VIAMERICAS PROGRAMA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE DINERO - Agencias - ViaCash Resources

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VIAMERICAS

      PROGRAMA DE CONTROL Y
  PREVENCION DE LAVADO DE DINERO

                          Agencias

Updated December 2020                Confidential
VIAMERICAS PROGRAMA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE DINERO - Agencias - ViaCash Resources
Apreciado Agente de Viamericas,

Parte de la Politica de Control y Prevención de Lavado de Dinero de Viamericas consiste
en apoyar a todos nuestros agentes en la divulgación y comprensión de las nuevas
normas y regulaciones que obligan a los agentes de Viamericas a establecer y a hacer
cumplir su propio Programa de Control y Prevención de Lavado de Dinero (“AML
Program”). Aunque Viamericas siempre ha provisto a sus Agencias con un manual de
cumplimiento que contiene los procedimientos necesarios para cumplir con el Acta de
Secreto Bancario (“Bank Secrecy Act”), modificada por el Acta PATRIOTA (“PATRIOT
Act”) de 2001, las nuevas regulaciones exigen que las Agencias desarrollen e
implementen su propio “AML Program”. La obligación de desarrollar y adoptar un “AML
Program” incluye su responsabilidad como agente de asegurar que ese programa
satisfaga sus necesidades individuales basadas en el tipo de servicio que Ud.
proporciona a través de su Agencia.

Viamericas ha creado la siguiente guía para apoyar a las Agencias en el cumplimiento de
estas responsabilidades. Este texto es proporcionado como una ayuda para crear
políticas eficaces con el fin de combatir el lavado de dinero y cumplir con la Acta de
Secreto Bancario (“Bank Secrecy Act”), modificada por el Acta PATRIOTA (“PATRIOT
Act”) de 2001. Sin embargo, Ud. podría necesitar la modificación de algunas partes del
material en el evento que tenga que atender situaciones no cubiertas en esta guía.

El material proporcionado por este medio no constituye consejo legal. Busque consejo
legal por parte de un abogado.

Texto en fuente regular, es proporcionado para brindarle un ejemplo del texto que
Ud.modificar para crear el programa de su Agencia.

Texto en Italics, le proporciona orientación sobre como cumplir con los procedimientos
específicos de Viamericas.

Cordialmente,

Departamento de Cumplimiento Legal
Viamericas

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PROGRAMA DE CONTROL Y PREVENCION DE LAVADO DE DINERO-
                            AGENCIAS

TABLA DE CONTENIDO                                                     PÁGINA

POLITICA ADOPTADA POR LA AGENCIA                                          4

I.       OFICIAL DE CUMPLIMIENTO LEGAL                                    5

II.      POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
         1. Términos clave Anti- Lavado de Dinero                         6
         2. Política “Conozca a su Cliente”                               7
         3. Archivo y conservación de información                         9
         4. Tipos de Identificación                                       9
         5. Reporte de Actividades Sospechosas-SAR                        9
         6. Reporte de las Transacciones en Efectivo-CTR                 10
         7. Política de depósito en cuentas de banco                     11
         8. Legislación de Apuestas por Internet                         12
         9. Conozca sus empleados                                        12
         10. “Gramm-Leach-Bliley Act”                                    13
         11. Privacidad y Seguridad de la Información Personal
             No Pública                                                  13
         12. Prevenir el Fraude al Consumidor                            13
         13. Acta de Protección al Cliente                               13
         14. Contrabando y Tráfico de Personas                           14
         15. Abuso financiero de personas mayores                        15

III.     ENTRENAMIENTO                                                   15

IV.      REVISION INDEPENDIENTE                                          15

V.       ESTRUCTURACION Y ANALISIS DE TRANSACCIONES                      16

VI.      ANEXOS                                                          17
         A. Forma “Conozca a su Cliente”
         B. Forma SAR-MSB
         C. Forma CTR
         D. Guía de Entrenamiento del “AML Program”
         E. Alertas
         F. Guía básica para la visita del IRS
         G. Política de Depósitos
         H. Política de Privacidad e Información Personal No Publica
         I. Prevención de Fraude al Cliente
         J. Digitación de Información-Recomendaciones
         K. “Dodd Frank Act”-Acta de Protección al Consumidor
         L. Contrabando y Tráfico de Personas
         M. Prevención de Abuso Financiero de Adultos Mayores
         N. Formato de Registro de Entrenamiento de Empleados
         O. Certificado de la Revisión Independiente
         P. ViaAcademy

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PROGRAM ANTI-LAVADO DE DINERO
                               ADOPTADO POR

             ____________________________________________________

POLITICA ADOPTADA POR LA AGENCIA

Es la política de _________________________________(“Agencia”) prohibir y prevenir
activamente el lavado de dinero y en general el patrocinio de actividades criminales. La Agencia
es consciente de que el lavado de dinero representa una amenaza seria a la integridad y
existencia de la Agencia, no solo por la naturaleza del delito sino también por la severidad de las
sanciones impuestas (multas y/o cárcel) por la violación de las regulaciones aplicables. La
Agencia y sus empleados deben estar conscientes que transacciones que pueden parecer
inofensivas pueden ser parte del esquema de lavado de dinero. Por ello, es importante mantener
una actitud vigilante respecto de cualquier transacción que parezca sospechosa.

POR MEDIO DE LA PRESENTE LA AGENCIA RECONOCE LO SIGUIENTE:

1. Según lo establecido en la Bank Secrecy Act (“BSA”), modificado por la US PATRIOT Act de
   2001 (“PATRIOT Act”) y de acuerdo con las regulaciones expedidas por el US Departament
   of The Treasury (31 CFR 1022.210), la Agencia debe establecer, hacer cumplir y mantener
   un programa efectivo de prevención de lavado de dinero (“AML Program”).

2. El “AML Program” debe estar por escrito y debe:

   a) Incorporar políticas y procedimientos razonables y controles internos diseñados para
      asegurar el cumplimiento de la BSA;
   b) Ordenar la designación de un Oficial de Cumplimiento Legal responsable de asegurar que
      la Agencia y sus empleados cumplen de manera permanente con las regulaciones BSA y
      el “AML Program”;
   c) Proveer educación y entrenamiento del personal apropiado; y,
   d) Asegurar la revisión independiente con el objeto de supervisar y mantener la eficacia del
      “AML Program”.

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POR LO TANTO, LA AGENCIA HA ADOPTADO EL SIGUIENTE “AML PROGRAM”:

I. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO LEGAL

La Agencia ha designado un Oficial de Cumplimiento Legal que se encuentra encargado de
poner en práctica, hacer cumplir, mantener, y actualizar el “AML Program”. El Oficial de
Cumplimiento Legal coordinará y supervisará el cumplimiento diario del “AML Program”.

Responsabilidades Específicas

El Oficial de Cumplimiento legal se encargará de:

a) Supervisar, dirigir y asegurar la implementación del “AML Program” por parte de todos los
   empleados de la Agencia.
b) Establecer los procedimientos de cumplimiento interno con el objeto de identificar y reportar
   transacciones sospechosas, y la respuesta ante las Agencias gubernamentales.
c) Monitorear la actividad diaria de la Agencia e investigar todas las transacciones sospechosas
   y las posibles violaciones al “AML Program” adoptado por la Agencia.
d) Preparar, revisar y enviar a las autoridades correspondientes los Reportes de Transacciones
   en Efectivo (“CTR”) y los Reportes de Actividades Sospechosas (“SAR”).
e) Preparar y conducir el entrenamiento de cumplimiento de los empleados de la Agencia y
   asegurar que todos ellos reciban por lo menos un entrenamiento anual sobre la BSA.
f) Identificar e informar a los directivos de la Agencia acerca de la necesidad de fortalecer,
   corregir o modificar el “AML Program”.
g) Supervisar el cumplimiento de todos los requisitos de archivo y mantenimiento de documento
   e información de acuerdo con las regulaciones del “AML Program y la BSA. Todos los
   archivos y documentos obtenidos como resultado de las regulaciones BSA deben guardarse
   por lo menos cinco (5) años.
h) Coordinar con los propietarios de la Agencia para que alguien diferente al Oficial de
   Cumplimiento, y quien debe conocer los requisitos impuestos por la ley, revise la efectividad
   del “AML Program” por lo menos una vez al año.

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II. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

1. Términos claves en materia de control y prevención de lavado de dinero.

Lavado de Dinero. El lavado de dinero es un proceso mediante el cual se pretende ocultar o
disfrazar el origen del dinero de manera criminal con el fin de darles apariencia de legalidad.
Mediante esta práctica se busca que dineros ilegales parezcan derivados de orígenes legítimos y
constituyan por tanto recursos legítimos. El dinero es lavado para disfrazar actividades ilegales
incluyendo los crímenes que generaron el dinero en si mismo. El lavado de dinero involucra tres
etapas diferentes que en ocasiones coinciden al mismo tiempo:

a) Colocación de los recursos (“Placement”). El proceso de lavado de dinero se inicia con la
   colocación del dinero obtenido de manera ilegal dentro del sistema financiero o la economía
   de mercado. El sistema financiero es el principal blanco de los lavadores en esta etapa del
   proceso.
b) Encubrimiento por capas (“Layering”). Este proceso involucra separar el dinero que se obtuvo
   de forma ilegal de su origen ilegal, para ello se realizan una serie de transacciones
   financieras, una sobre otra, de manera que las transacciones van generando capas lo que
   dificulta rastrear el verdadero origen del dinero.
c) Integración (“Integration”). La integración involucra mover las ganancias de forma
   aparentemente legítima. La integración puede incluir la compra de automóviles, negocios,
   propiedades, etc.

Acta de Secreto Bancario (“Bank Secrecy Act-BSA”). La “BSA”, 31 USC §§ 5311-5330, es
una ley federal implementada por las regulaciones (31 CFR Part 103) del Departamento del
Tesoro creada específicamente para dificultar a los narcotraficantes, terroristas, evasores de
impuestos y otros criminales hacer uso de dinero obtenido ilegalmente y de ganancias no
reportadas así como evitar que estos utilicen instituciones financieras y negocios de servicios
financieros incluyendo las compañías de envíos de dinero (“MSB”) como sus intermediarios.
Dichas regulaciones requieren que ciertas instituciones financieras y MSB’s se registren con
FinCEN, hacer reportes de transacciones en efectivo-CTR’s, hacer reportes de transacciones
sospechosas-SAR’s y establecer un programa adecuado Anti-Lavado de Dinero.

Estructuración. La estructuración es generalmente definida como una conducta realizada con el
fin de evadir el umbral que genera la obligación de reporte o la obtención de y archivo de
información. Una persona estructura una transacción si pretende dividir o “estructurar” una
transacción que de otra forma reportaría o que requeriría requisitos de identificación adicionales.

Ceguera Voluntaria. La ceguera voluntaria es definida como la conducta que ocurre cuando una
persona deja de investigar o reportar a las autoridades la existencia de circunstancias que
deberían ser consideradas sospechosas.

Red de Investigación de Delitos Financieros (Financial Crimes Enforcement Network
“FinCEN”). FinCEN es una oficina del US Departament of The Treasury que reúne a las
personas, organizaciones e información para luchar contra el complejo problema del lavado de
dinero. FinCEN coordina el cumplimiento de las leyes federales, estatales e internacionales con
el propósito de prevenir y detectar crimines financieros.

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Oficina de Control de Activos Extranjeros (“Office of Foreign Assests Control-OFAC”).
OFAC es una oficina del Departamento del Tesoro que administra las sanciones en contra de los
países extranjeros u nacionales considerados como blancos de soporte del terrorismo y
actividades narcóticos. Estas sanciones tienen su base en preocupaciones de seguridad nacional
y de la política internacional de Estados Unidos. OFAC expide y mantiene actualizada una lista
que incluye a los países, organizaciones e individuos con quienes los Estados Unidos prohíben
involucrarse en cualquier tipo de transacción. Las compañías de transferencia de dinero deben
verificar que los individuos y organizaciones que forman parte de una transacción no estén
incluidos en la lista. Si sucediera el caso de que la compañía de transferencia de dinero detectara
que un individuo u organizaron que forma parte de la transacción esta incluido en la lista, dicha
compañía deberá bloquear la transacción, congelar los activos y enviar un reporte a OFAC en los
próximos 10 días.

2. Política Conozca a su Cliente (Know Your Customer “KYC”)

La Agencia considera que políticas y procedimientos estrictos de identificación y verificación de
los clientes son el arma más efectiva contra el lavado de dinero. Requerir una identificación
apropiada, así como la verificación de la información en ciertos casos y el mantenerse alerta ante
transacciones inusuales o sospechosas son cuestiones que ayudan a la Agencia a disuadir y
detectar esquemas de lavado de dinero.

a) Los siguientes procedimientos serán aplicados para la realización de envíos de dinero. La
   Agencia:

   i.    Aceptará envíos de dinero solamente de personas naturales que tengan por lo menos 18
         años de edad.
   ii. No aceptará envíos de dinero realizados por empresas o corporaciones, o cuyos
         beneficiarios también sean empresas o corporaciones.
   iii. Registrará para todos los envíos de dinero el nombre y apellidos del remitente y el
         beneficiario incluidos en la transacción.
   iv. Registrará para todos los envíos de dinero, la dirección de cada remitente y beneficiario
         incluidos en la transacción.
   v. En caso de que exista, registrará el teléfono del beneficiario y el remitente incluidos en el
         envío de dinero (si tienen).
   vi. Registrará el nombre del remitente tal como parezca en la identificación provista (cuando
         se pida la identificación).
   vii. Registrará el número de identificación de los remitentes en todos los envíos de dinero que
         de acuerdo con la política de Viamericas requieran que el remitente provea a la Agencia
         con algún tipo de identificación.
   viii. Sólo aceptará las transacciones de las personas que se encuentren físicamente en la
         Agencia en el momento se está configurando la transacción.
   ix. Sólo aceptará transacciones en las que el remitente paga por la transacción en efectivo y
         en el momento se está configurando la misma.

b) Los siguientes procedimientos se llevarán a cabo para la realización de envíos de dinero que
   requieran procesos de identificación especial. La Agencia:

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i.    Identificará a todos los clientes que realicen un envío de dinero de $3,000 dólares o más
           por medio de ciertos documentos (Licencia de Conducir, Pasaporte, ID Militar o Cedula)1.
           Para este propósito la Agencia requerirá un documento de identidad con fotografía
           (expedida por una autoridad gubernamental) y enviarla por cualquier medio alterno de
           transmisión previsto por Viamericas al Departamento de Cumplimiento Legal de
           Viamericas. Tambien se requerirá a clientes que envíen $3,000 o más completar la forma
           “Conozca a su Cliente” 2, la cual debe ser enviada al Departamento de Cumplimiento
           Legal de Viamericas
    ii.    Monitoreará el perfil de sus clientes y solicitará a ciertos clientes que hayan realizado con
           regularidad envíos de dinero por menos de $3,000, pero que han enviado cantidades
           sustanciales de dinero en un periodo de 30 días, completar los mismos requisitos de
           identificación que corresponden al umbral de $1,000 diarios establecido para ciertos
           países. A dichos clientes se les solicitará proveer un (1) ID si cumplen con el umbral de
           $3,000 en 30 días o menos aun si ellos nunca han realizado una transacción que haga un
           total de $3,000 durante cualquier día durante el mismo periodo. Viamericas puede ajustar
           estos umbrales de vez en cuando basado en las reglas impuestas por el gobierno federal
           y/o en el análisis retrospectivo de las transacciones. 3
    iii.   Para todos los envíos de dinero cuyo valor sea igual o superior a $3,000, deberá obtener
           y conservar:

              Nombre y dirección del remitente; y,
              Tipo de identificación, revisada, y el número del documento de identificación; y,
              El número de identificación como contribuyente del remitente (por ejemplo, número de
               seguridad social ("SSN") o el número de identificación patronal ("ITN"); o,
              Si el remitente no tiene un SSN o ITN, usted debe hacer una anotación en el registro
               de su falta y debe obtener y conservar su número identificación como extranjero o
               número de pasaporte y país de emisión.

    iv.    Manejará normalmente los envíos de dinero en cantidades relativamente pequeñas de
           dinero, limitadas a $8,000 por cliente durante un periodo de treinta (30) días consecutivos
           (“$8,000 limite”). Los clientes que soliciten la realización de envíos de dinero que exceden
           este limite serán dirigidos al Departamento de Cumplimiento Legal para solicitar
           instrucciones de como proceder con esta transacción.
    v.     Mantendrá en archivo toda la documentación obtenida para la verificación de la identidad
           de los clientes durante al menos cinco (5) años después del último envío de dinero
           realizado por el cliente.
    vi.    Comparará de manera diligente la foto del ID emitida por el gobierno con la cara del
           cliente que solicita la transacción y registrará el nombre del cliente exactamente como
           aparece escrito en ese ID. Si la Agencia no confirma que la foto en el ID corresponde al
           cliente, la Agencia no deberá llevar a cabo la transacción. Se deberá verificar con el
           Oficial de Cumplimiento Legal si es o no necesario el realizar un Reporte de Actividad
           Sospechosa (SAR).

1
   Adicional a los requerimientos para transacciones de $3,000 o más, los clientes que envíen dinero a Colombia y Republica
Dominicana, en transacciones de más de $1,000 dólares deberán dar a la Agencia una copia de un documento de identidad con
fotografía, valido, vigente y expedida por autoridad gubernamental, y los clientes que envíen dinero a México en transacciones de
más de $1,000 dólares pero menos de $3,000 deberán dar a la Agencia información (tipo y numero) de un documento de identidad
con fotografía, valido, vigente y expedida por autoridad gubernamental.
2
   Véase Anexo A - Forma “Conozca a su Cliente”.
3
  La cantidad incluye el valor del envío y los cargos por comisiones.

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3. Archivo y conservación de información

En cumplimiento con las regulaciones impuestas por la BSA y aquellas incluidas en este “AML
Program”, la Agencia:

a) Mantendrá archivos con las copias de las identificaciones y formas proporcionadas por los
   clientes, copias de cualquier CTR o SAR, así como cualquier documento relacionado con
   dichos reportes por lo menos durante cinco (5) años. La copia de los ID’s debe ser clara y
   legible, y deberá dejar establecido el tipo de documento y número de identificación. Si algún
   número o dato no es legible debe ser escrito al lado de la imagen de la identificación.

b) Dará acceso al Departamento de Cumplimiento Legal de Viamericas para el examen de
   archivos relacionados con las regulaciones BSA y para la verificación del cumplimiento de los
   procedimientos establecidos en el “AML Program”.

c) Mantendrá una lista escrita de todas las transacciones de $3.000 o más.

4. Tipos de Identificación

Viamericas aceptará, entre otros, los siguientes tipos de identificación (válidos y vigentes):

    a) Licencias de conducir expedidas por los estados de Estados Unidos, únicamente
    b) Documento de identidad nacional (cedula, matricula consular, credencial electoral)
    c) Pasaporte

Favor ver más detalles en el Anexo D.

5. Reporte de Actividad Sospechosa (SAR)

La Agencia debe realizar un reporte de Actividad Sospechosa (“SAR”) al FinCEN si esta sabe,
sospecha o tiene alguna razón para sospechar que un envío de dinero o un conjunto de envíos
de dinero por una suma igual o superior a $2,000:

   Involucra fondos derivados de una actividad ilegal, o está orientada o conducida en orden a
    esconder o disfrazar fondos o activos procedentes de una actividad ilegal; o
   Está diseñada para evadir los requerimientos de la BSA; o
   Aparenta no tener un propósito legal o de negocios y la Agencia puede determinar que no
    existe una explicación razonable para la transacción tras evaluar todos los hechos
    disponibles; o
   Se realiza con el objeto de usar a la Agencia para facilitar la actividad criminal.

En el caso de que los empleados de la Agencia sospechen o tengan razones para sospechar que
una transacción o un conjunto de transacciones son sospechosos, debe prepararse un Reporte
de Actividad Sospechosa (SAR), utilizando la Forma SAR-MSB, y enviarse dentro de los 30 días
después de la fecha inicial de detección de la actividad sospechosa. No obstante que el BSA
requiere que la Agencia reporte las transacciones o conjunto de transacciones que involucren

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$2,000 o más, el Oficial de Cumplimiento Legal debe reportar actividades sospechosas aun si
son por menos de $2,000.4

La Agencia debe guardar una copia de todos los SAR’s llenados, así como todos los documentos
de soporte por un periodo de por lo menos cinco (5) años contados a partir de la fecha en que
fueron enviados. Los SAR’s deben llenarse dentro de los 30 días después de que el MSB se dio
cuenta de que existía una transacción sospechosa que debía ser reportada. (31 CFR §
1022.320). La documentación de apoyo debe identificarse como tal y aunque no debe ser
enviada junto con el reporte esta contemplado que sea enviada con este. A petición explicita, la
Agencia debe tener disponible para el FinCEN así como para cualquier Agencia legal apropiada
toda la documentación de apoyo (incluyendo el IRS en su capacidad como autoridad
examinadora de la BSA).

Un factor por si solo de que una transacción es inusual y posiblemente sospechosa debe levantar
una señal de alerta. Los empleados de la Agencia deben estar atentos para identificar las
señales de alerta que puedan requerir alguna investigación adicional y la posibilidad de prepara
un SAR. Algunos ejemplos de señales de alerta pueden verse en el Anexo E.

Todos los empleados de la Agencia deben ser informados que es ilegal ayudar a los clientes con
el propósito de estructurar transacciones para eludir requisitos de reporte bajo las regulaciones
de la BSA. Asimismo, deben ser informados que es ilegal dar información a los individuos
involucrados en actividades sospechosas de que dicha actividad ha sido reportada a través de un
SAR.

Para los detalles de la como preparar una completa y suficiente narrativa de una actividad
sospechosa referirse a:

                  https://www.fincen.gov/statutes_regs/files/sarnarrcompletguidfinal_112003.pdf

La presentación del SAR debe ser realizada usando el “BSA E-Filing”:

                  http://bsaefiling.fincen.treas.gov

6. Reporte de Transacciones en Efectivo (CTR)

La Agencia y en general sus empleados reconocen que existe la obligación de reportar al “US
Department of The Treasury” todas aquellas transacciones que involucren la captación o pago en
efectivo cuyo valor sea superior a $10,000 que sean realizadas por, a través o hacia la Agencia
en cualquier día en representación de una misma persona (31 CFR §1022.313) 5. El Reporte de
Transacciones en Efectivo-CTR debe hacerse usando la Forma CTR, la cual debe ser
presentada dentro de los quince (15) días siguientes contados a partir del día en que se realizó la
transacción.

Adicionalmente, la Agencia reconoce que deberá mantener archivada la información y copias de
los documentos de identificación proporcionados para la realización de todas aquellas
transacciones que alcancen valores entre $3,000 y $10,000 diarios.

4
    Véase Anexo B - Forma SAR
5
    Véase Anexo C - Forma CTR

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Las transacciones múltiples realizadas por o en nombre de la misma persona el mismo día son
consideradas como una de las transacciones para los propósitos de CTR. Las copias de los
CTR’s (y la prueba de envío, si es posible) deben ser retenidas por la Agencia durante al menos
cinco (5) años de la fecha de su realización.

La presentacion del CTR debe ser realizada usando el “BSA E-Filing”:

               http://bsaefiling.fincen.treas.gov

Viamericas ha establecido un límite máximo de $8,000 por cliente para la realización de envíos
de dinero en un periodo de treinta (30) días (“Limite de $8,000”). Así el cliente regular de
Viamericas es autorizado para realizar envíos de dinero por cantidades que son
considerablemente menores a los limites diarios acumulados establecidos por el BSA para
reportar transacciones a través de CTR’s.

Viamericas crea una cuenta interna para cada cliente en su sistema centralizado de información.
Cada vez que el cliente de Viamericas se ponga en contacto con la Agencia para realizar un
envío de dinero, la Agencia ingresa automáticamente dicha cuenta y el sistema identifica una
transacción o múltiples transacciones realizadas por el mismo cliente y rechaza aquellas que
exceden el límite de $8,000 de Viamericas.

Debido a la existencia del límite de $8,000, el flujo regular de envíos de dinero realizados a través
de Viamericas implica una baja cantidad de transacciones que requieran ser reportadas a través
de un CTR. De manera poco frecuente Viamericas acepta y procesa envíos de dinero que
exceden el límite de $8,000 (Servicios Especiales). Estos servicios no son proporcionados a
través del sitio web, ni tampoco por la Agencia directamente. Todos los clientes que soliciten la
realización de un envío de dinero cuyo valor excede el límite de $8,000 deben ser dirigidos por la
Agencia al Departamento de Cumplimiento Legal para informarles los requisitos especiales.

Viamericas normalmente recibe el dinero de los clientes que solicitan Servicios Especiales a
través de transferencia interbancaria (“wire transfer”) y no en efectivo, razón por la cual el CTR no
es requerido. Sin embargo, en caso que cualquier Servicio Especial requiera un CTR, Viamericas
enviará el CTR dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de la transacción.

7. Política de Depósitos

La Agencia reconoce que existe la obligación de depositar en la cuenta que Viamericas le asigne,
el valor total de los envíos de dinero realizados, en una sola transacción con la frecuencia que se
convenga. También reconoce que no pueden fraccionar el valor del depósito a fin de evitar los
requerimientos de identificación, en especial si se trata de valores superiores a $10,000.

De otra parte, con respecto a la cuenta de banco de Viamericas que se le asigne a una Agencia
para hacer el depósito del valor de los envíos y las comisiones:

   NO debe ser usada para recibir depósitos en oficinas del banco localizadas en estados
    diferentes al que está ubicada la agencia.
   NO debe ser compartida con personas ajenas a la Agencia.
   Debe ser usada exclusivamente para depositar el dinero recaudado por la Agencia como
    producto del servicio de envíos de dinero de Viamericas

Updated December 2020                               11                                   Confidential
Favor ver más detalles en el Anexo G.

8. Legislación en contra de los Juegos de Apuesta por Internet

De acuerdo con la “Unlawful Internet Gambling Enforcement Act (UIEGA)" de octubre de 2006,
está prohibido utilizar nuestro servicio de envíos de dinero para pagar deudas o acceso a juegos
de apuesta por Internet.

Si Ud. sabe de que algún envío de dinero se está realizando o recibiendo por el servicio de
Viamericas, y su destino es el pago de una transacción de juego por internet, le solicitamos que
no procese la transacción e informe inmediatamente al Departamento de Cumplimiento Legal de
Viamericas.

9. Conozca sus empleados

Asegurar la identidad e integridad de sus empleados es una parte indispensable de un efectivo
“AML Program”. El robo por parte de un empleado y otros delitos financieros se pueden prevenir
mediante la aplicación de los procedimientos para filltrar delincuentes en potencia antes de ser
contratados.

Un "actor dentro" o empleado que trabaja en colaboración con los criminales en una operación de
blanqueo de capitales en curso podría exponer a la Agencia legítima a graves cargos de
potencial responsabilidad. Las siguientes salvaguardias deben adoptarse:

   Solicitar la verificación de antecedentes penales de todos los nuevos empleados. Obtener el
    consentimiento por escrito de los empleados antes de proceder con la verificación de
    antecedentes. En algunos estados, el empleado puede tener que hacer la solicitud de registro
    de información de antecedentes penales.
   Solicitar el reporte de crédito de todos los posibles empleados. Obtener el consentimiento por
    escrito de los empleados antes de proceder con la verificación de antecedentes.
   Si es admisible con arreglo a la ley estatal, se recomienda que todos los futuros empleados
    se sometan a la prueba de droga.
   Recopilar y fotocopiar multiples y adecuadas identificaciones. Las formas aceptables de
    identificación son: licencias de conducir con foto, pasaportes, tarjetas de identificación
    expedidas por el estado o por el condado, tarjetas de seguro social, las principales tarjetas de
    crédito, ID del servicio militar, ID de la escuela o la universidad, u otras formas de
    identificación de fuentes verificables.
   Exigir referencias a todos los futuros empleados. Todas las referencias deben verificarse.
   Mantener un archivo de todos los empleados, incluidos todos los antecedentes y referencias.
    Los registros de los empleados son confidenciales y se debe mantener en un área segura,
    accesible sólo por la dirección de la empresa.

Updated December 2020                           12                                      Confidential
10. Acta Gramm-Leach-Bliley

La divulgación de la información no pública está estrictamente prohibido, salvo lo dispuesto por la
ley en situaciones limitadas. La Agencia debe implementar controles apropiados para proteger
personal, la información no pública proporcionada por los clientes y los delegados autorizados, y
se mantiene ya sea en papel o en formato electrónico.

11. Privacidad y Seguridad de la Informacion Personal No Pública

Con relación con el procesamiento de transacciones Viamericas para los clientes, Usted y sus
empleados recibirán información personal no pública (NPPI) de aquellos, que Viamericas y sus
Delegados Autorizados tienen la obligación de proteger de manera adecuada a fin de mantener a
los clientes seguros de robos de identidad y otros tipos de fraude.

Favor ver más detalles en el Anexo H.

12. Prevenir el Fraude al Consumidor

Viamericas tiene el compromiso de proteger a sus clientes contra el fraude y la pérdida
financiera. Ofrecer transferencias de dinero seguras y confiables es el corazón de nuestro
negocio. Con el fin de evitar el fraude al consumidor, Viamericas ha implementado salvaguardias
en sus procedimientos para garantizar que los consumidores estén debidamente protegidos de
las estafas, los agentes sin escrúpulos y el uso no autorizado de su información personal.
Viamericas ha desarrollado políticas y procedimientos para investigar y responder a las
denuncias de fraude al consumidor siempre y cuando se presenten.

Favor ver más detalles en el Anexo I.

13. Acta de Protección Del Cliente

La Sección 1073 de la “Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act” modificó la
“Electronic Fund Transfer Act (EFTA)” para crear un nuevo régimen de protección del cliente de
las transferencias de remesas enviadas por clientes en Estados Unidos a personas o empresas
en el extranjero.

De conformidad con el “12 CFR Part 1005-Electronic Funds Transfers (Regulation E)”,
Viamericas debe cumplir las nuevas obligaciones de divulgación. Los temas que Viamericas debe
abordar son los siguientes:

   La provisión de la información específica que se debe dar a cada remitente: impuestos, tasa
    de cambio, comisiones de terceras partes, fecha de disponibilidad, el lenguaje y la
    información de contacto de la agencia estatal de regulación y del “Consumer Financial
    Protection Bureau (CFPB).

    Al cliente debe proporcionársele una copia del borrador de recibo cuando solicite el envío de
    dinero, pero antes del pago de la transacción. El cliente está obligado a revisar y firmar el
    borrador de recibo indicando que la información es correcta. El cliente debe luego pagar el

Updated December 2020                           13                                      Confidential
envío de dinero. El empleado de la agencia no debe tomar el dinero antes de que el borrador
      del recibo haya sido revisado y firmado por el cliente. La transacción no es definitiva hasta
      que el empleado de la agencia firme el borrador del recibo y le provea al cliente una copia del
      recibo firmado.

     Derechos de cancelación y reembolso. El remitente podrá cancelar un envío de dinero dentro
      de los 30 minutos después de que él o ella lo paguen, siempre que (i) el dinero aún no haya
      sido cobrado o depositado y (ii) el remitente proporcione información de contacto del
      beneficiario específico y la información suficiente para que Usted pueda identificar la
      transacción.

     Disputa de errores. El remitente tiene un plazo de 180 días para reportar errores relacionados
      con un envío de dinero en particular. En este caso Viamericas debe investigarlo y responderle
      al remitente

En observancia con reciente normativa emitida por la Oficina para la Protección Financiera del
Consumidor (“CFPB”), los recibos emitidos por Viamericas por concepto de envíos de dinero
incluyen un aviso resumido señalando algunos de los derechos que tiene el consumidor para
realizar cancelaciones y/o resolver errores. La citada normativa de la CFPB también requiere
que Viamericas provea un documento que de forma detallada provea mayor información sobre
los derechos que tiene el consumidor para realizar cancelaciones y/o resolver errores. Con este
en mente, la Agencia debe capacitar inmediata de todos sus empleados sobre estos cambios y
específicamente respecto de cómo obtener una copia del aviso detallado de los derechos del
consumidor cuando este les sea requerido.

Por favor refiérase al Anexo K.

Si Viamericas puede cancelar una transacción exitosamente, el remitente tiene derecho a un
reembolso completo, incluyendo el valor de la comisión pagada. A su agencia se le acreditará la
cantidad total de la transacción, que a su vez debe proporcionar al cliente. Es imprescindible que
al devolver el dinero al cliente Ud. obtenga un recibo firmado por el cliente. El recibo firmado
debe ser grapado al recibo original para la transacción y debe ser retenido por un período de al
menos cinco (5) años.

Ud. NO debe cobrar ningún valor o comisión a los clientes por la cancelación y/o modificación de
una transacción.

14.      Ayude a combatir el Contrabando y Tráfico de Personas

La “Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN)” ha establecido algunos indicadores
financieros o "banderas rojas" que pueden representar una actividad relacionada con el
contrabando o la trata de personas. Estas señales de alerta son sólo indicadores de un potencial
contrabando o tráfico de personas; sin embargo, deben ser evaluados con otros factores antes
de tomar una determinación de que es una actividad sospechosa.

Señales      de   Alerta   de   Trata   de   Personas     o   Tráfico   Potencial   de   Personas:

 Múltiples clientes, aparentemente sin relación, enviando dinero al mismo beneficiario a lo
  largo de la Frontera Suroeste. Estos remitentes también pueden utilizar la información similar
  para los envíos, tales como igual dirección y número de teléfono.

Updated December 2020                             14                                      Confidential
 Inexplicable/injustificado estilo de vida que no concuerda con el empleo o línea de negocio
  del remitente.
 Los depósitos en efectivo, transferencias bancarias o envíos de dinero se hacen por debajo
  de $3,000 o $10,000 con la intención aparente de evitar requerimientos de información o la
  presentación del Reporte de Transacciones en Efectivo (CTR-siglas en Inglés),
  respectivamente.
 Transferencias frecuentes de dinero al exterior, con ningún propósito lícito aparente, dirigidas
  a países con mayor riesgo de trata de personas, o a países que concuerdan con la actividad
  esperada del cliente, tal como países diferentes a su lugar de origen.
 Transacciones realizadas por personas escoltadas por un tercero (por ejemplo, con el
  pretexto de que requiere un traductor), para realizar la transferencia de fondos (que puede
  parecer de sus salarios), dirigidas a otros países.

Reporte Actividad Sospechosa (SAR): Si Ud. sospecha que una transacción puede estar
relacionada con el tráfico o la trata de personas, incluya uno o ambos de los siguientes términos
claves en la narrativa y en la información de actividades sospechosas en el reporte SAR:

      "AVISO TRÁFICO DE PERSONAS" y / o "AVISO DE TRATA DE PERSONAS"

Por favor referirse al Anexo L.

15.       Abuso financiero de personas mayores

El abuso de ancianos puede tomar muchas formas, incluyendo la física, emocional y financiera.
La explotación económica es el uso no autorizado de dinero de un anciano u otra propiedad, ya
sea por robo o fraude, y los individuos pueden no ser conscientes o sentirse avergonzados.

Si sospecha de la explotación financiera de una persona mayor o cualquier otra forma de abuso,
por favor, póngase en contacto con el Centro Nacional sobre Abuso de Ancianos al 1-800-677-
1116 o visite su sitio web en: www.ncea.aoa.gov.

Por favor referirse al Anexo M.

III. ENTRENAMIENTO

El Oficial de Cumplimiento Legal debe proveer educación y entrenamiento al personal apropiado
acerca de sus responsabilidades conforme a lo dispuesta en este “AML Program”, y
proporcionará entrenamiento para la identificación y el tratamiento de transacciones sospechosas
en la medida en la que la Agencia requiera reportar dichas transacciones bajo las regulaciones
de la BSA. 6

Los empleados actuales recibirán entrenamiento apropiado tras la adopción de este “AML
Program”. Los nuevos empleados recibirán entrenamiento como parte del programa de
educación y entrenamiento proporcionado por la Agencia a todos los nuevos empleados. El
Oficial de Cumplimiento Legal se asegurará de que todos los empleados de la Agencia reciban
entrenamiento anual sobre la BSA y el “AML Program”.

6
    Vease Anexo D – Guia de entrenamiento acerca del “AML Program”

Updated December 2020                                  15                              Confidential
El entrenamiento de los empleados deberá incluir todos los aspectos contenidos en el “AML
Program” y especialmente los siguientes temas:

          Acta de Secreto Bancario (Bank Secrecy Act-BSA)
          Acta USA PATRIOT
          Acta Gramm-Leach Bliley
          FinCEN
          OFAC
          Requisitos de identificacion de los clientes
          Acta Gramm-Leach Bliley
          Dodd Frank and Regulation E consumer protections
          Prevencion de Abuso Financiero de Adultos Mayores

Por favor refiérase al Anexo N.

IV. REVISION INDEPENDIENTE

Cada año un revisor independiente revisará y evaluará la efectividad del “AML Program”
adoptado por la Agencia, así como su implementación. La revisión puede ser realizada por un
funcionario, empleado o grupo de empleados, siempre que el revisor no sea el oficial de
cumplimiento designado y que no reporte directamente al oficial de cumplimiento. Un tercero
ajeno a la Agencia y debidamente calificado puede ser también nombrado como revisor
independiente.

La revisión deberá cubrir los siguientes aspectos:

   1. ¿El “AML Program” ha sido puesto a disposición de todos los empleados?
   2. ¿La Agencia ha designado un Oficial de Cumplimiento Legal?
   3. ¿Los empleados de la Agencia han recibido entrenamiento acerca del “AML Program”
      adoptado por la Agencia?
   4. ¿La Agencia ha preparado y enviado algún CTR durante el periodo examinado? De ser
      así, ¿fueron dichos reportes preparados y enviados de manera oportuna y eficaz?
   5. ¿La Agencia ha preparado y enviado algún SAR durante el periodo examinado? De ser
      así, ¿fueron dichos reportes preparados y enviados de manera oportuna y eficaz?
   6. ¿El Oficial de Cumplimiento Legal se ha asegurado que la Agencia guarda los archivos
      relacionados con BSA y el “AML Program” durante al menos cinco (5) años, incluyendo
      una lista escrita de las transacciones por $3.000 o más?
   7. ¿Cumple la Agencia con los requisitos y procedimientos establecidos en el “AML
      Program?

Por favor refiérase al Anexo O.

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V. ESTRUCTURACION Y ANALISIS DE TRANSACCIONES

Si su agencia tiene el servicio de dos o más empresas de envíos de dinero le recomendamos
tener presente lo siguiente:

   No permitir que un cliente, para evitar los requerimientos de información y documentación,
    intente hacer envíos de dinero el mismo día por las diferentes empresas cuyo servicio usted
    tiene en su agencia.
   Analizar periódicamente todos los envíos de dinero realizados en su agencia para identificar a
    los clientes que pueden haber realizado transacciones en un solo día utilizando más de una
    empresa de envíos de dinero.

Las recomendaciones anteriores evitaran que su agencia sea usada para estructurar envíos de
dinero, lo cual como usted sabe, es un delito.

Updated December 2020                          17                                      Confidential
ANEXO A

   .
Form 4-4-3 Know Your Customer
                                                                                                                      Last revised 11/18/15

                                                 KNOW YOUR CUSTOMER (KYC) FORM
                                                        (FORMA CONOZCA A SU CLIENTE)

                                          BANK SECRECY ACT (“BSA”)-LEGAL COMPLIANCE
                                            (ACTA DE SECRETO BANCARIO-CUMPLIMIENTO LEGAL)

Date (Fecha): ____/____/________                                  Transaction number (Número de envío) _____________________

Prepared by (Name) Preparado por (Nombre): _________________________________________________________________
I, the Authorized Delegate, certify that I have examined the originals of the documents listed below, and those documents
appear to be originals, without modification, of that type of document. (Yo, el Representante Autorizado, certifico que he
examinado los originales de los documentos listados abajo, y que esos documentos parecen ser originales, sin modificación, del tipo
de documentos que son).

Agency code: __________ Name of the agency: _________________________________________________________
(Código de la Agencia)           (Nombre de la Agencia)

Sender name: _____________________________________________ SSN or ITIN: ☐ Yes (Tiene) # ____-___-_____
(Nombre del remitente)                                                  ☐ None Available (No Tiene)

Sender Address (including # of apartment, city, state and postal code) (Dirección del Remitente (incluyendo # de apartamento, ciudad,
estado y código postal)):

_________________________________________________________________________________________________

Sender telephone: ______________, ______________ Type of ID: __________________________________________
(Teléfono del Remitente)                                          (Tipo de identificación)

ID Number: ___________________________________ Issuer State/Country: _________________________________
(Número del ID)                                                   (Estado/País emisor)

Expiration Date:         _____/_____/______                       Date of birth:         _____/_____/______
(Fecha de Expiración)                                             (Fecha de nacimiento)

Beneficiary name: ____________________________________ Beneficiary address: ____________________________
(Nombre del Beneficiario)                                                   (Dirección del Beneficiario)
_________________________________________________________________________________________________

Relationship to sender (Relación al remitente): _____________________________________________________
Amount to send $______________ Origin of the money: ___________________________________________________
(Valor a enviar)                            (Origen del dinero)

The money coming from this transaction will be used for: ___________________________________________________
(El dinero de esta transacción será utilizado para)

Name of the company where sender works: _____________________________________________________________
(Nombre de la empresa donde trabaja el remitente)

Address of the company where sender works (including city, state and zip code) (Dirección de la empresa donde trabaja
(incluyendo ciudad, estado y código postal)):
_________________________________________________________________________________________________

Telephone (Phone): _______________________ Occupation (Ocupacion)__________________________________________________

__________________________________________                                  _____________________________________________
Authorized Agent’s Signature                                                Sender’s Signature
(Firma del representante de la agencia)                                     (Firma del remitente)

           Please fill this form and send it by fax to 1 (800) 490 8147, or by e-mail to cumplimiento@viamericas.com
           (Favor completar esta forma y enviar por fax al 1 (800) 490 8147; o por e-mail a cumplimiento@viamericas.com)
ANEXO B

   .
Suspicious Activity Report

WARNING: PRINTED VERSIONS OF THE BSA E-FILING FORMS ARE NOT FOR SUBMISSION AND WILL NOT BE PROCESSED
                                               by FinCEN.

                  Suspicious Activity Report                                                              Version Number: 1.2
                  OMB No. 1506-0065 (Report)
                  OMB No. 1506-0001, 1506-0006, 1506-0015, 1506-0019, 1506-0029, and 1506-0061 (Regulations)

                  Filing Instructions:

                        1.   Complete the report in its entirety with all requested or required data known to the filer.
                        2.   Click "Validate" to ensure proper formatting and that all required fields are completed.
                        3.   Click "Sign with PIN" and enter your 8-digit PIN to electronically sign the report.
                        4.   Click "Save" to save a local copy of the report.
                        5.   Click "Print" (optional) to print a paper copy of the report for record keeping purposes.
                        6.   Click "Submit" and go to your "Track Status" to confirm acceptance.

   Filing name

                                                  Initial report                   Correct/Amend prior report
   *1 Type of filing
    (Check all that apply)
                                                  Continuing activity report       Joint report

   Prior report BSA Identification
   Number (BSA ID)

   2 Filing Institution Note to FinCEN

   Attachment

       By providing my PIN, I acknowledge that I am electronically signing the BSA report submitted.

              Sign with PIN

                                                                                                                  Release Date: 08/23/2018

                                                                                                                                  Page 1 of 7
Suspicious Activity Report

WARNING: PRINTED VERSIONS OF THE BSA E-FILING FORMS ARE NOT FOR SUBMISSION AND WILL NOT BE PROCESSED
                                               by FinCEN.

Part IV Filing Institution Contact Information

  *79 Type of financial institution

 *75 Primary federal regulator

 *76 Filer name (Holding company, lead financial
     institution, or agency, if applicable)

 *77 TIN                                                                                    *78 TIN type

  80 Type of Securities and Futures         Clearing broker-securities            Introducing broker-securities              SRO Securities
     institution or individual filing
     this report - check box(es) for        CPO/CTA                               Investment Adviser                         Subsidiary of financial/bank
     functions that apply to this                                                                                            holding company
                                            Execution-only broker securities      Investment company
     report                                                                                                                  Other
                                            Futures Commission Merchant           Retail foreign exchange dealer
                                            Holding company                      Self-clearing broker securities
                                            Introducing broker-commodities        SRO Futures

  81 Financial institution identification   Type

                                            Number

 *82 Address

  *83 City

 *84 State                                           *85 ZIP/Postal Code                           *86 Country

  87 Alternate name, e.g., AKA - individual or trade name,
     DBA - entity

  88 Internal control/file number

  89 LE contact agency

  90 LE contact name

  91 LE contact phone number (Include Area Code)                                                                                       Ext.

  92 LE contact date

 *93 Filing institution contact office

  *94 Filing institution contact phone number (Include Area Code)                                                                      Ext.

  95 Date filed                                               (Date filed will be auto-populated when the form is signed.)

                                                                                                                                                       Page 2 of 7
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                                               by FinCEN.

Part III Information about Financial Institution Where Activity Occurred                                 1     of 1

 *51 Type of financial institution

 *52 Primary federal regulator
  53 Type of gaming institution

                      State licensed casino           Tribal authorized casino       Card club        Other (specify)

                                              Clearing broker-securities            Introducing broker-securities       Subsidiary of financial/bank
 54 Type of Securities and Futures
                                                                                                                        holding company
    institution or individual where
    activity occurred - check box(es)          Execution-only broker securities     Investment Adviser
                                                                                                                        Other
    that apply to this report                  Futures Commission Merchant          Investment company

                                               Holding company                      Retail foreign exchange dealer

                                               Introducing broker-commodities       Self-clearing broker securities

  55 Financial institution identification            Type

                                                     Number

  56 Financial institution's role in transaction          Selling location        Paying location            Both

 *57 Legal name of financial institution                  Unknown

  58 Alternate Name, e.g., AKA - individual or trade name, DBA - entity

*59 TIN                                 Unknown                                                                 60 TIN type

 *61 Address                            Unknown

  *62 City                              Unknown

  63 State

  *64 ZIP/Postal Code                   Unknown

 *65 Country                            Unknown

  66 Internal control/file number

  67 Loss to financial institution $

Branch where activity occurred information                             If no branch activity involved, check this box

 Branch Information

  68 Branch's role in transaction           Selling location      Paying location             Both

 69 Address of branch or office where activity occurred

 71 City                                                                                   70 RSSD Number

 72 State                              73 ZIP/Postal Code                                  *74 Country

                                                                                                                                                  Page 3 of 7
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Part I Subject Information              1      of 1

  3 Check:                     if entity,          if all critical* subject information is unavailable (Does not include item 24)

 *4 Individual's last name
                              Unknown
    or entity's legal name

 *5 First name                Unknown

 6 Middle name/initial

 7 Suffix                                                                                                                 8 Gender

*19 Date of birth             Unknown

 9 Alternate name, e.g., AKA - individual or trade name, DBA - entity

 10 Occupation or type of business

 10a NAICS Code

*16 TIN                        Unknown                                                     17 TIN type

  21 Phone number                                                                         Ext.                    20 Type

 22 E-mail address

 22a Website (URL) address

 23 Corroborative statement to filer?                                           28 Subject's role in suspicious activity

 Subject Address Information

 *11 Address                  Unknown

 *12 City                     Unknown

 *13 State                    Unknown                                           *14 ZIP/Postal Code         Unknown

 *15 Country                  Unknown

*18 Form of identification for subject                      Unknown

   Type

   Number                                                               Country                                         Issuing State

 24 Relationship of the subject to an institution listed in Part III or IV (check all that apply)

    a     Institution TIN

    b        Accountant       e         Attorney            h       Director                         k        Officer
    c        Agent            f         Borrower            i       Employee                         l       Owner or Controlling Shareholder
    d        Appraiser        g         Customer            j      No relationship to institution    z        Other

 25 Status of relationship                                               26 Action date

 *27 Financial institution TIN and account number(s) affected that are related to subject                No known accounts involved

   Institution TIN                                                                        Non-US Financial Institution

                                              account number                                                                            Closed? Yes

                                                                                                                                                      Page 4 of 7
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Part II Suspicious Activity Information

 *29 Amount involved in this report             Amount Unknown              No amount involved                        $
 *30 Date or date range of suspicious activity for this report       From                                       To

  31 Cumulative amount (only applicable when "Continuing activity report" is checked in Item 1)                       $
 When completing item 32 through 42, check all that apply
 32 Structuring
  a       Alters or cancels transaction to avoid BSA recordkeeping requirement            d          Transaction(s) below BSA recordkeeping threshold
   b       Alters or cancels transaction to avoid CTR requirement                         e          Transaction(s) below CTR threshold
           Suspicious inquiry by customer regarding BSA reporting or
   c                                                                                      z          Other
           recordkeeping requirements

 33 Terrorist Financing
   a       Known or suspected terrorist/terrorist organization                    z       Other

 34 Fraud
   a      ACH                e       Consumer loan                      i         Mass-marketing            m          Wire
       b   Advance fee       f       Credit/Debit card                  j         Ponzi scheme              z          Other
                                     Healthcare/Public or private
       c   Business loan     g                                          k         Pyramid scheme
                                     health insurance
       d   Check             h       Mail                               l         Securities fraud

 35 Gaming activities
  a      Chip walking                                                             d      Unknown source of chips
   b       Minimal gaming with large transactions                                 z      Other
   c       Suspicious use of counter checks or markers

 36 Money Laundering
   a       Exchange small bills for large bills or vice versa                     h      Suspicious receipt of government payments/benefits
   b       Funnel account                                                         i      Suspicious use of multiple accounts

   c       Suspicion concerning the physical condition of funds                   j      Suspicious use of noncash monetary instruments

   d       Suspicion concerning the source of funds                               k      Suspicious use of third-party transactors (straw-man)
           Suspicious designation of beneficiaries, assignees or                  l      Trade Based Money Laundering/Black Market Peso Exchange
   e
           joint owners                                                                  Transaction out of pattern for customer(s)
                                                                                  m
   f       Suspicious EFT/wire transfers
                                                                                  z      Other
   g       Suspicious exchange of currencies

 37 Identification/Documentation
   a       Changes spelling or arrangement of name                                e      Refused or avoided request for documentation
   b       Multiple individuals with same or similar identities                   f      Single individual with multiple identities
   c       Provided questionable or false documentation                           z      Other
   d       Provided questionable or false identification

 38 Other Suspicious Activities
   a       Account takeover                 h       Human trafficking                                   o            Suspicious use of multiple transaction locations
                                                                                                                     Transaction with no apparent economic,
   b       Bribery or gratuity              i       Identity theft                                      p
                                                                                                                     business, or lawful purpose
                                                    Little or no concern for product performance                     Transaction(s) involving foreign high risk
   c       Counterfeit instruments          j                                                    q
                                                    penalties, fees, or tax consequences                             jurisdiction
   d       Elder financial exploitation     k       Misuse of position or self-dealing                  r            Two or more individuals working together
           Embezzlement/theft/                      Suspected public/private corruption
   e                                        l                                                           s            Unlicensed or unregistered MSB
           disappearance of funds                   (domestic)
   f       Forgeries                        m       Suspected public/private corruption (foreign) z                  Other
                                                    Suspicious use of informal value transfer
   g       Human smuggling                  n
                                                    system

                                                                                                                                                         Page 5 of 7
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