Y - "Jardín Infantil Girasoles" - Reglamento Interno Manual de Convivencia 2021

Página creada Jaime Sánchez
 
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Y - "Jardín Infantil Girasoles" - Reglamento Interno Manual de Convivencia 2021
“Jardín Infantil Girasoles”

    Reglamento Interno
             Y
   Manual de Convivencia
           2021
Índice

   Identificación

   Introducción

   Objetivo general

   Proyecto educativo.

   Principios.

   Objetivos generales del reglamento interno del jardín.

   Deberes y derechos de la comunidad educativa.

   Deberes de los padres.

   Derechos de los padres

   Deberes de los párvulos.

   Derechos de los párvulos.

   Normativa general del personal.

   Deberes.

   Derechos del sostenedor.

   Deberes de la Educadora Directora.

   Deberes de la Educadora del nivel.

   Deberes de la Asistente de párvulo.

   Deberes de la Manipuladora de Alimentos.

   Deberes de la Auxiliar de aseo.

   Deberes del Personal.

   Derechos del personal.

   Estímulos Y Sanciones Disciplinarias.

   Criterios de aplicación de sanciones.

   Comité de sana convivencia escolar.

   Definición de maltrato escolar.

   Obligación de denuncias de delitos.

   Protocolos de actuación.

   Notificaciones a los apoderados.

   Normativa del Funcionamiento del jardín Infantil.
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IDENTIFICACIÓN.

Nombre del establecimiento:   Jardín Infantil Girasoles”

Reconocimiento oficial:       REX #829, mineduc.

R.B.D.:                       12.722-1

Régimen de pago:              Particular

Dirección:                    Av. Salvador Allende Nº 339

Ciudad:                       Iquique

Teléfono:                     572442872

Nivel de enseñanza:           Educación Parvularia

Curriculum de enseñanza:      Integral

Correo electrónico:           j-infantilgirasoles@hotmail.com

Directora:                    kathielyn Troncoso Riquelme

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INTRODUCCION

       El presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar es un
instrumento que fue elaborado por los miembros de la comunidad educativa,
tiene como objetivo el buen funcionamiento de las relaciones interpersonales
entre los distintos estamentos de la comunidad educativa, fijar normas de
funcionamiento y de procedimientos frente a situaciones que pudiesen alterar la
sana convivencia de todos sus miembros, a fin de asegurar el logro de los
objetivos planteados en el proyecto educativo y de resguardar en forma efectiva
los derechos y deberes señalados en la normativa educacional.
        Por lo mismo es necesario que tengamos conocimiento de la misión y
visión de nuestra entidad educativa, como también los deberes y derechos de los
distintos miembros de esta comunidad. Este documento también da
conocimiento de los objetivos propuestos y los principios que ayudarán al buen
desarrollo de este reglamento y manual de convivencia y los diferentes
protocolos (anexos) con los que cuenta la institución para las diversas
eventualidades que vulneren los derechos de cualquier integrante de esta
comunidad
        La sana convivencia escolar e s un derecho y un deber q u e ti e n e n to d o s l o s
miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las
personas y el respeto que estas se deben. Es un aprendizaje en si mismo que contribuye a
un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia,
orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su
personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

        Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que,
inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a los
párvulos, p a d r e s , m a d r e s y apoderados, Educadoras de P á r v u l o s , Asistentes d e l a
Educación, directora y Sostenedor educacional.

OBJETIVO GENERAL DEL PROYECTO EDUCATIVO
         El objetivo general del Jardín Infantil Girasoles apunta a favorecer el desarrollo
integral del niño y niña de 2 a 6 años, basado en un currículo integrativo, en los
derechos universales del niño y la niña y en los principios de la educación parvularia
chilena. Incluye en este proyecto y como cualidad propia e inherente a nuestro
currículo, el desarrollo espiritual de cada uno de ellos, en el sentido de quererse a sí
mismos, reconocer su valor personal y el de los demás, para crecer con la energía del
amor, entregando a éstos un ambiente cálido y afectivo, propendiendo a alcanzar la
felicidad de cada niña o niño, cimentado en la formación de valores universales, en
cuidado propio, del prójimo y del medio ambiente que lo rodea.

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MISIÓN
        Desarrollar integralmente a los niños y niñas del Jardín Infantil Girasoles,
entregándoles valores fundamentales tales como el amor, el respeto, la solidaridad, la
verdad, libertad, aceptación, sensibilización y cooperación, garantizando sean respetados
todos los derechos reconocidos por la convención de Derechos del Niño y la Niña; lo que les
permitirá crecer con seguridad, autocuidado, confianza y respeto hacia su persona, el
medio ambiente y hacia los que los rodean, facilitando de esta forma la transición de los
párvulos a la educación básica.

                                           VISIÓN
        La visión del jardín infantil girasoles, es educar integralmente a los párvulos en
un ambiente cálido, de respeto mutuo y basado en sus necesidades potenciando en
todo el proceso educativo la participación de la familia y la importancia que cumplen
los padres, apoderados y/o cuidadores como los primeros formadores de los niños y
niñas; para realizar un trabajo tomados de la mano, y así en conjunto favorecer el
aprendizaje inicial coherente junto con un desarrollo integral generando
conocimientos, valores y actitudes que permitan el incremento de su autonomía,
creatividad e iniciativa personal y una buena inserción en el mundo que lo rodea.

                                       PRINCIPIOS.
        La convivencia humana que pretendemos construir entre todos en nuestra institución
educativa tiene como fundamento una serie de valores y actitudes personales que debemos
esforzarnos en cultivar. Principios como el amor (a si mismo, al prójimo y al medio ambiente),
honestidad, aceptación, tolerancia y respeto, diálogo, amistad y un espíritu de justicia y
verdad.
Todo esto basado en el respeto de los principios con que nos orientan la nueva ley general de
educación chilena, principios tales como:
      Interés superior del niño y la niña.
      No discriminación arbitraria.
      Legalidad.
      Dignidad del ser humano.
      Libre asociación.
      Participación.
      Principio de interculturalidad.
       El sistema educativo de nuestro país se construye sobre la base de los derechos
garantizados en la constitución, y en especial, en el derecho a la educación y libertad
de enseñanza. Basados en estos derechos el Jardín Infantil Girasoles crea su proyecto
educativo inspirándose además en los siguientes principios:
       Universalidad y educación permanente. (siempre y para todos)
       Calidad de la educación. (cumplimiento objetivos mínimos)
       Equidad del sistema educativo. (mismas oportunidades)
       Autonomía. (proyectos propios de cada establecimiento)
       Diversidad. (según realidad social en que está inserta la institución)
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 Responsabilidad. (cumplimiento de deberes legales)
    Participación. (derecho y deber de informar y participar en el proceso
      educativo)
    Flexibilidad. (adecuación del proyecto según diversidad de realidades)
    Transparencia. (información clara y a disposición)
    Integración. (incorporación de diversidades sociales, étnicas, religiosas, etc.)
    Sustentabilidad. (respeto y cuidado del medio ambiente)
    Interculturalidad. (reconocer, respetar y valorar cultura de origen

OBJETIVOS GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO DEL JARDÍN
INFANTIL GIRASOLES.

         Resguardar los derechos de los niños y niñas y la relación que se
      establece entre los integrantes de la comunidad educativa del Jardín Infantil
      Girasoles.
         Promover el buen trato respondiendo a las necesidades de los niños y
      niñas, su cuidado, protección, educación, respeto y apego a su condición de
      sujetos de derecho.
         Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad
      educativa los principios y elementos que ayuden a construir una sana
      convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la
      promoción igualitaria de los derechos previniendo oportunamente la
      vulneración de éstos.
         Proveer a la comunidad educativa de normas y pautas que le permitan
      conocer los parámetros relacionados con sus deberes y derechos, y,
      dándole participación en la restructuración anual de este reglamento.
         Establecer protocolos de actuación frente a diferentes casos en los que
      se vea vulnerados los derechos de cada integrante de nuestra comunidad
      educativa, en especial de los niños y niñas de nuestro jardín infantil. Estos
      protocolos apuntan a estimular el acercamiento y entendimiento de las
      partes en conflicto e implementar acciones reparatorias y justas para los
      afectados.
         Generar espacios de participación en donde predomine el respeto a los
      principios en que se basa nuestra institución, al respeto por las diferencias,
      a la reflexión y la justicia en pro del bien común.

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DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

RELACIONES SOCIALES Y MUTUO RESPETO:

 La comunidad educativa de la institución deberá promover pautas de convivencia
que garanticen siempre mutuo respeto, por tanto, debemos:
             Actuar siempre y en todo lugar de manera cordial y respetuosa.
             Evitar poner sobrenombres o apelativos a las personas que de
              cualquier manera se relacionan con él.
             Evitar ofensas de palabra o de hecho a los integrantes de la comunidad
              educativa.
             Evitar el crear y promover actos de indisciplina que generen desorden
              entre la comunidad.

DE LA CONSERVACIÓN Y EL BU EN USO DE LAS INSTALACIONES, LOS MUEBLES
Y DEMÁS PERTENENCIAS DEL JARDÍN Y CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE:

          Corresponde a toda la comunidad educativa velar por la conservación, el
buen uso de las pertenencias e instalaciones y el cuidado del medio ambiente,
fomentando actitudes como:
Arrojar basuras dentro de los basureros y mantenerlos éstos limpios.
Mantener limpios los muros, puertas, muebles, ventanas del jardín.
Hacer uso adecuado de los servicios públicos (agua, luz, teléfono e Internet) Cuidar y
conservar los jardines de la institución.
No portar, ni hacer uso de elementos tóxicos que atenten contra la salud y el
medio ambiente o no sean biodegradables
Dejar limpios y en buen estado los sitios visitados (parques, museos, teatros, etc.).
Manejar adecuadamente el material didáctico y devolverlo, guardándolo en el
lugar correspondiente.
Mantener el orden e higiene en los lugares de uso común del personal como cocina,
bodegas, patios y en especial servicios higiénicos.

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DEBERES DE LOS PADRES

 En el momento de matricular a su hijo o hija en nuestra institución, l o s p a d r e s d e familia
o apoderados de los párvulos adquieren un compromiso con el Jardín infantil; por tanto, se
hace indispensable para el éxito de la gestión educativa, el apoyo real a la Educación de los
niños, razón por la cual los padres están sujetos a derechos y deberes.
        Como padres de familia, son parte fundamental en el proceso de formación
de sus hijos. Son quienes libremente escogen la institución que les ayudará a
complementar la formación que iniciaron en el hogar. Lo primordial es la
comunicación, la cual debe ser permanente, clara y directa permitiendo que se
logren los resultados que se buscan en nuestro PEI de una manera exitosa. Los
deberes de los padres en este sentido serán:
              Velar por la asistencia regular de sus hijos al Jardín Infantil,
               cumpliendo con los horarios de las jornadas correspondientes.
              Cumplir con la documentación solicitada para el Establecimiento en el
               momento de la Matricula.
              Asistir a reuniones de Padres y Apoderados, Talleres para padres, de
               orientación, de habilidades socioafectivas, habilidades para la vida,
               etc., como también a las entrevistas personales que hayan sido
               citados. (presencial o vía online)
              Participar activamente en las actividades extraprogramáticas
               organizadas para el Jardín Infantil. (presencial o vía online)
              Respetar y dar cumplimiento a las normativas de salud de los
               párvulos, impuestas por el establecimiento.
              Cumplir con la entrega de todos los útiles solicitados al momento de
               ingreso del alumno(a).
              Velar por el cumplimiento de las tareas al hogar encomendadas a su
               hijo (a).
              Cumplir y hacer cumplir a su hijo o hija (en la medida de sus
               posibilidades y poniendo como fin fundamental el bienestar del niño y
               la niña) el presente Manual de Convivencia, aceptando y respaldando
               con su firma.
              Preocuparse de la correcta presentación personal de su hijo (a), con
               relación a su higiene, uniforme, pechera y toalla.
              El apoderado se obliga a cumplir cancelando oportunamente la
               mensualidad durante todo el año escolar, según cuotas y valor
               pactados. Las inasistencias y/o retiros temporales al Jardín no dan
               derecho a descuentos en la mensualidad. (Licencias médicas
               prolongadas o vacaciones de los padres, etc.).
              En caso de retiro del alumno, el apoderado debe hacerlo formalmente
               en la Dirección del establecimiento, con un mes de anticipación como
               mínimo para así disponer del cupo.
              El alumno que fuese retirado y vuelva al jardín deberá cancelar
               nuevamente su matrícula o los meses transcurridos según acuerdo con

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dirección.
   El apoderado se compromete a velar que su hijo (a) no traiga objetos
    de valor (económico y/o emocional) al Jardín, tales como juguetes,
    celulares, joyas y otros, ya que el establecimiento no se
    responsabiliza por su pérdida.
   El apoderado debe autorizar por escrito a su hijo (a) su participación
    en visitas pedagógicas o paseos realizados por el establecimiento los
    cuales serán con el uniforme del jardín. En caso contrario el párvulo
    permanecerá en el jardín.
   Firmar y/o responder oportunamente la información enviada al hogar
    por me d io d e comunicaciones, circulares. y/o correo electrónico.
   Incentivar la formación de hábitos y valores, unificando criterios
    familiares por medio del diálogo y el ejemplo en casa.
   Cumplir con la derivación a especialistas solicitadas por la Educadora de
    párvulos, en los casos que sea necesario y hacer llegar los informes
    correspondientes a la educadora.
   Velar por que el niño (a) ingrese diariamente al Jardín, aseado (baño
    diario, muda limpia, dientes lavados, uñas limpias, peinados).
   Cumplir con las normas mínimas de higiene e n su hogar. En caso de
    que su hijo (a) presente pediculosis no podrá asistir al Jardín, hasta
    haber terminado exitosamente el tratamiento.
   Dar aviso oportuno para retirar a su hijo (a) en horario diferente a lo
    establecido, en caso de citas médicas u otras circunstancias.
   Cuando el niño (a) sea retirado por un tercero, los padres deben
    informar oportunamente la identidad de éste, quien deberá identificarse
    con su cedula de identidad.Toda persona que retira al niño o niña; debe
    ser mayor de 18 años y encontrarse en condiciones adecuadas para
    desplazarse de manera segura con el menor a su cargo en caso
    contrario, el Jardín podrá tomar las medidas razonables que estime del
    caso para garantizar la integridad del niño y la niña.
   El apoderado se compromete a responsabilizarse por el daño material,
    ya sea voluntario o involuntario del párvulo, esto puede ser reparando
    o reponiendo lo dañado (muebles, paredes, material didáctico,
    puertas, vidrios, etc.) en el establecimiento.
   Colaborar con la seguridad de los párvulos dentro del establecimiento.
    (Cerrar la puerta al entrar y salir del jardín). Una vez que la educadora y/o
    asistente ha entregado el niño a su apoderado, será responsabilidad de
    éste su cuidado.
   Dar a conocer quejas o sugerencias utilizando los conductos
    regulares con el debido respeto.
   Se prohíbe que el Apoderado, fume dentro del Jardín. También se
    prohíbe que se presente bajo la influencia de alcohol o drogas en el
    establecimiento. Este motivo será causal de no entregar el alumno(a) al
    apoderado y de llamado a la autoridad pertinente (carabineros) si la
    situación lo amerita.
   Colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o
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maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y
         en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

                        DERECHOS DE LOS PADRES

 Ser atendidos por la directora o Educadora de párvulos en los horarios
  establecidos, o en horarios acordados previamente.
 Recibir un trato deferente, por parte de todos los miembros de la comunidad
  educativa.
 Recibir información de rendimiento, comportamiento o de convivencia de su
  hijo (a).
 Derecho a reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en
  resguardo de sus derechos. Para dar solución a su inquietud, ( debe seguir
  conducto regular):
   a) Educadora de Nivel
    b) directora del establecimiento.
 Integrarse, formando parte del Centro de Padres del Jardín.

 Recibir las evaluaciones corre s p ondie nte s al año escolar, evaluación,
  diagnóstico e Informes al Hogar semestral.
 Participar de las actividades preparadas para padres y apoderados.
 Presentar inquietudes, aportes, ideas o proyectos al Consejo
  escolar del Establecimiento, o al Comité de Seguridad.

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DEBERES DE LOS PÁRVULOS

  Si bien el niño y la niña son sujetos de derechos que están obligados en esencia a
cumplir ciertos deberes los cuales están estrechamente ligados a sus derechos y los de
sus pares, es importante recalcar que los deberes de los niños y niñas que asisten al
jardín infantil Girasoles están ligados indisolublemente a los deberes de los padres, ya
que es responsabilidad de ellos velar por el cumplimiento de éstos. Estos deberes son:
        Mantener una relación armoniosa y positiva con otros párvulos del jardín y con
          el personal que labora en éste.
        Mantener una buena presentación personal.
        Asistir en forma periódica al jardín para alcanzar mejores logros en su
          desarrollo integral.
        Respetar las normas del jardín, como por ejemplo rutinas y horarios.
        Respetarse a si mismos y a los demás aplicando como regla primera su
          autocuidado.
        Asistir con su uniforme institucional a paseos y salidas pedagógicas.
        Cumplir con las tareas y materiales requeridos por su educadora.

                          DERECHOS DE LOS PÁRVULOS:

        Recibir el trato por parte del personal docente, administrativo y de servicios
         generales del Jardín, con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo
         ser humano merece y basado en los derechos universales de niños y niñas.
        Recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y
         desarrollo integral.
        Recibir una atención adecuada y oportuna atendiendo a sus necesidades
         personales.
        A no ser discriminados arbitrariamente, por ningún motivo o circunstancia.
        A que se respete y vele por su integridad física y emocional.
        A educarse en un ambiente acogedor y de respeto mutuo.
        Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos l o s
         servicios que ofrece la institución.
        Recibir en caso de emergencia los primeros auxilios por parte de la
         Institución. Si el accidente tiene carácter grave se ubicará a uno de los
         padres para informar lo sucedido, mientras la Educadora concurre al Hospital
         de Iquique.
        Ser escuchado.
        Ser respetado sin discriminación étnica, religiosa, sexual, socioeconómica o
         por algún impedimento físico.
        Recibir una alimentación balanceada, (en el caso de los párvulos que almuerzan
         en el Jardín) teniendo en cuenta el protocolo de manipulación y preparación
         de alimentos. En caso de que el niño y la niña presente problemas con algún
         tipo de alimento, debe traer indicaciones del médico para poder atender sus
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requerimientos.
 A que se respeten sus derechos por encima de todo.

             NORMATIVAS GENERALES DEL PERSONAL.

          Deber de atender a los padres y/o apoderados en los horarios
          establecidos o fijar una cita si el caso es urgente.
          Informar a los padres sobre el Plan de Estudio y la Evaluación.
          Proponer sugerencias que contribuyan al mejor funcionamiento del
          plantel.
          Brindar los recursos que estén a su disposición para las actividades
          programadas.
          Informar a los padres y/o apoderados de las actividades que se realizan
          en el Jardín con los párvulos, por medio de circulares que se anexarán a
          su cuaderno de comunicaciones, la cual deberá retomar firmada por el
          apoderado.
          Recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento
          interno del plantel.
          Dar a conocer el Reglamento Interno y Manual de Convivencia para
          que los padres se interioricen.
          Colaborar en la búsqueda y hallazgo de acuerdo con la circunstancia
          y que el caso lo amerite y apelar a la solidaridad del grupo para
          recuperar lo perdido. Se insiste en que los alumnos no traigan objetos de
          valor (emocional o económico) y sean cuidadosos con sus pertenencias,
          ya que el personal docente no se hace responsable de la perdida
          de ningún implemento o pertenencias del estudiante que no
          corresponda a la labor educativa.
          Mantener actualizado el Plan de Emergencia de Jardín.
          Ser miembros activos de la institución.
          Ser respetado y valorado como ser humano.
          Recibir capacitación en el ámbito profesional y personal (según
          factibilidad de la institución).
          Tener voz y voto en las decisiones del Jardín.
          Elaborar y ejecutar cumplidamente el plan de estudio.
          Integrar y desarrollar proyectos teniendo en cuenta el P.E.I (Proyecto
          Educativo Institucional)
          Utilizar diversas estrategias para potenciar el desarrollo y la
          participación de los párvulos
          Realizar seguimiento a los procesos de los niños y niñas.
          Ser receptivo y responder inquietudes.
          Mantener orden y limpieza de la institución.
          Mantener un clima agradable y de buen trato en el jardín con todos los
          estamentos.
          Ocupar todo el material didáctico del jardín (que sea necesario y útil
          para su labor educativa) y mantenerlo ordenado y en buen estado.
                                                                                12
DEBERES DEL SOSTENEDOR.

 Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial
    del estado. (normativa para el funcionamiento de establecimientos
    de educación parvularia).
   Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año
    escolar.
   Rendir cuenta de los avances y logros generales de los párvulos del
    jardín.
   De informar sobre el uso general de recursos a la comunidad
    educativa.
   Entregar a padres y apoderados la información que determine la ley.
   Someter a la institución a los procesos de supervisión y
    aseguramiento de la calidad de la educación.
   Realizar su PEI amparado en las leyes pertinentes (LGE, bases
    curriculares de la educación parvularia.
   Realizar reglamentos internos, protocolos, contratos, etc. amparado
    en las leyes del estado de Chile.

                    DERECHOS DEL SOSTENEDOR.

 Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, en conjunto
  con la comunidad y de acuerdo con la autonomía que le garantice la
  LGE.
 Derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la
  ley y a las bases curriculares de educación parvularia.
 A solicitar información personal importante y pertinente a los
  diferentes integrantes de la comunidad educativa que ayude a
  cumplir con los derechos del personal, en especial del niño y la niña
  (antecedentes especiales, inhabitabilidad, C.I., Currículo, títulos,
  autorizaciones, etc)

                                                                       13
DEBERES DE LA EDUCADORA DIRECTORA

   Dirigir y controlar el funcionamiento del Jardín Infantil.
   Orientar y controlar la óptima implementación del modelo curricular
    adoptado por el Jardín
   Supervisar el buen desempeño de todo el personal.
   Mantener al día la documentación dispuesta y exigida para los Jardines
    Infantiles.
   Calendarizar y coordinar actividades extra programáticas.
   Velar por el cumplimiento de los objetivos propuestos.
   Dar a conocer a los padres las líneas generales del trabajo.
   Atender a los apoderados (en un horario establecido por la directora),
    para requerimientos y dudas de éstos.
   Realizar reuniones técnicas con el personal y de padres y apoderados,
    cuando estas sean de información general.
   Delegar funciones al personal con sus respectivas responsabilidades.
   Supervisar el buen funcionamiento del Jardín Infantil en general.
   Integrar el consejo Escolar, el Comité de Seguridad y/o el Comité de sana
    Convivencia del establecimiento.
   Ser el nexo comunicativo entre los sostenedores y la comunidad
    educativa (personal, padres, servicios públicos, por ejemplo)

                                                                           14
DEBERES DE LA EDUCADORA DEL NIVEL

   Confeccionar y llevar al día un cuaderno de vida, las planificaciones y el
    cuaderno de evaluación.
   La Educadora depende directamente de la Educadora-directora.
   La Educadora es responsable directa de la Educación de los párvulos y
    desempeño profesional de las asistentes técnicas de Educadora de párvulos a
    su cargo.
   La E d u c a d o r a debe confeccionar su panorama de grupo, recolectar
    documentos e información de cada párvulo (Ficha), realizar el
    diagnostico de los párvulos y las respectivas evaluaciones.
   La Educadora debe mantener una relación directa con los padres y
    a p o d e r a d o s a través de reuniones programadas (cada 2 meses
    aproximadamente) o entrevistas personales (mínimo una al año)
   La Educadora es responsable del óptimo rendimiento de las
    asistentes a su cargo y de su orientación profesional.
   La Educadora debe mantener informada a la Educadora-
    directora de las necesidades de su asistente, grupo de párvulos y sala
    de actividad
   La Educadora debe planificar las actividades de aula, por Unidad, y
    entregadas en dirección los días estipulados por la directora, el no
    cumplimiento del trabajo pedagógico en dos oportunidades será causal
    de despido (art.160-codigo del trabajo: incumplimiento y falta de
    probidad).
   La Educadora debe realizar personalmente las actividades diarias de su
    nivel, apoyándose para ello en la asistente a su cargo.
   En el panel dinamizador mantener al día las planificaciones diarias,
    panorama de grupo e información relevante del nivel a cargo.
   La Educadora debe asistir y participar en todas las actividades extra
    programáticas del Jardín.
   La Educadora debe llevar a cabo el diagnóstico y evaluación de los
    párvulos de su nivel, siendo de su exclusiva responsabilidad.
   La Educadora debe mantener un registro de las evaluaciones de los
    aprendizajes de sus alumnos. el no cumplimiento del trabajo pedagógico
    en dos oportunidades será tomado como incumplimiento de contrato.

                                                                            15
DEBERES DE LA ASISTENTE DE PÁRVULOS

    La Asistente de párvulos depende administrativamente de la Educadora-
     directora y técnicamente de la Educadora del Nivel siendo su colaboradora
     más directa.
    La Asistente de párvulos debe llevar a cabo las actividades de acuerdo con las
     informaciones de la Educadora del Nivel conforme a lo planificado.
    La Asistente de párvulos debe mantener el aseo, ornato y presentación de la
     sala de actividades.
    La Asistente de párvulos es responsable del cuidado y presentación diaria del
     niño o niña, durante el desarrollo de la jornada y hasta la entrega de estos a
     sus padres.
    La Asistente de párvulos debe colaborar con la Educadora e n la
     preparación de actividades, material didáctico, atención de los niños, niñas
     y en todos los aspectos que la Educadora estime conveniente.
    La Asistente de párvulos debe asistir y participar activamente en todas las
     actividades extra programáticas del Jardín.
    La Asistente de párvulos debe asumir la responsabilidad y cuidado del niño o
     niña en ausencia de la Educadora.
    La Asistente de párvulos debe informar a la Educadora del nivel sobre
     situaciones planteadas por los padres y situaciones de los párvulos sin emitir
     opiniones o juicios personales sobre el caso.
    La asistente debe informar a los padres y apoderados sobre conducto regular
     en el trabajo pedagógico del jardín (educadora-directora-comité si fuese
     necesario).

              DEBERES DE LA MANIPULADORA DE ALIMENTOS.

        La presentación personal debe ser acorde a el desempeño y labor a cargo,
utilizando la ropa adecuada (ropa blanca), cabello tomado y cubierto, uñas cortas,
limpias y sin esmalte; mascarilla en caso de enfermedad y utilizar guantes cuando
corresponda. Ella es la encargada del orden y limpieza de la cocina y sus artefactos por
lo que debe velar por el cuidado e higiene de éstos tanto de su parte como por parte
del resto del personal. La manipuladora de alimentos debe:
    Preparar alimentos siguiendo la minuta del día.
    Realizar la minuta semanal según indicaciones nutricionales.
    Debe cumplir con los horarios de alimentación.
    Debe organizar el trabajo interno de la cocina.
    Debe mantener aseado el lugar de trabajo. Y velar que así se mantenga.
    Debe guardar cada elemento y utensilio de cocina en el lugar correspondiente
     de manera que no ocurran accidentes.
    Debe llevar el control de los alimentos que hay en la bodega y la manutención

                                                                                      16
de estos.
    Llevar los registros escritos y controles al día, tanto de los alimentos como de
     los niños que almuerzan.
    Mantener los equipos aseados y ordenados.
    Debe dar cuenta a la directora de cualquier irregularidad que se diera o
     presente en su trabajo.

                      DEBERES DE LA AUXILIAR DE ASEO.

La auxiliar de aseo es la encargada de mantener el orden y limpieza del jardín y de
velar porque éste se mantenga. Incluyendo todos los lugares de uso común (frontis,
pasillos, patios, baños, etc.) La auxiliar de aseo debe:
    Asear y mantener aseadas las dependencias del jardín, tanto interiores como
     exteriores.
    Colaborar con actividades internas del jardín.
    Utilizar correctamente los recursos entregados para su labor.
    Preocuparse por el orden y mantenimiento de las bodegas de materiales tanto
     de aseo como de materiales de uso general del jardín.
    Guardar los materiales de aseo fuera del alcance de los niños, de manera que
     posibles accidentes e intoxicaciones puedan ser evitados.
    Dar cuenta a la directora y/o Educadora a cargo en caso de cualquier
     irregularidad.
    Mantener su aseo e higiene personal,
    Usar uniforme de trabajo.

SEGUIR PROTOCOLO COVID PARA LA BUENA HIGIENE Y
SANITIZACIÓN DEL JARDÍN

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DEBERES DEL PERSONAL.

 El personal tiene el derecho y el deber de mantenerse informado, por lo cual
    tiene acceso al PEI, al RIOHS, al reglamento interno, manual de convivencia,
    protocolos y todo lo necesario para cumplir su trabajo en forma justa y
    eficiente.
   El personal debe cumplir con el horario estipulado en su contrato de trabajo, los
    minutos de atraso a su jornada de trabajo serán descontados de su horario de
    colación. Tres atrasos consecutivos será motivo de carta amonestación.
   El personal se obliga a mantener el libro de asistencia al día con su firma
    correspondiente y en buen estado.
   El personal que no pueda asistir a su trabajo debe avisar con 24 horas de
    anticipación a la directora del establecimiento.
   En caso de enfermedad, el personal debe presentar su certificado o
    licencia médica hasta 48 horas, después de su primer día de inasistencia. No
    obstante, el trabajador enfermo o imposibilitado para asistir a su trabajo
    deberá dar aviso dentro de las 24 horas sobre venida la enfermedad.
   Se prohíbe estrictamente al personal el uso y manejo del celular durante su
    jornada de trabajo ya sea para llamados o uso de redes sociales.
   Se prohíbe estrictamente al personal, fumar dentro del establecimiento
    educacional.
   Se prohíbe estrictamente al personal presentarse en el establecimiento bajo las
    influencias del alcohol y/o drogadicción
   Se prohíbe al personal desayunar y/o almorzar en horario de trabajo y/o sin la
    autorización de la directora
   Para prevenir accidentes, el personal debe usar zapatos cómodos y de taco bajo
    y no usar joyas y accesorios que se puedan enganchar y provocar accidentes
    personales o en los párvulos.
   Además, el personal no podrá usar uñas largas, ni esmaltes de uñas de colores
    fuertes (por razones de presentación y seguridad).
   La presentación e higiene personal de cada funcionario debe ser excelente. (de
    su persona y de su ropa de trabajo).
   En todo momento, el personal debe propender las buenas relaciones humanas
    entre todo el personal que labora en el establecimiento; constituyendo una
    relación basada en el respeto, solidaridad, tolerancia y empatía.
   El personal debe tener buena disposición e iniciativas que vayan en beneficio
    directo de los párvulos y funcionamiento del jardín entregando los
    antecedentes a la dirección.
   El pe rsonal debe asistir regularmente a las reuniones técnicas
    programadas para la última o primera semana de cada mes a las 18:15 horas.
    y participar en las actividades extraordinarias pactadas al momento del
    contrato (día de la familia, desfile, fiestas patrias, aniversario y graduación).
   El personal debe ser profesional en sus labores, realizando óptimos esfuerzos
                                                                                  18
para dar una educación integral a sus párvulos, llevándolos a alcanzar los
       objetivos propuestos
      El personal debe colaborar en situaciones especiales que sea solicitado por la
       directora (por ejemplo: asumir labores de reemplazo en caso de ausencia del
       personal, reemplazar o colaborar en otra aula, ayudar en la decoración del
       jardín, etc.) lo cual irá en beneficio de los párvulos.
      El personal del jardín no deberá salir del jardín en forma intempestiva,
       injustificadamente o sin la autorización de la directora del jardín, esto será entendido
       como abandono del trabajo lo cual es una causal de despido (artículo 160, código del
       trabajo).
      Ningún miembro del personal podrá salir de vacaciones o días de permiso sin goce de
       sueldo la primera semana del mes de enero y/o la última del mes de febrero de cada
       año. El no cumplimiento a esta normativa será considerado como abandono de trabajo.
       Todo trabajador tendrá 15 días hábiles de vacaciones al año (artículo 67, ley del trabajo)
       los cuales podrán ser fraccionados (5 días hábiles en invierno y 10 en verano) o
       consecutivos en verano.
      El personal debe respetar y cumplir todo lo referente a protocolos COVID 19, siguiendo
       las indicaciones en forma oportuna y cuando corresponda. El no cumplimiento de este
       autorizará a la directora hacerle llegar carta de amonestación.

                            DERECHOS D EL PERSONAL.
   Sin perjuicio y teniendo siempre en cuenta el bienestar de los párvulos del jardín,
y, que lo más importante es trabajar en un ambiente claro, justo y cordial generado
por toda la comunidad educativa, todos los trabajadores del jardín tendrán los
siguientes derechos:
    A tener su respectivo horario de colación (almuerzo) no menor a 45 minutos
     diarios.
    A cursos de capacitación para el personal los cuales deben ser fuera del
     horario de trabajo. Dichos cursos serán dictados por especialistas y según las
     necesidades y disponibilidad económica de la empresa.
    Al material didáctico para cumplir su labor.
    A recibir llamadas telefónicas personales, sólo en horario de su colación. El
     personal podrá hacer llamadas telefónicas por motivos particulares, en caso de
     urgencias, desde el teléfono de red fija de la institución. Si la llamada es de
     larga distancia esta debe ser cancelada.
    El personal podrá atender llamadas telefónicas personales en horario de
     colación o en caso de urgencia con el permiso de la directora del
     establecimiento y en la dirección.
    A recibir llamadas urgentes en horario de trabajo sólo en teléfono fijo de la
     institución, tomando, si es posible, un recado.
    Al cumplimiento de su contrato por parte del sostenedor.
    A un día semestral de permiso (especificado en normativa del personal)
    A ausentarse en caso necesario o de urgencia, pero con previo aviso a la
                                                                                              19
directora y cumpliendo posteriormente con el justificativo correspondiente (lo
    que no avala para el descuento que corresponde)
   A reemplazante en caso de licencia o ausencia justificada por más de 15 días,
    siempre que la situación lo amerite y no necesariamente con una persona
    externa a la institución.
   A salida en caso necesario o de urgencia, pero con una solución a su ausencia
    (dejar en su puesto a una integrante del equipo de trabajo en su lugar, por
    ejemplo).
   A participar en actividades extra programáticas del jardín.
   Al pago de su sueldo los primeros 5 días de cada mes.
   A sus vacaciones correspondientes según código del trabajo.
   A tramitación de su licencia médica una vez recibida, ya sea por la directora o
    el contador del jardín.
   A que se cumplan las leyes del código del trabajo de Chile.
   El personal contara con un día de permiso por semestre, solicitado con una semana de
    anticipación, exceptuando los meses de marzo, noviembre y diciembre, lunes y viernes
    y/o semanas de actividades especiales. Estos días serán en compensación a las horas
    trabajadas fuera de horario como decoración del jardín, ensayos, cumpleaños
    semestrales, etc.
   El personal del jardín infantil girasoles, desde la segunda semana de enero y hasta la
    segunda semana de febrero, trabajará sólo 40 horas semanales (manteniendo su
    sueldo de 45 horas), en compensación a horas trabajadas por reuniones y/o actividades
    extraprogramáticas.
   Las horas extraordinarias serán pactadas previamente por escrito. Esto se producirá
    para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Se hará a través de
    un anexo en el contrato y tendrá una duración máxima de 3 meses, el cual se podrá
    renovar pactando nuevamente (artículo 32, código del trabajo)
   Los hijos(as) de cualquier miembro del personal, que sea alumno(a) del establecimiento
    tendrán los mismos derechos y deberes que los demás alumnos.

                                                                                       20
ESTÍMULOS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS

    Se entregan estímulos a los párvulos y a todos los integrantes de la
    comunidad educativa, para resaltar y premiar buenas acciones, desempeño,
    participación, colaboración, trabajo, etc. Estos estímulos pueden ser:
         Felicitaciones verbales o escritas por parte de la Educadora y directora
          de l establecimiento.
         Entrega de Diplomas de Honor.

         Reconocimiento en el panel de la sala de actividades.

         Todos los que estén al alcance de Directivas y Docentes.

    En cuanto a las medidas disciplinarias es importante acotar que no pueden ser
    aplicadas en ningún caso a los párvulos del jardín, pues éstas podrían atentar
    contra sus derechos, estas medidas serán aplicadas a los padres y apoderados
    pues son ellos los encargados de velar que se cumplan los deberes adquiridos
    con la institución.
    Se aplicarán Medidas Disciplinarias a quien incurra en conductas contrarias
    a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato:
 Revisión de protocolo según corresponda.
 Revisión de reglamento interno y manual de convivencia.
 Conversación grupal reflexiva.
 Comunicación al apoderado
 Citación al apoderado
 Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupales talleres de
  reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana
  convivencia escolar).
 Prohibición del ingreso al jardín infantil.
 Denuncia a entidad correspondiente.

    Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las
    medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación
    pertinente. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un
    alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de
    designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

Si algún funcionario del establecimiento no cumple con su trabajo, ya sea por
ausencia laboral, falta a la disciplina o algún acto o acción en contra del
cumplimiento de sus funciones, será notificado mediante carta de
amonestación (la cual será notificada a la Inspección del Trabajo). Con 3 cartas
el establecimiento está facultado para prescindir de sus servicios.
                                                                                     21
CRITERIOS DE APLICACIÓN DE SANCIONES:
Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los
involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la
gravedad de la conducta, r e s p e t a n d o l a dignidad d e los involucrados, y
procurando l a mayor protección y reparación del afectado y la formación del
responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o
medida, los siguientes criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;
c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
            La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores
            El carácter vejatorio o humillante del maltrato
            Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el
             rostro
          Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa
          Haber agredido a una Educadora o funcionario del establecimiento
d) La conducta anterior del responsable;
e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;
f) La discapacidad o indefensión del afectado.

COMITE DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.
       En el establecimiento existe un Comité de Sana Convivencia Escolar, que
estará integrado por un representante de cada uno de los estamentos:
a) Sostenedora
b) Educadora de Párvulos Directora
c) Educadora de Párvulos
d) Representantes De Padres y Apoderados (1 por cada nivel)
e) Asistente de la Educaci6n
         El Comité tiene entre otras, las siguientes atribuciones:
            Proponer o adoptar medidas y programas conducentes al mantenimiento
             de un clima escolar sano.
            Participar en el diseño e implementación de los planes de prevención
             de la violencia escolar del establecimiento. (protocolos)
            Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa
             acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar
                                                                                   22
y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
            Requerir a la Dirección, a las Educadoras o a quien corresponda,
             informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
            Determinar, con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán
             de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse
             directamente por los Directivos o Educadoras del establecimiento.
            Investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier
             asunto relativo a la convivencia., y a las conductas consideradas como
             maltrato escolar, las que deben ser debidamente explicitas y, de ser
             pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.

DEFINICION DE MALTRATO ESCOLAR
        Se entiende por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya
sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios
tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad
educativa. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes
conductas:

            Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u
             ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
            Agredir verbal o ps icológ icam e nt e a cualquier miembro de la
             comunidad educativa.
            Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse
             de un párvulo u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo:
             utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.)
            Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su
             condici6n social, situaci6n económica, religión, pensamiento político o
             filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación
             sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
            Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un párvulo o a cualquier otro
             integrante d e l a comunidad educativa a través de chats, blogs,
             fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que
             almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier
             medio tecnológico, virtual o electrónico.
            Exhibir, transmitir o difundir p or medios cibernéticos cualquier
             conducta de maltrato escolar.
            Realizar acosos o ataques de connotación sexual.
            Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos
             cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con
             apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
            Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas
             o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior

                                                                                       23
del establecimiento educacional o en actividades organizadas,
             coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

OBLIGACION DE DENUNCIA DE DELITOS
Los directores, educadoras, asistentes técnicos deben denunciar cualquier acción u
omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la
comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales,
porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deben
denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las Fiscalías del
Ministerio Publico o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde
que se tome conocimiento del hecho, sin prejuicio de lo dispuesto en los artículos
175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal

RECLAMOS
         Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá
ser presentada en forma verbal o escrita siguiendo el conducto regular o ante la
dirección del establecimiento (según corresponda), la que deberá dar, dentro de un
plazo de 24 horas, inicio al debido proceso de investigación y solución según protocolo
interno.
        Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá
imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su
reclamo

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
               Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias
y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes
la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
               De cada actuación y resolución deben quedar constancia escrita en
los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro
individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por
terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad competente.
               En el procedimiento se garantizan la protección del afectado y de
todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la
fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
              El jardín infantil Girasoles cuenta con los protocolos de actuación que
exige la LGE, los que se encuentran en una carpeta anexa y son dados a conocer a la
comunidad educativa a través de CD con toda la información relevante de la
institución.

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DEBER DE PROTECCIÒN
        Si el afectado fuere un párvulo, se deberá brindar protección, apoyo e
información durante todo el proceso
        Si el afectado fuere una Educadora o funcionario del establecimiento, se le
  deberá otorgar apoyo y se tomarán todas las medidas para que pueda
  desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su
  integridad

NOTIFICACIÓN A LOS APODERADOS

        El apoderado debe ser notificado apenas se produzca alguna irregularidad en la
institución, antes del inicio de todo proceso en el que sea parte un alumno, se deben
notificar en primer lugar en el cuaderno de comunicaciones del niño o la niña y
posteriormente en forma personal.

INVESTIGACIÓN
        El encargado de Convivencia Escolar debe llevar adelante la investigación de los
reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o
disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento,
dando curso a protocolo correspondiente.
      Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la
investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de
Convivencia Escolar, o el que haga sus veces para que este aplique una medida o
sanción si procediere, o bien que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad
competente del establecimiento.

EVALUACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA

        El presente reglamento y manual será revisado anualmente, en el período de
planificación, para de esta forma ir actualizando el proceso y optimizándolo.

                                                                                      25
REGLAMENTO INTERNO DE PADRES Y APODERADOS AÑO 2020

     Objetivo: Integrar a los padres y apoderados de nuestra Unidad Educativa a
     participar activamente en el desarrollo integral del niño, conociendo, avalando,
     aceptando y respetando el siguiente Reglamento Interno, en el cual están
     contempladas normas, funciones pedagógicas y administrativas del
     Establecimiento. Al momento de completar ficha y pagar matrícula
     correspondiente a su pupilo, el apoderado queda acogido a los derechos que le
     corresponden como también al cumplimiento de sus obligaciones asumiendo lo
     informado en el reglamento interno y manual de convivencia del Jardín Infantil
     Girasoles.

    1.    Requisitos de ingreso del párvulo:

         a)   Certificado de nacimiento
         b)   Completar ficha de ingreso
         c)   Completar ficha de matrícula
         d)   Control de esfínter.
         e)   3 fotografías tamaño carné
         f)   Certificado de vacuna
         g)   Certificado médico (En caso de enfermedad relevante)
         h)   Completar carta de liberación de responsabilidad (COVID 19)

2. Funcionamiento del Jardín:
         El jardín Infantil funcionara de acuerdo con el calendario escolar oficial
    entregado por el Ministerio de Educación. El calendario oficial de actividades
    comienza la primera semana de marzo y culmina la última semana de diciembre.
     Media jornada mañana                                    08:30 a 12:15 horas.
     Media jornada tarde                                     14:15 a 18:00 horas.
     Jornada especial con almuerzo mañana                    08:30 a 13:30 horas.
     Jornada especial con almuerzo larga                      08:30 a 14:30 horas
     Jornada especial con almuerzo tarde                      12:30 a 18:00 horas.
     Jornada completa                                        08:30 a 18:00 horas.
     Funcionamiento del Jardín                                07:45 a 18:45 horas.

     CLÁUSULA: SE HA ESTIPULADO UNA ESPERA DE 15 MINUTOS (ANTES
    DEL INGRESO Y DESPUÉS DEL HORARIO DE SALIDA). EN CASO DE QUE
     ESTO NO SE CUMPLA, CADA 15 MINUTOS DE ATRASO SE COBRARÁN
                                $ 5000.

                                                                                        26
DEBIDO A LA PANDEMIA SE HAN CORTADO LOS TIEMPOS PARA
PODER DESINFECTAR Y MANTENER UNA HIGIENE Y LIMPIEZA
ENTRE JORNADAS, LA QUE SE SOLICITA RESPETAR Y CUMPLIR.

3. Niveles de atención:

Nivel medio menor:          Párvulos de 2 a 3 años (al 31 de marzo).
AyB                         Jornada mañana y jornada tarde.
                            Capacidad máxima de 16 niños por jornada.
                            Cuenta con 1 educadora y 1 asistente de párvulos.

.
Nivel medio mayor:          Párvulos de 3 a 4 años (al 31 de marzo).
                            Jornada mañana y jornada tarde.
                            Capacidad máxima de 20 párvulos por jornada.
                            Cuenta con 1 educadora y 1 asistente de párvulos
.

Nivel de transición:       Párvulos de 4 a 6 años (al 31 de marzo)
                           Párvulos de 5 a 6 años (al 31 de marzo)
                           Jornada mañana.
                           Capacidad máxima de 20 párvulos por jornada.
                           Cuenta con 1 educadora y 1 asistente de párvulos.
                           En caso de tener 10 párvulos o menos por jornada,
                           solo se contará con 1educadora estable más
                           asistente de apoyo.

      En el caso de que la matrícula disminuyera el 50% de la capacidad de
nuestra institución (85 párvulos por jornada/100%), el jardín infantil Girasoles
hará grupos heterogéneos con la siguiente distribución:

Nivel heterogéneo medio:    Párvulos de 2 a 4 años (al 31 de marzo).
                            Jornada mañana y jornada tarde.
                            Capacidad máxima de 20 párvulos por jornada.
                            Cuenta con 1 educadora y 1 asistente de párvulos
                            mínimo.

Nivel heterogéneo Transición: Párvulos de 4 a 6 años (al 31 de marzo).
                              Jornada mañana y jornada tarde.
                              Capacidad máxima de 20 párvulos por jornada.
                              Cuenta con 1 educadora y 1 asistente de
                              párvulos.

                                                                                   27
Por aforo la cantidad de niños será el siguiente:

      Medio menor A: 10 niños y niñas

      Medio menor B: 10 niños y niñas

      Medio Mayor: 12 niños y niñas

      Transición I y II: 12 niños y niñas

 4. Inasistencias:
                  El apoderado debe justificar la inasistencia de su hijo con un
     plazo no mayor de 48 horas; llamando al jardín, enviando una nota en el
     cuaderno de comunicaciones o, si fuese necesario certificado médico. La no
     asistencia a la jornada no es causal de no pago de la mensualidad acordada.

 5. Uniforme Escolar:
         Los Párvulos deben asistir con su uniforme correspondiente:
           Buzo.
           Polera.
           Pechera.

           La dirección del Establecimiento, por razones justificadas podrá eximir
     total o parcialmente del uso del uniforme escolar a los párvulos cuyos
     apoderados lo soliciten y por un tiempo determinado. No se prohibirá el ingreso
     del párvulo al establecimiento por no cumplir con el uniforme escolar, sin
     embargo, el Jardín Infantil “Girasoles”, acordó el uso del uniforme como
     obligatorio, por lo que el párvulo no podrá participar en paseos y/o actividades
     fuera de la institución si no llevase su uniforme correspondiente. El Jardín
     Infantil Girasoles sólo dará datos de lugares donde puede estar el uniforme
     institucional, sin embargo, cada apoderado es libre de elegir dónde lo adquiere.

     Durante este año 2021 se solicita solo el uso de delantal del
     establecimiento

6. Visitas pedagógicas o Paseos:
           Los párvulos deben participar de los paseos planificados con anterioridad,
   vistiendo el uniforme del Jardín infantil y previa autorización por escrito, firmada por
   sus padres. Tal autorización formará parte del registro de documentos del Jardín Infantil
   “Girasoles” (Estas dependerán del estado de excepción)

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