el acceso al Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma y de la Provincia, a través del equipo informático instalado en la propia Oficina. • Registro Electrónico de Apoderamientos: Inscripción de poderes otorgados por los interesados en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. 4
Subdelegación del Gobierno en Tarragona DERECHOS CIUDADANOS Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS • Tramitación de expedientes sancionadores en materia de: • Seguridad ciudadana (documentación personal), armas y explosivos, • Seguridad privada (empresas y vigilantes de seguridad), • Extranjería (infracciones cometidas por españoles), • Sustancias químicas catalogadas (precursores de drogas). • Certificación de idoneidad de los armeros instalados en empresas en las que prestan servicio empresas de seguridad. • Denegación y revocación de licencias de armas tipo E y AE. • Informes sobre licencias de armas tipo B. • Autorizaciones de concursos o actividades con armas de fuego. • Autorizaciones de derribos de edificios en aquellos supuestos previstos en la LAU. PROTECCIÓN CIVIL • Gestión del Plan de Emergencia Exterior de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós (PEN- TA), bajo la dirección del Delegado del Gobierno en Cataluña (o Subdelegado en Tarragona), con los siguientes cometidos: • Constituye el Grupo de Coordinación y Asistencia Técnica del PENTA. • Coordina los Planes de los Grupos Operativos del PENTA. • Colabora en la elaboración de los Planes de Actuación Municipal para Emergencia Nuclear (PAMEN). • Realiza o colabora en la capacitación de actuantes, información a la población, así como ejer- cicios y simulacros. • Participa como miembro del Comité de Información Local del PENTA. 5
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Realiza el seguimiento de los incidentes que no activan el PENTA. • Apoyo a la Red de Radio de Emergencia (REMER). • Gestión de emergencias que impliquen el interés nacional. • Seguimiento y colaboración, en su caso, en emergencias de competencia autonómica. • Emisión de informes como órgano consultivo de planes de emergencia que afecten territorialmente. • Participación en la “Comisión de Protección Civil de Cataluña”. • Tramitación de las subvenciones que se conceden a los municipios pertenecientes al PENTA. • Instrucción y, en su caso resolución, de los expedientes de subvenciones y ayudas establecidas para paliar los daños producidos por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica. • Colaboración en la elaboración e implantación de los Planes de Autoprotección de los edificios de la Subdelegación del Gobierno. JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA • Desempeño de la secretaría del mismo que tiene encomendada la determinación del justiprecio de los bienes expropiados por la Administración General del Estado en caso de discrepancia entre ésta y los expropiados, así como la resolución de recursos de reposición interpuestos contra los acuerdos de dicho Jurado. FOMENTO • Información general relativa a procedimientos administrativos cuya tramitación corresponde al Ministerio de Fomento • Exposición de los proyectos de infraestructura en materia de ferrocarril en cumplimiento del trámi- te de información pública. 6
Subdelegación del Gobierno en Tarragona INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (IGN) • Actualización del Mapa Topográfico Nacional, cartografía derivada y temática. • Actualización de bases de información geográfica: Base Topográfica Nacional o Cartociudad. • Conservación de: Red Geodésica, Red de Nivelación de Alta Precisión (REDNAP), Red Gravimé- trica, Red Nacional de Señales Magnéticas, Red Sísmica Nacional. • Proporcionar información geográfica básica sobre el territorio a través de la consulta presencial y directa, atención telefónica, escrita y electrónica. • Prestar asistencia técnica en cuestiones relativas a Cartografía, Geodesia, Geofísica y Astronomía. • Colaborar con el Centro de Información Geográfica en el desarrollo de proyectos geográficos de- mandados por Instituciones públicas. • Canalizar la comercialización de productos por cuenta del Centro Nacional de Información Geo- gráfica, la cual abarca desde la venta directa, la prestación de servicios bajo pago, la colaboración en acuerdos editoriales, de coedición y de distribución de datos por vía informática, hasta la co- mercialización de los productos geográficos realizados por otros organismos del Estado. ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN • Información, recepción de solicitudes, compulsa de documentos y remisión al Ministerio de Edu- cación, en relación con las siguientes materias: • Homologación de títulos extranjeros de educación superior a un título oficial universitario espa- ñol de Grado o Máster que dé acceso a profesión regulada en España. • Equivalencia de títulos extranjeros de educación superior a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos. • Reconocimiento de títulos extranjeros de la Unión Europea. • Acreditación de títulos españoles para la Unión Europea. • Devolución de ingresos indebidos de la tasa 079 por convalidación de estudios extranjeros. • Equivalencias de diversos estudios españoles. 7
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Convocatorias de acceso, con carácter excepcional, según Real Decreto 450/2005, para obte- ner los títulos de especialidades de Enfermería. • Tramitación de solicitudes de títulos de Especialistas en CCSS que ya han obtenido el nombra- miento por parte del Ministerio de Educación. • Tramitación de la devolución de ingresos indebidos de la Tasa 059, correspondiente a la expedi- ción de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales. • Entrega de títulos de diferentes Universidades, de la UNED, y de la Dirección General de Univer- sidades del Ministerio de Educación, Cultura Y Deporte. UNIDAD CONTRA LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER • Apoyo a la protección integral de las víctimas. • Seguimiento personalizado de cada una de las situaciones de violencia de género. • Seguimiento y coordinación de los recursos y servicios de la Administración General del Estado para la atención de las situaciones de violencia de género, las situaciones de trata de mujeres con fines de explotación sexual y en el ámbito de otras formas de violencia contra las mujeres (mutila- ción genital femenina, matrimonios forzados, etc.) en el territorio. • Información sobre los recursos existentes para la atención a las víctimas de trata con fines de explotación sexual. (Guía de recursos). • Colaborar con las administraciones autonómicas y locales competentes en materia de violencia de género (incluyendo la trata con fines de explotación sexual, mutilación genital femenina y ma- trimonios forzados). • Participar en las reuniones de los órganos de coordinación interinstitucional y las comisiones de seguimiento de convenios y protocolos formando parte de la representación de la Administración General del Estado tanto en violencia de género, como trata de seres humanos con fines de ex- plotación sexual y otras formes de violencia sobre la mujer. • Fomentar la celebración de convenios para la mejora de la coordinación y la colaboración en el territorio (participación de las policías locales en la protección de las víctimas de la violencia de género, acceso al Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género, colabo- ración con las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito, etc.). • Participar en las campañas de información, sensibilización y prevención de la violencia de género (incluyendo la trata con fines de explotación sexual, mutilación genital femenina y matrimonios forzados). 8
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Promover y colaborar en la puesta en marcha de actividades para la sensibilización de la sociedad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en general, y en la prevención y repulsa de la violencia de género, en particular. • Colaborar y, en su caso, promover las actuaciones tendentes a la formación y especialización de profesionales que intervienen, desde sus respectivos ámbitos de actuación, en las situaciones de violencia de género. AGRICULTURA Y PESCA Inspección de Sanidad Vegetal • Inspección fitosanitaria de plantas y productos de origen vegetal con destino a importación o reex- pedición y certificación de su aptitud. • Inspecciones fitosanitarias de cuarentena a la importación de vegetales, reducidos natural o artifi- cialmente, originarios de la República de Corea y de Japón. • Inspección fitosanitaria de productos vegetales – incluyendo plantas ornamentales y material ve- getal para reproducción - con destino a exportación o cabotaje y certificación de su aptitud. • Inspección de almacenes y huertos, en el caso de determinadas frutas y hortalizas sujetas a pro- tocolos específicos para la exportación. • Asesoramiento técnico y divulgación de normativa fitosanitaria. Inspección de Sanidad Animal • Control/Inspección veterinaria a la importación de productos destinados a la alimentación animal y al tratamiento y prevención de las enfermedades animales, así como de productos de origen animal no destinados al consumo humano. • Control/Inspección veterinaria a la exportación de productos destinados a la alimentación animal, tratamiento y prevención de enfermedades animales, animales vivos, productos de origen animal destinados al consumo humano y productos de origen animal no destinados al consumo humano. • Información y divulgación normativa sobre los aspectos referidos al tráfico internacional de los productos citados anteriormente. • Control y vigilancia higiénico-sanitaria de instalaciones del puerto destinadas al almacenamiento así como de empresas particulares dedicadas al tráfico internacional de los productos citados anteriormente. 9
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Asesoramiento en el control de animales de compañía de viajeros procedentes o con destino a países extracomunitarios. Pesca • Inspección de Pesca Marítima. • Instrucción de los expedientes sancionadores en materia de pesca marítima en aguas exteriores. • Tramitación de documentación y emisión de informes en materias relacionadas con la pesca marí- tima: Censo de la Flota Pesquera Operativa; cambios de modalidad de pesca; cambios de puerto base; titulaciones y tarjetas de identidad profesional; inscripciones y cambios de lista; transmisibi- lidad de posibilidades de pesca; autorizaciones para la captura de especies sometidas a medidas de protección diferenciada, etc. • Información, asesoramiento técnico y divulgación de la normativa pesquera al sector. Otros servicios • Control de actividades formativas cofinanciadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación Y Medio Ambiente. • Control, en colaboración con la administración autonómica, de ayudas a la modernización y prime- ra instalación de agricultores cofinanciadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación Y Medio Ambiente. • Control de actividades enmarcadas en programas de información y promoción de productos agrí- colas cofinanciados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. • Controles previstos en el Plan de Ayuda Alimentaria a las Personas Más Desfavorecidas. • Recogida de muestras para el Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra. • Información al ciudadano y consultas sobre materias relacionadas con la agricultura, la ganadería, la pesca y la alimentación en aquellos aspectos cuya competencia corresponda al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. INDUSTRIA • Tramitación y seguimiento de la ejecución de proyectos de competencia estatal, en materia de hidrocarburos: plataformas petrolíferas en la plataforma continental, refinerías de petróleo y oleo- ductos, instalaciones de gas natural y gasoductos. Emisión de las Actas de Puesta en Marcha. • Autorización de cruzamiento de gasoductos. 10
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Instalaciones eléctricas de competencia estatal: Emisión de las Actas de Puesta en Marcha. • Impulso y difusión de los planes y programas ministeriales en materia de promoción, moderniza- ción y competitividad industriales, en el marco de la política industrial del Gobierno. • Inspecciones e informes en materias de explosivos, cartuchería, pirotecnia y armerías, así como se- guimiento en la ejecución de proyectos de fábrica de explosivos, talleres de cartuchería y pirotecnia. • Control de instalaciones en materias reguladas por los Reglamentos de Armas, Explosivos y Car- tuchería y Pirotecnia, para la prevención de accidentes. • Emisión de informes relacionados con Industria y Energía para Organismos de la Administración General del Estado, Administración de Justicia, Comunidades Autónomas y Organismos locales. • Emisión de informes y tramitación de los expedientes relativos al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (especialmente para la Secretaría de Estado de Energía) y al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (especialmente la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa). • Control de instalaciones nucleares y radiactivas de primer grado. • Seguimiento de proyectos que encomienda la Secretaría de Estado de Energía, la Dirección Ge- neral de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa o cualquier otro departamento del Ministe- rio de Energía, Turismo y Agenda Digital y del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para el control de activos fijos, control del gasto y verificación de las inversiones realizadas finan- ciadas por dichos Ministerios. SANIDAD • Centro de vacunación internacional: Vacunación e información sanitaria a viajeros internacionales que se desplazan a países con riesgo sanitario. • Vigilancia de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones de los locales del Puerto. • Inspecciones y controles sanitarios en la importación de productos alimentarios de origen animal y vegetal procedentes de terceros países con destino al consumo humano, con objeto de evitar riesgos que afecten a la salud de las personas. Emisión de certificados de importación. • Inspecciones y controles en el tránsito, transbordo y canalizaciones de productos alimentarios procedentes de países terceros con destino al consumo humano. • Autorización y control higiénico-sanitario de instalaciones de inspección de mercancías proceden- tes de países terceros: Puntos de Inspección Fronteriza, Puntos Designados de importación, Re- cintos Aduaneros Habilitados, Puntos de Entrada Designados, almacenes de productos de países terceros no conformes y almacenes de inmovilización de mercancías. 11
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Información, asesoramiento técnico y divulgación de la normativa sanitaria. • Control e inspección de los buques para la emisión del certificado de control de sanidad a bordo. • Comprobación de las condiciones higiénico-sanitarias de los barcos con el fin de proceder a su abanderamiento. Emisión del certificado de botiquines. • Inspección de las condiciones higiénico-sanitarias de los medios de transporte internacional para el control de desinfección, desinsectación y desratización. • Control de emergencias sanitarias en los medios de transporte internacional. • Policía sanitaria mortuoria internacional y emisión del salvoconducto mortuorio. • Autorización de desembarco de viajeros o tripulantes enfermos. • Gestión administrativa correspondiente a la homologación de titulaciones de carácter sanitario. • Trámites administrativos correspondientes a la Formación Sanitaria Especializada (MIR y otras especialidades). TRABAJO • Información y tramitación de ayudas en favor de los emigrantes españoles que no sean competen- cia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. • Gestión de migraciones interiores y de ayudas al retorno a emigrantes españoles. • Resolución de reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido impro- cedente. • Gestión del contingente anual de trabajadores extranjeros. • Coordinación de los servicios periféricos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social con la presi- dencia de los distintos comités ejecutivos y consultivos constituidos al efecto. • Gestión y seguimiento del Patrimonio Sindical Acumulado. 12
Subdelegación del Gobierno en Tarragona OFICINA DE EXTRANJERÍA • Información especializada en materia de extranjería. • Recepción, tramitación y propuesta de resolución de solicitudes de autorización de residencia y de residencia y trabajo, así como sus correspondientes prórrogas y renovaciones. • Recepción, tramitación y resolución de solicitudes de tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea • Recepción (salvo que la misma se produzca en Comisaría de Policía) y tramitación de cédulas de Inscripción de extranjeros y prórrogas de estancia de extranjeros que han entrado en España con o sin visado. • Informe sobre las solicitudes de visado de estancia por estudios y recepción, tramitación y pro- puesta de resolución de las prórrogas de estancia por estudios. • Informe sobre los programas de desplazamiento temporal de menores por escolarización, enfer- medad o vacaciones. • Control del mantenimiento de las condiciones que determinaron la concesión de las autorizaciones. • Tramitación de procedimientos sancionadores por infracciones a la normativa en materia de ex- tranjería. • Resoluciones de devolución de extranjeros que contravengan una prohibición de entrada o que pretendan entrar ilegalmente en el país. 13
Subdelegación del Gobierno en Tarragona DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS 1. Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas están reconoci- dos en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y son los siguientes: a) A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electró- nico de la Administración. b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Pú- blicas. c) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo pre- visto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico. d) Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico. e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. f) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corres- ponda legalmente. g) A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta Ley. h) A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas. i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes. 2. Asimismo, el artículo 53 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre, reconoce los derechos del inte- resado en el procedimiento administrativo, que se concretan en los siguientes: a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que ten- gan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos. b) Quienes se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tendrán derecho a consultar la información a la que se refiere el párrafo anterior, en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración que funcionará como un portal de acceso. 14
Subdelegación del Gobierno en Tarragona c) Se entenderá cumplida la obligación de la Administración de facilitar copias de los documentos contenidos en los procedimientos mediante la puesta a disposición de las mismas en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas que correspondan. d) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. e) A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un docu- mento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste. f) A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas. g) A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. h) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposi- ciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. i) A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses. j) A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en el artículo 98.2. k) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes. 3. Además de los derechos previstos en el apartado anterior, en el caso de procedimientos administrati- vos de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables tendrán los siguientes derechos: a) A ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia. b) A la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario. 15
Subdelegación del Gobierno en Tarragona FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS En general, para todos los servicios y competencias atribuidas a la Subdelegación del Gobierno en Ta- rragona, los ciudadanos y usuarios pueden participar y colaborar en las mejoras de la prestación de los servicios utilizando cualquiera de los siguientes medios o canales: • La expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realicen y cuyo fin es me- dir el grado de satisfacción de los ciudadanos. • La formulación de quejas y sugerencias conforme a la previsto en la presenta carta y en la legis- lación vigente. • Mediante escritos o comunicaciones electrónicas que dirijan a la Unidad responsable de esta Car- ta de Servicios. 16
Subdelegación del Gobierno en Tarragona QUEJAS Y SUGERENCIAS De acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, los ciu- dadanos podrán formular quejas y sugerencias relativas a las actuaciones concretas de las Unidades de la Subdelegación del Gobierno en Tarragona o funcionamiento general, en los lugares y formas siguientes: • Personalmente rellenando el correspondiente Formulario de Queja-Sugerencia disponible en la Oficina de Registro, Información y Atención al Ciudadano. • Por correo postal. • Mediante correo electrónico a secretario_general.tarragona@correo.gob.es • En la sede electrónica: https://sede.administracionespublicas.gob.es • En el registro electrónico de la Administración General del Estado: http://administracion.gob.es En el plazo de veinte días hábiles, la unidad responsable de la gestión de las mismas debe informar al interesado de las actuaciones realizadas. Formuladas las quejas y sugerencias de los modos anteriormente descritos, los usuarios recibirán cons- tancia de su presentación a través del medio que indiquen. Las quejas formuladas de acuerdo con lo anteriormente previsto no tendrán, en ningún caso, la califica- ción de recurso administrativo, ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente, ni condicionan en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de acuerdo con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercer aquellos que se consideren interesa- dos en el procedimiento. 17
Subdelegación del Gobierno en Tarragona NORMATIVA BÁSICA REGULADORA DE LOS SERVICIOS Una de las principales características de la Administración es el principio de legalidad que significa que la orga- nización está sometida a las leyes y normas que configuran el ordenamiento jurídico. Se aconseja que se con- sulten los siguientes textos legales en su versión consolidada donde se encuentran debidamente actualizados. A continuación se señalan las principales normas que inciden en la organización y en la prestación de servicios de la Subdelegación del Gobierno: Normas de aplicación general • Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978. • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. • Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria. • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público • Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad la Administración General del Estado. • Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativas. • Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de do- cumentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. • Real Decreto 523/ 2006, de 28 de abril, por el que se suprime la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento, como documento probatorio del domicilio y residencia, en los procedimien- tos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vincu- lados o dependientes. Normas organizativas • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 18
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de Información Admi- nistrativa y Atención al Ciudadano. • Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructuras de las Delegaciones de Gobierno, y Orden del Ministerio de Presidencia de 7 de noviembre de 1997, por el que se desarrolla el anterior Real Decreto. • Real Decreto 2724/1998, de 18 de diciembre, de integración de los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en las Delegaciones/ Subdelegaciones/ Direc- ción Insular del Gobierno. • Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, de integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales en las Delegaciones del Gobierno. • Real Decreto 942/2010, de 23 de julio, de reestructuración de diversas Áreas Funcionales integra- das en las Delegaciones de Gobierno. • Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos minis- teriales. • Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. • Real Decreto 771/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los depar- tamentos ministeriales. Normas de Administración Electrónica • Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. • Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos. • Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Autorizaciones Administrativas y Derechos Ciudadanos • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. • Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. 19
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Ley 4/2009, de 15 de junio, de control de precursores de drogas • Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. • Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos. • Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas • Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. • Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y llibertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009. • Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos piro- técnicos y cartuchería. • Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de pre- cursores de drogas. • Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos. Protección Civil • Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. • Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situa- ciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. • Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil. • Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. • Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, por el que se regula la creación e implantación de unida- des de apoyo ante desastres. • Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz básica de protec- ción civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. • Real Decreto 1546/2004, de 25 de junio, por el que se aprueba el Plan Básico en Emergencia Nuclear. 20
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regula las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión y la Orden INT/277/2008, de 31 de enero, de desarrollo del mismo. • Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. • Real Decreto 1428/2009, de 11 de septiembre, por el que se modifica el Plan Básico de Emergen- cia Nuclear, aprobado por Real Decreto 1546/2004, de 26 de junio. • Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de plani- ficación de protección Civil ante riesgo radiológico • Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terro- rismo. • Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planifi- cación de protección civil de emergencia por incendios forestales. • Real Decreto 1054/2015, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo radiológico. • Orden INT/1695/2005, de 27 de mayo, por la que se aprueba el Plan de Emergencia Nuclear de Nivel Central de Respuesta y Apoyo (PENCRA). • Resolución de 31 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones. • Resolución de 5 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico. • Resolución de 20 de octubre de 2009, de la Subsecretaría de Interior, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 16 de octubre de 2009, por el que se aprueba el Plan Direc- tor correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a las centrales de Ascó y Vandellòs, Tarragona (PENTA). • Resolución de 7 de junio de 2005, de la Subsecretaría de Interior, por la que se aprueban las direc- trices por las que se han de regir los programas de información previa a la población, la formación y capacitación de actuantes y los ejercicios y simulacros de los planes de emergencia nuclear, exteriores a las centrales nucleares. 21
Subdelegación del Gobierno en Tarragona Jurado Provincial de Expropiación • Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo. • Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Fomento • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de transportes terrestres. • Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. Instituto Geográfico Nacional • Ley 11/1975, de 12 de marzo, sobre señales Geodésicas y Geofísicas y su Reglamento Real De- creto 2421/1978, de 2 de junio. • Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía. • Ley 14/2010 de 5 de julio, LISIGE, sobre las infraestructuras y servicios de información geográfica en España • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y De- marcación de las Entidades Locales. • Real Decreto 3426/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de deslinde de términos municipales pertenecientes a distintas Comunidades Autónomas. • Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional. • Real Decreto 1637/2009 de 30 de octubre, por el que se modifica el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica, aprobado por Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo. • Orden FOM/956/2008, de 31 de marzo, por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. Alta Inspección de Educación • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Disposición adicional trigesimoprimera, 1 y 3, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado Escolar y Título de Técnico Auxiliar. 22
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería. • Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanita- ria especializada. • Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas a recono- cimiento de cualificaciones, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado. • Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales. • Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el proce- dimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el pro- cedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. • Orden de 12 de marzo de 1987 por la que se dictan instrucciones en materia de expedición y ho- mologación de títulos oficiales españoles acreditativos de una especialización. • Orden Ministerial de 8 de julio de 1988, reguladora de la expedición de Títulos Universitarios. • Orden Ministerial de 16 de abril de 1990 sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero. • Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. • Orden ECD/855/2014, de 23 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la obtención de la orden de concesión y la expedición de títulos de Especialista en Ciencias de la Salud y se establece la obligatoriedad de comunicación a través de medios electrónicos para los interesados en los mismos. • Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por la que se dictan normas de desarrollo y aplicación de Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en lo que respecta a los procedimientos para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior. Unidad contra la violencia sobre la mujer • Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica 23
Subdelegación del Gobierno en Tarragona • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género. • Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito. • Instrucción Conjunta de 13 de junio de 2013 que regula el funcionamiento de las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer dependientes de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y de las Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, respectivamente. Agricultura y Pesca • Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. • Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal. • Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. • Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y producción agro-alimentaria. • Real Decreto 401/1996, de 1 de marzo, por las que se establecen las condiciones para la introduc- ción en el territorio nacional de determinados organismos nocivos, vegetales, productos vegetales y otros objetos, con fines de ensayo, científicos y para la actividad de selección de variedades. • Real Decreto 176/2003, de 14 de febrero por el que se regula el ejercicio de las funciones de con- trol e inspección de las actividades de pesca marítima. • Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la intro- ducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. • Real Decreto 1002/2012, de 29 de junio, por el que se establecen medidas de aplicación de la nor- mativa comunitaria en materia de comercialización y utilización de piensos y se modifica el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos. • Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requi- sitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación. • Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores. • Directiva 97/78 del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros. 24
También puede leer